sábado, 13 de junio de 2020

[Gabinete Técnico FSC CCOO nacional ] 'Sentencia del Jdo Contencioso Admtvo nº 4 de Alicante, de 8 de junio' [cautela, necesaria ley que regule el abuso en el empleo público, a la vez exigimos se agilicen todos los procesos selectivos, en especial los de estabilización]

'1- Hemos tenido conocimiento de la reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante de 08 de junio de 2020 (P.A. 813/2019) que estima el recurso contencioso-administrativo planteado por una funcionaria interina de larga duración (12 años), que accedió a su empleo habiendo superado en su día un concurso de méritos para formar parte de una bolsa, y que en su fallo, reconoce "como situación jurídica individualizada el derecho de la recurrente al reconocimiento de su condición de empleado público fijo y a permanecer en el puesto de trabajo que actualmente desempeña con los mismos derechos y con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que rige para los funcionarios de carrera comparables, sin adquirir la condición de funcionario de carrera".


2.- Ante este pronunciamiento, que vendría a crear una nueva figura de empleado público, a sumar a las ya existentes, la de empleado público fijo, con permanencia en el puesto de trabajo y los mismos derechos y con sujeción al régimen de de estabilidad que rige para los funcionarios, pero sin adquirir la condición de funcionario de carrera, lo primero que tenemos que pedir es cautela, siendo conscientes de que la misma está sometida a recurso de apelación ante la Sala contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia correspondiente, y en su caso al posible recurso de casación por interés casacional ante la Sala contencioso-administrativa del Tribunal Supremo, que, como sabemos, ya ha tenido ocasión de pronunciarse.

Hay que recordar que, en la STS de 26 de septiembre de 2018, dictada en el recurso 1305/2017 -caso Castrejana López- ya se dijo que el remedio al abuso -constatado y probado- de la temporalidad del personal funcionario interino no es la conversión a indefinido no fijo ni ninguna otra figura análoga propia de la jurisdicción social, sino el mantenimiento de la relación funcionarial hasta que esa Administración cumpla en debida forma lo que ordena la norma de carácter básico establecida en el art. 10.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, y hoy en el mismo precepto del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.


3.- Desde la FSC de CCOO, antes de hace una somera referencia a los términos de la sentencia, una vez más queremos reiterar nuestro firme compromiso con la estabilidad del personal interino y temporal , siempre atendiendo a los cauces legalmente establecidos para no frustrar lo que tiene que ser el mecanismo que acabe de una vez por todas con esta situación de precariedad.

En cuanto al contenido de la sentencia, comienza por [...]

[...]

Entendemos que, en España, no existe una indemnización, que no sólo infringe la normativa interna, sino que además es incompatible con la Directiva 1999/70/CE.

Entendemos que, en España, no existe una indemnización específica prevista para sancionar los abusos incompatibles con la Directiva, ni tampoco existe ninguna norma que permite multar a las autoridades o administraciones empleadoras responsables de estos abusos, de modo que establecer una indemnización que fuera lo suficientemente eficaz y disuasoria y que además protegiera debidamente al empleado público, alcanzaría una cifra tan elevada que difícilmente podría ser satisfecha por la Administración [...]

[...]

4.- Como hemos venido manifestando desde CCOO, de nuevo se hace patente la necesidad de una acción legislativa que regule de una vez estas situaciones de precariedad y abuso en el empleo público, poniendo en marcha, de una vez por todas, las medidas disuasorias y sancionadoras para evitar el abuso o fraude en la contratación, que debe conllevar además la sanción y responsabilidad de los gestores públicos que la incumplan.

A la vez que exigimos al Gobierno y al conjunto de administraciones públicas responsabilidad, cumplimiento de los acuerdos, reconocimiento de toda la experiencia y profesionalidad del personal que se encuentra en esta precaria situación, absolutamente ajeno a su voluntad, así como, una vez hayamos superado el estado de alarma como consecuencia de la propagación del COVID-19, se agilicen todos los procesos selectivos, con especial atención a los de estabilización y consolidación en el empleo, así como la urgencia en la eliminar la tasa de reposición.

Por último , instamos igualmente al Gobierno a acometer los planes de empleo necesarios para recuperar el empleo público perdido, poner en marcha las medidas necesarias para evitar la disminución de empleo público como consecuencia de las jubilaciones por el envejecimiento de las plantillas y reforzar los servicios públicos, que se han visto, ahora  más que nunca, imprescindible para garantizar los derechos de la ciudadanía.'

Fuente y texto completo: Nota del Gabinete Técnico de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO nacional de 12/06/2020
Enlaces en el texto  y resaltados en negrita cursiva nuestros


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5 comentarios:

Anónimo dijo...

Todavía no he visto la noticia de la sentencia de Alicante ni en el país, ni en el mundo, ni en el abc. (No se si habrá salido en TV) ¿casualidad?
Tenemos que hacer saber que tenemos razón y el caos que va a provocar continuar con los procesos selectivos puesto que están todas las reclamaciones presentadas y más tarde o temprano se irán celebrando los juicios.

Anónimo dijo...

De El País olvídate. No hizo ni media mención a la manifestación de las 12 mil personas que fuimos a Madrid en febrero. Ni media. No existió aquello.

Anónimo dijo...

CCOO recula un poquillo. De las trillizas (UGT, CSIF y CCOO) pensaba que, para no perder la costumbre, CCOO sería la más agresiva contra los interinos. Pero no: aquí se ha moderado ligeramente. Aunque final mente lo fastidia del todo: al pedir agilizar las oposiciones para que los interinos perdamos nuestra plaza, está haciendo un llamamiento a incumplir la ley, contra la sentencia del TJUE, al igual que las otras trillizas (no quiero llamarlos "los tres cerditos", pero ganas no me faltan).

Anónimo dijo...

Que credibilidad tienen unos sindicatos que han sido y están siendo juzgados por el desvío de fondos del dinero subvencionado destinado a cursos entre otros menesteres.
Y para colmo se posicionan en contra de los derechos del trabajador con tal de seguir sacando tajada.

Anónimo dijo...

UGT, CCOO Y CSIF... sois vomitivos, una escoria para los trabajadores (para los trepas, enchufados y parásitos de la administración su tabla de salvación)

Vosotros habéis sido quienes habéis machacado los posibles procesos de estabilización en muchas autonomías (allí donde rige el vasallaje, la prepotencia y el comisionismo de las administraciones, ese del que tanto os hinchais) y de varios sectores de la administración que manejáis a vuestro delictivo beneficio.

Hay que estar atentos de que no roben las plazas que puedan quedar para temporales en sus beneficios ahora que se disponen a "capitanear" la aplicación de las sentencias con esa regulación que están preparando.

Os esperamos años de olvido y de perdida de privilegios..En España la defensa de los derechos y reivindicación la han hecho los y las Trabajadores ... vosotros soy unos comisionistas pegados al poder.