El pasado 19/02/2025 finalizó el
plazo de la última ampliación de enmiendas parciales, tras una larga
serie de ampliaciones, al Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado (nº Expediente 121/31),
con lo que , tal y como avanzó el Ministro de Función Pública en sus
recientes comparecencias en el Congreso y en el Senado, continúa la
tramitación de esta ley -en principio sólo para las AAPP del Estado,
pero que tiene carácter de norma supletoria para muchas otras- siendo
uno de los compromisos con la Comisión Europea en el Plan de
Transformación, Recuperación y Resiliencia español de 2021.
El Grupo Parlamentario de SUMAR ha registrado enmiendas al texto de este proyecto de ley, y entre ellas, se encuentra una enmienda que en caso de ser aprobada tal cual por una mayoría del Congreso, conllevaría la declaración de "personal funcionario, estatutario o laboral fijo a extinguir" a los empleados públicos de la AAPP bajo el ámbito de esta Ley de Función Pública del Estado que se encuentren en "situación objetiva de abuso en la temporalidad" por haber superado los plazos de temporalidad establecidos en la ley
En concreto, las enmiendas presentadas de SUMAR en relación al abuso de temporalidad pública presentadas son:
- enmienda 211, de modificación del "Artículo 6. Personal funcionario interino" de la Ley de Función Pública de la AAPP del Estado , para que se añada este punto (además de una modificación sobre bolsas):
6. En el momento en que se den las causas de finalización previstas en el art. 10.3 del TREBEP o se supere el plazo de 3 años en el supuesto previsto en el apartado 1.a de este artículo, sin que se produzca el cese efectivo del personal interino contratado, dicho personal se encontrará en situación objetiva de abuso de temporalidad. Siempre que el personal interino se encuentre ocupando un puesto de trabajo respecto del cual se hayan superado los límites legales temporales del nombramiento o contratación, o el tiempo autorizado o haya encadenado contratos de duración determinada sin causa justificada, encontrándose por ello en situación objetiva de abuso en la temporalidad. En esos casos, el personal será estabilizado en el puesto de trabajo que ocupa en concepto de funcionario, o estatutario fijo a extinguir.
siendo la justificación aportada por el grupo para esta enmienda: "Buscar soluciones para la situación de las personas funcionarias interinas en el cumplimiento de la directiva 1999/70 ya que las soluciones tomadas hasta ahora (La ley 20/2021) no son suficientes a la vista de las dos sentencias de prejudiciales del TJUE de 2024, los dos procedimientos abiertos por incumplimiento de las cláusulas cuarta y quinta de la directiva mencionada y la carta de emplazamiento emitida en octubre de 2024" - enmienda 220, de modificación del "Artículo 7. Personal laboral" de la Ley de Función Pública de la AAPP del Estado , para que se añada este punto lo mismo que en la enmieda anterior pero para personal laboral
"4. Siempre que el personal laboral se encuentre ocupando un puesto de trabajo respecto del cual se hayan superado los límites legales temporales del nombramiento o contratación, o el tiempo autorizado o haya encadenado contratos de duración determinada sin causaustificada, encontrándose por ello en situación objetiva de abuso en la temporalidad. En esos casos, el personal será estabilizado en el puesto de trabajo que ocupa en concepto de personal laboral fijo a extinguir." - enmienda 213, de modificación de la Disposición adicional decimoséptima del EBEP "Medidas dirigidas al control de la temporalidad en el empleo público", para añadir el párrafo final concretando la responsabilidad de la AAPP:
Dicha compensación será equivalente a veinte días de sus retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año. El derecho a esta compensación nacerá a partir de la fecha del cese efectivo, y la cuantía estará referida exclusivamente al contrato del que traiga causa el incumplimiento..
siendo la justificación: "Buscar soluciones para la situación de las personas funcionarias interinas en el cumplimiento de la directiva 1999/70 ya que las soluciones tomadas hasta ahora (La ley 20/2021) no son suficientes a la vista de las dos sentencias de prejudiciales del TJUE de 2024, los dos procedimientos abiertos por incumplimiento de las cláusulas cuarta y quinta de la directiva mencionada y la carta de emplazamiento emitida en octubre de 2024."
Hay que señalar, que según su Artículo 2, el Ámbito de aplicación de esta Ley de Función Pública de la AAPP del Estado es el personal funcionario y, en lo que proceda, al personal laboral y al personal eventual al servicio de:
a) La Administración General del Estado.
b) Los Organismos Autónomos.
c) Las Entidades Públicas Empresariales.
d) Las Agencias estatales.
e) Los demás entes de derecho público, así definidos en su normativa de creación.
f) Las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
g) Las autoridades administrativas independientes en la forma prevista en sus leyes
de creación.
h) Las universidades públicas no transferidas, en lo que no esté previsto en su
normativa específica.
más algunos casos donde es supletoria.
Naturalmente, la aprobación de una enmienda como ésta - que , recordemos requiere de la mayoría parlamentaria del Congreso- en el ámbito de la AAPP del Estado por su propia Ley de Función Pública podría implicar también consecuencias sobre otras AAPP con leyes de función pública propia -las CCAA - por la constatación que supondría que una AAPP con esa competencia podría regular la declaración de fijo a extinguir a los empleados públicos en abuso de temporalidad bajo su ley de función pública con la justificación de dar cumplimiento a normativa y sentencias europeas.
Nótese que Junts Per Catalunya sí ha presentado enmiendadas a este al Proyecto de Ley de Función
Pública para que, vía una modificación del EBEP en sí, se declare "fijos a extinguir" a los empleados públicos
en abuso de temporalidad de la actualidad y a los ya cesados que
presentaron reclamación contra el cese/despido. También sería de ámbito todas las AAPP la enmienda presentadao por Podemos de casi idéntico contenido.
Y que el propio PSOE ha incluido una propuesta de modificaciones al Estatuto Básico del Empleado Público -para todas las AAPP- vía enmiendas a este Proyecto de Ley de Función Pública de la Administración del Estado.
El
siguiente paso en la tramitación del proyecto de Ley será la
preparación del Informe de la Ponencia de la Comisión de Hacienda y
Función Pública del Congreso, preparado por un panel de miembros de dicha Comision o "Ponencia" y donde ya se pueden integrar enmiendas al texto del proyecto de ley presentado por el Gobierno
(si así lo acuerda una mayoría de la Ponencia, claro). Hay un plazo
inicial de 15 días hábiles a contar desde el 20 de Febrero, si bien
puede ser ampliado por acuerdo de la Mesa de la Comsión.
Después el texto de la Ponencia se debate en la Comisión de Hacienda y Función Pública al completo , donde puede recibir más enmiendas, y su "Dictamen" pasa por fin al Pleno del Congreso, donde puede recibir todavía más enmiendas. El Senado puede enmendarlo o incluso rechazarlo, y entonces vuelve al Congreso para ver si acepta las enmiendas o el rechazo, en su caso, del Senado .
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- [5 de mayo de 2021] El Gobierno publica el plan de reformas que presentó a la Comisión Europea el 30/04/2021. Sobre la exigida reducción de temporalidad pública a menos del 8%: va a ampliar los procesos de estabilización con las plazas temporales más de 3 años a 31/01/2020 y deberán publicarse todas las convocatorias de las OPEs de estabilización -existentes y las nuevas- antes de 31/12/2021 teniendo que finalizar antes de 31/12/2024. Sin mención alguna a que dicha temporalidad existente pueda ser ya abusiva ni a la sentencia europea que dictaminó que las convocatorias a procesos selectivos del puesto de los abusados no pueden valer como la sanción que debe haber para la AAPP. Se plantea además una reforma del Estatuto del personal sanitario para que el sistema selectivo de los "profesionales sanitarios" pase a ser para siempre el concurso puro de méritos , mecanismo que estaría ya disponible para los "que lleven un período de tiempo" en su proceso de estabilización pendiente -en su caso- del "plan de choque"
- [10 de noviembre de 2021] Divulgado el "acuerdo de funcionamiento" entre el Gobierno Español y la Comisión Europea con hitos y plazos de cumplimiento firmados de las reformas comprometidas en el Plan de Recuperación a cambio de los fondos europeos. Sobre temporalidad pública, comprometida ley que regule una reducción de la temporalidad vía "procesos de estabilización de puestos" así como "disposiciones efectivas para prevenir y sancionar abusos" .
- [29/12/2021] Publicada
en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores
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60 comentarios:
Bienvenidos a la fiesta de la Enmienda!!!
Pasen y vean, tenemos las mejores enmiendas de la feria!
Mientras dure la feria (tramitación Ley de Presupuestos) no encontrará nada mejor! Una vez que se termine, no lo busque en Amazon, ni siquiera en Pryca, que me lo quitan de las manos oiga!!
Vamos que, previo paso por la lima de las comisiones parlamentarias, el Congreso y el Senado y vuelta al Congreso (pq en el senado será vetado por la mayoría pplenaria), igual para como con la declaración de independencia del lider de Junt´s (que fue un si pero no).
Ah que no me creen? Pues, revisen la Ley 20/2021, que fue un si para unos y un NO para muchos.
Sigo: o el RD 5/2023 y su art. 217, que fue?
Ah si! un NO para todos
Se te nota tenso troll.
Las enmiendas de SUMAR se quedan cortas, no hacen referencia a las personas que ya han sido cesadas, como es mi caso. 17 años ininterumpidos en la misma plaza en Diputación Provincial de Zaragoza y cesada hace 8 meses.
Pues como se ha comentado ya, hay esperanza. Están las sentencias de 2024 y las cartas de emplazamiento. Juns, Podemos y Sumar las nombran y van a utilizar como base jurídica, lógicamente. Sí que de manera torticera otros retorceran el tema.
Ahí están los "jueces" del Supremo que le envían prejudiciales al TJUE, preguntando lo que ya dijo en febrero y junio 2024, cuando cualquiera sin conocimientos jurídicos lo sabemos.
9:37 Si hace referencia a los cesados después ley 20/21, punto 2. 2. a aquellos empleados públicos temporales, contratados en régimen funcionarial, estatutario o laboral, que hubieran sido cesados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 20/2021, cuando a la fecha del cese acrediten más de tres años de servicios efectivos prestados en la misma Administración empleadora, en el mismo o en diferentes puestos de trabajo, que serán restituidos en el puesto de trabajo que ocupaban a la fecha del cese y si no fuera posible, en otro puesto de trabajo similar, de idéntica categoría y análogas funciones, ubicado en el mismo órgano de destino y localidad.
Esto está CASI hecho, mirad os hago las cuentas para los de letras.
Los del SI: 49 (si tenemos en cuenta al Grupo Mixto):
Sumar (27) + ERC (7) + JxCat (7) + Grupo Mixto (8);
Los dudosos: 11
EH Bildu (6) + PNV (5)
Los del NO: 290
PSOE (120) + PP (137) + VOX (33)
Muy mal se tiene que dar para que no se apruebe esto eh!
PD; Incluso si incluimos a los dudosos (EH-bildu +PNV) el resultado es 60 Vs 290.
9.19. Da la cara, trolllll.
El ser mala gente, es lo que tiene!!!
Con el tiempo se demuestran vuestras patrañas y mentiras!!
Ala. Agur y comete un yogur.
El PNV puede que dude, pero en el Pais Vasco tienen un enorme problema de temporalidad que el nuevo Lehendakari quiere resolver porque es una patata caliente para el gobierno y Bildu que está muy fuerte ahora ya ha dicho en el congreso en ocasiones anteriores que es de justicia la estabilización de los interinos y ha hecho referencias a las sentencias europeas. Lo que no sabemos todavía es si también ha presentado enmiendas a la Ley de Función Pública.
Take it easy.
Los intereses ...ejem ....
https://archive.ph/5nUf3
La fiesta de la enmienda es saludable y necesaria pero no sacia la necesidad vital de justicia, de sanción real, efectiva y disuasoria que debe aplicarse a determinados irresponsables públicos por haber llevado hasta las últimas y graves consecuencias el abuso en la temporalidad, abusaron ilimitadamente de los ya abusados.
Siento aguar la fiesta.
EH Bildu estará a favor
Pryca dice, mas años que el hilo negro
Pinta bien
9:56 Pues un señor mayor de VOX hace no mas de 5 años estaba a favor, igual era solo para los médicos, pero estaban a favor.
Aquí la cuestión es si de verdad van a exigirle al PSOE que cumpla esto o si se trata de quedar bien ellos sabiendo de antemano que el PSOE no lo apoyará. Ojalá sea la buena de una vez por todas después de tanto sufrimiento.
9,56. Donde dice eso de " los cesados después de la entrada en vigor de la ley 20/2021" en esta propuesta, porque yo no lo veo? Gracias
Tampoco se dice en ningún sitio nada de aquellos responsables administrativos que no cumplan en que incurren, porque pueden hacer cualquier tipo de ingeniería y al final acaban colocados allegados.
Después de tanto sufrimiento, seguiremos igual, yo he perdido toda esperanza. Mi relación con la administración sigue viva, el proceso de estabilización ya se resolvio y aquí estoy desde hace más de 12 años, con las oposiciones aprobadas pero sin plaza, el máximo de puntos en la formación,...pero a ellos todo eso le da igual. Ójala de equivoque y haya alguna solución positiva a esto este "sin sentido".
11:00 del enmienda de sumar puntos 2.2 .... que hubieran sido cesados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 20/2021, cuando a la fecha del cese acrediten más de tres años de servicios efectivos prestados en la misma Administración empleadora, en el mismo o en diferentes puestos.....
11:02 Eso está más claro que el agua clara, si siguen los mismos delincuentes al mando, sin sanción ni condena, estamos jodidos.
Quién vuelve a una Administración donde la tónica general es la corrupción...
11,12 yo no leo por ninguna parte lo que dices. Cómo quedaría los cesados?
Troll, deja ya de dar la lata, envidioso y mala persona, Los cesados tienen que ver lo que se esta diciendo, y no ponerse nerviosos, esto es un paso adelante y para mi SUMAR es de lo mejor en cuanto a las reivindicaciones y su ponente Enrique Santiago, junto con Arauz y el sindicato DJusticia los que cogieron las riendas, pido que los miserables dejan de aguarles los dias a los interinos y cesados, pues no queda mas que triunfo, aunque eso les joda, eso si conviene tener memoria de ver quien esta favor, y quien no, por eso de las elecciones, un interino no le quita la plaza a nadie solamente se les va a hacer justicia.-
Muchos de ustedes no lo recordarán porque son jovenes pero hubo un tiempo en el que SUMAR provocó una subida del Salario Minimo Interprofesional con la promesa y/o desconocimiento de que no tributaría y luego pues ya saben ustedes que se tributa.
Pues eso, un Si, pero NO
Esto es el PP con los interinos:
el pueda leer que lea
“Sí, sí, sí, nos van a despedir”: los interinos docentes bloquean el Parlamento andaluz contra la “macrooposición” de la Junta
El Sindicato Independiente de Interinos Docentes en Andalucía asegura que las movilizaciones se sucederán todos los miércoles y jueves “hasta que la consejera” les reciba y atienda sus peticiones
— Unas oposiciones no tan deseadas: huelga de interinos para que Andalucía retrase la convocatoria por el “efecto llamada”
Sevilla — 20 de febrero de 2025 17:59 h
Al grito de “la oposición no es la solución”, y convocados por el Sindicato Independiente de Interinos Docentes en Andalucía (IIDEA), cientos de personas se han manifestado este jueves en Sevilla para protestar contra la oferta de 7.885 plazas en las oposiciones de los cuerpos docentes. Es la segunda movilización del mes y ha comenzado a las puertas de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, recorrido más de tres kilómetros hasta las mismas puertas del Parlamento de Andalucía, que ha quedado prácticamente bloqueado a la hora de comer en que se daba por terminado el Pleno. Según la Subdelegación del Gobierno, la marfcha ha sido secundada por unas mil personas mientras que los organizadores han calculado que la asistencia ha sido de unos 4.000 manifestantes.
Unas oposiciones no tan deseadas: huelga de interinos para que Andalucía retrase la convocatoria por el “efecto llamada”
Unas oposiciones no tan deseadas: huelga de interinos para que Andalucía retrase la convocatoria por el "efecto llamada"
Está previsto que las manifestaciones continúen cada miércoles y jueves hasta que se consiga llegar a un consenso, que consistiría esperar un curso más para ofertar esas plazas que la Junta de Andalucía anunció o establecer un proceso de estabilización de empleo para la docencia que acabe con la “incertidumbre” y la “injusticia” que denuncia el sindicato.
Fuente: https://www.eldiario.es/sevilla/si-si-si-despedir-interinos-docentes-bloquean-parlamento-andaluz-macrooposicion-junta_1_12070469.html
Vamos 11,35 deja ya a la gente tranquila se dirimen plazas, y futuro para miles de personas abusadas en temporalidad y vienes ha hacer mala sangre, pa ti la perra gorda.-
Cierto 11:12, la enmienda 211 de SUMAR no es tan clara como las de JUNTS o PODEMOS (GRUPO MIXTO) y eso que Arauz se reunió con ellos. Solo habla de los que cesen en el punto 6 y parece que lo haga a futuro, no a los ya cesados. (???)
"En el momento en que se den las causas de finalización previstas en el art. 10.3 del
TREBEP o se supere el plazo de 3 años en el supuesto previsto en el apartado 1.a de este
artículo, sin que se produzca el cese efectivo del personal interino contratado, dicho personal
se encontrará en situación objetiva de abuso de temporalidad.
Siempre que el personal interino se encuentre ocupando un puesto de trabajo respecto del
cual se hayan superado los límites legales temporales del nombramiento o contratación, o el
tiempo autorizado o haya encadenado contratos de duración determinada sin causa
justificada, encontrándose por ello en situación objetiva de abuso en la temporalidad. En
esos casos, el personal será estabilizado en el puesto de trabajo que ocupa en concepto de
funcionario, o estatutario fijo a extinguir."
Confío en que apoye un texto definitivo que incluya a los ya cesados, sino quedaríamos sin reparación, así como que presione al PSOE para su aprobación.
Lo que no me convence es tener que volver, si o si, al lugar del crimen!
Efectivamente, para algunos en vez de una solución es un castigo, otro más para añadir a la lista de despropósitos, cuando no delitos, y ya van, 1, 2, 3, 4, 5, 6, ...!
Podrías decirme el número de la enmienda? No lo he visto en ninguna de las 3 enmiendas que han registrado
Pues yo espero que a todos mis compañeros en fraude de temporalidad les hagan fijos porque se debe sancionar ese abuso y no se puede estar jugando con las personas! ME ALEGRO!
Pa no parar de REIR!!!!!!!
En los supuestos previstos en las letras c) y d), el nombramiento únicamente podrá atender la cobertura de necesidades coyunturales y no permanentes.
Veamos supuestos c) y d)
c) La ejecución de programas de carácter temporal que no podrán tener una duración superior a tres años.
d) El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de nueve meses, dentro de un periodo de dieciocho meses.
Ni los supuestos c), ni d), se han respetado durante lustros!!!!!!!
Consecuencias.
En los supuestos previstos en los apartados 1.c) y 1.d), el personal funcionario interino no ocupará
puestos de trabajo incluidos en las relaciones de puestos de trabajo, sin perjuicio de su inscripción
en el Registro de Personal de la Administración del Estado, en el que deberán constar, entre otras
condiciones de la relación de servicio, la modalidad de nombramiento, el ministerio u organismo de
adscripción, las retribuciones y la localidad de desempeño.
Jajaja. Todos OUT de las RPT.
Y la más esperada de todas.!!!! Manda huevos.....
"2. Las actuaciones irregulares en la presente materia darán lugar a la exigencia de las responsabilidades que procedan de conformidad con la normativa vigente en cada una de las
Administraciones Públicas"
Que les pongan sanciones economicas a los responsables, de una puñetera vez!!!!!!!!!
Ni una puñetera administración, tiene sanciones económicas, pa todos esos delincuentes de pacotilla, que llevan jodiendo a la gente tantos y tantos años¡¡¡¡
Ya esta bien , joder...!!!!
13,03 no paras de hacer mala sangre Troll
Esto de Podemos. Esta de puta madre¡¡¡¡
A la entrada en vigor de esta ley el empleado público no ocupe ya, por
haber sido cesado o despedido, un puesto de trabajo en el cual haya estado en situación objetiva de abuso en la temporalidad para proceder a su estabilización. En estos casos, siempre y cuando el interesado haya recurrido administrativa y/o judicialmente el acto por el cual era cesado del puesto de trabajo en el cual cumplía los requisitos señalados en esta ley para su estabilización, tiene derecho a la misma.
ASI SI!!!! Vamos¡¡¡¡¡
"A la entrada en vigor de esta ley, en los casos en los que el empleado público no ocupe ya, por haber sido cesado o despedido, un puesto de trabajo en el cual haya estado en situación objetiva de abuso en la temporalidad , si el interesado ha recurrido administrativa y/o judicialmente el acto por el cual fue cesado del puesto de trabajo en el cual cumplía los requisitos señalados en esta ley, el mismo tiene derecho a estabilizarse".
Si han pasado 3 meses sin que se haya publicado en el correspondiente boletín oficial los nombramientos de todas las personas que tienen derecho a la estabilización de conformidad con esta ley, la presente ley reconoce a los trabajadores/as afectados por la estabilización todos los
derechos económicos y laborales derivados de su situación legal objetiva de abuso por la excesiva
contratación temporal sufrida, siendo responsables directos y solidarios de estos derechos, y de los
daños y perjuicios que se acreditasen, tanto la administración pública territorial o ente institucional
público incumplidores como los órganos administrativos competentes en materia de función pública
de las mismas.
Esto es imprescindible, dar carpetazo al asunto tras 3 meses.
Y si no. Que se preparen los cafres!!!!
Vamoooosssss!!
Puede parecer ingenuo por cómo se las gastan, tanto el ministro de función pública como el supremo. Pero de verdad, en la tramitación de esta ley -con las enmiendas presentadas por esos grupos- el PSOE tendrá que expresarse, y va a ir en contra de las sentencias de febrero y junio y las cartas de emplazamiento, a las que se alude en las mismas?. Es de rancios, de zoquetes, cómo lo justifican?. Si Europa ha dicho que si una norma nacional -Constitucion- contraviene el derecho europeo, habría que ignorarla ( viene a decir)
El PSOE hará lo que le digan Junts, Sumar, Podemos... , ya que si quiere seguir gobernando necesita sus votos. Esto es un juego político ¿cuántas veces ha dicho el PSOE una cosa y después ha
hecho la contraria?
Y esto también le afecta a los interinos docentes no universitarios?
AAAAMEEEEN
11,12. En el texto de las enmiendas de sumar que sale en este mismo post NO ESTA lo que tu dices de los cesados.
Si esta en otro post donde Arauz, en una reunión con sumar les dijo lo que tu dices. Pero en la propuesta de sumar han puesto otro texto, que no es tan clarificador como el de arauz.Un saludo.
En el caso de la enmienda 211 de SUMAR, de resultar aprobada , para interinos docentes no universitarios sólo los que dependan del Estado.
En el caso de las enmiendas de Junts, sí desde luego: a todo empleado público bajo el EBEP (estarían fuera por ejemplo los jueces sustitutos)
Gracias, pero Araúz ha presentado sus enmiendas aparte directamente, no?
No me queda clara una cosa: ¿La Ley y estas enmiendas afectan a la Administración General del Estado y los organismos que dependan de ella o afecta tambien a todas la administraciones públicas, Gobiernos autonómicos y entidades locales?
Venga coño, hay q dejar de ser cenizos y cobardes.
Más jeta y más echaos pa Lante, pa joder a todos los cafres q nos han hecho la vida imposible durante tantos y tantos años!!!
Pues estos, solo actúan con lo que diga Europa, cuando les interesa.
https://www.eleconomista.es/economia/noticias/13231429/02/25/el-psoe-incluye-en-la-enmienda-a-la-ley-de-la-funcion-publica-el-permiso-parental-retribuido.html
Ahora sí que pinta a cambio de verdad! Van a tener que tragar si quieren que salgan los presupuestos.
Arauz no ha presentado ninguna enmienda, solo lo puede hacer los grupos parlamentarios.
Dentro de unos días se publicarán todas las enmiendas en el Boletín oficial del Congreso. Después se tienen que debatir y votar, podrán ser modificadas, aprobadas o rechazadas.
Queda mucho trámite parlamentario hasta ver cómo queda todo finalmente, pero lo que está claro es que de momento hay iniciativas concretas a nuestro favor.
Esto. 👉 https://x.com/eajpnv_Madrid/status/1892184915090853982
Faltan médicos, pero son la Comunidad con más temporales.
Repartiendo caramelos.
https://x.com/eajpnv_Madrid/status/1882061793054593212
Sabiendo que Pilar no pondrá pegas.
Canarias.
ENMIENDA 54
Plantean convertir en “fijos a extinguir” a aquellos que a la entrada en
vigor de la presente ley hayan ve-
nido desempeñando en puestos o
plazas funciones de naturaleza
estructural y permanente durante un
período ininterrumpido de al menos
tres años.
PNV
ENMIENDA 75
Plantean un sistema de acceso excepcional
mediante concurso de méritos para todos
aquellos que lleven un mínimo de tres años de
antigüedad en el cuerpo en el que se ha convocado proceso selectivo.
Añadís PSOE, Bildu y BNG. Y ya tenéis el puzzle.
Hemos peleado durante tanto tiempo... por nosotros y todos los demás y para que no vuelva a ocurrir. Ojalá esta medida me sirva a mí también que ya fui cesada y demandé al cese, si no lo fuera, aún así, ha merecido la pena. Hemos hecho algo grande entre todos. Gracias Arauz. Gracias a todos los compañeros de penurias de este blog y apiscam por darnos soporte. Ya falta muy poco y lo q viene es por lo q parece todo para celebrar.
16:25
De donde has sacado estos textos?
Son del proyecto de Ley 20/2021 o actuales?
Si sumas las recomendaciones del TJUE, las enmiendas de los socios de gobierno (no serán mayoría en el congreso, pero sin ellos no sacarán nada), y algunas sentencias de los tribunales de España... Nuestro sufrimiento debería acabar próximamente.
14:42 Ahhh! Claro, si lo tengo guardado. Entonces, SUMAR para que pide nada si luego hace lo que le da la gana.
Madre mía, así nos va. Lo mismo hacen los sindicatos traidores a los temporales públicos abusados, dicen una cosa y luego hacen la contraria. Para fiarse...
Gracias.
Pues veremos lo que hace SUMAR, porque estos de ERC se han lucido, han perdido votantes, y a saberse lo que se traen entre manos. Como todos, solo guardando su trasero.
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