'Los trabajadores y trabajadoras
temporales de las administraciones
públicas tienen derecho a que se les reconozca la condición de
indefinidos no fijos cuando llevan más de tres años de contrato. Así lo
ha reconocido una nueva sentencia emitida, en esta ocasión, por un
Juzgado de lo Social de Córdoba, que reconoce que superados los tres
años de contrato “el trabajador debe tener una consideración de
trabajador indefinido no fijo”.
La sentencia responde a la demanda de dos trabajadoras, que han
estado representadas por los servicios jurídicos de CCOO de Córdoba, que
llevaban más de tres años trabajando para la Consejería de Cultura,
Turismo y Deportes con contrato de trabajo temporal, en un caso “para
vacante RPT” y en el otro “
hasta que el puesto de trabajo sea cubierto a
través de los procedimientos establecidos en la Ley (…) de Ordenación
de la Función Pública de la Junta de Andalucía y el vigente convenio
colectivo,
o amortizados de forma legal”.