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miércoles, 1 de abril de 2020

Publicado en el BOE el Real Decreto-ley 11/2020 por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 [ampliación de plazo para recurrir, prórroga de ciertos contratos temporales, colaboraciones de empleados públicos en la atención sanitaria y socio-sanitaria,...]

Se ha publicado en el BOE de hoy 01/04/2020 el ampliio Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que "se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19", que entra en vigor este mismo 2 de Abril, encontrándose entre las disposiciones adicionales éstas relativas a los recursos contra la administración o al empleo público:


Disposición adicional octava. Ampliación del plazo para recurrir.
1. El cómputo del plazo para interponer recursos en vía administrativa o para instar cualesquiera otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje que los sustituyan de acuerdo con lo previsto en las Leyes, en cualquier procedimiento del que puedan derivarse efectos desfavorables o de gravamen para el interesado, se computará desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma, con independencia del tiempo que hubiera transcurrido desde la notificación de la actuación administrativa objeto de recurso o impugnación con anterioridad a la declaración del estado de alarma. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la eficacia y ejecutividad del acto administrativo objeto de recurso o impugnación

martes, 31 de marzo de 2020

[Ministerio de Sanidad] 'El Ministerio de Sanidad amplía las medidas para el refuerzo de personal sanitario. Se ha publicado en el BOE una Orden que modifica la del pasado 15 de marzo para adoptar nuevas medidas con las que poder dar respuesta a la demanda asistencial existente'

[30/03/2020] 'El Ministerio de Sanidad ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado la modificación de la Orden publicada el pasado 15 de marzo. El objetivo, reforzar los recursos humanos del Sistema Nacional de Salud y dar así respuesta a la demanda asistencial existente. En el texto de hoy se desarrolla la regulación de las rotaciones internas y externas de los residentes y la necesaria adaptación de los itinerarios formativos, con el fin de que, al tiempo que se refuerzan las plantillas de las unidades con necesidades asistenciales, los residentes adquieran competencias en el control de las enfermedades y en el abordaje de las situaciones de emergencia.


lunes, 30 de marzo de 2020

Publicado en el BOE Orden del Ministerio de Sanidad con criterios interpretativos del Real Decreto-Ley y el modelo de declaración responsable para justificar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo de los trabajadors por cuenta ajena de los servicios esenciales

Se ha publicado en el BOE de hoy 30/03/2020  la "Orden SND/307/2020, 30 de marzo, por la que se establecen los criterios interpretativos para la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, y el modelo de declaración responsable para facilitar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo".

 Así esta Orden aclara que  el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, solo afecta a los autónomos que prestan sus servicios en actividades suspendidas por la declaración del estado de alarma, y por su parte, el nuevo Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, no resulta de aplicación a las personas trabajadoras por cuenta propia.

Por otro lado, "las personas trabajadoras por cuenta ajena que no deban acogerse al permiso retribuido recuperable establecido en el Real Decreto-ley 10/2020 y aquellas otras dedicadas a la actividad de representación sindical o empresarial tendrán derecho a que la empresa o entidad empleadora les expida una declaración responsable reconociendo tal circunstancia, de acuerdo con el modelo recogido en el Anexo de esta Orden".


domingo, 29 de marzo de 2020

Publicado en el BOE el Real Decreto del "permiso retribuido recuperable" para los trabajadores por cuenta ajena que no presten "servicios esenciales" -entre ellos los sanitarios- para reducir lamovilidad en la lucha contra el COVID.-19

Acaba de publicarse en el BOE el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, "por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19"

El Real Decreto  contiene la "Disposición adicional primera" sobre  "Empleados públicos":

sábado, 28 de marzo de 2020

Publicada en el BOE la prórroga del Estado de Alarma hasta el día 12 de abril de 2020

 En el día de hoy se ha publicado en el BOE  la Resolución del Congreso de los Diputados por la que se autoriza la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, "hasta las 00:00 horas del día 12 de abril de 2020"  

sábado, 14 de marzo de 2020

[Gobierno del Estado] 'El Gobierno decreta el estado de alarma para hacer frente a la expansión de coronavirus COVID-19' [Decreto publicado en el BOE]

'El Gobierno hace uso de este mecanismo, previsto en el artículo 116 de la Constitución, con el fin de garantizar la protección de la salud de los ciudadanos, la contención de la enfermedad y el refuerzo del sistema de salud pública.
"Ponemos en el centro de nuestras prioridades la salud de las personas" ha señalado el presidente en su comparecencia ante los medios de comunicación al término del Consejo de Ministros.

Al tiempo que se garantiza el suministro alimentario y se promueven medidas de distanciamiento social, este decreto permite desplazamientos de primera necesidad. El cumplimiento de las medidas decretadas será asegurado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como por la Policía autonómica y local, que quedan bajo las órdenes directas del ministro del Interior, y se podrá requerir también la actuación de las Fuerzas Armadas.

lunes, 13 de enero de 2020

El BOE publica el convenio entre el Ministerio de Sanidad, el ISCIII y la Sociedad Española de Informática de la Salud para la formación en salud digital de profesionales sanitarios y el Máster en Dirección de Sistemteas y TI de la Salud para profesionales de TI

En el BOE del pasado 10 de Enero se publicaba el Convenio firmado entre el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, el Instituto de Salud Carlos III, y la Sociedad Española de Informática para la Salud [SEIS] "para la promoción y ejecución de acciones formativas ante la trasformación digital del Sistema Nacional de Salud".

En dicho convenio el Ministerio de Sanidad "considera que para impulsar la transformación digital del SNS se debe, entre otras medidas, potenciar la capacitación de sus recursos humanos, reforzando la profesionalización de quienes trabajan en las TIC para la salud y formando en digitalización para la salud a todos los profesionales del sistema".

Por otro lado, la SEIS "considera las TIC imprescindibles para afrontar los retos actuales de los sistemas de salud en sus procesos de modernización y racionalización por su capacidad para facilitar la mejora del acceso, la equidad, la seguridad, la integración, la continuidad y la calidad de los servicios sanitarios así como su convergencia con los servicios sociales, a la vez que se favorece el tejido industrial, la innovación y la economía del país".

miércoles, 3 de abril de 2019

Publicada la Ofertas de Empleo Público del Estado de 2019 general - no de "estabilización"- pero sí con puestos de indefinidos no fijos. 840 plazas de acceso libre de los cuerpos de informática del Estado

El  Boletín Oficial del Estado de ayer 02/04/2019 publicó el  Real Decreto de la Oferta de Empleo Público para 2019 "normal" o general de la Administración Pública del Estado de N plazas (M plazas de turno libre y P de Promoción Interna), plazas todas ellas computadas de la tasa de reposición de efectivos , fijada en un 75% general y un 100% en algunos sectores por en el artículo 19.Uno.3 de la ley de Presupuestos Generales del de 2018 más un 5% adicional general por el artículo 19.Uno.4, que permite una pequeña creación neta de empleo. Aunque aparte están  el  Decreto ya publicado  de la  Oferta de Empleos Público de estabilización derivada de esa misa ley de Presupuestos de 2018 ya publicado , y que incluía los puestos temporales de más de 3 años anteriores a 31/12/2017 de los sectores que no fueron incluidos en las OPEs previas de estabilización derivadas de la ley de Presupuestos 2017 (que se aplicaba sólo a varios sectores en cuanto a los temporales de más de 3 años), hay que destacar que esta  OPE 2019 general lleva una Disposición Adicional por la que incluye los puestos del personal "indefinido no fijo por sentencia" de la AGE y sus entes, habilitando a que las convocatorias de procesos selectivos de estos puestos puedan ser conjuntas con la de los puestos "normales"  o por tasa de reposición e inferiores a 4 años del resto del Decreto.

En el Decreto  se establece que las convocatoria de esta OPE "normal" deberán realizarse de conformidad con la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, sobre las  bases comunes de los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado.

viernes, 28 de diciembre de 2018

El Gobierno del Estado aprueba la subida del 2,25% para los empleados públicos de todas las AAPP pactada con los sindicatos en el Acuerdo de Marzo.La Comunidad de Madrid ya la ha tenido en cuenta en sus presupuestos para 2019

En el BOE de ayer 27/12/2018 se publicaba el Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que "se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público" y que, entre tras medidas, se da cumplimiento a la subida de sueldo para 2019 de los empleados públicos comprometida en el II Acuerdo para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo, firmado entre el Gobierno de España y los sindicatos de la mesa de Función Pública estatal, CCOO, UGT, y CSIF el pasado 9/3/2018.
Así se establece en el año 2019, las retribuciones del personal al servicio del sector público ( es decir cualquier AAPP del Estado, Autonomías y entidades locales)  podrán incrementarse hasta el 2,25%  respecto a las vigentes a 31/12/2018 y además un 0,25% adicional  si el incremento del PIB alcanzase el 2,5% a 1/07/2019 o menos proporcionalmente si quedara por debajo de ese 2,5%.

El Decreto de paso fija el incremento concreto de retribuciones del personal competencia del Estado.
Recordemos que la Comunidad de Madrid ya ha reservado en sus Presupuestos Generales créditos para afrontar el incremento del 2,25% por lo que, con toda probabilidad, la Comunidad de Madrid fijará ese incremento del 2,25% (el máximo autorizado por este Real Decreto) para todos sus empleados púbiicos.ya para la nómina de Enero.

martes, 4 de septiembre de 2018

Se amplia dos años más la entrada en vigor de la exigencia de la Administración electrónica

El Consejo de Ministros del pasado 31/08/2018 aprobó un Real Decreto-ley que, entre otras, modifica la disposición final séptima de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común para ampliar en dos años el plazo inicial de entrada en vigor de las previsiones relativas a la puesta en marcha de la Administración electrónica.

Esta modificación entró en vigor este 04/09/2018  tras la publicación en el BOE del Real Decreto. De esta manera todas la nueva normativa sobre  registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, el punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico, es decir , la denominada "Administración Electrónica" pasan a ser obligatorias sólo  a partir del día 2 de octubre de 2020.


jueves, 2 de agosto de 2018

Publicada la Oferta de Empleo Público del Estado de "estabilización" de puestos de los sectores de la AGE y de la Administración de Justicia temporales de más de 3 años permitidos por ia ley de presupuestos de 2017. Habrá más OPE con el resto de puestos autorizados por la ley de presupuesto de 2018.. Convocatorias conjuntas

En el Boletín Oficial del Estado del 31/07/2018 se publicaba otro Real Decreto de Oferta Pública de Empleo [OPE] que había sido aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros junto con del de la OPE "normal":  el de la OPE de "estabilización" de la Administración del Estado y la 2ª de la Administración de Justicia (tanto estatal como autonómica) con plazas ofertadas -adicionales a las de la OPE normal- ya existentes y ocupadas en su totalidad por personal temporal , computadas siguiendo lo dispuesto en el artículo 19.Uno.6  de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 [PGE17], que trasladaba con rango de ley el primer acuerdo estatal con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público [o el "Acuerdazo 1"], que recordemos  habilitaba a todas las Administraciones Públicas (estatal, autonómicas o locales) a ofertar en OPEs durante 2017, 2018 y 2019
  1. hasta el 90% de los puestos ocupados por personal temporal de más de 3 años a 31/12/2016 sólo de ciertos sectores o funciones  (en cuanto a sectores principalmente los Servicios de Salud y la Educación de las CCAAs -cuyas OPEs están transferidas a las CCAA- , la Administración de Justicia, la Policia local, ... -ver la lista íntegra de sectores y tipos de puestos aquí - ), obligando a que el número de plazas ofertadas suponga dejar una temporalidad inferior al 8% en cada uno de los ámbitos autorizados; 
  2. y  -ya en todos los sectores, funciones y todas las AAPP- a convocar hasta el 100% de los puestos interinos anteriores a 2005 , por tanto, pendientes de los procesos de consolidación que habilitaba la Disposición Adicional 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público de 2007
(También esa ley de PGE17 como la de 2018,. autoriza a ofertar fuera de tasa de reposición TODOS los puestos de los "indefinidos no fijos por sentencia" de cualquier AAPP)

Así este Real Decreto del Estado oferta estas plazas por el primer concepto (el de más de 3 años de temporalidad en ciertos sectores):
  • 2.862 plazas correspondientes a puestos en la Administración General del Estado [AGE] en los sectores/funciones autorizados y que por ahora no habían visto plazas ofertadas por lo habilitado para procesos de estabilización por la Ley de PGE17
  • y 2.762 plazas de personal de la Administración de Justicia tanto estatal como de las CCAA [que aunque transferido el personal, le sigue correspondiendo al Estado la publicación de las OPEs] y que ya habían visto un primer grupo de 2.331 plazas ofertadas en la OPE 2017 del Estado] que siguen pendientes de convocatorias

miércoles, 1 de agosto de 2018

Publicada la Ofertas de Empleo Público del Estado de 2018 general con 680 plazas de acceso libre de los cuerpos de informática del Estado

El  Boletín Oficial del Estado de ayer 31/07/2018 publicó el  Real Decreto aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros,de la Oferta de Empleo Público para 2018 "normal" de la Administración Pública del Estado de 17299 plazas (11.095 plazas de turno libre y 6.204 de Promoción Interna), plazas todas ellas computadas de la tasa de reposición de efectivos , fijada en un 75% general y un 100% en algunos sectores por en el artículo 19.Uno.3 de la ley de Presupuestos Generales del de 2018 más un 5% adicional general por el artículo 19.Uno.4, que permite una pequeña creación neta de empleo. Aparte están los  Decretos  de la  Ofertas de Empleos Público de estabilización derivada de  la ley de Presupuestos de 2017 (que trataremos de forma especial en otra entrada) y una Oferta de Empleo público Extraordinaria de 323 plazas para el refuerzo de medios en la atención a asilados y refugiados.

lunes, 9 de julio de 2018

Publicada en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo acuerdo con sindicatos nacionales con la extensión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio personal. Subidas acordadas de sueldo de empleados públicos 2018 a 2020

El pasado 4 de Julio se publicaba en el  Boletín Oficial del Estado la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado, que tal como se avanzaba en el  proyecto , traspone finalmente el contenido del "II Acuerdo para la mejora del empleo público y de condiciones de trabajo"  que suscribieron el Ministerio de Hacienda y Función Pública y los  sindicatos mayoritarios del área pública (CC.OO., UGT y CSIF) el pasado 9 de Marzo, con la universalización de los denominados procesos de "estabilización del empleo público" , realmente la habilitación a todas las AAPP para convocar en Ofertas Públicas de Empelo  convencionales  los puestos ocupados por empleados públicos temporales durante más de 3 años -y por tanto de hecho en fraude de ley española- y los puestos de los declarados indefinidos no fijos por sentencias de la  justicia española , extendiendo por tanto el ámbito de lo ya publicado en la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017
 
Así, según el artículo 19.Uno puntos 9 y 7:
  • se añaden a los sectores que ya estaban incluidos, como todos los servicios de salud, mediante la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 más sectores para los que podrán convocarse procesos extraordinarios fuera de los lìmites de la tasa de reposición , y que siguen denominando de "estabilización del empleo público": "administración y servicios generales, investigación, salud pública, universidades públicas, y otros servicios públicos" [es decir, parece que se extiende a toda la administración pública] ,
  • se extiende a todos los puestos temporales más de 3 años de antigüedad antes del 31 de diciembre de 2017 y a  todas las Administraciones Públicas incluidas las empresas públicas [por lo que sumado a lo autorizado el año pasado se estaría hablando de entre medio millón y 700 mil puestos de empleo público (en puestos en fraude de ley según la normativa española, y ocupados en su inmensa mayoría por personal con abuso de temporalidad según la normativa de la Unión Europea que ya habría emitido una primera sanción al Gobierno de 100 millones de euros  siendo este acuerdo con los sindicatos la respuesta para evitarla; respuesta que recientemente un juzgado madrileño ha cuestiona ante el Tribunal de Justicia Europeo que pueda ser una solución del fraude de ley
  •  las OPEs respectivas de los nuevos puestos a incluir se pueden publicar en los años 2018. 2019 y 2020.
  • nuevamente no se fija en el acuerdo que  las convocatorias sean consolidaciones del propio personal mediante los concursos de méritos que contempla excepcionalmente -siempre aprobándolo con una ley- el Estatuto Básico del Empleado Publico en sus artículos 61.6 (para el personal público de relación funcionaria o administrativa) y 61.7 (para el empleado público de relación laboral) o ni siquiera procesos de consolidación en el sentido del Estatuto Básico del Empleado Público, como exigen las Plataformas de Temporales, que agrupa a las plataformas de interinos y temporales de muchas AAPP afectados.
  • [artículo 19.Uno.7] como en 2017, se habilita incluir en las Ofertas de Empleo Público, fuera de tasas de reposición y sin limitación alguna , todas las plazas de los "indefinidos no fijos por sentencia judicial" [la "figura" más "estable" que está consiguiendo alcanzar en los tribunales españoles para el personal temporal (por el momento en firme sólo para el laboral) en fraude de ley por abuso de temporalidad], como si fueran un interino o temporal más (a este respecto)


martes, 27 de marzo de 2018

Publicado en el BOE el acuerdo del Gobierno del Estado y sindicatos nacionales para la subida de sueldo de empleados públicos y la extensión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años e "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del personal

Acaba de publicarse en el Boletín Oficial del Estado (nº74 de 26 de Marzo), -para su conocimiento público y aún quedando pendiente su entrada en vigor las medidas hasta que no se incluyan y publiquen en la futura Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018-, el "II Acuerdo para la mejora del empleo público y de condiciones de trabajo"  que suscribieron el Ministerio de Hacienda y Función Pública y los  sindicatos mayoritarios del área pública (CC.OO., UGT y CSIF) el pasado 9 de Marzi y que supondría entre varias cosas:

  • subida salarial en los tres próximos años de  entre un 6,1%  y  8,8%  repartido mediante una a parte fija de 1,75% en 2018, 2,25% en 2019 y un 2% en 2020, y  una parte variable  en función de la evolución del PIB de hasta  un máximo del 0,25% en 2018, 0,75% en 2019 y del 1,5% en 2020
  • tasas de reposición
    • 100%  en todos los sectores si la Administración Pública respectiva ha cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria, deuda y regla de gasto , pudiendo e incrementarlo en un 8% adicional en aquellos sectores que "requieran un refuerzo de efectivos"
    • del 100 % en sectores prioritarios y un 75%, del resto de sectores para las AAPP que no hayan cumplido, y un posible 5% adicional para refuerzo
    • los porcentajes adicionales para refuerzo sólo podrán aplicarse si hay jubilaciones masivas, nuevos servicios públicos o picos de servicio por turismo
  • procesos de "estabilización del empleo público" [pero no de consolidación del propio personal temporal de más de 3 años cuyos puestos son los que se convocan]
    •  se añaden a los sectores que ya estaban incluidos, como todos los servicios de salud, mediante la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 más sectores para los que podrán convocarse procesos extraordinarios fuera de la tasa de reposición , y que siguen denominando de "estabilización del empleo público" [pero no  son de consolidación del propio personal temporal de más de 3 años cuyos puestos son los que se convocan]: "administración y servicios generales, investigación, salud pública, universidades públicas, y otros servicios públicos" [es decir, parece que se extiende a toda la administración pública] ,
    • se extiende a todos los puestos temporales más de 3 años de antigüedad antes del 31 de diciembre de 2017 y a  todas las Administraciones Públicas incluidas las empresas públicas [por lo que sumado a lo autorizado el año pasado se estaría hablando de entre medio millón y 700 mil puestos de empleo público (en puestos en fraude de ley según la normativa española, y ocupados en su inmensa mayoría por personal con abuso de temporalidad según la normativa de la Unión Europea que ya habría emitido una primera sanción al Gobierno de 100 millones de euros por este hecho, siendo ésta la respuesta del Gobierno Español para evitarla)]
    •  las OPEs respectivas de los nuevos puestos a incluir se pueden publicar en los años 2018. 2019 y 2020.
    • nuevamente no se fija en el acuerdo que las convocatorias sean consolidaciones del propio personal mediante los concursos de méritos que contempla excepcionalmente -siempre aprobándolo con una ley- el Estatuto Básico del Empleado Publico en sus artículos 61.6 (para el personal público de relación funcionaria o administrativa) y 61.7 (para el empleado público de relación laboral) o ni siquiera procesos de consolidación en el sentido del Estatuto Básico del Empleado Público, como exige la Plataforma Nacional de Temporales, que agrupa a las plataformas de interinos y temporales de muchas APP afectados. Solamente consta que se "podrá" valorar la antigüedad si es que existe fase de concurso, dando opción por tanto incluso a sistemas selectivos sólo con fase de oposición, e incidiendo que las bases de las convocatorias serán  competencia de cada Administración, pudiendo ser diferentes por ejemplo las de los Servicios de Salud de diferentes CCAA (como ya está sucediendo: ver casos de bases ya publicadas  del Servicio Extremeño de Salud , Servicio Balear de Salud y   Servicio de Salud de Castilla y León mientras que otras CCAA, como Madrid, todavía no ha publicado convocatoria ni bases algunas, sólo decreto de OPE)
    • como en 2017, se habilita incluir en las Ofertas de Empleo Público, fuera de tasas de reposición y sin limitación alguna , todas las plazas de los "indefinidos no fijos por sentencia judicial" [la "figura" más "estable" que está consiguiendo alcanzar en los tribunales españoles el personal temporal en fraude de ley por abuso de temporalidad], como si fueran un interino o temporal más (a este respecto)

viernes, 10 de marzo de 2017

Publicada en el BOE la sentencia del TC que tumba el recurso del Estado contra la estatutarización del personal laboral y funcionario informático de SSCC SERMAS y la del laboral de H. de Alcorcón, Fuenlabrada y UCR así como el recurso a la interinización eventuales de los presupuestos 2016

Se ha publicado en el BOE de hoy (nº 59 de 10/03/2017) la sentencia del Tribunal Constitucional , de la que ya habíamos informado aquí, sobre el recurso  5190/2016 que había interpuesto  el Gobierno del Estado al Tribunal Constitucional contra varios  artículos que se había aprobado con los votos de la oposición en la Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa, más conocida como ley de acompañamiento de los presupuestos 2016 de la Comunidad de Madrid, siendo éstos los artículos recurridos y el resultado de la sentencia


  • la Disposición Final 1ª.3  que posibilita la integración voluntaria del personal laboral y funcionario informático de los Servicios Centrales  del SERMAS en las categorías estatutarias de informática del SERMAS que la misma ley extendía allí en su  artículo 24: el Tribunal Constitucional ha decidido desestimar esta parte del recurso, por lo que ya ha vuelto  a ser vigente este artículo (suspendido por prerrogativa del Presidente del Gobierno al presentar el recurso)
  • la Disposición Final 1ª.4 sobre la necesidad de un proceso extraordinario de interinización para los eventuales de más de 2 años existiendo plazas vacantes: esta parte del recurso también ha decidido desestimarla  el Tribunal Constitucional, por lo que vuelve a ser vigente
  • el artículo 27  de estatutarización,  movilidad y promoción de personal laboral propio de los  hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada y de la UCR, que el Tribunal Constitucional estimado parcialmente y quedarían anulados los apartados 27.2 -quedar en situación de ‘Servicio en otras Administraciones Públicas’ tras estatutarizarse, y parte del 27.3 - participación en movilidad voluntaria y promoción interna- , pero en especial no quedan anulados ni el apartado 27.1 que era el que establecía la  opción de la estatutarización en sí ni lo contemplado en el resto del 27.3, que este persona podrá participar en todos los procesos de selección de estatutarios, computándose igualmente el tiempo trabajado. Inicialmente el SERMAS parece que interpretó que esto significaba que no podría estatutarizar a este personal [!?]. pero en la reunión de la mesa sectorial del pasado 22 de Febrero de 2017 parece que RRHH de Sanidad habría reconocido que efectivamente, esta sentencia avala la posibilidad de estatutarizar a este personal
En concreto el FALLO de la sentencia es el siguiente: " el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido estimar parcialmente el presente recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia:

jueves, 9 de febrero de 2017

Orden del Min. de Sanidad de regulación de acceso de MIR y alumnos a información clínica

Este lunes 6/02/2016 se publicaba en el BOE la Orden SSI/81/2017, de 19 de enero, del Ministerio de Sanidad que traslada un Acuerdo de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, por el que se aprueba el protocolo "mediante el que se determinan pautas básicas destinadas a asegurar y proteger el derecho a la intimidad del paciente por los alumnos y residentes en Ciencias de la Salud", recogiendo modelos de firma de compromisos de confidencialidad tanto para alumnos como para residentes y un apartado de "garantía de acceso a los datos clínicos", que incluye normativa importante sobre protección de datos y limitación de acceso ala información clínica electrónica según los diversos actores y ,que por su interés para la temática de este blog  reproducimos íntegramente [resaltados nuestros]:


viernes, 28 de octubre de 2016

Publicada la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad del Gob. del Estado contra artículos de la oposición en la Ley de acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid. No se recurre la extensión de las categorías de informática a los Servicios Centrales

Acaba de publicarse en el BOE (nº 260 de 27/10/2016) la admisión a trámite del Tribunal Constitucional del recurso de inconstitucionalidad finalmente interpuesto por el Gobierno del Estado contra varios artículos que fueron aprobados en la Ley de acompañamiento de los últimos presupuestos de la Comunidad de Madrid por la oposición, siendo muy destacable que no se recurre al final la extensión de las categorías de informática a los Servicios Centrales tras el dictamen del Consejo de Estado , donde se calificó de sin fundamento jurídico la razón que el Estado argumentada.

Sí en cambio, quedan finalmente recurridos al Constitucional, y temporalmente suspendidos hasta el dictamen del Tribunal Constitucional, por invocación de una prerrogativa de la que goza el Presidente del Gobierno. :
  • el artículo 27  de estatutarización, de movilidad y de promoción de personal laboral propio de los  hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada y de la Unidad Central de Radiodiagnóstico
  • la Disposición Final 1ª.3 de posibilidad de  integración en las categorías estatutarias del personal laboral y funcionario informático de los SSCC
  • la Disposición Final 1ª.4 del proceso extraordinario del proceso de interinización

lunes, 19 de septiembre de 2016

Convocadas las oposiciones del cuerpo de grupo A1 de informáticos del Estado de la OPE 2016

El pasado 07/09/2016 se publicaba en el BOE (nº 216 de 2016) la Orden de las convocatorias de oposiciones del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información (cuerpo del subgrupo A1), correspondientes todas a plazas de la Oferta Pública de Empleo 2016, en concreto, 80 plazas de acceso libre (6 reservadas para discapacidad) y 11 de promoción interna.

viernes, 29 de julio de 2016

Concurso a puesto de Jefe de Servicio del ISCIII sobre Telemedicina abierta en abierto a estatutarios fijos

Se publicaba en el BOE el pasado 21/07/2016 (nº175 de 2016) un concurso de traslados de personal fijo de carácter funcionario a plazas vacantes del Instituto de Salud Carlos III  que incluye una plaza de perfil de Telemedicina abierta a personal estatutario de los S.S.
En concreto se trata de un puesto de Jefe de Servicio de Innovación y Transferencia Tecnológica , de nivel retributivo 26, complemento específico de 10686 euros, para personal funcionario o estatutario de S.S. de grupos A1 o A2 para:
  • Coordinación de las actividades de los Laboratorios de Tecnologías de AAL, de Análisis de Señales y Eventos, de Servicios de Telesalud, de maquetas de servicios e interoperabilidad, aplicaciones móviles, Internet y servicios asociados, de Prueba de dispositivos y conectividad y de la Plataforma de gestión de estudios experimentales 
  • Docencia del personal en formación

viernes, 1 de julio de 2016

REC: Convocadas las oposiciones de informáticos del Estado grupos A2 y C1 de la OPE 2016

[Recordatorio de entrada publicada el 24/06/2016] El pasado 22/06/2016 se publicaba en el BOE (nº 150 de 2016) la Orden de las convocatorias de oposiciones de  los siguientes cuerpos de informática del Estado , correspondientes todas a plazas de la Oferta Pública de Empleo 2016:
  • del Cuerpo de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información (cuerpo del subgrupo A2): las 130 plazas de acceso libre (10 reservadas para discapacidad) y, además,  las 61 de Promoción Interna, de la OPE 2016
  • del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática (cuerpo del subgrupo C1): las 150 plazas de acceso libre (8 reservadas para discapacidad), y,  además,  las 55 de Promoción Interna, , de la OPE 2016