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lunes, 3 de junio de 2019

[UGT Cataluña] 'Aprobada moción en el Parlamento para la aplicación del artículo 61.6 para los procesos selectivos de estabilización y consolidación PESCO [Insta a Gob. catalán un Decreto Ley que reserve plazas para consolidación por concurso de méritos de los trabajadores de más edad y antigüedad]

[30/05/2019] 'Hoy se ha aprobado en el Pleno del Parlamento de Cataluña una moción sobre la aplicación, eso sí con matices, del artículo 61.6 del EBEP en los procesos selectivos de la Administración de la Generalidad destinados a la estabilización y consolidación (PESCO), con 65 votos a favor y 62 abstenciones.

Y decimos con matices porque si leemos con detenimiento el texto que finalmente ha sido aprobado, este parece no ser de aplicación universal ni para todos los participantes en las diferentes convocatorias ni para todas las plazas ofertadas en cada proceso ya que literalmente el texto insta al Gobierno a:

"Aprobar el presente año un Decreto Ley para que, en aplicación del artículo 61.6 del EBEP, los procesos de selección de empleo público como medida excepcional reserven plazas destinadas a la estabilización y la consolidación de empleo temporal de los trabajadores y las trabajadoras de más edad y más antigüedad mediante el sistema de concurso de méritos ". 

viernes, 31 de mayo de 2019

[UGT Cataluña 09/05] 'UGT pide al Parlamento la aplicación del 61.6 TREBEP para todos los colectivos' [que cumplen los criterios para estar incluidos en los procesos de estabilización/consolidación PESCA]

09/05/2019] 'Hoy UGT nos hemos reunido en el Parlamento junto con otros sindicatos, excepto Csif que rehusó asistir, con los portavoces de la Comisión de Políticas Digitales y Administración Pública para analizar el escenario actual de inestabilidad laboral que desde hace muchos años arrastran los departamentos de la Generalidad, como consecuencia de la deficiente política de personal que ha llevado a cabo la Dirección General de Función Pública durante mucho tiempo.

En esta reunión, a la que también han asistido compañeras en representación del cuerpo de trabajo social, UGT hemos planteado 2 objetivos:

1- Proponer fórmulas, incluidas en el ordenamiento jurídico vigente, que posibiliten una verdadera consolidación de los puestos de trabajo del personal interino.


2- Encontrar el máximo de consenso posible y apoyo de los grupos parlamentarios para implementar las propuestas que hemos planteado.



La urgencia del encuentro viene motivada principalmente por la propuesta de bases presentada por la Dirección General de Función Pública que, en vez de seguir la filosofía del Acuerdo PESCA para consolidar la plantilla interina, parece diseñada para hacer un desmantelamiento de interinos.
UGT hemos trasladado a los grupos que, a pesar de haber presentado una contrapropuesta de bases, se hace inviable negociar nada cuando la otra parte asiste a las reuniones con las decisiones ya tomadas. Y esta contrapropuesta ni siquiera pudo ser debatida, ya que la Dirección General de Función Pública la rechazó en un comunicado vía e-mail.

UGT hemos pedido el desarrollo del artículo 61.6 del TREBEP en cuanto a la aplicación excepcional del sistema de concurso por la vía única de valoración de méritos, y que esta posibilidad se haga extensiva a todos los colectivos que cumplen los criterios PESCA, y hemos pedido la implicación del Parlamento para hacer las gestiones necesarias para que así sea.
Los grupos parlamentarios han expresado opiniones diversas de cómo se podría solucionar la gestión de estos procesos selectivos y mientras algún apoyaba la viabilidad de la aplicación de este artículo, otros veían más factible la elaboración de unas bases que facilitaran realmente la estabilización laboral.


miércoles, 3 de abril de 2019

El Tribunal Supremo sigue aplicando su sentencia de 18/12/2018 como "doctrina" del derecho del empleado público a la carrera profesional aunque le excluya una norma regional derivada de un acuerdo sindical: cuarto caso estatutario catalán y segundo grupo de funcionarios y laborales de los Servicios Generales de la Administración Balear, en la que además queda anulada de su normativa la exclusión del temporal que incluía. Acaba de ser admitido a trámite ya en el Tribunal Supremo el primer caso de un estatutario interino del SERMAS


La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo continúa con la racha de resoluciones de recursos de casación que había acumulado sobre  la carrera profesional del empleado público temporal y dicta dos nuevas sentencias aplicando lo que califica ya de forma rutinaria como su  doctrina, expuesta en su sentencia de 18/12/2018 :
  • la carrera profesional horizontal está incluida sin duda tras los aclaros autos del Tribunal de Justidcia dela Unión Europeo, en las condiciones de trabajo  sobre las que cae la obligación de aplicación directa de la cláusula 4ª de la Directiva europea de empleo temporal (la que prohíbe toda discriminación entre personal fijo y temporal en las condiciones de trabajo).
  • dada la primacía del Derecho comunitario sobre el nacional, es contraria a Derecho , y por tanto anula si está en la demanda del recurso en cuestión,  cualquier discriminación del personal temporal  con respecto al fijo contenida en un Acuerdo de Gobierno aunque proceda de un Acuerdo de Mesa sectorial  con los sindicatos
  • y por tanto  el personal temporal no puede ser excluido ni discriminado de la carrera profesional (ni de su reconocimiento ni de su cobro)
En concreto, se trata de las sentencias de la Sección 4ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo:

lunes, 25 de marzo de 2019

Recordatorio. El Tribunal Supremo se reitera en su sentencia de 18/12/2018 y confirma aplicando la Directiva Europea de empleo temporal el derecho de otro estatutario interino (del Instituto Catalán de Salud ) a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo por mucho que la exclusión del temporal la recojan la normativa local y los acuerdos sindicales, que quedan desplazados por la normativa europea. Había demandado el rechazo de su solicitud personal de carrera profesional. El Alto Tribunal español dice que ya es su doctrina que la carrera profesional es una condición de trabajo sobre la que cae la obligación de la aplicación directa de la Directiva europea

[Recordatorio de entrada publicada el 9 de marzo de 2019]

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia el 21/02/2019 en un recurso de casación (número 1805/2017) que reitera, calificándolo de su doctrina, lo que ya estableció en su trascendental sentencia de 18/12/2018 : el derecho de un empleado público estatutario temporal del Instituto de Salud Catalán [ISC] a la carrera profesional sin discriminación alguna con el personal estatutario fijo del mismo ISC, aplicando la Directiva europea de empleo temporal 1999/70/CE (cláusula 4ª del Acuerdo marco incluido allí), tras el recurso del temporal a la denegación de su solicitud ordinaria de la carrera profesional, y sin importar (ni necesidad de exigir al interino de haberlas recurrido) ni la normativa regional ni el acuerdo sindical que le excluían de la carrera como temporal
 
Resulta evidente la jurisprudencia que ya se puede considerar establecida (ante demandas judiciales en tribunales inferiores) totalmente favorable para el derecho de la carrera profesional (horizontal) en igualdad de condiciones que el personal fijo. por parte del personal estatutario temporal de larga duración de los Servicios de Salud (y en en general de cualquier funcionario interino de las Administraciones Públicas, por serle exactamente de igual aplicación la argumentación utilizada), que demande judicialmente "simplemente" una solicitud de carrera profesional que haya realizado como la haría cualquier fijo y que se le haya sido rechazada por su administración  pública porque la normativa vigente en dicha administración excluye al temporal.


jueves, 14 de marzo de 2019

El Tribunal Supremo, reiterando su sentencia de 18/12/2018 , calificada de "doctrina" en la segunda de 21/02/2019, vuelve a confirmar el derecho de un tercer estatutario interino del Instituto Catalán de Salud a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo por mucho que la exclusión del temporal la recojan la normativa autonómica local y los acuerdos sindicales, que quedan desplazados por la normativa europea. Había demandado simplemente el rechazo de su solicitud personal de primer nivel de carrera profesional

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo vuelve ha dictar una nueva sentencia, de 2502/2019 en un recurso de casación (número 4336/2017) reiterándose una vez más en lo que ya estableció en su trascendental sentencia de 18/12/2018 : el derecho de un empleado público estatutario temporal  (en concreto interino) del Instituto de Salud Catalán [ISC] a la carrera profesional sin discriminación alguna con el personal estatutario fijo del mismo ISC, aplicando la Directiva europea de empleo temporal 1999/70/CE (cláusula 4ª del Acuerdo marco incluido allí), tras el recurso del temporal a la denegación de su solicitud ordinaria de la carrera profesional, y sin importar (ni necesidad de exigir al interino de haberlas recurrido) ni la normativa regional ni el acuerdo sindical que le excluían de la carrera como temporal
De hecho, en la anterior y segunda sentencia , calificándolo ya de "su doctrina" , el Tribunal supremo, repetía las conclusiones de primera:
  • la carrera profesional horizontal está incluida sin duda en las condiciones de trabajo , sobre las que la Directiva europea prohíbe toda discriminación entre personal fijo y temporal
  • que existe discriminación del personal estatuario interino con respecto al fijo  en el Acuerdo de la Mesa Sectorial catalán que la establecía para el personal fijo
  • y que este tipo de personal, estatutario interino, no puede ser excluido de la carrera profesional (ni de su reconocimiento ni de su cobro)
sentenciando en consonancia la desestimación del recurso del ICS, quedando confirmada por tanto la sentencia que obliga al ICS a que admita y trate, en exacta igualdad de condiciones que el fijo, la solicitud de  nivel de carrera profesional de este estatutario interino

Resulta evidente la jurisprudencia que ya se puede considerar establecida (ante demandas judiciales en tribunales inferiores) totalmente favorable para el derecho de la carrera profesional (horizontal) en igualdad de condiciones que el personal fijo. por parte del personal estatutario temporal de larga duración de los Servicios de Salud (y en en general de cualquier funcionario interino de las Administraciones Públicas, por serle exactamente de igual aplicación la argumentación utilizada), que demande judicialmente "simplemente" una solicitud de carrera profesional que haya realizado como la haría cualquier fijo y que se le haya sido rechazada por su administración  pública porque la normativa vigente en dicha administración excluye al temporal.

sábado, 9 de marzo de 2019

El Tribunal Supremo se reitera en su sentencia de 18/12/2018 y confirma aplicando la Directiva Europea de empleo temporal el derecho de otro estatutario interino (del Instituto Catalán de Salud ) a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo por mucho que la exclusión del temporal la recojan la normativa local y los acuerdos sindicales, que quedan desplazados por la normativa europea. Había demandado el rechazo de su solicitud personal de carrera profesional. El Alto Tribunal español dice que es su doctrina que la carrera profesional es una condición de trabajo sobre la que cae la obligación de la aplicación directa de la Directiva europea ( superior a toda norma nacional o local, de no discriminación entre el temporal y el fijo en condiciones de trabajo)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia el 21/02/2019 en un recurso de casación (número 1805/2017) que reitera, calificándolo de su doctrina, lo que ya estableció en su trascendental sentencia de 18/12/2018 : el derecho de un empleado público estatutario temporal del Instituto de Salud Catalán [ISC] a la carrera profesional sin discriminación alguna con el personal estatutario fijo del mismo ISC, aplicando la Directiva europea de empleo temporal 1999/70/CE (cláusula 4ª del Acuerdo marco incluido allí), tras el recurso del temporal a la denegación de su solicitud ordinaria de la carrera profesional, y sin importar (ni necesidad de exigir al interino de haberlas recurrido) ni la normativa regional ni el acuerdo sindical que le excluían de la carrera como temporal

Resulta evidente la jurisprudencia que ya se puede considerar establecida (ante demandas judiciales en tribunales inferiores) totalmente favorable para el derecho de la carrera profesional (horizontal) en igualdad de condiciones que el personal fijo. por parte del personal estatutario temporal de larga duración de los Servicios de Salud (y en en general de cualquier funcionario interino de las Administraciones Públicas, por serle exactamente de igual aplicación la argumentación utilizada), que demande judicialmente "simplemente" una solicitud de carrera profesional que haya realizado como la haría cualquier fijo y que se le haya sido rechazada por su administración  pública porque la normativa vigente en dicha administración excluye al temporal.

martes, 29 de enero de 2019

Recordatorio. El Tribunal Supremo confirma el derecho de una estatutaria interina (del Instituto de Salud Catalán) a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo aún cuando la normativa vigente contemple esa discriminación, aplicando la Directiva europea de empleo temporal. Había demandado el rechazo de su solicitud personal de carrera profesional. El Alto Tribunal español reafirma que la carrera profesional es una condicion de trabajo sobre la que cae la obligación, superior a toda norma local, de la Directiva de no discriminación entre el temporal y el fijo

[Recordatorio de entrada publicada el 22/01/2019]

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado una  sentencia este 18/12/2018, que sin duda, será importante por la evidente  jurisprudencia que puede establecer (ante demandas judiciales) para el cobro de la carrera profesional (horizontal) en igualdad de condiciones que el personal fijo. por parte del personal estatutario temporal de larga duración de los Servicios de Salud (y en en general de cualquier funcionario interino de las Administraciones Públicas, por la argumentación utilizada), que demande judicialmente "simplemente" una solicitud de carrera profesional que haya realizado como la haría cualquier fijo y que se le haya sido rechazada por su administración  pública bajo la argumentación de que la normativa vigente en dicha administración excluye al temporal.


martes, 22 de enero de 2019

El Tribunal Supremo confirma el derecho de una estatutaria interina (del Instituto de Salud Catalán) a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo aún cuando la normativa vigente contemple esa discriminación, aplicando la Directiva europea de empleo temporal. Había demandado el rechazo de su solicitud personal de carrera profesional. El Alto Tribunal español reafirma que la carrera profesional es una condicion de trabajo sobre la que cae la obligación de la aplicación directa de la Directiva europea, superior a toda norma local, de no discriminación entre el temporal y el fijo. Según la sentencia confirmada, el Derecho Comunitario "desplaza" la discriminación recogida en la norma local

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado una  sentencia este 18/12/2018, que sin duda, será importante por la evidente  jurisprudencia que puede establecer (ante demandas judiciales) para el cobro de la carrera profesional (horizontal) en igualdad de condiciones que el personal fijo. por parte del personal estatutario temporal de larga duración de los Servicios de Salud (y en en general de cualquier funcionario interino de las Administraciones Públicas, por la argumentación utilizada), que demande judicialmente "simplemente" una solicitud de carrera profesional que haya realizado como la haría cualquier fijo y que se le haya sido rechazada por su administración  pública bajo la argumentación de que la normativa vigente en dicha administración excluye al temporal.


En concreto, el Alto Tribunal español ha desestimado el recurso interpuesto por el Instituto Catalán de Salud [ICS] (recurso nº 3723/2017) contra la sentencia de 5/5/2017 de la sección 4ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia catalán (recurso nº 294/2016)  que confirmaba a su vez  la sentencia de 22/05/2016 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Gerona, que daba la razón a una Auxiliar Administrativa del Hospital Universitario de Girona, estatutaria interina de vacante desde 2009 y con diversos nombramientos temporales con anterioridad desde 2003,  que vio rechazada su solicitud de primer nivel de carrera profesional el 14/12/2015 por no ostentar nombramiento de estatutaria fija ni tampoco caer en las condiciones bajo las que se pasó a conceder la carrera profesional en ciertos casos especiales de personal temporal del ICS tras un acuerdo con los sindicatos de su Mesa Sectorial (el "II Acuerdo de personal interino"), que exigía, además de cumplir los requisitos de antigüedad de 5 años y méritos exigidos al fijo, que el temporal no hubiera "tenido oportunidad de presentarse a un proceso selectivo de su categoría".

El juzgado de primera instancia ya sentenció entonces el derecho al cobro de la carrera profesional aplicando como jurisprudencia la sentencia de 21/12/2015 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia Valenciana sobre la exclusión de los funcionario sinterinos en la carrera profesional de la Generalitat Valenciana, la sentencia del propio Tribunal Supremo de 30/06/2014 en un caso similar en Castilla y Léon y, especialmente, la  normativa de aplicación directa recogida en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE sobre empleo temporal (la cláusula 4 del Acuerdo Marco) que exige que no haya diferencia alguna en condiciones de trabajo entre el personal temporal y el fijo comparable. En cuanto a esa exigencia del "II  Acuerdo de personal interino", el juzgado lo consideraba irrelevante por quedar "desplazado" por lo establecido por la normativa superior de la Directiva comunitaria [la cláusula 4 es del tipo de "aplicación y uso directo" como normativa por encima de todas las nacionales, sin necesidad de transposición específica a legislación o normativa nacional]

Con posteridad, el Tribunal Supremo ya había confirmado en Marzo de 2017 la sentencia del Tribunal Superior valenciano, lo que llevó al Gobierno de la C. Valenciana a tomar la decisión del pago de oficio de la Carrera Profesional a sus funcionarios interinos, incluidos sus estatutarios).


jueves, 20 de diciembre de 2018

[Diario Médico] Se extiende a toda Barcelona el piloto de interoperabilidad entre la Consejería de Salud y el Ayuntamiento de datos sociosanitarios de pacientes crónicos

Informaba Diario Médico el pasado 17/12/0218 que el Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona han extendido a toda Barcelona la interoperabilidad entre sus sistemas de información para compartir datos sociosanitarios de pacientes crónicos complejos o con enfermedades crónicas avanzadas, tras un piloto realizado en centros de salud de dos barrios, estando previsto extender la iniciativa a los hospitales y otros colectivos como menores en riesgo, víctimas de violencia de género y personas con problemas de salud mental.

miércoles, 5 de septiembre de 2018

[Diario Médico] El piloto de teledermatología en Bages arroja una reducción de costes del 45%

Informaba Diario Médico el pasado 29/08/2018 que según un estudio publicado en la revista en la revista BMC Health Services Research  la prueba piloto de 2012 de teledermatología en  a región catalana del Bages, consistente en fotografías realizadas al paciente en el Centro de Atención Primaria que se envían al especialista, ha dado como resultado una disminución de  costes de un 45% en comparación con el circuito tradicional de consultas físicas en Atención Especializada

miércoles, 3 de enero de 2018

[MSSSI] 'El Ministerio de Sanidad extiende a 14 CCAA el sistema de prescripción de receta electrónica interoperable'. 'Autoriza la incorporación de Asturias, Cantabria, Cataluña, Murcia y el País Vasco'

'El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha validado el sistema de prescripción electrónica de recetas interoperables en cinco comunidades autónomas más: Asturias, Cantabria, Cataluña, Murcia y el País Vasco. De este modo, son ya catorce las comunidades que cuentan con este servicio común,  con el que ya estaban trabajando Aragón, Canarias, Castilla y León, Castilla La Mancha, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia y  La Rioja.

https://www.msssi.gob.es/profesionales/recetaElectronicaSNS/MAPA_CCAA_CERTIFICADAS_29_12_17.pdf



lunes, 4 de diciembre de 2017

[CCOO ICS] Aprobada OPE 2017 en Cataluña con plazas de OPE extraordinaria de estabilización sumándose a las fechas de exámenes acordadas a nivel nacional

Informa la sección sindical de CCOO del Institituto Catalán de Salud el 30/11/2017 que el ICS ha aprobado sumarse a las fechas acordadas a nivel del Ministerio de Sanidad de los exámenes de las 6 categorías más numerosas de las OPEs de "estabilización" en Sanidad, [ que si bien autorizadas por un  Acuerdo nacional para la Estabilización del Empleo Público aprobado en los últimos Presupuestos Generales del Estado y que permite a cada CCAA convocar hasta el 90% de las plazas temporales de más de 3 años de antigüedad en Sanidad y hasta el 100% de as anteriores a 2005 en todos los casos, luego debe ser cada CCAA la que defina, publique y realice las convocatorias] y que ha aprobado incluir 7692 plazas de OPE extraordinaria en la OPE 2017 de esas 6 categorías y algunas más, se suman a las  2.400 de OPE ordinaria, entre las que se encuentran 8 de informática de sistemas.

CCOO pide que la primera prueba de oposición se pueda superar con una nota de suficiencia dado que "hay categorías profesionales que hace mucho tiempo que no han podido acceder a una plaza estatutaria fija" .

 

viernes, 29 de septiembre de 2017

Resumen de la primera jornada de VII Reunión del Foro para la Gobernanza de las TIC en Salud: nube pública, ¿sí o no en Sanidad?

Durante los días 27 y 28 de Septiembre ha tenido lugar en Mérida la VII Reunión del Foro para la Gobernanza de las TIC en Saludorganizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS) [@SEISeSalud , este año bajo el lema "Retos del líder digital". Las jornadas han contando con una notable asistencia de público, que confirman el asentamiento definitivo de este congreso anual de la SEIS, con un perfil de asistentes l general de directiv@s de las TIC Sanitarias de las CCAA o de las empresas del sector.
 

 

En el acto de inauguración, el Consejero de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura, José María Vergeles Blanco, afirmó que ya no se entiende un servicio de salud sin Sistemas de Información, demandando más capacidad para sacar partida a los datos, incorporar más al paciente en el sistema y que las Tecnologías de la Información sirvan para la sostenibilidad del sistema de Salud. Sobre el lema de las jornadas, aseguró que un buen líder digital debe saber no sólo de procesos sino también de personas.


En esta primera jornada, además de otros puntos del programa, tenía lugar la primera Mesa de Debate sobre un tema muy de actualidad: "Cloud en Sanidad hoy", moderado por la Directora General de Infraestructuras y Tecnologías de la Información del Servicio de Salud de Castilla y León, Susana García Dacal., debate en cuanto a su parte polémica especialmente centrado en las denominadas "nube pública": si los datos o procesos informáticos o ambos de una organización, en este caso sanitaria, residen fuera de tu organización y se acceden por  unos servicios a demanda provistos por una empresa que los comercializa para muchas organizaciones y que cobra por el uso, al que se accede por las redes informáticas, generalmente a través de Internet.

martes, 13 de junio de 2017

[Diario Médico] Cataluña se incorpora al proyecto de Historia Clínica Digital del SNS

Informaba Diario Médico el 31/05/2017 que Mercedes Alfaro, la Subdirectora general de Información Sanitaria e Innovación del Ministerio de Sanidad,  anunció en una una jornada sobre Transformación digial de la sanidad en España, organizada por Unidad Editorial que Cataluña se ha incorporado al proyecto de Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud [HCDSNS]. y que de esta manera todas las CCAA estarían ya incorporadas al proyecto en pruebas al menos de intercambio de algún tipo de informe, con un grado de implantación muy variable.

Así el tipo más importante, la historia clínica digital resumida , ya estarían al menos en pruebas todas las CCAA menos Cataluña, Madrid y Asturias. La Subdir. Gral también habría anunciado que por fin este año todas las CCAA tendrán ya receta electrónica.

martes, 16 de mayo de 2017

[Gen. Cat.] Caídas de SSII en la atención primaria por un corte de luz en el Centro Corporativo del ICS

'En relación con la incidencia de hoy en la Atención primaria del Instituto Catalán de la Salud (ICS), se  informa que la compañía telefónica está evaluando en estos momentos el grado de afectación sobre los sistemas de comunicación producida por un corte de luz en el Centro Corporativo del ICS esta mañana.

El servicio se está restableciendo progresivamente. Una vez hecha la evaluación se dispondrá de la información sobre el tiempo necesario para resolver esta incidencia. Se ha puesto en marcha el Plan de contingencia para garantizar la atención a la ciudadanía. En ningún caso, esta incidencia se debe a un ciberataque.


martes, 28 de marzo de 2017

[Diario Médico] Infors@lud 2017 : Incertidumbre ante el Big Data en sanidad

Informaba Diario Médico este pasado 23/03/2017 de la mesa debate sobre explotación de información o "Big Data" en los sistemas de salud que tuvo lugar en el el XX Congreso Nacional de Informática de la Salud o Infors@ludL2017], organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS) , y en el que Julia Calabuigde la Consejería de Sanidad valenciana , reconoció que no se ha formado a los profesionales en el uso de herramientas de explotación,así como las "incertidumbres"  sobre la seguridad en su manejo y la calidad de los resultados, no quedando claro según Pol Pérez Sust, coordinador general de TIC del Sistema de Salud del Departamento de Salud de Cataluña , si se va a ser capaz de explotar los datos no estructurados, que son la gran mayoría, según Concepción Saavedra, Dir. Gral. de Planificación Sanitaria de Asturias,



lunes, 16 de enero de 2017

[Generalitat de Catalunya] 'Salud pone en marcha PADRIS, un programa público para hacer más y mejor investigación con la reutilización de los datos'

'El consejero de Salud, Antoni Comín, presentó hoy, en la Facultad de Medicina de la Universidad de Barcelona, el Programa público de Analítica de Datos para la Investigación y la Innovación en salud (PADRIS) que tiene por objetivo poner a disposición de la comunidad científica los datos sanitarios relacionadas y permitir así el impulso de la investigación, la innovación y la evaluación en el ámbito de la salud. Esta meta se podrá lograr mediante el acceso a la reutilización y cruce de los datos sanitarios generados por el Sistema Sanitario Integral de Utilización Pública de Cataluña (SISCAT) para la investigación, de acuerdo con el marco legal y normativo, los principios éticos y de transparencia hacia la ciudadanía.

viernes, 13 de enero de 2017

[Europa Press] Presentado PADRIS: el sustituto del Visc+ y futuro Big data sanitario catalán público

Informa Europa Press este 12/01/2017 de la presentación por parte del propio consejero de Salud catalán, Toni Comín, del nuevo programa de 'Big Bata' sanitario de Cataluña, "Programa públic d'Analítica de Dades per a la Recerca i la Innovació en Salut"o PADRIS, que estará gestionado por la Agència de Qualitat i Avaluació Sanitàries de Catalunya [AQUAS] y que sustituirá al polémico Visc+ para facilitar datos sanitarios "anonimizados y desidentificados" solo a los centros de investigación acreditados, a los agentes de la red sanitaria pública, a centros de investigación de las universidades públicas y a la propia administración sanitaria, contando además  con un comité ético de investigación.

martes, 22 de noviembre de 2016

WoHIT 2016. Notas de la primera mañana del congreso de la informática de salud europea, organizado por HIMSS Europe

Ayer 21 de Noviembre  tenía lugar, con mucha asistencia, la primera jornada de "World of Health IT [WoHIT] 2016 ", el congreso anual europeo que organiza la sociedad europea de informática de la salud HIMSS Europe.  Previamente, el domingo 20 los inscritos al congreso habían podido asistir a una visita a la agrupación hospitalaria Sant Joan de Déu - Hospital Clínic , reconocido como Nivel 6 del nivel de evaluación de adopción de historia clínica electrónica por HIMSS.


En la sesión de apertura del congreso , el CEO de HIMSS (mundial) H. Stephen Lieber, citó Noruega y España como los países más avanzados en Tecnologías de la Información [TI] de la Salud con el foco en el paciente, reseñando los claros beneficios que las TI aportan en el campo de la Salud. Informó que en este evento se realizaría el anuncio de los premios "Kate Granger" para el cuidado compasivo. Tras recordar cómo los niveles EMRAM de adopción de la Historia Clínica Electrónica [HCE], diseñados y evaluados por HIMSS, se han convertido en todo un estándar, dio paso al acto de entrega de renovación o nueva concesión de niveles 6 ,  como fue el caso del Hospital Comarcal d'Inca que renovaba su nivel 6 y la renovación del 7 (el máximo de la escala EMRAM) al hospital Izmir Tire Devlet Hastaress de Turquía.

jueves, 10 de noviembre de 2016

[El País] Cataluña. Vuelve a gestión pública la atención domiciliaria urgente en Barcelona. privatizada desde 1994

Informaba El País esl pasado 7/11/2016 que Sanidad de Cataluña ha decidido devolver a gestión pública directa el servicio de atención domiciliaria urgente continuada de Barcelona, que estaba privatizado desde 1994, para lo que contratará 40 nuevos interinos en el Instituto Catalán de Salud , recibiéndolos 2,4 millones de euros que se pagaba a la empresa adjudicataria