A continuación extractamos del texto las medidas más relevantes para la temática de este blog (como siempre entre corchetes las notas del editor):
- Artículo 23. 'Se suprimen los puntos 1 y 2 del artículo 13.Dos de la la Ley 4/2012
de 4 de Julio' [...] 'relativo a la declaración a extinguir en la Comunidad de Madrid categorías y puestos de gestión y servicios de la Comunidad de Madrid' [es decir, los de 26 categorías no sanitarias; en especial , no derogaría el artículo 13.2 completo ni otros puntos de la misma ley referentes a la privatización de servicios como el propio punto 3 del artículo 13.2 que empezaba "Se procederá de manera
progresiva a la externalización de los servicios no sanitarios ...", cuya derogación por tanto no va en el proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas aprobado por el gobierno,
que todavía está sujeto a las que resultarán esenciales para la
redacción final de dicha Ley enmiendas de adición, supresión o
modificación por parte de los grupos de la Asamblea de Madrid]