Mostrando entradas con la etiqueta entradas nuestras. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta entradas nuestras. Mostrar todas las entradas

jueves, 21 de febrero de 2019

El Tribunal Supremo confirma la sentencia que declaraba fijo a un trabajador en abuso de temporalidad de la sociedad mercantil del Canal de Isabel II por no estar sujetos estos trabajadores al estatuto del empleado público [estatuto que la jurisprudencia nacional interpreta todavía que impide la conversión a fijo para el empleado público bajo ese estatuto]

La Sala de los Social del Tribunal Supremo  ha dictado un auto con fecha 24/01/2019  por el que rechaza el recurso (de casación) que había planteado la a  sociedad mercantil de la Comunidad de Madrid "Canal de Isabel II Gestión S.A"  contra la sentencia de la sala de lo Social de 15/02/2018 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid  que declaraba fijo a un trabajador por abuso de duración de temporalidad utilizando lo contemplado en el Estatuto General de los Trabajadores.

En concreto, el Supremo ni ha admitido el recurso de esta empresa pública (OJO de tipo sociedad mercantil) al considerar que ya hay una doctrina suya asentada por sus sentencias de fechas 18/9/2014 (nº de recurso 2323/13 ), 20/10/2015, (rec. 172/14 ) y 6/7/2016 (rec. 229/15 ), doctrina en la que el Supremo ya estableció la jurisprudencia de que el personal laboral de las sociedades mercantiles públicas -por defecto, salvo si está contemplado expresamente- no está en el ámbito del Estatuto Básico del Empleado Público [que se aprobó en 2007 y sigue en lo relevante igual hoy] , siéndole a este personal de aplicación por tanto lo mismo que a cualquier trabajador de una empresa privada: el Estatuto General de los Trabajadores exclusivamente (además del preceptivo Convenio)-,  y por tanto, ante el abuso de temporalidad se le debe hacer fijo como dicta el Estatuto General en lugar de la figura (temporal en el sentido de "contrato de duración determinada" de la Directiva 199/70/CE de la Unión Europea y en el sentido del sentido común) creada por la justicia para los empleados públicos laborales en fraude de ley por abuso de temporalidad (y otras causas): la figura del "indefinido no fijo", figura creada por la jurisprudencia laboral del Supremo (no para funcionarios/estatutarios) ante la inexistencia en el Estatuto Básico del Empleado Público de sanción al abuso contemplada alguna [ver NOTA 1 para más detalles]

miércoles, 20 de febrero de 2019

Recordatorio. El Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si hacer fijo al personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años es una solución acorde a las exigencias de la normativa europea [Publicado como Asunto C-103/18 del TJUE: Cuestión prejudicial del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid ]

[Recordatorio de entrada publicada el 08/05/2018] En el día de ayer, 7/5/2018  se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la importante "petición de decisión (o cuestión) prejudicial" al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE] que había presentado el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid  el pasado 13 de febrero de 2018 , y que ya avanzamos aquí, por una demanda de fijeza de un empleado público temporal "en fraude de ley" por abuso de temporalidad de su administración pública, en concreto, por una demanda de un informático interino durante mas de 17 años en el Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] de la Comunidad de Madrid.

De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas,  que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"]  tendría consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad  con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"],  de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los  ámbitos  estatal, regional y local. Sin duda, también tendría efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición para la cuestión de la fijeza



Recordemos que el juzgado madrileño -de lo contencioso-administrativo por ser el informático del caso estatutario de Sanidad- traslada al tribunal europeo , entre otras, la cuestión si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (sea "interino de vacante", "eventual" [es decir, con fecha de fin en su nombramiento] o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en origen, el Procedimiento Abreviado nº 193/2017 del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino en el mismo puesto durante más de 17 años, que, siguiendo mediante esta asociación de informáticos personal propio del SERMAS, APISCAM, una iniciativa del sindicato médico de la Com. de Madrid AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demanda que se le reconozca una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese  (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada al empleador y compensación al empleado, aplicando una normativa básica europea de obligado cumplimiento y por encima de toda la legislación española, la famosa Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal, a su situación de evidente abuso de relación de empleo temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio carácter permanente, precisamente por su larga permanencia en la misma persona y lugar.

Recordatorio. El Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad puede ser una solución del fraude de ley adecuada a la normativa europea, por una demanda de odontólogos del SERMAS, temporales durante más de 15 años sin convocatorias, en un juzgado de Madrid que también cuestiona ante el tribunal europeo la figura del indefinido no fijo - "se cambia temporalidad por temporalidad" - y se suma a la pregunta previa sobre si conceder fijeza que ya está en el Tribunal de Justicia Europeo, además de preguntar por una indemnización suficiente y realmente importante en caso contrario

[Recordatorio de entrada publicada el 15/11/2018] 'El pasado 15/10/2018 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la importante "petición de decisión (o cuestión) prejudicial" al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE] que había presentado el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid  el pasado 8 de Junio de 2018 como ya avanzamos aquí, por una demanda de fijeza de empleados públicos temporales "en fraude de ley" por abuso de temporalidad de su administración pública, en concreto, por una demanda de 5 odontólogas estatutarias del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] de la Comunidad de Madrid. Ha quedado bajo el Asunto C-429/18 

De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE (bajo el Asunto C-429/18 "Fernández Álvarez y otros") una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas de 2016,  que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia europeo que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"]  podría  tener consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad  con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"],  de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los  ámbitos  estatal, regional y local, si bien el camino para lograr algo "en firme" podría ser largo si la aplicación del juzgado que presentó la cuestión de una sentencia supuestamente europea favorable es luego recurrida por la Comunidad de Madrid hasta incluso el Supremo. Sin duda, también debería efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mucho mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición en cuanto a algo firme conseguido para la cuestión de la fijeza.




Recordemos que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid  planteaba   al Tribunal Europeo [ver auto judicial] , dentro del procedimiento judicial P.A. 125/2017 de 5  Facultativos Especialistas de Odontología del Servicio Madrileño de Salud,  que presentaron la demanda con el despacho Araúz de Robles  a iniciativa del sindicato médico AMYTS, t, entre varias importantes cuestiones, su cuestionamiento de si , como ha planteado el Gobierno del Estado tras el acuerdo sindical nacional y también defiende la Comunidad de Madrid, que se convoquen a Ofertas de Empleo Público Temporal "convencionales" los puestos estatutarios de temporales de más de 2 o 3 años pueda considerarse la medida adecuada que la ley europea exige debe existir para "sancionar" a la administración y compensar al personal en situación de abuso de temporalidad , como es evidentemente la situación de estos odontólogos estatutarios temporales en el mismo puesto en su Centro de Salud entre 12 y 18 años, con nombramientos tanto interinos de vacante, de sustitución o eventuales (en un caso, ¡concatenando 227 nombramientos!) sin mediar proceso selectivo alguno hasta un concurso-oposición en 2015, donde además primaba la fase de oposición.

martes, 19 de febrero de 2019

Comisión de Sanidad HOY en la Asamblea de Madrid: proposición no de ley de Ciudadanos para que la Historia Clínica y la Receta lectrónica del SERMAS sean interoperables con las nacionales

Este martes 19/02/2019 por la tarde hay Comisión de Sanidad de la Asamblea de la Comunidad de Madrid y entre los diversos puntos de su Orden del Día  se debatiŕa una Proposición No de Ley presentada por el Grupo Ciudadanos   con  el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a implantar las medidas necesarias para que, antes de que finalice esta Legislatura,  la  información  del  servicio  sanitario  madrileño  sea  compatible  con la Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud (HCDSNS) y sea una realidad  la  interoperabilidad  de  la  receta sanitaria electrónica nacional en  la Comunidadde Madrid.".

domingo, 17 de febrero de 2019

Entradas más vistas de la semana 11/02/2019-17/02/2019 en este blog: Asamblea de Madrid rechaza la ley de Concurso de Méritos en el SERMAS, resolución del Parlamento Europeo instando la conversión a fijo ante el abuso de temporalidad, la sentencia -recurrida- del tribunal gallego que declaraba fijos a laborales temporales, ...

Por si te perdiste algunas entradas que podrían haber sido de tu interés en el día a día por culpa del alto volumen de publicación de este blog, además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

viernes, 15 de febrero de 2019

Publicadas las convocatorias de la primera fase de categorías de la OPE 18 de estabilización del SERMAS con las mismas bases las que se hicieron por la OPE 2017, incluyendo las de médicos de Atención Primaria, Urgencias y SUMMA: oposición eliminatoria maś concurso de méritos con un 35% de peso de la antigüedad con los puestos temporales ya más de 5 años


En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de ayer 14/02/201 se publicaba una nueva tanda de convocatorias de los procesos selectivos de las masivas Ofertas Pública de Empleo del Servicio Madrileño de Salud denominadas "de estabilización" - de estabilización de puestos- derivadas a su vez del artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, ley aprobada por el anterior Gobierno del Estado tras un polémico y previo acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos con representación en la mesa de Función Pública estatal sobre temporalidad del empleo público y que autorizaba a sacar en las  Ofertas Públicas de Empleo de 2017 a 2018 sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005  y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia [ lo que supondría un total de más de 22 mil empleados según el SERMAS], e instando la ley a que la temporalidad quede reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos. (Luego un segundo acuerdo sindical con el Gobierno nacional extendería esta posibilidad  vía el artículo 19 de a Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018  todos los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/2017 ya de todos los sectores y AAPP).

Así ya se ha habían incluido  11.664 plazas de un primer grupo de 7 categorías en la Oferta Pública de Empleo 2017 del SERMAS,  cuyas convocatorias respectivas ya fueron publicadas en Junio de 2018 , habiéndose realizado incluso el examen de una categoría, la de Matronas, siendo el siguiente este mismo fin de semana para Fisioterapeutas.

En la Oferta Pública de Empleo de 2018 del SERMAS publicada recientemente  se incluían 4.792 plazas más de otras categorías informando el Dir. Gral de RRHH en la última mesa sectorial de Sanidad que divídíanen 3 grupos o "fases" en cuanto a su cronograma



jueves, 14 de febrero de 2019

INFORSALUD 2019. XXII Congreso nacional de Informática de la Salud, de la SEIS, del 5 al 7 de Marzo en Madrid. Programa preliminar disponible

Del 5 al 7 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXII Congreso nacional de Informática de la Salud, o INFORSALUD 2019 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] bajo el lema "Los Pilares de la Transformación Digital".
Ya existe un programa preliminar disponible, con las habituales Mesas de Debate, este año con temas como el estrategia y transformación digital, IOT, nuevos role profesionales, enfermería, farmacia,etc  ...

domingo, 10 de febrero de 2019

Entradas más vistas de la semana 03/02/2019-10/02/2019 en este blog: Asamblea de Madrid rechaza la ley de Concurso de Méritos en el SERMAS, resolución del Parlamento Europeo instando la conversión a fijo ante el abuso de temporalidad, en el Tribunal de Justicia Europeo si las OPEs son solución a este fraude acorde a la exigencia europea, ....

Por si te perdiste algunas entradas que podrían haber sido de tu interés en el día a día por culpa del alto volumen de publicación de este blog, además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

jueves, 7 de febrero de 2019

El Pleno de la Asamblea de Madrid rechaza hacer ley de Concurso de Méritos en el SERMAS para los puestos temporales más de 3 años, propuesta de Podemos, con el voto en contra de PP, las abstenciones de Ciudadanos y PSOE, que reconoce hay problema nacional y culpa de las AAPP pero dice que no debe solucionarse al margen de sindicatos de Mesa Sectorial. Resumen e intervenciones del debate

Hoy Jueves 7 de Febrero tenía lugar el primer -y finalmente último- debate en el Pleno de la Asamblea de Madrid de la Proposición de Ley planteada por el Grupo Parlamentario Podemos,  de un "concurso de méritos" extraordinario en el Servicio Madrileño de Salud  para alcanzar la condición de personal estatutario fijo  con los puestos en abuso de duración de temporalidad (los de más de 3 años).

Se trataba, según obliga el reglamento de la Asamblea, del Debate "de la Toma en Consideración"  que finaliza con una votación sobre si se hace la Ley con el objetivo de la Proposición.  En el caso de salir mayoritario el NO, queda rechazada definitivamente la proposición. Si sale mayoritario el SI, se pasa al proceso de enmiendas, donde puede haber enmienda a la totalidad para cambiar el texto base sobre el que aplicar las enmiendas parciales que se presentaran, pero no enmienda para su devolución o rechazo.

El resultado final de la votación ha sido:
  • 47 votos en contra del Partido Popular
  • 52 abstenciones de Partido Socialista (que tiene 37 escaños) y de Ciudadanos (que tiene 17)
  • 25 votos a favor del proponente de la ley, Podemos
con lo que la Asamblea de la Comunidad de Madrid hoy ha decidido por tanto NO hacer una Ley con el objetivo propuesto.


La ley había sido propuesta por el grupo de Podemos , tras las demandas de la Plataforma de Trabajadores Temporales de las Administraciones Públicas en la Comunidad de Madrid,y Podemos planteaba esta primera proposición de ley de Concurso de Méritos sólo para el ámbito especial ("estatutario") de su Servicio de Salud (el ámbito de su competencia que más avanzado llevaba la Comunidad de Madrid los procesos de estabilización derivados de la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 y 2018 tras un acuerdo sindical por el que todos los puestos temporales de más de 3 años saldrían a sistemas selectivos con oposición, y en el que más tiempo llevaba la demanda  y movilizaciones por el concurso de méritos por la Plataforma previa de Temporales de Sanidad), con la idea de plantear en el futuro otra u otras  -técnicamente diferentes- en los otros ámbitos competencia de la Comunidad de Madrid si tenía éxito la del SERMAS (la competencia sobre las bases de los docentes de Educación de la Comunidad de Madrid y sobre los instrumentos de empleo público de su personal de la  Administración de Justicia sigue en el Estado). Esta propuesta sectorial fue recibida positivamente por la Plataforma de Temporales de la Comunidad de Madrid .

Podemos justificaba la proposición en base a la normativa laboral europea que exige una compensación a la situación de abuso de temporalidad  y muy especialmente, tal y como se detalla en la exposición de motivos de la Ley, tras la explícita Resolución del Parlamento Europeo del 31/05/2018 que pide a los poderes legislativos  que modifiquen la legislación y normativas nacionales para incluir la conversión a fijo como medida eficaz ante abuso de temporalidad y que condena el despido de las personas en esta situación de fraude de ley. La Comunidad de Madrid no tiene competencia para cambiar la normativa básica del empleado público, el Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] o la Constitución - que según algunos sería necesario para introducir la conversión a fijo - , pero el EBEP ya permite en su artículo 61.6 y sin necesidad de cambios de la legislación nacional o constitucionales, la posibilidad de  proceso selectivo para ser funcionario/estatutario fijo sólo de concurso de méritos si es en situaciones "excepcionales" y mientras se apruebe en una ley, justo como lo que proponía Podemos, considerando que el abuso de temporalidad sin sanción ni compensación alguna para el trabajador contemplada en la normativa española vigente era una de esas situaciones excepcionales.

Curiosamente ningún otro grupo del legislativo madrileño se refirió en el Debate a esta resolución del legislativo europeo. PP y Ciudadanos alegaron que la Ley propuesta chocaba con la normativa nacional (Ciudadanos incluso dijo que el Concurso de Méritos ¡lo prohíbe el EBEP!).  Sólo PSOE reconoció  incumplimiento europeo, pero, como veremos, se excusó en que estando de acuerdo, este tipo de solución debía decidirse en los ámbitos establecidos de negociación sindical (las mesa sectoriales de función pública y Sanidad, donde los sindicatos por otra parte ya se han mostrado contrarios a la consolidación sólo por méritos del personal propio)- y en que no había tiempo real de sacar adelante la ley, a su juicio.

El debate llegaba tras un día previo en que fue noticia en la Cadena SER,  tras una concentración a las 11:30 de la mañana del mismo día del debate convocada por la Plataforma de Temporales de la AAPP que además de buena asistencia pese a la hora contó con bastante impacto en los medios (Cadena SER, Telemadrid, El Boletín, ...) y tras unas declaraciones a la SER del portavoz  del Grupo Socialista, Angel Gabilondo, en su entrada al Pleno de la Asamblea , de que su grupo se abstendría en la votación porque "estando de acuerdo" ya no habría tiempo de hacer la ley y no "querían generar expectativas de algo que no va a ser".

El debate se trasladó finalmente a la sesión de tarde [ver la retransmisión íntegra del Debate aquí],

A continuación , por su interés, resumimos/extractamos cada intervención [retransmisión íntegra del Debate aquí], compartiendo un extracto de audio en su caso [con comentarios nuestros entre corchetes en cursiva en su caso]:

Recordatorio: Jueves 7 de Febrero: primer debate en Pleno del parlamento regional , el de "toma en consideración", de la Proposición de Ley de un Concurso de méritos para ser estatutario fijo en el Servicio Madrileño de Salud con los puestos temporales de más de 3 años; y concentración convocada por la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP en la Comunidad de Madrid para exigir su aprobación y extensión a todos los sectores

[Recordatorio de entrada publicada el 28/01/2019]


Informa la Plataforma de Personal Temporal de las Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid en su Twitter este 26/01/2019  que el Jueves 7 de Febrero tendrá lugar el primer debate en el Pleno de la Asamblea de Madrid [ver Orden del Día] de la Proposición de Ley planteada por el Grupo Parlamentario Podemos,  de un "concurso de méritos" extraordinario en el Servicio Madrileño de Salud  para alcanzar la condición de personal estatutario fijo  con los puestos en abuso de duración de temporalidad (los de más de 3 años).

Este primer debate en Pleno de la Asamblea, según su reglamento, es el "de la Toma en Consideración" - donde se tratará además del criterio desfavorable ya expresado por el Gobierno de la Comunidad- los argumentos de los diferentes grupos parlamentarios acerca de si se procede o no realizar una ley del objetivo propuesto. Así, este Pleno finalizará con una votación que en caso de ser negativa significaría el final del recorrido de esta Proposición de Ley, y en el caso de ser positiva, se pasaría al proceso de enmiendas, donde según el reglamento de la Asamblea no serían posibles ya enmiendas a la totalidad para su "devolución" o rechazo, sino que sólo se admiten enmiendas de totalidad de planteamiento de un texto completo alternativo y, por supuesto, parciales. En ese caso de una enmienda de totalidad o de cambio de texto base a uno alternativo, habría un Debate a la Totalidad para decidirlo. Las enmiendas parciales sobre el texto base se debatirían primero en Comisión y por último, en el Pleno del Debate de aprobación final de la proposición, ya con rango de Ley.  


Recordemos que, según la amplia exposición de motivos del texto, Podemos justifica la necesidad de esta ley para cumplir con con la compensación que exige la normativa superior europea para el personal temporal de duración temporal abusiva siguiendo la línea de la importante resolución reciente del Parlamento Europeo - que realmente pide cambios legislativos para la conversión directa a fijo del personal público abusado, algo para lo que no tiene competencia la Comunidad  de Madrid-, y en lugar de la decisión tomada por el anterior gobierno nacional , en pacto con los sindicatos representativos, y seguida hasta ahora por el Gobierno regional:  que justo esos puestos se convoquen a Ofertas Públicas de Empleo, que necesariamente tienen fase de oposición eliminatoria para el caso del personal estatutario de los Servicios de Salud a falta precisamente de una ley que autorice el sistema selectivo excepcional de sólo concurso de méritos, tal y  como de hecho permite y lo exige el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público, sin necesidad de cambios de la legislación nacional o constitucionales.

miércoles, 6 de febrero de 2019

Convocatoria de puesto de perfil de dirección informática en la Dirección de Recursos Humanos del SERMAS abierta a personal estatutario explícitamente. Plazo hasta el 22 de Febrero

El pasado 01/02/2019 se publicaba en el BOCM la convocatoria por el procedimiento de libre designación y de un puesto de trabajo de Jefe de Área de Sistemas de Gestión de Recursos Humanos en la Subdirección General Ordenación, Planificación y Régimen Económico. dela  Dirección General Recursos Humanos y Relaciones Laborales  del Servicio Madrileño de Salud  [DGSIS] de nivel retributivo 20   grupos A ( es decir A1) , con la particularidad llamativa de que está explícitamente abierta en su articulado tanto a personal funcionario como estatutario de la Comunidad de Madrid .
Curiosamente, en cuanto al personal informático de las categorías estaturas de Tecnologías y Sistemas  de la Información, la propia Consejería de Sanidad y su Dirección General de RRHH defendía que no era posible personal estatutario en los servicios centrales del servicio de Salud, llegando a haber  un recurso de inconstitucionalidad del propio Gobierno del Estado al artículo de una ley aprobado por la mayoría de la oposición y que extendía el ámbito de esas categorías estatutarias a los servicios centrales del SERMAS - totalmente externalizados y adonde se está llevando casi toda la función informática en un proceso de centralización-. Finalmente ese recurso del Estado no fue planteado al no superar el Dictamen  del Consejo del Estado que consideró no sólo obvia sino que debería ser normal utilizar personal estatutario en los servicios centrales administrativos de un servicio de salud , tal y como lo establece el Estatuto marco del personal estatutario de los servicios d eSalud.

El perfil del puesto es el siguiente:

Adjudicado el puesto de informático de gestión de análisis de datos, cuadros de mando y Bussiness Inteligence y Cuadros de Mando en los Servicios Centrales de la Dir. Gral de Sistemas de Información Sanitaria del SERMAS

Acaba de publicarse en el BOCM de este 05/02/2019  la resolución de la convocatoria de provisión de un puesto de trabajo de Técnico de Apoyo del Área de Gestión y Análisis de Información Sanitaria en la Subdirección General Servicios de Sistemas de Información de la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria del SERMAS  [DGSIS], en concreto de un puesto de informático de gestión de análisis de datos, cuadros de mando y Bussiness Inteligence y Cuadros de Mando de los Servicios Centrales de dicha DGSIS. 
 
El puesto ha sido para Ricardo Javier Gómez Lázaro, con plaza en el cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública de la Comunidad de Madrid, por la escala de Medicina y Cirugía (y por tanto, personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid) y que ya estaba en una plaza en provisión de complemento específico menor y del mismo área Área de Gestión y Análisis de Información Sanitaria, la de #52030, que ha quedado liberada.

lunes, 4 de febrero de 2019

[Plataforma de Personal Temporal AAPP en la CM] 'La Plataforma de Personal Temporal de las AAPP en la Comunidad de Madrid convoca una concentración el Jueves 7 de Febrero a las 11:30 ante la Asamblea de Madrid para exigir la aprobación de la Ley de consolidación por Concurso de Méritos del SERMAS que se debate en Pleno y su extensión al resto de empleados públicos en situación de abuso de duración de temporalidad

'El próximo 7 de Febrero todos los empleados públicos temporales de la Comunidad de Madrid tenemos una cita importante en nuestra Asamblea. De lo que allí se decida, dependerá en gran parte nuestro futuro laboral.

En el Pleno de ese día se debatirá si se procede o no a la tramitación de la Ley presentada por el Grupo parlamentario Podemos, que permitirá, entre otras cosas, poder optar a una plaza fija mediante un proceso de selección por méritos, (tomando la experiencia como valor fundamental), recogiendo lo contemplado en los artículos 61.6 y 61.7 del Estatuto Básico del Empleado Público.

La importancia de este Pleno radica en el siguiente hecho: finalizará con una votación que en caso de ser negativa, significaría el final de la Proposición de Ley, y en el caso de ser positiva, significaría que el proceso continúa con la presentación de enmiendas y debate parlamentario de su contenido. En caso de aprobación final, llegaría al rango de Ley.

Por lo tanto es necesario, más que nunca, acudir a la concentración el día 7, para orientar el voto de forma positiva a la consecución de esta Ley. Si dicha Ley se aprobara para el SERMAS, dejaría el camino abierto para el resto de empleados públicos. Ya no habría excusa, por parte de la Administración, que justificase la no aplicación de tal Ley al resto de los Sectores. Debemos advertir a los grupos políticos, que deben definir ya claramente sus posturas. Si apuestan de verdad por un empleo público fijo y de calidad, que redunde en el bienestar de los usuarios, o si siguen apostando por un modelo de permanente precariedad laboral y de reducción de empleo público, donde se ponga en riesgo continuamente la seguridad y salud de trabajadores y usuarios.


Recordatorio. INFORSALUD 2019. XXII Congreso nacional de Informática de la Salud, de la SEIS, del 5 al 7 de Marzo en Madrid. Ampliado el o plazo para presentar comunicaciones, pósters y proyectos de innovación hasta el 5 de Febrero

[Recordatorio de entrada publicada el  22/01/2019]

Del 5 al 7 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXII Congreso nacional de Informática de la Salud, o INFORSALUD 2019 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] bajo el lema "Los Pilares de la Transformación Digital".
Ya existe un programa general disponible, con las habituales Mesas de Debate, este año con temas como el estrategia y transformación digital, IOT, nuevos role profesionales, enfermería, farmacia,etc  ... y , como todos los años, existen la posibilidad de presentar Comunicaciones, Pósteres  y Proyectos de innovación

Publicados los listados provisionales de 34 mil admitidos para las 5 mil plazas de la OPE 2017 del SERMAS de Enfermería, con plazas de "estabilización" de los puestos temporales más de 3 años

Este viernes 1/02/2019 se han publicado en el BOCM las resoluciones de la Dir. Gral de RRHH sobre las  relaciones provisionales de admitidos y de excluidos de las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de:
La OPE 2017 del SERMAS es la primera OPE con plazas de "estabilización" de los puestos temporales de más de 3 años, es decir , la primera OPE en el SERMAS , con un primer grupo de categorías -como éstas de Enfermería-  con plazas computadas fuera de tasa reposición autorizadas por el denominado "proceso de estabilización de puestos"  que se deriva  de la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  , y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal [ más de 22 mil según el SERMAS] , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005 a los que se refiere la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia, instando a que la temporalidad quede reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos. 
 

Entradas más vistas de la semana 28/01/2019-02/02/2019 en este blog: el 7F debate en Asamblea de Madrid de la ley de Concurso de Méritos en el SERMAS y concentración de plataforma de temporales, primeros exámenes de la OPE de "estabilización" del SERMAS - temporales del SERMAS: matronas con 1486 aspirantes para los 71 puestos temporales más de 5 años, ocupados por temporales de muchos años que serán "cesados" sin indemnización si no quedan entre los primeros- , Supremo confirma la sentencia de anulación de unas oposiciones de la CM, ....

Por si te perdiste algunas entradas que podrían haber sido de tu interés en el día a día por culpa del alto volumen de publicación de este blog, además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

viernes, 1 de febrero de 2019

Este domingo 3 de Febrero primer examen de oposición de las Ofertas Públicas de Empleo de estabilización de puestos temporales del SERMAS: matronas con 1486 aspirantes para los 71 puestos temporales más de 5 años, ocupados por temporales de muchos años que serán "cesados" sin indemnización si no quedan entre los primeros del concurso-oposición. La Plataforma de Personal Temporal exige un concurso de méritos

Este domingo 3 de febrero, a las 10.00 horas, tendrá lugar en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid la que va a ser el primer "examen" o fase de oposición de los procesos selectivos de las masivas Ofertas Pública de Empleo del Servicio Madrileño de Salud denominadas "de estabilización": la oposición de la categoría de Matronas,en la que  1486 aspirantes competirán por 71 plazas, todas ocupadas por personal temporal durante más de 3 años a 31/12/2016, es decir , ahora durante más de 5 años.

El proceso selectivo de esta categoría corresponden en concreto con plazas  de la  Oferta Pública de Empleo de 2017 del SERMAS,  la primera OPE del SERMAS  con el  primer grupo de categorías con plazas ofertadas computadas (todas en algunas categorías, o su inmensa mayoría, en general) fuera de la tasa reposición por la tasa adicional  "de estabilización de puestos"  según se deriva de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, ley aprobada por el anterior Gobierno del Estado tras un polémico y previo acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos con representación en la mesa de Función Pública estatal sobre temporalidad del empleo público y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005  y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia [ haciendo un total de más de 22 mil  según el SERMAS], e instando a que la temporalidad quede reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos.


En el caso particular de la convocatoria 2018 de esta categoría de Matronas (de la OPE 2017 del SERMAS) todas las 71 plazas convocadas (5 reservadas a discapacidad) corresponden a la tasa adicional de estabilización, habiendo sido computados 50 plazas por el concepto del 90% de puestos temporales más de 3 años a 31/12/2016 y 21 por el de puestos temporales desde antes de 1 de Enero de 2005 (es decir ¡más de 14 años!).  Por tanto todos los puestos convocados llevan temporales más de 5 años en la actualidad y algunos de ellos más de 15.
Así la Dirección Gral de RRHH del SERMAS ha anunciado que acabarán convocando 19.700 plazas en estas OPEs repartidas en grupos de categorías de la OPE 2017 , 2018 y 2019 del SERMAS, habiéndose ofertaron ya 11.664de un primer grupo de categorías en  la  OPE 2017 del SERMAS,  publicada en 2017.

Recordemos que aunque  la inmensa mayoría sino todas en algunas categorías- como es el caso la de Matronas- de las  plazas de estas  OPEs 2017 de SERMAS son de puestos temporales ya de más de 5 años, y por tanto, a su vez en su gran mayoría, ocupados con personal de antigüedad enorme y en situación de fraude de ley de abuso de temporalidad porque no se convocaron procesos selectivos en su frecuencia y cantidades debidas durante años, las bases  de todas estas convocatorias (como las de la categoría de Matronas),que las que se acordaron por gran mayoría, pero no unanimidad, en con la  Mesa Sectorial, son :

martes, 29 de enero de 2019

Recordatorio. El Tribunal Supremo confirma el derecho de una estatutaria interina (del Instituto de Salud Catalán) a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo aún cuando la normativa vigente contemple esa discriminación, aplicando la Directiva europea de empleo temporal. Había demandado el rechazo de su solicitud personal de carrera profesional. El Alto Tribunal español reafirma que la carrera profesional es una condicion de trabajo sobre la que cae la obligación, superior a toda norma local, de la Directiva de no discriminación entre el temporal y el fijo

[Recordatorio de entrada publicada el 22/01/2019]

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado una  sentencia este 18/12/2018, que sin duda, será importante por la evidente  jurisprudencia que puede establecer (ante demandas judiciales) para el cobro de la carrera profesional (horizontal) en igualdad de condiciones que el personal fijo. por parte del personal estatutario temporal de larga duración de los Servicios de Salud (y en en general de cualquier funcionario interino de las Administraciones Públicas, por la argumentación utilizada), que demande judicialmente "simplemente" una solicitud de carrera profesional que haya realizado como la haría cualquier fijo y que se le haya sido rechazada por su administración  pública bajo la argumentación de que la normativa vigente en dicha administración excluye al temporal.