Blog de APISCAM
martes, 9 de abril de 2019
[Editorial de Redación de Economía de El País /Cinco Días] ' Una vieja mala práctica de la Administración que hay que desterrar El problema sobre el que tendrá que pronunciar el Tribunal de la UE no es la legitimidad o no del contrato de interinidad, sino su abuso y mal uso' [Opina que la solución razonable y deseable es la fijeza de los empleados en abuso de temporalidad]
lunes, 8 de abril de 2019
[El País Economía /Cinco Días] En el Tribunal de Justicia Europeo por casos de un informático y 4 odontólogas del SERMAS si se debe por Directiva europea de empleo temporal convertir en fijo al empleado público en abuso de temporalidad. Hay más de medio millón de temporales públicos así [muchos con sus plazas incursas en procesos de oposición que también están cuestionados en el Tribunal Europeo como solución válida]
La noticia en la portada de El País de 08/04/2019 |
[Gob. C. de Madrid] 'Garrido recibe al nuevo presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid'
[CSIF Nacional Justicia] 'Las cosas tal como son: Empleo público en la Administración de Justicia y sistema de acceso' [sobre las pretensiones de fijeza en vía judicial para los temporales de las OPs de estabilización]
jueves, 4 de abril de 2019
[Consejo del Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo confirma el derecho de los contratados temporales de la administración de Asturias a cobrar el complemento de la carrera como el personal laboral fijo'
El alto tribunal analiza en la sentencia si es conforme a derecho excluir a los contratados temporales de la administración del Principado de Asturias de la aplicación de la normativa sobre desarrollo de carrera profesional, cuando sin embargo se ha pactado en un acuerdo colectivo su extensión al personal laboral fijo en iguales condiciones que a los funcionarios. Es decir, si concurren razones objetivas que justifiquen ese desigual tratamiento del personal temporal respecto al fijo.
miércoles, 3 de abril de 2019
El Tribunal Supremo sigue aplicando su sentencia de 18/12/2018 como "doctrina" del derecho del empleado público a la carrera profesional aunque le excluya una norma regional derivada de un acuerdo sindical: cuarto caso estatutario catalán y segundo grupo de funcionarios y laborales de los Servicios Generales de la Administración Balear, en la que además queda anulada de su normativa la exclusión del temporal que incluía. Acaba de ser admitido a trámite ya en el Tribunal Supremo el primer caso de un estatutario interino del SERMAS
- la carrera profesional horizontal está incluida sin duda tras los aclaros autos del Tribunal de Justidcia dela Unión Europeo, en las condiciones de trabajo sobre las que cae la obligación de aplicación directa de la cláusula 4ª de la Directiva europea de empleo temporal (la que prohíbe toda discriminación entre personal fijo y temporal en las condiciones de trabajo).
- dada la primacía del Derecho comunitario sobre el nacional, es contraria a Derecho , y por tanto anula si está en la demanda del recurso en cuestión, cualquier discriminación del personal temporal con respecto al fijo contenida en un Acuerdo de Gobierno aunque proceda de un Acuerdo de Mesa sectorial con los sindicatos
- y por tanto el personal temporal no puede ser excluido ni discriminado de la carrera profesional (ni de su reconocimiento ni de su cobro)
martes, 2 de abril de 2019
[Arauz de Robles] 'Las últimas sentencias del Tribunal Supremo llevan a concluir que solo la transformación de la relación temporal abusiva y fraudulenta en una relación fija, cumple las exigencias de la directiva 1999/70/CE'
una eventual indemnización sea lo suficientemente disuasoria para dar cumplimiento al objetivo que persigue esta norma comunitaria, que no es otro que el de garantizar el derecho a la estabilidad en el empleo como un componente primordial de la protección de los trabajadores y empleados públicos.
[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo establece que no procede indemnización por cese a [laborales] interinos por sustitución La sentencia del Pleno de la Sala Cuarta [de lo Social] cuenta con un voto particular suscrito por dos magistrados'
En esta sentencia la Sala aplica los criterios fijados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21-11-2018, Asunto De Diego Porras II (C-619/17), dictada como consecuencia de cuestión prejudicial elevada por la propia Sala Cuarta, a fin de precisar el alcance de una sentencia anterior del mismo Tribunal de Justicia de la Unión Europea (STJUE de 14 de septiembre de 2016, as. De Diego Porras I) (C-596/14).
viernes, 29 de marzo de 2019
[Cinco Días/Ignasi Beltrán] El Tribunal Supremo dictamina en la resolución final del caso De Diego Porras que no tienen derecho a indemnización los empleados públicos laborales interinos cesados de forma reglamentaria. No entra a valorar el fraude de ley del abuso de duración de temporalidad
El tribunal europeo 'rectificó" en el nuevo paso del caso respondiendo que no es contraria a la norma europea la ley española que no indemniza al laboral interino de sustitución cesado por la cobertura normal de su puesto, salvo que se constate abuso de temporalidad para lo que debe existir al menos una medida eficaz para sancionarlo, algo que dejaba dirimir al juzgador remitente de la duda, el Tribunal Supremo.
Recordatorio. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia cambia y rechaza conceder indefinido no fijo ante el exceso de temporalidad en la demanda de un estatutario interino de vacante del SERGAS aplicando la reciente doctrina del Supremo que rechazaba esa figura -indemnizatoria ante futuro cese- para el empleado público de tipo funcionarial
miércoles, 27 de marzo de 2019
Recordatorio. Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y recursos de casación en el Tribunal Supremo en curso sobre estabilidad, indemnización ante ceses, etc en empleados públicos temporales de duración excesiva. Novedades recientes.Lectura general no profesional de la compleja y cambiante situación.
- la esperada sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su 2ª sentencia sobre el mismo caso de la laboral pública interina de sustitución prolongada De Diego Porras, tras las dudas del Supremo en rebajar o ni dar indemnización alguna, y que respondió que no es contraria a la norma europea la ley española que no indemniza al laboral interino de sustitución cesado por la cobertura normal de su puesto, salvo que se constate abuso de temporalidad para lo que debe existir al menos una medida eficaz para sancionarlo, algo que deja dirimir al Supremo, que tiene pendiente su sentencia -aplicando la europea-
- la inesperada sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que declara fijos a varios laborales del Ayuntamiento de La Guardia en abuso de temporalidad que habían sido contratados mediante proceso selectivos con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. La sentencia ha sido recurrida por el Ayuntamiento y la revisará el Supremo.
- la sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (recurso 129/2016) confirmando la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 11/11/2015, que, ante un recurso del Estado, anulaba varias convocatorias de 2014 de oposiciones a funcionario de la Comunidad de Madrid por haber pasado más de 3 años desde su Oferta Pública de Empleo
- la sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (recurso 3723/2017) que confirma el derecho de una estatutaria interina del Instituto de Salud Catalán a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo, aplicando la Directiva europea de empleo temporal 1999/70/CE (cláusula 4ª del Acuerdo marco incluido allí), ante el recurso a su denegación en la solicitud de la carrera, y sin necesidad de haber recurrido la normativa regional que la excluye de la carrera como temporal, normativa que en ese punto la sentencia confirmada declara "desplazada" por la cláusula 4 de aplicación directa de la normativa superior europea
Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea con origen el orden contencioso-administrativo español (sobre nombramientos de funcionarios/estatutarios):
- [Asunto C-103/18 Asunto Sánchez Ruiz] proc. 193/2017 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid sobre si hacer fijo a estatutarios temporales de larga duración es una solución acorde a la exigencia europea (caso de un estatutario interino de vacante , informático del SERMAS, ver aquí más información del caso, destacando que la Comisión Europea ha opinado en su preceptivo pero no vinculante informe
de observaciones al caso que la transformación a fijo sería adecuada
(posibilidad que en la mayoría de los ambientes académicos y judiciales
parece que se sigue rechazando de plano, pero ante la ausencia
contrastada de medidas efectivas de compensación y sanción para el caso
funcionarial de interino de vacante longevo no es descartable una
sentencia como la reciente de un caso similar italiano
- [Asunto C-429/18 Asunto Fernández-Alvárez y otros] del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid (por el caso de 5 odontólogas del SERMAS, personal estatutario temporal (es decir, como el funcionario interino, y no bajo contrato laboral) [ver aquí más información]:
- cuestiona si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad pueda ser una solución del fraude de ley del abuso de la temporalidad
- idem si conceder la figura del indefinido no fijo asentada en la jurisprudencia para laborales, al entender que cambia "temporalidad por temporalidad"
- se suma a la pregunta al TJUE del JCA nº8 de Madrid de si hacer fijo sería la solución más adecuada
- y añade, en caso de que la respuesta fuera no a la pregunta de fijeza , si lo sería una indemnización equivalente al despido improcedente del laboral
- [ Asunto C-177/18 Asunto Baldonedo Martín ] proc. 205/2017 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid sobre el derecho al cobro de indemnizaciones a funcionarios temporales de larga duración si son
cesados por cobertura normal de su plaza ( caso de una
funcionaria temporal del Ayuntamiento de Madrid). Y que tuvo la "vista" o
juicio presencial en el Tribunal precisamente ayer 28/02/2018. Nótese
que la demanda de este caso es de una reclamación de indemnización ante
el cese "normal" y, según se desprende del auto del juzgado , la
demandase realiza en base a la cláusula 4ª de la Directiva europea de no
discriminación con el personal fijo (Más información de este asunto aquí) Es decir, sería un caso muy similar al de la sentencia de principios de Junio del
Tribunal de Justicia Europeo asunto Montero Mateos, donde el
Tribunal Europeo reconoció que no indemnizar al temporal cesado por
cobertura normal de OPE no sería discriminatorio con el personal fijo-
sólo que esta vez de un funcionario interino, con lo que es de esperar
una respuesta del Tribunal Europeo similar. En cambio, los otros dos
asuntos comentados en el Tribunal de Justicia Europeo son por demandas
que invocan a la cláusula 5ª de la Directiva Europea, la que exige una
sanción al abuso en temporalidad, es decir, demandan la situación del
fraude de ley
lunes, 25 de marzo de 2019
Recordatorio. El Tribunal Supremo se reitera en su sentencia de 18/12/2018 y confirma aplicando la Directiva Europea de empleo temporal el derecho de otro estatutario interino (del Instituto Catalán de Salud ) a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo por mucho que la exclusión del temporal la recojan la normativa local y los acuerdos sindicales, que quedan desplazados por la normativa europea. Había demandado el rechazo de su solicitud personal de carrera profesional. El Alto Tribunal español dice que ya es su doctrina que la carrera profesional es una condición de trabajo sobre la que cae la obligación de la aplicación directa de la Directiva europea
En el asunto griego "M.V. y otros" contra el municipio de Agios Nikolaos, cuestionado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que no pueda haber abuso de temporalidad en prolongaciones automáticas de un contrato temporal sin nuevos contratos escritos , y si la fijeza de la normativa general es sanción adecuada al abuso pese a la prohibición de la constitución griega
Acaba de publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea de 19/03/2019 como Asunto C-760/18, o Asunto "M.V. y otros" contra el "Municipio de Agios Nikolaos",una "petición de decisión prejudicial" (consultas vinculantes al máximo tribunal europeo,
que pueden realizar los órganos jurisdiccionales de cualquier país de la Unión) más relacionada con el
abuso de duración de temporalidad en el empleo público, y en especial
con la cláusula 5ª en la Directiva Europea 199/0/CE que lo regula, esta
vez de Grecia.
La petición había sido interpuesta el pasado 04/12/2018 por el Tribunal Superior de la región, en el marco de
una demanda de varios empleados de limpieza del municipio cretense de Agios Nikolaos
que habían sido contratados inicialmente en 2015 mediante contratos
laborales temporales de 8 meses que resultaron prorrogados de oficio por
una decisión administrativa hasta el 31/12/2017, fecha en la que este
municipio cesó a los empleados, según se desprende de un Auto del propio Tribunal Europeo de 27/02/2019, donde no se aceptaba la solicitud de que el asunto siguiera el trámite "acelerado".
martes, 19 de marzo de 2019
Recordatorio. [Gabinete Araúz de Robles] 'La convocatoria de OPEs y procesos selectivos no libera a las administraciones empleadoras de su obligación de sancionar los abusos producidos con su personal interino y temporal de larga duración, ni puede ser una excusa para negar fijeza al empleado público objeto de un abuso incompatible con la Directiva 1999/70/CE'
[UGT Sanidad Madrid] 'UGT gana las primeras demandas judiciales individuales que obligan al pago de la Carrera Profesional al personal interino del Hospital Universitario de Fuenlabrada' [ que es personal empleado público laboral de empresa pública; el juzgado de lo social de primera instancia aplica la norma de no discriminación en condiciones de trabajo entre personal fijo y temporal de la Directiva europea de empleo temporal 1999/70/CE]
Hasta el momento, sólo al personal laboral fijo se le había abonado este complemento salarial desde agosto 2018 y octubre 2018.
La sentencia dictada por el Juzgado nº 2 de lo Social de Móstoles, ha estimado la demanda interpuesta a título individual por varias enfermeras afiliadas a la UGT del Centro y les ha reconocido el derecho al pago mensual de su nivel de Carrera Profesional y la cuantía reclamada desde agosto 2018, fecha en la cual se procedió al pago de este complemento salarial al personal fijo.
Los fundamentos de derecho que se esgrimen en esta sentencia se basan en la Directiva Europea 1999/70/CE. Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea donde queda de manifiesto que se debe excluir toda diferencia de trato entre trabajadoras y trabajadores fijos y los que tienen un contrato de duración determinada, sobre todo, si no median razones objetivas para ello, como es el caso que nos ocupa, puesto que el personal demandante desempeña las mismas funciones que sus compañeras y compañeros fijos.
jueves, 14 de marzo de 2019
El Tribunal Supremo, reiterando su sentencia de 18/12/2018 , calificada de "doctrina" en la segunda de 21/02/2019, vuelve a confirmar el derecho de un tercer estatutario interino del Instituto Catalán de Salud a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo por mucho que la exclusión del temporal la recojan la normativa autonómica local y los acuerdos sindicales, que quedan desplazados por la normativa europea. Había demandado simplemente el rechazo de su solicitud personal de primer nivel de carrera profesional
- la carrera profesional horizontal está incluida sin duda en las condiciones de trabajo , sobre las que la Directiva europea prohíbe toda discriminación entre personal fijo y temporal
- que existe discriminación del personal estatuario interino con respecto al fijo en el Acuerdo de la Mesa Sectorial catalán que la establecía para el personal fijo
- y que este tipo de personal, estatutario interino, no puede ser excluido de la carrera profesional (ni de su reconocimiento ni de su cobro)
[Redacción Médica] El Tribunal Supremo fija ya como jurisprudencia que el personal estatutario interino de Sanidad cobre la Carrera Profesional igual que el fijo
martes, 12 de marzo de 2019
La Abogada General de la UE concluye en el asunto "Ustariz Aróstegui" en el Tribunal de Justicia Europeo que la Directiva europea prohíbe excluir al funcionario interino de un complemento de carrera profesional (el "complemento de grado" de Educación en Navarra) . El propio Tribunal ya lo había establecido en otros casos previos
lunes, 11 de marzo de 2019
El Tribunal Supremo traslada las conclusiones de su sentencia de 18/12/2018 para estatutario interino de Servicio de Salud a todos los tipos de empleados públicos: sentencia en un caso de la Administración Balear aplicando la Directiva Europea de empleo temporal el derecho del funcionario interino y el laboral temporal a la carrera profesional sin discriminación alguna con el fijo por mucho que la exclusión la recojan un acuerdo sindical y la norma autonómica de carrera profesional. El Supremo además declara nula la exclusión del temporal en la norma para el personal temporal de la Administración Balear
- el derecho del empleado público temporal a la carrera profesional sin discriminación alguna con el personal fijo de la misma Administración Pública, aplicando la Directiva europea de empleo temporal 1999/70/CE (cláusula 4ª del Acuerdo marco incluido allí), por mucho que la exclusión o discriminación del temporal la recojan una normativa local o regional y acuerdos sindicales, que quedan desplazados por la normativa superior europea de aplicación directa, al considerar el Alto Tribunal que la carrera profesional son "condiciones de trabajo" sobre la que cae la obligación de la aplicación directa de la Directiva europea . superior a toda norma nacional o local