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martes, 7 de febrero de 2017

[Diario Médico] Reuniones sobre la temporalidad del Min. de Sanidad y las CCAA: descartarían OPE extraordinaria en todo el SNS y reformar el Estatuto Marco

Informa Diario Médico este 06/02/2017 que el Ministerio de Sanidad ha formado varios grupos de trabajo con las autonomías para tratar el tema de la temporalidad en el Sistema nacional de salud SNS.
Así  el grupo  sobre modificaciones normativas.estaría descartando una modificación del artículo 9.3 del Estatuto Marco, al entender que las sentencias del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de lla adminstración española "no obligan a cambiar la norma, sino que se cumpla adecuadamente" [!?]; existiendo otros sobre  políticas de contratación eventual,  y otro sobre  procesos de provisión de plazas , estando descartándose también realizar una OPE extraordinaria en todo el Estado, como la de 2001 por que "sería demasiado compleja" y es competencias de las autonomías.

jueves, 2 de febrero de 2017

[El Mundo] El TSJ de Madrid suspende cautelarmente las 35h en el Ayuntamiento de Madrid

Informa El  Mundo este 01/02/2017 del auto de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, tras un recurso y la correspondiente petición de la Abogacía del Estado, decretando la suspensión cautelar de la jornada de 35h que había puesto en marcha  el Ayuntamiento de Madrid en Junio del año pasado hecho público este miércoles porque según el Juez  es "aparentemente contrario a derecho por vulnerar normativa básica del Estado de obligada aplicación" de tal forma que los trabajadores tendrán que volver a las 37,5 h salvo que el recurso del estado no acaba finalmente siendo estimado

viernes, 27 de enero de 2017

[Redacción Médica/Diario Médico] Asturias. Sentencia en base a normativa europea: la carrera profesional debe incluir por igual al temporal de larga duración


Informa Redacción Médica este 26/01/2017 de la sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo que estima totalmente el recurso del Sindicato Médico Profesional de Asturias (Simpa) contra la  Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA)  porque limitaba el reconocimiento de la carrera profesional al personal "fijo" del sistema sanitario asturiano. El juez se apoya en la jurisprudencia establecida por las famosas recientes sentencias del Tribunal de Justicia Europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de la adminstración española,  declarando nula la resolución y "obligando al SESPA a hacer una nueva convocatoria en la que permita la participación del personal temporal de larga duración"

Diario Médico aporta más detalles a esta noticia, entre ellos, que a diferencia de la sentencia previa que era sobre una situación personal ,ésta acabaría con una resolución que afecta a todo el personal, si bien  cabe recurso por parte del SESPA



viernes, 20 de enero de 2017

[Europa Press] ANIL impugnará el acuerdo de interinizaciones del Servicio Andaluz de Salud: interino no es suficiente para satisfacer sentencias y normativa europea

Informa Europa Press 19/01/2017 que la Asociación Nacional de Interinos y Laborales (ANIL), presidida por el abogado gaditano Manuel Martos, ha anunciado que "impugnará" el acuerdo firmado  en la Mesa Sectorial  del Servicio Andaluz de Salud  [SAS] para las interinizaciones automáticas de sus eventuales en puestos  estructurales considerando que las recientes sentencias prejudiciales del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de la administración española "no sentencian que la administración deba otorgar estabilidad mediante interinidades", añadiendo en su comunicado la asociación   que "las interinidades determinan el cese en cualquier momento sin preaviso, no pudiendo las mismas superar el plazo máximo de tres años, es decir, como mucho dentro de tres años, en el 2.020, tendremos el mismo problema ampliado", opinando que los 35.000 trabajadores temporales del SAS deben ser reconocidos como "personal laboral indefinido no fijo" y no sólo 15 mil eventuales como interinos como propone el acuerdo.

[N.E.: recuérdese que, en especial, la  sentencia primera de las 3 del Tribunal Europeo sentencia en el apartado 1 que la normativa española es contraria a la europea , entre otras cosas, al permitir , en el caso de decisión de creación de puestos estructurales para situaciones de fraude de ley como la del caso de la eventual con nombramientos concatenados que trataba, su provisión mediante nombramientos estatutarios interinos , "situación que es nuevamente temporal" ,recalca el juz, situación contra lo que lucha precisamente la directiva,afirmando el juez europeo que con  nombramientos como los de interino para los eventuales en fraude de ley "la situación de precariedad de los trabajadores perdura]

jueves, 12 de enero de 2017

[LaVozDeGalicia] Juez aplica doctrina europea y dicta readmisión de 3 empleadas públicas temporales no renovadas tras encadenar nombramientos durante muchos años

Informaba La Voz de Galicia este pasado 6/01/2017  que un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de A Coruña ha sentenciado, aplicando las recientes sentencias del Tribunal de Jusitcia Europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de la adminstración española, que sean readmitidos 3 empleados públicos temporales de la Administración regional de Justicia que habían sido cesados [no renovados] después de haber estado encadenando nombramientos temporales [el equivalente a "eventuales" en el caso estatutario] durante muchos años -hasta 25 en un caso-, defendiendo el juez , en acuerdo con la doctrina europea, que su relación laboral "no tiene carácter provisional, sino permanente y estable".


[MATS] 'Sobre el último nombramiento de interinos en Primaria'

'El MATS interpuso un contencioso administrativo contra el Acuerdo de 26 de abril de la Mesa Sectorial de Sanidad (Consejería y Sindicatos de la Mesa, UGT, CCOO, CSIT-UP, AMYTS) por el que se nombraron interinos en AP en 2016. Sobre tal proceso de nombramientos el Mats opina lo siguiente:

domingo, 8 de enero de 2017

[DiarioMedico] Declarado inconstitucional la estatutarización forzosa de los funcionarios en instituciones sanitarias del RD-Ley de 2012

Informaba Diario Médico el pasado 04/01/2017 que el Tribunal Constitucional ha admitido  el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno de Asturias contra el punto del Real Decrecto-Ley de Medidas "de Sostenibilidad" de 2012 que  forzaba a las CCAA a realizar procesos para que el personal funcionario de sus instituciones sanitarias públicas tuvieran que elegir estatutarizarse antes del 31 de diciembre de 2013, siendo adscrito forzosamente a otros órganos administrativos fuera de las instituciones sanitarias en caso de negarse. El Tribunal sentencia que esa norma viola las competencias propias de las CCAA

lunes, 19 de diciembre de 2016

[Acta Sanitaria] Sentencia del Tribunal de Justicia Vasco tras la respuesta del de Europa que declara indefinido "no fijo" a una estatutaria eventual y reconoce derecho a indemnizaciones mientras no cambie la ley si se la cesa como a un interino

Informa Acta Sanitaria este 16/12/2016 de la sentencia que finalmente ha emitido la  Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), sobre uno de los casos impllicados en las famosas 3 sentencias del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de lla adminstración española

[En concreto, se trata del caso  de una estatutaria temporal del Servicio Vasco de Salud que llevaba 13 nombramientos eventuales encadenados durante 2 años y 7 meses hasta que fue cesada, recurriendo su cese ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo, recurso que perdió en esa 1ª instancia , presentando recurso de apelación al tribunal Superior de Justicia del País Vasco, quien en su pregunta al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE] el TSJ del País Vasco ya había expuesto que  existía jurisprudencia del Tribunal Supremo nacional para la "sanción" pero sólo en el caso de contratos temporales en fraude de ley por abuso en la temporalidad si la relación con la administración era laboral (y no para el caso funcionarial o estatutario): la declaración de indefinido no fijo , que, en todo caso, seguiría expuesto a pérdida del puesto por su convocatoria a proceso de selección fijo o por amortización por alguna de las causas legales , es decir, sería equivalente a interino de plaza vacante el juez del TJUE de este caso respondió a esta cuestión  diciendo que  las autoridades nacionales deben establecer medidas adecuadas suficientemente efectivas y disuasorias para prevenir y sancionar os abusos constatados en la temporalidad y determinar la sanción tanto si  son contratos laborales como si son de carácter de Derecho administrativo, es decir, funcionarios y estatutarios]
[Curiosamente, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco afirma en su sentencia que "la respuesta del Tribunal Europeo es "tan concreta en este caso que prácticamente lo deja resuelto" concluyendo [el TSJ] que la solución es aplicar la misma jurisprudencia que en el caso de los laborales y así, el Tribunal Superior Vasco sentencia la anulación del cese de la eventual y la declarar "indefinida no fija"  hasta "que la plaza se cubra reglamentariamente o se amortice o se analice por la demandada la procedencia o no de convertir la plaza temporal en estructural y decidida su amortización definitiva o creación y cobertura reglamentaria" [es decir, sujeta a las mismas condiciones de cese que un interino ].

jueves, 15 de diciembre de 2016

Diario Médico] Juzgado sentencia que un interino del SESPA de más de 5 de años tiene derecho a cobrar la carrera profesional

Informa Diario Médico este 12/12/2016 que el Juzgado  de los Contencioso-Administrativo  número 4 de Oviedo ha dictado sentencia favorable a la demanda de un interino del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) [muy probablemente personal estatutario, por ser un Juzgado de lo Contencioso y no de lo Social] de más de 5 años de antigüedad de reconocerle su derecho a la carrera profesional como lo tienen el personal fijo de esa antigüedad, apoyándose el juez en la normativa europea recientemente por el Tribunal Europeo en una serie famosa de sentencia europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de lla adminstración española", afirmando que  no está "justificado discriminar a unos y otros empleados públicos en virtud de su vinculación, sea fija o temporal".

miércoles, 7 de diciembre de 2016

[SalamancaHoy] 1ª sentencia de indemnización por el cese de un laboral interino empleado público

Informaba Salamanca Hoy el pasado 29/11/2016 que CCOO ha ganado la primera sentencia del Juzgado de lo Social  de Salamanca que concede a un empleado público de la Junta de Castilla Y León, interino y bajo contrato laboral [es decir, no era personal funcionario o estatutario de Sanidad] una indemnización de 20 días por años trabajado tras ser cesado por la cobertura definitiva de la plaza, aplicando lo establecido por [una de] las 3 sentencias del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de la adminstración española

viernes, 2 de diciembre de 2016

[lawatrends] Las 3 sentencias del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de lla adminstración española [ El abuso en la concatenación de relaciones eventuales es contrario a la normativa europea Y la 1ª sentencia dice ADEMAS que nombrar interinos ante abuso de temporalidad también sería contrario a la norma europea por ser la relación interina temporal]

Repasaba lawatrends el pasado 16/09/2016 las tres sentencias del Tribunal de Justicia Europea publicadas el 14 de septiembre ante demandas personales de empleados públicos temporales [N.E.: y de las que es de esperar un importante impacto en  el sistema de contratación temporal en la administración pública (o al menos consecuencias concretas para  demandas personales y similares)]

  • la sentencia del asunto C-16/15 o asunto Pérez López (una petición de decisión prejudicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo [JCA] nº 4 de Madrid) sobre una demanda de una  empleada del SERMAS, María Elena Pérez López, que llevaba concatenados varios nombramientos estatutarios [N.E.: los "funcionarios" especiales de Sanidad, de carácter funcionarial -y no laboral- en cuanto a la ley del Estatuto Básico del Empleado Público] temporales de duración determinada con fecha de fin [denominados "eventuales" en el caso estatutario] durante 4 años y 4 meses ,  el ultimo de ellos de 3 meses al que interpuso recurso alegando que desarrollaba funciones estructurales y no coyunturales, como quedaba demostrado al realizarlas durante más de dos años y que por tanto los nuevos nombramientos eventuales eran fraude de ley, demandando la transformación de su relación laboral a una sobre plaza de carácter estructural.

    El juzgado de Madrid realizaba varias cuestiones al de la Unión Europea, entre ellas si el artículo 9,.3 de la ley española que regula el Estatuto Marco del personal estatutario era contraria a la normativa europea   al no fijar la duración máxima de los sucesivos nombramientos de carácter eventual y estipular meramente que transcurridos dos años de nombramientos eventuales para un mismo puesto se dejar al arbitrio de la Administración el estudio de su conversión a plaza estructural [que en ese caso, se ocuparía con nombramientos de carácter interino hasta su cobertura fija definitiva].

    El juez de la Unión Europea sentencia ante esta cuestión que el Estatuto Marco español para el personal estatutarioes contrario a lo estipulado por el apartado 1 de la cláusula 5 de  la  Directiva europea 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999  sobre  el  trabajo  de  duración  determinada, al:
    • no contener la obligación de conversión en plazas estructurales de puestos cubiertos abusando en el tiempo mediante nombramientos eventuales sucesivos y al
    • permitir , en el caso de decisión de creación de dichos puestos estructurales, su provisión mediante nombramientos estatutarios interinos , situación que es nuevamente temporal [contra lo que lucha precisamente la directiva]  [N.E.: sic! leer apartado 1) de la sentencia,  última página de aquí]


martes, 29 de noviembre de 2016

[@ElDiario] 'La investigación a Ribera Salud allana el camino para rescatar tres hospitales privatizados valencianos

Informaba El Diario el pasado 26/11/2016 que la reversión a gestión directa de los hopitales de gestión privada en la Comunidad Valenciana, concedidos a Ribera Salud, es una de los compromisos  de su Gobierno actual, recordando que el fin de las concesiones son 2018 para Alzira, Torrevieja para  2021 y Elche para 2025, señalando que en estos casos la investigación judicial abierta por comisiones en las prótesis cobradas por una empresa de la concesionaria  podría servir para adelantar el proceso en esos dos últimos hospitales.


viernes, 25 de noviembre de 2016

[El Confidencial] El Tribunal Supremo sentencia contra el reconocimiento de antigüedad de los laborales de contratos no consecutivos en más de 3 meses

Informa El Confidencial este 25/11/2016 que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha estimado el recurso que presentó el Gobierno regional de la Comunidad de Madrid declarando nula la sentencia de junio de 2015 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que reconocía la antigüedad de un empleado público laboral de contratos temporales no consecutivos en más de tres meses, sentando por tanto jurisprudencia para  las demandas similares de laborales que están pendientes en los juzgados.

[@ElDiario] El juez investiga a Ribera Salud por malversación y prevaricación en comisiones de las prótesis que paga la C. Valenciana en las concesiones sanitarias

Publicaba El Diario este 22/11/2016 más detalles sobre la investigación de malversación y prevariación abierta por la justicia valenciana contra Ribera Salud, incluido su director gerente Alberto de Rosa a petición del fiscal, por el caso de las comisiones que supuestamente cobra por las prótesis que paga la Comunidad Valenciana por las áreas de servicio de salud que tiene concedida esta empresa.
 

miércoles, 23 de noviembre de 2016

[@ElDiario] Valencia. La justicia investiga si hospitales privatizados cobraron comisiones por prótesis pagadas con dinero público

Informaba El Diario este 21/11/2016 que un juzgado de la Comunidad Valenciana junto con la Fiscalía Anticorrupción  ha iniciado una investigación sobre si la principal concesionaria privada de hospitales públicos de esa comunidad, Ribera Salud,  ha cobrado comisiones por las prótesis pagadas con dinero público desde su central de compras B2B Salud,  mientras que la compañía defiende la legalidad de todas sus operaciones realizadas tras la noticia de que su central de compras cobraba comisiones en productos de laboratorio.

miércoles, 16 de noviembre de 2016

[Redacción Médica] Opinión de De Lorenzo: hay fraude de ley en el abuso de la temporalidad ante la justicia europea

Publicaba Redacción Médica este pasado 14/11/2016 una tribuna  de Ricardo de Lorenzo, socio-director de Lorenzo Abogados, que opina que  las consecuencias de  las sentencias del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de la adminstración española abarcarán todos los ámbitos, en especial, todo tipo de temporales del sector público. Recuerda el abogado que dichas sentencias fueron realizadas en base a un Acuerdo marco plasmado en una Directiva del Consejo de Europa (la 1999/70 CE) que obliga a los Estados miembros a introducir medidas para prevenir los abusos en la utilización de sucesivos contratos temporales  y evitar de este modo la precarización de la situación de los trabajadores por cuenta ajena., declarando el Tribunal que la norma españoola infringe dicho Acuerdo Marco al permitir cubrir necesidades permanentes y estables con nombramientos temporales de duración determinada, por lo que el Abogado opina la claridad del fraude de ley en estas situaciones, que en los casos de consiguientes cesesel temporal "debe ser compensado como si de un despido por causas objetivas se tratara, o si fuera ilegal como un despido improcedente, como responsabilidad patrimonial de la Administración".

[Diario Médico] Un juez sentencia que el concurso de traslados debe incluir las vacantes de interinos aunque sean de muchos años

Informaba Diario Médico este pasado 14/11/2016 que juzgado de los Contencioso  de Sevilla ha dictado  sentencia al recurso que puso un médico, condenando al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a que un concurso de traslados convocado incluya todas las plazas vacantes, en especial las cubiertas por personal temporal -interino- y no sólo las libres como había sido el caso, en el que se había omitido plazas vacantes cubiertas por interinos, muchas de ellas de muchos años de duración, en este caso de hasta 15. [N.E: nótese que a dichos concursos sólo puede presentarse personal fijo y que el interino cuya plaza "vacante" - en el sentido de no cubierta de forma fija- salga a concurso es cesado automáticamente el día de la posesión del nuevo destino del ya fijo]
Curiosamente el juez utiliza en su razonamiento las sentencias del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de la adminstración española, opinando que precisamente si no salen a concurso las plazas cubiertas por interinos durante tantos años, en este  se agravará el problema detectado por el Tribunal Europeo hasta el punto que " el sistema puede pervertirse y corre el peligro de consagrar situaciones en fraude de ley".

NOTA DEL EDITOR:  El Estatuto Básico del Empleado Público de 2007 también permite concursos de méritos para ser fijo y ya contiene  explícitamente procesos de consolidación para los interinos con vacantes de 2005 o anteriores, que a smuchas luces¡ parecen soluciónes más justa para compensar el fraude de ley cometido por l administración con las interinidades de más de 3 años (el propio  Estatuto Básico del Empleado Público [Artículo 10.4] indica que deben salir a algún proceso para ser cubiertas de forma fija  al año siguiente, o excpecionalmente, al siguiente del siguiente)

lunes, 14 de noviembre de 2016

[bez.es] 'El Tribunal Supremo declara "nulo" e "inaplicable" el canon digital'

Informaba bez.es el pasado 11/11/2016 que el Tribunal Supremo ha declarado nulo -tras la cuestión prejudicial previa a los Tribunales de la Unión Europea que ya se habían expresado en ese sentido-,  el llamado 'canon digital': el Real Decreto 1657/2012 que regulaba el procedimiento de pago, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, para compensar a los autores por las copias de sus obras que hacen los particulares. El ministro de Educación, Cultura y Deporte y portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo,  ya ha anunciado que el Ejecutivo aprobará un modelo "alternativo" de canon que "satisfaga" estas sentencias.

[@MatsMadrid] 'POC@S Y PRECARI@S III. El consejero prestidigitador' [ sobre la sentencias europeas y la tasa de eventualidad]

'A pesar de las cifras tan alarmantes en destrucción de empleo en el ámbito sanitario del SERMAS (tal vez 11.000 puestos de trabajo perdidos en los últimos años) el Consejero de Sanidad, en su nueva estrategia de desmentir todo lo que se le critica sin aportar ningún dato, llega incluso a sacar “pecho” de sus Políticas en Recursos Humanos.

En unas declaraciones hechas en el periódico “Gaceta Médica” de la semana del 26 de Septiembre al 6 de Octubre señala que “ la reestructuración que el SERMAS ha hecho en las plantillas va a reducir la tasa de eventualidad al 5,4% adelantándose incluso a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo y a las Proposiciones No de Ley presentadas ante el Gobierno por varios Grupos políticos (Ciudadanos, Unidos Podemos y PSOE) a raíz de dicha sentencia


viernes, 11 de noviembre de 2016

Publicada en BOCM la admisión del recurso de inconstitucionalidad del Gob. del Estado contra artículos de la oposición en la Ley de acompañamiento de los presupuestos de la Com. de Madrid. No se recurre la extensión de las categorías de informática a los Servicios Centrales

Acaba de publicarse en el BOCM (nº 269 de 09/11/2016, previamente ya se había hecho el 27/10/2016 en el BOE) la admisión a trámite del Tribunal Constitucional del recurso de inconstitucionalidad finalmente interpuesto por el Gobierno del Estado contra varios artículos que fueron aprobados en la Ley de acompañamiento de los últimos presupuestos de la Comunidad de Madrid por la oposición, siendo muy destacable que no se recurre al final la extensión de las categorías de informática a los Servicios Centrales tras el dictamen del Consejo de Estado , donde se calificó de sin fundamento jurídico la razón que el Estado argumentada.

Sí en cambio, quedan finalmente recurridos al Constitucional, y temporalmente suspendidos hasta el dictamen del Tribunal Constitucional, por invocación de una prerrogativa de la que goza el Presidente del Gobierno. :

  • el artículo 27  de estatutarización, de movilidad y de promoción de personal laboral propio de los  hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada y de la Unidad Central de Radiodiagnóstico
  • la Disposición Final 1ª.3 de posibilidad de  integración en las categorías estatutarias del personal laboral y funcionario informático de los SSCC
  • la Disposición Final 1ª.4 del proceso extraordinario del proceso de interinización
Ver más detalles con las argumentaciones del Estado, su escrito de interposición del recurso y el informe del Consejo del Estado en esta entrada