Informaba el conocido abogado Manuel Nicolás Martos García de Veas el pasado 30/10/2019 que el día anterior, el 29/10/2019 tuvo lugar el juicio en la Audiencia Nacional de la demanda de la Asociación Nacional de Interinos ANIL
contra los acuerdos sindicales de realizar OPEs extraordinarias por convocar los puestos de los
temporales longevos sin reconocer sus derechos establecidos por las
sentencias europeas sobre abuso de temporalidad, quedando visto para sentencia
Blog de APISCAM
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(feed) y canal de "Informática sanitaria"(feed). Entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia (Supremo y TJUE) y sobre jurisprudencia pendiente
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martes, 5 de noviembre de 2019
miércoles, 30 de octubre de 2019
[CSIF C. Madrid] 'El sindicato mantiene su primera reunión con el consejero de Hacienda y Función Pública' [Recuperación 35h, impulsar procesos de estabilización, funcionarización, ...]
'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF),
sindicato más representativo en las administraciones públicas y con
presencia creciente en el sector privado, se reunió este viernes, 18 de
octubre, con el consejero de Hacienda y Función Pública de la Comunidad
de Madrid, Javier Fernández-Lasquetty, a quien pidió volver a la jornada
de 35 horas semanales para los empleados públicos de la región, entre
otras reivindicaciones.
CSIF Madrid planteó al consejero la recuperación de la jornada laboral de 35 horas semanales, ya que la Comunidad de Madrid cumple los objetivos de estabilidad y sostenibilidad financiera del déficit público, deuda pública y regla de gasto. La ampliación de la jornada laboral semanal de la función pública y de las empresas estatales de 35 a 37,5 horas fue una de las medidas que acordó el Gobierno en 2011 para evitar el rescate de la economía española.
CSIF Madrid planteó al consejero la recuperación de la jornada laboral de 35 horas semanales, ya que la Comunidad de Madrid cumple los objetivos de estabilidad y sostenibilidad financiera del déficit público, deuda pública y regla de gasto. La ampliación de la jornada laboral semanal de la función pública y de las empresas estatales de 35 a 37,5 horas fue una de las medidas que acordó el Gobierno en 2011 para evitar el rescate de la economía española.
lunes, 28 de octubre de 2019
[Área Pública de CCOO Nacional] 'El Área Pública de CCOO se ha entrevistado con el ministro en funciones de Política Territorial y Función Pública, Luis Planas, para darle traslado en persona de las reivindicaciones y propuestas que a lo largo de varios meses han venido manifestando al Gobierno.' [Cumplimiento de las medidas de empleo necesarias para la estabilización de las plantillas del personal interino y temporal, hasta alcanzar la cifra de reducción contemplada en el II Acuerdo]
'El fracaso de la investidura de Pedro Sánchez ha provocado una
importante parálisis que afecta a la totalidad de las políticas del
país, con una manifestación más aguda en los asuntos laborales y
sociales que venimos padeciendo las empleadas y empleados públicos,
sobre los que se ha descargado una parte considerable de las políticas
austericidas de los pasados gobiernos.
CCOO le ha trasladado al Gobierno en varias cartas la necesidad imperiosa de concretar acuerdos para el cumplimiento de lo firmado en el II Acuerdo para la mejora del empleo público, con especial atención a los incrementos salariales para el año 2020, la correcta ejecución de las Ofertas de Empleo Público (OEP), y la aplicación y desarrollo de las políticas de igualdad en las Administraciones Públicas con la dinamización de los correspondientes planes de igualdad.
CCOO le ha trasladado al Gobierno en varias cartas la necesidad imperiosa de concretar acuerdos para el cumplimiento de lo firmado en el II Acuerdo para la mejora del empleo público, con especial atención a los incrementos salariales para el año 2020, la correcta ejecución de las Ofertas de Empleo Público (OEP), y la aplicación y desarrollo de las políticas de igualdad en las Administraciones Públicas con la dinamización de los correspondientes planes de igualdad.
[SINTTA] 'Información sobre las conclusiones del informe emitido por la ABOGADA GENERAL Sra. JULIANE KOKOTT presentadas el 17 de octubre de 2019 en los asuntos acumulados C-103/18 y C-429/18 sobre las cuestiones elevadas por los Juzgados de lo Contencioso de Madrid, que afectan a empleados públicos en situación de abuso de contratación temporal'
'Primero, recordar que este informe NO es la sentencia del TJUE.
En unos meses se dispondrá de la sentencia firme de dicho tribunal sobre
estas cuestiones prejudiciales. Se trata de un informe preceptivo de la
Abogada General cuyas conclusiones no son vinculantes. Es recomendable
su lectura sin intermediarios. Informe Kokott que puedes ver aquí.
Este informe es el que el pleno del TJUE deberá estudiar junto con la Resolución
del Parlamento Europeo, de 31 de mayo de 2018, sobre la respuesta a las
peticiones sobre la lucha contra la precariedad y el uso abusivo de los
contratos de trabajo de duración determinada, para dictar sentencia firme. Informe del Parlamento Europeo que puedes consultar aquí ,
En una primera lectura rápida, queda patente que la UE reconoce la
situación de abuso en la contratación temporal de empleados públicos en
el reino de España. Asimismo, indica y propone la necesidad de medidas
reparadoras y de corrección para que no se repita esta situación de
abuso que van más allá de las previsiones legales actuales aplicadas en
el reino de España.
Por citar algunas de estas medidas: la fijeza, entendida como reducción
de la temporalidad mediante procesos ordenados que reconozcan el abuso
causado, y/o la aplicación de indemnizaciones a los afectados que sean
suficientemente disuasorias.
Pero parece obviar una concreción en las sanciones a los propios
responsables de la administración (como en Italia) o implementar la
misma fijeza como ocurre en la empresa privada. Ambas soluciones
disuadirían repetir esta conducta y perpetuar el abuso a costa del
erario público.
jueves, 24 de octubre de 2019
[Cinco Días/El País] La Abogada General de la Unión Europea del juicio en Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad en el empleo público, asunto Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros, rechaza que la sanción al abuso pueda ser la que decidió el Gobierno con las OPEs de "estabilización": convocar procesos selectivos de libre concurrencia. APISCAM señala que aunque niegue la fijeza por sentencia avala la fijeza por procesos restringidos ordenados
Publica Cinco Días este 24/10/2019 una noticia también enlazada desde la pestaña de Economía de El País online:
en la que este periódico especializado en Economía recuerda que la Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] del juicio en el Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad en empleados públicos interinos que demandaban la fijeza como sanción al abuso [asunto acumulado Sánchez Ruiz/Fernández Alvarez y otros] ya emitió sus conclusiones y , tal y como detalló el medio en su primera noticia sobre éstas, la Abogada General, Julian Kokott, no se decanta por la conversión automática en trabajadores fijos solicitada, pero traslada ahora el análisis de nuestra Asociación de Profesionales de informática de la Sanidad de la Comunidad de Madrid [APISCAM] sobre que lo dicho por la Abogada General al respecto fue más precisamente que “la fijeza no debe permitirse por sentencia judicial en España” pero sí “por un proceso restringido ordenado en el que solo participe quien ha sufrido ese abuso de temporalidad”.
Además el medio reseña un aspecto que no fue objeto en su primera noticia: la Abogada General también rechaza que la sanción por este abuso pueda ser la que justo ha decidido el Gobierno español: convocar procesos selectivos de libre concurrencia [las OPES de estabilización instadas y habilitados por sendos artículos en las Leyes de PGE de 2017 y de PGE de 2018 tras respectivos Acuerdos sindicales], siempre y cuando no vengan acompañadas de indemnizaciones que ahora no existen, y de las que ya hablaba este medio en su primera noticia. Ahora el medio ahonda en las consecuencias de éstas: ante los miles de los afectados - más de 22.000 interinos en el Servicio Madrileño de Salud, la AAPP de los casos de los implicados en el asunto judicial europeo- podría darse, a juicio de APISCAM, "todo un terremoto en forma de aluvión de demandas de reclamación de indemnizaciones”, lo que de hecho, podría llevar a muchas AAPP a plantearse sustituir esos procesos de "estabilización" libres por concursos de méritos por antigüedad.
miércoles, 23 de octubre de 2019
[Arauz] 'Sobre las conclusiones de la Abogada General en los asuntos prejudiciales C-103/18 Y C-429/18 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea'
'Evaluado con detenimiento el informe emitido por la Abogada General el pasado 17 de octubre, debemos informaros de los siguiente:
PRIMERO.- Consideramos que las conclusiones de la Abogada General son, en general, muy positivas. Solo hay que hacer el esfuerzo de pensar dónde se encontraba el personal publico temporal y dónde está ahora.
SEGUNDO.- Resumamos lo que dice el informe de la Abogada:
PRIMERO.- Consideramos que las conclusiones de la Abogada General son, en general, muy positivas. Solo hay que hacer el esfuerzo de pensar dónde se encontraba el personal publico temporal y dónde está ahora.
- Antes de este informe:
- No se reconocía en ningún caso el abuso en la temporalidad, razonado que con el mero hecho de estar en régimen de interinidad ya se cumplía la Directiva 199/70/CE.
- Se decía que, por no haber impugnado sus nombramientos y ceses el personal publico temporal no podía reclamar.
- Se argumentaba que los procesos de estabilización y las OPEs eran la solución y la sanción para acabar con el abuso.
- Se alegaba que el indefinido no fijo era la sanción más acorde con la Directiva.
- o Se había instalado un régimen de despido libre y gratuito.
- Ahora, según el informe de la Abogada General
- Se amplían los supuestos amparados por la Directiva, incluyendo tanto a los interinos de larga duración con un solo nombramiento como los que van modificando su situación y pasan de eventuales, a sustitutos, o a interinos o viceversa; así como todos los casos en los que se destina a un temporal a realizar funciones que no son provisionales, ni excepcionales, sino ordinarias y estructurales.
- Se dice que los procesos de estabilización y las OPEs no son una medida sancionadora y por tanto, que estos procedimientos deben de ir precedidos de un régimen de sanciones para garantizar la compensación de los empleados públicos temporales y reprimir estos comportamientos abusivos y fraudulentos de las Administraciones empleadoras.
- Se nos explica que los Tribunales no pueden ampararse en la no impugnación de los nombramientos y ceses para dejar de aplicar la Directiva y que el indefinido no fijo no puede ser la sanción ante el abuso.
- Se acaba con el despido libre y gratuito pues, como sanción, el empleado temporal tiene derecho bien a la transformación de su relación temporal en una fija, bien a una indemnización disuasoria y completa, que necesariamente debe ir acompañada de otros mecanismos sancionadores efectivos y disuasorios.
SEGUNDO.- Resumamos lo que dice el informe de la Abogada:
[Diario de Sevilla/Europa Press] Interinos del Ayuntamiento convocan un paro parcial contralas convocatorias de sus puestos en OPEs libre y exigen un proceso de regularización interno [ como avala la Abogacía de la Unión Europea en el juicio sobre abuso de temporalidad en el Tribunal Europeo]
Informaba Diario de Sevilla
este 21/10/2019 que interinos de larga duración del Ayuntamiento
realizarán con el apoyo de CGT y el Sindicato Andaluz de Bomberos un
paro parcial de 3 horas este jueves para exigir la paralización de las
convocatorias de
sus puestos en OPEs libre y un proceso de regularización interno
por méritos.
Informa Europa Press este 22/10/2019 que
el alcalde de Sevilla ha dicho que comprende la "inquietud" de los
interinos si bien tiene la "obligación" de sacar en OPE estas plazas
lunes, 21 de octubre de 2019
[La verdad de Ceuta] UGT de Ceuta, tras el informe de la Abogacía General UE en el juicio sobre abuso de temporalidad en empleo público: debe hacerse una consolidación por concurso de méritos de antigüedad
Informaba La Verdad de Ceuta este 18/10/2019 que tras conocer el Informe de Conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto en el Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad
, aunque esté teniendo diferentes interpretaciones, UGT de Ceuta
insiste que se realicen consolidaciones por concurso de méritos por
antigüedad para que ningún trabajador se vea en la calle a mostrándose
contrario por la indemnizaciones como la solución al, abuso, dado que
implicaría despidos que no quieren , pero si ésta es la solución
final recogida en la sentencia lucharía porque fuera la máxima
indemnización posible.
domingo, 20 de octubre de 2019
[Arauz] 'Sobre una segunda lectura del informe' [de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros" en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre abuso de duración de temporalidad en empleados público: también hay abuso en interinidades de vacante prolongadas para la que no valen las oposiciones como solución y, contra lo dicho en primeros titulares, para la que la Abogada dice que no existen medidas de sanción válidas en España y que son necesarias indemnizaciones y otras medidas de sanción no existentes, entre la que sigue sin descartarse la fijeza]
Una vez realizada una lectura sosegada del Informe de conclusiones de la Abogada General, entendemos positivos los aspectos
fundamentales que del mismo se derivan, muy lejanos a los primeros
titulares de prensa que fueron apareciendo el día 17 de octubre y que,
además de realizar una interpretación tremendamente precipitada del
mismo, mezclaban dos cuestiones perjudiciales sobre asuntos que nada
tenían que ver.
Las Conclusiones, de una manera expresa, y a lo largo de todo el documento, declaran sin ningún tipo de duda la situación fraudulenta y de abuso existente sobre las distintas contrataciones temporales, incluyendo el supuesto de interinos con un solo nombramiento. Además declara que ni los procesos de estabilización ni los procesos selectivos pueden ser concebidos como una medida compensatoria para paliar el abuso que padece el empleado público. No sólo eso, sino que por primera vez se impone en España el deber de sancionar tales prácticas abusivas de un modo ejemplar y disuasorio, acabando con el régimen actual de despido libre y gratuito.
Y es más, propone de una manera tajante tales sanciones, y para ello, en primer lugar, -pese a lo que se ha escrito y se ha dicho- impone la fijeza, si como sucede España no existieran indemnizaciones ni medidas sancionadoras disuasorias adicionales (que no existen en España)- y, en cualquier caso, propone activamente el derecho de los empleados públicos perjudicados a percibir indemnizaciones a tanto alzado, y no necesariamente a las correspondientes con motivo del cese, (Resultado 3. del Informe ), que a su vez deben ir acompañadas de otras medidas sancionadoras a los responsables del abuso, que como decimos, no existen en nuestro país, ….lo que nos avoca a la fijeza como única sanción posible frente al abuso en la temporalidad.
Las Conclusiones, de una manera expresa, y a lo largo de todo el documento, declaran sin ningún tipo de duda la situación fraudulenta y de abuso existente sobre las distintas contrataciones temporales, incluyendo el supuesto de interinos con un solo nombramiento. Además declara que ni los procesos de estabilización ni los procesos selectivos pueden ser concebidos como una medida compensatoria para paliar el abuso que padece el empleado público. No sólo eso, sino que por primera vez se impone en España el deber de sancionar tales prácticas abusivas de un modo ejemplar y disuasorio, acabando con el régimen actual de despido libre y gratuito.
Y es más, propone de una manera tajante tales sanciones, y para ello, en primer lugar, -pese a lo que se ha escrito y se ha dicho- impone la fijeza, si como sucede España no existieran indemnizaciones ni medidas sancionadoras disuasorias adicionales (que no existen en España)- y, en cualquier caso, propone activamente el derecho de los empleados públicos perjudicados a percibir indemnizaciones a tanto alzado, y no necesariamente a las correspondientes con motivo del cese, (Resultado 3. del Informe ), que a su vez deben ir acompañadas de otras medidas sancionadoras a los responsables del abuso, que como decimos, no existen en nuestro país, ….lo que nos avoca a la fijeza como única sanción posible frente al abuso en la temporalidad.
viernes, 18 de octubre de 2019
[Sindicato de Interinos de Murcia] [Informe Conclusiones AG UE Asunto "Sanchez Ruiz/FdezAlvarez y otros"] 'El juego no ha terminado, sino que empieza ahora: avanzamos hacia la posible paralización del ERE y el fin del abuso'
'Lo primero de todo, dejad de leer la prensa. Absolútamente todos los
medios han ofrecido titulares engañosos y desmoralizantes. Incluso la
mayor parte de la prensa a los 10 minutos de publicarse las conclusiones
de la Abogada General, ya estaban publicando nuestra supuesta derrota
en los titulares, cuando se trata de un informe extraordinariamente
denso cuyo análisis serio no puede hacerse ni siquiera en una semana.
Se trata, a partes iguales de ignorancia en muchos de los periodistas, que carecen de la capacidad, interés y conocimientos para opinar de un tema tan técnico como este, y en otros medios claramente sospechamos que pretenden disuadir a la gente para que no demanden, posicionándose del lado de los intereses del gobierno y la administración.
Dejad también de escuchar a los sindicatos de siempre, los mismos que hace tiempo dejaron de tener interés en nosotros. CCOO y otros sindicatos “de clase” han emitido comunicados absolutamente sesgados. Curiosamente sólo un mes antes algunos de ellos estaban ofreciendo demandas para la estabilidad.
Lo cierto es que es todo lo contrario, demandar ahora y en la mayor cantidad posible, podría provocar el giro de toda esta situación y liberarnos de la pesadilla recurrente de las oposiciones eliminatorias; Te explicamos por qué nos lo parece.
Aunque ofreceremos un análisis más detenido en unos días, después de una detallado estudio y de una serena reflexión no os queremos dejar solos ante la cantidad de demagogos, oportunistas y charlatanes que tienen el poder de y que están afectando a tantos buenos compañeros.
Se trata, a partes iguales de ignorancia en muchos de los periodistas, que carecen de la capacidad, interés y conocimientos para opinar de un tema tan técnico como este, y en otros medios claramente sospechamos que pretenden disuadir a la gente para que no demanden, posicionándose del lado de los intereses del gobierno y la administración.
Dejad también de escuchar a los sindicatos de siempre, los mismos que hace tiempo dejaron de tener interés en nosotros. CCOO y otros sindicatos “de clase” han emitido comunicados absolutamente sesgados. Curiosamente sólo un mes antes algunos de ellos estaban ofreciendo demandas para la estabilidad.
Lo cierto es que es todo lo contrario, demandar ahora y en la mayor cantidad posible, podría provocar el giro de toda esta situación y liberarnos de la pesadilla recurrente de las oposiciones eliminatorias; Te explicamos por qué nos lo parece.
Aunque ofreceremos un análisis más detenido en unos días, después de una detallado estudio y de una serena reflexión no os queremos dejar solos ante la cantidad de demagogos, oportunistas y charlatanes que tienen el poder de y que están afectando a tantos buenos compañeros.
[CSIF Nacional] 'La Abogada de la UE reprocha a España el abuso de la contratación de personal interino en las Administraciones Públicas. La Administración no puede perder ni un minuto más en estabilizar las plazas: solo han salido un 20 por ciento de las previstas y hay 300.000 personas interinas todavía a la espera, ante la parálisis del Gobierno.'
'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, valora que la Abogacía General del Tribunal de Justicia de la UE constata una vez más el abuso continuado de la contratación de empleados públicos temporales en España y exige medidas urgentes para atajar la precariedad. CSIF advierte de que los informes no aportan novedades al grave problema de la precariedad en el empleo público en nuestras administraciones públicas.
Conforme a la actual normativa, la solución pasa por el desarrollo urgente de los acuerdos de estabilización en el empleo firmados con el Gobierno en 2017 y 2018. En este sentido, la administración no puede perder ni un minuto más en el desarrollo de estos procesos, teniendo en cuenta que solo se han puesto en marcha procesos de estabilización para un 20 por ciento de las plazas contempladas y hay unas 300.000 personas interinas a la espera. Esta situación se agrava, ante la parálisis del Gobierno por la falta de acuerdo político.
jueves, 17 de octubre de 2019
[Arauz] Aclaraciones sobre el error en determinados medios de prensa al afirmar que los abogados de la Unión Europea rechazan la indemnización y la fijeza
'Queremos aclarar un error que se ha producido en determinados medios
de prensa, al afirmar que los abogados de la Unión Europea rechazan la
indemnización y la fijeza para el personal temporal del Sector Público.
Es verdad que hoy se ha publicado un segundo informe de otro Abogado General de la Unión Europea referido al Ayuntamiento de Madrid, en el que, siguiendo el criterio expresado por la sentencia del TJUE anterior, declara que los funcionarios interinos no tienen derecho a indemnización al amparo de la cláusula 4 del Acuerdo marco, y siempre y cuando no se encuentren en una situación de abuso en la temporalidad incompatible con la cláusula 5.
Es verdad que hoy se ha publicado un segundo informe de otro Abogado General de la Unión Europea referido al Ayuntamiento de Madrid, en el que, siguiendo el criterio expresado por la sentencia del TJUE anterior, declara que los funcionarios interinos no tienen derecho a indemnización al amparo de la cláusula 4 del Acuerdo marco, y siempre y cuando no se encuentren en una situación de abuso en la temporalidad incompatible con la cláusula 5.
[FesP UGT nacional] 'La abogada general del Tribunal de Justicia Europeo ha planteado que el nombramiento abusivo de personal temporal no debe sancionarse con su conversión automática en personal fijo'.'Pone en valor el esfuerzo y responsabilidad demostrados por FeSP-UGT en la puesta en marcha de procesos de estabilización del personal temporal'
'Con carácter previo, conviene precisar que lo publicado no es la sentencia del TJUE
sino las conclusiones de la abogada general que, aunque no son
vinculantes, suelen ser tenidas en cuenta para la elaboración del fallo
final.
Además, conviene recordar la ambigüedad de los pronunciamientos que derivan del TJUE y sus instancias, de ahí que pospongamos una valoración más amplia de las conclusiones de la Abogada General (fundamentalmente en cuanto a la cuestión indemnizatoria).
No obstante, con respecto a la cuestión principal (conversión automática de temporal en fijo), y en línea con la opinión mantenida por FeSP-UGT, sí establece la siguiente apreciación:
Además, conviene recordar la ambigüedad de los pronunciamientos que derivan del TJUE y sus instancias, de ahí que pospongamos una valoración más amplia de las conclusiones de la Abogada General (fundamentalmente en cuanto a la cuestión indemnizatoria).
No obstante, con respecto a la cuestión principal (conversión automática de temporal en fijo), y en línea con la opinión mantenida por FeSP-UGT, sí establece la siguiente apreciación:
- El uso abusivo de sucesivos nombramientos temporales por parte de una administración pública no se sanciona automáticamente con la transformación de la relación de servicio temporal en una relación de servicio fija.
[CCOO Sanidad] 'Personal interino: las conclusiones de la abogada general del TJUE reafirman la estrategia que ha venido defendiendo CCOO. Para CCOO es imprescindible acometer sin más dilación el desarrollo negociado y sin demora de los procesos de estabilización y consolidación derivados de los Acuerdos para la mejora del empleo público firmados por las organizaciones sindicales, único camino para acabar con la alta temporalidad en el empleo público.'
'En la mañana de hoy hemos conocido las conclusiones que la Abogada General (AG) del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha
presentado en los asuntos C-103/18 y C-429/18 (acumulados) elevados por
una jueza de lo contencioso-administrativo de Madrid.
Recordemos que se trata de las conclusiones de la Abogada General que, si bien habitualmente son tomadas muy en consideración por el TJUE, no es la sentencia (que se demorará aún unos meses).
A la espera de un análisis más en profundidad que realizaremos en los próximos días, sí cabe una primera valoración que viene, en nuestra opinión, a centrar el debate frente a expectativas, ajenas en nuestra opinión a la realidad jurídica, que se venían creando de manera interesada:
1) La AG entiende que, frente a la opinión que trasladaba la cuestión prejudicial, en su opinión no cabe “una interpretación de la cláusula 5 del Acuerdo Marco que permita al juez nacional obviar una clara prohibición del Derecho nacional y sancionar el uso abusivo de sucesivas relaciones de servicio temporales mediante el reconocimiento inmediato de un puesto fijo”. Como veníamos advirtiendo desde CCOO, el TJUE nunca va a decir que las personas objeto de fraude pasarán a fijo por encima de una norma nacional que lo prohíbe, por no ser esa la única sanción posible conforme a la Directiva comunitaria.
Recordemos que se trata de las conclusiones de la Abogada General que, si bien habitualmente son tomadas muy en consideración por el TJUE, no es la sentencia (que se demorará aún unos meses).
A la espera de un análisis más en profundidad que realizaremos en los próximos días, sí cabe una primera valoración que viene, en nuestra opinión, a centrar el debate frente a expectativas, ajenas en nuestra opinión a la realidad jurídica, que se venían creando de manera interesada:
1) La AG entiende que, frente a la opinión que trasladaba la cuestión prejudicial, en su opinión no cabe “una interpretación de la cláusula 5 del Acuerdo Marco que permita al juez nacional obviar una clara prohibición del Derecho nacional y sancionar el uso abusivo de sucesivas relaciones de servicio temporales mediante el reconocimiento inmediato de un puesto fijo”. Como veníamos advirtiendo desde CCOO, el TJUE nunca va a decir que las personas objeto de fraude pasarán a fijo por encima de una norma nacional que lo prohíbe, por no ser esa la única sanción posible conforme a la Directiva comunitaria.
Entrevista para el Telediario de esta noche de TVE al informático del SERMAS y al abogado del caso del asunto de abuso de temporalidad en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que hoy tuvo el informe de la Abogada General
Televisión española, ante la importante noticia de la presentación hoy
del informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea
en
el asunto acumulado, "Sanchez Ruiz y otros", ha entrevistado al abogado
del caso , Javier Araúz y al propio informático del caso, que es además
el presidente de nuestra asociación, para sus informativos, en concreto para el Telediario de La Noche.
Independientemente
del corte final -necesariamente breve que pueda salir en el Telediario-, nuestro informático ha
opinado que es cierto que es una decepción que la Abogada General no recomiende
que los jueces españoles puedan dictar la fijeza directa, recalcando que
así lo sentenció el Tribunal europeo en los casos griego e italiano y
esperando que finalmente en la sentencia del Tribunal Europeo contemple esta posibilidad , aún así el informe de la Abogada General es positivo y puede suponer un terremoto en el empleo público y para las AAPP dado que la Abogada
General afirma rotundamente que
- en contra de la opinión expresada por el Gobierno y de la Jurisprudencia de Supremo, hay abuso de temporalidad para la situacion de las interinidades de vacante [es decir, "pendientes de oposición"] prolongadas , y, según la ley europea, debe haber una sanción para el empleado temporal de tipo funcionario/estatutario
- en contra de lo que aprobó el Gobierno de Rajoy con acuerdo de los sindicatos, que la sanción que exige como solución la norma europea no puede ser convocar ahora a oposiciones ["procesos selectivos del ibre concurrencia"] esos puestos en abuso de temporalidad
[FesP UGT Nacional y Madrid] ' La Abogada General del Tribunal de Justicia europeo responde sobre el caso de posible abuso de duración de temporalidad en empleo público '
'El Informe de la Abogada General de la Unión Europea en el Tribunal de Justicia europeo concluye que los sucesivos nombramientos de
interinos no se sancionan automáticamente con la transformación del
puesto temporal en fijo.
Hay que aclarar que el documento que se publica hoy NO es la sentencia del Tribunal, que se publicará semanas después. En la mayoría de los casos la sentencia final suele ir alineada con este informe de la Abogada General, pero no siempre es así y en todo caso lo vinculante es la sentencia del Tribunal.
Dicho Informe recoge conclusiones sobre los asuntos acumulados referidos a la posible sanción con la fijeza en el puesto por el abuso en la duración de la temporalidad en el empleo público y la posible indemnización.
Hay que aclarar que el documento que se publica hoy NO es la sentencia del Tribunal, que se publicará semanas después. En la mayoría de los casos la sentencia final suele ir alineada con este informe de la Abogada General, pero no siempre es así y en todo caso lo vinculante es la sentencia del Tribunal.
Dicho Informe recoge conclusiones sobre los asuntos acumulados referidos a la posible sanción con la fijeza en el puesto por el abuso en la duración de la temporalidad en el empleo público y la posible indemnización.
miércoles, 16 de octubre de 2019
[Blog de Ignasi Beltrán] El Tribunal Superior de Justicia de Madrid no aplica la sentencia europea Montero Mateos ["ante relación inuualmente larga examinar recalificar a fijo"] ni la cláusula 5ª de la Directiva Europea 1999/0/CE ante el cese de funcionarios interinos de vacante de largas duraciones de hasta 12 años porque considera que no se da la premisa del abuso por parte de la Comunidad de Madrid
Publica este 15/1072019 el conocido profesor de Universidad Ignasi Beltrán
un análisis de la aplicación en el ámbito de los ceses de
funcionarios/estatutarios interinos del famoso apartado 64 de la
sentencia europea Montero Mateos, que además de decir que es ajustado al
derecho europeo no conceder indemnización al cese del laboral interino,
apostillaba "dicho esto , incumbe al juzgado remitente examinar si, habida cuenta de la
imprevisibilidad de la finalización del contrato y de su duración,
inusualmente larga, ha lugar a recalificarlo como contrato fijo " , mostrando una sentencia de la Sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 28/06/2019
del rec. nº 138/2019, en el que además de no reconocer la improcedencia
del cese o indemnización al cese de un funcionario interino de vacante
de 12 años tras la cobertura de su puesto tras la resolución de la
convocatoria de 2014 de la Comunidad de Madrid, en base a la
jurisprudencia actual del Supremo , sí que reconoce que aquí el fin de
la interinidad sí era impresivible y la duración inusitadamente larga,
pero sostiene que no se aplica doctrina del Tribunal Europeo ni
consencuencia alguna d ela Cláusual 5ª de la Directiva, dado que que
está reserva a que se constate situación de abuso de temporalidad, y
este Tribunal regional "no considera que la Comunidad de Madrid haya
incurrido en una
utilización abusiva y fraudulenta del nombramiento con carácter
interino de la recurrente" con lo que "desaparece la premisa que, en su
caso,
permitiera la aplicación de la Cláusula 5 del Acuerdo Marco mencionado" y
desestima las pretensiones del empleado, condenándolo en costas.
A diferencia de otros tribunales regionales y numerosos juzgados, el Tribunal Superior de Madrid niega la espera hasta la sentencia europea de los recursos de funcionarios/estatutarios interinos de vacante que demandan la fijeza o indemnizaciones como sanción al abuso del fraude de ley de duración prolongada de la interinidad de vacante. Para el TSJ madrileño "no hay abuso" contrario a la Directiva en esos casos que haya que sancionar con nada ni derecho a indemnización alguna por las causas de cese del nombramiento original de interino por muchos años que lleve
Por fin ha pasado a ser muy conocido que en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea hay un juicio por dos asuntos acumulados de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en
empleados públicos del SERMAS, siendo el asunto principal C-103/18 o Sánchez Ruiz de uno de nuestros informáticos -nuestro Presidente-, y el acumulado el C-429/18 o Fernández-Alvárez y otros el de unas odontólogas, y que precisamente mañana jueves 17 de octubre
contará con su primer resultado: el -no vinculante- el informe de conclusiones de la
Abogada General de la Unión Europea, que propondrá las que a su juicio deben ser las respuestas a la amplía batería de cuestiones
que ha quedado en el asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y
otros" y que van desde corroborar si hay abuso en situaciones de
interinidades de vacante prolongadas, hasta si en ese caso convocar a
OPEs los puestos o la figura temporal del "indefindo no fijo" pueden ser
medida de sanción válidas ante la exigencia de la norma europea o si
la fijeza o una fuerte indemnización lo serían en cambio.
Por si fuera poco, este
Jueves 17 en el Tribunal Europeo se presenta también el informe de
conclusiones de otro asunto relacionado con el abuso de temporalidad en
el empleo público, el asunto Baldonedo Martín, en este caso por demandas de
indemnización una vez ya cesados el funcionario interino de larga duración por la cobertura reglamentaria de su puesto.
A raíz de que quedara asumido por el Tribunal Europeo el asunto Sánchez Ruiz
numerosos juzgados e incluso algunos tribunales regionales , en muchos casos de empleados públicos estimando la
solicitud explícita del abogado del demandante, en otros motu proprio, han
"suspendido" [es decir, paralizado temporalmente] los procedimientos
judiciales o recursos de casos de empleados públicos en situación
similar a la espera de conocer la sentencia del Tribunal Europeo en
dicho asunto y así ya poder aplicarla en la demanda paralizada temporalmente
Pero tal y como han expuesto tanto el abogado de los casos en el Tribunal Europeo, Javier Araúz, y otros, la Sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, famoso por su "dureza" en estas cuestiones y similar a la del Supremo, está negando las peticiones de suspensión de los procesos,
lo que a su vez ha provocado una cascada de negativas en los juzgados
madrileños, cuando muchos juzgados estaban concediendo dichas
Ya
se han publicado en el repositorio público CENDOJ varias sentencias del
alto tribunal regional madrileño, ante recursos de empleados públicos
funcionarios interinos/estatutarios temporales de mucha antigüedad que
demandan, antes de ningún cese y ante la sitaución de prolongación abusiva de la interinidad sin las convocatorias en su debido tiempo, la fijeza o "inamovilidad en puesto" o la figura indemnizatoria del indefinido no fijo (a veces
subsidiriamente) o alguna garantía de indemnización,y en las que el Superior de Justicia de Madrid niega la petición de suspensión
en espera a la sentencia europea y por supuesto rechaza todas las pretensiones
condenando además en costas, con el argumento principal de la "claridad"
de la jurisprudencia en su aplicación de la legalidad española y europea a estos
supuestos.
Todas estas sentencias de la
Sala de lo Contencioso del TSJ Madrileño son, lógicamente calcadas.
Traemos a colación aquí , a modo de ejemplo, la sentencia de 25/01/2019 de la sección 7, al rec. de apelación nº 507/2018 precisamente de un informático estatutario interino de vacante del
SERMAS durante tantos años (o más) como el informático de los asuntos
acumulados "Sánchez
Ruiz/Fernandez-Alvarez y otros" en el Tribunal de Justicia Europeo que
mencionábamos.
La Consejera de Presidencia de Asturias afirma en comisión del parlamento regional que acatará la sentencia europea de los asuntos de abuso de temporalidad en el Tribunal Europeo y opina que la fijeza sería positiva para los trabajadores y el servicio
Ayer 15/1072019 compareció la consejera de Presidencia de la CCAA de Asturias, Rita Camblor, en la Comisión de Presidencia del parlamento regional para responder a dos preguntas de la diputada de Ciudadanos Susana Fernández Alvárez [ver aquí el vídeo de la la comparecencia completa]:
- una sobre las "estrategias" del Gobierno regional asturiano para afrontar la alta tasa de temporalidad de los empleados públicos de esa comunidad autónomca
- y otra más específica sobre la las consecuencias que prevé el gobierno asturiano puede tener la próxima sentencia del asunto [acumulado] en el Tribunal de Justicia Europeo por abuso de temporalidad en empleados públicos [el SERMAS, en concreto el asunto principal C-103/18 o Sánchez Ruiz de nuestro informático, y el acumulado el C-429/18 o Fernández-Alvárez y otros de unas odontólogas] en el "caso de que sea favorable a la pretensión de lso demandantes"
La primera pregunta abordada en la sesión fue esta última. La consejera de Presidencia respondió en su primer turno escuetamente que, suponiendo que sea favorable, habría que estar al tanto de su contenido, qué tipo de fijeza implicaría, etc
La diputada de Ciudadanos, en su turno comentó que si bien se trata por dos casos concretos de otra comunidad, la sentencia afectaría al menos a los mil demandantes que ya saben han interpuesto demanda así como a las demandas masivas que llegarían después en caso de sentencia favorable, como parece posible. Avanzó que por esa sentencia es posible que haya que conceder bien una indemnización al cese de estos empleados - posibilidad que calificó la diputada de "inasumible" para la Comunidad- o bien la fijeza.
En su turno de réplica la que la consejera de Presidencia asturiana respondió afirmando que en caso de ser favorable en las demandas a los trabajadores "cambiaría la función pública tal y como se conoce" y "en el caso del supuesto de que se reconociera por sentencia la fijeza de empleados públicos temporales" traería como consecuencia una reducción de temporalidad, la estabilización del empleo temporal y la mejora de las condiciones de los empleados temporales " lo que a juicio de la Consejera "supondría una mejora en la prestación de los servicios públicos" . Reconoció que hay una oposición por parte de funcionarios [fijos] por el agravio comparativo al obtener estos empleados la plaza sin examen previo pero apostilló que "dentro de la función pública esto pasa: a veces las medidas que son favorables para una parte de los trabajadores no son tan favorables par otra parte", finalizando su intervención afirmando que "acatarán la sentencia".
La diputada de Ciudadanos, en su turno comentó que si bien se trata por dos casos concretos de otra comunidad, la sentencia afectaría al menos a los mil demandantes que ya saben han interpuesto demanda así como a las demandas masivas que llegarían después en caso de sentencia favorable, como parece posible. Avanzó que por esa sentencia es posible que haya que conceder bien una indemnización al cese de estos empleados - posibilidad que calificó la diputada de "inasumible" para la Comunidad- o bien la fijeza.
En su turno de réplica la que la consejera de Presidencia asturiana respondió afirmando que en caso de ser favorable en las demandas a los trabajadores "cambiaría la función pública tal y como se conoce" y "en el caso del supuesto de que se reconociera por sentencia la fijeza de empleados públicos temporales" traería como consecuencia una reducción de temporalidad, la estabilización del empleo temporal y la mejora de las condiciones de los empleados temporales " lo que a juicio de la Consejera "supondría una mejora en la prestación de los servicios públicos" . Reconoció que hay una oposición por parte de funcionarios [fijos] por el agravio comparativo al obtener estos empleados la plaza sin examen previo pero apostilló que "dentro de la función pública esto pasa: a veces las medidas que son favorables para una parte de los trabajadores no son tan favorables par otra parte", finalizando su intervención afirmando que "acatarán la sentencia".
lunes, 7 de octubre de 2019
[SINTTA] 'Anular OPEs de estabilización 2017 y 2018 por fraude'. 'Información sobre el estado de la demanda' [Mediante recursos contencioso-administrativos a decretos de OPE de estabilización de Aragón pretenden anular además ¡la ley habilitante nacional y todas las OPEs del resto de las AAPP!; CCOO y UGT se personan como co-demandados junto con la administración]
''Gracias a las generosas aportaciones personales de un grupo de
Aragón, se inició la demanda, ANULAR OPES DE ESTABILIZACIÓN 2017 y 2018 POR FRAUDE. Estas junto con las aportaciones desinteresadas de muchos
particulares, colectivos, plataformas, asociaciones e incluso
sindicatos de toda España han hecho que esté ya iniciada la demanda.
A fecha de hoy fruto de este esfuerzo ya hay interpuestas dos demandas y los juicios siguen su tramitación.
A fecha de hoy fruto de este esfuerzo ya hay interpuestas dos demandas y los juicios siguen su tramitación.
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