Mostrando entradas con la etiqueta normativa. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta normativa. Mostrar todas las entradas

jueves, 5 de noviembre de 2020

[Europa Press] Debate [a la totalidad] en el Parlamento Catalán de la Proposición de Ley presentada por CUP para la estabilización directa de los trabajadores temporales más de tres años del sector público catalán: no hay enmiendas a la totalidad y seguirá su tramitación en comisión pero Ciudadanos , PSOE y Junts Per Catalunya no comparten del todo su contenido

 Informa Europa Press este 04/11/2020  del  primer debate que tuvo lugar ese mismo día en el pleno del Parlamento Catalán de la Proposición de Ley presentada por CUP para la estabilización directa de los trabajadores temporales más de tres años con funciones permanentes del sector público catalán [como sanción al abuso de temporalidad conforme a la sentencia europea de 19/03/2020] y que l no haberse presentado ninguna enmienda a la totalidad,  continuará su tramitación en comisión antes de volver al pleno para su votación definitiva [tras posibles enmiendas ]. Todos los grupos han coincidido en reconocer el problema de la precariedad y abuso de temporalidad y que es necesaria una solució, si bien Ciudadanos , PSOE y Junts per Catalunya ya han avisado que que no comparten del todo el contenido de la iniciativa o que harán "importantes matices" [i.e. propondrán enmiendas] al contenido de la propuesta

martes, 3 de noviembre de 2020

Este miércoles 4 de Noviembre Debate a la totalidad en el Parlamento Catalán de la Proposición de Ley presentada por CUP--CRIDA para la estabilización directa de los trabajadores temporales más de tres años del sector público catalán como sanción al abuso de temporalidad conforme a la sentencia europea

 Tal y como consta en su orden del día , este 04/11/2020 tendrá lugar en el Pleno del Parlamento Catalán el  pdebate a la totalidad de la  proposición de ley presentada por el grupo CUP-Crida Constituyente para estabilizar a los trabajadores temporales  más de tres años del sector público catalán.

Según el texto propuesto  el objetivo es regular la sanción a las actuaciones abusivas de temporalidad en el sector público catalán para dar cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia del Tribunal de Justicia  de la Unión Europea de 19 de marzo de 2020 a los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros" (sobre el caso de un informático nuestro y los de 5 odontólogas también del SERMAS).

lunes, 2 de noviembre de 2020

Proposición de Ley del Grupo Plural para regular vía el Estatuto Básico del Empleado Público la posiblidad en cuerpos sin OPE desde 2010 de un turno especial de acceso con hasta el 70% de las plazas para un proceso selectivo de concurso-oposición restringido a los funcionarios temporales más de 10 años en dichos cuerpos

El Grupo Parlamentario Plural, grupo formado por los 12 diputados de  JxCat [8 diputados], Más País [2], Compromís [1] y BNG [1] ha presentado en el Congreso una Proposición de Ley de modificación de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público" [EBEP] (nº de iniciativa 122/94), por la que -ante la situación "excepcional" de elevada temporalidad y duración de dicha temporalidad existente en numerosas AAPP que reconoce en su exposición de motivos en la que también hace un repaso de jurisprudencia europea y constitucional- este grupo propone añadir al EBEP disposición transitoria , con la siguiente redacción:


«Disposición transitoria décima. Turno especial de acceso a cuerpos, escalas y categorías que no han sido objeto de oferta de empleo público con posterioridad a 1 de enero de 2010.

viernes, 30 de octubre de 2020

Debate de ayer 29/10/2020 en la Comisión de Función Pública del Congreso donde se aprobó la Proposición No de Ley del Grupo Socialista para instar al Gobierno a reformar el Estatuto Básico del Empleado Público para "mejorar la regulación del personal interino" finalmente en una forma final idéntica a la aprobada en el Senado: buscando una "solución" legal consensuada con las CCAAs y los sindicatos. El PSOE dice que deberá cumplir con la sentencia europea de 19/03/2020 pero también con las novedades de jurisprudencia nacional citando la reciente del Tribunal Supremo [¿la de 24/09/2020, una sentencia que niega el abuso en una situación de único nombramiento de una interinidad de vacante prolongada?]. El Grupo Plural anuncia que ha presentado una Proposición de Ley de un turno especial de acceso restringido a interinos de más de 10 años en cuerpos sin OPE desde 2010]

En el  día de ayer jueves 29 de Octubre 2020, se debatía en la Comisión de Política Territorial y Función Pública del Congreso de los Diputados, según lo previsto en el orden del día, la primera de las propuestas de la   proposición no de ley (PNL) (Núm. Exp. 161/001290/0000) que había presentado en Agosto el Grupo Socialista para instar al Gobierno a modificar el Estatuto Básico del Empleado Público, para (además de regular el teletrabajo entre los empleados públicos, modificación ya acometida) “mejorar la regulación del personal interino, con vistas a eliminar el abuso en el uso de esta figura, evitar que pueda haber personas que estén durante años y décadas en situación de interinidad y contribuir a la reducción de la temporalidad y de la conflictividad, así como su estabilidad” ante

  1. la situación de elevada temporalidad en las AAPP: un 7% del personal de la Administración General del Estado, un 36% del de las CCAA, un 28% del de las entidades locales y un 44% de las Universidades
  2. la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 [de los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros", sentencia que recordemos  dice que también hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción para la que le no puede valer la convocatoria a proceso selectivo libre del puesto del "abusado"] que, según el PSOE en el texto original de su proposición, "redunda en esta necesidad de acelerar y cometer cambios  que conduzcan a la reducción de temporalidad en el empleo público"
Recordemos que en la comparecencia de la Ministra de Función Pública en la Comisión homónima del Senado  del pasado 04/06/2020, la Ministra  se había comprometido a modificar la regulación de los 'interinos' en la Ley del Estatuto Básico de la Función Pública como respuesta a la Sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020, sin aclarar en ningún momento si tenía intención de incluir alguna medida compensatoria para la situación masiva de abuso de temporalidad ya existente, más alla'de la medida ya emprendida de incluir sus puestos en las denominadas Ofertas Públicas de Empleo de "estabilización", acordadas por el Gobierno nacional con los sindicatos de Función Pública estatal en 2017 y 2018.

  • José Luis Aceves Galindo, José Luis (Grupo Socialista) [audio íntegro]: quien
    • informó de una primera autoenmienda obvia de suprimir el apartado sobre teletrabajo que incluía la propuesta original, al haber sido ya aprobada como Ley por el Gobierno
    • recordó las  elevadas tasas de temporalidad en las AAPP, que calificó de situación "estructural"
    • informó de la enmienda presentada sobre el texto para concretar que la modificación debe hacerse de forma legal y desde la base de  consensuarla de las Conferencia de las AAPP y en negociación con los sindicatos de la Función Pública "los representantes de los trabajadores" y debería modificarse teniendo en cuenta tanto la Directiva Europea 1999/70/CE así como la sentencia europea de 19/03/2020 como también otra jurisprudencia que se sigue produciéndo, citando las de hace escasos días del Tribunal Supremo [en probable alusión a a sentencia reciente del Tribunal Supremo de 24/09/2020 que, recordemos, en un caso de una estatutaria interina de vacante 6 años del SACYL cesada, el Supremo indicaba que al ser único nombramiento no se aplica aquí la cláusula 5ª ni su propia jurisprudencia de 2018 establecida exclusivamente para las concatenaciones abusivas de nombramientos eventuales , y sin abuso no cabe indemnización al cese de una interina, mientras que sobre la Sentencia europea de 19/03/2020 se limitó a decir el alto Tribunal "no debe analizarse la aplicación al caso"]
    • comentó que la misma iniciativa ha sido aprobada desde el Senado

martes, 27 de octubre de 2020

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo rechaza que sean fijos los trabajadores integrados en el Servicio Andaluz de Empleo provenientes de los antiguos Consorcios UTEDLT y que habían ganado la readmisión como "indefinidos" tras un despido nulo: para el alto tribunal son indefinidos no fijos y no podrían ser fijos al haber accedido en origen por un proceso selectivo de sólo entrevista y méritos y para un puesto temporal.[AVISO: No se trata de una demanda de fijeza como sanción por abuso de temporalidad en base a Directiva UE]

Recientemente se publicaba  en el CENDOJ  una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (de fecha de 17/09/2020 al recurso de Casación núm 154/2018) que está circulando como una sentencia definitivamente negativa para las pretensiones de fijeza como sanción al abuso de temporalidad en el caso de laborales en el sector público.


Realmente, el caso en cuestión no se trata de ninguna demanda personal de sanción por abuso de temporalidad sino de un conflicto colectivo (del sindicato UTEDEF) sobre si la situación en la que debe considerarse  quedaron los trabajadores integrados en el Servicio Andaluz de Empleo provenientes de los antiguos Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico (UTEDLT),  que habían accedido inicialmente en 2004 al puesto del Consorcio con contratos temporales de obra y servicio y que habían sido despedidos en 2012 y ganado con posterioridad una sentencia de despido nulo y reincorporación como "indefinidos" ya cuando dichos consorcios se habían disuelto y estaban integrados sus recursos en la entidad pública del Servicio Andaluz de Empleo.

sábado, 24 de octubre de 2020

[CSIF] 'Función Pública convoca a los sindicatos la próxima semana para negociar los Presupuestos de 2021' [Mesa General de las Administraciones Públicas este lunes 26 de Octubre]

'El Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha convocado para el próximo lunes a la Mesa General de las Administraciones Públicas (ámbito de negociación con los sindicatos más representativos de este ámbito) para abordar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.

 

viernes, 23 de octubre de 2020

[UGT/CCOO/USO Diputación de Sevilla] Comunicado conjunto de 21/10/2020 'Apuesta por la estabilización de empleados públicos en fraude de ley de la Diputación de Sevilla' [ tras la sentencia europea de 19/03/2020 se debe buscar una solución EXCEPCIONAL]

[...]

[En varios párrafos repasan la sentencia del Tribunal Europeo, el anuncio de la Ministra de Función Pública de modificar el EStatuto Básico del Empleado Público como respuesta a dicha sentencia, la ILP en el parlamento andaluz promovida por empleados públicos temporales, ...]

[...] 'la intervención de Esperanza Morales, Secretaria del Sector Autonómico de UGT Andalucía en la Comisión de Presidencia, Administración Pública e Interior del Parlamento Andaluz, como trámite previo al debate político en dicho Parlamento de la ILP antes mencionada apoyando a la solución  de   la temporalidad en la administración de la Junta de Andalucía, presenta  un soplo de aire fresco.

Estas secciones sindicales comparten el contenido de su comparecencia:
[...]
  • Las Ofertas de Empleo Público de Estabilización y Consolidación amparadas en la Ley de Presupuestos de 2017 no están resultando efectivas y está suponiendo la pérdida de empleo del personal que llevaba desempeñando su trabajo como empleados públicos
  • Ante esta nueva situación y ante este nuevo escenario político y presupuestario se`plantee un nuevo marco normativo, con una nueva Oferta de Empleo Público que venga a resolver esta situación [que ya consideramos excepcional y estructural de la administración

[Ministerio de Sanidad] 'El pleno del Consejo Interterritorial del SNS acuerda un documento de actuaciones de respuesta coordinada frente a la pandemia.Las CCAA decidirán cuándo y qué medidas se aplican, informando al Ministerio de Sanidad antes de su implantación'

 'El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han acordado este jueves, en el pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, un documento de Actuaciones de respuesta coordinada para hacer frente a la pandemia por Covid-19.

Se trata de un marco de criterios comunes para la interpretación de los indicadores epidemiológicos, acordado técnicamente por todas las CCAA. Está dirigido a garantizar la coordinación suficiente entre territorios, posibilitando que las CCAA tomen las medidas complementarias que consideren oportunas.

El texto tiene como objetivo permitir a cada CCAA evaluar el riesgo, establecer un nivel de alerta y adoptar medidas proporcionales, adaptables a la situación y al contexto de cada territorio.

miércoles, 21 de octubre de 2020

[Diario Lírico] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo sentencia la fijeza a 5 contratados temporales del Ballet Nacional porque su regulación laboral especial con la entidad pública del INAEM no excluye la aplicación de la transposición de la Directiva Europea de abuso de temporalidad al Estatuto General de los Trabajadores

'Informaba Diario Lírico este 18/10/2020 de la sentencia de 23/09/2020 de la Sala de lo Social [la que lleva los casos de personal público con contrato laboral] del Tribunal Supremo  (sentencia al recurso de casación para la unificación de doctrina nº 791/2020 que el medio reproduce íntegramente al final de su noticia)  por la que el alto tribunal español  ratifica a sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que había declarado fijos a una cantaora y cuatro músicos con contrato laboral de la entidad pública Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música [INAEM] para trabajar el Ballet Nacional de España  por mantenerlos durante  mas de 5 años y medio con contratos temporales, cuando realizan "labores estructurales y ordinarias" .

El Tribunal Supremo ha dictaminado que la regulación de la relación laboral especial de los artistas con este organismo público (el Real Decreto 1435/1985),  pese a que dicha regulación autoriza en su artículo 5 las "prórrogas sucesivas de los contratos de duración determinada" sin límite alguno,  no excluye la aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores", el artículo que ordena la conversión a fijo del temporal durante más de 24 meses en un periodo de 30 meses incorporado al derecho español la cláusula sobre abuso de temporalidad de la famosa Directiva de la Unión Europea 1999/70/CE, directiva europea que para esta Sala de lo Social del Supremo "es de obligado cumplimiento" y " está por encima de lo que señala el Real Decreto específico para los artistas"

martes, 20 de octubre de 2020

Pregunta al Gobierno del senador del PAR Sánchez-Garnica, tras la moción aprobada de mínimos, sobre cuándo piensa adoptar medidas para trasponerla Directiva Europea 1999/70/CE tras la sentencia europea de abuso de temporalidad en el empleo público del pasado 19 de Marzo y si va a abordar una verdadera consolidación de los empleados en abuso de temporalidad, en lugar de OPEs con sus puestos

El senador del Grupo Mixto por el PAR, Clemente Sánchez-Garnica ja registrado este 19/10/2020   una  pregunta de contestación escrita  al Gobierno (nº iniciativa 684/025825) que había presentado el pasado 19/10/2020  con este literal final : ¿cuándo va a iniciar el Gobierno de España los trámites normativos precisos para transponer al Ordenamiento Jurídico Español la Directiva 1999/70/CE y, en consecuencia, promover una verdadera consolidación administrativa de los empleados públicos temporales en fraude de ley?

 Lo hace tras el debate que tuvo lugar en Comisión de Función Pública en el Senado del martes 13/10/2020 de su moción  para instar al gobierno a una verdadera consolidación administrativa en  la que inicialmente proponía  procesos especiales de consolidación directa del pesonal abusado o concurso restrigidos de méritos, pero que finalmente quedó aprobada con el mismo título pero con un texto dispositivo de meramente buscar una "solución" de reforma legal consensuada con las CCAAs y la federación entidades locales,  tras aceptar la enmienda total del PSOE para que pudiera ser aprobada alguna propuesta de mínimos. Ahora con esta pregunta insiste para saber cuándo va el gobierno  a realizar dicha reforma legal y si va a ser de "verdadera consolidación administrativa"

En el texto completo de la Pregunta, el senador realizaba una amplia fundamentación de por qué considera que la Directiva Europea 1999/70/CE no está debidamente transpuesta al ordenamiento jurídico español para el caso del empleo público español, donde sostiene que de hecho se está produciendo un masivo abuso de temporalidad,  trasladando con detalle:

viernes, 16 de octubre de 2020

[Federación de Enseñanza de CCOO] 'Sentencia del Tribunal Supremo sobre personal interino de larga duración: ni fijeza ni indemnización'

 'La Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de septiembre de 2020, señala que el hecho de que un personal funcionario interino haya prestado servicios durante un determinado tiempo sin que las plazas se hayan cubierto por personal fijo, bien mediante concurso de traslados, bien mediante el nombramiento de personal de nuevo ingreso, no puede conllevar la modificación de la naturaleza jurídica del vínculo de la persona estatutaria/interina a la categoría, exclusivamente laboral, de indefinido no fijo de plantilla aun cuando tal transformación se disponga a los solos efectos de prever como sanción una indemnización que reputa improcedente.

Tampoco cabe considerar abusivo el nombramiento de personal estatutario interino por el mero transcurso del tiempo ni en particular puede acudirse al plazo de 3 años previsto en el artículo 70 EBEP para la ejecución de la oferta de empleo público.

En el caso de personal interino por vacante, cuando el cese se produce por las causas establecidas en la ley y se considera y declara conforme a derecho, no se genera derecho a indemnización de daños y perjuicios por aplicación de lo previsto en el 31.2 LJCA.

jueves, 15 de octubre de 2020

[Confederación Intersindical] 'La Confederación Intersindical exige al Gobierno que priorice la consolidación en el empleo de las personas en abuso de la temporalidad.'

'

La Comisión de Función Pública del Senado aprueba una Moción que insta al Gobierno a emprender las acciones normativas que sean necesarias, incluso legislativas, para promover una verdadera consolidación administrativa de los empleados públicos temporales en fraude de ley

Para la Confederación es un hecho constatado que, la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 19 de marzo de 2020 ha marcado un antes y un después en las perspectivas del colectivo de personal interino o en abuso de temporalidad de las Administraciones Públicas.

Recordatorio. La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en un caso de una estatutaria interina de vacante 6 años del SACYL cesada revoca la sentencia que le concedía la indemnización al cese de 20 días por año que demandaba la empleada por su situación de abuso de temporalidad y en base a la sentencia del Tribunal Europeo de 2016 del asunto De Diego Porras: el Supremo dice que al ser único nombramiento no se aplica aquí la cláusula 5ª ni su propia jurisprudencia de 2018 establecida exclusivamente para las concatenaciones abusivas de nombramientos eventuales , y sin abuso no cabe indemnización al cese de una interina por aquella sentencia europea de 2016 -i.e. por el principio de no discriminación-, como ya había establecido tras la sentencia europea del asunto Baldonedo Martín. Sobre la Sentencia europea de 19/03/2020 "no debe analizarse la aplicación al caso".

 [Recordatorio de entrada publicada el 05/10/2020] Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 24/09/2020 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo  -la que lleva los asuntos del personal funcionario interinos de las AAPP y el homólogo estatutario temporal de los servicios de Salud- al recurso de casación para lal recurso de casación (nº 2302/2018) presentado por la Comunidad Autónoma de Castilla y León (admitido a trámite el 26/12/2018 , es decir ¡hace ya casi dos años!) contra la sentencia de un juzgado de lo contencioso-administrativo de Burgos en el caso de una estatutaria del servicio de salud interina de vacante que   fue cesada por la cobertura reglamentaria de su puesto  por un  concurso de traslados  tras casi 6 años de su nombramiento de interinidad- y que había demandado una indemnización de 20 días por año trabajado por su cese -pero no la nulidad del cese en sí-. en base a la interpretación de la Directiva Europea sobre temporalidad 1999/70/CE de una de las famosas sentencias del Tribunal Europeo de Justicia de la Unión Europea de 2016, la primera del asunto De Diego Porras, - que a su vez se trataba de una demanda de indemnización  pero para  el caso de un empleado público laboral- utilizando de dicha sentencia europea no sólo la fundamentación en la cláusula 4ª contenida en la Directiva Europea 1999/70/CE de no discriminación del temporal con el personal fijo, sin otambién en la cláusula 5ª - de la misma directiva- contra el abuso de temporalidad


miércoles, 14 de octubre de 2020

Intervenciones del debate a la moción en Comisión de Función Pública en el Senado del martes 13/10/2020 sobre una propuesta de moción del Grupo Mixto para instar al gobierno a una verdadera consolidación administrativa de los empleados públicos en fraude de ley por abuso de temporalidad como respuesta a la reciente sentencia europea : se aprueba la enmienda total del PSOE de buscar una "solución" de reforma legal consensuada con las CCAAs y la federación entidades locales

 En el  día de ayer martes 13 de Octubre 2020, se debatía  según lo previsto, en la Comisión de Función Pública del Senado una propuesta de moción en Comisión del Grupo Mixto del Senado (nº de Expdte 661/292)  presentada por el Senador  del PAR, Clemente Sánchez-Garnica, el 28/05/2020 para una "verdadera consolidación administrativa "de los empleados públicos "en fraude de ley por abuso de temporalidad" acorde a la directiva y sentencias europeas, cuya solicitud de tramitación fue registrada el 28/05/2020 junto con la petición de comparecencia de la Ministra de Función Pública en dicha Comisión del  Senado que  tuvo lugar el pasado 04/06/2020   y que fue donde la Ministra se comprometió a modificar la regulación de los 'interinos' en la Ley del Estatuto Básico de la Función Pública como respuesta a la Sentencia del Tribunal Europeo de  19/03/2020, sin aclarar en ningún momento si tenía intención de incluir alguna medida compensatoria para la situación masiva de abuso de temporalidad ya existente, más alla'de la medida ya emprendida de incluir sus puestos en las denominadas Ofertas Públicas de Empleo de "estabilización", acordadas con los sindicatos de Funcion Pública estatal en 2017 y 2018.


El debate de esta moción adquiría más rimportancia si cabe tras la reciente información oficial de la Comisión Europea de que ha visto tanto la sentencia europeoa como el anuncio de  futura reforma anunciada por la Ministra de Función Pública, reforma que evaluará si es conforme a la directiva y sentencia europeas.
 
La retransmisión íntegra del debate puede  verse aquí, entre cuyos turnos resaltamos con extractos en audio completos o relevantes de sus intervenciones:

lunes, 12 de octubre de 2020

Enmiendas presentadas a la moción del Grupo Mixto que se debate mañana Martes 13 en Comisión de Función Pública del Senado sobre una consolidación "administrativa" de los empleados públicos en abuso de temporalidad aplicando Directiva y sentencia europeas: Ciudadanos pide que se añada que sea urgente, PSOE que se sustiyuya por una solución consensuada en la Conferencia Sectorial de Administraciones Públicas ... El debate de esta moción adquiere más importancia si cabe tras la reciente información oficial de la Comisión Europea de que evaluará la futura reforma anunciada por la Ministra de Función Pública es conforme a la Directiva y sentencias europeas, mientras avisa que mantiene un procedimiento de infracción abierto.

Recordemos que este mismo martes 13 de Octubre, se debatirá en la Comisión de Función Pública del Senado una moción en Comisión del Grupo Mixto del Senado (nº de Expdte 6612/292)  presentada por el Senador Sánchez-Garnica el 18/05/2020 para una consolidación administrativa de los empleados públicos en fraude de ley por abuso de temporalidad acorde a la directiva y sentencias europeas, cuya solicitud de tramitación fue registrada el 28/05/2020 junto con una peticióin de comparecencia de la Ministra de Función Pública en dicha Comisión del  Senado que  tuvo lugar el pasado 04/06/2020   ,  Fue en dicha comparecencia donde la Ministra dijo que se comprometía a modificar la regulación de los 'interinos' en la Ley del Estatuto Básico de la Función Pública como respuesta a la Sentencia del Tribunal Europeo de  19/03/2020, sin aclarar si incluiría alguna medida compensatoria para la situación masiva de abuso de temporalidad ya existente, y es la .comparecencia citada por la Comisión europea en su importante Información oficial hecha pública hace unos días sobre el curso de su procedimiento de la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles, y en las que además de afirmar la Comisión que ya ha visto la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" con su declaración de existencia de abuso, la Comisión Europea afirmaba que evaluará si esa futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra es conforme a la Directiva y sentencias europeas, avisando que mantiene abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco (la de la Directiva europea que versa sobre el abuso de temporalidad)


En la página web del Senado sobre la tramitación de la moción puede verse que estos grupos parlamentarios han presentado el 09/10/2020  propuestas de enmienda:

miércoles, 7 de octubre de 2020

Sección 2ª de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón usa la jurisprudencia europea previa y la sentencia del Supremo de 26/09/2018 para sentenciar abuso de temporalidad en la concatenación durante 11 años del mismo destino en un docente interino por cursos pero se aparta del Supremo en la sanción al abuso tras utilizar nuevamente la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto Sánchez Ruiz y concede la indemnización al cese de 33 días por año trabajado (sin límite) , la máxima que se había solicitado

La Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, como ya hizo  el tribunal Superior de La Rioja, y tras sus sentencias previas 124/2020 de 18/05/2020  y la 139/2020 de 9 de Junio  volvió a utilizar en su sentencia de 15/06/2020 (nº Recurso: 187/2019) la famosa sentencia europea de 19/03/2020 sobre el abuso de temporalidad en el empleo público y las sanciones adecuadas, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto  acumulado Sánchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros  (sentencia europea que, era recordemos, por dos demandas de casos del SERMAS un caso de un informático nuestro y el otro caso de 5 odontólogas) , esta vez en el caso de un docente interino por cursos durante 19 años, los 11 últimos en el mismo destino  que demandaba la declaración de abuso de la contratación temporal en base a directiva europea con condena a la readmisión/mantenimiento o indemnización  de 33 días por año, subsidiariamente de 20, y que había recurrido la sentencia de primera instanciaque desestimaba su demanda al no encontrar situación de abuso el juzgado correspondiente.

Esta sección del Tribunal superior regional aragonés reitera lo dicho en sus sentencias previa 124/2020 de 18/05/2020 sobre la jurisprudencia previa  a aplicar que indica puede haber abuso en una contratación administrativa según la Directiva Europea, abuso que entonces requiere sanción, y, para dirimir si hay el abuso, hace uso también de la  sentencias de 26/09/2018 del Tribunal Supremo , donde el alto tribunal español reconocía fraude de abuso de temporalidad  para la concatenación de contratos de funcionarios interinos de programa -situación en la que se incluyen los interinos por curso- o de obra y servicio (para estatutarios de servicio de Salud se llaman "eventuales") en  interpretación de la Sala de lo Contencioso del Supremo precisamente de las sentencias europeas de 2016.

Pero el Tribunal Superior Aragonés en cuál deben ser la sanción en el caso se aparta de esa doctrina del  Supremo (que recordemos consistía el mero mantenimiento en el puesto , quedando expuesto el temporal al cese por amortización o cobertura reglamentaria sin indemnización alguna más que una muy hipotéticas de daños y perjuicios cuya carga de la prueba se hace recaer en el temporal y no en la administración) y lo hace trasladando el análisis y respuesta del Tribunal Europeo  en su sentencia  de 19/03/2020: no son medidas válidas de sanción  ni la organización de procesos selectivos ni de consolidación de libre concurrencia con el puesto - y por tanto  quedarse en una mera vacante a la espera de ellos-, ni la figura del indefinido no fijo y sí una indemnización mientras sea específica para sancionar y sea suficientemente fuerte para ser disuasoria a la par que compensatoria del abuso.

martes, 6 de octubre de 2020

[Plataforma de Trabajadores Temporales Públicos de Castilla y León] 'Valoración de la sentencia 111/2020, de 1 de octubre de 2020, del Juzgado de lo Contencioso-Adminsitrativo nº 4 de Valladolid (P.A.. 233/2019)' [ Sentencia de 'estabilidad para funcionarios/estatutarios no cesados reconociendo el abuso de temporalidad' que usa la Sentencia Europea de 19/03/2020]

 'La Plataforma de Trabajadores Temporales de Castilla y León considera muy positivamente esta sentencia por tres razones:

a) Asegura, por primera vez, la estabilidad en el empleo de trabajadores funcionarios y estatutarios no cesados, reconociendo el abuso, dificultando extraordinariamente las causas de cese;

b) Es la primera en hacerlo en Castilla y León;

c) Es menos vulnerable que la solución más “radical” de la sentencia del Juzgado no 4 de Alicante. Dicho de otra manera: es más posibilista.

En la demanda se reclama el reconocimiento del abuso, por la utilización sucesiva de contratos temporales (y recuerda que no es necesario ni exigible que se hayan producido varios nombramientos, sino que es suficiente con uno solo prolongado en el tiempo más allá de lo que la Ley permite) y porque la Administración no ha acreditado (cuando le corresponde la carga de hacerlo) las razones objetivas y concretas que justifiquen el mantenimiento de la contratación temporal más allá de lo permitido por la ley, cuando las necesidades que se pretenden cubrir son permanentes.

lunes, 5 de octubre de 2020

Juzgado de Valencia sentencia la condición de laboral fijo a un empleado público del Ayto de Manises, laboral interino durante casi 16 años por fraude del abuso de temporalidad y tras tener en cuenta que accedió por proceso selectivo público, siguiendo la doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Galicia

Ha trascendido en las redes sociales la sentencia del juzgado de lo Social nº 18 de Valencia de 30/09/2020 que, en el caso de un empleado público del Ayuntamiento de Manises, laboral temporal durante casi 20 años, los últimos 16 años bajo el mismo  contrato de interinidad (de vacante)  ha estimado su demanda (principal ) de fijeza por fraude de ley en la  temporalidad al haber accedido a este contrato de interinidad tras superar un proceso selectivo de convocatoria pública -  en concreto un concurso-oposición libre- por lo que , según la jueza que ha dictado la sentencia "es evidente que se han respetado los principios de publicidad, igualdad, capacidad y mérito en el acceso al empleo público, en los términos establecidos en los artículos 14 , 23 y 103 de la Constitución Española, no existiendo obstáculo alguno para que la consecuencia de la fraudulenta contratación del actor sea la de fijeza de la relación laboral, en lugar de la habitual, cuando no se cumplen las previsiones legales y constitucionales para el acceso al empleo público y se declara el fraude en la contratación, de relación laboral indefinida no fija".


Y lo hace compartiendo lo dicho al respecto por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en su  famosa sentencia  de  28 de junio 2018  por el recurso de  empleados públicos  del Ayuntamiento de la Guardia contra una sentencia de Juzgado de indefinidos no fijo cuando pedían la fijeza, y donde ese Tribunal regional consideró la figura del indefinido no fijo insuficiente como aplicación de la cláusula 5ª de la famosa Directiva europea sobre empleo temporal, la 1999/70/CE concediendo la fijeza por haber accedido al puesto temporal tras superar procesos selectivos respetuosos con los principios exigidos por el art. 55 del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] (tradicionalmente invocados precisamente para no conceder la fijeza) de igualdad, mérito y capacidad junto con el de publicidad proporcionada, transparencia, ...

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en un caso de una estatutaria interina de vacante 6 años del SACYL cesada revoca la sentencia que le concedía la indemnización al cese de 20 días por año que demandaba la empleada por su situación de abuso de temporalidad y en base a la sentencia del Tribunal Europeo de 2016 del asunto De Diego Porras: el Supremo dice que al ser único nombramiento no se aplica aquí la cláusula 5ª ni su propia jurisprudencia de 2018 establecida exclusivamente para las concatenaciones abusivas de nombramientos eventuales , y sin abuso no cabe indemnización al cese de una interina por aquella sentencia europea de 2016 -i.e. por el principio de no discriminación-, como ya había establecido tras la sentencia europea del asunto Baldonedo Martín. Sobre la Sentencia europea de 19/03/2020 "no debe analizarse la aplicación al caso".

 Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 24/09/2020 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo  -la que lleva los asuntos del personal funcionario interinos de las AAPP y el homólogo estatutario temporal de los servicios de Salud- al recurso de casación para lal recurso de casación (nº 2302/2018) presentado por la Comunidad Autónoma de Castilla y León (admitido a trámite el 26/12/2018 , es decir ¡hace ya casi dos años!) contra la sentencia de un juzgado de lo contencioso-administrativo de Burgos en el caso deuna estatutaria del servcicio de salud interina de vacante que   fue cesada por la cobertura reglamentaria de su puesto  por un  concurso de traslados  tras casi 6 años de su nombramiento de interinidad- y que había demandado una indemnización de 20 días por año trabajado por su cese -pero no la nulidad del cese en sí-. en base a la interpretación de la Directiva Europea sobre temporalidad 1999/70/CE de una de las famosas sentencias del Tribunal Europeo de Justicia de la Unión Europea de 2016, la primera del asunto De Diego Porras, - que a su vez se trataba de una demanda de indemnización  pero para  el caso de un empleado público laboral- utilizando de dicha sentencia europea no sólo la fundamentación en la cláusula 4ª contenida en la Directiva Europea 1999/70/CE de no discriminación del temporal con el personal fijo, sin otambién en la cláusula 5ª - de la misma directiva- contra el abuso de temporalidad


Como es conocido por los lectores de este blog, ese asunto europeo sobre personal laboral , De Diego Porras e fue "dado la vuelta" por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo -la que lleva los asuntos del personal laboral pero no del funcionario interino-, tras plantear una nueva cuestión prejudicial al Tribunal Europeo que acabó emitiendo una segunda sentencia corrigiendo la primera, estableciendo que no indemnizar al laboral interino en su cese por la cobertura reglamentaria del puesto -como por una OPE- no viola esa normativa europea contenida en la cláusula 4ª citada de  no discriminación con el fijo (dado que hay que hacer la comparación con el fijo de igual tipo y categoría y para el mismo tipo de cese , y al laboral fijo no se le puede ni cesar por cobertura de su puesto , sí quizás despedir "por causas objetivas" pero no debe hacerse el estudio de discriminación entre dos tipos distintos de despido). Misma suerte corrió en el Tribunal Europeo los intentos de obtener indemnización al cese para el personal funcionario interino en base a esa normativa de no discriminación con la reciente sentencia del Tribunal Europeo del Asunto Baldonedo Martín, que ha establecido que no indemnizar al funcionario interino en su cese por la cobertura reglamentaria del puesto no viola esa normativa europea de no discriminación con el fijo (dado que hay que hacer la comparación con el fijo de igual tipo y categoría y para el mismo tipo de cese , y los funcionarios "fijos"son los de carrera ni pueden ser cesados por una cobertura del puesto).

La moción del Grupo Mixto del Senado presentada por el Senador Sánchez-Garnica el 18/05/2020 para una consolidación administrativa de los empleados públicos en fraude de ley por abuso de temporalidad se debatirá el 13 de Octubre

Recordemos que el 04/06/2020 compareció en la  Comisión de Función Pública  del Senado la Ministra de Política Territorial y Función Pública  para tratar entre otros puntos, el de "Informar sobre el plan de su Ministerio en relación con la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de marzo de 2020 sobre la situación de los empleados públicos interinos", punto incluido en aquella comparecencia a petición del miembro del Grupo Mixto del Senado por el PAR, Clemente Sánchez-Garnica. Fue en dicha comparecencia donde la Ministra dijo que se comprometía a modificar la regulación de los 'interinos' en la Ley del Estatuto Básico de la Función Pública como respuesta a la Sentencia del Tribunal Europeo de  19/03/2020, sin aclarar si incluiría alguna medida compensatoria para la situación masiva de abuso de temporalidad ya existente.


En el texto previo de solcitud del Senador de 18/05/2020 [ver en la web del Senado]  donde se planteaba la pregunta incluía además una moción, [ver página de la iniciativa en la web del Senado] donde tras un  amplio razonamiento que haciendo uso de la Directiva Europea , del ordenamiento jurídico español para los empleados públicos temporales de larga duración, de las denuncia múltiples previas en tratamiento por la Comisión Europea y la reciente y esperanzadora sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros" (que ha determinado que  hay abuso de temporalidad también en la interinidad de vacante prolongada de personal empleado público, que como la obligada sanción al abuso de temporalidad no puede valer la convocatoria del puesto a proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente el el caso de esos procesos de estabilización emprendidos- ni la figura del indefinido no fijo ni una indemnización salvo que sea específica y disuasoria), concluía el Senador que  "las convocatorias masivas bajo los acuerdos referidos en los tres niveles de la administración pública (local, autonómica y central) no son sanción al abuso de la contratación temporal" y que que no  existe en España ni indemnización, ni las medidas sancionadoras efectivas y disuasorias adicionales como exige la sentencia, no cumpliendo con la directiva como medida válida dichos procesos de estabilización,siendo la única salida  para evitar indemnizaciones que no podrían asumir las arcas públicas seguir la Resolución del Parlamento Europeo de 31/05/2018 , que es la fijeza del propio personal abusado mediante procesos especiales de consolidación del personal abusado directo o de concursos restringidos de méritos.