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jueves, 25 de julio de 2019

[ADECES] 'La conversión de interinos en fijos ataca el principio de igualdad de acceso a la función pública'

'ADECES (Asociación pro Derechos Civiles, Económicos y Sociales) considera que la petición de convertir en fijos a los interinos por concurso de méritos (fórmula excepcional de acceso a la función pública), planteada por los “interinos temporales”, ataca los principios de igualdad y capacidad que, junto con los méritos, conforman los criterios de acceso a la función pública.


Vulneración del principio de igualdad
ADECES considera que esta petición vulnera el principio de igualdad por partida doble. Hay discriminación frente a todos aquellos funcionarios fijos que han conseguido su plaza por los métodos ordinarios: oposición y concurso oposición. Y, por otra parte, se discrimina a los ciudadanos de nuevo ingreso que parten con desventaja en la evaluación de su capacidad. En esencia, lo que pretenden los interinos temporales reclamando el concurso de méritos para convertirse en fijos, es que se examine solo la antigüedad.


jueves, 18 de julio de 2019

[AMYTS] Convocada y desconvocada mesa sectorial de Sanidad extraordinaria sobre las convocatorias "de estabilización" de los médicos de urgencias [que tienen una enorme temporalidad y 18 años sin oposiciones]

Informa AMYTS este 18/07/2019  que la Dir. Gral de RRHH del SERMAS ha convocado, y posteriormente desconvocado, una reunión extraordinaria de Mesa Sectorial de Sanidad  de Madrid con con este único punto del orden del día: Convocatoria concurso-oposición categoría Médico de Urgencia Hospitalaria del Servicio Madrileño de Salud

[RECORDEMOS QUE dicha convocatoria se encuentra entre las convocatorias publicadas  en Febrero de los procesos selectivos del grupo de categorías  incluidas en la 1ª fase de la OPE 2018 del Servicio Madrileño de Salud de "estabilización" del los puestos temporales de más de 3 años, es decir , con plazas computadas fuera de tasa reposición autorizadas por el denominado "proceso de estabilización de puestos"  que se derivaba  de la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  , y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal  y todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005 y los de los indefinidos no fijos


miércoles, 17 de julio de 2019

El Tribunal Supremo sentencia justificado en un plan de estabilización, como el de Baleares de 2009, valorar mucho más la experiencia previa en la Administración convocante que en otra distinta

Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de  24/06/2019  de la Sal a de lo Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo al recurso de casación 1776/2016  en el caso de la demanda de una opositora contra la puntuación 4 veces superior de la antigüedad  en la Administración convocante con respecto a la antigüedad en otro puesto de igual o equivalente categoría pero en otra AAPP, en el caso de la convocatoria del concurso-oposición de  12/01/2009 para el ingreso como funcionario fijo en el Cuerpo Superior de la Administración General de la Comunidad de ntro del Plan de Estabilidad, Laboral de la CAIB, argumentando la demandante que infringe el artículo 23 de la Constitución y su principio de igualdad.

Según resume la sentencia, el Gobierno Balear defendía la legalidad de esa puntuación superior porque  el Plan de Estabilidad Laboral de la convocatoria se aprobó en virtud de la disposición transitoria 8ª de la Ley balear 2/1989, que habilita para  en la fase de concurso "se valore la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria", como también habilita (pero no obliga) la disposición transitoria 4ª del Estatuto Básico del empleado público, defendiendo que la " finalidad perseguida era constitucionalmente legítima y no es arbitraria o injustificada la diferente puntuación de los servicios previos según se prestaran en la misma Administración o en otras" al tratarse de un Plan de Estabilización [de puestos que no fueron convocados  en su debido momento]

El Tribunal Supremo da la razón al Gobierno Balear afirmando directamente que  no aprecia  "infracción del artículo 23 de la Constitución" ni "una diferencia de tratamiento injustificada" en esas bases. Así argumenta: " no parece arbitrario atribuir distinta puntuación a la experiencia previa en la Administración según se haya adquirido en la misma a la que pertenece la plaza convocada o a otra diferente. Aun pudiendo haber elementos comunes entre una y otra, no cabe duda de que no es el mismo el contexto organizativo y funcional correspondiente ni de que tampoco coinciden, en principio, las competencias y funciones ni la normativa a aplicar. Por lo tanto, mediando esas diferencias no es irrazonable que también difiera la puntuación"


martes, 2 de julio de 2019

Publicados los primeros listados de aprobados de la fase de oposición de la OPE 2017 del SERMAS con plazas de "estabilización" de los puestos temporales más de 3 año: Matronas y Fisioterapeutas

Acaban de publicarse  los primeros  listados de aprobados de la  fase de oposición de  categorías de la OPE 2017  del Servicio Madrileño de Salud de "estabilización" del los puestos temporales de más de 3 años, es decir , del segundo grupo de categorías en el SERMAS  con plazas computadas fuera de tasa reposición autorizadas por el denominado "proceso de estabilización de puestos"  que se derivaba  de la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  , y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal [ más de 22 mil según el SERMAS] , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005 a los que se refiere la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia, instando a que la temporalidad quedara reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos:
En estas cateogorías, todas las plazas habían sido computadas por  "estabilización" , ypor tanto son todas de  puestos temporales más de 3 años.
 
El Plazo para presentación de méritos de la fase de concurso del 2 al 20 de septiembre de 2019

Recuérdese que las bases son las que se acordaron por gran mayoría, pero no unanimidad, en con la  Mesa Sectorial:
  • un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, 50% de peso para el concurso de méritos
  • la oposición en primer lugar y eliminatoria que se supera con el 50% de la media aritmética de las 10 notas más altas, sin limitar el número máximo de personas que superan esta fase
  • fase de concurso: 35 de los 50 puntos por experiencia profesional , contando la antigüedad en la misma categoría en otro servicio público de Salud , lo mismo que en el SERMAS  , y 15 puntos porcursos de formación acreditados
 
Nótese las elevadas puntuaciones pro antigüedad en un número mayor que las plazas convocadas, lo que hace pensar que habrá plazas de personal interino que habrán sido ganadas por personal de otras CCAAs (con el cese del interino del propio SERMAS).
 
 
 Recuérdese también que ya van más de 31 mil plazas de la Comunidad de Madrid reconocidas de más de 5 años de temporalidad y que está pendiente la OPE 2019 del Servicio Madrileño de Salud con el resto de categorías que se decida incluir, entre ellas las de los informáticos del SERMAS, como los de Urgencias también reclamantes de procesos de estabilización directos por temporalidad del 80% y ser el primer proceso selectivo que se desarrollaría para un colectivo de antigüedad generalizada muy superior, y en el que varios se encuentra con demandas judiciales a la espera de la sentencia europea, siendo el caso principal del juicio europeo justo de uno de los informáticos del SRMAS.

lunes, 24 de junio de 2019

El Supremo reitera como doctrina que el plazo de tres años para la ejecución de la oferta de empleo público del artículo 70.1 es esencial como para declarar nula una convocatoria efectuada tras ese plazo

El pasado 21 de Mayo  la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo volvía a dictar una importante sentencia , que reitera y fija como doctrina su criterio establecido en su importante sentencia de 10/12/2019 acerca de la cuestión con interés "casacional" (es decir, para fijar jurisprudencia) de  "si el plazo de 3 años en la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar para la cobertura fija de una necesidad permanente contenido en el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público tiene la consideración de un plazo esencial" (invalidante) al menos, para el caso de  ambas sentencias, de que así pueda o no considerarse una Oferta Pública en vigor cuyo resultado quede por tanto fuera o no de las restricciones de nuevo personal fijo que estableció el Estado para todas las AAPP durante varios años.

En el caso de la sentencia del Tribunal Supremo 10/12/2019  estábamos ante un recurso de casación de la Comunidad de Madrid contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que había estimado la tesis del Abogado del Estado que anulaba varias convocatorias de 2014 de oposiciones a funcionario de la Comunidad de Madrid por haber pasado más de 3 años desde su respectiva Oferta Pública de Empleo.  El Supremo confirmó la sentencia de anulación estableciendo en el caso el carácter esencial como para seguir la anulación de unas convocatorias, de dicho plazo de 3 años para desarrollar una OPE del artículo 70.1 del EBEP.

En la nueva sentencia estamos ante el recurso de casación del Ayuntamiento de Cuarte de Huerva contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón que había estimado la tesis idéntica del Abogado del Estado con respecto a la anulación de una convocatoria  de 2013 por haber transcurrido  más de 3 años de su respectiva Oferta Pública de Empleo (de 2009), entendiéndola por tanto caduca  y no poder servir para esquivar las limitaciones presupuestarias de 2013 (al no poder ya entender que su desarrollo -que incluiría nombramientos de nuevo personal fijo) era el de una OPE en vigor.

En la nueva sentencia el Tribunal Supremo se remite a su sentencia anterior y fija como doctrina su afirmación general de que "ante una prescripción legal que impone la obligación de convocar procesos selectivos para las plazas comprometidas y exige ejecutar la oferta de empleo público "en todo caso" dentro de ese margen temporal y luego añade que el plazo será improrrogable, son precisas razones muy poderosas para no deducir de esa disposición el carácter invalidante del incumplimiento del plazo"

Nótese que las convocatorias habían tenido lugar ya más de 3 años después de la publicación de la OPE, con lo que no se necesita entrar en las cuestiones diferentes adicionales de cuándo empieza a contarse el plazo de los 3 años del artículo del EBEP (si cuando la publicación de la OPE o , como se ha utilizado para la doctrina del laboral indefinido  no fijo , al final del ejercicio donde se estableció la necesidad de la cobertura fija , se publicara luego en OPE o no) o cuándo se  supone que se ha  "ejecutado" dicha OPE (¿con la mera publicación de la convocatoria?, ¿es necesario al menos la publicación de los listados definitivos de admitidos y del Tribunal? o incluso no se ha ejecutado hasta que no están publicados los nombramientos?)-

lunes, 17 de junio de 2019

Publicados los listados provisionales de más de 16 mil admitidos para 2490 plazas de las categorías en la 1ª fase de la OPE 2018 del SERMAS de "estabilización" de los puestos temporales más de 3 años

En el BOCM del pasado viernes 14/06/2019 se publicaban  los listados provisionales de admitidos a las convocatorias publicadas  en Febrero de los procesos selectivos de las categorías  incluidas en la 1ª fase de la OPE 2018 del Servicio Madrileño de Salud de "estabilización" del los puestos temporales de más de 3 años, es decir , el segundo grupo de categorías en el SERMAS  con plazas computadas fuera de tasa reposición autorizadas por el denominado "proceso de estabilización de puestos"  que se derivaba  de la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  , y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal [ más de 22 mil según el SERMAS] , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005 a los que se refiere la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia, instando a que la temporalidad quedara reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos.

En concreto, los admitidos provisionales son:

martes, 4 de junio de 2019

[Gob. Andalucía] 'La Junta acuerda la convocatoria de 2.786 plazas de empleo público para Administración General. Habrá un único examen para las opciones de acceso ordinaria y extraordinaria [de estabilización de puestos temporales más de 3 años] de las ofertas de 2017, 18 y 19' [Bases acordadas en Mesa Sectorial: 60% oposición eliminatoria, 40% méritos con 20% del total el peso de antigüedad dentro y fuera de las AAPP]

'La Junta de Andalucía ha acordado con los sindicatos con representación en la Mesa Sectorial de Administración General la convocatoria de 2.786 plazas de empleo público en dicho sector. La oferta, que se convocará en los próximos meses, corresponde a los procesos selectivos paralizados desde el año 2017. Según el acuerdo alcanzado, se acumularán las plazas de los procesos correspondientes a las ofertas de empleo público ordinaria y extraordinaria del año 2017; la oferta de empleo público ordinaria de 2018; y la oferta de empleo público extraordinaria de 2019.

Como novedad, con los objetivos de racionalizar la gestión de los recursos públicos, garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, y el reclutamiento conforme a los criterios de mérito y capacidad, se ha pactado que exista un único examen para las pruebas selectivas que se correspondan con plazas idénticas. De esta forma, se unificará el proceso en ambas opciones de acceso, ya sean ordinario o extraordinario.


viernes, 10 de mayo de 2019

Este domingo 12 de mayo, la oposición de las Ofertas Públicas de Empleo de estabilización de puestos temporales del SERMAS de las categoría de Enfermería con más de 35 mil aspirantes para 5 mil puestos temporales, casi todos de más de 5 años ocupados por temporales de muchos años que serán "cesados" sin indemnización si no quedan entre los primeros del concurso-oposición, mientras que la semana que viene se juzga en el Tribunal Europeo si convocar a OPEs estos puestos en abuso de temporalidad es una solución acorde a la Directiva europea

Este domingo 12 de mayo tendrá lugar un nuevo "examen" o fase de oposición de los procesos selectivos de las masivas Ofertas Pública de Empleo del Servicio Madrileño de Salud denominadas "de estabilización": la oposición de las categorías de Enfermero/a , en la que 33.630 aspirantes competirán por 5.266 plazas y de Enfermeros de Emergencias del SUMMA 112, en la que 1205 aspirantes competirán por 130 plazas, en ambos casos la inmensa mayoría ocupadas de forma temporal más de 3 años a 31/12/2016, es decir, son ahora  plazas temporales de más de 5 años. Sumando ambas serán casi  35 mil aspirantes para algo 5.396 plazas



Los procesos selectivos  de la categoría de Enfemero/a  y de la categoría de Enfermero/a de Emergencias del SUMMA corresponden en concreto con plazas  de la   Oferta Pública de Empleo de 2017 del SERMAS,  la primera OPE del SERMAS  con el  primer grupo de categorías con plazas ofertadas que han sido computadas (todas en algunas categorías, o su inmensa mayoría, en general) fuera de la tasa reposición y en la tasa adicional  "de estabilización de puestos", según se deriva de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, ley aprobada por el anterior Gobierno del Estado tras un polémico y previo acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos con representación en la mesa de Función Pública estatal sobre temporalidad del empleo público y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005 y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia [haciendo un total de más de 23 mil  según el SERMAS para todas las categorías], e instando a que la temporalidad quede reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos.


lunes, 8 de abril de 2019

[Gob. C. de Madrid 07/04/2019] 'Hoy se examinan en la categoría de Auxiliar Administrativo 19.057 aspirantes en la OPE sanitaria de la Comunidad de Madrid'. El objetivo de estas plazas es ofrecer a los profesionales de la sanidad madrileña la mayor estabilidad laboral posible'

[07/04/2019] 'Hoy domingo, a las 9.30 horas están llamados a la prueba selectiva en la categoría de Auxiliar Administrativo 19.057 aspirantes para las 1.747 plazas convocadas en el turno libre en esta categoría, en la Oferta Pública de Empleo (OPE) sanitaria de la Comunidad de Madrid, que ofrece 19.700 plazas para diferentes categorías. Ya se han celebrado los exámenes de matrona, fisioterapeuta y celador. Hoy están llamados los auxiliares de la función administrativa, en una prueba de 110 minutos de duración que consta de 90 preguntas y 10 más de reserva. El examen de hoy se realiza de manera simultánea en nueve facultades de las Universidades Complutense y Politécnica de Madrid en los campus de Moncloa -7 facultades- y de Somosaguas -2 facultades-.

El director general de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Pablo Calvo, ha comprobado desde primera hora de la mañana el dispositivo realizado para el correcto desarrollo del examen. Los aspirantes han tenido a su disposición un servicio localizador personalizado para comprobar el lugar exacto de la prueba: aula, edificio y hora, al que se accede consignando el número de DNI del opositor. El objetivo de estas plazas es ofrecer a los profesionales de la sanidad madrileña la mayor estabilidad laboral posible, que redunda en la calidad del servicio a los ciudadanos. Esta primera fase del proceso de estabilización continuará con el examen de la oposición de Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería, que se celebrará el próximo 27 de abril, y concluirá con el examen de Enfermeras que se celebrará el 12 de mayo.'


viernes, 5 de abril de 2019

Este domingo 7 de abril examen de oposición de las Ofertas Públicas de Empleo de estabilización de puestos temporales del SERMAS de la categoría de Auxiliares Administrativos con 19 mil aspirantes para 1747 puestos temporales, cas todos de más de 5 años ocupados por temporales de muchos años que serán "cesados" sin indemnización si no quedan entre los primeros del concurso-oposición. La Plataforma de Personal Temporal exigía un concurso de méritos que fue rechazado por la Asamblea de Madrid

Este domingo 7 de abril tendrá lugar el  "examen" o fase de oposición de los procesos selectivos de las masivas Ofertas Pública de Empleo del Servicio Madrileño de Salud denominadas "de estabilización": la oposición de la categoría de Celadores ,en la que 19.054 aspirantes competirán por 1.747 plazas, todas ocupadas por personal temporal durante más de 3 años a 31/12/2016, es decir, ahora de plazas temporales más de 5 años.


El proceso selectivo de esta categoría corresponden en concreto con plazas  de la   Oferta Pública de Empleo de 2017 del SERMAS,  la primera OPE del SERMAS  con el  primer grupo de categorías con plazas ofertadas computadas (todas en algunas categorías, o su inmensa mayoría, en general) fuera de la tasa reposición por la tasa adicional  "de estabilización de puestos"  según se deriva de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, ley aprobada por el anterior Gobierno del Estado tras un polémico y previo acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos con representación en la mesa de Función Pública estatal sobre temporalidad del empleo público y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005 y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia [ haciendo un total de más de 23 mil  según el SERMAS], e instando a que la temporalidad quede reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos.


miércoles, 3 de abril de 2019

Publicada la Ofertas de Empleo Público del Estado de 2019 general - no de "estabilización"- pero sí con puestos de indefinidos no fijos. 840 plazas de acceso libre de los cuerpos de informática del Estado

El  Boletín Oficial del Estado de ayer 02/04/2019 publicó el  Real Decreto de la Oferta de Empleo Público para 2019 "normal" o general de la Administración Pública del Estado de N plazas (M plazas de turno libre y P de Promoción Interna), plazas todas ellas computadas de la tasa de reposición de efectivos , fijada en un 75% general y un 100% en algunos sectores por en el artículo 19.Uno.3 de la ley de Presupuestos Generales del de 2018 más un 5% adicional general por el artículo 19.Uno.4, que permite una pequeña creación neta de empleo. Aunque aparte están  el  Decreto ya publicado  de la  Oferta de Empleos Público de estabilización derivada de esa misa ley de Presupuestos de 2018 ya publicado , y que incluía los puestos temporales de más de 3 años anteriores a 31/12/2017 de los sectores que no fueron incluidos en las OPEs previas de estabilización derivadas de la ley de Presupuestos 2017 (que se aplicaba sólo a varios sectores en cuanto a los temporales de más de 3 años), hay que destacar que esta  OPE 2019 general lleva una Disposición Adicional por la que incluye los puestos del personal "indefinido no fijo por sentencia" de la AGE y sus entes, habilitando a que las convocatorias de procesos selectivos de estos puestos puedan ser conjuntas con la de los puestos "normales"  o por tasa de reposición e inferiores a 4 años del resto del Decreto.

En el Decreto  se establece que las convocatoria de esta OPE "normal" deberán realizarse de conformidad con la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, sobre las  bases comunes de los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado.

lunes, 18 de marzo de 2019

[CSIT-UP] Borrador a falta de Mesa General de Empleados Públicos de la primera Oferta de Empleo Público 2019 de la Comunidad de madrid, [2700 plazas de docentes de "estabailización". Sin plazas por el momento para Sanidad, cuya OPE 2019 y última fase prevista de OPE de estabilización se pospone a después del verano]

Informa CSIT-UP este 15/03/2019 que en la reunión del día anterior de la Mesa Técnica de Selección de personal funcionario y personal laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid, quedó visto el borrador de Decreto de Oferta de Empleo Público de 2019, cuya negociación se cerrará definitivamente en la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos, prevista para mediados de esta semana, y que dará lugar al primer Decreto de OPE 2019 de la Comunidad de Madrid que se publicará en el año, dado, que, según CSIT-UP, NO incluiría todavía  plazas de personal estatutario del SERMAS o de Sanidad, cuya oferta se posponeprevisiblemente para después de verano, en un nuevo Decreto [y que llevaría la última fase prevista de plazas a incluir en la OPE de estabilización previstas, y que se sumarían a las ya  ofertadas en las OPE 2017 y OPE 2018 del SERMAS -ver  un reciente resumen de la situación de sus convocatorias aquí].


Informa CSIT que el borrador de decreto de OPE actual, a falta de la negociación en la Mesa General, incluye como es habitual últimamente  tres anexos con estos números de plazas:
    • El anexo III o de "OPE de estabilización" que incluye exclusivamente este año:
      • 2.700 plazas de  personal docente [recordemos que con los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/2016 según ley nacional de PGE17, y que se suman a las 4.057 de docentes ya incluidas en la OPE 2017 , para alcanzar un total de 6.757 plazas docentes reconocidas permaneciendo temporales más de 3 años en la Comunidad de Madrid, por tanto
      • 4 plazas de personal laboral de la Administración de la CM [en principio para el personal laboral y funcionario de la Administración de la C.M. ya se habían contabilizado casi todas las que iban a "estabilización" por ser de temporales de más de 3 años  entre los Anexos III de la OPE 2017 (con 3.866  de personal laboral y 342 de funcionarios interinos) y la OPE 2018 (2.914 de personal laboral  y 882 de personal funcionario]

        .

domingo, 10 de marzo de 2019

Publicadas las convocatorias conjuntas del Cuerpo de Maestros de la OPE 2017 de estabilización de puestos y OPE 2018 de reposición de la Comunidad de Madrid: concurso oposición con la antigüedad computando entre un 15% y un 35%

Acaba de publicarse en el BOCM (nº 57, de 8 de marzo) la convocatoria conjunta de proceso selectivo, a Maestros de la Comunidad de Madrid de las 2.424 plazas de la OPE de estabilización 2017 de la Comundiad de Madrid  , según lo recogido en la  ley nacional de Presupuestos Generales del Estado de 2017, y las 934 de reposición de su OPE 2018, para hacer un total de 3.358 plazas que se convocan bajo la fórmula de concurso-oposición respetando las bases respetando las bases comunes fijadas desde el Estado, tal y como establece  la Ley Organica 2/2006 de Educacion.

En concreto, las bases , que fueron fijadas en el Real Decreto 276/2007  y su modificación para estos proceso de 23/02/2019 por el Real Decreto 84/2018, consisten
  • concurso-oposición con la oposición eliminatoria y peso relativo en la puntuación total50/50
  • fase de oposición con 2 pruebas eliminatorias que se superan con la mitad de la puntuación
  • fase de méritos  con hasta 7 puntos de antigüedad y otros 7 puntos por formación  y otros méritos con un máximo de 10 (lo que supone que la antigüedad computa entre un 15% y un 35% del total)

sábado, 9 de marzo de 2019

Este domingo 10 de Marzo tercer examen de oposición de las Ofertas Públicas de Empleo de estabilización de puestos temporales del SERMAS: Celadores con casi 19 mil aspirantes para 1513 puestos temporales, cas todos de más de 5 años ocupados por temporales de muchos años que serán "cesados" sin indemnización si no quedan entre los primeros del concurso-oposición. La Plataforma de Personal Temporal exigía un concurso de méritos que fue rechazado por la Asamblea de Madrid

Este domingo 10 de marzo tendrá lugar  el que va  a ser, tras los de Matronas y Fisioterapeutas, el tercer "examen" o fase de oposición de los procesos selectivos de las masivas Ofertas Pública de Empleo del Servicio Madrileño de Salud denominadas "de estabilización": la oposición de la categoría de Celadores ,en la que  18.799 aspirantes competirán por 1.513 plazas, todas ocupadas por personal temporal durante más de 3 años a 31/12/2016, es decir, ahora de plazas temporales más de 5 años.




El proceso selectivo de esta categoría corresponden en concreto con plazas  de la  Oferta Pública de Empleo de 2017 del SERMAS,  la primera OPE del SERMAS  con el  primer grupo de categorías con plazas ofertadas computadas (todas en algunas categorías, o su inmensa mayoría, en general) fuera de la tasa reposición por la tasa adicional  "de estabilización de puestos"  según se deriva de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, ley aprobada por el anterior Gobierno del Estado tras un polémico y previo acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos con representación en la mesa de Función Pública estatal sobre temporalidad del empleo público y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005  y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia [ haciendo un total de más de 22 mil  según el SERMAS], e instando a que la temporalidad quede reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos.



En el caso particular de la convocatoria 2018 de esta categoría de Celadores (de la OPE 2017 del SERMAS)  las 1.513 plazas convocadas (106 reservadas a discapacidad)  204 han sido computadas de la tasa de reposición  y 1.309 plazas por la parte de la tasa adicional de estabilización, habiendo sido computados 1.281 plazas por el concepto del 90% de puestos temporales más de 3 años a 31/12/2016 y 12 por el de puestos temporales desde antes de 1 de Enero de 2005 (es decir ¡más de 14 años! y 16 son de "indefinidos no fijos" por sentencia).  Por tanto casi todos los puestos convocados llevan temporales más de 5 años en la actualidad y algunos de ellos más de 15.



martes, 26 de febrero de 2019

[El Diario] El Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón a la Universidad Complutense en sus convocatorias de procesos de consolidación de plazas interinas anteriores a 2005 de personal funcionario de administración y servicios con la fase de méritos casi sólo por la antigüedad en los propios puestos convocados. [El juzgado de primera instancia había sentenciado la anulación de las oposiciones por favorecer demasiado a los interinos cuyos puestos en fraude de ley por abuso de temporalidad son los que se convocan tras muchos años]

Informa El Diario este 25/02/2019 que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón a la Universidad Complutense de Madrid en su recurso de apelación contra la  sentencia de un Juzgado de Madrid que declaró nulas las convocatorias del "proceso de consolidación"  de sus plazas interinas anteriores a 2005 de personal funcionario de administración y servicios por favorecer demasiado en méritos a los interinos cuyos puestos son los que se convocaban tras años sin hacerlo, estimando la demanda de un particular, el funcionario andaluz y también abogado  Wenceslao Alonso. Previamente el mismo juzgado había aceptado la suspensión cautelar solicitada  del proceso selectivo, razón por la que a día de hoy siguen paralizadas judicialmente.


[Recordemos que la Universidad había convocado estos puestos según la Disposición Transitoria 4ª de Procesos de Consolidación del Estatuto Básico del Empleado Público o EBEP [1] , una vez que el uso de esta Disposición fue permitido por la ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 para la totalidad de los puestos interinos anteriores a 2005 en cualquier Administración Pública sin estar afectados límites de tasa de reposición. (Sorprendentemente en esa misma ley y con el acuerdo de los sindicatos , no se aprovechaba para actualizar la fecha de los procesos de consolidación del EBEP de 2005 a 2015 sino que se e estipulaba que para los temporales de más de 3 años se habilitaba a que las AAPP convocaran en OPEs convencionales sus puestos).

Así, el punto 3ª de dicha Disposición Transitoria 4ª del EBEP dice "podrá valorarse, entre otros méritos [...]  la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria" , posibilidad que por otro parte parece del todo  razonable si es que se trata de un proceso que merezca el nombre de  de procesos de "consolidación".

miércoles, 20 de febrero de 2019

Recordatorio. [Gabinete Araúz de Robles] 'Estado de tramitación de las cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea' [Observaciones de la Comisión Europea a la demanda de fijeza del informático del SERMAS interino más de 17 años: la transformación a fijo es adecuada a la normativa europea]

[Recordatorio de entrada publicada el 11/10/2018'En relación con las cuestiones prejudiciales planteadas por los Juzgados de lo Contencioso Administrativo 8 y 14 de Madrid al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el despacho Araúz de Robles, informa de lo siguiente:





PRIMERO.- En cuanto a la cuestión prejudicial suscitada por el Juzgado número 14, se está tramitando por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) bajo el número de asunto prejudicial C-429/18, habiendo dado traslado la Secretaría del Tribunal a las partes del plazo de dos meses para formular Observaciones escritas en resolución de fecha 31 de julio,
plazo éste que venció el 10 de octubre de 2018.
 

Ya hemos formulado Observaciones escritas en nombre de las odontólogas estatutarias temporales recurrentes que acreditaban entre 8 y 17 años de servicios continuados en el SERMAS, por lo que en breve se nos dará traslado de las Observaciones escritas formuladas, tanto por la Comisión Europea, como por el Reino de España y por la Comunidad de Madrid.



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SEGUNDO.- En cuanto a la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado nº 8, que se está tramitando por el TJUE bajo el número de asunto prejudicial C-103/18, el Tribunal nos ha dado traslado de las Observaciones escritas presentadas en este asunto por la Comisión Europea, en las que dicha Comisión viene a manifestar, en la línea que defendemos nosotros, lo siguiente:


a) Que el incumplimiento por parte del empleador público de su deber de incluir la plaza vacante ocupada por el trabajador temporal en la oferta de empleo público del año siguiente a su nombramiento, de conformidad con el art. 10.4 EBEP, y en el plazo improrrogable de 3 años, de conformidad con el art. 70.1 EBEP, supone una violación de la Cláusula 5 del Acuerdo marco, en la medida que permite la sucesión de contratos temporales o perpetúa la temporalidad, y por tanto, conlleva una utilización abusiva de la contratación temporal para cubrir necesidades estables y permanentes

b) Que a pesar de que tal examen corresponde al juez nacional, en el asunto que nos ocupa, a la vista de la duración extraordinariamente larga del vínculo laboral (17 años repartidos en -al menos- dos relaciones de interinidad) entre el Sr. Sánchez y el Servicio Madrileño de Salud, a la Comisión le parece evidente que en este caso dicho trabajador está atendiendo necesidades de carácter estable y permanente
 
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Recordatorio. El Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad puede ser una solución del fraude de ley adecuada a la normativa europea, por una demanda de odontólogos del SERMAS, temporales durante más de 15 años sin convocatorias, en un juzgado de Madrid que también cuestiona ante el tribunal europeo la figura del indefinido no fijo - "se cambia temporalidad por temporalidad" - y se suma a la pregunta previa sobre si conceder fijeza que ya está en el Tribunal de Justicia Europeo, además de preguntar por una indemnización suficiente y realmente importante en caso contrario

[Recordatorio de entrada publicada el 15/11/2018] 'El pasado 15/10/2018 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la importante "petición de decisión (o cuestión) prejudicial" al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE] que había presentado el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid  el pasado 8 de Junio de 2018 como ya avanzamos aquí, por una demanda de fijeza de empleados públicos temporales "en fraude de ley" por abuso de temporalidad de su administración pública, en concreto, por una demanda de 5 odontólogas estatutarias del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] de la Comunidad de Madrid. Ha quedado bajo el Asunto C-429/18 

De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE (bajo el Asunto C-429/18 "Fernández Álvarez y otros") una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas de 2016,  que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia europeo que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"]  podría  tener consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad  con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"],  de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los  ámbitos  estatal, regional y local, si bien el camino para lograr algo "en firme" podría ser largo si la aplicación del juzgado que presentó la cuestión de una sentencia supuestamente europea favorable es luego recurrida por la Comunidad de Madrid hasta incluso el Supremo. Sin duda, también debería efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mucho mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición en cuanto a algo firme conseguido para la cuestión de la fijeza.




Recordemos que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 14 de Madrid  planteaba   al Tribunal Europeo [ver auto judicial] , dentro del procedimiento judicial P.A. 125/2017 de 5  Facultativos Especialistas de Odontología del Servicio Madrileño de Salud,  que presentaron la demanda con el despacho Araúz de Robles  a iniciativa del sindicato médico AMYTS, t, entre varias importantes cuestiones, su cuestionamiento de si , como ha planteado el Gobierno del Estado tras el acuerdo sindical nacional y también defiende la Comunidad de Madrid, que se convoquen a Ofertas de Empleo Público Temporal "convencionales" los puestos estatutarios de temporales de más de 2 o 3 años pueda considerarse la medida adecuada que la ley europea exige debe existir para "sancionar" a la administración y compensar al personal en situación de abuso de temporalidad , como es evidentemente la situación de estos odontólogos estatutarios temporales en el mismo puesto en su Centro de Salud entre 12 y 18 años, con nombramientos tanto interinos de vacante, de sustitución o eventuales (en un caso, ¡concatenando 227 nombramientos!) sin mediar proceso selectivo alguno hasta un concurso-oposición en 2015, donde además primaba la fase de oposición.

viernes, 15 de febrero de 2019

Publicadas las convocatorias de la primera fase de categorías de la OPE 18 de estabilización del SERMAS con las mismas bases las que se hicieron por la OPE 2017, incluyendo las de médicos de Atención Primaria, Urgencias y SUMMA: oposición eliminatoria maś concurso de méritos con un 35% de peso de la antigüedad con los puestos temporales ya más de 5 años


En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de ayer 14/02/201 se publicaba una nueva tanda de convocatorias de los procesos selectivos de las masivas Ofertas Pública de Empleo del Servicio Madrileño de Salud denominadas "de estabilización" - de estabilización de puestos- derivadas a su vez del artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, ley aprobada por el anterior Gobierno del Estado tras un polémico y previo acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos con representación en la mesa de Función Pública estatal sobre temporalidad del empleo público y que autorizaba a sacar en las  Ofertas Públicas de Empleo de 2017 a 2018 sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005  y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia [ lo que supondría un total de más de 22 mil empleados según el SERMAS], e instando la ley a que la temporalidad quede reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos. (Luego un segundo acuerdo sindical con el Gobierno nacional extendería esta posibilidad  vía el artículo 19 de a Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018  todos los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/2017 ya de todos los sectores y AAPP).

Así ya se ha habían incluido  11.664 plazas de un primer grupo de 7 categorías en la Oferta Pública de Empleo 2017 del SERMAS,  cuyas convocatorias respectivas ya fueron publicadas en Junio de 2018 , habiéndose realizado incluso el examen de una categoría, la de Matronas, siendo el siguiente este mismo fin de semana para Fisioterapeutas.

En la Oferta Pública de Empleo de 2018 del SERMAS publicada recientemente  se incluían 4.792 plazas más de otras categorías informando el Dir. Gral de RRHH en la última mesa sectorial de Sanidad que divídíanen 3 grupos o "fases" en cuanto a su cronograma