La Diputación de León ha publicado este 23/03/2020 un anuncio con su Acuerdo de 13/03/2020 por el que "desiste" de 5 procesos selectivos que tenían plazas de su Oferta de Empleo Público de 2016,
publicada el 18/07/2016, por "haber superado el plazo de 3 años
establecido en el art. 70 del Estatuto Básico del Empleado Público"
[EBEP] en la publicación de las convocatorias de los procesos
selectivos, que tuvo lugar en fechas de 19/08/2020 y 30/08/2020,
entendiendo por tanto que ese plazo opera de forma invalidante computado
entre la publicación de la Oferta de Empleo Público [OPE] y la convocatoria del proceso selectivo en síl con plazas de dicha
OPE.
Recordemos a este respecto que el año pasado, el Tribunal
Supremo reiteró como su doctrina que el plazo de tres años para la
ejecución de la oferta de empleo público del artículo 70.1 del EBEP es esencial
como para declarar nula una convocatoria efectuada tras ese plazo, y que
recientemente el alto tribunal español matizó ante el recurso de una interina
cesada por una convocatoria publicada más de 3 años después de la OPE,
que ese plazo de tres años del EBEP -a efectos jurídicos- es, en cuanto a
la "ejecución" de una oferta de
empleo público publicada, esencial como para declarar nula una
convocatoria efectuada tras ese plazo pero no afecta al resultado de
los
procesos selectivos derivados, en especial los nombramientos de personal
fijo ni los ceses de los interinos de las plazas afectadas ,
concediendo a cambio al interino una indemnización -algo modesta eso sí-
como "única" consecuencia.