Informa La Cerca Noticias de Castilla-la Mancha este 26/03/2019 que el Grupo Parlamentario Podemos, a petición
de representantes de colectivos de interinos agrupados en la Plataforma
de Interinos de Castilla-La Mancha , ha anunciado que va a registrar
en las Cortes de Castilla-La Mancha dos
proposiciones de ley de concursos
extraordinarios de méritos para consolidar el empleo de los trabajadores
de larga duración de los ámbitos sanitario y educativo de Castilla-La
Mancha. La diputada de Podemos María Díaz ha denunciado que "lo que
debería ser una
situación excepcionalidad, la temporalidad, se ha venido convirtiendo en
lo ordinario en la administración pública en general"
Blog de APISCAM
ATAJOS:"Entradas importantes", "Entradas nuestras"
(feed) y canal de "Informática sanitaria"(feed). Entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia (Supremo y TJUE) y sobre jurisprudencia pendiente
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miércoles, 27 de marzo de 2019
martes, 26 de marzo de 2019
[PiCLM] 'La Plataforma de Interinos entrega a Podemos la Ley para la estabilización de trabajadores públicos temporales contratados en fraude de ley en sanidad y educación'
'Este martes 26 de marzo convocamos a los medios de comunicación a partir de las 12:45 en las Cortes de Castilla-La Mancha (Toledo) donde tendrá lugar la presentación de la Ley de Concurso Extraordinario de Méritos para
la estabilización de miles de trabajadores y trabajadoras de la
Administración Pública, que mantienen una relación contractual temporal
en fraude de ley, según indican las sentencias de jueces españoles y el
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Los portavoces de la Plataforma de Interinos de Castilla-La Mancha y del sindicato Solidaridad Obrera del SESCAM, tras reunirse con elvicepresidente segundo, José García Molina y la diputada regional de Podemos María Díaz, atenderán a los medios de comunicación para explicar la entrega de las dos leyes de estabilización: una para sanidad y otra para educación. De la misma forma, un proyecto de Ley como los que nos ocupan ya fue votado a iniciativa de Podemos en la Asamblea de Madrid el pasado 7 de febrero 2019.
Los portavoces de la Plataforma de Interinos de Castilla-La Mancha y del sindicato Solidaridad Obrera del SESCAM, tras reunirse con elvicepresidente segundo, José García Molina y la diputada regional de Podemos María Díaz, atenderán a los medios de comunicación para explicar la entrega de las dos leyes de estabilización: una para sanidad y otra para educación. De la misma forma, un proyecto de Ley como los que nos ocupan ya fue votado a iniciativa de Podemos en la Asamblea de Madrid el pasado 7 de febrero 2019.
lunes, 25 de marzo de 2019
Recordatorio. El Tribunal Supremo se reitera en su sentencia de 18/12/2018 y confirma aplicando la Directiva Europea de empleo temporal el derecho de otro estatutario interino (del Instituto Catalán de Salud ) a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo por mucho que la exclusión del temporal la recojan la normativa local y los acuerdos sindicales, que quedan desplazados por la normativa europea. Había demandado el rechazo de su solicitud personal de carrera profesional. El Alto Tribunal español dice que ya es su doctrina que la carrera profesional es una condición de trabajo sobre la que cae la obligación de la aplicación directa de la Directiva europea
[Recordatorio de entrada publicada el 9 de marzo de 2019]
La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de
personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal
estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia el 21/02/2019 en un recurso de casación (número 1805/2017) que reitera, calificándolo de su doctrina, lo que ya estableció en su trascendental sentencia de 18/12/2018 : el derecho de un empleado público estatutario temporal del
Instituto de Salud Catalán [ISC] a la carrera profesional sin discriminación
alguna con el personal estatutario fijo del mismo ISC, aplicando la Directiva europea
de empleo
temporal 1999/70/CE (cláusula 4ª del Acuerdo marco incluido allí), tras el recurso del temporal a la denegación de su solicitud ordinaria de la carrera profesional, y sin importar (ni
necesidad de exigir al interino de haberlas recurrido) ni la normativa regional ni el acuerdo sindical que le excluían de la
carrera como temporal
Resulta evidente la jurisprudencia que ya se puede considerar establecida (ante demandas judiciales en tribunales inferiores) totalmente favorable para el derecho de la carrera profesional (horizontal) en igualdad de
condiciones que el personal fijo. por parte del personal estatutario temporal
de larga duración de los Servicios de Salud (y en en general de
cualquier funcionario interino de las Administraciones Públicas, por serle exactamente de igual aplicación la
argumentación utilizada), que demande judicialmente "simplemente" una
solicitud de carrera profesional que haya realizado como la haría
cualquier fijo y que se le haya sido rechazada por su administración
pública porque la normativa vigente en dicha
administración excluye al temporal.
XVI Jornadas Técnicas de la Asociación de Informáticos de Instituciones Sanitarias de Castilla y León el 5 y 6 de Abril en Valladolid sobre seguridad y protección de datos en el SACYL
La Asociación de Informáticos de Instituciones Sanitarias de Castilla y León [AIISCYL] organiza los próximos 5 y 6 de Abril en Valladolid las XVI Jornadas Técnicas , este año con el tema "Protección de Datos y Seguridad de la Información en Sacyl"
[Pi ClM] La Plataforma de Interinos de Castilla-La Mancha completa la campaña para solventar la temporalidad abusiva en los servicios públicos de la comunidad mediante una propuesta de Ley de Concurso extraordinario de Méritos
'La Plataforma de Interinos de Castilla-La Mancha, junto con otras asociaciones, organizaciones, sindicatos y personas individuales, acabamos de recaudar, en tan solo dos semanas y de forma colaborativa, el presupuesto necesario para la redacción de una Ley de concurso extraordinario de méritos en el Servicio de Salud de Salud y la Consejería de Educación de Castilla-La Mancha.
El propósito de esta Ley es solventar la situación de precariedad y abuso de la temporalidad que sufren miles de trabajadores y trabajadoras interinos y eventuales de las administraciones, temporales precarios durante lustros y décadas, situación que tanto la Unión Europa como los jueces españoles dictaminan como fraude de ley por incumplir la legislación.
En Castilla-La Mancha un 28,3% de la plantilla del SESCAM y un 26,5% del Cuerpo de Maestros y Enseñanzas Medias de Educación ejercen con un contrato temporal. Esta Ley es una propuesta que ahorrará al estado millones en sanciones e indemnizaciones por el abuso de temporalidad que han cometido con muchos trabajadores.
El propósito de esta Ley es solventar la situación de precariedad y abuso de la temporalidad que sufren miles de trabajadores y trabajadoras interinos y eventuales de las administraciones, temporales precarios durante lustros y décadas, situación que tanto la Unión Europa como los jueces españoles dictaminan como fraude de ley por incumplir la legislación.
En Castilla-La Mancha un 28,3% de la plantilla del SESCAM y un 26,5% del Cuerpo de Maestros y Enseñanzas Medias de Educación ejercen con un contrato temporal. Esta Ley es una propuesta que ahorrará al estado millones en sanciones e indemnizaciones por el abuso de temporalidad que han cometido con muchos trabajadores.
jueves, 21 de marzo de 2019
[El Diario de Léon] La huelga de informáticos temporales del Sacyl bloquea los sistemas de hospitales y centros de salud al coincidir con una actualización de la HCE del SACYL
Informa El Diario de León este 21/03/2019
y otros medios regionales que el seguimiento de la huelga anunciada del
centenar de informáticos temporales del SAcyl tras una actualización
del programa de Historia Clínica Electrónica Medria han provocado el
bloqueo de la Historia Clínica Electrónica en hospitales y centros de
salud siendo imposible durante una parte de la mañana pedir cita, acceder a historias clínicas ni a recetas
electrónicas.
Los informáticos realziaron una concentración ante la Consejería de Sanidad en Valladolid [de notable éxito de asistencia]
Imagen: AIISCYL |
miércoles, 20 de marzo de 2019
[AIISCYL] 'Los Informáticos Temporales de Sacyl se adhieren a la huelga por la estabilidad laboral y convocan una concentración en la puerta de la Consejería de Sanidad'
'La Asociación de Informáticos de Instituciones
Sanitarias de Castilla y León (AIISCYL) se unirá mañana jueves 21 de
marzo de 2019 a la huelga convocada por SUT (Solidaridad y Unión de
Trabajadores).
Y
realizaremos una concentración convocada por la Asociación de
Informáticos de Instituciones Sanitarias de Castilla y León (AIISCYL) a
las puertas de la Consejería de Sanidad de la Comunidad, a las 12:00,
para protestar ante el riesgo de despido que supone la Oferta de Empleo
Público de Castilla y León "de estabilización" que pone en peligro los
puestos de trabajo que venimos desempeñando los empleados públicos
temporales desde hace muchos años.
AIISCYL
está integrada por 110 informáticos de Sacyl de los cuales el 90% está
contratado de manera temporal desde hace más de 3 años, por lo tanto en
situación de “fraude de ley” y llegando en la mayoría de los casos a
superar los 10 años de antigüedad. Este colectivo no ha tenido nunca la
oportunidad de acceder de forma regular a las plazas en propiedad ya que
no se ha convocado jamás un proceso de oposición de las plazas de
informática de Sacyl.
[El Diario Montañés] El Servicio Cántabro de Salud se disculpa por el fallo informático en los hospitales
Informaba El Diaro Montañés del pasado 17/03/2019 que el Gerente del Servicio Cántabro de Salud "ha pedido disculpas a profesionales y pacientes" por el fallo informático del servicio cántabro de salud del
pasado 14 de Marzo que dejó sin acceso a la Historia Clínica
Electrónica de los pacientes en todos los hospitales durante 3 horas , y ha afirmado que " estamos trabajando para que esto no se repita"
martes, 19 de marzo de 2019
[Zamora24h 13/03/18] Los Informáticos del Servicio de Salud de Castilla y León, el 90% temporales de larga duración, acudieron a la concentración ante las Cortes de la CCAA para reclamar estabilidad laboral
Informaba Zamora 24 horas el pasado 13/03/2018 que la Asociación de Informáticos de Instituciones Sanitarias de Castilla y León [AIISCYL] se sumó a la concentración convocada por la Asociación de Laborales Indefinidos de Castilla y León el día anterior (AliCyL) ante las Cortes de la Comunidad
para protestar por el riesgo de despido que supone la Oferta de Empleo Público de Castilla y León "de estabilización",
en las que está prevista [en su última edición de 2019] la inclusión de sus puestos temporales de más
de años, que suponen el 90% del total de110 informáticos del Servicio de Salud de Castilla y Léon, dado que nunca se convocaron proceso de oposición alguno de sus puestos- ; y para exigir una "medida de justicia que evite los despidos innecesarios, costes
en indemnizaciones para la Administración y mantenga estable a una
plantilla y su experiencia".
viernes, 15 de marzo de 2019
[Diario de Cantabria] Caída del sistema informático del servicio cántabro de salud deja sin acceso a la HCE durante 3 horas
Informa el Diario de Cantabria este 14/03/2019 que los servicios informáticos del Servicio Cántabro de Salud dejaron de funcionar afectando a todos los hospitales durante 3 horas aproximadamente desde las 9:00 hasta las 12:00 horas
con lo que no se podía consultar
los historiales clínicos o las listas de espera, según el sindicato UGT, tras un fallo causado por la “actualización del programa TICARES", denunciando el sindicato que no exista protocolo ante estas situaciones.
jueves, 14 de marzo de 2019
El Tribunal Supremo, reiterando su sentencia de 18/12/2018 , calificada de "doctrina" en la segunda de 21/02/2019, vuelve a confirmar el derecho de un tercer estatutario interino del Instituto Catalán de Salud a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo por mucho que la exclusión del temporal la recojan la normativa autonómica local y los acuerdos sindicales, que quedan desplazados por la normativa europea. Había demandado simplemente el rechazo de su solicitud personal de primer nivel de carrera profesional
La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de
personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal
estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo vuelve ha dictar una nueva sentencia, de 2502/2019 en un recurso de casación (número 4336/2017) reiterándose una vez más en lo que ya estableció en su trascendental sentencia de 18/12/2018 : el derecho de un empleado público estatutario temporal (en concreto interino) del
Instituto de Salud Catalán [ISC] a la carrera profesional sin discriminación
alguna con el personal estatutario fijo del mismo ISC, aplicando la Directiva europea
de empleo
temporal 1999/70/CE (cláusula 4ª del Acuerdo marco incluido allí), tras el recurso del temporal a la denegación de su solicitud ordinaria de la carrera profesional, y sin importar (ni
necesidad de exigir al interino de haberlas recurrido) ni la normativa regional ni el acuerdo sindical que le excluían de la
carrera como temporal
De hecho, en la anterior y segunda sentencia , calificándolo ya de "su doctrina" , el Tribunal supremo, repetía las conclusiones de primera:
Resulta evidente la jurisprudencia que ya se puede considerar establecida (ante demandas judiciales en tribunales inferiores) totalmente favorable para el derecho de la carrera profesional (horizontal) en igualdad de
condiciones que el personal fijo. por parte del personal estatutario temporal
de larga duración de los Servicios de Salud (y en en general de
cualquier funcionario interino de las Administraciones Públicas, por serle exactamente de igual aplicación la
argumentación utilizada), que demande judicialmente "simplemente" una
solicitud de carrera profesional que haya realizado como la haría
cualquier fijo y que se le haya sido rechazada por su administración
pública porque la normativa vigente en dicha
administración excluye al temporal.
- la carrera profesional horizontal está incluida sin duda en las condiciones de trabajo , sobre las que la Directiva europea prohíbe toda discriminación entre personal fijo y temporal
- que existe discriminación del personal estatuario interino con respecto al fijo en el Acuerdo de la Mesa Sectorial catalán que la establecía para el personal fijo
- y que este tipo de personal, estatutario interino, no puede ser excluido de la carrera profesional (ni de su reconocimiento ni de su cobro)
sentenciando
en consonancia la desestimación del recurso del ICS, quedando
confirmada por tanto la sentencia que obliga al ICS a que admita y trate, en
exacta igualdad de condiciones que el fijo, la solicitud de nivel de
carrera profesional de este estatutario interino
martes, 12 de marzo de 2019
[SES] 'Un software integrado en JARA gestionará el triaje de las urgencias hospitalarias'
'El Servicio Extremeño de Salud (SES) ha formalizado esta
semana el contrato para la integración en el sistema JARA de un
software de triaje estructurado que durante los próximos meses se
implantará en todos los servicios de Urgencia Hospitalaria del SES.
El triaje es un proceso que gestiona cinco niveles de prioridad a partir del grado de urgencia del paciente, partiendo de que “lo urgente no siempre es grave y lo grave no es siempre urgente”, según describe la literatura científica. Esto permite clasificar a los pacientes según el grado de la urgencia.
El triaje es un proceso que gestiona cinco niveles de prioridad a partir del grado de urgencia del paciente, partiendo de que “lo urgente no siempre es grave y lo grave no es siempre urgente”, según describe la literatura científica. Esto permite clasificar a los pacientes según el grado de la urgencia.
[Tribuna Salamanca/AIISCYL] Trabajadores laborales indefinidos [no fijos] de Castilla y León e informáticos de su servicio de salud protestarán hoy #NoSomosDeUsaryTirar en sus Cortes contra las Ofertas Públicas de Empleo convencionales de sus puestos temporales hasta más de 15 años
Informa Tribuna Salamanca este 11/03/2019 que la Asociación de Laborales Indefinidos de Castilla y León (AliCyL) [que agrupa a indefinidos "no fijos" por sentencia de esa CCAA]
ha
convocado una concentración para hoy a partir de
las 17.00 horas, a las puertas de las Cortes de la Comunidad para
protestar ante el riego de despido que supone a su juicio la Oferta de Empleo Público para 2018 de Castilla y León "de estabilización" [ que junto con las pendientes convocarán los puestos de los temporales de más de 3 años según instan las leyes de Presupuestos Generales de 2017 y de 2018] , que "pone en peligro casi 2.000 puestos de trabajo que vienen
desempeñando empleados públicos temporales desde hace más de 15 años"
, que son los que se convocan en esa OPE , calificada de "ERE encubierto" exigiendo "una
medida de justicia" que evite los despidos innecesarios, costes
en indemnizaciones para la Administración y mantenga estable a una
plantilla y su experiencia.
Por otro lado, la Asociación de Informáticos Instituciones Sanitarias de Castilla y León [AIISCYL] ha anunciado que,
ante la
inclusión prevista de sus puestos -casi todos temporales dado que nunca han
tenido proceso de oposición alguna- en dichas OPE de "estabilización"
del SacyL, se unen a esta concentración para exigir una solución de estabilidad del personal.
[Recordemos que las bases elegidas por el Sacyl en casos como las categorías de Celadores o de Auxiliares Administrativos para esos procesos de "estabilización" de puestos consisten en un concurso oposición primando la oposición en un 60%, eliminatoria, y además limitando en número de 2.5 por plaza el paso a la fase del concurso de méritos, donde se valora la antigüedad en el puesto que se convoca igual que en cualquier otro puesto de la misma categoría de cualquier otra AAPP suponiendo sólo 1/4 de la puntuación total.]
[Recordemos que las bases elegidas por el Sacyl en casos como las categorías de Celadores o de Auxiliares Administrativos para esos procesos de "estabilización" de puestos consisten en un concurso oposición primando la oposición en un 60%, eliminatoria, y además limitando en número de 2.5 por plaza el paso a la fase del concurso de méritos, donde se valora la antigüedad en el puesto que se convoca igual que en cualquier otro puesto de la misma categoría de cualquier otra AAPP suponiendo sólo 1/4 de la puntuación total.]
lunes, 11 de marzo de 2019
El Tribunal Supremo traslada las conclusiones de su sentencia de 18/12/2018 para estatutario interino de Servicio de Salud a todos los tipos de empleados públicos: sentencia en un caso de la Administración Balear aplicando la Directiva Europea de empleo temporal el derecho del funcionario interino y el laboral temporal a la carrera profesional sin discriminación alguna con el fijo por mucho que la exclusión la recojan un acuerdo sindical y la norma autonómica de carrera profesional. El Supremo además declara nula la exclusión del temporal en la norma para el personal temporal de la Administración Balear
El Sindicato STEI ha informado hoy 11/03/2019 de una nueva y e importante sentencia , de 06/03/2019, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que
en un recurso de casación (número 2595/2017 ) sobre personal funcionario
interino y personal laboral temporal de la Administración de las Islas
Baleares traslada, calificándolo de su doctrina las conclusiones alcanzadas en su trascendental sentencia de 18/12/2018 ampliamente comentada aquí entonces para un estatutario temporal de Servicio Público de Salud temporal:
- el derecho del empleado público temporal a la carrera profesional sin discriminación alguna con el personal fijo de la misma Administración Pública, aplicando la Directiva europea de empleo temporal 1999/70/CE (cláusula 4ª del Acuerdo marco incluido allí), por mucho que la exclusión o discriminación del temporal la recojan una normativa local o regional y acuerdos sindicales, que quedan desplazados por la normativa superior europea de aplicación directa, al considerar el Alto Tribunal que la carrera profesional son "condiciones de trabajo" sobre la que cae la obligación de la aplicación directa de la Directiva europea . superior a toda norma nacional o local
sábado, 9 de marzo de 2019
El Tribunal Supremo se reitera en su sentencia de 18/12/2018 y confirma aplicando la Directiva Europea de empleo temporal el derecho de otro estatutario interino (del Instituto Catalán de Salud ) a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo por mucho que la exclusión del temporal la recojan la normativa local y los acuerdos sindicales, que quedan desplazados por la normativa europea. Había demandado el rechazo de su solicitud personal de carrera profesional. El Alto Tribunal español dice que es su doctrina que la carrera profesional es una condición de trabajo sobre la que cae la obligación de la aplicación directa de la Directiva europea ( superior a toda norma nacional o local, de no discriminación entre el temporal y el fijo en condiciones de trabajo)
La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de
personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal
estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia el 21/02/2019 en un recurso de casación (número 1805/2017) que reitera, calificándolo de su doctrina, lo que ya estableció en su trascendental sentencia de 18/12/2018 : el derecho de un empleado público estatutario temporal del
Instituto de Salud Catalán [ISC] a la carrera profesional sin discriminación
alguna con el personal estatutario fijo del mismo ISC, aplicando la Directiva europea
de empleo
temporal 1999/70/CE (cláusula 4ª del Acuerdo marco incluido allí), tras el recurso del temporal a la denegación de su solicitud ordinaria de la carrera profesional, y sin importar (ni
necesidad de exigir al interino de haberlas recurrido) ni la normativa regional ni el acuerdo sindical que le excluían de la
carrera como temporal
Resulta evidente la jurisprudencia que ya se puede considerar establecida (ante demandas judiciales en tribunales inferiores) totalmente favorable para el derecho de la carrera profesional (horizontal) en igualdad de
condiciones que el personal fijo. por parte del personal estatutario temporal
de larga duración de los Servicios de Salud (y en en general de
cualquier funcionario interino de las Administraciones Públicas, por serle exactamente de igual aplicación la
argumentación utilizada), que demande judicialmente "simplemente" una
solicitud de carrera profesional que haya realizado como la haría
cualquier fijo y que se le haya sido rechazada por su administración
pública porque la normativa vigente en dicha
administración excluye al temporal.
[APRISCAM] 'La Justicia deniega la suspensión cautelar de la Oferta de Empleo Público de Castilla-La Mancha para el año 2018'
'El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha
denegado la suspensión cautelar de la Oferta de Empleo Público de Castilla-La Mancha para el año 2018, tal y como había demandado APRISCAM
el pasado mes de diciembre. En este auto, contra el que cabe interponer
recurso de reposición, la Sala considera no suficientemente válidos los
argumentos planteados y, aunque ve legítima la petición de suspensión
con objeto de no perjudicar la realidad laboral del colectivo
representado por APRISCAM, valora en mayor medida el interés publico y
el perjuicio que supondría para terceras personas la estimación de las
medidas cautelares.
jueves, 7 de marzo de 2019
Recordatorio. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia declara fijos a varios laborales del Ayuntamiento de La Guardia en abuso de temporalidad que habían sido contratados mediante proceso selectivos con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. La sentencia ha sido recurrida por el Ayuntamiento y la revisará el Supremo.
[Recordatorio de entrada publicada el 10/01/2019] Gracias al una entrada de blog de Ignasi Beltrán hemos conocido la la importante sentencia
de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de
28 de junio 2018 al recurso 1102/2018 que habían planteado los propios
empleados públicos contra la sentencia de primera instancia de el Juzgado de lo Social nª2 de Vigo de 12/12/2017 (P.O. 496/2017) que los había declarado indefinidos no fijos por llevar más de 3 años bajo contrato laboral temporal del Ayuntamiento de A Guarda (La Guardia) por obra y servicio realizando funciones realmente permanentes y estructurales.
En el recurso los empleados insistían en su principal pretensión de la demanda original: la "fijeza". Subsidiriamente también solicitaban la figura que es la asentada en la jurisprudencia del Supremo para el abuso de temporalidad de los empleados públicos (más de 3 años) laborales (es decir, no de carácter funcionarial) , el indefinido no fijo, relación laboral que se extingue con la "cobertura reglamentaria de la plaza" en la forma de convocatoria a procesos selectivos derivados de Ofertas Públicos de Empleo , estando asentado, nuevamente sólo para laborales, que se pueda conseguir -siempre tras demanda judicial de reclamación de cantidad por el- una indemnización de 20 días por año trabajado hasta el máximo de 12 anualidades).
En el recurso los empleados insistían en su principal pretensión de la demanda original: la "fijeza". Subsidiriamente también solicitaban la figura que es la asentada en la jurisprudencia del Supremo para el abuso de temporalidad de los empleados públicos (más de 3 años) laborales (es decir, no de carácter funcionarial) , el indefinido no fijo, relación laboral que se extingue con la "cobertura reglamentaria de la plaza" en la forma de convocatoria a procesos selectivos derivados de Ofertas Públicos de Empleo , estando asentado, nuevamente sólo para laborales, que se pueda conseguir -siempre tras demanda judicial de reclamación de cantidad por el- una indemnización de 20 días por año trabajado hasta el máximo de 12 anualidades).
La sentencia es muy importante, porque en ella un Tribunal Superior de
Justicia autonómico (de rango inmediatamente inferior al Alto Tribunal
que es el Supremo) declara ni más menos que la “fijeza” por sentencia a empleados públicos temporales, es decir, la condición de laboral fijo, como la sanción a la Administración empleadora y la compensación
al trabajador que exige la normativa europea (Directiva 1999/70/CE) al fraude en uso y abuso
de temporalidad, si bien tras sopesarlo el Tribunal gallego con el hecho particular de esta demanda que los empleados habían superado un cierto
proceso de selección en forma de concurso-oposición para obtener el puesto temporal,
lo que a juicio del tribunal,
respetaba los principios constitucionales de igualdad, mérito y
capacidad que son los exigidos por la Constitución, para acceder al
empleo público fijo y aunque la convocatoria del proceso de selección no
hubiera tenido
la publicidad habitualmente requerida del nivel de Boletín Oficial ni
fuera derivados de una Oferta
Pública de Empleo.
martes, 26 de febrero de 2019
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia cambia y rechaza conceder indefinido no fijo ante el exceso de temporalidad en la demanda de un estatutario interino de vacante del SERGAS aplicando la reciente doctrina del Supremo que rechazaba esa figura -indemnizatoria ante futuro cese- para el empleado público de tipo funcionarial
Gracias a la ingente labor de recopilación que realiza el profesor Ignasi Beltrán en esta entrada de su blog de seguimiento de los efectos de las 3 famosas y pioneras sentencias del Tribunal europeo de 2016 sobre casos de abusos en la
temporalidad en el empleo público de la adminstración española hemos conocido esta importante sentencia de la
Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que juzga los asuntos de
relación de empleo del personal funcionario de todas las AAPP y el personal estatutario de los
Servicios de Salud pero no la del personal empleado público laboral) del
Tribunal Superior de Justicia de Galicia .
En esta sentencia el tribunal regional cambia su doctrina -de las más favorables de los tribunales regionales a este respecto junto con el de Castilla y León y el País Vasco- sobre la concesión al personal funcionario / estatutario en abuso de temporalidad de la figura de "indefinido no fijo", figura asentada en la jurisprudencia española para el personal laboral
ante el fraude de la propia ley española al superar los 3 años
establecidos por el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado
Público para la cobertura fija de las
necesidades permanentes o estructurales (como lo son por definición las
"vacantes") mediante el desarrollo de procesos selectivos derivados de Ofertas Públicas de Empleo [OPEs].
Y lo hace, como era de esperar, aplicando la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 26/09/2018 , sentencia en la que -aunque versaba sobre el el caso concreto de empleados públicos estatutarios y funcionarios que no eran interinos en vacante sino estatutarios eventuales
de Servicios de Salud y funcionarios de programa , "renovables" por tiempos o por programa, siempre en abuso de duración
de temporalidad- la sala de lo Contencioso del Alto Tribunal español ya rechazaba para el funcionario interino/estatutario temporal la posibilidad de aplicar la figura del indefinido no fijo y venía a entender que la conversión a interino
de vacante ya era suficiente, admitiendo sólo. y por casos ,
indemnizaciones por "daños y perjuicios acreditados" por el demandante.
jueves, 21 de febrero de 2019
[El Mercantil Valenciano] El Consejo Consultivo valenciano vuelve a recomendar que los empleados fijos de las concesiones revertidas entren en la Generalitat Valenciana como laborales indefinidos "a extinguir" [sin estar expuestos a Ofertas Públicas de Empleo, etc] si bien sugiere crear una sociedad mercantil pública donde subrogarlos
Al igual que con el Hospital de Alzira en el informe se defiende que debe ser subrogado valorando dos opciones, la del indefinido no fijo (que estaría expuesto a cese por convocatoria a procesos selectivos de su puesto) y la de personal a extinguir en la jubilación, y por tanto no expuesto a convocatoria de su puesto alguna, concluyendo que dado que la primera figura sólo es posible concederla desde una sentencia sólo le queda la segunda opción como posible, pese a que genere una vía de acceso a la función pública estable sin pasar por los procesos selectivos usuales bajo los principios de igualdad y capacidad.
P
martes, 19 de febrero de 2019
Recordatorio. [INSUCAN] Enmienda aprobada en Parlamento Canario a Ley de Presupuestos de 2019 para un concurso de méritos para la consolidación del personal temporal de más de 50 años de edad de la administración de Canarias con sus puestos incluidos en los procesos "de estabilización"
[Recordatorio de entrada publicada elaquí 26/12/2019]
Publicaba Docentes de Canarias INSUCAN el pasado 22/12/2018 la enmienda propuesta por CC-PNC, PP y ASG que fue aprobada finalmente por el Parlamento canario
con el voto favorables del resto de grupos, excepto Podemos que se
abstuvo, a la Ley de Presupuestos de Canarias de 2019 para un
concurso de méritos excepcional para consolidar como personal fijo a cierto personal
temporal empleado público de más de 50 años.
En
concreto , el texto aprobado como adicional al artículo 54 sobre el Plan de
estabilización reza así: "Asimismo, el Plan reservará como medida
excepcional un número de plazas destinadas a la estabilización del
empleo temporal y la consolidación de empleo temporal del personal mayor
de 50 años mediante el sistema de concurso de méritos, en las
condiciones de antigüedad que se determinen en el mismo", reseñándose en
el texto justificativo de la enmienda que, por tanto, las condiciones
de antigüedad y méritos se determinarán en el marco de la mesa de
empleados públicos entre sindicatos y Gobierno.
NOTA DEL EDITOR: precisamente los sindicatos SEPCA, Intersindical Canaria y CSIF Canarias, con mayoría absoluta en la Mesa General de Empleados Públicos de Canarias, la que lleva los recursos humanos de los empleados públicos de la Comunidad Autónoma, salvo docentes, administración de Justicia y estatutarios de Sanidad, habían presentado una importante solicitud conjunta para que todos los puestos implicados (necesariamente temporales más de 3 años y, por tanto, en "fraude de ley") en los procesos de estabilización y consolidación del personal funcionario interino y laboral temporal e indefinido no fijo de la CCAA fueran (y no sólo "pudieran") de concurso de méritos. Este artículo de ley aprobado en Canarias, sería el primero en toda España que habilita e insta a un concurso de méritos excepcional para un sector de personal público.
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