- Lectura y aprobación del Acta de la reunión anterior.
- Información sobre la sentencia del Tribunal Constitucional l de 2 de febrero de 2017.
- Proceso de reconversión de personal eventual en interinos en Atención Hospitalaria y SUMMA 112.
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martes, 21 de febrero de 2017
[AMYTS] Mesa Sectorial de Sanidad mañana 22 de Febrero: proceso interinizaciones, sentencia del Constitucional, traslados procesos OPE 2015, et
Informa el sindicato AMYTS este 20/02/2017 que la Dir. Gral de RRHH del SERMAS ha convocado Mesa Sectorial de
Sanidad para la fecha prevista del miércoles 22 de Febrero con este orden del día
previsto:
viernes, 17 de febrero de 2017
Recordatorio. El Tribunal Constitucional tajante contra los argumentos del Estado en su recurso a la interinización de eventuales de la ley de acompañamiento: no contradice el EStatuto Marco sino que le da cumpliemiento. Califica de "irregular situación" la de los eventuales
[Recordatorio de entrada publicada el 10/02/2017] En el día de ayer saltaba la noticia de la sentencia del Tribunal Constitucional [TC] sobre el recurso interpuesto del Gobierno del Estado , el num 5190/2016, a varios a artículos que la oposición había aprobado en la Ley de acompañamiento de los
presupuestos de la Comunidad de Madrid, desestimando la mayor parte del recurso, estando entre lo desestimado la demanda de anulación del artículo de estatutarización del personal laboral y funcionario informático de los
SSCC del SERMAS o del artículo de
interinización automática de los eventuales de más de 2 años si existen vacantes que tratamos más en detalle en esta entrada, ya con el texto íntegro de la sentencia del Tribunal Constitucional.
(Aparte, el TC estimó sólo parcialmente, el recurso contra el artículo de estatutarización, movilidad y promoción del personal del H. de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCR decidiendo mantener intacto el apartado que posibilita su estatutarización o la participación en los procesos selectivos estatutarios computando su antigüedad igualmente)
(Aparte, el TC estimó sólo parcialmente, el recurso contra el artículo de estatutarización, movilidad y promoción del personal del H. de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCR decidiendo mantener intacto el apartado que posibilita su estatutarización o la participación en los procesos selectivos estatutarios computando su antigüedad igualmente)
Sobre el recurso a la interinización, empecemos recordando el texto de la Disposición Final Primera.4 de la Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa o "ley de acompañamiento de los presupuestos", aprobado a propuesta y con los votos a favor de la oposición en la Asamblea de Madrid, y , con el voto en contra del Gobierno de la Comunidad de Madrid:
[Redacción Médica] El Gobierno dice que ahora "no hay límite" de renovaciones temporales en Sanidad
Informa Redacción Médica de la respuesta del Gobierno del Estado a la pregunta parlamentaria
que le había realizado Compromís sobre los contratos temporales de
duración determinada y sus posibles renovaciones en el sector público a
raíz de la sentencia del Tribunal europeo en el caso de la temporal del SERMAS María
Elena Pérez López,que llevaba concatenados varios nombramientos temporales de fecha de fin determinada [denominados "eventuales" en el caso del personal "estatutario"] durante más de 4 años y 4 meses, declarando el Tribunal europeo esta concatenación
injustificada y a la norma española que lo permite,el Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, contraria a la
normativa europea.
jueves, 16 de febrero de 2017
[CSIT-UP] Sentencia del Tribunal Constitucional refuerza los procesos de conversión de eventuales a interinos
Informa CSIT-UP Sanidad este 16/02/2017 ude la reciente sentencia del Tribunal constitucionall contra los argumentos del Estado en su recurso a la
interinización de eventuales de la ley de acompañamiento comentando
que el proceso de interinización de hasta 6 mil eventuales del SERMAS
que se está tratando en Mesa Sectorial de Sanidad quedaría "reforzado"
por esta sentencia, sumándose al aval que ya suponían las sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público
, e informando que han solicitado al Dir. Gral de RRHH del SERMAS que
se trate el contenido de esta sentencia en la próxima Reunión de Mesa
Sectorial de Sanidad [prevista para la mañana del próximo miércoles 22 de Febrero]
martes, 14 de febrero de 2017
[Min. Empleo] 'Báñez recibe el informe de expertos sobre la indemnización de los contratos de interinidad y lo remite a la Mesa del Diálogo Social para la Agenda Integral por la calidad en el empleo'
'La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha recibido hoy
de manos del grupo de expertos el informe elaborado, a propuesta del
Gobierno y de los Interlocutores sociales, para determinar el alcance de
la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 14
de septiembre de 2016, sobre la indemnización por extinción de los
contratos de interinidad.
lunes, 13 de febrero de 2017
[MATS] 'Una propuesta para acabar con la falta de personal y la precariedad. Oposiciones para recuperar los 7000 puestos perdidos concurso de meritos para acabar con 25.000 puestos precarios'
'El gobierno de Cristina Cifuentes no va acabar con la precariedad
laboral: su partido la ha creado y ella no deja de fomentarla. Es
lógico, facilita su política de recortes y privatizaciones.
Gracias a la precariedad, cambian turnos, libranzas, servicios y hasta funciones. De ese modo, suavizan la disminución de plantillas y terminan extendiendo el empeoramiento de condiciones al conjunto.
La precariedad sólo acabará con la lucha. La cuestión no es pedir que acabe, sino buscar los medios para obligar a que acabe. Y una gran parte del personal afectado no se moverá por unas Oposiciones en las que te juegas el todo por el todo. La movilización se producirá si la gran mayoría percibe que es un camino hacia la mejora, de todos, no sólo de los afectados.
Por ello proponemos pedir OPEs para recuperar las plantillas, y para acabar con la precariedad convertir las plazas temporales en fijas, y regular el acceso a las mismas a través de un Concurso de Méritos en el que puedan participar todas aquellas personas que estén trabajando o hayan trabajado o el SERMAS.
Gracias a la precariedad, cambian turnos, libranzas, servicios y hasta funciones. De ese modo, suavizan la disminución de plantillas y terminan extendiendo el empeoramiento de condiciones al conjunto.
La precariedad sólo acabará con la lucha. La cuestión no es pedir que acabe, sino buscar los medios para obligar a que acabe. Y una gran parte del personal afectado no se moverá por unas Oposiciones en las que te juegas el todo por el todo. La movilización se producirá si la gran mayoría percibe que es un camino hacia la mejora, de todos, no sólo de los afectados.
Por ello proponemos pedir OPEs para recuperar las plantillas, y para acabar con la precariedad convertir las plazas temporales en fijas, y regular el acceso a las mismas a través de un Concurso de Méritos en el que puedan participar todas aquellas personas que estén trabajando o hayan trabajado o el SERMAS.
viernes, 10 de febrero de 2017
El Tribunal Constitucional tajante contra los argumentos del Estado en su recurso a la interinización de eventuales de la ley de acompañamiento: no contradice el EStatuto Marco sino que le da cumpliemiento. Califica de "irregular situación" la de los eventuales
En el día de ayer saltaba la noticia de la sentencia del Tribunal Constitucional [TC] sobre el recurso interpuesto del Gobierno del Estado , el num 5190/2016, a varios a artículos que la oposición había aprobado en la Ley de acompañamiento de los
presupuestos de la Comunidad de Madrid, desestimando la mayor parte del recurso, estando entre lo desestimado la demanda de anulación del artículo de estatutarización del personal laboral y funcionario informático de los
SSCC del SERMAS o del artículo de
interinización automática de los eventuales de más de 2 años si existen vacantes que tratamos más en detalle en esta entrada, ya con el texto íntegro de la sentencia del Tribunal Constitucional.
(Aparte, el TC estimó sólo parcialmente, el recurso contra el artículo de estatutarización, movilidad y promoción del personal del H. de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCRa decidiendo mantener intacto el apartado que posibilita su estatutarización o la participación en los procesos selectivos estatutarios computando su antigüedad igualmente)
Sobre el recurso a la interinización, empecemos recordando el texto de la Disposición Final Primera.4 de la Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa o "ley de acompañamiento de los presupuestos", aprobado a propuesta y con los votos a favor de la oposición en la Asamblea de Madrid, y , con el voto en contra del Gobierno de la Comunidad de Madrid:
"Se habilita al titular de la Consejería de Sanidad para que, previa negociación en los órganos de representación competentes, regule un procedimiento extraordinario de nombramiento en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud de todo el personal estatutario eventual que lleve más de dos años encadenando contratos sucesivos y ocupando una plaza prevista en la plantilla orgánica como personal estatutario interino."
Como puede verse en el texto íntegro del recurso interpuesto por el Estado, la Abogacía del Estado argumentaba que esa disposición de la ley de acompañamiento:
"Se habilita al titular de la Consejería de Sanidad para que, previa negociación en los órganos de representación competentes, regule un procedimiento extraordinario de nombramiento en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud de todo el personal estatutario eventual que lleve más de dos años encadenando contratos sucesivos y ocupando una plaza prevista en la plantilla orgánica como personal estatutario interino."
Como puede verse en el texto íntegro del recurso interpuesto por el Estado, la Abogacía del Estado argumentaba que esa disposición de la ley de acompañamiento:
- viola la ley del Estatuto Marco del Personal estatutario de los Servicios de Salud en su artículo 9.3, que establece que la Administración "podrá" estudiar la creación de una plaza vacante (que se podría cubrir temporalmente sólo por personal interino) pasados 2 años de sucesivos nombramientos de personal eventual en un puesto, pero no establece la obligación de crear dicha vacante, como pretendía la disposición recurrida según el abogado del Estado [sic!] [N.E.: nótese que el Estatuto Marco no recoge como obligación de creación de dicha plaza pero tampoco recoge ninguna prohibición expresa a creaciones automáticas de plazas en las circunstancias de la ley recurrida].
- y viola el mismo artículo de dicho Estatuto Marco porque pasaría a tener el nuevo interino unas condiciones de cese diferentes (las de interino fijadas en el artículo 9.2) de las establecidas por el Estatuto como condiciones de fin para un eventual y que eran las asumidas por su nombramiento inicial de eventual [sic, dicho de otro modo, el abogado del estado plantea ilegal la transformación de un eventual en un interino porque entonces ... ¡ya no sería eventual!].
El Tribunal Constitucional se opone tajantemente a estos argumentos. , en la línea además de las alegaciones presentadas por la "letrada de la Asamblea de Madrid" [no del SERMAS] a este recurso de inconstitucionalidad .
Del primer argumento razona ampliamente:
[Redacción Médica] El Constitucional deja sin efecto parte de la Ley de presupuestos que afecta a los hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada. Interpretación de la Consejería de Sanidad de la sentencia.
Informa Redacción Médica este 09/02/2017 de la sentencia del Tribunal Constitucional [que publica íntegra] por la que estima pacialmente parcialmente el recurso que había realizado el Gobierno del Estado contra varios artículos de la ley de acompañamiento de los Presupuestos de la Comunidad de Madrid , declarando nulos el punto 2 del Artículo 27 y la parte del punto 3 donde se dice “incluidos los procesos internos de movilidad voluntaria
y promoción interna, que se convoquen por el Servicio Madrileño de
Salud, en las mismas condiciones que el personal estatutario”,
y traslada la intepretación a esta sentencia de la Consejería de Sanidad: que los efectos
prácticos a su entender es que se "deje los trabajadores laborales de estos hospitales y de la UCR como estaban" así como su su " lamento" por la "inseguridad jurídica" que a su juicio los grupos de la oposición habían introducido por “hacer un guiño a los trabajadores”, traslada el medio.
[El Mundo] El Tribunal Constitucional tumba el recurso del Estado contra la estatutarización del personal laboral y funcionario informático de los SSCC del SERMAS. También tumba el recurso contra el artículo de interinización de los eventuales de más de 2 años que aprobó la oposición. Estimasólo parcialmente el recurso contra la estatutarización de H. de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCR. Texto del fallo de la sentencia
Publica El Mundo este 09/02/2017 que el Tribunal Constitucional ha dictado sentencia el pasado 2 de Febrero sobre el recurso que había interpuesto el Gobierno del Estado al Tribunal Constitucional contra varios
artículos que se había aprobado con los votos de la oposición en la Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa, más conocida como ley de acompañamiento de los
presupuestos 2016 de la Comunidad de Madrid:
[enlace al texto íntegro de la sentencia que publica Redacción Médica; reproducimos íntegro a continuación el texto del fallo::
"SENTENCIA del 2 de febrero del TC en relación el recurso de inconstitucionalidad núm. 5190/2016 interpuesto por el Presidente del Gobierno contra el art. 27 y los apartados 3 y 4 de la disposición final primera de la Ley 9/2015, de 8 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid:
FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido estimar parcialmente el presente recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia:
1) Declarar que son inconstitucionales y nulos el art. 27.2 y el inciso "incluidos los procesos internos de movilidad voluntaria y promoción interna, que se convoquen por el Servicio Madrileño de Salud, en las mismas condiciones que el personal estatutario" del art. 27.3 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid.
2) Desestimar el recurso en todo lo demás.
Publíquese esta Sentencia en el "Boletín Oficial del Estado". Dada en Madrid, a 2 de febrero de 2017]
NOTA DEL EDITOR: Recordemos que previamente el Consejo de Estado había "tumbado" en su informe preceptivo previo a la interposición final del recurso del Estado, la demanda que también realizaba el Gobierno del Estado de anulación del artículo 24 de esa ley de acompañamiento y que establecía la extensión o posibilidad de uso de las las categorías estatutarias de informática en los Servicios Centrales [SSCC] del SERMAS , artículo también aprobado por la oposición.
De esta manera, caen TODAS las discrepancias que había visto el Gobierno del Estado a la presencia de informáticos de Sanidad en los Servicios Centrales del SERMAS. tema que ya había provocado "agrios" debates en el Pleno de la Asamblea de Madrid entre oposición -incluido Ciudadanos, socio de "investidura" del Gobierno regional- y el partido del Gobierno regional
Este artículo 24 resulta esencial para el futuro de la inmensa mayor parte del colectivo de personal informático propio del Servicio Madrileño de Salud, el "estatutario", y para poner freno a la privatización "encubierta" de la informática de Sanidad emprendida por el Gobierno de Esperanza Aguirre mediante la fórmula de una centralización creciente y -prevista casi total- de la función informática que se realiza en los centros sanitarios del SERMAS a unos SSCC de Informática del SERMAS que conformó 100% externalizados mediante contratos a empresas de cada una de sus unidades y que irían creciendo según crecían las unidades al ir centralizando la función informática que actualmente se realiza desde los hospitales, privatizando la informática del SERMAS en la práctica. Es más, la Consejería de Sanidad habría estado utilizando como "excusa" para privatizar la informática el supuesto hecho de que "no podía tener informáticos propios en los SSCC del SERMAS" , cuando bastaba un sencillo artículo para modificar el ámbito inicial de las categorías de informática -restringido a los centros sanitarios-, algo que ha quedado demostrado ser totalmente legal como ha establecido el propio Consejo de Estado.
- la Disposición Final 1ª.3 que posibilita la integración voluntaria del personal laboral y funcionario informático de los Servicios Centrales del SERMAS en las categorías estatutarias de informática del SERMAS que la misma ley extendía allí en su artículo 24: el Tribunal Constitucional ha decidido desestimar esta parte del recurso, por lo que volvería a ser vigente este artículo (suspendido por prerrogativa del Presidente del Gobierno al presentar el recurso)
- la Disposición Final 1ª.4 sobre la necesidad de un proceso extraordinario de interinización para los eventuales de más de 2 años existiendo plazas vacantes: esta parte del recurso también ha decidido desestimarla el Tribunal Constitucional, por lo que vuelve a ser vigente
- el artículo 27 de estatutarización, movilidad y promoción de personal laboral propio de los
hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada y de la UCR, que el Tribunal Constitucional estimado parcialmente y quedarían anulados los apartados 27.2 -quedar en situación de ‘Servicio en otras Administraciones
Públicas’ tras estatutarizarse, y parte del 27.3 - participación en movilidad
voluntaria y promoción interna- , con lo que no se anula el apartado 27.1 o la opción de la estatutarización en sí ni lo contemplado en el resto del 27.3: podrán participar en todos los procesos de selección de estatutarios, computándose igualmente el tiempo trabajado
[enlace al texto íntegro de la sentencia que publica Redacción Médica; reproducimos íntegro a continuación el texto del fallo::
"SENTENCIA del 2 de febrero del TC en relación el recurso de inconstitucionalidad núm. 5190/2016 interpuesto por el Presidente del Gobierno contra el art. 27 y los apartados 3 y 4 de la disposición final primera de la Ley 9/2015, de 8 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid:
FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido estimar parcialmente el presente recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia:
1) Declarar que son inconstitucionales y nulos el art. 27.2 y el inciso "incluidos los procesos internos de movilidad voluntaria y promoción interna, que se convoquen por el Servicio Madrileño de Salud, en las mismas condiciones que el personal estatutario" del art. 27.3 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid.
2) Desestimar el recurso en todo lo demás.
Publíquese esta Sentencia en el "Boletín Oficial del Estado". Dada en Madrid, a 2 de febrero de 2017]
NOTA DEL EDITOR: Recordemos que previamente el Consejo de Estado había "tumbado" en su informe preceptivo previo a la interposición final del recurso del Estado, la demanda que también realizaba el Gobierno del Estado de anulación del artículo 24 de esa ley de acompañamiento y que establecía la extensión o posibilidad de uso de las las categorías estatutarias de informática en los Servicios Centrales [SSCC] del SERMAS , artículo también aprobado por la oposición.
De esta manera, caen TODAS las discrepancias que había visto el Gobierno del Estado a la presencia de informáticos de Sanidad en los Servicios Centrales del SERMAS. tema que ya había provocado "agrios" debates en el Pleno de la Asamblea de Madrid entre oposición -incluido Ciudadanos, socio de "investidura" del Gobierno regional- y el partido del Gobierno regional
Este artículo 24 resulta esencial para el futuro de la inmensa mayor parte del colectivo de personal informático propio del Servicio Madrileño de Salud, el "estatutario", y para poner freno a la privatización "encubierta" de la informática de Sanidad emprendida por el Gobierno de Esperanza Aguirre mediante la fórmula de una centralización creciente y -prevista casi total- de la función informática que se realiza en los centros sanitarios del SERMAS a unos SSCC de Informática del SERMAS que conformó 100% externalizados mediante contratos a empresas de cada una de sus unidades y que irían creciendo según crecían las unidades al ir centralizando la función informática que actualmente se realiza desde los hospitales, privatizando la informática del SERMAS en la práctica. Es más, la Consejería de Sanidad habría estado utilizando como "excusa" para privatizar la informática el supuesto hecho de que "no podía tener informáticos propios en los SSCC del SERMAS" , cuando bastaba un sencillo artículo para modificar el ámbito inicial de las categorías de informática -restringido a los centros sanitarios-, algo que ha quedado demostrado ser totalmente legal como ha establecido el propio Consejo de Estado.
[SER Madrid] El Constitucional avala que el personal de H. de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCR sean estatutarios
Informa la Cadena SER de Madrid este 09/02/2017 que una sentencia del Tribunal Constitucional ha estimado sólo parcialmente el recurso que había realizado el Gobierno del Estado contra el artículo 27 de la última ley de acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid, sobre "estatutarización", movilidad y promoción del personal laboral propio de los centros de Sanidad tipo "empresa pública", Hospitales de Fuenlabrada y de Alcorcón y la Unidad Central de Radiodiagnóstico [UCR], de tal forma que, en especial. el Tribunal ha decidido que debe mantenerse intacto el apartado 27.1 que establece que este personal opte a ser nombrado personal estatutario [el "funcionario" especial que puede haber en los servicios de Salud], mientras que sí habría estimado anular el artículo 27.2 y [parte de] el 27.3,
que, de no haberse anulad,permitiría participar al dicho personal en los
procesos de movilidad voluntaria y promoción interna en todo el SEMAS.
jueves, 9 de febrero de 2017
[Redacción Médica] El Ministerio quiere acuerdo en dos meses sobre temporalidad. Eliminaría la tasa de reposición
Informa Redacción Médica este 09/02/2017 de la segunda reunión de la Comisión de Recursos Humanos del SNS sobre el problema de la temporalidad laboral en la Sanidad pública trasladando declaraciones del Secr. Gral de Sanidad de CCOO, Antonio Cabrera según el cual:
- el Ministerio de Sanidad quiere cerrar un acuerdo en menos de dos meses
- estarían de acuerdo Ministerio, CCAA y sindicatos en eliminar la tasa de reposición, coordinar OPEs extraordinarias con bases homogéneas pero de cada CCAA
- las CCAA no consideran necesario modificar la normativa , mientras que los sindicatos sí y las CCAA no quieren sacar todas las plazas estructurales
- los sindicatos piden soluciones para los interinos estatutarios en Sanidad, tras conocer que el grupo de expertos del Min. de Empleo no sobre las Sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público no los ha considerado , por estar fuera del Estatuto Básico de los Trabajadores
miércoles, 8 de febrero de 2017
Reunión hoy del grupo de trabajo de la Mesa Sectorial de Sanidad sobre interinizaciones de eventuales en el SERMAS
Tal y como informaba AMYTSAMYTS
esta tarde de miércoles 8 de Febrero tendrá lugar una nueva
reunión del Grupo de Trabajo de la Mesa Sectorial de Sanidad sobre
interinizaciones de personal eventual del SERMAS.
Recordemos que recientemente, según CGT/SAS/SUSH/SUMMAT,
en una reunión con estos sindicatos "alternativos" o no presentes en la Mesa Sectorial, el Dir. Gral de RRHH del SERMAS les
habría trasladado que continuaban como objetivos de la Consejería de
Sanidad "la estabilización de la
plantilla y acabar con las enormes tasas de temporalidad", para lo que
realizarían en el el primer trimestre de año 6.000 conversiones de nombramientos
eventuales a interinos de
Atención Especializada y SUMMA 112 , en concreto "todos los eventuales
de más de dos años en el puesto
que ocupan", y si no había vacantes suficientes en la Plantilla Orgánica
"se solicitaría ampliación". Yen el caso de existir más vacantes que
eventuales, pues las vacantes sobrantes se utilizarían para eventuales
de menos de 2 años,
sustitutos y personal en bolsas.[CCOO Sanidad Madrid] 'La presión de CCOO propicia un calendario de reuniones con la Consejería de Sanidad A raíz de la denuncia que el sindicato hizo por la inexistencia de los principios de igualdad, mérito y capacidad en las contrataciones de personal eventual'
'
CCOO ha exigido en numerosas ocasiones a la Dirección General de
Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad la presentación de un
calendario de reuniones y la creación de grupos de trabajo para
resolver varios asuntos pendientes que deberían solucionarse de
manera urgente.
Entre ellos está el incumplimiento reiterado para la cobertura de
puestos de trabajo de carácter eventual, a pesar de que el pasado 5
de febrero de 2016 se firmó un acuerdo para la selección de
personal temporal en las Instituciones Sanitas adscritas al SERMAS,
motivo por el cual CCOO anunció la presentación de un requerimiento
contra la Consejería de Sanidad.
martes, 7 de febrero de 2017
[AMYTS] Calendario de reuniones próximas de Mesa Sectorial de Sanidad y sus grupos de trabajo
Informa AMYTS este 06/02/2017
que ha recibido comunicación de la Dir. Gral de RRHH del SERMAS del
calendario previsto de reuniones de Mesa Sectorial de Sanidad y sus
grupos de trabajo activos.[N.E: nótese que no hay ninguno formato sobre informáticos al que se dé traslado o trabaje sobre los compromisos de Sanidad del pasado verano]
- Miércoles, 8 de febrero (16:30h): Grupo de Trabajo Interino
lunes, 6 de febrero de 2017
[SER Madrid] Varios sindicatos sanitarios de Madrid piden una OPE de consolidación por méritos
Informa la Cadena SER de Madrid este 05/02/2017 de la petición de los sindicatos "alternativos" CGT , SAS SUSH y SUMMAT de
una Oferta Publica de Empleo de consolidación por méritos en la Sanidad pública madrileña, dada su
situación extraordinaria de enorme de temporalidad , el 35%, y de larguísimas duraciones ,"situación excepcional"
creada por la "política de recortes y privatización" de la anterior
administración sanitaria de la Comunidad de Madrid. Ángel Navarro, presidente del Sindicato Asambleario de Sanidad, asegura que "si se hace una OPE tradiconal muchas de las personas que llevan 10, 15 y 25 años podrían irse a la calle", recordando además que en estos casos se incumple la normativa europea con una utilización abusiva de la contratación de duración determinada tal y como han establecido las recientes sentencias del Tribunal de Justicia europeo.
[CSIF Sanidad] 'CSIF reclama ya una solución al abuso de la interinidad y la oferta pública de empleo para el próximo año'. 'La Sanidad pierde 10.300 empleos en enero'
' El
sector sanitario perdió 10.303 puestos de trabajo en enero de 2017,
coincidiendo con la epidemia de gripe en diferentes comunidades
autónomas. Además, acumula una destrucción de empleo de 46.000 puestos
de trabajo, desde el mes de septiembre, según datos de la Seguridad
Social publicados hoy.
martes, 31 de enero de 2017
[CGT/SAS/SUSH/SUMMAT] 'Sindicatos alternativos proponen OPE de consolidación “por méritos” en el Servicio Madrileño de Salud.'
'El pasado 18 de enero de 2017, las
siguientes organizaciones: Sindicato de Sanidad de Madrid (CGT) -
Sindicato Asambleario de Sanidad de Madrid (SAS) - Asociación Sindical
del SUMMA 112 (SUMMAT) - Sindicato Único de Sanidad e Higiene de la CAM
(SUSH), tuvimos una reunión con el Director General de Recursos Humanos
del Servicio Madrileño de Salud (ver resumen),
que nos ha dado pie a realizar el siguiente informe sobre la situación
de las plantillas y nuestras propuestas para acabar con la excesiva
temporalidad del SERMAS (35,52%).
Situación de las plantillas en el Servicio Madrileño de Salud. Propuestas.
Introducción
1.
Descenso de efectivos.- Entre 2008 y 2016 el número de trabajadores/as
ha pasado de 76.539 a 69.628, lo que ha supuesto la pérdida de 6.911
puestos de trabajo.
2.
Temporalidad.- Con los datos de plantilla del Portal de Transparencia a
30 de noviembre de 2016, la temporalidad media es del 35,52%, aunque
numerosas categorías están por encima de ese porcentaje (algunas muy por
encima).
Los datos desagregados de una plantilla total de 69.628 (sin tener en cuenta el personal en formación ni los directivos) son:
- Fijos: 44.899
- Interinos: 14.004
- Eventuales: 10.725
- Total temporales 24.729.
3.
Como señala el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), esta
situación incumple el Acuerdo Marco, con “una utilización abusiva de la
contratación de duración determinada”.
Aunque
las sentencias de este Tribunal hacen referencia fundamentalmente a los
nombramientos eventuales, una por ahora hipotética “interinización”
masiva, aunque mejoraría las condiciones de trabajo, no solucionaría el
problema de la temporalidad.
lunes, 30 de enero de 2017
[CGT/SAS/SUSH/SUMMAT] 'Reunión con el Dir. Gral de RRHH del SERMAS' : interinizarán todos los eventuales de más de dos años; sindicatos roponen consolidación "por méritos"
'Resumen
de la reunión mantenida entre las organizaciones firmantes y el
DirectorGeneral de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud. el
pasado 18 de enero de 2017.
Disculpa su asistencia por problemas de agenda el Sr. Consejero de Sanidad de Madrid.
El Director de RRHH ofrece la siguiente información:
1. Datos de Plantillas.- Asegura que todos los datos que aparecen en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid son “ciertos, fiables y que se actualizan cada mes”. Y que las secciones sindicales de cada centro de trabajo tienen derecho obtener de sus respectivas gerencias los mismo datos que se dan a los sindicatos de mesa sectorial.
2. Objetivos de RRHH.- Los objetivos de la Consejería de Sanidad son la estabilización de la plantilla y acabar con las enormes tasas de temporalidad. Para ello:
- Interinizaciones.- En el primer trimestre de año 6.000 nombramientos eventuales de Atención Especializada y SUMMA 112 van a convertirse en interinos.
Pasarán a esta situación todos los eventuales de más de dos años en el puesto que ocupan (considerándose que las interrupciones menores de 20 días entre nombramientos no suponen solución de continuidad a este respecto).
El proceso tendría 3 fases en cuanto al personal afectado:
1a) Todos los eventuales de más de 2 años.
Disculpa su asistencia por problemas de agenda el Sr. Consejero de Sanidad de Madrid.
El Director de RRHH ofrece la siguiente información:
1. Datos de Plantillas.- Asegura que todos los datos que aparecen en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid son “ciertos, fiables y que se actualizan cada mes”. Y que las secciones sindicales de cada centro de trabajo tienen derecho obtener de sus respectivas gerencias los mismo datos que se dan a los sindicatos de mesa sectorial.
2. Objetivos de RRHH.- Los objetivos de la Consejería de Sanidad son la estabilización de la plantilla y acabar con las enormes tasas de temporalidad. Para ello:
- Interinizaciones.- En el primer trimestre de año 6.000 nombramientos eventuales de Atención Especializada y SUMMA 112 van a convertirse en interinos.
Pasarán a esta situación todos los eventuales de más de dos años en el puesto que ocupan (considerándose que las interrupciones menores de 20 días entre nombramientos no suponen solución de continuidad a este respecto).
El proceso tendría 3 fases en cuanto al personal afectado:
1a) Todos los eventuales de más de 2 años.
[CCOO Sanidad Madrid] Resumen de la Mesa Sectorial de Sanidad de 25/01/2017: día por 2016 bisiesto, acuerdos movilidad interna AP y bolsa de empleo SUMMA,...
Informa Federación de Sanidad y Servicios Socio-Sanitarios de CCOO de Madrid este 29 /01/2017 de la reunión de la Mesa Sectorial del día 25/01/2017, que contaba
entre sus puntos del orden del día varios puntos de interés para la temática de este blog del que destacamos algunos puntos:
- firmado por todos los sindicatos un acuerdo acuerdo de selección de personal temporal estatutario en el SUMMA 112 [N.E. ver aquí íntegro el texto del acuerdo]
- tratamiento de 2016 por ser bisiesto: la Dir. Gral de RRHH "dará instrucciones a todas las Gerencias" para disfrutar de un día por exceso de jornada
- CCOO sigue sin recibir respuesta a su propuesta de OPE extraordinaria
viernes, 27 de enero de 2017
[Redacción Médica/Diario Médico] Asturias. Sentencia en base a normativa europea: la carrera profesional debe incluir por igual al temporal de larga duración
Informa Redacción Médica este 26/01/2017 de la sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo que estima totalmente el recurso del Sindicato Médico Profesional de Asturias (Simpa) contra la Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) porque limitaba el reconocimiento de la carrera profesional al personal "fijo" del sistema sanitario asturiano. El juez se apoya en la jurisprudencia establecida por las famosas recientes sentencias
del Tribunal de Justicia Europeo sobre casos de abusos en la
temporalidad en el empleo público de la adminstración española, declarando nula la resolución y "obligando al SESPA a hacer una nueva convocatoria en la que permita la participación del personal temporal de larga duración"
Diario Médico aporta más detalles a esta noticia, entre ellos, que a diferencia de la sentencia previa que era sobre una situación personal ,ésta acabaría con una resolución que afecta a todo el personal, si bien cabe recurso por parte del SESPA
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