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lunes, 14 de mayo de 2018

[PlatPersTempCAM] 'Comunicado: EN DEFENSA DE NUESTROS EMPLEOS PÚBLICOS: 17 de Mayo, concentración a las 18:00 horas frente a la Asamblea de Madrid'

'[Versión de este comunicado en PDF de 2 páginas y en imagen JPG ]

Los empleados públicos temporales de las administraciones públicas de la Comunidad de Madrid y de otras Comunidades Autónomas, salimos a la calle ante la amenaza de un ERE encubierto, que podría llevar al desempleo a una gran cantidad de trabajadoras y trabajadores. Se ha calculado una cifra de entre 700.000 y 900.000 afectados/as, miles de ellos en Madrid. Sin duda, el mayor ERE de la historia.


Según ha sentenciado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en septiembre de 2016, la Administración española (Estatal, Autonómica y Local), viene realizando durante años contratos/nombramientos en FRAUDE DE LEY, abusando de la temporalidad y utilizando relaciones laborales de duración  determinada, para cubrir necesidades de carácter permanente, incumpliendo lo establecido en las cláusulas 4 y 5 de la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada.


El empleo temporal en las Administraciones Públicas, tal y como recoge el artículo 70 del E.B.E.P., debe tener un límite de 3 años y la legislación estatal debería incluir la sanción para el empleador y la compensación (indemnización) para el empleado en caso de  incumplimiento, cosa que hasta ahora no sucede.



viernes, 11 de mayo de 2018

[El Boletín] La Justicia madrileña pregunta al Tribunal Superior de Justicia Europeo si debe conceder la condición de fijo a los empleados de Sanidad en abuso de temporalidad por uel caso -con AMYTS- de un informático del SERMAS que lleva 17 años como interino

Informa El Boletín el 11/05/2018 de la importante noticia de la que nos noticia de la que nos hacíamos eco aquí das antes aquí:  el Tribunal de Justicia Europeo estudiará el abuso de temporalidad de la Comunidad de Madrid con sus trabajadores  de la Sanidad pública [personal "estatutario" que se rige por una relación de empleo administrativa y no laboral, como el funcionario, y por tanto se juzga por el orden de lo Contencioso-Administrativo y no del Social] y dictaminará si puede adquirir la condición de fijo en base a la directiva europea 1999/70 sobre empleo temporal, norma por enncima de la legislación española, a consulta del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid  por la demanda de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años, defendido por el bufete Arauz & Belda, en una iniacitiva de AMYTS.

El medio recoge precisamente las declaraciones, Ángela Hernández, responsable del sector de Atención Hospitalaria de AMYTS, que opina que si el tribunal europe falla a favor en eeste caso "la repercusión sería tremenda, la gente se lanzaría a la vía jurídica" al ser jurisprudencia directa para los cerca de 30 mil temporales que podría haber en fraude de ley en el SERMAS.

La noticia en la portada de El Boletín



jueves, 10 de mayo de 2018

[AMYTS] Avanza la vía de la justicia europea para la fijeza contra el abuso de la temporalidad en el SERMAS

Informa AMYTS este 10/05/218 que la vía europea iniciada por AMYTS con el despacho Araúz de Robles persiguiendo la fijeza para el personal temporal del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] en situación de fraude de ley por abuso de temporalidad "avanza con paso firme"tras la  publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea como Asunto C-103/18 del Tribunal de Justicia Europeo la consulta vinculante de la justicia madrileña al más alto tribunal europeo para que dictamine si hacer fijo al personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años que se acogió a esta vía iniciada por AMYTS

martes, 8 de mayo de 2018

IMPORTANTE: el Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si hacer fijo al personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años es una solución acorde a las exigencias de la normativa europea [Publicado como Asunto C-103/18 del TJUE: Cuestión prejudicial del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid ]

En el día de ayer, 7/5/2018  se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la importante "petición de decisión (o cuestión) prejudicial" al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE] que había presentado el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid  el pasado 13 de febrero de 2018 , y que ya avanzamos aquí, por una demanda de fijeza de un empleado público temporal "en fraude de ley" por abuso de temporalidad de su administración pública, en concreto, por una demanda de un informático interino durante mas de 17 años en el Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] de la Comunidad de Madrid. Ha quedado bajo el Asunto C-103/18 del TJUE.

De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas,  que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"]  tendría consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad  con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"],  de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los  ámbitos  estatal, regional y local. Sin duda, también tendría efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición para la cuestión de la fijeza


Recordemos que el juzgado madrileño -de lo contencioso-administrativo por ser el informático del caso estatutario de Sanidad- traslada al tribunal europeo , entre otras, la cuestión si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (sea "interino de vacante", "eventual" [es decir, con fecha de fin en su nombramiento] o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en origen, el Procedimiento Abreviado nº 193/2017 del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino en el mismo puesto durante más de 17 años, que, siguiendo mediante esta asociación de informáticos personal propio del SERMAS, APISCAM, una iniciativa del sindicato médico de la Com. de Madrid AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demanda que se le reconozca una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese  (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada al empleador y compensación al empleado, aplicando una normativa básica europea de obligado cumplimiento y por encima de toda la legislación española, la famosa Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal, a su situación de evidente abuso de relación de empleo temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio carácter permanente, precisamente por su larga permanencia en la misma persona y lugar.

Es decir, en la práctica, se demanda que el empleado público temporal, habitualmente reconocido en los tribunales españoles "en fraude de ley" por este abuso de temporalidad adquiera  la condición de indefinido "fijo" gracias a la ley superior europea en lugar de la por ahora única posible en los tribnales españoles de "indefinido no fijo" aplicando la legislación española.


La directiva europea viene a establecer que la temporalidad debe tener un límite en el tiempo ["establecida" en 3 años en el caso de los empleados públicos españoles] en las normativas nacionales, normativas nacionales que además deben incluir medidas de sanción al empleador que abusa y compensatorias para el empleado en situación de abuso de temporalidad. [En España se ha traspuesto en el Estatuto General de los Trabajadores, que no es de aplicación al personal funcionario ni al estatutario de Sanidad, y tampoco lo está siendo en la cuestión de fineza al personal empleado público de relación "laboral"]

lunes, 23 de abril de 2018

[El Independiente] La secretaria de Estado de Función Pública defiende continuar como están con las OPEs extraordinarias de los puestos de miles de interinos de larga duración pese a las demandas judiciales

Informaba El Independiente  el pasado 19/04/2018 de la comparecencia de la secretaria de Estado de Función Pública, Elena Collado,  en la comisión de Presupuestos del Congreso de los Diputados, sobre los denominados "proceso de estabilización" u Ofertas Públicas de Empleo [OPE] Extraordinarias de hasta 350 mil plaza de puestos de diferentes Administraciones Públicas  [como la Comunidad de Madrid y en especial el Servicio Madrileño de Salud con más de 20 mil] cubiertos de forma temporal durante más de 3 años y por tanto "en fraude de ley" según la normativa española [y europea], y que según la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 se autorizaba a las respectivas AAPP a convocar muchos de esos puestos [un 90% los de más de 3 años antes de 31/12/2017, y el 100% los anteriores a 2005 en Sanidad, Eduación y algún sector] en procesos selectivos mediante OPEs sin fijar que fueran con bases de consolidación del personal temporal de larga duración , que por tanto erdería su puesto de trabajo si no queda entre los mejores puntuaciones , todo tras un acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público , acuerdo que se acaba de extender al resto de sectores recientemente (con lo que podría afectar ya a un total de 700 mil empleados públicos)

El medio informa que miles de estos "interinos" afectados se están organizando y exigen lo ya recogido literalmente en el Estatuto Básico del Empleado público : que "en virtud de ley" puede "aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos" como sistema selectivo para alcanzar la condición de empleado público fijo para estos puestos. También informa que muchos de ellos, bajo la   "Asociación Nacional de Interinos y Laborales" (ANIL) están presentando demandas judiciales y que ANIL acaba de lanza una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para que se revoquen esos acuerdos entre sindicatos y Gobierno, que ANIL denuncia sería "un ERE en el sector público en tanto que no garantiza el puesto a sus actuales dueños"

viernes, 6 de abril de 2018

[MATS] Despidos de personal temporal de muchos años por las incorporaciones de la OPE 2015. Anima a luchar por un concurso de méritos ante la futura "macroope" con puestos de temporales fraudulentos por abuso de temporalidad

Informa el sindicato MATS este 5/04/2018 que se  están produciendo cientos de despidos de personal temporal (interinos y eventuales) en diversas categorías del SERMAS por las incorporaciones de los procesos selectivos que han finalizado convocadosen 2015 opinando que no debería haber ningún despido para empezar ante el hecho de que se perdieron más de 6 mil puestos de trabajo estos últimos años y su consecuencia de aumento de listas de esperaa

Además , ante el hecho de que muchos de estos trabajadores que están siendo despedidos tiene muchos años de  antigüedad, algunos hasta 10,  afirma que "el SERMAS dilapida de manera irresponsable una experiencia y unos conocimientos esenciales para la calidad asistencial" y   recuerda que , estaban en una situación de fraude de ley que como establecen  sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público , deberían ser reconocida y  recompensada.

Por último el sindicato MATS  considera estos despidos "un serio aviso de lo que puede ser" la denominada "macroope” en curso, animando a los  profesionales despedidos a recurrir judicialmente y al resto del personal temporal a la luchar por la convocatoria  de un concurso de mérito para  consolidar este empleo temporal  fraudulento y a que además salgan OPEs adicionales y regulares  que permitan recuperar los puestos de trabajo perdidos.

jueves, 22 de marzo de 2018

Recordatorio : [CGT / SAS / SummAT / SUSH , 23/3/2017] Escrito a los grupos parlamentarios de la Asamblea de Madrid 'La temporalidad en el SERMAS compromete la calidad asistencial. Hay que dar estabilidad laboral a quienes llevan 5, 10, 15 y hasta 20 años encadenando contratos temporales sin poder consolidar como fijos, y son parte esencial e imprescindible de la Sanidad Pública madrileña' [proponen Concurso de méritos excepcional]

[Recordatorio de entrada publicada el 27/03/2017]

'Las organizaciones CGT Sanidad MadridSindicato Asambleario de Sanidad -SAS-Sindicato SUMMATE, y  Sindicato Único de Sanidad e Higiene -SUSH- hemos entregado en el registro de la Asamblea de Madrid un escrito dirigido a cada uno de losgrupos parlamentarios, en el que damos datos de la intolerable situación de temporalidad de las plantillas del SERMAS y su más que probable agravamiento debido a la previsión de jubilaciones y la carencia de ofertas de empleo público suficientes.
Ofrecemos propuestas para valorar y hacemos hincapié en que una situación excepcional requiere una solución también excepcional


Recordatorio: [MATS 02/12/2016] 'Contra la precariedad laboral: EMPLEO FIJO Y DE CALIDAD, CONCURSO DE MÉRITOS YA'

[Recordatorio de entrada publicada el 02/12/2016]

'La sanidad pública madrileña sufre constantes pérdidas de empleo (casi 7.000 puestos de trabajo desde el inicio de la crisis económica); y una precariedad laboral que ya ronda el 35,7% sobre el total de las plantillas.

Esta situación afecta negativamente tanto a la calidad de los servicios, como a l@s trabajador@s que la sufrimos: temporalidad, inestabilidad, desigualdad salarial y manipulación de nuestros derechos.

Esta situación se tiene que acabar ¡YA!


Por eso el MATS propone:


  • CONVERSIÓN EN FIJAS DE TODAS LAS PLAZAS ESTRUCTURALES -con más de dos años- cubiertas actualmente por interin@s o eventuales (de todas las categorías profesionales),
  • Que el procedimiento a seguir,de manera excepcional, sea UN CONCURSO DE MÉRITOS basado en un estricto criterio de igualdad, mérito y capacidad. Y a partir de ese momento se saquen OPEs anuales.
  • Que el plazo para llevarse a cabo no exceda de 2017.
  • Que se pongan todos los recursos económicos necesarios en la próxima ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid.
Así mismo el MATS propone:

miércoles, 14 de marzo de 2018

[El Faro de Vigo] Los interinos de la Xunta de Galicia también anuncian movilizaciones contra las oposiciones "de estabilización" con sus puestos en fraude del ley por abuso de temporalidad

Informa el Faro de Virgo este 13/03/2018 que, a la vista de las movilizaciones masivas de interinos de Educación en Andalucía para exigir un Plan de Estabilidad para sus interinos longevos tras el que denominan "ERE encubierto" de las OPEs extraordinarias, permitidas a las CCAA  y AAPP por el Estado con los puestos de los temporales de más de 3 años, interinos y trabajadores temporales de la Xunta de Galicia  en relación con los de Andalucía en torno a la misma Plataforma nacional de interinos, temporales y estatutarios eventuales (PI) , han acordado emprender movilizaciones, con la misma demanda a la Xunta,  con la "Marcha del personal precario"  este viernes se concentrará ante el Parlamento gallego y otra concentración el 7 de abril, en la plaza del Toural, en Santiago. 


martes, 13 de marzo de 2018

Recordatorio. NOVEDAD JURÍDICA IMPORTANTE: juzgado de Madrid traslada al Tribunal de Justicia Europeo si hacer fijo al estatutario temporal con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS interino más de 17 años

[Recordatorio de entrada publicada el 06/03/2018
 
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid acaba de plantear [ver auto judicial] una importante y novedosa cuestión prejudicial a Europa , es decir una nueva consulta vinculante al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE], como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas,  que en caso de obtener respuesta favorable, podría tener consecuencias de dimensiones trascendentales y favorables para la estabilidad de los más de 100 mil estatutarios temporales de los servicios de Salud de las diferentes Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión el resto de centenares de miles de funcionarios temporales de todas las Administraciones públicas:

El juzgado madrileño traslada al tribunal europeo si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (interino, eventual o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en cuestión, el P.A. 193/2017 del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino en el mismo puesto durante más de 17 años, que, siguiendo mediante esta asociación una iniciativa del síndicato médico AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demandó que se le reconociera una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese  (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada, aplicando una normativa básica europea, la famosa Directiva 1999/70/CE, a su situación de evidente abuso de contratación temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio  carácter permanente.


La directiva europea viene a establecer que la temporalidad debe tener un límite en el tiempo ["establecida" en 3 años en el caso de los empleados públicos españoles] en las normativas nacionales, normativas nacionales que además deben incluir medidas de sanción al empleador que abusa y compensatorias para el empleado en situación de abuso de temporalidad. [En España se ha traspuesto en el Estatuto General de los Trabajadores, que no es de aplicación al personal funcionario ni al estatutario de Sanidad]


viernes, 9 de marzo de 2018

[AMYTS] 'El Tribunal de Justicia de la Unión Europea decidirá sobre el fraude a los trabajadores temporales del Servicio Madrileño de Salud'

'El Juzgado de lo Contencioso nº 8 de Madrid ha planteado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en relación con los reiterados incumplimientos del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) en la aplicación de la Directiva 1999/70/CE, que prohíbe los contratos temporales sucesivos para cubrir puestos de actividad ordinaria.
AMYTS, en colaboración con el Despacho de Abogados Araúz de Robles, ha llevado adelante varias demandas interesando la aplicación de la Directiva 1999/70/CE, para que se condene a transformar la relación temporal abusiva mantenida por el SERMAS con sus empleados estatutarios temporales, en una relación fija estable, o al menos equiparable a la de los empleados estatutarios fijos. Según cálculos de AMYTS esta es una situación que afecta al 40% de la plantilla de 70.000 trabajadores del SERMAS.

Las “cuestiones prejudiciales” son un mecanismo jurídico, cuyo objetivo es garantizar la aplicación efectiva y homogénea del Derecho de la Unión Europea y evitar interpretaciones divergentes. A través de este mecanismo, que tiene que ser planteado por un juez de uno de los Estados miembro, el TJUE tiene que pronunciarse y su respuesta es de obligado cumplimiento.

martes, 6 de marzo de 2018

NOVEDAD JURÍDICA IMPORTANTE: juzgado de Madrid traslada al Tribunal de Justicia Europeo si hacer fijo al estatutario temporal con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS interino más de 17 años

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid acaba de plantear [ver auto judicial] una importante y novedosa cuestión prejudicial a Europa , es decir una nueva consulta vinculante al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE], como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas,  que en caso de obtener respuesta favorable, podría tener consecuencias de dimensiones trascendentales y favorables para la estabilidad de los más de 100 mil estatutarios temporales de los servicios de Salud de las diferentes Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión el resto de centenares de miles de funcionarios temporales de todas las Administraciones públicas:

El juzgado madrileño traslada al tribunal europeo si es adecuado conceder la fijeza al personal estatutario temporal (interino, eventual o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en cuestión, el P.A. 193/2017 del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino durante más de 17 años en el mismo puesto al que accedió tras un proceso selectivo público de libre concurrencia y con formato de concurso-oposición para alcanzar la condición de interino de vacante, y que, siguiendo mediante esta asociación una iniciativa del síndicato médico AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demandó que se le reconociera una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese  (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada, aplicando una normativa básica europea, la famosa Directiva 1999/70/CE, a su situación de evidente abuso de contratación temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio  carácter permanente.


La directiva europea viene a establecer que la temporalidad debe tener un límite en el tiempo ["establecida" en 3 años en el caso de los empleados públicos españoles] en las normativas nacionales, normativas nacionales que además deben incluir medidas de sanción al empleador que abusa y compensatorias para el empleado en situación de abuso de temporalidad. [En España se ha traspuesto en el Estatuto General de los Trabajadores, que no es de aplicación al personal funcionario ni al estatutario de Sanidad]


domingo, 4 de marzo de 2018

[PInterinos] Manifiesto de la Plataforma de Interinos, Temporales y Eventuales PI, que agrupa a empleados públicos de la AAPP en fraude de ley y exigen la paralización de EREs encubiertos mediante OPEs de sus puestos y la estabilización por el concurso de méritos excepcional contemplado en su Estatuto Básico

'La PI es una plataforma que agrupa a distintas organizaciones de trabajadores de las diferentes Administraciones Públicas que se encuentran contratados en Fraude de Ley, y cuyo principal objetivo es el reconocimiento de esta situación que afecta a más de 600.000 personas.  Está integrada por las siguientes Asociaciones y Plataformas '  [1]


MANIFIESTO
Somos un movimiento no ideológico independiente de partidos políticos y sindicatos que agrupa a trabajadores temporales de las Administraciones Públicas cuyos derechos se están vulnerando constantemente. No nos sentimos representados por los sindicatos y queremos dejar muy claro que ellos no hablan en nombre de nuestro colectivo, siendo esta situación de desamparo en la defensa de nuestros derechos laborales, la razón fundamental de nuestra unión y existencia.

El Tribunal de Justicia de la UE ha reconocido que los distintos Gobiernos nacionales y autonómicos vienen realizando durante años CONTRATOS EN FRAUDE DE LEY al encadenar nombramientos, contratos o relaciones laborales de duración determinada para cubrir necesidades que realmente son de carácter estructural y permanente, incumpliendo lo establecido en las cláusulas 1 y 5 de la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada.

No se han convocado las plazas en el momento en que la ley lo exigía por lo que ha dado lugar a un aumento del número de trabajadores temporales frente a fijos. Entre 600.000 y 900.000 trabajadores públicos interinos y temporales se encuentran en Fraude de Ley.

Ante la necesidad de regularizar esta alta tasa de interinidad y al amparo del Acuerdo para la mejora del empleo público de 29 de marzo (actualmente recurrido), firmado por el Gobierno y los sindicatos (o mejor, academias de formación de opositores) UGT, CCOO y CSIF sin consultar a sus bases y a través de la habilitación del artículo 19 de los PGE de 2017 (y de los siguientes que se aprueben), pretenden convocar todas las plazas que hayan estado ocupadas durante 3 años por personal temporal, es decir, aquellas plazas en situación irregular, no reconociendo el fraude de ley y no asumiendo la responsabilidad por haber abusado de los trabajadores que han sido castigados por la temporalidad sin que se aprobaran las  correspondientes convocatorias que les permitieran acceder a las plazas que ocupaban durante años (5, 10, 15, 20 y 25 años incluso). Esta actuación es, en la práctica, un ERE encubierto que pretende sustituir a unos  trabajadores por otros más baratos y supone un ataque y una vulneración de los derechos más básicos de los trabajadores, como lo es su derecho a la estabilización.


Por ello, exigimos:
1. El reconocimiento de oficio por la Administración del Fraude de Ley de todos los empleados públicos laborales, estatutarios o funcionarios que llevan más de 24 meses contratados dentro de un periodo de 30.

2. La paralización de las ofertas de empleo y las convocatorias que incluyan “plazas de estabilización” que afectan a estas personas hasta que se regularice su situación laboral. Seguir adelante podría suponer que la Administración tenga que hacerse cargo de indemnizar e incluso readmitir a cientos de miles de trabajadores y al pago de los salarios durante el período que puedan durar los juicios, es decir, miles de millones de euros y posibles responsabilidades patrimoniales de las que tendrán que responder los gestores públicos que las acordaron.

3. La regularización mediante concurso de méritos basados en el cómputo de la antigüedad como único mérito objetivo de valoración de los trabajadores en fraude de ley, aplicando las normas que para estas situaciones excepcionales recoge el ordenamiento jurídico. Cualquier alternativa negociadora que no conlleve la consolidación del 100% de las personas afectadas no será admitida.


viernes, 2 de marzo de 2018

[PI] 'El Plan para la mejora del empleo público, un tongo en toda regla' Una plataforma de interinos "longevos" en todo el Estado demanda regularizar su situación mediante una estabilización de las personas y no de los puestos, y plantea denunciar la situación masivamente a la Unión Europea

'La Plataforma de Interinos PI*, que agrupa a diferentes asociaciones de interinos independientes de todos los ámbitos de la Administración Pública, denuncia públicamente que el acuerdo firmado entre el Gobierno y los Sindicatos CCOO, CSIF Y UGT, el 29 de marzo de 2017 denominado Plan para la mejora del empleo público, conocido como el ‘ACUERDAZO’ es un tongo en toda regla.
Este acuerdo se firma ante la obligación impuesta a España por la UE de reducir la temporalidad en la Administración Pública en base a la Directiva 1999/70/CE del Consejo de Estado de 28 de junio, y el Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada. El Estado español tenía obligación de transponer la Directiva a su normativa interna en un plazo que vencía en julio de 2001, más un año de prórroga. La legislación laboral, con mayor o menor acierto, ha adaptado la normativa europea.

Sin embargo, 16 años después, no se ha transpuesto la Directiva al ámbito de la Administración Pública. El abuso en la contratación del personal temporal al servicio de la Administración Pública viene de muy atrás. Más concretamente, en los años de la Directiva existía la figura del “meritorio”, así se denominaba al interino que una vez cesado continuaba realizando el mismo trabajo sin cobrar retribución alguna, durante semanas o meses hasta que era nombrado nuevamente.

Esta práctica se erradicó, pero la Administración sigue contratando sistemáticamente de forma fraudulenta a sus empleados, como lo demuestra el hecho de que la cifra de interinos en lugar de reducirse, ha seguido aumentando.

El abuso continuado de contratos temporales para cubrir puestos permanentes consideradas por el TJUE contrataciones “en fraude de ley”, ha supuesto una sanción por parte de la Unión Europea al Estado Español por incumplimiento de la normativa comunitaria de 100.000.000 de euros.


martes, 27 de febrero de 2018

Recordatorio [@PInterinos en change.org] Campaña de recogida de firmas [ya más de 50 mil] y denuncias a la Unión Europea por la 'Estabilidad del interino longevo: aplicación del del artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público por excepcionalidad [o proceso de conversión a fijos del personal temporal en abuso de temporalidad por concurso de méritos]

[Recordatorio de entrada publicada el 16¡9/02/2018]
 [campaña de firmas en change.org] 'Queremos una ley que desarrolle y aplique el 61.6 mediante concurso a todos los interinos longevos en fraude de ley que estamos en la administración pública independiente del sector o departamento que se trabaje.
Urge legislar la situación de más de 700.000 interinos que  hay a nivel nacional.

NO al ERE encubierto que se pretende hacer con las OPES que el gobierno y sindicatos han firmado.

Queremos una estabilidad Real y merecida tras muchos años y décadas al servicio de la administración y dedicando nuestros mejores años laborales viendo como ahora se nos obliga a aprobar o se nos despide.
ESTABILIDAD YAAA POR CONCURSO Y MERITOS, 61.6.

Los interinos longevos en fraude de ley demandamos se regule la situación fraudulenta, para ello se ha hecho esta Denuncia a Europa de todos los colectivos interinos. Mandando miles de denuncias podrían obligar al Estado español a hacer indefinidos a los temporales con mas de 3 años.


lunes, 26 de febrero de 2018

Recordatorio [PI] 'El Plan para la mejora del empleo público, un tongo en toda regla' Una plataforma de interinos "longevos" en todo el Estado demanda regularizar su situación mediante una estabilización de las personas y no de los puestos, y plantea denunciar la situación masivamente a la Unión Europea

[Recordatorio de entrada publicada el 16/02/2018]
 
'La Plataforma de Interinos PI*, que agrupa a diferentes asociaciones de interinos independientes de todos los ámbitos de la Administración Pública, denuncia públicamente que el acuerdo firmado entre el Gobierno y los Sindicatos CCOO, CSIF Y UGT, el 29 de marzo de 2017 denominado Plan para la mejora del empleo público, conocido como el ‘ACUERDAZO’ es un tongo en toda regla.

Este acuerdo se firma ante la obligación impuesta a España por la UE de reducir la temporalidad en la Administración Pública en base a la Directiva 1999/70/CE del Consejo de Estado de 28 de junio, y el Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada. El Estado español tenía obligación de transponer la Directiva a su normativa interna en un plazo que vencía en julio de 2001, más un año de prórroga. La legislación laboral, con mayor o menor acierto, ha adaptado la normativa europea.

Sin embargo, 16 años después, no se ha transpuesto la Directiva al ámbito de la Administración Pública. El abuso en la contratación del personal temporal al servicio de la Administración Pública viene de muy atrás. Más concretamente, en los años de la Directiva existía la figura del “meritorio”, así se denominaba al interino que una vez cesado continuaba realizando el mismo trabajo sin cobrar retribución alguna, durante semanas o meses hasta que era nombrado nuevamente.

Esta práctica se erradicó, pero la Administración sigue contratando sistemáticamente de forma fraudulenta a sus empleados, como lo demuestra el hecho de que la cifra de interinos en lugar de reducirse, ha seguido aumentando.

El abuso continuado de contratos temporales para cubrir puestos permanentes consideradas por el TJUE contrataciones “en fraude de ley”, ha supuesto una sanción por parte de la Unión Europea al Estado Español por incumplimiento de la normativa comunitaria de 100.000.000 de euros.


lunes, 19 de febrero de 2018

[@PInterinos en change.org] Campaña de recogida de firmas [ya casi 50 mil] y denuncias a la Unión Europea por la 'Estabilidad del interino longevo: aplicación del del artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público por excepcionalidad [o proceso de conversión a fijos del personal temporal en abuso de temporalidad por concurso de méritos]

[change.org] 'Queremos una ley que desarrolle y aplique el 61.6 mediante concurso a todos los interinos longevos en fraude de ley que estamos en la administración pública independiente del sector o departamento que se trabaje.

Urge legislar la situación de más de 700.000 interinos que  hay a nivel nacional.

NO al ERE encubierto que se pretende hacer con las OPES que el gobierno y sindicatos han firmado.

Queremos una estabilidad Real y merecida tras muchos años y décadas al servicio de la administración y dedicando nuestros mejores años laborales viendo como ahora se nos obliga a aprobar o se nos despide.
ESTABILIDAD YAAA POR CONCURSO Y MERITOS, 61.6.

Los interinos longevos en fraude de ley demandamos se regule la situación fraudulenta, para ello se ha hecho esta Denuncia a Europa de todos los colectivos interinos. Mandando miles de denuncias podrían obligar al Estado español a hacer indefinidos a los temporales con mas de 3 años.


miércoles, 7 de febrero de 2018

Recordatorio. El 39% de los empleados del SERMAS son temporales: actualización a 31/12/2017 de las plantillas reales del SERMAS que publica la Consejería de Sanidad

[Recordatorio de entrada publicada el 26/01/2018] Tal y como establece el art. 32 de  la Ley 9/2015 Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid , o "ley de acompañamiento de los presupuestos para 2016" sobre las "medidas de transparencia, acceso a la información y buen gobierno en el Servicio Madrileño de la Salud", la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid puso en marcha en  Julio de 2016  el Portal Estadístico de Personal publicando por primera vez  la información detallada sobre el número del personal fijo, interino y eventual -es decir la "plantilla efectiva" o real, por cada categoría y centro de las instituciones sanitarias del SERMAS, por aquel entonces con datos a fecha 31/05/2016.
Desde entonces ha ido actualizado casi cada mes la información detallada siendo los últimos datos publicados, a fecha de 31/12/2017, de interés ya que recoge las plantillas reales antes de los nuevos nombramientos a 1/1/2018 como interinos de un número importante de eventuales como ejecución de la 2ª fase de interinizaciones del SERMAS , proceso que, evidentemente, no cambia las cifras totales de temporalidad, sino su reparto entre interinos y eventuales

Precisamente, los porcentajes de temporalidad son muy elevados en el SERMAS:  agregando los datos de personal estatutario (el mayoritario con 61.530 [60917 antes] empleados), laboral (8.952 [9.062] empleados) y funcionario (318 [334]) -siempre de las instituciones sanitarias del SERMAS -es decir de la Atención Primaria y centros hospitalarios de gestión directa-, y sobre un total de 70.800 empleados (aparte de 270 directivos de libre designación) se tiene a 31/12/2017:
  • un 60,9% de personal fijo (43.121 empleados)
  • un 39,1% de temporales: el 27% de interinos (19.108) y el 12,1% de eventuales (8.571 eventuales)

martes, 6 de febrero de 2018

[Economía Digital] Ola de demandas de interinos de gran temporalidad por la convocatoria de sus puestos en las oposiciones extraordinarias

Publica Economía Digital este 04/02/2017 que se espera una ola de demandas ante lo que podría ser "el mayor ERE de España" por los despidos que podrían provocar las oposiciones masivas que se se plantean desde el Gobierno del Estado , en  acuerdo con los sindicatos nacionales , para que las administraciones públicas reduzcan su temporalidad a base de convocar las centenares de miles de plazas del personal interino que lasa administraciones han mantenido de forma fraudulentamente durante muchos años sin convocar oposiciones regulares.

lunes, 29 de enero de 2018

[Redacción Médica] La Abogada General de la Unión Europea defiende la readmisión del temporal despedido ilegalmente

Informaba Redacción Médica el pasado 25/01/2018 de un nuevo pronunciamiento de la Abogada General de la Unión Europea, Juliane Kokott, sobre empleados públicos temporales :  el laboral temporal ante un despido que sea declarado nulo por la justicia, por despido ilegal, debe tener derecho a la readmisión al igual que tiene ese derecho el laboral fijo.

[NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Abogada General emitió recientemente un "sorprendemente" dictamen en el que opinaba que los trabajadores interinos, incluso laborales, no deben cobrar ninguna indemnización ante un cese por una cobertura normal de su puesto (oposición, concurso de traslados, etc) por mucho tiempo que lleve , obviando el argumento de abuso en la situación de temporalidad en que se apoyaban las 3 famosas sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público de 2015.  Precisamente, se teme ahora que el Tribunal europeo pueda cambiar de criterio  ante la importante cuestión prejudicial que le  ha elevado el Tribunal Supremo Español , que realmente preguntanba si debe conceder 12 días o 20 apelando a la doctrina en una de lass 3 sentencias, en concreto la del caso Diego Porras, más que poner en duda el derecho a la propia indemnización.