Mostrando entradas con la etiqueta precariedad. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta precariedad. Mostrar todas las entradas

viernes, 11 de octubre de 2019

Recordatorio. Cuestionado ante el Tribunal de Justicia Europeo que la interinización en vacantes de temporales no ya interinos de vacante de duración excesiva pueda ser una solución suficiente ante la normativa europea -en contra de lo establecido por el Supremo recientemente- , por el caso de un recurso de los sindicatos CGT y SUSH de anulación de proceso de interinización de estatutarios eventuales del SERMAS por la exclusión de otros temporales. El juzgado se suma a las cuestiones ya en el Tribunal europeo sobre si conceder fijeza es la solución y no las convocatorias que son el fin de estas interinizaciones

[Recordatorio de entrada publicada el 02/10/2019]


Gracias  a la entrada publicada el pasado 25/09/2019 en el blog del profesor universitario Eduardo Rojo Torrecilla, hemos conocido que el  Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 24 de Madrid interpuso el pasado 11/02/2019  [ver auto judicial] una nueva  serie de cuestiones prejudiciales , es decir de consultas vinculantes,  al Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] relacionadas con el abuso de temporalidad en el empleo público español (nuevamente por casos del Servicio Madrileño de Salud), serie de cuestiones que tendrán que ser dirimidas por el Tribunal europeo al ser publicada este 23/09/2019 en el Diario Oficial de la Unión Europeo como asunto C-103/19 y que se suma en sus planteamientos a las previas series de cuestiones prejudiciales, planteadas por la misma jueza, Ana Monreal desde distintos juzgados  de los contencioso-administrativo, a los dos asuntos

  1. el asunto "Sánchez Ruiz" o  asunto C-103/18 del caso de nuestro informático del SERMAS estatutario interino de vacante más de 17 años nuestro informático estatutario interino de vacante más de 17 años en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  tras su demanda con el gabinete de Javier Arauz y Robles de que se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal  en el empleo público como la medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª ante la falta de medidas válidas en el ordenamiento legal y jurídico español,siendo las preguntas del juez nacional, entre otras:
    • si el interino de vacante es un tipo de temporal sobre el que se aplica dicha cláusula 5ª, entendiendo el juez nacional que sí (mientras que el Gobierno del Estado y de la Comunidad de Madrid han defendido que no en el juicio)

      ,
    • o la de si hacer fijo a temporales de larga duración es una solución acorde a la exigencia europea aún cuando lo prohíba la interpretación actual de la jurisprudencia española que hace de la Constitución, entendiendo el juez nacional también que sí sería (defendiendo el Gobierno del Estado y de la Comunidad de Madrid que en el caso de considerar el Tribunal europeo que a este caso debe aplicarse la cláusula 5ª del abuso, ya existe una solución acorde que son las OPEs llamadas de "estabilización" por decisión con rango de ley del Gobierno del Estado y con acuerdo de los sindicatos)
  2.  el asunto C-429/18 o asunto "Fernández-Alvárez y otros" ,  que el Tribunal europeo decidió acumular  con posterioridad , del caso de 5 odontólogas también del SERMAS y también tras la misma demanda con el mismo gabinete[ver aquí más información]), sumando estas importantes cuestiones adicionales  a las anteriores:





    • si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad pueda ser una solución del fraude de ley del abuso de la temporalidad acorde a la exigencia de la Directiva (defendiendo la jueza que no)
    • idem si conceder la figura del "indefinido no fijo" asentada en la jurisprudencia nacional para personal público laboral pero rechazada por el Supremo para el personal funcionarial), entendiendo la jueza que tampoco al entender que cambia "temporalidad por temporalidad"
    • en caso de que la respuesta del Tribunal europeo a la pregunta de la fijeza fuera negativa,  si  sería una medida acorde y suficiente una indemnización equivalente al despido improcedente del laboral
Recordemos que el juicio oral de ambos asuntos acumulados ya tuvo lugar el pasado  15 de Mayo,  tras haber finalizado en meses anteriores la fase de juicio por escrito, en los que, además de preguntar a las partes, el Tribunal Europeo había recogido las preceptivas observaciones de la Comisión Europea  -favorables a los interinos- y las opcionales del Estado Español,  -contrarias a los interinos- y que está pendiente del preceptivo informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea -anunciado para el próximo 17 de Octubre- y, por fin, después de la sentencia del Tribunal. Estos asuntos acumulados actuales en el TJUE han  saltado por fin a los medios generales de forma masiva .



Ahora nos encontramos no con el caso de demanda personales de fijeza como sanción al abuso de duración de temporalidad personal, sino del recurso judicial (nº 207/2017 del Juzgado de lo CA nº 24 de Madrid) de los sindicatos SUSH y Sanidad de CGT, con el letrado Miguel Angel Santalices, a la  Orden 406/2017 de 8/05/20187 de la Consejería de Sanidad, por la que se dictaban instrucciones para el procedimiento extraordinario de transformación en nombramientos interinos por vacante del Servicio Madrileño de Salud exclusivamente a estatutarios eventuales de más de 2 años cuando hubieran vacante ya prevista en su centro, es decir, el que luego fuera denominada primera fase de regularización de eventuales  , demandando los sindicatos  la  nulidad de la orden por el personal temporal no interino de vacante de más de dos años excluido. Después el SERMAS acabaría realizando una segunda fase más amplia.




miércoles, 2 de octubre de 2019

Cuestionado ante el Tribunal de Justicia Europeo que la interinización en vacantes de temporales no ya interinos de vacante de duración excesiva pueda ser una solución suficiente ante la normativa europea -en contra de lo establecido por el Supremo recientemente- , por el caso de un recurso de los sindicatos CGT y SUSH de anulación de proceso de interinización de estatutarios eventuales del SERMAS por la exclusión de otros temporales. El juzgado se suma a las cuestiones ya en el Tribunal europeo sobre si conceder fijeza es la solución y no las convocatorias que son el fin de estas interinizaciones [ Asunto C-103/19 SUSH y Sanidad de Madrid CGT ]

Gracias  a la entrada publicada el pasado 25/09/2019 en el blog del profesor universitario Eduardo Rojo Torrecilla, hemos conocido que el  Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 24 de Madrid interpuso el pasado 11/02/2019  [ver auto judicial] una nueva  serie de cuestiones prejudiciales , es decir de consultas vinculantes,  al Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] relacionadas con el abuso de temporalidad en el empleo público español (nuevamente por casos del Servicio Madrileño de Salud), serie de cuestiones que tendrán que ser dirimidas por el Tribunal europeo al ser publicada este 23/09/2019 en el Diario Oficial de la Unión Europeo como asunto C-103/19 y que se suma en sus planteamientos a las previas series de cuestiones prejudiciales, planteadas por la misma jueza, Ana Monreal desde distintos juzgados  de los contencioso-administrativo, a los dos asuntos
  1. el asunto "Sánchez Ruiz" o  asunto C-103/18 del caso de nuestro informático del SERMAS estatutario interino de vacante más de 17 años nuestro informático estatutario interino de vacante más de 17 años en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  tras su demanda con el gabinete de Javier Arauz y Robles de que se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal  en el empleo público como la medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª ante la falta de medidas válidas en el ordenamiento legal y jurídico español,siendo las preguntas del juez nacional, entre otras:
    • si el interino de vacante es un tipo de temporal sobre el que se aplica dicha cláusula 5ª, entendiendo el juez nacional que sí (mientras que el Gobierno del Estado y de la Comunidad de Madrid han defendido que no en el juicio)

      ,
    • o la de si hacer fijo a temporales de larga duración es una solución acorde a la exigencia europea aún cuando lo prohíba la interpretación actual de la jurisprudencia española que hace de la Constitución, entendiendo el juez nacional también que sí sería (defendiendo el Gobierno del Estado y de la Comunidad de Madrid que en el caso de considerar el Tribunal europeo que a este caso debe aplicarse la cláusula 5ª del abuso, ya existe una solución acorde que son las OPEs llamadas de "estabilización" por decisión con rango de ley del Gobierno del Estado y con acuerdo de los sindicatos)
  2.  el asunto C-429/18 o asunto "Fernández-Alvárez y otros" ,  que el Tribunal europeo decidió acumular  con posterioridad , del caso de 5 odontólogas también del SERMAS y también tras la misma demanda con el mismo gabinete[ver aquí más información]), sumando estas importantes cuestiones adicionales  a las anteriores:




    • si convocar a OPEs convencionales los puestos de empleados públicos en abuso de temporalidad pueda ser una solución del fraude de ley del abuso de la temporalidad acorde a la exigencia de la Directiva (defendiendo la jueza que no)
    • idem si conceder la figura del "indefinido no fijo" asentada en la jurisprudencia nacional para personal público laboral pero rechazada por el Supremo para el personal funcionarial), entendiendo la jueza que tampoco al entender que cambia "temporalidad por temporalidad"
    • en caso de que la respuesta del Tribunal europeo a la pregunta de la fijeza fuera negativa,  si  sería una medida acorde y suficiente una indemnización equivalente al despido improcedente del laboral
Recordemos que el juicio oral de ambos asuntos acumulados ya tuvo lugar el pasado  15 de Mayo,  tras haber finalizado en meses anteriores la fase de juicio por escrito, en los que, además de preguntar a las partes, el Tribunal Europeo había recogido las preceptivas observaciones de la Comisión Europea  -favorables a los interinos- y las opcionales del Estado Español,  -contrarias a los interinos- y que está pendiente del preceptivo informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea -anunciado para el próximo 17 de Octubre- y, por fin, después de la sentencia del Tribunal. Estos asuntos acumulados actuales en el TJUE han  saltado por fin a los medios generales de forma masiva .

Ahora nos encontramos no con el caso de demanda personales de fijeza como sanción al abuso de duración de temporalidad personal, sino del recurso judicial (nº 207/2017 del Juzgado de lo CA nº 24 de Madrid) de los sindicatos SUSH y Sanidad de CGT, con el letrado Miguel Angel Santalices, a la  Orden 406/2017 de 8/05/20187 de la Consejería de Sanidad, por la que se dictaban instrucciones para el procedimiento extraordinario de transformación en nombramientos interinos por vacante del Servicio Madrileño de Salud exclusivamente a estatutarios eventuales de más de 2 años cuando hubieran vacante ya prevista en su centro, es decir, el que luego fuera denominada primera fase de regularización de eventuales  , demandando los sindicatos  la  nulidad de la orden por el personal temporal no interino de vacante de más de dos años excluido. Después el SERMAS acabaría realizando una segunda fase más amplia.


martes, 6 de agosto de 2019

[El Diario - Extremadura] Consejera de Educación y Empleo: la Junta está pendiente de las sentencia europea sobre abuso de temporalidad y sus consecuencias, que recurrirían "hasta el último momento"

Informa este 06/08/2019 El Diario.es en su edición de Extremadura que la consejera de Educación y Empleo, Esther Gutiérrez,  al hilo de una sentencia para que adelante al 1 de Septiembre la contratación del profesorado interino -que han recurrido y ya ha anuncia do que no van a seguir- también ha hablado respecto a la futura  sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en  los asuntos  sobre el abuso de duración de temporalidad de los interinos en la administración pública  que podría "obligar" a pasar a indefinidos a 800.000 profesionales, declarando la Consejera que estará “pendiente” de ello y que supone que [como consecuencia de dicha sentencia] “ habrá un periodo transitorio y se darán facilidades" si bien, afirma que  "no podemos precipitarnos” y que recurriría la sentencia “hasta el último momento”, recordando que hay sentencias contradictoras.

[ElDiario.es Euskadi] La temporalidad supera el 35% en la Administración vasca. Su situación podría cambiar tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en casos de abuso de duración de temproalidad

Informaba el pasado 03/08/2019  El Diario.es en su edición Norte que según los datos de la EPA la temporalidad en la administración pública vasca supera el 35%, llegando al 40% en su Servicio de Salud. El medio entrevista a varios de estos empleados públicos   que llevan en esta situación precaria temporal muchos años, comentando que su situación podría "dar un giro inesperado" tras la esperada para septiembre u octubre sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en  los asuntos de un informático interino 20 años del Servicio Madrileño de Salud y varias odontólogas también interinas entre 12 y 17 años del SERMAS que demandan la estabilidad o fijeza sin necesidad de pasar por oposiciones como sanción al abuso de duración de temporalidad en base a la Directiva europea de empleo.

[Cadena Ser] El programa Hoy por Hoy nuevamente dedicado al fraude de ley del abuso de temporalidad en el empleo público con declaraciones del abogado de los casos en el Tribunal Europeo y de varios afectados


La Cadena SER volvió a hacerse  eco del problema del fraude de ley del abuso de temporalidad de los empleados públicos "interinos ", esta vez en el programa Hoy por Hoy edición nacional de este 29/07/2019 [minuto 39, extracto con la parte], en su sección semanal "Mierda Jobs" dedicado semanalmente a la precariedad y a los abusos laborales

En el programa se entrevista a Javier Araúz, el abogado de los procesos de demanda de fijeza que se encuentran con importantes cuestiones en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea  sobre el abuso de duración de temporalidad en el empleo público así como a varios  empleados públicos afectados de varios sectores : Educación, Justicia y Sanidad, centrándose en cómo afecta a sus vidas la precariedad de sus puestos y en la situación actual de que la ley aprobado por Montoro insta a convocar sus puestos a OPEs que pueden suponer su despido sin indemnización alguna




lunes, 20 de mayo de 2019

[PlatPersTempCM] 'Concentración el 21 de Mayo a las 19h en Sol para denunciar que los procesos "de estabilización" no cumplen con normativa europea - como acaba de declarar en juicio en el Tribunal europeo la propia Comisión Europea- y exigir que no haya ceses por OPEs sino la estabilización por méritos de antigüedad de los empleados públicos en abuso de temporalidad'

'La Plataforma de Personal Temporal de las Administraciones Públicas en la Comunidad de Madrid convoca una concentración este martes 21 de Mayo a las 19h en la Puerta del Sol para en primer lugar DENUNCIAR
  •  que prosigue y se agrava la situación  en la que se encuentran 50 mil empleados públicos de la Comunidad de Madrid, ayuntamientos y otras Administraciones públicas regionales  y locales de
    • abuso de duración de temporalidad en fraude de la propia ley española del empleado público, tras mantener sus gobiernos sus plazas durante decenas de años de forma precaria y con despido libre sin realizar las debidas convocatorias de empleo público en su momento y cantidad
    •  incumplimiento de la normativa superior europea, al no existir en la legislación española, como exige la Directiva de la Unión Europea de empleo público 1999/70/CE, una medida que disuada a la administración de cometer este abuso y que compense al trabajador cuando se trata del caso de empleado de la administración, mientras que en la empresa privada  se multa a la empresa incumplidora y se dicta la fijeza por sentencia al trabajador , y todo esto pese a la clara Resolución del Parlamento Europeo de 31/05/2018 que insta a modificar la legislación nacional para que se convierta a todo este personal temporal público en fijo condenando el cese de todo personal en este fraude de ley del abuso de temporalidad

      Este incumplimiento ha llegado al Tribunal de Justicia Europeo, donde este mismo 15 de Mayo ha tenido lugar el juicio oral por varios casos de interinos de más de 15 años precisamente del Servicio Madrileño de Salud, si bien una sentencia favorable a los trabajadores podría tener consecuencias para más de medio millón de empleados públicos de toda  España, especialmente si las sentencias europeas no son luego tergiversadas en su aplicación por la justicia española
  • que, por contra, el Gobierno de la Comunidad de Madrid y ayuntamientos, con fines electoralistas y con toda impunidad, ha decidido convocar ahora muchos años después a Oferta Pública de Empleo convencional estos puestos en fraude de ley lo que supondrá el despido de muchos de los empleados públicos cuyos puestos son los que se convocan  que no superen los procesos en competencia con las decenas de miles de aspirantes.

    Precisamente en estos días el Gobierno de la Comunidad está negociando en la mesa general con los sindicatos las convocatorias de sus Ofertas de "estabilización" para los más de 8 mil puestos de personal funcionario y laboral de su Administración General y Servicios en fraude de ley, planteándose en aprobar las convocatorias en la misma semana de las elecciones. Por otro lado, ya ha realizado una parte importante de las convocatorias de los más de 23 mil puestos reconocidos en Sanidad y de los 7 mil de personal docente. Sin contar con su personal  de la Administración de Justicia ya supone reconocer y ofertar a OPEs convencionales más de 35 mil puestos de sus temporales sólo de la propia administración institucional de la Comunidad de Madrid. A sumar los de los ayuntamientos en la Comunidad, como el  Ayuntamiento de Madrid, universidades, empresas públicas , etc

martes, 5 de marzo de 2019

[AMYTS]'AMYTS convoca a los médicos a manifestarse el 7 de Marzo #HayMasRazones [Manifestación Ministerio de Sanidad 12h y Concentración en la Puerta de los centros a las 14h]

'AMYTS, como miembro de la CESM apoya y participa de la convocatoria de MANIFESTACIÓN para el próximo día 7 de marzo de 2019, que partirá a las 12 de la mañana desde el Ministerio de Sanidad, finalizando el recorrido a la puerta del Congreso de los Diputados. Esta manifestación se hará con el siguiente decálogo de reivindicaciones:

1. Garantizar la calidad asistencial.
2. Fin a la excesiva carga asistencial y contratos indignos. Especialmente acusado en el ámbito de la Atención Primaria y en los servicios de urgencias hospitalarias y extrahospitalarias.
3. Fin a la precariedad y alta temporalidad en el empleo.

miércoles, 20 de febrero de 2019

Recordatorio. [Gabinete Araúz de Robles] 'Estado de tramitación de las cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea' [Observaciones de la Comisión Europea a la demanda de fijeza del informático del SERMAS interino más de 17 años: la transformación a fijo es adecuada a la normativa europea]

[Recordatorio de entrada publicada el 11/10/2018'En relación con las cuestiones prejudiciales planteadas por los Juzgados de lo Contencioso Administrativo 8 y 14 de Madrid al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el despacho Araúz de Robles, informa de lo siguiente:





PRIMERO.- En cuanto a la cuestión prejudicial suscitada por el Juzgado número 14, se está tramitando por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) bajo el número de asunto prejudicial C-429/18, habiendo dado traslado la Secretaría del Tribunal a las partes del plazo de dos meses para formular Observaciones escritas en resolución de fecha 31 de julio,
plazo éste que venció el 10 de octubre de 2018.
 

Ya hemos formulado Observaciones escritas en nombre de las odontólogas estatutarias temporales recurrentes que acreditaban entre 8 y 17 años de servicios continuados en el SERMAS, por lo que en breve se nos dará traslado de las Observaciones escritas formuladas, tanto por la Comisión Europea, como por el Reino de España y por la Comunidad de Madrid.



.



SEGUNDO.- En cuanto a la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado nº 8, que se está tramitando por el TJUE bajo el número de asunto prejudicial C-103/18, el Tribunal nos ha dado traslado de las Observaciones escritas presentadas en este asunto por la Comisión Europea, en las que dicha Comisión viene a manifestar, en la línea que defendemos nosotros, lo siguiente:


a) Que el incumplimiento por parte del empleador público de su deber de incluir la plaza vacante ocupada por el trabajador temporal en la oferta de empleo público del año siguiente a su nombramiento, de conformidad con el art. 10.4 EBEP, y en el plazo improrrogable de 3 años, de conformidad con el art. 70.1 EBEP, supone una violación de la Cláusula 5 del Acuerdo marco, en la medida que permite la sucesión de contratos temporales o perpetúa la temporalidad, y por tanto, conlleva una utilización abusiva de la contratación temporal para cubrir necesidades estables y permanentes

b) Que a pesar de que tal examen corresponde al juez nacional, en el asunto que nos ocupa, a la vista de la duración extraordinariamente larga del vínculo laboral (17 años repartidos en -al menos- dos relaciones de interinidad) entre el Sr. Sánchez y el Servicio Madrileño de Salud, a la Comisión le parece evidente que en este caso dicho trabajador está atendiendo necesidades de carácter estable y permanente
 
.

Recordatorio. El Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si hacer fijo al personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años es una solución acorde a las exigencias de la normativa europea [Publicado como Asunto C-103/18 del TJUE: Cuestión prejudicial del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid ]

[Recordatorio de entrada publicada el 08/05/2018] En el día de ayer, 7/5/2018  se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la importante "petición de decisión (o cuestión) prejudicial" al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE] que había presentado el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid  el pasado 13 de febrero de 2018 , y que ya avanzamos aquí, por una demanda de fijeza de un empleado público temporal "en fraude de ley" por abuso de temporalidad de su administración pública, en concreto, por una demanda de un informático interino durante mas de 17 años en el Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] de la Comunidad de Madrid.

De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas,  que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"]  tendría consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad  con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"],  de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los  ámbitos  estatal, regional y local. Sin duda, también tendría efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición para la cuestión de la fijeza



Recordemos que el juzgado madrileño -de lo contencioso-administrativo por ser el informático del caso estatutario de Sanidad- traslada al tribunal europeo , entre otras, la cuestión si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (sea "interino de vacante", "eventual" [es decir, con fecha de fin en su nombramiento] o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en origen, el Procedimiento Abreviado nº 193/2017 del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino en el mismo puesto durante más de 17 años, que, siguiendo mediante esta asociación de informáticos personal propio del SERMAS, APISCAM, una iniciativa del sindicato médico de la Com. de Madrid AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demanda que se le reconozca una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese  (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada al empleador y compensación al empleado, aplicando una normativa básica europea de obligado cumplimiento y por encima de toda la legislación española, la famosa Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal, a su situación de evidente abuso de relación de empleo temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio carácter permanente, precisamente por su larga permanencia en la misma persona y lugar.

martes, 8 de enero de 2019

Recordatorio. Resolución del Parlamento Europeo tras las peticiones recibidas en la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad tanto en la empresa como en el empleo público: la conversión a fijo es adecuada y pide que se incluya en la normativa nacional como medida ante abuso de temporalidad, sin perjuicio de sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley

[Recordatorio de entrada publicada el 04/06/2018]

Como resultado de numerosas peticiones que llegaron a la Unión Europea sobre precariedad laboral y abuso de la relación de empleo temporal, incluyendo entre ellas especialmente los abusos cometidos en la administración pública de varios estados miembros con sus empleados públicos [en la que destacan numerosas AAPP de España como la misma Comunidad de Madrid con un Servicio Madrileño de Salud con un 39% de temporalidad en la inmensa mayor parte de casos sobre puestos que son de necesidades evidentemente permanentes (el propio SERMAS ha reconocido más de 22 mil puestos ocupados de forma temporal más de 3 años a fecha 31/12/2016)] , la Presidenta del Comité de Peticiones, Cecilia Wikström, decidió dar traslado al Parlamento Europeo por la vía de una pregunta oral  que  hatrató en el Parlamento Europeo  la semana pasada, acompañada de una de una propuesta   de resolución del parlamento  como respuesta (la iniciactiva parlamentaria RSP 2018/2600)

Hay que avisar que la normativa europea, formalizada en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE sobre empleo temporal - norma que está por encima de toda la legislación española-,  utiliza la nomenclatura de "contratos de duración determinada" para denotar cualquier relación de empleo con fin definido por una fecha o por una condición preestablecida como sería el ejemplo de la cobertura del puesto por un proceso selectivo de una Oferta de Empleo Público en una Administración Pública española. De esta manera un empleado público interino de vacante , incluyendo los que están bajo relación de empleo administrativa (como la de los funcionarios y la de los estatutarios de los Servicios de Salud , también es un "contrato de duración determinada" y no sólo lo es el empleado público temporal ( funcionario o laboral) con nombramientos o con contratos de, por ejemplo un año o meses (la denominación para el personal estatutario de los servicios de salud es de estatutario eventual) [Es más, pareciera que la relación de "indefinido no fijo", creada y asentada jurisprudecialmente en España en el ámbito de empleados públicos laborales, ¿no debería considerar igualmente un "contrato de duración determinada" en la terminología europea -es decir, una temporalidad en cuanto las condiciones de cese-  a la vista evidente de que tiene como condición de cese la cobertura de su puesto ofrecido a OPE?]

Finalmente, el Parlamento Europeo decidió aprobar una Resolución el 31/05/2018  [ver  aquí el texto de esta Resolución definitiva  aprobada ]
que ha mantenida intacta la propuesta que se trataba en cuanto a los puntos sobre empleo público. Así la Resolución aprobada del Parlamento Europeo contiene estos importantes puntos [comentarios nuestros entre corchetes] para el problema del fraude de ley por abuso de temporalidad en la Administraciones públicas españolas [y, por ende para las reivindicaciones de estabilidad directa por parte de los centenares de miles de empleados públicos temporales en situación de abuso de temporalidad, que ahora quedan, sin duda, reforzadas]:


martes, 4 de diciembre de 2018

Recordatorio [05/06/18] El Tribunal de Justicia Europeo recula y sentencia que no es contrario a la normativa europea la normativa española de no conceder indemnización alguna al laboral interino cesado por cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo), pero aunque no se le preguntaba, observa que si la "duración es inusualmente larga" debería examinarse si "recalificarlo como contrato fijo"

[Recordatorio de entrada publicada el 05/06/2018]
 
Recordemos que tras las famosas sentencias del Tribunal europeo sobre temporalidad en empleo público, especialmente por una de ellas, la del caso "Diego de Porras", parecía "claro" que los  laborales interinos, incluidos los empleados públicos (es decir,  específicamente al menos los de relación de empleo laboral temporal bajo "contratos" laborales"), tendrían derecho a indemnización y además de 20 días por año, cuando fueran despedidos ("cesados") al producirse la cobertura de su puesto por una de las situaciones previstas en su contrato de interino: una sustitución, un proceso selectivo para cubrir la vacante, el fin de la obra y servicio, etc.

lunes, 26 de noviembre de 2018

[SEPCA] Canarias. 'Propuesta conjunta estabilidad personal no fijo ' [Sindicatos canarios mayoritarios en la mesa general de empleados públicos piden artículo en ley de presupuestos para que los procesos de "estabilización" sean concurso de méritos y el personal de antes de 2005 quede "a extinguir" hasta su jubilación]

'El Sindicato de Empleados Públicos de Canarias – SEPCA -, junto a Intersindical Canaria, ambas organizaciones con representación mayoritaria en la Mesa General del Negociación de Empleados Públicos de Canarias han llegado al acuerdo de presentar conjuntamente una propuesta de enmienda al Proyecto de ley de Presupuestos Generales de Canarias para 2019, relacionadas con la estabilidad del personal no fijo en las Administraciones Públicas Canarias.

Texto literal de la propuesta de enmienda:

1.- Los procesos de estabilización que se desarrollen en aplicación de lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2018 se realizarán a través del sistema selectivo de Concurso de Valoración de Méritos, de conformidad con lo previsto en los apartados 6 y 7 del artículo 61 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.


martes, 20 de noviembre de 2018

[El Diario] La Comunidad de Madrid tiene un problema con su fraude de 50 mil temporales de larga duración: reclaman ser fijos sin oposición por concurso de méritos, para lo que Podemos de la CM ha presentado una 1ª proposición de ley en Sanidad que en CSIF califican de vergonzosa

Informaba El Diario el pasado 16/11/2018 que la Comunidad de Madrid cuenta con en torno a 50 mil empleados públicos temporales,  más de la mitad en Sanidad, con temporalidad de duración fraudulenta (más de 3 años) por culpa de la Administración al no convocar a oposiciones en tiempo y  número todas esas plazas durante los últimos 15 años;  y que la Comunidad de Madrid tiene el problema de la reclamación que realizan los propios temporales , que ya presentaron 14 mil de sus firmas, de un  proceso extraordinario de consolidación sin oposición ,  el concurso de méritos previsto por el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público para "situaciones excepcionales" y además "en virtud de ley" para funcionarios, demanda que ha sido atendida por el grupo parlamentario Podemos para el caso del Sanidad al presentar en la Asamblea de Madrid una Proposición  de Ley de Concurso de Méritos en el SERMAS

viernes, 16 de noviembre de 2018

[El Boletín] Plataforma de temporales presiona a los partidos de la Asamblea de la Comunidad de Madrid para que aprueben la Ley de Concurso de Méritos en el SERMAS, ya para debate parlamentario, como solución a su fraude de ley

Informa El Boletín este 14/11/2018 que la proposición de Ley de Podemos de Concurso de Méritos para alcanzar la condición de fijo en el SERMAS con los puestos temporales más de años  como la solución adecuada a la normativa europea a ese fraude de ley por abuso de temporalidad   ha sido admitida a trámite parlamentario por la Mesa de la Asamblea de Madrid y que la  Plataforma de Personal Temporal  de las AAPP en la Comunidad de Madrid ha reclamado a los grupos parlamentarios de  PP, PSOE y Ciudadanos en la Asamblea de Madrid  que apoye esta propuesta para lo que les ha solicitado una entrevista,  señalando  además que esta primera ley para este cuerpo especial de empleados públicos [los "estatutarios" de Servicio de Salud] “allanaría el camino para el resto de los empleados públicos de los demás sectores”

miércoles, 14 de noviembre de 2018

[El Diario Las Palmas] La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria paraliza las oposiciones para estabilizar los puestos de 120 interinos ante el temor de que implique su despido masivo y a la espera de posibles cambios normativos

Informa El Diario las Palams este 13/11/2018 que la  Universidad de Las Palmas de Gran Canaria , a petición de los representantes sindicales y ante el temor de que los interinos que no han tenido opción de poder consolidar su puestos en las últimas décadas, pierdan ahora sus trabajos, ha decido paralizar la oferta de empleo público de  120 plazas de su personal interino de Administración y Servicios ( PAS) que había previsto como aplicación de los denominados "procesos de estabilización de puestos" temporales más de años, el 30% del PAS de la ULPGC,  derivados  de la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  .  

El rector  ha informado de su postura de "no querer en ningún caso perjudicar a nadie", recordando que está obligado a convocar antes de 2020 los puestos de tal forma que la temporalidad baje al 8%, decidiendo esperar al ver que  "hay movimiento nacional de cambios en las normativas de consolidación de empleo", confiando en "que haya un procedimiento más beneficioso para quedarse fijos, diferente al del concurso oposición", en probable referencia a la posible propouesta Unidos Podemos de una Ley  nacional de Concurso de Méritos Extraordinaria sin fase de oposición con los puestos de los empleados públicos en abuso de temporalidad , de una forma más acorde a la  normativa de la Unión Europea, que exige una compensación para el persona abusado.


[CCOO Sanidad Madrid ] 'Más de 1.000 investigadores madrileños exigen a Ángel Garrido que se siente a negociar inmediatamente .El 87% de los investigadores con contratos temporales'

'La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Madrid (FSS-CCOO de Madrid) que representa mayoritariamente a los más de 1.200 investigadores que trabajan en las fundaciones de investigación biomédica de los hospitales madrileños, ha enviado una carta al presidente de la Comunidad de Madrid, Ángel Garrido, para que su gobierno se siente a negociar el convenio colectivo y la preparación de un modelo de carrera profesional para estos investigadores. El sindicato recuerda al presidente madrileño que la mesa de negociación tiene que estar constituida antes del 18 de diciembre, según acordó el pleno de la Asamblea de Madrid que puso esa fecha cómo plazo límite.

jueves, 8 de noviembre de 2018

Recordatorio. [Gabinete Araúz de Robles] 'Comentarios del despacho Araúz de Robles a las Sentencias del Tribunal Supremo de 26/09/2018 sobre personal público temporal/interino objeto de abuso en su contratación temporal incompatible con la Directiva 1999/70/CE de la Unión Europea' [Las sentencias son contrarias a la directiva europea y sentencia previa del Tribunal de Justicia Europeo de los casos al no imponer sanción efectiva y disuasoria ante los abusos sí reconocidos por el Supremo ni presentar garantías de protección de los empleados acordes con la directiva europea; como dice el Supremo un reconocimiento de indemnización no sería bastante disuasorio: la única medida acorde es la conversión a fijo]

[Recordatorio de entrada publicada el 25/10/2018


'Las recientes sentencias del Tribunal Supremo nº 1425/2018 y nº1426/2018, de 26 de septiembre -admitiendo expresamente que se ha producido un abuso incompatible con la Directiva 1999/70/CE, al destinar la Administración empleadora a sus respectivos funcionarios públicos temporales a atender necesidades que, de hecho, no son provisionales, sino duraderas y estables-, consideran que la sanción al abuso producido en la contratación temporal sucesiva de los respectivos demandantes, es anular su cese, y mantener provisional y temporalmente al empleado público objeto del abuso en su puesto de trabajo hasta que la Administración empleadora, en el caso de los empleados estatutarios temporales, cumpla con el art. 9.3 de la Ley 55/2003, estudiando la posible creación de una plaza estructural para ser cubierta con un personal fijo; y en el caso de los funcionarios interinos, cumpla con el art. 10 del EBEP, estudiando igualmente la existencia de una necesidad estructural,





Ciertamente, las precitadas sentencias no indican cual es la consecuencia de que del estudie resulte que la plaza servida por el funcionario temporal/interino, sea una plaza estructural, aunque se deduce que en tal caso se cesará al empleado público temporal objeto del abuso, una vez que se provea la plaza estructural con un funcionario fijo o de carrera.





[Fabian Valero de Zeres] 'El Supremo abre la puerta a la estabilidad e indemnización de los funcionarios y estatutarios temporales en fraude'

[07/10/2018] 'El 26 de septiembre del 2018 la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha dictado dos importantes sentencias que vienen a aclarar la situación del personal funcionario y estatutario en fraude de ley, despejando parte de la incertidumbre y contradicción que sobre estas cuestiones se venían produciendo en los juzgados y tribunales. En términos generales están sentencias deben ser calificadas como positivas para los intereses de los funcionarios y estatutarios que prestan servicios con nombramientos temporales [...]'


lunes, 5 de noviembre de 2018

[Despacho Araúz de Robles] Nota sobre la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 25 de octubre de 2018. [En un caso italiano el Tribunal declara que la transformación de la relación temporal en una relación indefinida es una medida preventiva que cumple con la normativa europea, normativa que se opone a toda normativa nacional que prohíba la conversión a fijo en un sector, incluido el público, si no existe otra medida efectiva sancionadora]

'El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de dictar una nueva sentencia fechada el 25 de octubre de 2018, que, referida al ordenamiento jurídico italiano, incide en las consecuencias que tiene la aplicación de la Cláusula 5 del Acuerdo marco anexo a la Directiva 1999/70/CE, en los casos de abuso en la contratación temporal sucesiva del personal público.


Como este despacho Araúz de Robles viene sosteniendo, la sentencia declara que el hecho de que la contratación temporal sea tradicional en un sector específico de actividad, no significa que estos contratos no deban ajustarse a lo que ordena y manda la Directiva 1999/70/CE, y en particular, a su Cláusula 5, que veda la posibilidad de abusos en la contratación temporal sucesiva de los trabajadores y empleados públicos, sin que los Estados miembros puedan apelar a consideraciones presupuestarias o de organización de los servicios públicos para dejar de cumplir esta norma comunitaria.


Esto sentado, la sentencia, analizando el caso italiano, declara lo siguiente: