viernes, 20 de mayo de 2022

[Comisión Europea - Procedimientos de infracción] Dictámenes motivados: 'Protección de los trabajadores frente a las sustancias químicas cancerígenas: la Comisión sigue adelante con el procedimiento de infracción contra ESPAÑA. Directiva sobre abuso del mercado: la Comisión pide a ESPAÑA que cumpla los requisitos sobre sanciones penales. La Comisión insta a CROACIA, LUXEMBURGO, ESLOVAQUIA y ESPAÑA a que completen la transposición de la Directiva de eficiencia energética' .

Dictámentes motivados

 

 'Protección de los trabajadores frente a las sustancias químicas cancerígenas: la Comisión sigue adelante con el procedimiento de infracción contra ESPAÑA

La Comisión ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2021)0410] por no haber comunicado su legislación nacional por la que se transponen las normas de la UE destinadas a proteger a los trabajadores contra las sustancias químicas cancerígenas, como los agentes carcinógenos y mutágenos [Directiva (UE) 2019/983]. Esta Directiva de la UE es la tercera revisión de la Directiva sobre agentes carcinógenos y mutágenos. Mejora la protección de alrededor de un millón de trabajadores en Europa al limitar su exposición a cinco sustancias químicas cancerígenas. Por ejemplo, en la tercera revisión de la Directiva se ha incluido el formaldehído, que se utiliza ampliamente en la construcción, en el papel y productos derivados de este, en la madera y productos derivados de esta, y puede provocar cáncer nasofaríngeo, un tipo de cáncer de cabeza y cuello, y leucemia. Los Estados miembros debían transponer la tercera actualización de la normativa y comunicar las respectivas medidas nacionales de transposición a la Comisión a más tardar el 11 de julio de 2021. Hasta la fecha, España aún no lo ha hecho, a pesar de que la Comisión ya había enviado una carta de emplazamiento el 30 de septiembre de 2021. Por lo tanto, la Comisión envía hoy un dictamen motivado. España dispone ahora de dos meses para responder al dictamen motivado y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.'

 

[...]

 

'La Comisión ha enviado un dictamen motivado a España [INFR(2019)2127], instándole a cumplir los requisitos de la Directiva sobre las sanciones penales aplicables al abuso de mercado (Directiva 2014/57/UE). La Directiva exige a los Estados miembros que introduzcan definiciones comunes de las infracciones penales de las operaciones con información privilegiada y la manipulación de mercado, y que impongan sanciones penales máximas para los delitos más graves de abuso de mercado. Los Estados miembros tienen que garantizar que tales comportamientos, incluida la manipulación de los índices de referencia, constituyen una infracción penal, punible con sanciones efectivas en toda Europa. España no ha incorporado correctamente la Directiva al Derecho nacional, en particular al no prever una pena máxima de privación de libertad de al menos cuatro años para determinados casos de operaciones con información privilegiada recogidos en la Directiva. La Comisión envió una carta de emplazamiento a España en abril de 2019. Dado que la respuesta de España no ha abordado satisfactoriamente estas cuestiones, la Comisión ha decidido hoy emitir un dictamen motivado. España dispone ahora de dos meses para responder y adoptar las medidas necesarias; de lo contrario, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.'

[Comisión Europea - Procedimientos de infracción] 'Directiva de servicios de comunicación audiovisual: la Comisión lleva a cinco Estados miembros ante el Tribunal de Justicia de la UE' [entre ellos, España año y medio tras la primera carta]

 'La Comisión Europea ha decidido hoy llevar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea a Chequia [INFR 2020/0510], Irlanda [INFR 2020/0531], Rumanía [INFR 2020/0555], Eslovaquia [INFR 2020/0563] y España [INFR 2020/0521], por no haber transpuesto la Directiva de servicios de comunicación audiovisual revisada [Directiva (UE) 2018/1808], solicitando que se les impongan sanciones financieras de conformidad con el artículo 260, apartado 3, del TFUE.

jueves, 19 de mayo de 2022

19 de Mayo en la Asamblea de Madrid, Proposición No de Ley de la oposición para revocar los procesos de estabilización sin listas de admitidos convocados antes de la nueva Ley 20/2021 y clonar plazas para poder incluir en los nuevos procesos de estabilización plazas de anteriores ya convocados y con lista de admitidos . Concentración "Contra el abuso de la temporalidad #FijezaYa" . Resultó rechazada con el voto en contra del PP, que considera ilegal lo que se pide, y la abstención de Vox

Este jueves  18/05/2022  hubo  Pleno de la Asamblea de Madrid, y contaba en su orden del día, entre otros puntos, con:

  • la Proposición No de Ley (PNL  201/22) de los Grupos Parlamentarios Más Madrid, Socialista y Unidas Podemos  para instar "al Gobierno de la Comunidad de Madrid a adoptar las medidas que se relacionan para la reducción de la temporalidad y la adecuación de los procesos selectivos del personal público de la Comunidad de Madrid a la Ley 20/2021

Su texto inicial (si bien se han presentado enmiendas), tras argumentar en su exposición que "en las semanas previas a la promulgación de la nueva Ley 20/2021, la Comunidad de Madrid ha convocado distintos procesos selectivos" con plazas que con la nueva ley serían convocados en condiciones mucho más favorables a la estabilización del propio personal en situación de larga temporalidad, se propone que la Asamblea de Madrid inste al Gobierno de la Comunidad de Madrid a:


1. La paralización cautelar de todos los procesos de estabilización, convocados en los seis meses previos a la publicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que tengan vinculadas plazas ocupadas por temporales que hayan sido objeto de impugnación, tanto administrativa como judicial, para garantizar la seguridad jurídica y los derechos de los opositores y del personal interino, y que aún no han iniciado las distintas fases del proceso y aún sin  lista provisional de admitidos.


[La Rioja] ' El Consejo de Gobierno aprueba el decreto de carrera horizontal para el personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma La nueva norma hace referencia al personal funcionario sin distinguir si es de carrera o interino e incluye que la adquisición de los distintos grados tenga carácter consolidable'

'El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto por el que se regula la carrera horizontal del personal funcionario y laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos autónomos. Este nuevo decreto hace referencia a la carrera horizontal del personal funcionario, sin distinguir si es de carrera o interino, como se hacía anteriormente. La nueva regulación pretende que las empleadas y empleados públicos vean reconocida su esfuerzo personal y su trayectoria profesional, al tiempo que la Administración logra que su personal mejore en su nivel de eficiencia en la prestación de los servicios públicos. En concreto, la carrera horizontal consiste en la progresión profesional en la Administración a través de un sistema de grados, sin necesidad de cambiar de plaza. 

[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO denuncia 5.613 profesionales menos en el Sermas en abril con "niveles históricos" de lista de espera El Gobierno de Ayuso despide a 4.115 profesionales de Enfermería de marzo a abril 2022, y más de 1.500 de las otras categorías. Las listas de espera en marzo superaban 800.000 registros, 90.000 pacientes aguardaban a ser operados'

 'Las plantillas estructurales del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) han sufrido un duro golpe entre el mes de marzo y abril de este año. El Gobierno de Ayuso ha recortado en 5.631 el número de profesionales que trabajan en hospitales, centros de Atención Primaria y SUMMA 112 de la Comunidad de Madrid, según los datos de Portal estadístico de personal del SERMAS, con las listas de espera a niveles históricos y a las puertas del verano, período en el que merman las plantillas por vacaciones.

 

[CCOO Sanidad nacional] 'CCOO y el Ministerio de Sanidad acuerdan abordar de inmediato en el Ámbito de Negociación la reclasificación profesional en el SNS'

 'La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO) y la Dirección General de Ordenación Profesional (DGOP) del Ministerio de Sanidad han acordado iniciar y calendarizar el debate sobre la actualización de la Clasificación profesional en el Sistema Nacional de Salud (SNS). Una reivindicación permanente de CCOO desde hace años que ahora, en un momento crucial para el futuro de la Sanidad pública en el país tras más de una década de recortes presupuestarios y de personal por la crisis financiera primero, y por los más de dos años de pandemia después, será debatido en el Ámbito de Negociación del Ministerio de Sanidad con objeto de alcanzar un Acuerdo que permita su actualización.

 

miércoles, 18 de mayo de 2022

[Tribunal de Justicia de la Unión Europea] 'Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores: Los principios procesales nacionales no pueden ser un obstáculo para los derechos que el Derecho de la Unión confiere a los justiciables El principio de efectividad exige un control eficaz del carácter potencialmente abusivo de las cláusulas' [Es decir, "cumplir la exigencia de tutela judicial efectiva"]

'Mediante sus sentencias de hoy, el Tribunal de Justicia, en formación de Gran Sala, se pronuncia sobre varias peticiones de decisión prejudicial presentadas por unos órganos jurisdiccionales españoles, uno italiano y uno rumano, relativas a la interpretación de la Directiva 93/13/CEE [1] sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.

Se pregunta al Tribunal de Justicia si principios procesales nacionales, como el de la fuerza de cosa juzgada, pueden limitar las facultades de los jueces nacionales, en particular de ejecución, para apreciar el carácter potencialmente abusivo de cláusulas contractuales. ¿Son compatibles con la Directiva 93/13 unos principios de Derecho procesal interno que no permiten dicha apreciación en el ámbito de la ejecución, incluso de oficio por el juez que conoce de la ejecución, debido a la existencia de resoluciones judiciales nacionales previas?

Sobre este particular, el Tribunal de Justicia recuerda la importancia que reviste el principio de cosa juzgada tanto en el ordenamiento jurídico de la Unión como en los ordenamientos jurídicos nacionales. Así, con el fin de garantizar tanto la estabilidad del Derecho y de las relaciones jurídicas como la recta administración de la justicia, es necesario que no puedan impugnarse las resoluciones judiciales que hayan adquirido firmeza tras haberse agotado las vías de recurso disponibles o haber expirado los plazos previstos para el ejercicio de esos recursos. [2]

Dicho esto, en primer lugar, el Tribunal de Justicia recuerda que el sistema de protección que establece la Directiva 93/13 se basa en la idea de que el consumidor se halla en situación de inferioridad respecto al profesional, tanto en lo relativo a la capacidad de negociación como al nivel de información. [3] Habida cuenta de esta situación de inferioridad, la Directiva 93/13 prevé que las cláusulas abusivas no vincularán al consumidor. Se trata de una disposición imperativa que pretende reemplazar el equilibrio formal del contrato por un equilibrio real. [4]

En segundo lugar, el Tribunal de Justicia señala que el juez nacional deberá apreciar de oficio el carácter abusivo de una cláusula contractual incluida en el ámbito de aplicación de la Directiva 93/13 [5] y que los Estados miembros están obligados a establecer medios adecuados y eficaces para que cese el uso de cláusulas abusivas.

En principio, el Derecho de la Unión no armoniza los procedimientos aplicables al examen del carácter supuestamente abusivo de una cláusula contractual y, por consiguiente, corresponde a cada Estado miembro establecer dichos procedimientos en su ordenamiento jurídico interno. Las disposiciones procesales nacionales deben observar el principio de efectividad, es decir, cumplir la exigencia de tutela judicial efectiva. [7] A este respecto, el Tribunal de Justicia estima que si no hay un control eficaz del carácter potencialmente abusivo de las cláusulas del contrato de que se trate, no puede garantizarse el respeto de los derechos conferidos en la Directiva 93/13. 8 Basándose en estas consideraciones, el Tribunal de Justicia pronuncia las cuatro sentencias de hoy.

[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo considera que el sistema de listas de interinos no previene de los abusos en los nombramientos Considera que no es contrario a Derecho que la interinidad se prolongue hasta que la plaza sea ocupada por funcionario de carrera o se amortice' [es decir, al no estimar el recurso de la Consejería, queda como válida la sentencia que era sólo de conceder un estatus de interinidad de vacante hasta la cobertura o amortización del puesto]

'La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que se pronuncia por primera vez sobre las listas de personal docente interino no universitario para nombramientos temporalmente limitados como mecanismo para combatir los abusos. 

La Sala considera que el sistema de listas “no constituye una medida legal equivalente, desde la perspectiva de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, para prevenir y sancionar los abusos en los nombramientos interinos, y que no es contrario a Derecho que la relación mantenida en dicho régimen de interinidad se prolongue en el tiempo hasta tanto la plaza sea ocupada por funcionario de carrera o se amortice”. 

El tribunal aborda el caso de un profesor interino de Enseñanza Secundaria que trabajó durante 19 años en centros escolares de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Los sucesivos nombramientos se efectuaron en atención al puesto en que se encontraba en la lista de aspirantes, confeccionada por concurso de méritos, para proveer temporalmente plazas vacantes, efectuar sustituciones o atender necesidades coyunturales. Durante ese tiempo no se convocaron procesos selectivos para proveer con funcionarios de carrera la especialidad del docente. 

Este profesor solicitó que se le reconociera la condición de personal indefinido, con antigüedad de 1999; pretensión que fue desestimada por la Consejería de Educación. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, como la de instancia, declaró la existencia de abuso y que subsistía la relación funcionarial de este docente con la Administración educativa riojana mientras que no se provean las plazas por los cauces legales o se amorticen. Además, recordó que los programas temporales no podían servir para solucionar necesidades estructurales y permanentes y que su plazo máximo es de 3 años.

Este miércoles 18 de Mayo en la Comisión de Hacienda de la Asamblea de Madrid , pregunta de Unidas Podemos sobre el coste previsto en indemnizaciones por los ceses de los procesos de estabilización de la Comunidad de Madrid. Dir. Gral de RRHH: ahora mismo es imposible de prever

Este miércoles  18/05/2022 desde las 16 horas había  reunión de la Comisión de Presupuestos y Hacienda de la Asamblea de Madrid , contando en su orden del día, entre otros puntos, con:

  • la Pregunta de contestación oral en comisión (PCOC 1791/22 de Soledad Sánchez Maroto ,  del Grupo Parlamentario Unidas Podemos, al Gobierno de la Comunidad de Madrid  sobre el "coste que ha previsto el Gobierno que tendrá indemnizar a aquellos trabajadores y trabajadoras interinas que no superen los procesos que deberían servir para estabilizar el empleo público en la Comunidad de Madrid".
 
La sesión pudo verse en directo desde la web de la Asamblea de Madrid y estará después disponible en su Mediateca.
 
 

[Europa Press] La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha convocado al comité de huelga de los médicos especialistas y de urgencias a una reunión hoy

Informa Europa Press este 17/05/2022 que la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha convocado al  comité de  huelga de la huelga de facultativos hospitalarios de l Servicio Madrileño de Salud, formado por las plataformas de Médicos y FEA No Fijos de Madrid , MUD y Somos Urgencias  junto con el sindicato AMYTS, a una reunión hoy a la 12 horas, trasladando las declaraciones del Consejero de que "su departamento tratará de explicar a los convocantes de la huelga de cuál es el escenario, que es un tema de interpretación jurídica" de la  nueva Ley estatal de Temporalidad 20/2021.


Las organizaciones convocantes "han reiterado la petición para paralizar las 3.247 plazas de facultativos de la Oferta Pública de Empleo (OPE) de los años 2018-2019 que se publicaron en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) en diciembre de 2021", días antes de que se aprobara definitivamente la citada Ley estatal de Temporalidad 20/2021 [que introducía la consolidación pro concurso de méritos para plazas como todas esas]  afirman según el medio "aunque la Consejería se parapeta en que no puede haber ninguna solución porque se están ateniendo a la legalidad, es lo mismo que decían a principios de marzo y han mejorado las plazas y aún hay un enorme pool de plazas de temporales que para Europa sin lugar a dudas son temporales aunque para la Administración no lo sean por no considerarlas estructurales y esto requiere únicamente meterlos en plantilla tras un acuerdo con Hacienda de la mano de la presidenta de la Comunidad de Madrid". 

martes, 17 de mayo de 2022

[Salellas Advocats] El Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de Barcelona estima petición y eleva al Tribunal de Justicia de la Unión Europea "cuestión prejudicial" sobre incumplimiento del derecho de la Unión Europea por la Ley 20/2021 y la jurisprudencia ratificada en Diciembre de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ante el abuso de temporalidad en empleados públicos

Publica el despacho Salellas Advocats su cuenta de twitter este 16/05/2022 que el juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona nº 17 ha estimado su petición de elevar una nueva cuestión prejudicial al Tribunal de Jusitica de la Unión Europea [TJUE] sobre "el incumplimiento del derecho europeo" que supone la ley 20/2021 [la nueva ley de 28 de diciembre ce 2021 para la reducción de la temporalidad] y la jurisprudencia actual de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ante el abuso de temporalidad en los  empleados públicos en España.

Y publica las preguntas que dicho juzgado  ha planteado al Tribunal  de Justicia Europeo:

 

[El Mundo/Cadena SER/20 minutos] "Caídas" intermetientes y puntuales de la historia clínica electrónica del Servicio Madrileño de Salud durante el fin de semana y esta mañana provocan ciertos retrasos

 Informan numerosos medios como El Mundo , la Cadena SER o 20 minutos este 17/05/2022 de las "caídas"de la historia clínica electrónica o la receta electrónica del Servicio Madrileño de Salud que han sufrido de forma intermitente durante el fin de semana seguida de una nueva caída puntual durante un rato del sistema HCIS en la mañana de este martes , provocando  retrasos  en la atención sanitaria tanto de Atención primaria como en hospitales. según explican los profesionales. "No se puede atender a los pacientes en Atención Primaria, ni se les puede solicitar analíticas, ni radiografías, ni tramitarles una baja, solo hacerles recetas a mano

 Según los medios, la Consejería de sanidad ha asegurado que se ha tratado  de "problemas intermitentes" con  "el mismo origen" y  se habrían resuelto durante la mañana.

lunes, 16 de mayo de 2022

[Gob de Castilla-La Mancha] 'La Mesa General de Negociación del personal empleado público aprueba la oferta de empleo de estabilización, con 4.058 plazas en los tres sectores. Del total de plazas, 2.070 se convocarán mediante el sistema de concurso-oposición y 1.988 por el sistema de concurso. '

 'El Gobierno regional y los sindicatos mayoritarios de la función pública, CCOO, CSIF y UGT, han aprobado hoy, en la reunión de la Mesa General de Negociación del personal empleado público, la propuesta de Oferta de Empleo Público (OEP) de estabilización en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022 en Administración General, Educación y Sanidad, que asciende a 4.058 plazas.
 
Tras el proceso de negociación colectiva, la distribución de la OEP para la estabilización del empleo público queda repartida, por sectores, en 2.651 plazas para personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM), 917 para personal funcionario docente no universitario y 490 para la Administración General que, a su vez, se reparten entre 219 plazas de personal funcionario y 271 de personal laboral.
 
Del total de plazas, 2.070 se convocarán mediante el sistema de concurso-oposición, concretamente, 105 en Administración General, 801 en Educación y 1.164 en Sanidad. El resto, 1.988 plazas, se convocarán por el sistema de concurso: 385 en Administración General, 116 en Educación y 1.487 en Sanidad.
 

Recordatorio. [Arauz] 'El Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de Barcelona accede a nuestra petición y eleva al Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuestiones prejudiciales de absoluta relevancia' [Auto y extracto con las preguntas formuladas]

[Recordatorio de entrada publicada el 10/05/2022]

'Celebramos un Auto  como este, de planteamiento de tales cuestiones prejudiciales, porque:

  •  Es valiente, exhaustivo -plantea hasta 12 cuestiones- y necesario.
  • Confronta y cuestiona directa y llanamente la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la aplicación de la Directiva.
  • Cuestiona, sin ambages, la conformidad de la Ley 20/2021 a la Directiva, en cuanto sanción frente a los abusos.


  • Surge en relación con el personal público sujeto a una relación estatutaria (personal funcionario y estatutario), por lo que viene a sumarse a las importantes cuestiones prejudiciales ya planteadas respecto del personal laboral.'

Fuente: Nota del abogado Javier Arauz de 10/05/2022 recibida en APISCAM 

 

[ADDENDUM 20:30] EXTRACTO del Auto completo:  Preguntas formuladas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el  Juzgado de lo contencioso nº 17 de Barcelona en Auto de  de mayo de 2022

 

 PRIMERA.- Si las medidas acordadas en sus Sentencias del Tribunal Supremo [STS] nº 1425/2018 y 1426/2018, de 26 de septiembre de 2018, cuyo criterio se mantiene hasta el día de hoy ( 30 de noviembre de 2021, ) -consistentes en mantener al empleado público víctima de un abuso en el mismo régimen de precariedad abusiva en el empleo hasta que la Administración empleadora determine si existe una necesidad estructural y convoque los correspondientes procesos selectivos para cubrir la plaza con empleados públicos fijos o de carrera-, son medidas que cumplen con los requisitos sancionadores de la Cláusula 5 del Acuerdo marco anexo a la Directiva 1999/70

[SEPMA] Conferencia de Javier Araúz sobre el proceso de estabilización, en Málaga organizada por el Sindicato de Empleados Públicos de Málaga. [Vídeo con la conferencia]

'Seguimos moviéndonos con la misma intensidad, tanto dentro como fuera de los Tribunales y Juzgados, para que se haga Justicia y se lleven a cabo procesos de estabilización adecuados a la Directiva 1999/70/CE y su Acuerdo marco.

 En esta ocasión Javier Araúz estuvo en Málaga, en una conferencia organizada por el sindicato SEPMA, donde trata todas las cuestiones que os pueden plantear ciertas dudas:

¿ Es el concurso de méritos la alternativa para poder aplicar correctamente la Directiva 1999/70/CE?