miércoles, 3 de agosto de 2022

[Ministerio de Ciencia e Innovación] 'El Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) recibe un ciberataque' [de tipo ransomware, procedente de Rusia]

 'El Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), organismo dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación, recibió los días 16 y 17 de julio un ciberataque de tipo ransomware.

El ciberataque se detectó el día 18 de julio e inmediatamente se activó el protocolo marcado por el Centro de Operaciones de Ciberseguridad (COCS) y el Centro Criptológico Nacional (CCN).

Este ataque es similar al que han sufrido otros centros de investigación como el Instituto Max Planck o la Administración Nacional de Aeronáutica y del Espacio de los Estados Unidos (NASA).

martes, 2 de agosto de 2022

El Tribunal Supremo de Casación de Italia establece, con dos sentencias más, su doctrina tras la sentencia europea de 13/01/2022 en el asunto de los profesores de religión: hay abuso superado los 3 años de temporal y basta con conceder la indemnización por reparación del daño genérico del abuso (no al cese) regulada en el derecho general , confirmando sentencias regionales de 5 meses de indemnización por 5 años. Mientras, ya publicada la ley que incorpora un proceso extraordinario restringido a los profesores de religión temporales más de 3 años

Recordemos que el 13/06/2022 el Tribunal Supremo de Casación de Italia de dictó  una sentencia (la sentencia nº 19044/2022 de la Sala Civil) de la que nos hicimos eco en otra entrada , en la que abordaba demandas de abuso de temporalidad de profesores de religión ya teniendo en cuenta   la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 13/01/2022, trasladando que se da abuso de temporalidad en los docentes de religión superados los 3 años de servicio por no haber cumplido en su plazo con la convocatoria de los puestos a procesos para cubrirlos de forma   fija, y, teniendo en cuenta la inexistencia de un proceso restringido de estabilización para este tipo de docentes, establecía como sanción por su "interpretación conforme" del derecho italiano, la concesión de la indemnización de "resarcimiento" del derecho laboral general por abuso de temporalidad (no al cese, y de 5 hasta 12 meses de sueldo según magnitud del abuso) aunque la normativa específica aplicable a los profesores no la contemple, si bien sin conceder la medida también existente en el derecho laboral general italiano de la "fijeza".
 
Ahora,el mismo Tribunal Supremo de Casación de Italia ha dictado  dos nuevas sentencias, las sentencias  22260/2022  y nº 22261/2022 de la Sala Civil de 14/07/2022, que reafirma esa aplicación suya de la sentencia  europea en dos recursos del Estado a dos sentencias del Tribunal de Apelación de Florencia,  que habían concedido precisamente esa indemnización del derecho laboral , de 5 a 7 meses de indemnización el Tribunal de Apelación por docentes de religión que llevaban desde el curso 2005-2006 hasta el curso 2010-2011 (5 años) el que menos.


Del contexto conocido por la sentencia europea, las notas del sindicato Snadir y la línea argumental del Tribunal Supremo de Casación italiano, extraemos:

[Consejo de Ministros] 'ACUERDO por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto entre las CCAA, el INGESA y Ceuta y Melilla de los créditos presupuestarios destinados a la inversión "Transformación digital y modernización de las CCAA", del componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para los años 2022 y 2023, por un importe total de 460 millones €' [33 millones para la C. de Madrid]

 'El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución territorial entre las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, de 460.372.255 euros que conformarán los créditos presupuestarios destinados a la inversión 'Transformación digital y modernización de las Comunidades Autónomas', perteneciente al componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) para los años 2022 y 2023.

Esta propuesta de reparto, tras pasar por la Comisión Delegada la semana previa ha sido aprobada por el Consejo de Ministros. Posteriormente será abordada en Conferencia Sectorial de Administración Pública.

En concreto, se ha propuesto la distribución de 239.072.255 euros para el ejercicio 2022 y de 221.300.000 euros correspondientes a 2023, destinados a la modernización y digitalización de las administraciones públicas en los territorios autonómicos.

[CSIT-UP Admin autonómica] 'Un concurso de méritos así para la estabilización de empleo 2021 y 2022 de Comunidad de Madrid: se pudo antes igual que se ha podido ahora. ["Tras el esfuerzo del personal temporal que ha acudido a las distintas convocatorias de las movilizaciones desarrolladas por CSIT UP, hemos podido alcanzar un acuerdo"]

 El 11 de febrero de 2021, Administración y los sindicatos CCOO, UGT y CSIF, firmaron un acuerdo nefasto para los intereses del personal temporal (miles de empleados públicos), con los criterios generales aplicables a las convocatorias de los procesos selectivos de estabilización de empleo de las OEP 2017, 18, 19 y 2020, que en la fase de concurso otorga igual puntuación a la experiencia adquirida en la Comunidad de Madrid que la adquirida en cualquier otra Administración Pública, por eso fue rechazado de manera contundente por CSIT UNIÓN PROFESIONAL.'

Y no solo dijimos que es un ACUERDO NEFASTO Y NO LO FIRMAMOS; también durante el último año y medio, hemos venido desarrollando movilizaciones de protesta para que se paralicen las convocatorias publicadas y, a su vez, hemos reivindicado mayor puntuación para la experiencia adquirida en la Administración de la Comunidad de Madrid frente a otras Administraciones Públicas. Aquel 11 de febrero de 2021, nos decían que no era posible otro acuerdo por la legislación aplicable y por la jurisprudencia del Tribunal Supremo y el Constitucional, de manera que Administración y los esos tres sindicatos firmaron sin necesidad alguna el nefasto acuerdo que rechazó y no firmó CSIT UNIÓN PROFESIONAL. No decían la verdad.
 
Sin embargo ahora, el 28 de julio de 2022, sin que haya cambiado la legislación y tampoco la jurisprudencia al respecto, eso sí, tras el esfuerzo del personal temporal que ha acudido a las distintas convocatorias de las movilizaciones desarrolladas por CSIT UNIÓN PROFESIONAL, hemos podido alcanzar un acuerdo, de próxima publicación en el BOCM y cuyos detalles puedes consultar pinchando aquí, sobre criterios generales aplicables a las 433 plazas de los distintos cuerpos, escalas y categorías profesionales, que se convocarán mediante concurso, en procesos selectivos de las OEP de 2021 y 22, que valorará más la experiencia adquirida en la Administración de la Comunidad de Madrid (0,30 por mes), en los cuerpos y escalas de Funcionarios o categoría profesional de personal laboral, que la adquirida como personal temporal en otra Administración Pública (0,15 por mes). 
 

lunes, 1 de agosto de 2022

El Tribunal Supremo, por demandas contra las OPEs de estabilización anteriores de Castilla y León y Asturias, admite a trámite recursos de casación para fijar doctrina en la cuestión de si las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidad y deben ser desplazadas. Autos de admisión de la Sala de lo Contencioso.

 Tal y como avanzaban hace unos días un comunicado del sindicato de interinos SINNTA y varias noticias en prensa , la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha admitido a trámite varios recursos de casación , en al menos 3 casos de demandas por el conocido catedrático y abogado Raúl Bocanegra contra sendos decretos autonómicos de Ofertas de Empleo Público de "estabilización" de plazas derivados de la anterior normativa de procesos de estabilización de 2017-2018, con el objetivo de sentar doctrina en la  cuestión de si dicha normativa estatal anterior vulnera la normativa europea sobre abuso de temporalidad y debe ser "desplazadas" por primacía del Derecho de la Unión.


En concreto, se trata de los Autos de Admisión de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo:
  1. el Auto de  30 de marzo de 2022 al recurso nº 3960/2021 contra la OPE de estabilización de 2019 del Servicio de Salud de Castilla y León, de 932 plazas,
  2. el Auto de 22 de junio de 2022  al recurso nº 2427/2021 contra la OPE de estabilización de 2018 de Administración General de Castilla y León, y
  3. el Auto de 6 de Julio de 2022 al recurso nº 5972/2021 contra la OPE de estabilización de 2019 de la Administración de Asturias,
en los 3 casos, OPEs de plazas de estabilización según el artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 sobre los procesos de estabilización del empleo temporal acordados con los sindicatos estatales en 2018, es decir, la normativa anterior estatal de rango legal sobre reducción extraordinaria de la temporalidad pública. En especial, no son procesos de estabilización derivados de la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública.

En los 3 recursos se demanda la nulidad de la OPE de estabilización respectiva en base a estos dos fundamentos comunes sobre, OJO; la ley estatal de la que derivan:

[Confilegal] Entrevista al Juez de lo contencioso de Barcelona que ha cuestionado ante el Tribunal Europeo que la nueva ley 20/2021 y la doctrina de la Sala delo Contencioso del Supremo sean suficientes ante la normativa y jurisprudencia europeas para sancionar el abuso de temporalidad de empleados públicos: "la solución es la regularización masiva"

Publica Confielgal este 30/07/2022 una entrevista a Federico Vidal, el Juez  de lo Contencioso de Barcelona [por tanto que lleva asuntos de personal funcionario/estatutario pero no de empleados públicos laborales] que ha cuestionado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europe [TJUE] que tanto la nueva ley estatal 20/2021 [de 28 de diciembre ce 2021 para la reducción de la temporalidad] como la jurisprudencia actual de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo  sean válidas ante la normativa y jurisprudencia europeas para el abuso de temporalidad en empleados públicos.

"Píldora de Salud Digital" en el Aula SEIS sobre “Interoperabilidad semántica”

La Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS[ publicó el pasdo 24 de Junio de 2022 en su Aula SEIS una "nueva píldora de Salud Digital", esta vez sobre “Interoperabilidad semántica”, por el experto Adolfo Muñoz Carrero.

[Cadena SER] El gerente del SUMMA 112, Pablo Busca, deja el cargo este 1 de Agosto

 Informa la Cadena SER este 31/07/2022 que el gerente del SUMMA 112, Pablo Busca, dejará el cargo este 01/08/2022, presumiblemente tras "un choque por la decisión de cierre de los SUAP"  con el fgobierno regional, quien en cambio, lo achaca a una "reorganización" impulsada "tras superarse la fase aguda de la pandemia", trasladando el medio la carta de despedida del gerente.

[CUT Galicia] 'No a los despidos masivos de personal docente temporal: ¡STOP a los ERE encubiertos! '

 'CUT-Educación hace un llamado a todos los trabajadores de la enseñanza a movilizarse contra el escandaloso despido de trabajadores temporales para el próximo año escolar, según consta en el recién publicado CADP. Desde la CUT-Ensino llevamos años advirtiendo sobre esta posibilidad, mientras otras organizaciones sindicales se dedicaban a negar este escenario oa ignorarlo.

 Cientos de trabajadores temporales de toda Galicia se quedan sin trabajo para el próximo curso escolar. Esta situación afectará a todas aquellas personas que hayan venido desarrollando su trabajo como eventuales o suplentes. Ambos grupos verán sus vidas precarias.

[SAE Navarra] 'Aumentan las sentencias favorables a Técnicos de Enfermería defendidos por SAE. El Juzgado ha dictado varias sentencias en las que se reconoce la condición de personal laboral fijo e indefinido no fijo.'

'Diferentes  Juzgados de lo social de Pamplona han dictado ya un total de 14 sentencias condenado al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a la readmisión de otros tantos Técnico en Cuidados de Enfermería como personal laboral. Además, en tres de estas sentencia se reconoce la contratación debe realizarse en iguales condiciones a las que regían con anterioridad al despido pero con un vínculo laboral fijo por haber aprobado una oposición sin obtener plaza. El Juzgado ha considerado que existía una contratación en fraude de ley por la duración de la contratación inusualmente larga e injustificada, al haber superado el plazo de tres años antes señalado.

 

domingo, 31 de julio de 2022

Entradas más vistas de la semana 24/07/2022-31/07/2022 en este blog: Tribunal de Justicia UE publica en asunto C-331/22 el auto del Juzgado de Barcelona sobre incumplimiento del derecho de la UE por la Ley 20/2021 y por la jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso del Supremo, acuerdo para las bases del concurso de méritos por Ley 20/2021 en Administración de la Comunidad de Madrid, ...

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:  

viernes, 29 de julio de 2022

[CSIT-Up Administración Autonómica] 'Aprobado el Acuerdo de fijación de los Criterios Generales de Procesos Selectivos' [por Concurso de Méritos excepcional de la ley 20/2021 en el sector de Administración General de la C. de Madrid: peso del 70% por la experiencia puntuando 1/3 la antigüedad en la categoría en otra AAPP con respecto a en la categoría en Administración de la C.M. y ¡2/3 en otra categoría de Admnistración de la C. de Madrid!]

'Tras varias reuniones y una última valoración en las Comisiones de Seguimiento y Paritaria celebradas en estos días, ya es definitivo el Acuerdo en el que se fijan los criterios generales aplicables al concurso en las Convocatorias Extraordinarias de Estabilización de Empleo 21/22 no convocadas aún, a falta de su firma y publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL os resumimos los puntos más importantes del Acuerdo:

  • Los méritos se valorarán hasta un máximo de 100 puntos, correspondiendo 70 puntos a la experiencia acreditada y 30 puntos a otros méritos.
    • Dentro de los 70 puntos por experiencia acreditada, siendo computada la prestación de servicios a tiempo parcial de forma proporcional al porcentaje de jornada efectiva desarrollada:
      • Si es en el mismo cuerpo/escala/categoría en la Administración de la Comunidad de Madrid0,30 puntos por mes trabajado.
      • Si es en distinto cuerpo/escala/categoría en la Administración de la Comunidad de Madrid0,20 puntos por mes trabajado.
      • Si es en el mismo o equivalente cuerpo/escala/categoría en otra Administración Pública0,15 puntos por mes trabajado.
    • Dentro de los 30 puntos por otros méritos:
      • Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: Hasta un máximo de 20 puntos.
        • Con duración de 10 a 20 horas: 0,10 puntos.
        • Con duración de más de 20 horas hasta 30 horas0,20 puntos.
        • Con duración de más de 30 horas hasta 70 horas o más de dos meses0,40 puntos.
        • Con duración de más de 70 horas hasta 150 horas o más de cuatro meses0,80 puntos.
        • Con duración de más de 150 horas hasta 300 horas o más de seis meses: 1,40 puntos.
        • Con duración de más de 300 horas o un curso académico: 2 puntos.
      • Superación de, al menos, un ejercicio en una convocatoria anterior para el acceso al mismo cuerpo/escala/categoría: 5 puntos por cada una, hasta un máximo de 10 puntos.

[Noticias de Navarra] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra sentencia la fijeza a un trabajador temporal de la Administración autonómica de Navarra

Informa Diario de Navarra este 27/072022 que la la Sala de lo Social [la que lleva asuntos de empleados públicos laborales] del Tribunal Superior de Justicia ha sentencia la  fijeza por abuso de temporalidad a un trabajador del sector de Servicios Generales CCAA, tras desestimar el recurso del gobierno autonómico contra una sentencia del Juzgado de lo Social de Navarra. , y traslada la declaraciones del  sindicato Afapna sobre que "esta sentencia se puede extender a hasta 1.545 trabajadores de Servicios Generales, a los que se podría reconocer como fijos" solicitando una reunión con el consejero de  Función Pública para abordar de forma "urgente" este hecho [en un momento en que plazas de este personal laboral en abuso de temporalidad van a convocarse a un concurso de ḿeritos y concurso oposición de la Ley 20/2021  con unas bases  para el concurso donde puntúa la mitad, la experiencia en otros puestos de la misma administración, encubriendo una promoción interna, según ha denunciado Afapna] .

[MATS] Retirada de la sancion a Mar Noguerol. Represión del SERMAS en la CAM. Concentración este Viernes 29 de Julio a las 11h ante la sede de RRHH del SERMAS


 

 

Fuente: Comunicado del sindicato MATS de 19/07/2022 recibido en APISCAM

jueves, 28 de julio de 2022

[UGT Servicios Públicos de Madrid] 'Alcanzado acuerdo para los criterios a aplicar en el proceso de estabilización, para las plazas que se estabilizan por concurso de méritos' [en el sector de Administración de la Comunidad de Madrid, aproximadamente 450 plazas]

'En el día de hoy hemos alcanzado un acuerdo para los criterios a valorar en el proceso de estabilización de empleo público en el ámbito del personal funcionario y personal laboral de la Comunidad de Madrid para las plazas que se estabilizarán por concurso de méritos. Estamos hablando de aproximadamente 450 puestos afectados, incluidos en las OEP 2021 y 2022, que están cubiertos con anterioridad a día 1 de enero de 2016. Estos serán los criterios del proceso: 


Baremo de méritos: se valorarán hasta un máximo de 100 puntos, conforme a los siguientes criterios:

- Experiencia profesional acreditada en la Administración de la Comunidad de Madrid, en otras Administraciones Públicas españolas o de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en aquellas de los Estados con los que la Unión Europea haya celebrado Tratados Internacionales ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, por los servicios prestados: hasta un máximo de 70 puntos

  • En el mismo cuerpo o escala de personal funcionario o en la misma categoría profesional de personal laboral en la Administración de la Comunidad de Madrid: 0,30 puntos por mes trabajado.


  • - En otro cuerpo o escala de personal funcionario o en otra categoría profesional de personal laboral diferente en la Administración de la Comunidad de Madrid: 0,20 puntos por mes trabajado.


  • - En un cuerpo o escala de personal funcionario o en una categoría profesional de personal laboral equivalente en otra Administración Pública: 0,15 puntos por mes trabajado.