'CCOO consigue en los tribunales la primera sentencia judicial que
declara la relación laboral indefinida de uno de los investigadores que
trabaja en la Fundación de Investigación Biomédica del Hospital de La
Princesa, reconociendo que la relación laboral constituía fraude de ley.
Con esta ya superan las cuarenta el número de sentencias favorables
que han ganado los servicios jurídicos de CCOO, en todo el sector de la
investigación en la Comunidad de Madrid y algunos organismos de ámbito
nacional. Cabe resaltar la importancia de esta sentencia, puesto que es
la primera que se dicta para la fundación del Hospital de La Princesa.
Blog de APISCAM
ATAJOS:"Entradas importantes", "Entradas nuestras"
(feed) y canal de "Informática sanitaria"(feed). Entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia (Supremo y TJUE) y sobre jurisprudencia pendiente
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martes, 30 de abril de 2019
lunes, 22 de abril de 2019
[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO exige al gobierno regional que vuelva a las 35 horas para recuperar 5.300 empleos en sanidad.El sindicato demanda a la Comunidad de Madrid que solicite al Estado desvincular la recuperación de las 35 horas del objetivo de déficit'
'CCOO exige nuevamente al Gobierno regional, que los profesionales de la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid vuelvan a la jornada de
35 horas semanales; en hospitales y ambulatorios, centros de salud,
SUMMA 112, SAR y servicios centrales. El sindicato asegura que con esta
medida se crearían 5.300 empleos en el sector, más de la mitad de los
que se estiman necesarios para afrontar la demanda de déficit de
plantillas que “deterioran” la sanidad pública madrileña.
jueves, 4 de abril de 2019
[Consejo del Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo confirma el derecho de los contratados temporales de la administración de Asturias a cobrar el complemento de la carrera como el personal laboral fijo'
'La Sala Cuarta del Tribunal
Supremo ha confirmado el derecho de los trabajadores con contratos
temporales que prestan servicio en la administración del Principado de
Asturias a acceder a la carrera profesional y percibir el complemento de
dicha carrera en los mismos términos y condiciones en que lo hace el
personal laboral fijo.
El Supremo desestima el recurso del Principado contra la sentencia,
de 13 de octubre de 2017, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior
de Justicia de Asturias, que estimó las demandas de conflicto colectivo
en esta materia planteadas por CC.OO. y CSIF
El alto tribunal analiza en la sentencia si es conforme a derecho excluir a los contratados temporales de la administración del Principado de Asturias de la aplicación de la normativa sobre desarrollo de carrera profesional, cuando sin embargo se ha pactado en un acuerdo colectivo su extensión al personal laboral fijo en iguales condiciones que a los funcionarios. Es decir, si concurren razones objetivas que justifiquen ese desigual tratamiento del personal temporal respecto al fijo.
El alto tribunal analiza en la sentencia si es conforme a derecho excluir a los contratados temporales de la administración del Principado de Asturias de la aplicación de la normativa sobre desarrollo de carrera profesional, cuando sin embargo se ha pactado en un acuerdo colectivo su extensión al personal laboral fijo en iguales condiciones que a los funcionarios. Es decir, si concurren razones objetivas que justifiquen ese desigual tratamiento del personal temporal respecto al fijo.
viernes, 22 de marzo de 2019
[CCOO/UGT/CSIT/AMYTS/SATSE]'Carrera Profesional para el personal no fijo en el Servicio Madrileño de Salud'
Las Organizaciones Sindicales que componemos la
Mesa Sectorial de Sanidad: UGT, CCOO, SATSE, CSIT UNIÓN PROFESIONAL Y
AMYTS, han hecho llegar a la Administración Sanitaria su ROTUNDA
posición al respecto del reconocimiento de la Carrera Profesional para
todo el personal del SERMAS en las mismas condiciones, con independencia
de que sea fijo o no.
A
pesar de llevar mucho tiempo trabajando para conseguir modificar el
modelo de Carrera Profesional aprobado en 2007, actualmente en vigor
como documento matriz de los tres anexos que regulan al conjunto de los
profesionales, a fecha de hoy no se ha conseguido dar el mismo
tratamiento administrativo y económico a todo el personal
independientemente del tipo de relación contractual.
Recientemente,
el Tribunal Supremo ha emitido sentencia a este respecto clarificando
el derecho que tiene el personal interino al abono de la Carrera
Profesional (STS 584/2019), determinando que no es conforme a derecho
tratar al personal no fijo de un modo diferente al personal fijo. Por
otro lado, en la Comunidad de Madrid ya están surgiendo diversas
sentencias favorables a este respecto que implica no solo el abono del
dinero reclamado por los profesionales, si no que se condena a la
Administración a pagar un 10% más de las cuantías que le corresponde a
cada uno en concepto, de mora.
miércoles, 13 de marzo de 2019
[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO y la FADSPM reclaman medidas frente al serio deterioro que sufre la sanidad pública madrileña'
'En una jornada celebrada este martes en la sede del sindicato, en la que se ha denunciado la falta de presupuesto, los recortes, la pérdida de profesionales, las privatizaciones y cómo se han disparado las urgencias y las listas de espera.
CCOO de Madrid ha reclamado más presupuesto para la sanidad madrileña, órganos de participación, una nueva forma de gestionar la sanidad y una nueva ley. Lo ha demandado el secretario general de CCOO de Madrid, Jaime Cedrún, en la jornada debate sobre el estado de la sanidad pública madrileña que celebra este martes el sindicato junto con la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública Madrileña.
CCOO de Madrid ha reclamado más presupuesto para la sanidad madrileña, órganos de participación, una nueva forma de gestionar la sanidad y una nueva ley. Lo ha demandado el secretario general de CCOO de Madrid, Jaime Cedrún, en la jornada debate sobre el estado de la sanidad pública madrileña que celebra este martes el sindicato junto con la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública Madrileña.
martes, 12 de marzo de 2019
[CCOO Sanidad Madrid] 12 de marzo: Debate sobre el estado de la Sanidad Pública Madrileña. Diagnóstico y Propuestas [Incluye una mesa de portavoces de Sanidad de la Asamblea de Madrid]
'Con motivo de la presentación del Informe "Diagnóstico de la Salud y del
Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid" elaborado por CCOO de
Madrid y la Asociación en Defensa de la Sanidad Pública de Madrid, se ha
organizado este espacio de debate con el fin de profundizar
colectivamente sobre la situación de este imprescindible y valioso
Sistema de Protección Social.
jueves, 7 de marzo de 2019
[CCOO Madrid] 'CCOO Madrid convoca a 150.000 trabajadores y trabajadoras de todas la empresas, organismos y entes públicos dependientes de la Comunidad de Madrid a secundar una huelga general de 24 horas, el próximo viernes 8 de marzo, con motivo del Día Internacional de la Mujer y a participar en las manifestaciones y concentraciones que con este motivo tendrán lugar ese día en las calles de la capital y en los centros de trabajo.'
'Con el lema “Por la Igualdad Real, por los avances en Derechos, y frente
a cualquier riesgo y amenaza”, el sindicato hace un llamamiento al
conjunto de la sociedad madrileña para que PARE! el 8 de marzo. Anima a
todas y todos a que participen activamente en las movilizaciones que se
van a llevar a cabo en pro de la igualdad, para denunciar cualquier
vulneración de los derechos constitucionales, para poner fin al
retroceso experimentado en la última década y a las amenazas del
patriarcado.
El colectivo de trabajadores y trabajadoras del Área Pública en la Comunidad de Madrid exige al Gobierno regional, en este 8 de marzo, la reforma de las instituciones y los sistemas del sector público para impulsar la transformación de las normas, políticas y prácticas que conforman la planificación y la elaboración de presupuestos, para intervenir activamente en la promoción de empleo, la erradicación de la pobreza femenina e infantil, para eliminar la brecha salarial, para que sea real la igualdad de acceso a los puestos de responsabilidad en la función pública, para conseguir la igualdad de derechos a la salud, y para que se adopten medidas eficaces y efectivas para combatir la discriminación y la desigualdad.
El colectivo de trabajadores y trabajadoras del Área Pública en la Comunidad de Madrid exige al Gobierno regional, en este 8 de marzo, la reforma de las instituciones y los sistemas del sector público para impulsar la transformación de las normas, políticas y prácticas que conforman la planificación y la elaboración de presupuestos, para intervenir activamente en la promoción de empleo, la erradicación de la pobreza femenina e infantil, para eliminar la brecha salarial, para que sea real la igualdad de acceso a los puestos de responsabilidad en la función pública, para conseguir la igualdad de derechos a la salud, y para que se adopten medidas eficaces y efectivas para combatir la discriminación y la desigualdad.
lunes, 4 de marzo de 2019
[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO sigue reclamando la Carrera Profesional para el personal estatutario no fijo del SERMAS Tras la reunión de Mesa Sectorial de 27 de febrero de 2019, esta Organización sigue exigiendo que se cumpla el acuerdo firmado para incorporar a todo el personal estatutario no fijo en el modelo de carrera a todos los efectos.'
'Tras la reunión de Mesa Sectorial de 27 de febrero de 2019, esta
Organización sigue exigiendo que se cumpla el acuerdo firmado para
incorporar a todo el personal estatutario no fijo en el modelo de
carrera a todos los efectos.
CCOO sigue con su campaña de denuncias en los juzgados, para que los profesionales no fijos cobren su carrera profesional.
jueves, 28 de febrero de 2019
[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO califica de victoria social y sindical la retirada del recorte horario en los centros de salud. El sindicato advierte al Gobierno regional de que no "bajará la guardia" ante cualquier ataque a la Sanidad Pública'
'La Federación de Sanidad y Servicios Sociosanitarios de CCOO Madrid considera una “victoria del movimiento social y sindical” la decisión del Gobierno del PP en la Comunidad de Madrid de dar marcha atrás en su intención de imponer la reducción de horarios en los centros de salud de Atención Primaria de toda la región.
lunes, 18 de febrero de 2019
[CCOO Sanidad Madrid] Se acuerda el cambio de fecha para los exámenes TMCAE del SERMAS para que no coincida con las elecciones generales
'CCOO, sindicato mayoritario en la Mesa Sectorial de Sanidad de la
Comunidad de Madrid, ha acordado el cambio de fecha del examen de los
Técnicos Medios de Cuidados de Auxiliares de Enfermería (TMCAE), para
evitar que coincidan con la fecha de las Elecciones Generales. Los
exámenes estaban convocados para el domingo 28 de abril de 2019 y se han
cambiado al sábado 27 de abril.
Tras la polémica suscitada el pasado viernes, tras el anuncio del presidente del Gobierno de convocatoria de Elecciones Generales para el próximo 28 de abril, debido a la coincidencia de fecha con las oposiciones de TMCAE en el SERMAS. Los sindicatos con representación en la Mesa Sectorial expusieron a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid que:
1. No existe ningún impedimento legal o jurídico que impida la celebración de ambos actos el mismo día.
2. No obstante, por motivos organizativos, se producen dificultades para que todos los opositores y resto de trabajadores puedan compatibilizar su derecho de voto y acudir al examen con todas las garantías.
Tras la polémica suscitada el pasado viernes, tras el anuncio del presidente del Gobierno de convocatoria de Elecciones Generales para el próximo 28 de abril, debido a la coincidencia de fecha con las oposiciones de TMCAE en el SERMAS. Los sindicatos con representación en la Mesa Sectorial expusieron a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid que:
1. No existe ningún impedimento legal o jurídico que impida la celebración de ambos actos el mismo día.
2. No obstante, por motivos organizativos, se producen dificultades para que todos los opositores y resto de trabajadores puedan compatibilizar su derecho de voto y acudir al examen con todas las garantías.
viernes, 15 de febrero de 2019
[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO reclama la contratación de 1.400 fisioterapeutas para la Sanidad Pública madrileña. La OPE excepcional del SERMAS para el domingo solo ha ofertado 208 plazas'
'CCOO denuncia la escasez de profesionales de Fisioterapia en la Sanidad
Pública madrileña que está generando el “colapso” de los Servicios de
Rehabilitación de los hospitales madrileños y de los centros de Atención
Primaria, con el consiguiente perjuicio para los pacientes. Los datos
de las agendas del primer mes de 2019, en los principales hospitales del
SERMAS, recogen cifras de record. El Hospital Universitario La Paz
tiene registrados más de 2.000 pacientes en lista de espera para ser
atendidos por un fisioterapeuta y la demora media para conseguir cita es
de ocho meses. En la plantilla del centro hay 58 fisioterapeutas para
todos los turnos y para los tres centros (La Paz, Carlos III,
Cantoblanco) que forman el complejo hospitalario.
El Hospital Universitario Severo Ochoa de Leganés tiene una lista de espera de cinco meses para citar en cualquiera de las técnicas que ofrece el Servicio de Fisioterapia y Rehabilitación. En la actualidad, hay 310 pacientes en lista de espera. El centro tiene una plantilla de 21 fisioterapeutas. El Hospital de Móstoles tiene seis meses de lista de espera para magnetoterapia, una de las técnicas de fisioterapia, porque sólo dispone de un equipo de magnetoterapia. Los pacientes esperan cinco meses para que les apliquen tens y tres meses para ultrasonidos. La plantilla es de 21 fisioterapeutas.
El Hospital Universitario Severo Ochoa de Leganés tiene una lista de espera de cinco meses para citar en cualquiera de las técnicas que ofrece el Servicio de Fisioterapia y Rehabilitación. En la actualidad, hay 310 pacientes en lista de espera. El centro tiene una plantilla de 21 fisioterapeutas. El Hospital de Móstoles tiene seis meses de lista de espera para magnetoterapia, una de las técnicas de fisioterapia, porque sólo dispone de un equipo de magnetoterapia. Los pacientes esperan cinco meses para que les apliquen tens y tres meses para ultrasonidos. La plantilla es de 21 fisioterapeutas.
miércoles, 6 de febrero de 2019
[CSIF Sanidad] 'Trabajadores de la empresa adjudicataria de las ambulancias del SUMMA 112 se movilizan contra la precariedad del servicio · La Comunidad de Madrid incumple la promesa de dotar con dos técnicos la mayoría de las ambulancias'
'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF),
sindicato más representativo en las administraciones públicas y con
presencia creciente en el sector privado, y el resto de sindicatos del
comité de empresa en Ferrovial, empresa adjudicataria del transporte de
urgencia de la Comunidad de Madrid, iniciarán mañana jueves
movilizaciones contra la precariedad del servicio y las promesas
incumplidas por el Gobierno regional para mejorar la dotación de las
ambulancias del SUMMA 112.
La representación legal de los trabajadores (CSIF, USO, CCOO, UGT y FSTES) ha convocado una concentración para mañana jueves, 7 de febrero, ante la Consejería de Sanidad (C/ Aduana, 29) a las 11.00 horas,
y el próximo 14 de febrero frente a la Asamblea de Madrid. Además de la
precariedad del servicio, CSIF y el resto de sindicatos consideran que
el gerente del SUMMA 112 ha faltado a su palabra, ya que prometió al
comité de empresa que se incorporarían dos técnicos en la mayoría de las
ambulancias (un 70%) de un solo conductor.
martes, 29 de enero de 2019
[CCOO Sanidad de Madrid] '300 cama menos en los hospitales madrileños, 4.000 trabajadores menos en el SERMAS y 300.000 madrileños no retiran sus medicamentos por problemas económicos CCOO y la FADSP elaboran un informe que radiografía la sanidad pública madrileña y las consecuencias de los recortes en la salud de la población'
'La Federación de Sanidad de CCOO Madrid (FSS-CCOO) y la Federación de
Asociaciones de Defensa de la Sanidad Pública (FADSP) revelan, en un
informe que radiografía la sanidad pública madrileña y la salud de la
población en la región, que la Comunidad de Madrid es la segunda por la
cola en gasto sanitario por habitante de España, que desde el año 2010
hasta hoy se han perdido 300 camas de hospitalización en la región, que
el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) tiene más de 4.000 trabajadores
menos y que 300.000 madrileños y madrileñas no retiran los medicamentos
que les prescribe su médico porque no tienen recursos económicos para
pagarlos.
lunes, 28 de enero de 2019
[CCOO Sanidad de Madrid] Acordado el 8 de Mayo para las elecciones sindicales en el ámbito de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid
Informa la Federación de Sanidad y Sectores Socio Sanitarios de CCOO de Madrid
que CCOO, SATSE, CSIT-UP, AMYTS y UGT han firmado el acuerdo para que
las eleecciones sindicales en el ámbito de la Consejería de Sanidad de
Madrid
se celebren el 8 de mayo de 2019.
jueves, 17 de enero de 2019
[CCOO/UGT/FRAVM/FACUA/CECU/FADSP] 'Por una Atención Primaria accesible y de calidad para la Comunidad de Madrid' [Rechazan la propuesta de reducir el horario de consulta de las tardes en Atención Primaria hasta las 18.30 horas]
'La Atención Primaria (AP) en la Comunidad de Madrid arrastra serios problemas que comprometen su futuro.
La AP debe ser la base del funcionamiento del sistema sanitario público y para ello precisa garantizar la accesibilidad y continuidad de la atención tal y como señalan las Conferencias de Alma Ata (1978) y Astaná (2018), y debería de tener capacidad para resolver el 90% de los problemas de salud de la población. Por otro lado son aspectos fundamentales de la misma la prevención, la promoción y la participación ciudadana.
La AP debe ser la base del funcionamiento del sistema sanitario público y para ello precisa garantizar la accesibilidad y continuidad de la atención tal y como señalan las Conferencias de Alma Ata (1978) y Astaná (2018), y debería de tener capacidad para resolver el 90% de los problemas de salud de la población. Por otro lado son aspectos fundamentales de la misma la prevención, la promoción y la participación ciudadana.
lunes, 14 de enero de 2019
Recordatorio. El Tribunal Supremo confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 11/11/2015, que, ante un recurso del Estado, anulaba varias convocatorias de 2014 de oposiciones a funcionario de la Comunidad de Madrid por haber pasado más de 3 años desde su Oferta Pública de Empleo. Las convocatorias ya han finalizado, con nombramientos de nuevos funcionarios fijos y ceses de interinos longevos cuyos puestos eran los que se convocaban principalmente
[Recordatorio de entrada publicada el 27/12/2018 ]
El pasado 10 de Diciembre la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictaba una importante sentencia , que desestima completamente el recurso (de casación nº 129/2016) interpuesto por la Comunidad de Madrid y el sindicato CSIT-UP, adheriéndose con posteridad CSIF y la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO de Madrid , contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 11/11/2015, sentencia que, tal y como nos hicimos eco hicimos eco aquí en su momento, ante un recurso del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, había declarado nulas las convocatorias de 2014 de la Comunidad de Madrid publicadas en el BOCM el 29/04/2014 de varias oposiciones (en concreto las del Cuerpo de Técnicos Superiores de la Administración General (13 plazas, 6 de ellas en promoción interna), del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores de la Administración Especial en sus Escalas de Ingeniería Superior (13 plazas, 5 en P.I.) y Arquitectura Superior (4 plazas, 2 en P.I.) , del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos de la Administración Especial en su Escala de Ingeniería Técnica (8 plazas , 2 en P.I) y de Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas en su Escala de Gestión de Empleo (57 plazas, 17 de ellas en P.I.), con un total de 91 plazas de las Ofertas Públicas de Empleo de 2005 y 2007, en su inmensa mayoría cubiertas por personal funcionario interino -evidentemente de larga duración-), por haber superado el plazo improrrogable de 3 años para desarrollarlas que marca el Estatuto Básico del Empleado desde 2007 en su artículo 70.1.
El pasado 10 de Diciembre la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictaba una importante sentencia , que desestima completamente el recurso (de casación nº 129/2016) interpuesto por la Comunidad de Madrid y el sindicato CSIT-UP, adheriéndose con posteridad CSIF y la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO de Madrid , contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 11/11/2015, sentencia que, tal y como nos hicimos eco hicimos eco aquí en su momento, ante un recurso del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, había declarado nulas las convocatorias de 2014 de la Comunidad de Madrid publicadas en el BOCM el 29/04/2014 de varias oposiciones (en concreto las del Cuerpo de Técnicos Superiores de la Administración General (13 plazas, 6 de ellas en promoción interna), del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores de la Administración Especial en sus Escalas de Ingeniería Superior (13 plazas, 5 en P.I.) y Arquitectura Superior (4 plazas, 2 en P.I.) , del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos de la Administración Especial en su Escala de Ingeniería Técnica (8 plazas , 2 en P.I) y de Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas en su Escala de Gestión de Empleo (57 plazas, 17 de ellas en P.I.), con un total de 91 plazas de las Ofertas Públicas de Empleo de 2005 y 2007, en su inmensa mayoría cubiertas por personal funcionario interino -evidentemente de larga duración-), por haber superado el plazo improrrogable de 3 años para desarrollarlas que marca el Estatuto Básico del Empleado desde 2007 en su artículo 70.1.
jueves, 10 de enero de 2019
[CCOO Castilla-La Mancha] 'CCOO gana sendas sentencias que condenan a la JCCM a indemnizar con 20 días/año a dos interinas por tardar más de tres años en convocar las plazas que ocupaban. El sindicato anima a todas y todos los laborales interinos que lleven más de tres años ocupando plazas vacantes en cualquier administración pública a instar judicialmente el reconocimiento de su condición de "indefinidos no fijos"; y a reclamar la indemnización de 20 días por año cuando finalmente la plaza sea cubierta por el procedimiento reglamentario previsto.' [Por la convocatoria del puesto a una OPE]
'El juzgado de lo Social número 3 de Ciudad Real ha condenado a la
consejería de Educación de CLM a indemnizar a dos trabajadoras interinas
por la tardanza de la Administración en convocar los procesos
selectivos reglamentarios para cubrir con personal fijo las plazas
vacantes que ocupaban estas mujeres.
Las trabajadoras, ambas con la categoría profesional de Técnico Especialista en Jardín de Infancia, fueron contratadas como personal laboral interino de la consejería de Educación en 2010 y 2012 y permanecieron en sus respectivos centros de trabajo, en dos escuelas infantiles de la provincia de Ciudad Real, hasta el año pasado, cuando finalmente se les comunicó la extinción de sus contratos al tomar posesión de las plazas sus respetivos titulares.
La consejería sobrepasó así el “plazo improrrogable” de tres años que establece el Estatuto Básico del Empleado Público para cubrir las plazas vacantes mediante la correspondiente “oferta de empleo público o instrumento similar”, y deberá indemnizar a las trabajadoras con 10.599 y 7.708 euros, respectivamente.
Las sentencias, que pueden ser recurridas en suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de CLM, se fundamentan en la “transformación” de los contratos de interinidad de las dos trabajadoras interinas, que dejaron de ser ‘temporales’ y pasaron a ser ‘indefinidos no fijos’ cuando superaron los tres años mencionados en el EBEP.
Las trabajadoras, ambas con la categoría profesional de Técnico Especialista en Jardín de Infancia, fueron contratadas como personal laboral interino de la consejería de Educación en 2010 y 2012 y permanecieron en sus respectivos centros de trabajo, en dos escuelas infantiles de la provincia de Ciudad Real, hasta el año pasado, cuando finalmente se les comunicó la extinción de sus contratos al tomar posesión de las plazas sus respetivos titulares.
La consejería sobrepasó así el “plazo improrrogable” de tres años que establece el Estatuto Básico del Empleado Público para cubrir las plazas vacantes mediante la correspondiente “oferta de empleo público o instrumento similar”, y deberá indemnizar a las trabajadoras con 10.599 y 7.708 euros, respectivamente.
Las sentencias, que pueden ser recurridas en suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de CLM, se fundamentan en la “transformación” de los contratos de interinidad de las dos trabajadoras interinas, que dejaron de ser ‘temporales’ y pasaron a ser ‘indefinidos no fijos’ cuando superaron los tres años mencionados en el EBEP.
viernes, 28 de diciembre de 2018
El Gobierno del Estado aprueba la subida del 2,25% para los empleados públicos de todas las AAPP pactada con los sindicatos en el Acuerdo de Marzo.La Comunidad de Madrid ya la ha tenido en cuenta en sus presupuestos para 2019
En el BOE de ayer 27/12/2018 se publicaba
el Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que "se
aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del
sector público" y que, entre tras medidas, se da cumplimiento a la
subida de sueldo para 2019 de los empleados públicos comprometida en el II Acuerdo para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo,
firmado entre el Gobierno de España y los sindicatos de la mesa de
Función Pública estatal, CCOO, UGT, y CSIF el pasado 9/3/2018.
Así se establece en el año 2019, las retribuciones del personal al servicio del sector público ( es decir cualquier AAPP del Estado, Autonomías y entidades locales) podrán incrementarse hasta el 2,25%
respecto a las vigentes a 31/12/2018 y además un 0,25% adicional si el
incremento del PIB alcanzase el 2,5% a 1/07/2019 o menos
proporcionalmente si quedara por debajo de ese 2,5%.
El Decreto de paso fija el incremento concreto de retribuciones del personal competencia del Estado.
El Decreto de paso fija el incremento concreto de retribuciones del personal competencia del Estado.
Recordemos que la Comunidad de Madrid ya ha reservado en sus Presupuestos Generales créditos para afrontar el incremento del 2,25% por lo que, con toda probabilidad, la Comunidad de Madrid fijará ese incremento del 2,25% (el máximo autorizado por este Real Decreto) para todos sus empleados púbiicos.ya para la nómina de Enero.
jueves, 27 de diciembre de 2018
El Tribunal Supremo confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 11/11/2015, que, ante un recurso del Estado, anulaba varias convocatorias de 2014 de oposiciones a funcionario de la Comunidad de Madrid por haber pasado más de 3 años desde su Oferta Pública de Empleo. Las convocatorias ya han finalizado, con nombramientos de nuevos funcionarios fijos y ceses de interinos longevos cuyos puestos eran los que se convocaban principalmente
El pasado 10 de Diciembre la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictaba una importante sentencia , que desestima completamente el recurso (de casación nº 129/2016) interpuesto por la Comunidad de Madrid y el sindicato CSIT-UP, adheriéndose con posteridad CSIF y la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO de Madrid , contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 11/11/2015, sentencia que, tal y como nos hicimos eco hicimos eco aquí en su momento, ante un recurso del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, había declarado nulas las convocatorias de 2014 de la Comunidad de Madrid publicadas en el BOCM el 29/04/2014 de varias oposiciones (en concreto las del Cuerpo de Técnicos Superiores de la Administración General (13 plazas, 6 de ellas en promoción interna), del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores de la Administración Especial en sus Escalas de Ingeniería Superior (13 plazas, 5 en P.I.) y Arquitectura Superior (4 plazas, 2 en P.I.) , del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos de la Administración Especial en su Escala de Ingeniería Técnica (8 plazas , 2 en P.I) y de Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas en su Escala de Gestión de Empleo (57 plazas, 17 de ellas en P.I.), con un total de 91 plazas de las Ofertas Públicas de Empleo de 2005 y 2007, en su inmensa mayoría cubiertas por personal funcionario interino -evidentemente de larga duración-), por haber superado el plazo improrrogable de 3 años
para desarrollarlas que marca el Estatuto Básico del Empleado desde 2007 en su artículo 70.1.
Con más precisión, el Abogado del Estado, representando al Ministerio, había impugnado dichas convocatorias aduciendo que vulneraban un artículo de la ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014, que establecía la prohibición de incorporar nuevo personal funcionario de carrera (o fijo) salvo dentro del rango muy limitado en un porcentaje de la tasa de reposición dependiente del sector o que dicha incorporación fuera como consecuencia de la resolución de procesos selectivos derivados de anteriores ofertas públicas de empleo en curso. Naturalmente, si como entendía el abogado del Estado, si del plazo de 3 años del EBEP para desarrollar una OPE se sigue su caducidad, entonces las convocatorias de 2014 de la Comunidad de Madrid al derivarse de ofertas de empleo público de 7 y 9 años, por tanto ya no se derivaban de ofertas en vigor legal y la ejecución de estas convocatorias de 2014 supondría superar lo permitido en el año por el límite dependiente de la tasa de reposición, con lo que infringían la ley de presupuestos, y en base a esto, el Abogado del Estado solicitaba su anulación, para lo que era fundamental por tanto el carácter esencial como para seguir la anulación de unas convocatorias, del plazo de 3 años para desarrollar una OPE del artículo 70.1 del EBEP.
Hay que reseñar que algunas CCAA, entre ellas especialmente la de Madrid, realizaron en 2014 y a principios de 2015, numerosas convocatorias de procesos selectivos con plazas autorizadas en ofertas de empleo público de muchos años atrás, que habían sido anunciadas pero no convocadas en su momento pero que lo hacían entonces bajo la sospecha del interés electoral de sus gobiernos autonómicos de convocar el mayor número de procesos selectivos atractivos a la ciudadanía antes de las elecciones autonómicas de Mayo de 2015. Naturalmente para esa intención, estos procesos selectivos tenían en común que pese a convocarse con los puestos de personal temporal durante muchos años, en "fraude" de las leyes del empleo público en cuanto a la duración de su temporalidad lo hacían mediante procesos selectivos de oposición pura -como es el caso de las convocatorias de esta noticia- o con un paso muy limitado en número a la fase de méritos, no considerando por tanto una mínima compensación al abuso de temporalidad, no digamos ya de un sistema de consolidación primando la antigüedad. Éste fue el caso sin ir más lejos de varias convocatorias de Mayo de 2015 del Servicio Madrileño de Salud (aprobadas por el Consejo de gobierno pocos días antes de las elecciones) , enre ellas las de Ondontólogos de Atención Primaria, Logopedas, Técnicos de Radiodiagnóstico, etc. Nótese que la legislación española y jurisprudencia actual del Supremo, por ahora, no contempla indemnización alguna al funcionario interino cesado por la resolución de una OPE, por mucho que esté en fraude de ley su puesto por exceso de temporalidad.
Con más precisión, el Abogado del Estado, representando al Ministerio, había impugnado dichas convocatorias aduciendo que vulneraban un artículo de la ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014, que establecía la prohibición de incorporar nuevo personal funcionario de carrera (o fijo) salvo dentro del rango muy limitado en un porcentaje de la tasa de reposición dependiente del sector o que dicha incorporación fuera como consecuencia de la resolución de procesos selectivos derivados de anteriores ofertas públicas de empleo en curso. Naturalmente, si como entendía el abogado del Estado, si del plazo de 3 años del EBEP para desarrollar una OPE se sigue su caducidad, entonces las convocatorias de 2014 de la Comunidad de Madrid al derivarse de ofertas de empleo público de 7 y 9 años, por tanto ya no se derivaban de ofertas en vigor legal y la ejecución de estas convocatorias de 2014 supondría superar lo permitido en el año por el límite dependiente de la tasa de reposición, con lo que infringían la ley de presupuestos, y en base a esto, el Abogado del Estado solicitaba su anulación, para lo que era fundamental por tanto el carácter esencial como para seguir la anulación de unas convocatorias, del plazo de 3 años para desarrollar una OPE del artículo 70.1 del EBEP.
Hay que reseñar que algunas CCAA, entre ellas especialmente la de Madrid, realizaron en 2014 y a principios de 2015, numerosas convocatorias de procesos selectivos con plazas autorizadas en ofertas de empleo público de muchos años atrás, que habían sido anunciadas pero no convocadas en su momento pero que lo hacían entonces bajo la sospecha del interés electoral de sus gobiernos autonómicos de convocar el mayor número de procesos selectivos atractivos a la ciudadanía antes de las elecciones autonómicas de Mayo de 2015. Naturalmente para esa intención, estos procesos selectivos tenían en común que pese a convocarse con los puestos de personal temporal durante muchos años, en "fraude" de las leyes del empleo público en cuanto a la duración de su temporalidad lo hacían mediante procesos selectivos de oposición pura -como es el caso de las convocatorias de esta noticia- o con un paso muy limitado en número a la fase de méritos, no considerando por tanto una mínima compensación al abuso de temporalidad, no digamos ya de un sistema de consolidación primando la antigüedad. Éste fue el caso sin ir más lejos de varias convocatorias de Mayo de 2015 del Servicio Madrileño de Salud (aprobadas por el Consejo de gobierno pocos días antes de las elecciones) , enre ellas las de Ondontólogos de Atención Primaria, Logopedas, Técnicos de Radiodiagnóstico, etc. Nótese que la legislación española y jurisprudencia actual del Supremo, por ahora, no contempla indemnización alguna al funcionario interino cesado por la resolución de una OPE, por mucho que esté en fraude de ley su puesto por exceso de temporalidad.
miércoles, 26 de diciembre de 2018
Recordatorio. [18/02/2016] . La sentencia de 11/11/2015, por un recurso del Estado, que anulaba varias convocatorias de oposiciones de la Comunidad de Madrid por llevar más de 3 años desde su OPE
[Recordatorio de entrada publicada el 18/02/0216] El pasado 11/11/2015 la la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid [TSJM], Sección 7 dictaba su sentencia nº 671/2015 por el recurso nº 856/2014 del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas contra las convocatorias de la Comunidad de Madrid publicadas en el BOCM el 29/04/2014 de varias oposiciones (o mejor dicho, procesos
selectivos), en concreto del Cuerpo de Técnicos Superiores de la Administración
General y del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escalas de Ingeniería Superior, Arquitectura Superior, Ingeniería Técnica y de Gestión de Empleo.
La sentencia declaraba nulas dichas convocatorias "por no ser conformes al ordenamiento jurídico" (y por tanto todos los actos que hubieran emanado de ella, como las llamadas o realizaciones de examen ya realizados, salvo interposición de recurso a la sentencia por parte de la CM, como sí hizo), por haber superado el plazo que marca el Estatuto Básico improrrogable de 3 años para resolver oposiciones desde su anuncio en las Oferta Público de Empleo de 2005 y 2007. Con anterioridad, en noviembre de 2014 la misma sección de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ no había estimado la suspensión cautelar.
De parte contraria al recurso del estado se personaron los sindicatos CSIT-UP, CSIF, la FSP de UGT y CCOO. Los abogados del Estado adujeron en la demanda que la convocatoria infringía el artículo 21.1 de la Ley 22/2013 de Presupuestos Generales del Estado , que prohibía para 2014 la incorporación de nuevo personal fijo en las Administraciones Públicas salvo el debido a procesos selectivos derivados de Ofertas de Empleo Públicos [OPE] anteriores, recalcando que el Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] fija en su artículo 70.1 que "en todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años".
La sentencia declaraba nulas dichas convocatorias "por no ser conformes al ordenamiento jurídico" (y por tanto todos los actos que hubieran emanado de ella, como las llamadas o realizaciones de examen ya realizados, salvo interposición de recurso a la sentencia por parte de la CM, como sí hizo), por haber superado el plazo que marca el Estatuto Básico improrrogable de 3 años para resolver oposiciones desde su anuncio en las Oferta Público de Empleo de 2005 y 2007. Con anterioridad, en noviembre de 2014 la misma sección de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ no había estimado la suspensión cautelar.
De parte contraria al recurso del estado se personaron los sindicatos CSIT-UP, CSIF, la FSP de UGT y CCOO. Los abogados del Estado adujeron en la demanda que la convocatoria infringía el artículo 21.1 de la Ley 22/2013 de Presupuestos Generales del Estado , que prohibía para 2014 la incorporación de nuevo personal fijo en las Administraciones Públicas salvo el debido a procesos selectivos derivados de Ofertas de Empleo Públicos [OPE] anteriores, recalcando que el Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] fija en su artículo 70.1 que "en todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años".
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