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martes, 12 de marzo de 2019

[Tribuna Salamanca/AIISCYL] Trabajadores laborales indefinidos [no fijos] de Castilla y León e informáticos de su servicio de salud protestarán hoy #NoSomosDeUsaryTirar en sus Cortes contra las Ofertas Públicas de Empleo convencionales de sus puestos temporales hasta más de 15 años

Informa Tribuna Salamanca este 11/03/2019  que la Asociación de Laborales Indefinidos de Castilla y León (AliCyL) [que agrupa a indefinidos "no fijos" por sentencia  de esa CCAA] ha convocado una concentración para hoy  a partir de las 17.00 horas, a las puertas de las Cortes de la Comunidad para protestar ante el riego de despido que supone a su juicio la Oferta de Empleo Público para 2018 de Castilla y León "de estabilización" [   que junto con las pendientes convocarán los puestos de los temporales de más de 3 años según instan las leyes de Presupuestos Generales de 2017 y de 2018] , que  "pone en peligro casi 2.000 puestos de trabajo que vienen desempeñando empleados públicos temporales desde hace más de 15 años"  , que son los que se convocan en esa OPE , calificada de "ERE encubierto" exigiendo "una medida de justicia" que evite los despidos innecesarios, costes en indemnizaciones para la Administración y mantenga estable a una plantilla y su experiencia.

Por otro lado, la Asociación de Informáticos Instituciones Sanitarias de Castilla y León [AIISCYL] ha anunciado que, ante la inclusión prevista de sus puestos -casi todos temporales dado que nunca han tenido proceso de oposición alguna- en dichas OPE de "estabilización" del SacyL, se unen a esta concentración para exigir una solución de estabilidad del personal. 

[Recordemos que las bases elegidas por el Sacyl en  casos como las categorías de Celadores o de Auxiliares Administrativos para esos procesos de "estabilización" de puestos consisten en  un concurso oposición primando la oposición en un 60%, eliminatoria, y además limitando en número de 2.5 por plaza el paso a la fase del concurso de méritos, donde se valora la antigüedad en el puesto que se convoca igual que en cualquier otro puesto de la misma categoría de cualquier otra AAPP suponiendo  sólo 1/4 de la puntuación total.]


domingo, 10 de marzo de 2019

Publicadas las convocatorias conjuntas del Cuerpo de Maestros de la OPE 2017 de estabilización de puestos y OPE 2018 de reposición de la Comunidad de Madrid: concurso oposición con la antigüedad computando entre un 15% y un 35%

Acaba de publicarse en el BOCM (nº 57, de 8 de marzo) la convocatoria conjunta de proceso selectivo, a Maestros de la Comunidad de Madrid de las 2.424 plazas de la OPE de estabilización 2017 de la Comundiad de Madrid  , según lo recogido en la  ley nacional de Presupuestos Generales del Estado de 2017, y las 934 de reposición de su OPE 2018, para hacer un total de 3.358 plazas que se convocan bajo la fórmula de concurso-oposición respetando las bases respetando las bases comunes fijadas desde el Estado, tal y como establece  la Ley Organica 2/2006 de Educacion.

En concreto, las bases , que fueron fijadas en el Real Decreto 276/2007  y su modificación para estos proceso de 23/02/2019 por el Real Decreto 84/2018, consisten
  • concurso-oposición con la oposición eliminatoria y peso relativo en la puntuación total50/50
  • fase de oposición con 2 pruebas eliminatorias que se superan con la mitad de la puntuación
  • fase de méritos  con hasta 7 puntos de antigüedad y otros 7 puntos por formación  y otros méritos con un máximo de 10 (lo que supone que la antigüedad computa entre un 15% y un 35% del total)

sábado, 9 de marzo de 2019

Este domingo 10 de Marzo tercer examen de oposición de las Ofertas Públicas de Empleo de estabilización de puestos temporales del SERMAS: Celadores con casi 19 mil aspirantes para 1513 puestos temporales, cas todos de más de 5 años ocupados por temporales de muchos años que serán "cesados" sin indemnización si no quedan entre los primeros del concurso-oposición. La Plataforma de Personal Temporal exigía un concurso de méritos que fue rechazado por la Asamblea de Madrid

Este domingo 10 de marzo tendrá lugar  el que va  a ser, tras los de Matronas y Fisioterapeutas, el tercer "examen" o fase de oposición de los procesos selectivos de las masivas Ofertas Pública de Empleo del Servicio Madrileño de Salud denominadas "de estabilización": la oposición de la categoría de Celadores ,en la que  18.799 aspirantes competirán por 1.513 plazas, todas ocupadas por personal temporal durante más de 3 años a 31/12/2016, es decir, ahora de plazas temporales más de 5 años.




El proceso selectivo de esta categoría corresponden en concreto con plazas  de la  Oferta Pública de Empleo de 2017 del SERMAS,  la primera OPE del SERMAS  con el  primer grupo de categorías con plazas ofertadas computadas (todas en algunas categorías, o su inmensa mayoría, en general) fuera de la tasa reposición por la tasa adicional  "de estabilización de puestos"  según se deriva de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, ley aprobada por el anterior Gobierno del Estado tras un polémico y previo acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos con representación en la mesa de Función Pública estatal sobre temporalidad del empleo público y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005  y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia [ haciendo un total de más de 22 mil  según el SERMAS], e instando a que la temporalidad quede reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos.



En el caso particular de la convocatoria 2018 de esta categoría de Celadores (de la OPE 2017 del SERMAS)  las 1.513 plazas convocadas (106 reservadas a discapacidad)  204 han sido computadas de la tasa de reposición  y 1.309 plazas por la parte de la tasa adicional de estabilización, habiendo sido computados 1.281 plazas por el concepto del 90% de puestos temporales más de 3 años a 31/12/2016 y 12 por el de puestos temporales desde antes de 1 de Enero de 2005 (es decir ¡más de 14 años! y 16 son de "indefinidos no fijos" por sentencia).  Por tanto casi todos los puestos convocados llevan temporales más de 5 años en la actualidad y algunos de ellos más de 15.



[APRISCAM] 'La Justicia deniega la suspensión cautelar de la Oferta de Empleo Público de Castilla-La Mancha para el año 2018'

'El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha denegado la suspensión cautelar de la Oferta de Empleo Público de Castilla-La Mancha para el año 2018, tal y como había demandado APRISCAM el pasado mes de diciembre. En este auto, contra el que cabe interponer recurso de reposición, la Sala considera no suficientemente válidos los argumentos planteados y, aunque ve legítima la petición de suspensión con objeto de no perjudicar la realidad laboral del colectivo representado por APRISCAM, valora en mayor medida el interés publico y el perjuicio que supondría para terceras personas la estimación de las medidas cautelares.


lunes, 4 de marzo de 2019

[FeSPUGT de Madrid] Información del Proceso de funcionarización de personal laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid por el Acuerdo Sectorial [ Conversión forzosa a personal funcionario interino -sin derecho actualmente a indemnización - del personal laboral temporal, afectado también por procesos masivos de "estabilización" de sus puestos]


Informaba la Federación de SEervicio Públicos de UGT de Madrid el pasado 18/02/2019 que  empezaron las reuniones de negociación del proceso de funcionarización de personal laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid , en desarrollo de la disposición transitoria 2ª del Estatuto Básico del Empleado Público de 2007, y para la amplia relación de categorías laborales recogidas en el Anexo II del texto publicado según el  acuerdo sectorial  para el personal funcionario de la Comunidad de Madrid alcanzado el pasado 20/07/2019 en la Mesa General de Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid entre el Gobierno y los sindicatos.

En el documento informativo que acompaña UGT se precisa que mientras para el personal laboral fijo será un proceso voluntario como es habitual, quedando en caso de no presentarse como "laboral fijo  a extinguir", para el personal laboral temporal será un proceso forzoso siendo nombrado personal funcionario "interino hasta la cobertura de los puestos por personal funcionario de carrera". Por último, para el personal laboral indefinido no fijo (por sentencia) se establece que sus plazas se convertirán en funcionarias ya mediante los procesos de OPE.

miércoles, 27 de febrero de 2019

[Gabinete Araúz de Robles] 'La convocatoria de OPEs y procesos selectivos no libera a las administraciones empleadoras de su obligación de sancionar los abusos producidos con su personal interino y temporal de larga duración, ni puede ser una excusa para negar fijeza al empleado público objeto de un abuso incompatible con la Directiva 1999/70/CE'



'Las Administraciones públicas españolas tratan de “tapar” los abusos y fraudes cometidos en la contratación temporal sucesiva de sus funcionarios interinos, personal estatutario temporal y trabajadores temporales de larga duración, mediante la convocatoria de OPES y procesos selectivos de acceso libre (mal llamados procesos de estabilización), sin asumir sus responsabilidades e infringiendo con ello la Directiva 1999/70/CE y su Acuerdo Marco sobre trabajo temporal, que obliga a sancionar estos abusos en la relación temporal sucesiva mantenida por las Administraciones empleadoras con su personal temporal, mediante la imposición de una medida sancionadora efectiva, disuasoria y proporcionada.





(a)



En este sentido, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, desde antiguo, viene proclamando (por todas, vid Sentencia del TJUE, también de 14 de septiembre de 2016, recaída en los asuntos C-184/15 y C-197/15) que

38.., cuando se ha producido una utilización abusiva de sucesivos contratos de trabajo o relaciones laborales de duración determinada, es indispensable poder aplicar alguna medida que presente garantías de protección de los trabajadores efectivas y equivalentes, con objeto de sancionar debidamente dicho abuso y eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de la Unión. En efecto, según los propios términos del artículo 2, párrafo primero, de la Directiva 1999/70, los Estados miembros deben «[adoptar] todas las disposiciones necesarias para poder garantizar en todo momento los resultados fijados por [dicha] Directiva»



Podemos comprobar, que el TJUE no habla de potestad, ni de posibilidad, ni de conveniencia, ni de discrecionalidad, sino que tajantemente afirma que ante el abuso es “indispensable” -y no cabe otra opción- que adoptar alguna medida sancionadora, a fin de proteger a los trabajadores, eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de la Unión y garantizar en todo momento los resultados fijados por la Directiva, que no son otros que los de proteger a los empleados contra la inestabilidad y precariedad en el empleo, y garantizar el principio que establece que los contratos de trabajo de duración indefinida constituyen la forma general de relación laboral (STJUE de 14 de septiembre de 2016, asuntos C-15/16 y acumulados C-184/15 y C-194/15).







(b)



Pues bien, a nuestro modo de ver, las OPES y los procesos selectivos de acceso libre que se están convocando -y que se anuncian por parte del Gobierno de España-, no pueden ser concebidos como una medida sancionadora que cumpla con los requisitos de la cláusula 5 del Acuerdo Marco anexo a la Directiva 1999/70/CE, ni privan a los empleados públicos de su derecho a obtener fijeza o estabilidad en el empleo como sanción al abuso producido en su contratación temporal sucesiva, como medida efectiva, proporcionada y disuasoria para sancionar el abuso producido, que presenta garantías de protección de los funcionarios y trabajadores públicos objeto del abuso y elimina las consecuencias de la infracción del Derecho de la Unión.





martes, 26 de febrero de 2019

[El Diario] El Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón a la Universidad Complutense en sus convocatorias de procesos de consolidación de plazas interinas anteriores a 2005 de personal funcionario de administración y servicios con la fase de méritos casi sólo por la antigüedad en los propios puestos convocados. [El juzgado de primera instancia había sentenciado la anulación de las oposiciones por favorecer demasiado a los interinos cuyos puestos en fraude de ley por abuso de temporalidad son los que se convocan tras muchos años]

Informa El Diario este 25/02/2019 que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón a la Universidad Complutense de Madrid en su recurso de apelación contra la  sentencia de un Juzgado de Madrid que declaró nulas las convocatorias del "proceso de consolidación"  de sus plazas interinas anteriores a 2005 de personal funcionario de administración y servicios por favorecer demasiado en méritos a los interinos cuyos puestos son los que se convocaban tras años sin hacerlo, estimando la demanda de un particular, el funcionario andaluz y también abogado  Wenceslao Alonso. Previamente el mismo juzgado había aceptado la suspensión cautelar solicitada  del proceso selectivo, razón por la que a día de hoy siguen paralizadas judicialmente.


[Recordemos que la Universidad había convocado estos puestos según la Disposición Transitoria 4ª de Procesos de Consolidación del Estatuto Básico del Empleado Público o EBEP [1] , una vez que el uso de esta Disposición fue permitido por la ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 para la totalidad de los puestos interinos anteriores a 2005 en cualquier Administración Pública sin estar afectados límites de tasa de reposición. (Sorprendentemente en esa misma ley y con el acuerdo de los sindicatos , no se aprovechaba para actualizar la fecha de los procesos de consolidación del EBEP de 2005 a 2015 sino que se e estipulaba que para los temporales de más de 3 años se habilitaba a que las AAPP convocaran en OPEs convencionales sus puestos).

Así, el punto 3ª de dicha Disposición Transitoria 4ª del EBEP dice "podrá valorarse, entre otros méritos [...]  la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria" , posibilidad que por otro parte parece del todo  razonable si es que se trata de un proceso que merezca el nombre de  de procesos de "consolidación".

lunes, 25 de febrero de 2019

Recordatorio. El Pleno de la Asamblea de Madrid rechaza hacer ley de Concurso de Méritos en el SERMAS para los puestos temporales más de 3 años, propuesta de Podemos, con el voto en contra de PP, las abstenciones de Ciudadanos y PSOE, que reconoce hay problema nacional y culpa de las AAPP pero dice que no debe solucionarse al margen de sindicatos de Mesa Sectorial. Resumen e intervenciones del debate

[Recordatorio de entrada publicada el 07/02/2019]

Hoy Jueves 7 de Febrero tenía lugar el primer -y finalmente último- debate en el Pleno de la Asamblea de Madrid de la Proposición de Ley planteada por el Grupo Parlamentario Podemos,  de un "concurso de méritos" extraordinario en el Servicio Madrileño de Salud  para alcanzar la condición de personal estatutario fijo  con los puestos en abuso de duración de temporalidad (los de más de 3 años).

Se trataba, según obliga el reglamento de la Asamblea, del Debate "de la Toma en Consideración"  que finaliza con una votación sobre si se hace la Ley con el objetivo de la Proposición.  En el caso de salir mayoritario el NO, queda rechazada definitivamente la proposición. Si sale mayoritario el SI, se pasa al proceso de enmiendas, donde puede haber enmienda a la totalidad para cambiar el texto base sobre el que aplicar las enmiendas parciales que se presentaran, pero no enmienda para su devolución o rechazo.

El resultado final de la votación ha sido:
  • 47 votos en contra del Partido Popular
  • 52 abstenciones de Partido Socialista (que tiene 37 escaños) y de Ciudadanos (que tiene 17)
  • 25 votos a favor del proponente de la ley, Podemos
con lo que la Asamblea de la Comunidad de Madrid hoy ha decidido por tanto NO hacer una Ley con el objetivo propuesto.

miércoles, 20 de febrero de 2019

Recordatorio. El Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si hacer fijo al personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años es una solución acorde a las exigencias de la normativa europea [Publicado como Asunto C-103/18 del TJUE: Cuestión prejudicial del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid ]

[Recordatorio de entrada publicada el 08/05/2018] En el día de ayer, 7/5/2018  se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la importante "petición de decisión (o cuestión) prejudicial" al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE] que había presentado el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid  el pasado 13 de febrero de 2018 , y que ya avanzamos aquí, por una demanda de fijeza de un empleado público temporal "en fraude de ley" por abuso de temporalidad de su administración pública, en concreto, por una demanda de un informático interino durante mas de 17 años en el Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] de la Comunidad de Madrid.

De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas,  que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"]  tendría consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad  con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"],  de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los  ámbitos  estatal, regional y local. Sin duda, también tendría efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición para la cuestión de la fijeza



Recordemos que el juzgado madrileño -de lo contencioso-administrativo por ser el informático del caso estatutario de Sanidad- traslada al tribunal europeo , entre otras, la cuestión si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (sea "interino de vacante", "eventual" [es decir, con fecha de fin en su nombramiento] o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en origen, el Procedimiento Abreviado nº 193/2017 del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino en el mismo puesto durante más de 17 años, que, siguiendo mediante esta asociación de informáticos personal propio del SERMAS, APISCAM, una iniciativa del sindicato médico de la Com. de Madrid AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demanda que se le reconozca una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese  (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada al empleador y compensación al empleado, aplicando una normativa básica europea de obligado cumplimiento y por encima de toda la legislación española, la famosa Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal, a su situación de evidente abuso de relación de empleo temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio carácter permanente, precisamente por su larga permanencia en la misma persona y lugar.

martes, 19 de febrero de 2019

Recordatorio. [INSUCAN] Enmienda aprobada en Parlamento Canario a Ley de Presupuestos de 2019 para un concurso de méritos para la consolidación del personal temporal de más de 50 años de edad de la administración de Canarias con sus puestos incluidos en los procesos "de estabilización"


Publicaba Docentes de Canarias INSUCAN el pasado 22/12/2018 la enmienda propuesta por CC-PNC, PP y ASG que fue aprobada finalmente por el Parlamento canario con el voto favorables del resto de grupos, excepto Podemos que se abstuvo, a la Ley de Presupuestos de Canarias de 2019  para  un concurso de méritos excepcional para  consolidar como personal fijo a cierto personal temporal empleado público de más de 50 años.

En concreto , el texto aprobado como adicional al artículo 54 sobre el Plan de estabilización reza así: "Asimismo, el Plan reservará como medida excepcional un número de plazas destinadas a la estabilización del empleo temporal y la consolidación de empleo temporal del personal mayor de 50 años mediante el sistema de concurso de méritos, en las condiciones de antigüedad que se determinen en el mismo", reseñándose en el texto justificativo de la enmienda que, por tanto,  las condiciones de antigüedad y méritos se determinarán en  el marco de la mesa de empleados públicos entre sindicatos y Gobierno.

NOTA DEL EDITOR: precisamente los sindicatos SEPCA, Intersindical Canaria y CSIF Canarias, con mayoría absoluta en la Mesa General de Empleados Públicos de Canarias, la que lleva los recursos humanos de los empleados públicos de la Comunidad Autónoma, salvo docentes, administración de Justicia y estatutarios de Sanidad, habían presentado una importante solicitud conjunta para que todos los puestos implicados (necesariamente temporales más de 3 años y, por tanto, en "fraude de ley") en los procesos de estabilización y consolidación del personal funcionario interino y laboral temporal e indefinido no fijo de la CCAA fueran (y no sólo "pudieran") de concurso de méritos. Este artículo de ley aprobado en Canarias, sería el primero en toda España que habilita e insta a un concurso de méritos excepcional para un sector de personal público. 

lunes, 18 de febrero de 2019

[AMYTS] 'Convocadas OPES de Medicina de Familia, Pediatría de Atención Primaria, SUMMA112 y Urgencia Hospitalaria, sin atender las peticiones de los médicos de Madrid . La Consejería de Sanidad publica un baremo de méritos para las oposiciones que no reconoce adecuadamente la complejidad de los Médicos'

'El pasado jueves 6 de febrero tuvo lugar una reunión para hablar de las bases de las OPEs de Atención Primaria de médicos de familia y pediatría, Urgencias Hospitalarias y SUMMA 112. Pues bien, inmediatamente después de dicha reunión y SIN RECOGER NINGUNA DE LAS PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN, han salido publicadas incluso con ERRATAS.

En esta reunión la Administración se negó en redondo a introducir cambios, con la excusa de que no difiriesen de las bases de otras convocatorias ya publicadas. Pese a que cuando se cerraron dichas convocatorias hace meses, desde AMYTS ya alegamos que para médicos serían necesarias modificaciones, y la Administración en aquel momento NO DIJO que dichas bases fuesen inamovibles. No nos hicieron caso entonces y de nuevo no nos hicieron caso el día 6.

Desde AMYTS solicitamos:

[CCOO Sanidad Madrid] Se acuerda el cambio de fecha para los exámenes TMCAE del SERMAS para que no coincida con las elecciones generales

'CCOO, sindicato mayoritario en la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid, ha acordado el cambio de fecha del examen de los Técnicos Medios de Cuidados de Auxiliares de Enfermería (TMCAE), para evitar que coincidan con la fecha de las Elecciones Generales. Los exámenes estaban convocados para el domingo 28 de abril de 2019 y se han cambiado al sábado 27 de abril.

Tras  la polémica suscitada el pasado viernes, tras el anuncio del presidente del Gobierno de convocatoria de Elecciones Generales para el próximo 28 de abril, debido a la coincidencia de fecha con las oposiciones de TMCAE en el SERMAS. Los sindicatos con representación en la Mesa Sectorial expusieron a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid que:

1. No existe ningún impedimento legal o jurídico que impida la celebración de ambos actos el mismo día.

2. No obstante, por motivos organizativos, se producen dificultades para que todos los opositores y resto de trabajadores puedan compatibilizar su derecho de voto y acudir al examen con todas las garantías.

viernes, 15 de febrero de 2019

Publicadas las convocatorias de la primera fase de categorías de la OPE 18 de estabilización del SERMAS con las mismas bases las que se hicieron por la OPE 2017, incluyendo las de médicos de Atención Primaria, Urgencias y SUMMA: oposición eliminatoria maś concurso de méritos con un 35% de peso de la antigüedad con los puestos temporales ya más de 5 años


En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de ayer 14/02/201 se publicaba una nueva tanda de convocatorias de los procesos selectivos de las masivas Ofertas Pública de Empleo del Servicio Madrileño de Salud denominadas "de estabilización" - de estabilización de puestos- derivadas a su vez del artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, ley aprobada por el anterior Gobierno del Estado tras un polémico y previo acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos con representación en la mesa de Función Pública estatal sobre temporalidad del empleo público y que autorizaba a sacar en las  Ofertas Públicas de Empleo de 2017 a 2018 sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005  y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia [ lo que supondría un total de más de 22 mil empleados según el SERMAS], e instando la ley a que la temporalidad quede reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos. (Luego un segundo acuerdo sindical con el Gobierno nacional extendería esta posibilidad  vía el artículo 19 de a Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018  todos los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/2017 ya de todos los sectores y AAPP).

Así ya se ha habían incluido  11.664 plazas de un primer grupo de 7 categorías en la Oferta Pública de Empleo 2017 del SERMAS,  cuyas convocatorias respectivas ya fueron publicadas en Junio de 2018 , habiéndose realizado incluso el examen de una categoría, la de Matronas, siendo el siguiente este mismo fin de semana para Fisioterapeutas.

En la Oferta Pública de Empleo de 2018 del SERMAS publicada recientemente  se incluían 4.792 plazas más de otras categorías informando el Dir. Gral de RRHH en la última mesa sectorial de Sanidad que divídíanen 3 grupos o "fases" en cuanto a su cronograma



[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO reclama la contratación de 1.400 fisioterapeutas para la Sanidad Pública madrileña. La OPE excepcional del SERMAS para el domingo solo ha ofertado 208 plazas'

'CCOO denuncia la escasez de profesionales de Fisioterapia en la Sanidad Pública madrileña que está generando el “colapso” de los Servicios de Rehabilitación de los hospitales madrileños y de los centros de Atención Primaria, con el consiguiente perjuicio para los pacientes. Los datos de las agendas del primer mes de 2019, en los principales hospitales del SERMAS, recogen cifras de record. El Hospital Universitario La Paz tiene registrados más de 2.000 pacientes en lista de espera para ser atendidos por un fisioterapeuta y la demora media para conseguir cita es de ocho meses. En la plantilla del centro hay 58 fisioterapeutas para todos los turnos y para los tres centros (La Paz, Carlos III, Cantoblanco) que forman el complejo hospitalario.

El Hospital Universitario Severo Ochoa de Leganés tiene una lista de espera de cinco meses para citar en cualquiera de las técnicas que ofrece el Servicio de Fisioterapia y Rehabilitación. En la actualidad, hay 310 pacientes en lista de espera. El centro tiene una plantilla de 21 fisioterapeutas. El Hospital de Móstoles tiene seis meses de lista de espera para magnetoterapia, una de las técnicas de fisioterapia, porque sólo dispone de un equipo de magnetoterapia. Los pacientes esperan cinco meses para que les apliquen tens y tres meses para ultrasonidos. La plantilla es de 21 fisioterapeutas.

jueves, 14 de febrero de 2019

[Plat Pes Temp Cam] 'Comunicado de la Plataforma de Temporales de las AAPP en la Comunidad de Madrid ante la votos de los grupos parlamentarios de la proposición Ley de Concurso de Méritos del SERMAS, finalmente rechazada con la abstención del PSOE y Cs y el voto en contra del PP '

'El pasado 7 de Febrero de 2019 se llevó a debate en el Pleno de la Asamblea de Madrid, la Proposición de Ley del Grupo Parlamentario PODEMOS, de “un concurso extraordinario de méritos en el SERMAS” para que aquellos trabajadores que ocupan puestos de trabajo en abuso de temporalidad, pudieran alcanzar la condición de personal estatutario fijo.

El debate finalizó con una votación desfavorable del resto de los Grupos Parlamentarios (Partido Popular,Partido Socialista y Ciudadanos), que no permitirá seguir con la tramitación de esta Ley, que hubiese llevado a que miles de trabajadores en Fraude de Ley,pudieran consolidar su puesto a través de un concurso de méritos. En la C.M., sólo en el SERMAS,esta cifra asciende a22.000 trabajadores aproximadamente.Votaron a favor de la propuesta los Diputados del Grupo Parlamentario PODEMOS, en contra los del PP, y se abstuvieron CIUDADANOS  y PSOE.


lunes, 11 de febrero de 2019

[EFE/La Vanguardia]: El parlamento regional rechaza hacer una Ley de Concurso de Méritos para los trabajadores interinos del SERMAS tras los votos en contra de PP y las abstenciones de Ciudadanos y PSOE

Informaba EFE vía La Vanguardia el pasado 7 de Febrero  que finalmente fue rechazada por la  Asamblea de Madrid  la  proposición de ley que había presentada por Podemos de una ley de concurso de méritos para los trabajadores temporales del Servicio Madrileño de Salud, por los votos en contra de PP  y las abstenciones de PSOE y Ciudadanos.

El medio traslada declaraciones de la portavoz del grupo proponente, Portavoz, en el debate , Armen San José, justificando la medida en la vulneración de la legislación laboral por parte de los gobiernos previos y que la solución propuesta está permitida por la ley de función pública para casos "excepcionales" como considera es éste.

El medio también informa que el Gobierno regional había manifestado su disconformidad previa con la propuesta por el coste en carrera profesional que supondría reconocer como fijo al personal afectado, justificando la portavoz  de su partido , el PP, en el debate el voto en contra porque la ley no permite procesos de consolidación más que en circunstancias excepcionales que no se dan, mientras que Ciudadanos argumentó sus dudas en la falta de igualdad de oportunidades que supone que no haya fase de oposición y el portavoz del grupo socialista [cuyo voto favorable habría bastado para que la ley saliera adelante], tras afirmar que su grupo "quiere lo mejor para todos los interinos de toda la administración pública",  justificó su abstención en la falta de tiempo para aprobar la  proposición de ley y en que este problema debe resolverse a nivel estatal [N.E. y también en que no debe hacerse sin contar con el acuerdo de los sindicatos de la mesa sectorial ]

[Plat. Interinos Castilla-La Mancha] 'La campaña de recogida de fondos para la redacción de la Ley de concurso extraordinario de méritos en Castilla-La Mancha alcanza el 60% de su objetivo en cinco días'

'Hace cinco días desde la Plataforma de Interinos de Castilla-La Manchaarrancamos una campaña colaborativa para costear la redacción de la Ley de concurso extraordinario de méritos en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. En estos cinco días se han recibido decenas de donaciones, alcanzando el 60% del objetivo previsto en este corto espacio de tiempo. Esto no sólo demuestra un gran número de afectados, también una comprensión e interés social por el problema.
La propuesta de esta plataforma, de la mano con muchas otras asociaciones y sindicatos, es que esta ley siga su camino legislativo en las Cortes de Castilla-La Mancha y sea la solución para la situación de temporalidad e inestabilidad laboral que durante lustros y décadas vienen sufriendo muchos empleados en fraude de ley de la sanidad pública, dotándoles de la estabilidad que la Unión Europea ha requerido a España en varias ocasiones.
 


viernes, 8 de febrero de 2019

[SINTTA] 'Contra el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas. Por los trabajadores temporales contratados en fraude de ley. Anular plazas de OPE de estabilización '

'Los temporales contratados en fraude de ley durante décadas por la Administración y sobre los cuales cae ahora la guillotina de los procesos selectivos que nos van a dejar fuera del sistema, tenemos ahora una oportunidad de dar un golpe sobre la mesa.

Hemos encontrado una vía legal, y muy bien argumentada jurídicamente, por la que se podrían ANULAR Y PARALIZAR TODAS LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, entre otras cosas por incluir las plazas estructurales a través los presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018.

Esto supondría también demostrar que ya estamos dentro del sistema y que no necesitamos acceder a él a través de dichas ofertas.

jueves, 7 de febrero de 2019

El Pleno de la Asamblea de Madrid rechaza hacer ley de Concurso de Méritos en el SERMAS para los puestos temporales más de 3 años, propuesta de Podemos, con el voto en contra de PP, las abstenciones de Ciudadanos y PSOE, que reconoce hay problema nacional y culpa de las AAPP pero dice que no debe solucionarse al margen de sindicatos de Mesa Sectorial. Resumen e intervenciones del debate

Hoy Jueves 7 de Febrero tenía lugar el primer -y finalmente último- debate en el Pleno de la Asamblea de Madrid de la Proposición de Ley planteada por el Grupo Parlamentario Podemos,  de un "concurso de méritos" extraordinario en el Servicio Madrileño de Salud  para alcanzar la condición de personal estatutario fijo  con los puestos en abuso de duración de temporalidad (los de más de 3 años).

Se trataba, según obliga el reglamento de la Asamblea, del Debate "de la Toma en Consideración"  que finaliza con una votación sobre si se hace la Ley con el objetivo de la Proposición.  En el caso de salir mayoritario el NO, queda rechazada definitivamente la proposición. Si sale mayoritario el SI, se pasa al proceso de enmiendas, donde puede haber enmienda a la totalidad para cambiar el texto base sobre el que aplicar las enmiendas parciales que se presentaran, pero no enmienda para su devolución o rechazo.

El resultado final de la votación ha sido:
  • 47 votos en contra del Partido Popular
  • 52 abstenciones de Partido Socialista (que tiene 37 escaños) y de Ciudadanos (que tiene 17)
  • 25 votos a favor del proponente de la ley, Podemos
con lo que la Asamblea de la Comunidad de Madrid hoy ha decidido por tanto NO hacer una Ley con el objetivo propuesto.


La ley había sido propuesta por el grupo de Podemos , tras las demandas de la Plataforma de Trabajadores Temporales de las Administraciones Públicas en la Comunidad de Madrid,y Podemos planteaba esta primera proposición de ley de Concurso de Méritos sólo para el ámbito especial ("estatutario") de su Servicio de Salud (el ámbito de su competencia que más avanzado llevaba la Comunidad de Madrid los procesos de estabilización derivados de la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 y 2018 tras un acuerdo sindical por el que todos los puestos temporales de más de 3 años saldrían a sistemas selectivos con oposición, y en el que más tiempo llevaba la demanda  y movilizaciones por el concurso de méritos por la Plataforma previa de Temporales de Sanidad), con la idea de plantear en el futuro otra u otras  -técnicamente diferentes- en los otros ámbitos competencia de la Comunidad de Madrid si tenía éxito la del SERMAS (la competencia sobre las bases de los docentes de Educación de la Comunidad de Madrid y sobre los instrumentos de empleo público de su personal de la  Administración de Justicia sigue en el Estado). Esta propuesta sectorial fue recibida positivamente por la Plataforma de Temporales de la Comunidad de Madrid .

Podemos justificaba la proposición en base a la normativa laboral europea que exige una compensación a la situación de abuso de temporalidad  y muy especialmente, tal y como se detalla en la exposición de motivos de la Ley, tras la explícita Resolución del Parlamento Europeo del 31/05/2018 que pide a los poderes legislativos  que modifiquen la legislación y normativas nacionales para incluir la conversión a fijo como medida eficaz ante abuso de temporalidad y que condena el despido de las personas en esta situación de fraude de ley. La Comunidad de Madrid no tiene competencia para cambiar la normativa básica del empleado público, el Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] o la Constitución - que según algunos sería necesario para introducir la conversión a fijo - , pero el EBEP ya permite en su artículo 61.6 y sin necesidad de cambios de la legislación nacional o constitucionales, la posibilidad de  proceso selectivo para ser funcionario/estatutario fijo sólo de concurso de méritos si es en situaciones "excepcionales" y mientras se apruebe en una ley, justo como lo que proponía Podemos, considerando que el abuso de temporalidad sin sanción ni compensación alguna para el trabajador contemplada en la normativa española vigente era una de esas situaciones excepcionales.

Curiosamente ningún otro grupo del legislativo madrileño se refirió en el Debate a esta resolución del legislativo europeo. PP y Ciudadanos alegaron que la Ley propuesta chocaba con la normativa nacional (Ciudadanos incluso dijo que el Concurso de Méritos ¡lo prohíbe el EBEP!).  Sólo PSOE reconoció  incumplimiento europeo, pero, como veremos, se excusó en que estando de acuerdo, este tipo de solución debía decidirse en los ámbitos establecidos de negociación sindical (las mesa sectoriales de función pública y Sanidad, donde los sindicatos por otra parte ya se han mostrado contrarios a la consolidación sólo por méritos del personal propio)- y en que no había tiempo real de sacar adelante la ley, a su juicio.

El debate llegaba tras un día previo en que fue noticia en la Cadena SER,  tras una concentración a las 11:30 de la mañana del mismo día del debate convocada por la Plataforma de Temporales de la AAPP que además de buena asistencia pese a la hora contó con bastante impacto en los medios (Cadena SER, Telemadrid, El Boletín, ...) y tras unas declaraciones a la SER del portavoz  del Grupo Socialista, Angel Gabilondo, en su entrada al Pleno de la Asamblea , de que su grupo se abstendría en la votación porque "estando de acuerdo" ya no habría tiempo de hacer la ley y no "querían generar expectativas de algo que no va a ser".

El debate se trasladó finalmente a la sesión de tarde [ver la retransmisión íntegra del Debate aquí],

A continuación , por su interés, resumimos/extractamos cada intervención [retransmisión íntegra del Debate aquí], compartiendo un extracto de audio en su caso [con comentarios nuestros entre corchetes en cursiva en su caso]:

Recordatorio: Jueves 7 de Febrero: primer debate en Pleno del parlamento regional , el de "toma en consideración", de la Proposición de Ley de un Concurso de méritos para ser estatutario fijo en el Servicio Madrileño de Salud con los puestos temporales de más de 3 años; y concentración convocada por la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP en la Comunidad de Madrid para exigir su aprobación y extensión a todos los sectores

[Recordatorio de entrada publicada el 28/01/2019]


Informa la Plataforma de Personal Temporal de las Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid en su Twitter este 26/01/2019  que el Jueves 7 de Febrero tendrá lugar el primer debate en el Pleno de la Asamblea de Madrid [ver Orden del Día] de la Proposición de Ley planteada por el Grupo Parlamentario Podemos,  de un "concurso de méritos" extraordinario en el Servicio Madrileño de Salud  para alcanzar la condición de personal estatutario fijo  con los puestos en abuso de duración de temporalidad (los de más de 3 años).

Este primer debate en Pleno de la Asamblea, según su reglamento, es el "de la Toma en Consideración" - donde se tratará además del criterio desfavorable ya expresado por el Gobierno de la Comunidad- los argumentos de los diferentes grupos parlamentarios acerca de si se procede o no realizar una ley del objetivo propuesto. Así, este Pleno finalizará con una votación que en caso de ser negativa significaría el final del recorrido de esta Proposición de Ley, y en el caso de ser positiva, se pasaría al proceso de enmiendas, donde según el reglamento de la Asamblea no serían posibles ya enmiendas a la totalidad para su "devolución" o rechazo, sino que sólo se admiten enmiendas de totalidad de planteamiento de un texto completo alternativo y, por supuesto, parciales. En ese caso de una enmienda de totalidad o de cambio de texto base a uno alternativo, habría un Debate a la Totalidad para decidirlo. Las enmiendas parciales sobre el texto base se debatirían primero en Comisión y por último, en el Pleno del Debate de aprobación final de la proposición, ya con rango de Ley.  


Recordemos que, según la amplia exposición de motivos del texto, Podemos justifica la necesidad de esta ley para cumplir con con la compensación que exige la normativa superior europea para el personal temporal de duración temporal abusiva siguiendo la línea de la importante resolución reciente del Parlamento Europeo - que realmente pide cambios legislativos para la conversión directa a fijo del personal público abusado, algo para lo que no tiene competencia la Comunidad  de Madrid-, y en lugar de la decisión tomada por el anterior gobierno nacional , en pacto con los sindicatos representativos, y seguida hasta ahora por el Gobierno regional:  que justo esos puestos se convoquen a Ofertas Públicas de Empleo, que necesariamente tienen fase de oposición eliminatoria para el caso del personal estatutario de los Servicios de Salud a falta precisamente de una ley que autorice el sistema selectivo excepcional de sólo concurso de méritos, tal y  como de hecho permite y lo exige el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público, sin necesidad de cambios de la legislación nacional o constitucionales.