'Este martes 26 de marzo convocamos a los medios de comunicación a partir de las 12:45 en las Cortes de Castilla-La Mancha (Toledo) donde tendrá lugar la presentación de la Ley de Concurso Extraordinario de Méritos para
la estabilización de miles de trabajadores y trabajadoras de la
Administración Pública, que mantienen una relación contractual temporal
en fraude de ley, según indican las sentencias de jueces españoles y el
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Los portavoces de la Plataforma de Interinos de Castilla-La Mancha y del sindicato Solidaridad Obrera del SESCAM, tras reunirse con elvicepresidente segundo, José García Molina y la diputada regional de Podemos María Díaz,
atenderán a los medios de comunicación para explicar la entrega de las
dos leyes de estabilización: una para sanidad y otra para educación. De
la misma forma, un proyecto de Ley como los que nos ocupan ya fue votado
a iniciativa de Podemos en la Asamblea de Madrid el pasado 7 de febrero
2019.
Blog de APISCAM
ATAJOS:"Entradas importantes", "Entradas nuestras"
(feed) y canal de "Informática sanitaria"(feed). Entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia (Supremo y TJUE) y sobre jurisprudencia pendiente
Mostrando entradas con la etiqueta OPE extra. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta OPE extra. Mostrar todas las entradas
martes, 26 de marzo de 2019
lunes, 25 de marzo de 2019
[Pi ClM] La Plataforma de Interinos de Castilla-La Mancha completa la campaña para solventar la temporalidad abusiva en los servicios públicos de la comunidad mediante una propuesta de Ley de Concurso extraordinario de Méritos
'La Plataforma de Interinos de Castilla-La Mancha, junto con otras asociaciones, organizaciones, sindicatos y personas individuales, acabamos de recaudar, en tan solo dos semanas y de forma colaborativa, el presupuesto necesario para la redacción de una Ley de concurso extraordinario de méritos en el Servicio de Salud de Salud y la Consejería de Educación de Castilla-La Mancha.
El propósito de esta Ley es solventar la situación de precariedad y abuso de la temporalidad que sufren miles de trabajadores y trabajadoras interinos y eventuales de las administraciones, temporales precarios durante lustros y décadas, situación que tanto la Unión Europa como los jueces españoles dictaminan como fraude de ley por incumplir la legislación.
En Castilla-La Mancha un 28,3% de la plantilla del SESCAM y un 26,5% del Cuerpo de Maestros y Enseñanzas Medias de Educación ejercen con un contrato temporal. Esta Ley es una propuesta que ahorrará al estado millones en sanciones e indemnizaciones por el abuso de temporalidad que han cometido con muchos trabajadores.
El propósito de esta Ley es solventar la situación de precariedad y abuso de la temporalidad que sufren miles de trabajadores y trabajadoras interinos y eventuales de las administraciones, temporales precarios durante lustros y décadas, situación que tanto la Unión Europa como los jueces españoles dictaminan como fraude de ley por incumplir la legislación.
En Castilla-La Mancha un 28,3% de la plantilla del SESCAM y un 26,5% del Cuerpo de Maestros y Enseñanzas Medias de Educación ejercen con un contrato temporal. Esta Ley es una propuesta que ahorrará al estado millones en sanciones e indemnizaciones por el abuso de temporalidad que han cometido con muchos trabajadores.
viernes, 22 de marzo de 2019
[Economía Digital] Empeados temporales de larga duración del Ayuntamiento se concentran contra las inminentes OPEs de sus 4 mil puestos a concurso-oposición y sin indemnización
Informa Economía Digital este 21/03/3019
de la concentración que unos 150 empleados públicos realizaron ese
mismo día ante el Ayuntamiento de Madrid en protesta por las ofertas
públicas de empleo de "estabilización" previstas [habilitadas sin
límites de tasa de reposición por los acuerdos
sindicales nacionales incluidos en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y de 2018]
con los puestos de los 4 mil empleados de más de 3 años de
temporalidad del Ayuntamiento de Madrid, por tanto, en "fraude de ley" al superar el tiempo máximo
de temporalidad establecido para su ocupación por personal fijo [según
el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público] y contra los criterios para sus
convocatorias acordados en septiembre en la Mesa General de Empleo del Ayuntamiento de Madrid
(concurso-oposición, incluso para laborales, aún siendo posible sin
necesidad de ley un concurso de méritos, posibilidad que desechan los
firmantes; convocar todos los puestos de más 3 años a 31/12/0217 y los
de los
indefinidos no fijos por sentenci).
Precisamente
se tiene previsto , informa el medio, la aprobación por parte del
Ayuntamiento de la primera relación de unas 2 mil plazas previstas para
incluir en OPE en estos procesos] : las de los laborales temporales,
que se "funcionarízarán" y después en una segunda relación irán las del
personal funcionario interino.
Publicadas las bases comunes de las convocatorias de las OPE de estabilización de la Administración de Justicia del Estado y las CCAA: concurso-oposición primando la oposición eliminatoria y con número limitado de paso al concurso de méritos, la antigüedad pesa el 20% del total
Hace una semana se publicaban en el BOE (nº 64, de 15 de marzo) las bases
comunes de las convocatorias de los procesos selectivos de las OPE de
"estabilización" de los cuerpos de funcionarios al servicio de la
Administración de Justicia (tanto del Estado y de las Comunidades Autónomas, como la Comunidad de Madrid), Por el momento, siguen pendientes las convocatorias
Recordemos
que no sólo las bases comunes de las convocatorias de cada AAPP (como pasa para
docentes de Educación), sino también la confección y publicación propias Ofertas Públicas de
Empleo [OPE] de este personal de Administración de Justicia, sea tanto
del Estado como de las CCAA, son competencia del Gobierno del Estado, y que el Estado ya había había incluido entre su OPE de 2017 y su OPE de 2018 un total de 5.093 plazas "de estabilización", siguiendo lo dispuesto en el artículo 19.Uno.6 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017
[PGE17], que trasladaba con rango de ley el primer acuerdo
estatal con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público [o e la denominado por las plataformas de interinos "Acuerdazo 1"],
que habilitaba a todas las AAPP a publicar en OPEs sin límites de tasas
de reposición (y sin fijar que fueran procesos de consolidación por méritos) hasta el 90% de
los puestos estructurales temporales más de 3 años a 31/12/2016
(es decir, todos los puestos ofertados son de más de 5 años de temporalidad
ahora) del personal del sector de Administración de Justicia, personal
docente de Educación, personal de servicios de salud de Sanidad así
como algunos otros sectores, con la obligación de que la cifra de plazas ofertadas sea como mínimo
la necesaria para rebajar la temporalidad al 8% en el sector.
jueves, 21 de marzo de 2019
[El Diario de Léon] La huelga de informáticos temporales del Sacyl bloquea los sistemas de hospitales y centros de salud al coincidir con una actualización de la HCE del SACYL
Informa El Diario de León este 21/03/2019
y otros medios regionales que el seguimiento de la huelga anunciada del
centenar de informáticos temporales del SAcyl tras una actualización
del programa de Historia Clínica Electrónica Medria han provocado el
bloqueo de la Historia Clínica Electrónica en hospitales y centros de
salud siendo imposible durante una parte de la mañana pedir cita, acceder a historias clínicas ni a recetas
electrónicas.
Los informáticos realziaron una concentración ante la Consejería de Sanidad en Valladolid [de notable éxito de asistencia]
Imagen: AIISCYL |
miércoles, 20 de marzo de 2019
[AIISCYL] 'Los Informáticos Temporales de Sacyl se adhieren a la huelga por la estabilidad laboral y convocan una concentración en la puerta de la Consejería de Sanidad'
'La Asociación de Informáticos de Instituciones
Sanitarias de Castilla y León (AIISCYL) se unirá mañana jueves 21 de
marzo de 2019 a la huelga convocada por SUT (Solidaridad y Unión de
Trabajadores).
Y
realizaremos una concentración convocada por la Asociación de
Informáticos de Instituciones Sanitarias de Castilla y León (AIISCYL) a
las puertas de la Consejería de Sanidad de la Comunidad, a las 12:00,
para protestar ante el riesgo de despido que supone la Oferta de Empleo
Público de Castilla y León "de estabilización" que pone en peligro los
puestos de trabajo que venimos desempeñando los empleados públicos
temporales desde hace muchos años.
AIISCYL
está integrada por 110 informáticos de Sacyl de los cuales el 90% está
contratado de manera temporal desde hace más de 3 años, por lo tanto en
situación de “fraude de ley” y llegando en la mayoría de los casos a
superar los 10 años de antigüedad. Este colectivo no ha tenido nunca la
oportunidad de acceder de forma regular a las plazas en propiedad ya que
no se ha convocado jamás un proceso de oposición de las plazas de
informática de Sacyl.
martes, 19 de marzo de 2019
Recordatorio. [Gabinete Araúz de Robles] 'La convocatoria de OPEs y procesos selectivos no libera a las administraciones empleadoras de su obligación de sancionar los abusos producidos con su personal interino y temporal de larga duración, ni puede ser una excusa para negar fijeza al empleado público objeto de un abuso incompatible con la Directiva 1999/70/CE'
[Recordatorio de entrada publicada el 27/02/2019]
'Las Administraciones públicas
españolas tratan de “tapar”
los abusos y fraudes cometidos en la contratación temporal sucesiva
de sus funcionarios interinos, personal estatutario temporal y
trabajadores temporales de larga duración, mediante la convocatoria
de OPES y procesos selectivos de acceso libre (mal llamados procesos
de estabilización),
sin asumir sus responsabilidades e infringiendo con ello la Directiva
1999/70/CE y su Acuerdo Marco sobre trabajo temporal, que obliga a
sancionar estos abusos en la relación temporal sucesiva mantenida
por las Administraciones empleadoras con su personal temporal,
mediante la imposición de una medida sancionadora efectiva,
disuasoria y proporcionada.
(a)
En este sentido, la
jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, desde
antiguo, viene proclamando
(por todas, vid
Sentencia del TJUE, también de 14 de septiembre de 2016, recaída en
los asuntos C-184/15 y C-197/15)
que
38.., cuando se ha
producido una utilización abusiva de sucesivos contratos de trabajo
o relaciones laborales de duración determinada, es
indispensable poder aplicar alguna medida que
presente garantías de protección de los trabajadores efectivas y
equivalentes, con objeto de sancionar debidamente dicho abuso y
eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de la Unión.
En efecto, según los propios términos del artículo 2,
párrafo primero, de la Directiva 1999/70, los Estados
miembros deben «[adoptar] todas las disposiciones necesarias para
poder garantizar en todo momento los resultados fijados por [dicha]
Directiva»
Podemos
comprobar, que el TJUE no habla de potestad, ni de posibilidad, ni de
conveniencia, ni de discrecionalidad, sino que tajantemente afirma
que ante el abuso es “indispensable” -y no cabe
otra opción- que adoptar alguna medida sancionadora, a fin de
proteger a los trabajadores, eliminar las consecuencias de la
infracción del Derecho de la Unión y garantizar en todo
momento los resultados fijados por la Directiva, que no
son otros que los de proteger
a los empleados contra la inestabilidad y precariedad en el empleo,
y garantizar el principio que establece que los contratos de trabajo
de duración indefinida constituyen la forma general de relación
laboral (STJUE de 14 de
septiembre de 2016, asuntos C-15/16 y acumulados C-184/15 y
C-194/15).
[Zamora24h 13/03/18] Los Informáticos del Servicio de Salud de Castilla y León, el 90% temporales de larga duración, acudieron a la concentración ante las Cortes de la CCAA para reclamar estabilidad laboral
Informaba Zamora 24 horas el pasado 13/03/2018 que la Asociación de Informáticos de Instituciones Sanitarias de Castilla y León [AIISCYL] se sumó a la concentración convocada por la Asociación de Laborales Indefinidos de Castilla y León el día anterior (AliCyL) ante las Cortes de la Comunidad
para protestar por el riesgo de despido que supone la Oferta de Empleo Público de Castilla y León "de estabilización",
en las que está prevista [en su última edición de 2019] la inclusión de sus puestos temporales de más
de años, que suponen el 90% del total de110 informáticos del Servicio de Salud de Castilla y Léon, dado que nunca se convocaron proceso de oposición alguno de sus puestos- ; y para exigir una "medida de justicia que evite los despidos innecesarios, costes
en indemnizaciones para la Administración y mantenga estable a una
plantilla y su experiencia".
lunes, 18 de marzo de 2019
[CSIT-UP] Borrador a falta de Mesa General de Empleados Públicos de la primera Oferta de Empleo Público 2019 de la Comunidad de madrid, [2700 plazas de docentes de "estabailización". Sin plazas por el momento para Sanidad, cuya OPE 2019 y última fase prevista de OPE de estabilización se pospone a después del verano]
Informa CSIT-UP este 15/03/2019
que en la reunión del día anterior de la Mesa Técnica
de Selección de personal funcionario y personal laboral de la
Administración de la Comunidad de Madrid, quedó visto el borrador de
Decreto de Oferta de Empleo Público de 2019, cuya negociación se cerrará
definitivamente en la Mesa General de
Negociación de Empleados Públicos, prevista para mediados de esta
semana, y que dará lugar al primer Decreto de OPE 2019 de la Comunidad de
Madrid que se publicará en el año, dado, que, según CSIT-UP, NO incluiría todavía plazas de personal estatutario del SERMAS o de Sanidad, cuya oferta se posponeprevisiblemente para después de verano, en un nuevo Decreto [y que llevaría la última fase prevista de plazas a incluir en la OPE de estabilización previstas,
y que se sumarían a las ya ofertadas en las OPE 2017 y OPE 2018 del
SERMAS -ver un reciente resumen de la situación de sus convocatorias aquí].
Informa CSIT que el borrador de decreto de OPE actual, a falta de la negociación en la Mesa General, incluye como es habitual últimamente tres anexos con estos números de plazas:
- El anexo III o de "OPE de estabilización" que incluye exclusivamente este año:
- 2.700 plazas de personal docente [recordemos que con los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/2016 según ley nacional de PGE17, y que se suman a las 4.057 de docentes ya incluidas en la OPE 2017 , para alcanzar un total de 6.757 plazas docentes reconocidas permaneciendo temporales más de 3 años en la Comunidad de Madrid, por tanto
- y 4 plazas de personal laboral de la Administración de la CM [en principio para el personal laboral y funcionario de la Administración de la C.M. ya
se habían contabilizado casi todas las que iban a "estabilización" por ser de temporales de más de 3 años entre los Anexos III de la OPE 2017 (con 3.866 de personal laboral y 342 de funcionarios interinos) y la OPE 2018 (2.914 de personal laboral y 882 de personal funcionario]
.
martes, 12 de marzo de 2019
[Tribuna Salamanca/AIISCYL] Trabajadores laborales indefinidos [no fijos] de Castilla y León e informáticos de su servicio de salud protestarán hoy #NoSomosDeUsaryTirar en sus Cortes contra las Ofertas Públicas de Empleo convencionales de sus puestos temporales hasta más de 15 años
Informa Tribuna Salamanca este 11/03/2019 que la Asociación de Laborales Indefinidos de Castilla y León (AliCyL) [que agrupa a indefinidos "no fijos" por sentencia de esa CCAA]
ha
convocado una concentración para hoy a partir de
las 17.00 horas, a las puertas de las Cortes de la Comunidad para
protestar ante el riego de despido que supone a su juicio la Oferta de Empleo Público para 2018 de Castilla y León "de estabilización" [ que junto con las pendientes convocarán los puestos de los temporales de más de 3 años según instan las leyes de Presupuestos Generales de 2017 y de 2018] , que "pone en peligro casi 2.000 puestos de trabajo que vienen
desempeñando empleados públicos temporales desde hace más de 15 años"
, que son los que se convocan en esa OPE , calificada de "ERE encubierto" exigiendo "una
medida de justicia" que evite los despidos innecesarios, costes
en indemnizaciones para la Administración y mantenga estable a una
plantilla y su experiencia.
Por otro lado, la Asociación de Informáticos Instituciones Sanitarias de Castilla y León [AIISCYL] ha anunciado que,
ante la
inclusión prevista de sus puestos -casi todos temporales dado que nunca han
tenido proceso de oposición alguna- en dichas OPE de "estabilización"
del SacyL, se unen a esta concentración para exigir una solución de estabilidad del personal.
[Recordemos que las bases elegidas por el Sacyl en casos como las categorías de Celadores o de Auxiliares Administrativos para esos procesos de "estabilización" de puestos consisten en un concurso oposición primando la oposición en un 60%, eliminatoria, y además limitando en número de 2.5 por plaza el paso a la fase del concurso de méritos, donde se valora la antigüedad en el puesto que se convoca igual que en cualquier otro puesto de la misma categoría de cualquier otra AAPP suponiendo sólo 1/4 de la puntuación total.]
[Recordemos que las bases elegidas por el Sacyl en casos como las categorías de Celadores o de Auxiliares Administrativos para esos procesos de "estabilización" de puestos consisten en un concurso oposición primando la oposición en un 60%, eliminatoria, y además limitando en número de 2.5 por plaza el paso a la fase del concurso de méritos, donde se valora la antigüedad en el puesto que se convoca igual que en cualquier otro puesto de la misma categoría de cualquier otra AAPP suponiendo sólo 1/4 de la puntuación total.]
domingo, 10 de marzo de 2019
Publicadas las convocatorias conjuntas del Cuerpo de Maestros de la OPE 2017 de estabilización de puestos y OPE 2018 de reposición de la Comunidad de Madrid: concurso oposición con la antigüedad computando entre un 15% y un 35%
Acaba de publicarse en el BOCM (nº 57, de 8 de marzo) la convocatoria conjunta de proceso selectivo, a Maestros de la Comunidad de Madrid de las 2.424 plazas de la OPE de estabilización 2017 de la Comundiad de Madrid , según lo recogido en la ley nacional de Presupuestos Generales del Estado de 2017, y las 934 de reposición de su OPE 2018, para hacer un total de 3.358 plazas que se convocan bajo la fórmula de concurso-oposición respetando las bases respetando las bases comunes fijadas desde el Estado, tal y como establece la Ley Organica 2/2006 de Educacion.
En
concreto, las bases , que fueron fijadas en el Real Decreto 276/2007 y
su modificación para estos proceso de 23/02/2019 por el Real Decreto
84/2018, consisten
- concurso-oposición con la oposición eliminatoria y peso relativo en la puntuación total50/50
- fase de oposición con 2 pruebas eliminatorias que se superan con la mitad de la puntuación
- fase de méritos con hasta 7 puntos de antigüedad y otros 7 puntos por formación y otros méritos con un máximo de 10 (lo que supone que la antigüedad computa entre un 15% y un 35% del total)
sábado, 9 de marzo de 2019
Este domingo 10 de Marzo tercer examen de oposición de las Ofertas Públicas de Empleo de estabilización de puestos temporales del SERMAS: Celadores con casi 19 mil aspirantes para 1513 puestos temporales, cas todos de más de 5 años ocupados por temporales de muchos años que serán "cesados" sin indemnización si no quedan entre los primeros del concurso-oposición. La Plataforma de Personal Temporal exigía un concurso de méritos que fue rechazado por la Asamblea de Madrid
Este domingo 10 de marzo tendrá lugar el que va a ser, tras los de Matronas y Fisioterapeutas, el tercer "examen" o fase de oposición de los
procesos selectivos de las masivas Ofertas Pública de Empleo del
Servicio Madrileño de Salud denominadas "de estabilización": la
oposición de la categoría de Celadores ,en la que 18.799 aspirantes
competirán por 1.513 plazas, todas ocupadas por personal temporal durante
más de 3 años a 31/12/2016, es decir, ahora de plazas temporales más de 5 años.
El proceso selectivo de esta categoría corresponden en concreto con plazas de la Oferta Pública de Empleo de 2017 del SERMAS, la primera OPE del SERMAS con el primer grupo de categorías con
plazas ofertadas computadas (todas en algunas categorías, o
su inmensa mayoría, en general) fuera de
la tasa reposición por la tasa adicional "de estabilización de puestos" según se deriva de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, ley
aprobada por el anterior Gobierno del Estado tras un polémico y previo acuerdo
del Gobierno del Estado con los sindicatos con representación en la
mesa de Función Pública estatal sobre temporalidad del empleo público
y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de
reposición hasta el
90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la
Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran más de 3
años cubiertos de forma temporal
, todos los puestos temporales de cualquier AAPP desde antes de 1 de
Enero 2005 y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia [ haciendo un total de más de 22 mil según el SERMAS],
e instando a que la temporalidad quede reducida por debajo del 8% en el
SERMAS al finalizar estos procesos.
En el caso particular de la convocatoria 2018 de esta categoría de Celadores (de la OPE 2017 del SERMAS) las 1.513 plazas convocadas (106 reservadas a discapacidad) 204 han sido computadas de la tasa de reposición y 1.309 plazas por la parte de la tasa adicional de estabilización, habiendo sido computados 1.281 plazas por el concepto del 90% de puestos temporales más de 3 años a 31/12/2016 y 12 por el de puestos temporales desde antes de 1 de Enero de 2005 (es decir ¡más de 14 años! y 16 son de "indefinidos no fijos" por sentencia). Por tanto casi todos los puestos convocados llevan temporales más de 5 años en la actualidad y algunos de ellos más de 15.
[APRISCAM] 'La Justicia deniega la suspensión cautelar de la Oferta de Empleo Público de Castilla-La Mancha para el año 2018'
'El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha
denegado la suspensión cautelar de la Oferta de Empleo Público de Castilla-La Mancha para el año 2018, tal y como había demandado APRISCAM
el pasado mes de diciembre. En este auto, contra el que cabe interponer
recurso de reposición, la Sala considera no suficientemente válidos los
argumentos planteados y, aunque ve legítima la petición de suspensión
con objeto de no perjudicar la realidad laboral del colectivo
representado por APRISCAM, valora en mayor medida el interés publico y
el perjuicio que supondría para terceras personas la estimación de las
medidas cautelares.
lunes, 4 de marzo de 2019
[FeSPUGT de Madrid] Información del Proceso de funcionarización de personal laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid por el Acuerdo Sectorial [ Conversión forzosa a personal funcionario interino -sin derecho actualmente a indemnización - del personal laboral temporal, afectado también por procesos masivos de "estabilización" de sus puestos]
Informaba la Federación de SEervicio Públicos de UGT de Madrid el pasado 18/02/2019 que empezaron las reuniones de negociación del proceso de
funcionarización de personal laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid ,
en desarrollo de la disposición transitoria 2ª del Estatuto Básico del
Empleado Público de 2007, y para la amplia relación de categorías
laborales recogidas en el Anexo II del texto publicado según el acuerdo sectorial para el personal funcionario de la Comunidad de Madrid alcanzado el pasado 20/07/2019 en la Mesa General de Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid entre el Gobierno y los sindicatos.
En el documento informativo que
acompaña UGT se precisa que mientras para el personal laboral fijo será
un proceso voluntario como es habitual, quedando en caso de no
presentarse como "laboral fijo a extinguir", para el personal
laboral temporal será un proceso forzoso siendo nombrado personal
funcionario "interino hasta la cobertura de los puestos por personal
funcionario de carrera". Por último, para el personal laboral
indefinido no fijo (por sentencia) se establece que sus plazas se
convertirán en funcionarias ya mediante los procesos de OPE.
miércoles, 27 de febrero de 2019
[Gabinete Araúz de Robles] 'La convocatoria de OPEs y procesos selectivos no libera a las administraciones empleadoras de su obligación de sancionar los abusos producidos con su personal interino y temporal de larga duración, ni puede ser una excusa para negar fijeza al empleado público objeto de un abuso incompatible con la Directiva 1999/70/CE'
'Las Administraciones públicas
españolas tratan de “tapar”
los abusos y fraudes cometidos en la contratación temporal sucesiva
de sus funcionarios interinos, personal estatutario temporal y
trabajadores temporales de larga duración, mediante la convocatoria
de OPES y procesos selectivos de acceso libre (mal llamados procesos
de estabilización),
sin asumir sus responsabilidades e infringiendo con ello la Directiva
1999/70/CE y su Acuerdo Marco sobre trabajo temporal, que obliga a
sancionar estos abusos en la relación temporal sucesiva mantenida
por las Administraciones empleadoras con su personal temporal,
mediante la imposición de una medida sancionadora efectiva,
disuasoria y proporcionada.
(a)
En este sentido, la
jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, desde
antiguo, viene proclamando
(por todas, vid
Sentencia del TJUE, también de 14 de septiembre de 2016, recaída en
los asuntos C-184/15 y C-197/15)
que
38.., cuando se ha
producido una utilización abusiva de sucesivos contratos de trabajo
o relaciones laborales de duración determinada, es
indispensable poder aplicar alguna medida que
presente garantías de protección de los trabajadores efectivas y
equivalentes, con objeto de sancionar debidamente dicho abuso y
eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de la Unión.
En efecto, según los propios términos del artículo 2,
párrafo primero, de la Directiva 1999/70, los Estados
miembros deben «[adoptar] todas las disposiciones necesarias para
poder garantizar en todo momento los resultados fijados por [dicha]
Directiva»
Podemos
comprobar, que el TJUE no habla de potestad, ni de posibilidad, ni de
conveniencia, ni de discrecionalidad, sino que tajantemente afirma
que ante el abuso es “indispensable” -y no cabe
otra opción- que adoptar alguna medida sancionadora, a fin de
proteger a los trabajadores, eliminar las consecuencias de la
infracción del Derecho de la Unión y garantizar en todo
momento los resultados fijados por la Directiva, que no
son otros que los de proteger
a los empleados contra la inestabilidad y precariedad en el empleo,
y garantizar el principio que establece que los contratos de trabajo
de duración indefinida constituyen la forma general de relación
laboral (STJUE de 14 de
septiembre de 2016, asuntos C-15/16 y acumulados C-184/15 y
C-194/15).
(b)
Pues bien, a nuestro modo de ver,
las OPES y los procesos selectivos de acceso libre que se están
convocando -y que se anuncian por parte del Gobierno de España-, no
pueden ser concebidos como una medida sancionadora que cumpla con los
requisitos de la cláusula 5 del Acuerdo Marco anexo a la Directiva
1999/70/CE, ni privan a
los empleados públicos de su derecho a obtener fijeza o estabilidad
en el empleo como sanción al abuso producido en su contratación
temporal sucesiva, como medida efectiva, proporcionada y disuasoria
para sancionar el abuso producido, que presenta garantías de
protección de los funcionarios y trabajadores públicos objeto del
abuso y elimina las consecuencias de la infracción del Derecho de la
Unión.
martes, 26 de febrero de 2019
[El Diario] El Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón a la Universidad Complutense en sus convocatorias de procesos de consolidación de plazas interinas anteriores a 2005 de personal funcionario de administración y servicios con la fase de méritos casi sólo por la antigüedad en los propios puestos convocados. [El juzgado de primera instancia había sentenciado la anulación de las oposiciones por favorecer demasiado a los interinos cuyos puestos en fraude de ley por abuso de temporalidad son los que se convocan tras muchos años]
Informa El Diario este 25/02/2019 que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón a la Universidad Complutense de Madrid en su recurso de apelación contra la sentencia de un Juzgado de Madrid que
declaró nulas las convocatorias del "proceso de
consolidación" de sus plazas interinas
anteriores a 2005 de personal funcionario de administración y servicios
por
favorecer demasiado en méritos a los interinos cuyos puestos son los
que se convocaban tras años sin hacerlo, estimando la demanda de un
particular, el funcionario andaluz y también abogado Wenceslao Alonso. Previamente el mismo juzgado había aceptado la suspensión
cautelar solicitada del proceso selectivo, razón por la que a día de hoy siguen paralizadas judicialmente.
[Recordemos que la Universidad había convocado estos puestos según la Disposición Transitoria 4ª de Procesos de Consolidación del
Estatuto Básico del Empleado Público o EBEP [1] , una vez que el uso de esta Disposición fue permitido por la ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 para la totalidad de
los puestos interinos anteriores a 2005 en cualquier Administración
Pública sin estar afectados límites de tasa de reposición. (Sorprendentemente en esa misma ley y con el acuerdo de los sindicatos , no se aprovechaba para actualizar la fecha de los procesos de consolidación del EBEP de 2005 a 2015 sino que se e estipulaba que para los temporales de más de 3 años se habilitaba a que las AAPP convocaran en OPEs convencionales sus puestos).
Así, el
punto 3ª de dicha Disposición Transitoria 4ª del EBEP dice "podrá valorarse, entre otros
méritos [...] la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la
convocatoria" , posibilidad que por otro parte parece del todo razonable
si es que se trata de un proceso que merezca el nombre de de procesos
de "consolidación".
lunes, 25 de febrero de 2019
Recordatorio. El Pleno de la Asamblea de Madrid rechaza hacer ley de Concurso de Méritos en el SERMAS para los puestos temporales más de 3 años, propuesta de Podemos, con el voto en contra de PP, las abstenciones de Ciudadanos y PSOE, que reconoce hay problema nacional y culpa de las AAPP pero dice que no debe solucionarse al margen de sindicatos de Mesa Sectorial. Resumen e intervenciones del debate
[Recordatorio de entrada publicada el 07/02/2019]
Se trataba, según obliga el reglamento de la Asamblea, del Debate "de la Toma en Consideración" que finaliza con una votación sobre si se hace la Ley con el objetivo de la Proposición. En el caso de salir mayoritario el NO, queda rechazada definitivamente la proposición. Si sale mayoritario el SI, se pasa al proceso de
enmiendas,
donde puede haber enmienda a la totalidad para cambiar el texto base
sobre el que aplicar las enmiendas parciales que se presentaran, pero
no enmienda para su devolución o rechazo.
Hoy Jueves 7 de Febrero tenía lugar el primer -y finalmente último- debate en el Pleno de la Asamblea de Madrid de la Proposición de Ley planteada por el Grupo Parlamentario Podemos, de un "concurso de méritos" extraordinario en el Servicio Madrileño de Salud
para alcanzar la condición de personal estatutario fijo
con los puestos en abuso de duración de temporalidad (los de más de 3
años).
El resultado final de la votación ha sido:
- 47 votos en contra del Partido Popular
- 52 abstenciones de Partido Socialista (que tiene 37 escaños) y de Ciudadanos (que tiene 17)
- 25 votos a favor del proponente de la ley, Podemos
con lo que la Asamblea de la Comunidad de Madrid hoy ha decidido por tanto NO hacer una Ley con el objetivo propuesto.
miércoles, 20 de febrero de 2019
Recordatorio. El Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si hacer fijo al personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años es una solución acorde a las exigencias de la normativa europea [Publicado como Asunto C-103/18 del TJUE: Cuestión prejudicial del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid ]
[Recordatorio de entrada publicada el 08/05/2018] En el día de ayer, 7/5/2018 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la importante "petición de decisión (o cuestión) prejudicial" al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE] que había presentado el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid el pasado 13 de febrero de 2018 , y que ya avanzamos aquí, por una demanda de fijeza
de un empleado público temporal "en fraude de ley" por abuso de
temporalidad de su administración pública, en concreto, por una demanda
de un informático interino durante mas de 17 años en el Servicio
Madrileño de Salud [SERMAS] de la Comunidad de Madrid.
De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas, que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"] tendría consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"], de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los ámbitos estatal, regional y local. Sin duda, también tendría efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición para la cuestión de la fijeza
Recordemos que el juzgado madrileño -de lo contencioso-administrativo por ser el informático del caso estatutario de Sanidad- traslada al tribunal europeo , entre otras, la cuestión si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (sea "interino de vacante", "eventual" [es decir, con fecha de fin en su nombramiento] o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en origen, el Procedimiento Abreviado nº 193/2017 del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino en el mismo puesto durante más de 17 años, que, siguiendo mediante esta asociación de informáticos personal propio del SERMAS, APISCAM, una iniciativa del sindicato médico de la Com. de Madrid AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demanda que se le reconozca una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada al empleador y compensación al empleado, aplicando una normativa básica europea de obligado cumplimiento y por encima de toda la legislación española, la famosa Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal, a su situación de evidente abuso de relación de empleo temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio carácter permanente, precisamente por su larga permanencia en la misma persona y lugar.
De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas, que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"] tendría consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"], de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los ámbitos estatal, regional y local. Sin duda, también tendría efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición para la cuestión de la fijeza
Recordemos que el juzgado madrileño -de lo contencioso-administrativo por ser el informático del caso estatutario de Sanidad- traslada al tribunal europeo , entre otras, la cuestión si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (sea "interino de vacante", "eventual" [es decir, con fecha de fin en su nombramiento] o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en origen, el Procedimiento Abreviado nº 193/2017 del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino en el mismo puesto durante más de 17 años, que, siguiendo mediante esta asociación de informáticos personal propio del SERMAS, APISCAM, una iniciativa del sindicato médico de la Com. de Madrid AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demanda que se le reconozca una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada al empleador y compensación al empleado, aplicando una normativa básica europea de obligado cumplimiento y por encima de toda la legislación española, la famosa Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal, a su situación de evidente abuso de relación de empleo temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio carácter permanente, precisamente por su larga permanencia en la misma persona y lugar.
martes, 19 de febrero de 2019
Recordatorio. [INSUCAN] Enmienda aprobada en Parlamento Canario a Ley de Presupuestos de 2019 para un concurso de méritos para la consolidación del personal temporal de más de 50 años de edad de la administración de Canarias con sus puestos incluidos en los procesos "de estabilización"
[Recordatorio de entrada publicada elaquí 26/12/2019]
Publicaba Docentes de Canarias INSUCAN el pasado 22/12/2018 la enmienda propuesta por CC-PNC, PP y ASG que fue aprobada finalmente por el Parlamento canario
con el voto favorables del resto de grupos, excepto Podemos que se
abstuvo, a la Ley de Presupuestos de Canarias de 2019 para un
concurso de méritos excepcional para consolidar como personal fijo a cierto personal
temporal empleado público de más de 50 años.
En
concreto , el texto aprobado como adicional al artículo 54 sobre el Plan de
estabilización reza así: "Asimismo, el Plan reservará como medida
excepcional un número de plazas destinadas a la estabilización del
empleo temporal y la consolidación de empleo temporal del personal mayor
de 50 años mediante el sistema de concurso de méritos, en las
condiciones de antigüedad que se determinen en el mismo", reseñándose en
el texto justificativo de la enmienda que, por tanto, las condiciones
de antigüedad y méritos se determinarán en el marco de la mesa de
empleados públicos entre sindicatos y Gobierno.
NOTA DEL EDITOR: precisamente los sindicatos SEPCA, Intersindical Canaria y CSIF Canarias, con mayoría absoluta en la Mesa General de Empleados Públicos de Canarias, la que lleva los recursos humanos de los empleados públicos de la Comunidad Autónoma, salvo docentes, administración de Justicia y estatutarios de Sanidad, habían presentado una importante solicitud conjunta para que todos los puestos implicados (necesariamente temporales más de 3 años y, por tanto, en "fraude de ley") en los procesos de estabilización y consolidación del personal funcionario interino y laboral temporal e indefinido no fijo de la CCAA fueran (y no sólo "pudieran") de concurso de méritos. Este artículo de ley aprobado en Canarias, sería el primero en toda España que habilita e insta a un concurso de méritos excepcional para un sector de personal público.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)