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miércoles, 5 de junio de 2019

[AMYTS] Resumen de la Mesa Sectorial del SERMAS de 03/06/2019: RRHH dice que no hay presupuesto para abordar las medidas para fidelizar médicos de Atención Primaria

Informa AMYTS este 04/06/2019 de la reunión de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid del día anterior 03/06/2019, la primera tras las recientes elecciones sindicales, aportando su habitual amplio y documentado resumen, temporalmente de forma restringida a sus afiliados, resumen del que destacamos [con comentarios nuestros en cursiva entre corchetes]:
  • Se firma un preacuerdo para la creación de los puestos de trabajo de Coordinador de Técnicos Superiores Especialistas en las Instituciones Sanitarias de la Comunidad de Madrid, con presencia del Secretario General de FESITESS invitado por AMYTS a la mesa
  • Atención Primaria: AMYTS pide una serie de medidas urgentes para incentivar y fidelizar a los médicos, como mejorar el pago de doblajes, tener en cuenta la penosidad de turnos de tarde y plazas de difícil cobertura, carrera profesional para los temporales, .. La Aministación dice que son medidas que "suponen un incremento presupuestario no se pueden abordar"

martes, 4 de junio de 2019

[Gob. Andalucía] 'La Junta acuerda la convocatoria de 2.786 plazas de empleo público para Administración General. Habrá un único examen para las opciones de acceso ordinaria y extraordinaria [de estabilización de puestos temporales más de 3 años] de las ofertas de 2017, 18 y 19' [Bases acordadas en Mesa Sectorial: 60% oposición eliminatoria, 40% méritos con 20% del total el peso de antigüedad dentro y fuera de las AAPP]

'La Junta de Andalucía ha acordado con los sindicatos con representación en la Mesa Sectorial de Administración General la convocatoria de 2.786 plazas de empleo público en dicho sector. La oferta, que se convocará en los próximos meses, corresponde a los procesos selectivos paralizados desde el año 2017. Según el acuerdo alcanzado, se acumularán las plazas de los procesos correspondientes a las ofertas de empleo público ordinaria y extraordinaria del año 2017; la oferta de empleo público ordinaria de 2018; y la oferta de empleo público extraordinaria de 2019.

Como novedad, con los objetivos de racionalizar la gestión de los recursos públicos, garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, y el reclutamiento conforme a los criterios de mérito y capacidad, se ha pactado que exista un único examen para las pruebas selectivas que se correspondan con plazas idénticas. De esta forma, se unificará el proceso en ambas opciones de acceso, ya sean ordinario o extraordinario.


lunes, 3 de junio de 2019

[UGT Cataluña] 'Aprobada moción en el Parlamento para la aplicación del artículo 61.6 para los procesos selectivos de estabilización y consolidación PESCO [Insta a Gob. catalán un Decreto Ley que reserve plazas para consolidación por concurso de méritos de los trabajadores de más edad y antigüedad]

[30/05/2019] 'Hoy se ha aprobado en el Pleno del Parlamento de Cataluña una moción sobre la aplicación, eso sí con matices, del artículo 61.6 del EBEP en los procesos selectivos de la Administración de la Generalidad destinados a la estabilización y consolidación (PESCO), con 65 votos a favor y 62 abstenciones.

Y decimos con matices porque si leemos con detenimiento el texto que finalmente ha sido aprobado, este parece no ser de aplicación universal ni para todos los participantes en las diferentes convocatorias ni para todas las plazas ofertadas en cada proceso ya que literalmente el texto insta al Gobierno a:

"Aprobar el presente año un Decreto Ley para que, en aplicación del artículo 61.6 del EBEP, los procesos de selección de empleo público como medida excepcional reserven plazas destinadas a la estabilización y la consolidación de empleo temporal de los trabajadores y las trabajadoras de más edad y más antigüedad mediante el sistema de concurso de méritos ". 

viernes, 31 de mayo de 2019

[AMYTS] Primera reunión de la nueva Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid este lunes 03/06/2019: Atención Primaria

Informa AMYTS este 31/05/2019  que la Dir. Gral de RRHH del SERMAS ha convocado la constitución de la nueva Mesa Sectorial de Sanidad tras las recientes elecciones y su primera Reunión para este lunes 03/06/2019 con este orden del día previsto:

1.- Lectura y aprobación del Acta de la reunión anterior.
2.- Resolución sobre el programa de detección, extracción y trasplantes de órganos y tejidos
3.- Preacuerdo sobre el programa de los puestos de Coordinador de Técnicos Superior Especialistas en las Instituciones Sanitarias de la Comunidad de Madrid
4.- Atención Primaria

[UGT Cataluña 09/05] 'UGT pide al Parlamento la aplicación del 61.6 TREBEP para todos los colectivos' [que cumplen los criterios para estar incluidos en los procesos de estabilización/consolidación PESCA]

09/05/2019] 'Hoy UGT nos hemos reunido en el Parlamento junto con otros sindicatos, excepto Csif que rehusó asistir, con los portavoces de la Comisión de Políticas Digitales y Administración Pública para analizar el escenario actual de inestabilidad laboral que desde hace muchos años arrastran los departamentos de la Generalidad, como consecuencia de la deficiente política de personal que ha llevado a cabo la Dirección General de Función Pública durante mucho tiempo.

En esta reunión, a la que también han asistido compañeras en representación del cuerpo de trabajo social, UGT hemos planteado 2 objetivos:

1- Proponer fórmulas, incluidas en el ordenamiento jurídico vigente, que posibiliten una verdadera consolidación de los puestos de trabajo del personal interino.


2- Encontrar el máximo de consenso posible y apoyo de los grupos parlamentarios para implementar las propuestas que hemos planteado.



La urgencia del encuentro viene motivada principalmente por la propuesta de bases presentada por la Dirección General de Función Pública que, en vez de seguir la filosofía del Acuerdo PESCA para consolidar la plantilla interina, parece diseñada para hacer un desmantelamiento de interinos.
UGT hemos trasladado a los grupos que, a pesar de haber presentado una contrapropuesta de bases, se hace inviable negociar nada cuando la otra parte asiste a las reuniones con las decisiones ya tomadas. Y esta contrapropuesta ni siquiera pudo ser debatida, ya que la Dirección General de Función Pública la rechazó en un comunicado vía e-mail.

UGT hemos pedido el desarrollo del artículo 61.6 del TREBEP en cuanto a la aplicación excepcional del sistema de concurso por la vía única de valoración de méritos, y que esta posibilidad se haga extensiva a todos los colectivos que cumplen los criterios PESCA, y hemos pedido la implicación del Parlamento para hacer las gestiones necesarias para que así sea.
Los grupos parlamentarios han expresado opiniones diversas de cómo se podría solucionar la gestión de estos procesos selectivos y mientras algún apoyaba la viabilidad de la aplicación de este artículo, otros veían más factible la elaboración de unas bases que facilitaran realmente la estabilización laboral.


jueves, 30 de mayo de 2019

Cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y recursos de casación en el Tribunal Supremo en curso sobre estabilidad, indemnización ante ceses, etc en empleados públicos temporales de duración excesiva. Novedades recientes.Lectura general no profesional de la compleja y cambiante situación

Actualizamos en esta nueva entrada independiente  los contenidos de nuestra entrada de mismo asunto de  hace ya casi 3 meses teniendo en cuenta que desde entonces ha habido algunas sentencias o novedades judiciales  de interés para el tema, en concreto estas novedades:
  • sobre carrera profesional: las sentencias
    • de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 21/02/2019  (recurso 1805/2017) que remitiéndose a su sentencia de 18/12/2018  (recurso 3723/2017)  calificada ya de su doctrina, aplicando la Directiva Europea de empleo temporal, declara el derecho de otro estatutario interino (del Instituto Catalán de Salud ) a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo por mucho que la exclusión del temporal la recojan la normativa local y los acuerdos sindicales, tras una demanda de  rechazo de su solicitud personal de carrera  profesional

lunes, 27 de mayo de 2019

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que confirma el derecho de una estatutaria eventual del SERMAS a la carrera profesional aunque la excluya la normativa regional y el acuerdo sindical por aplicación de la doctrina del Supremo en base a su vez a la normativa superior europea de no discriminación en condiciones de trabajo entre el personal temporal y el fijo

Gracias a AMYTS hemos conocido la sentencia de 26/04/2019 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que juzga los asuntos de personal de carácter funcionarial) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid , es decir el tribunal regional y de segunda instancia para este tipo de asuntos, en el caso de una estatutaria eventual del Servicio Madrileño de Salud de una categoría de licenciada sanitaria  que había presentado recurso contra la resolución del  Comité de evaluación de su centro de Carrera Profesional que denegaba su solicitud en el proceso extraordinario de evaluación de carrera para personal licenciado sanitario de 2017, tal y como recogían los "acuerdos llevados a cabo entre la Admiministración y las organizaciones sindicales", que sólo tenían en cuenta al personal estatutario fijo y el estatutario interino (además de forma diferente)

La sanitaria recurrió a los juzgados madrileños donde ganó sentencia del derecho a que se atendiera su solicitud igual no sólo que el personal interino (sin derecho a cobro) sino que el fijo (con derecho a cobro), sentencia que fue recurrida por la Comunidad de Madrid.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid zanja la cuestión remitiéndose a "la última doctrina jurisprudencial, ya consolidada" del Tribunal Supremo en sus sentencias
  • de 18 de Diciembre de 2018 (nº rec. 3723/2017), 25 de Febrero de 2019 (nº rec. 4336/2017) en las  que se declara  el derecho de un varios  estatutarios interinos de vacante del Instituto Catalán de Salud a la carrera profesional sin discriminación alguna con el estatutario fijo por mucho que la exclusión del temporal la recojan la normativa autonómica local y los acuerdos sindicales, que quedan desplazados por la normativa europea superior, en concreto por la cláusula 4ª de "principio de no discriminación en las condiciones de trabajo" entre el personal temporal y el fijo de la Directiva europea de empleo temporal 1999/70/CE, tal y como ha sentenciado repetidas veces el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la última de ellas de un caso español en el asunto Centeno , de  exclusión de la carrera profesional horizontal a una funcionaria interina de la Universidad Pública de Zaragoza.

viernes, 24 de mayo de 2019

El Tribunal Supremo aplica a laboral interina de vacante 20 años de la Xunta de Galicia -sin necesidad de usar su doctrina de indefinido no fijo ante superación del plazo de los 3 años del EBEP en laboral- el famoso apartado 64 de la sentencia europea del asunto Montero Mateos ("si la duración es inusualmente larga deber examinarse si recalificar como contrato fijo") para declararla ... indefinida no fija. Y aunque no lo usa, intriga afirmando que ese plazo de 3 años no opera de modo automático

La Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral) del Tribunal Supremo -la máxima instancia judicial española que sienta la jurisprudencia que deben seguir las instancias inferiores- ha dictado una nueva e importante sentencia con fecha de 24/04/2019 sobre empleados públicos laborales temporales de larga duración,, en  este caso, ante la demanda de una laboral interina de vacante durante más de 20 años de la Xunta de Galicia y que había presentado en 2016 demanda subsidiaria - desconocemos cuál fue la demanda principal- de reconocimiento de la figura de "indefinido no fijo", figura temporal de garantía de indemnización ante el cese por cobertura fija reglamentaria del puesto (como una OPE) o amortización existente en la jurisprudencia española sólo para el personal público laboral (para el personal funcionario o estatutario dicha jurisprudencia le parece suficiente por ahora la mera interinidad de vacante sin indemnización alguna en el cese).

El juzgado de primera instancia había sentenciado la declaración de laboral indefinido no fijo a la trabajadora, estimando la demanda subsidiaria de la trabajadora aplicando la doctrina del propio Tribunal Supremo establecida desde su sentencia de 14/10/2014 (nº recurso  711/2013) de conceder esta figura de "indefinido no fijo" al laboral interino por vacante que supere en el mismo puesto los 3 años (y que lo demande, claro) ante el fraude de ley del artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público (que establece que una necesidad pública permanente debe quedar cubierta por personal fijo "mediante oferta de empleo público o instrumento similar" en el "plazo improrrogable de 3 años").  La Xunta recurrió y el Tribunal superior autonómico confirmó la sentencia de indefinido no fijo, presentado la Xunta recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Y es también doctrina del Tribunal Supremosentencia de 28/03/2017 (nº  recurso 1664/2015), la de indemnizar con 20 días por año trabajado con un tope de 12 mensualidades al cese del (ya declarado antes) indefinido no fijo por la  cobertura reglamentaria de su plaza por un fijo (tras una Oferta Pública de Empleo, un traslado, etc) o su amortización.

Y, recordemos, que el Junio del año pasado el Tribunal de Justicia Europeo dictó
sentencia en el asunto C-677/16 o asunto "Montero Mateos" ante una cuestión realmente sobre si hay obligación de pagar indemnizaciones a laborales interinos de vacante cuando son cesados por la cobertura normal de su puesto cuando no las contempla la legislación española, respondiendo el tribunal europeo que no a la pregunta, pero incluyendo en su sentencia una "coletilla", la del famoso apartado 64 que literalmente es "Dicho esto, incumbe al juzgado remitente examinar si, habida cuenta de la imprevisibilidad de la finalización del contrato y de su duración, inusualmente larga, ha lugar a recalificarlo como contrato fijo"


jueves, 23 de mayo de 2019

[Gob JCyL] 'La Junta de Castilla y León y los sindicatos UGT, CCOO y CSIF han suscrito un acuerdo para la implantación de la jornada laboral de 35 horas'

'El Acuerdo firmado el 25 de julio de 2017 por la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Marco de 29 de octubre de 2015 por el que se recuperan los derechos de los empleados públicos y se fijan las prioridades en materia de función pública para la legislatura 2015-2019, contemplaba que “Cuando la Administración General del Estado lo permita, en cualquier ámbito o sector, la jornada máxima semanal de 35 horas, la Junta de Castilla y León trasladará esta medida de manera inmediata”.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018, prorrogada para 2019, establece que solo podrán volver a la jornada de 35 horas las administraciones que hayan cumplido los objetivos de déficit, deuda y regla de gasto.

La notificación oficial de que el Gobierno de Castilla y León ha cumplido los tres objetivos se ha producido esta misma semana, por lo que las partes firmantes,  han acordado  hoy martes 21 de mayo de 2019 recuperar la jornada laboral de 35 horas volviendo a la situación previa a la entrada en vigor de la Ley 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.


[FesP UGT Madrid] 'La Comunidad de Madrid rechaza la recuperación de la jornada de 35 horas'

'Como seguramente recordaréis habíamos enviado a la Directora General de Función Pública de la Comunidad de Madrid una carta con fecha 14 de mayo, en la que solicitábamos que tras la publicación del Informe del  Ministerio de Hacienda en el que veíamos que la Comunidad de Madrid cumplía con los tres objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de gasto del ejercicio 2018, convocase Mesa General de Negociación para poder negociar la recuperación de derechos, entre los que está la jornada de 35 horas.

Pues hoy hemos recibido respuesta a esa carta y nos dicen que no va a haber convocatoria de Mesa General, según lo que nos traslada, por no ser este informe lo suficientemente válido para adoptar esta decisión, sino que nos remite a uno futuro que el Ministerio suele publicar en el mes de octubre.


martes, 21 de mayo de 2019

[CSIT-UP] 'CSIT UNIÓN PROFESIONAL pide a la Comunidad de Madrid convocatoria urgente de la Mesa General para implantar la jornada de 35h/semana'

'Tras conocer el informe del Ministerio de Hacienda que reconoce el cumplimiento de la regla del gasto público de la Comunidad de Madrid, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha pedido convocatoria urgente de la Mesa General de Empleados Públicos de la CM para la recuperación de la jornada de 35 horas de promedio semanal.

A la vista de la publicación, en el día de hoy, del informe del Ministerio de Hacienda sobre el grado de cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de deuda pública  y de la regla de gasto del ejercicio 2018, en el que definitivamente se establece que la Comunidad de Madrid cumple con los tres requisitos para poder recuperar la jornada de 35 horas para todos los empleados públicos, CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha solicitado hoy, 14 de mayo, la URGENTE CONVOCATORIA de la Mesa General de Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid para la APLICACIÓN INMEDIATA DE LA JORNADA DE 35 HORAS de promedio semanal para todos los empleados públicos de la Administración autonómica madrileña.

viernes, 17 de mayo de 2019

[Sanidad CCOO Madrid] '35 horas ya CCOO ha remitido escrito a la Directora General de Función Pública, solicitando una reunión urgente de la Mesa General de los Empleados/as Públicos de la Comunidad de Madrid.'

'El informe del Ministerio de Hacienda sobre el grado de cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de regla de gasto del ejercicio 2018, establece que la Comunidad de Madrid cumple con los tres requisitos para poder recuperar la jornada de 35 horas y el aumento del fondo adicional hasta el 0,30%.


jueves, 16 de mayo de 2019

[Cinco Días/ El País] La Comisión Europea afirma en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que España no tiene medidas eficaces y disuasorias contra el abuso de la temporalidad en el empleo público, descartando como tales las OPEs de estabilización emprendidas con los puestos de los temporales abusados

Informa Cinco Días de El País este 16/05/2019 del juicio que tuvo lugar ayer 15/05/2019 en  en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea  sobre los asuntos acumulados planteados por dos juzgados madrileños por los casos de  nuestro informático estatutario interino de vacante de 18 años  y el de 4 odontólogas ambos del Servicio Madrileño de Salud y que habían demandado la fijeza con el abogado Javier Araúz de Robles, haciéndose especial eco de las tajantes afirmaciones que realizó el representante de la Comisión Europea en dicho juicio:
  • "las Administraciones españolas no pueden ampararse en la ley nacional para nombrar personal temporal para atender necesidades provisionales y que, sin embargo, son usados para atender necesidades permanentes
  • "no existe en España medidas sancionadoras para garantizar el cumplimiento" de la cláusula 5ª de la Directiva europea contra el abuso en la temporalidad."
  • "los procesos de estabilización del empleo para reducir la temporalidad al 8%", argumentados por el Ejecutivo español, "son genéricos y no ofrecen garantía concreta para prevenir y sancionar el abuso en la temporalidad en el Sector Público" y "no son disuasorios porque no implica ni indemnizaciones que beneficien al trabajador ni ningún otro efecto desfavorable para la Administración que ha cometido el abuso"
  • “una eventual indemnización no es una medida que, por sí sola, proteja a los trabajadores”.
  • " la conversión en interino o prolongación ab infinitum no puede considerarse medida preventiva o de sanción"
trasladando la exigencia del abogado de los demandantes que ante la inexistencia de sanciones válidas “no cabe más opción que transformar al funcionario interino y al personal laboral temporal en un empleado público fijo”, opinando al respecto que  “el TJUE está muy sensibilizado contra el abuso generalizado de la temporalidad existente en España"



[Acta Sanitaria] Juicio en el Tribunal europeo: la Comisión Europea afirma que España no dispone de sanciones contra el abuso de la temporalidad y que la interinidad ni las OPEs son medidas válidas

Traslada Acta Sanitaria este 16/04/2019 información del sindicato AMYTS acerca del juicio que tuvo lugar ayer en  en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea con la asistencia del despacho de abogados Araúz [que AMYTS ha contratado para estas materia] sobre los asuntos planteados por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo nº 8 y 14 de Madrid, de  demanda de fijeza de empleados públicos del Servicio Madrileño de Salud en abuso de duración de temporalida, , haciéndose especial eco de las afirmaciones del representante de la Comisión Europea en el juicio:
  • "no existe en España medidas sancionadoras para garantizar el cumplimiento" de la cláusula 5ª de la Directiva europea contra el abuso en la temporalidad."
  • "los mecanismos sancionadores que invoca el Gobierno de España ante el Tribunal [ las Ofertas públicas de Emppleo con los puestos de los abusados, llamadas "OPEs de estabilización"] son genéricos y no ofrecen garantía concreta para prevenir y sancionar el abuso en la temporalidad en el Sector Público"
  • " la conversión en interino o prolongación ab infinitum no puede considerarse medida preventiva o de sanción"

[UGT Madrid] 'La FeSP UGT Madrid pide a Función Pública que convoque Mesa General para negociar la recuperación de la jornada de 35 horas'

'Desde la Federación de empleadas y empleados de los Servicios Públicos de UGT Madrid, tras haber comprobado el Informe que el Ministerio de Hacienda elabora todos los años y que acaba de publicar con fecha 10 de mayo de 2019, sobre el grado de cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, y de deuda pública y de la regla de gasto del ejercicio 2018, vemos que expresamente recoge que la Comunidad de Madrid cumple con los tres objetivos, por lo que podemos recuperar la jornada de 35 horas y nuestros derechos.


Desierta la convocatoria de puesto de perfil de dirección informática en la Dirección de Recursos Humanos del SERMAS abierta a personal que estaba abierta a personal estatutario explícitamente

Acaba de publicarse en el BOCM de este 16/05/2019  la declaración de desierta de la convocatoria  de un puesto de trabajo de Jefe de Área de Sistemas de Gestión de Recursos Humanos en la Subdirección General Ordenación, Planificación y Régimen Económico de la  Dirección General Recursos Humanos y Relaciones Laborales  del Servicio Madrileño de Salud  [DGRRHHLL] que estaba abierta  tanto a personal funcionario como estatutario de la Comunidad de Madrid .

miércoles, 15 de mayo de 2019

[Arauz] Nota sobre la vista oral en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de hoy 15/05/2019 [en los asuntos acumulados de demanda de fijeza de empleados públicos del Servicio Madrileño de Salud en abuso de duración de temporalidad]La Comunidad de Madrid defiende que no hay abuso en una situación de único nombramiento interino de vacante de 18 años. [El Estado defiende los procesos de estabilización aprobados como medida de sanción y el propio Presidente del Tribunal le ha recordado que ya han sentenciado que los procesos selectivos no pueden ser por sí sólos una medida efectiva y acorde a la Directiva europea ante el abuso constatado de temporalidad]

'Hoy día 15 de mayo de 2019, el Despacho Araúz de Robles, ha asistido a la vista oral celebrada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en los asuntos prejudiciales planteados por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo nº 8 y 14 de Madrid, junto con el Abogado del Estado en representación del Reino de España, el representante de la Comunidad de Madrid y los representantes de la Comisión Europea.


PRIMERO.- A resaltar, que, al único al que el Tribunal ha permitido hablar durante 25 minutos ha sido a Javier Araúz, que ha resaltado que, al no existir en España medida alguna para sancionar los abusos en la contratación temporal sucesiva, incompatibles con la Directiva Comunitaria, no cabe más opción que transformar al funcionario interino y al personal laboral temporal en un Empleado Público Fijo.


SEGUNDO.- A continuación, y durante 10 minutos cada uno, han intervenido el Letrado de la Comunidad de Madrid y el Abogado del Estado defendiendo, básicamente, que las Administraciones Españolas están adoptando como medida para luchar contra el abuso de la temporalidad en el Sector Público, los procesos de estabilización y selectivos que están convocando desde el año 2007, y, afirmando, en nuestra opinión de forma temeraria, que no se han producido abusos incompatibles con la Directiva.


TERCERO.- Posteriormente, ha informado el Letrado de la Comisión Europea, en cuyo informe queremos detenernos, puesto que ha señalado lo siguiente:

[El Boletín] Hoy el juicio en el Tribunal Europeo de nuestro informático y 4 odontólogas del SERMAS que podrían cambiar la situación de miles de empleados públicos en abuso de temporalidad. El Martes 21, concentración convocada por la plataforma de temporales de la Comunidad de Madrid



Informa ampliamente El Boletín este 15/05/2019 , trasladando información, entre otras de nuestra nota de prensa que hoy mismo tiene lugar el juicio oral en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el caso de  nuestro informático estatutario interino de vacante de 18 años   así como el acumulado el de 4 odontólogas también del Servicio Madrileño de Salud y que habían demandado la fijeza con el abogado Javier Araúz de Robles, en base a la normativa europea par la situación de abuso de duración de temporalidad.

El medio entiende que por las preguntas en cuestión  y por la jurisprudencia que sientan las sentencias europeas, este juicio podría cambiar la situación de miles de empleados públicos de todas las Administraciones Públicas en fraude de ley por abuso de temporalidad.

E informa, que mientras llega la sentencia, la plataforma de personal temporal de la Comunidad de Madrid ha decidido convocar una concentración  el próximo 21 de mayo para reclamar que los partidos políticos convoquen un concurso de méritos para transformar en fijo todos los puestos en fraude de ley.

[PlatPersTempCM] 'La Plataforma de Temporales de las AAPP en la Comunidad de Madrid convoca concentración el 21 de Mayo por la tarde para denunciar la violación de la normativa europea con los procesos de estabilización y exigir la estabilización por méritos de antigüedad'

La Plataforma de Personal Temporal de las Administraciones Públicas en la Comunidad de Madrid convoca una concentración por la tarde el próximo martes 21 de Mayo  (a las 19h, el sitio lo publicaremos en cuanto quede confirmado) para en primer lugar DENUNCIAR
  •  que prosigue y se agrava la situación  en la que se encuentran 50 mil empleados públicos de la Comunidad de Madrid, ayuntamientos y otras Administraciones públicas regionales  y locales de
    • abuso de duración de temporalidad en fraude de la propia ley española del empleado público, tras mantener sus gobiernos como la Comunidad de Madrid sus plazas durante decenas de años de forma precaria y con despido libre sin realizar las debidas convocatorias de empleo público en su momento y cantidad
    •  incumplimiento de la normativa superior europea, al no existir en la legislación española, como exige la Directiva de la Unión Europea de empleo público, medida que disuada a la administración de cometer este abuso ni que compense al trabajador cuando se trata de empleado de la administración, mientras que en la empresa privada  se multa a la empresa incumplidora y se dicta la fijeza por sentencia al trabajador , y todo  pese a la clara Resolución del Parlamento Europeo de 31/05/2018 que insta a modificar la legislación nacional para que se convierta  todo este personal en fijo condenando el cese del personal en este fraude de ley.

      Este incumplimiento ha llegado al Tribunal de Justicia Europeo que tendrá este mismo 15 de Mayo el juicio por varios casos de interinos de más de 15 años en el Servicio Madrileño de Salud, si bien una sentencia favorable a los trabajadores podría tener consecuencias para más de medio millón de empleados públicos de toda  España
  • que, por contra, el Gobierno de la Comunidad de Madrid y ayuntamientos, con fines electoralistas y con toda impunidad, ha decidido convocar ahora muchos años después a Oferta Pública de Empleo convencional estos puestos en fraude de ley lo que supondrá el despido de muchos de los empleados públicos cuyos puestos son los que se convocan  que no superen los procesos en competencia con las decenas de miles de aspirantes


Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europeo asunto Fabio Rossato (C-494/17) por el caso de empleado público de Educación de Italia ya convertido en fijo: ante el abuso en la temporalidad la conversión a fijo es una medida suficiente y no hay obligación de indemnización adicional

Justo ahora que se acerca que la justicia europea deberá pronunciarse sobre el fraude del abuso de duración de temporalidad en el empleo público español por los asuntos en el Tribunal de Justicia Europeo de uno de nuestros informáticos y el de 4 odontólogas del Servicio Madrileño de Salud, interinos casi 20 años, toda vez que esos dos asuntos de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados de carácter funcionarial de la Comunidad de Madrid ya han sido acumulados por el TJUE  y que su juicio oral tiene lugar precisamente hoy , 15 de Mayo, en Luxemburgo, el mismo alto Tribunal Europeo ha dictado una sentencia sobre un asunto de otro país, el Asunto Fabio Rossato o C-494/17 en el que también se invocaba la cláusula 5ª sobre las medidas contra el abuso de la temporalidad de la Directiva europea de empleo temporal 1999/70/CE.

Según recuerda su texto, la sentencia de este asunto italiano viene tras
  1. la sentencia del Tribunal Europeo 26 de noviembre de 2014 sobre el asunto Mascolo y otros (C‑22/13, C‑61/13 a C‑63/13 y C‑418/13, EU:C:2014:2401), de abuso de temporalidad en empleados públicos -en ese caso de Educación- sin sanción adecuada a la administración recogida en el ordenamiento italiano
  2. la promulgación en Italia de una Ley,  n.º 107/2015 de  13 de julio de 2015, a raíz precisamente de esa sentencia para adaptar la normativa nacional italiana del ámbito educativo a la Directiva Europea que además de fijar en 36 meses la temporalidad máxima absoluta, reservar un fondo para indemnizaciones (aparte sistema de indemnizaciones e incluso reducción de la productividad de los directivos responsables de los recursos humanos en normativa general) para disuadir en el futuro la repetición del abuso incluía unas disposiciones transitorias  (las de su art. 1 apartado 95 sobre un plan extraordinario de contratación por tiempo indefinido de personal docente) para que se transformara la relación laboral temporal de personal de Educación ya en situación de abuso de temporalidad en relación laboral indefinida ( es decir, fija en la terminología española).