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lunes, 11 de noviembre de 2019

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ante una demanda de una interino de vacante del SESPA de más de 10 años, vuelve a sentenciar que no puede considerarse existencia de abuso si ya se es interino de vacante, aplicando la actual jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo de 26/09/2018

Se ha publicado recientemente en el CENDOJ la sentencia de 07/10/2019 de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias al recurso nº156/2019 que había presentado un médico de familia de los Servicios de Atención Continuada (SAC) estatutario interino de vacante durante más de 10 años del Servicio de Salud del Principado de Asturias , defendida por el conocido abogado Raúl Bocanegra, solicitando que se reconozca su situación de abuso de  temporalidad según la cláusula 5ª de la conocida Directiva Europea 1999/70/CE y que como la obligada sanción al abuso se le concediera el reconocimiento del carácter fijo de su relación de servicio  y la estabilidad definitiva en su plaza o en su defecto, la condición de funcionaria indefinido no fijo o situación equivalente, demandas que previamente había desestimado el juzgado

 Pero, este Tribunal Superior regional reitera lo que ya sentenció en un caso idéntico meses atrás aplicando la jurisprudencia actual de la Sala de lo Contenicioso del Tribunal Supremo, no puede haber abuso de temporalidad en una situación de ya interinidad de vacante y desestima todas las pretensiones condenando en costas de hasta 300 euros a los demandantes.


Recordatorio. La Asociación de informáticos del Servicio Madrileño de Salud, APISCAM, con casos en el juicio europeo sobre abuso de temporalidad, PIDE la no inclusión de sus plazas temporales de más de 3 años en las categorías de informática -de un 80% de temporalidad- en procesos selectivos de concurso-oposoción como la OPE "de estabilización" del SERMAS. La Abogacía General de la Unión Europea ya ha dicho que no pueden ser solución al abuso evidente. Exigen, como vienen haciéndolo, un proceso especial de consolidación por méritos de antigüedad y las lógicas espera a la sentencia europea y la regularización comprometida por Sanidad en Mesa Sectorial en plantilla informática del personal informático que sigue en categorías administrativas como paso previoantes de acometer cualquier proceso selectivo que sería el PRIMERO del colectivo

 
 En Asamblea convocada por APISCAM del colectivo de informáticos del Servicio Madrileño de Salud, y a la que asistieron la mayoría del personal temporal de las categorías de informática del SERMAS, con un 80%  de temporalidad dado que el colectivo nunca ha tenido una oposición desarrollada desde que la Comunidad de Madrid lleva la Sanidad , decidió que APISCAM, la asociación con la gran mayoría de los informáticos del SERMAS entre sus socios, inste al Gobierno de la Comunidad de Madrid y a los sindicatos de la Mesa Sectorial de Sanidad, -los representantes legales habilitados para la obligada negociación sindical- que las plazas temporales más de 3 años, y por tanto, en situación de abuso de temporalidad según ha plasmado la Abogacía de la Unión Europea  en su reciente informe en el juicio en el Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad por el caso de uno de nuestros informáticos y cinco odontólogas, no sean incluidas en las denominadas OPEs de "estabilización" del SERMAS ni en ningún otro proceso selectivo que consista en concurso-oposición (o de oposición pura), dado que tal y como dictamina el informe de la Abogada General, este tipo de procesos selectivos de  libre concurrencia no pueden ser  solución a la situación de fraude de la normativa europea del abuso de temporalidad.


Además, para el colectivo de informáticos, como primer paso una vez ya "interinizados" en vacantes todo el personal informático estatutario eventual de más de 2 años,  sigue pendiente la ejecución del paso siguiente del orden lógico de los pasos del compromiso de Sanidad y paso necesariamente previo a todo proceso selectivo, que sería el primero del colectivo  , compromiso  refrendado en Julio de 2016 ante la Mesa Sectorial de Sanidad , con el apoyo de todos sus sindicatos, y hasta anunciado en prensa por la  Consejería, dando traslado a su vez a compromisos previos transmitidos a esta asociación tras las movilizaciones que organizó del colectivo: regularizar en las categorías propias de informática al 25% del personal informático que sigue en categorías administrativas pese a llevar realizando funciones de informáticos durante década.

Por lógica coherencia  la Consejería de Sanidad y la Mesa Sectorial debería mantener ese compromiso  , y por lógica buena gestión de lo público, el Gobierno de la Comunidad de Madrid debería esperarse al menos a la sentencia del juicio europeo sobre abuso de temporalidad ante el hecho relevante de que precisamente es sobre el caso de uno de estos informáticos, nuestro Presidente -interino de vacante casi 20 años-, y que varias decenas de los informáticos tienen juicios a la espera del proceso europeo, cuyo Tribunal todo apunta que puede sentenciar en la línea de la Abogada General la reserva de estos puestos a procesos de fijeza por méritos de antigüedad o fuertes indemnizaciones si se sigue insistiendo con convocar a OPEs convencionales estos puestos.  Véase nuestra nota de prensa al respecto del informe de la Abogacía General

Recordatorio. Nuevo concurso de soporte de la Historia Clínica Electrónica regional HCIS del Servicio Madrileño de Salud con incremento a más de 6 millones/año, planteado para adjudicarse a la empresa propietaria del producto. Estado actual de las implantaciones de esta HCE de DXC en el SERMAS para 10 hospitales, en coexistencia con Selene de Cerner. Pendiente el H. Clinico

[Recordatorio de entrada publicada el 08/10/2019]

El pasado 02/10/2019 la Comunidad de Madrid publicaba el anuncio de la convocatoria, y hoy el BOCM, de un importante concurso del SERMAS  (expdte PA SER-30/2019-INFAE), una nueva edición del denominado Mantenimiento y soporte de las aplicaciones informáticas HP-HIS1 y HP-HCIS instaladas en los centros asistenciales del Servicio Madrileño de Saludespecificándose que el contrato esta vez tendrá un plazo de ejecución de 2 años y con  posibilidad de prórrogas por 2 años más, y un presupuesto base de casi 13 millones de euros para el plazo de 2 años (12.969.588,38 euros concretamente, a cargo del programa 311P,  económica 22703 de los presupuestos de la Comunidad de Madrid): 10.5 millones de ellos fijos, y 2,5 de cuota variable según una serie de servicios específicos que puedan requerirse en cuanto a HCIS de nuevas implementaciones en centros asistenciales, funcionalidades e integraciones,  cambios  en  la  plataforma, exportaciones e importaciones de datos, las actuaciones 24x7 in situ, .... Se permite un nivel de subcontratación del 20%.

Por tanto, el precio anual previsto sufre un nuevo gran incremento, para pasar de los casi 5 millones de euros por año previstos en total de la edición anterior a 6,5 millones de euros/año previstos en total ahora.  En cuanto a la parte fija del contrato el incremento es especialmente notable: de 3,3 millones de euros/año a 5,3 millones de euros/año, como era de esperar al haberse completado la instalación del programa HCIS en varios hospitales más, y a los que hay que dar mantenimiento y al incluirse ahora un cierto soporte de atención de segundo nivel de incidencias más allá del "avanzado" de fabricante ya incluido. Recordemos que en la penúltima y primera edición de este concurso de soporte de HPHIS con algo de HCIS el gasto anual fue de 1,8 millones de euros/año.


Nuevo asunto italiano en el Tribunal Europeo, el asunto "Gilda-UNAMS" sobre los profesores de religión excluidos de la conversión administrativa a fijos de docentes tras la sentencia Mascolo,: se pregunta nuevamente si ante la ausencia de medidas disuasorias en un sector público la fijeza es posible como sanción al abuso aunque lo prohíba la normativa nacional

Acaba de  publicarse en la web del Tribunal de Justicia de la Unión Europea el resumen de una nueva  "petición de decisión prejudicial"  (consultas de respuesta vinculantes al máximo tribunal europeo, que pueden realizar los órganos jurisdiccionales de cualquier país de la Unión)  relacionada con el abuso de duración de temporalidad en el empleo público, y en especial con la cláusula 5ª en la Directiva Europea 1999/70/CE que lo regula, nuevamente de Italia: la petición de decisión prejudicial publicada en el Diario Oficial de la UE el pasado 17/06/2019, nº  C 206 como Asunto C-282/19 , o "Asunto GILDA-UNAMS y otros"

 

La petición había sido  interpuesta el pasado 3/04/2019 por el Tribunal de Nápoles ante el caso de varios profesores de religión católica contratados por el Ministerio de Educación, de Universidades y de Investigación italiano  mediante contratos de duración anual, que, cumpliendo con una disposición de la normativa nacional de enseñanza no universitaria (de 27/11/2007), fueron renovados  hasta acumular temporalidades de hasta 20 años, más de 3 en todos los casos- y que demandan , junto con el sindicato "GILDA-UNAMS", la conversión de sus contratos en contratos de "duración indefinida" , es decir, en fijos, y si no, con carácter subsidiario, "el resarcimiento del daño producido", como sanción a un abuso de temporalidad según la citada directiva europea.


domingo, 10 de noviembre de 2019

Entradas más vistas de la semana 04/11/2019-10/11/2019 en este blog: informe del Gabinete de UGT sobre las Conclusiones de la Abogada General UE en asunto "Sánchez-Ruiz y otros" en Tribunal europeo sobre sanción al abuso de temporalidad; sentencia de la Audiencia Nacional desestimando la demanda de ANIL contra el prmier acuerdo sindical de las OPEs de estabIlización ...

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martes, 5 de noviembre de 2019

HOY Comisión de Sanidad de la Asamblea de Madrid: Laboratorio Clínico Central, publicidad listas de espera de Salud Mental, facturación intercentros FJD, ...

Este martes 05/11/2019 desde las 16:00  hay Comisión de Sanidad de la Asamblea de la Comunidad de Madrid con , entre otros, estos puntos del  orden del día :
  • Pregunta de contestación oral al Gobierno de José Manuel Freire, del Grupo Parlamentario Socialista sobre la "situación actual del
    Servicio de Laboratorio Clínico Central"
  • Pregunta de contestación oral al Gobierno de José Manuel Freire, del Grupo Parlamentario Socialista sobre la fatal de publicidad de la situación de las listas de espera en Salud Mental
  • Pregunta de contestación oral al Gobierno de Mónica García, del Grupo Parlamentario Más Madrid sobre "la facturación intercentros de los pacientes pertenecientes al área de referencia de la Fundación Jiménez Díaz, que son asistidos en otros hospitales de gestión pública"

lunes, 4 de noviembre de 2019

Publicados los listados de aprobados de la fase de oposición del resto de categorías de la OPE 2017 del SERMAS con plazas de "estabilización" de los puestos temporales más de 3 años: Auxiliares Administrativos, TCAEs, Enfermería y Enfermería del SUMMA

Acaban de publicarse en la web del SERMAS los  listados de aprobados de la  fase de oposición de  las categorías que faltaban de las convocatorias 2018 de la  OPE 2017  del Servicio Madrileño de Salud de "estabilización"   de puestos temporales de más de 3 años, es decir ,  con plazas computadas fuera de tasa reposición autorizadas por el denominado "proceso de estabilización de puestos"  que se derivaba  de la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  (que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal [ más de 22 mil según el SERMAS] , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005 a los que se refiere la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia, instando a que la temporalidad quedara reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos):
  • Auxiliares Administrativos [web del proceso]:  4.825 aprobados [ por orden alfabético] de los 9.770 presentados para 1.747 plazas (computadas 226 por la parte de reposición  y  1.521 plazas computadas esta manera: 94 plazas por EBEP DT. 4ª + 1.420 Art. 19.Uno.6 PGE17 + 7 de indefinidos no fijos por sentencia). Se fija el plazo para la presentación de méritos en la fase de concurso de l11 al 29 de Noviembre

    ,

Publicada en el BOCM la resolución sobre los permisos retribuidos para los trabajadores y miembros de mesa el día de las elecciones generales

Publica el BOCM de hoy 04/11/2019 la RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se regulan, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, los permisos retribuidos por  las elecciones generales del día 10 de noviembre de 2019:

1. Permisos retribuidos para las personas trabajadoras que participen como electores:
a) si el horario de trabajo no coincide con el de apertura de las mesas electorales o lo hace por un período inferior a dos horas: sin derecho  a permiso retribuido.
b)  horario de trabajo coincide en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales:  permiso retribuido de dos horas.
c)  horario de trabajo coincide en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de mesas electorales: permiso retribuido de tres horas.
d) horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales:  permiso retribuido de cuatro horas.

domingo, 3 de noviembre de 2019

Entradas más vistas de la semana 28/10/2019-03/11/2019 en este blog: análisis de letrada del Ayto de Alicante sobre las Conclusiones de la abogada general UE en asunto en Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad; CCOO exige cumplir con el Acuerdo y realizar sus OPEs de estabilización de las plantillas, el juicio europeo en la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid, ...

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miércoles, 30 de octubre de 2019

Carta de APISCAM a la nueva Directora General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud: problemática del colectivo de informáticos del SERMAS con temporalidad excepcional del 80%; ante juicio europeo sobre abuso de temporalidad con informe de Abogacía UE favorable a fijeza por Concurso de Méritos y parte de la regularización en categorías informáticas comprometida por Sanidad todavía pendiente, SOLICITA la no inclusión de sus plazas temporales en procesos selectivos de concurso-oposición como la OPE "de estabilización" del SERMAS



[NOTA DEL EDITOR PREVIA: CARTA ABIERTA DE APISCAM A LA DIR. GRAL  DE RRHH Y RELACIONES LABORALES DEL SERMAS CON COPIA AL CONSEJERO DE SANIDAID   Y DE LA DIR. GRAL DE SSII Y EQUIPAMIENTOS SANITARIOS registrada este 28/10/2019]






Estimada Señora Director General:



Me dirijo a Vd. como presidente de la Asociación de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de Madrid (APISCAM) -asociación que cuenta entre sus socios con la mayoría del personal informático propio de las instituciones sanitarias del SERMAS-, en primer lugar para darle mi enhorabuena por su nombramiento en este nuevo cargo y desearle éxito en su desempeño, confiando que esta nueva legislatura continúen los estrechos contactos e incluso la mano tendida hacia la problemática de este colectivo de su predecesor en la anterior legislatura.



Muy probablemente dicho predecesor le haya dado traslado de la problemática excepcional de este colectivo que se resume en la cifra de un 80% del personal que realiza las funciones de informática en las instituciones sanitarias del SERMAS no se encuentra fijo en las categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información creadas al efecto (un 76% si nos restringimos al personal en ellas), siendo la temporalidad mayoritaria de más de 10 y 15 años.



Precisamente, en Julio de 2016 la Consejería de Sanidad adquirió un compromiso en forma de una serie de pasos erelacionados con este personal que fueron trasladados tanto a la Mesa Sectorial de Sanidad -donde contó con la opinión favorable unánime de todos los sindicatos- como a la prensa del sector, y que pueden resumirse en



  1. la regularización en plantilla orgánica de las categorías propias de informática del Servicio Madrileño de Salud del personal con funciones estructurales y permanentes que seguía incorrectamente fuera de ellas,
    1. empezando por el personal eventual , que ya fue interinizado debidamente en vacantes
    2. continuando con la treintena de personal que sigue, pese a realizar las funciones durante años y contar con la titulación exigida, en categorías de la Función Administrativa , éste es el siguiente paso que se iba a acometer como parte del compromiso mediante la formación de un grupo de Trabajo en la Mesa Sectorial y que esperamos Vd. continúe
    3. el proceso de estatutarización voluntaria del escaso personal funcionario y laboral informático existente en los Servicios Centrales de la Dir. Grald e SSII y Equipamientos de acuerdo al punto 3 de la Disposición Final 1ª de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de la Asamblea de Madrid

  2. la dotación de esos Servicios Centrales de estructura de plantilla propia suficiente y adecuadamente dimensionada para garantizarse el auténtico control y gobierno y las necesidades técnicas de los proyectos y sistemas informáticos allí ubicados, de importancia cada vez mayor ante los procesos lógicos de centralización de las TI en curso, aprovechando para regularizar el destino de la veintena de informáticos de las extintas unidades de informática de Atención Primaria, ya con nombramientos de plantilla de las categorías de informática pero destinados extraoficialmente a dichos Servicios Centrales.
  3. la estabilización del personal propio temporal (el 80% del de las instituciones sanitarias y de larguísima duración, la gran mayoría de más de 15 años) y así no desechar su amplia experiencia en beneficio también de la propia organización, para lo que la Asociación, ante el hecho de que nunca desde las transferencias sanitarias ha habido un proceso selectivo desarrollado para este personal, ha estado solicitando un proceso excepcional para una situación excepcional de consolidación por méritos



A este respecto, conocerá que varias decenas de estos informáticos, ante la enorme incertidumbre laboral de que vieran sus puestos expuestos a un proceso selectivo convencional, interpusieron a título personal, pero bajo el soporte de esta Asociación, una demanda de estabilidad con fundamento a la sanción que estamos convencido debe corresponde a situaciones de tan prolongada temporalidad en aplicación de la normativa europea vigente. Así justo el caso de un informático, el mismo Presidente de esta asociación, es uno de los implicados en el asunto acumulado en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea C_103/18, asunto que fue noticia recientemente por el Informe de conclusiones de la Abogacía General de la Unión Europea. Y muchas de las restantes demandas están suspendidas por sus juzgados a la espera de la sentencia de este proceso europeo




El Gobierno de la C. de Madrid acuerda el cese de Blas Labrador como Consejero-Delegado de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, la antigua ICM [informática de la Comunidad de Madrid]

Entre los acuerdos de Gobierno de la CM de ayer 29/10/2019 se encuentra el "Decreto  por  el  que por  el  que  cesa  a Don  Blas  Labrador  Román  como  Consejero-Delegado de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid


martes, 29 de octubre de 2019

OPE de la empresa pública del Hospital de Alcorcón con plazas de "estabilización": 60% en prueba psicotécnica que se supera con el nivel medio-bajo y en entrevista de capacidad de adaptación al puesto; 40% méritos (28% en la antigüedad, pesando igual la de en puesto de cualquier AAPP)

En el día de ayer se publicaba en el BOCM las convocatorias de pruebas selectivas para  el acceso a la condición de personal laboral fijo del Hospital Universitario Fundación Alcorcón del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, de
  • de 384 plazas correspondientes a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal, computadas teniendo en cuenta tanto la normativa PGE17 para convocar a OPEs hasta el 90% de los temporales más de 3 años en Sanidad a 31/12/2016 así como la de todos los indefinidos no fijos como la de PGE18  que  universalizaba la posibilidad a todos los temporales más de 3 años a 31/12/2017. Se reparten así:
    • 306 ya ocupadas por interinos en vacante
    • 56 de eventuales que son estructurales (siempre de más de 3 años a 31/12/2017)
    • 22 plazas de indefinidos no fijos por sentencia judicial.
  • 18 plazas correspondientes a tasa de reposición
de 46 categorías diversas. Y cuya convocatoria es conjunta y con estas bases comunes a las específicas de los V grupos [bases del Grupo I de Titulados Superiores, Grupo II de Titulados Medios, Grupo III de Técnicos Superiores, Grupo IV de Técnicos y Grupo V de auxiliares y celadores] respetando su Convenio Laboral y las leyes de función pública, que se han publicado  en la página web y tablón de anuncios de este hospital de tipo empresa pública:
  1. una fase eliminatoria, que pesa el 60% y que podemos calificar de "oposición", repartida por igual en puntuación entre una prueba psicotécnica pura, eliminatoria y en la que se exige superar el nivel "medio/bajo" (percentil 31 de 100) y una entrevista "dirigida a valorar la adaptación del candidato al perfil técnico del puesto al que opta"
  2. una fase de concurso de méritos, que pesa el 40% del total, siendo un 28% por la experiencia, siendo valorado igual la antigüedad en puesto en el Hospital que en cualquier otra AAPP

La Asociación de informáticos del Servicio Madrileño de Salud, APISCAM, con casos en el juicio europeo sobre abuso de temporalidad, PIDE la no inclusión de sus plazas temporales de más de 3 años en las categorías de informática -de un 80% de temporalidad- en procesos selectivos de concurso-oposoción como la OPE "de estabilización" del SERMAS. La Abogacía General de la Unión Europea ya ha dicho que no pueden ser solución al abuso evidente. Exigen, como vienen haciéndolo, un proceso especial de consolidación por méritos de antigüedad y las lógicas espera a la sentencia europea y la regularización comprometida por Sanidad en Mesa Sectorial en plantilla informática del personal informático que sigue en categorías administrativas como paso previoantes de acometer cualquier proceso selectivo que sería el PRIMERO del colectivo

En Asamblea convocada por APISCAM del colectivo de informáticos del Servicio Madrileño de Salud, y a la que asistieron la mayoría del personal temporal de las categorías de informática del SERMAS, con un 80%  de temporalidad dado que el colectivo nunca ha tenido una oposición desarrollada desde que la Comunidad de Madrid lleva la Sanidad , decidió que APISCAM, la asociación con la gran mayoría de los informáticos del SERMAS entre sus socios, inste al Gobierno de la Comunidad de Madrid y a los sindicatos de la Mesa Sectorial de Sanidad, -los representantes legales habilitados para la obligada negociación sindical- que las plazas temporales más de 3 años, y por tanto, en situación de abuso de temporalidad según ha plasmado la Abogacía de la Unión Europea  en su reciente informe en el juicio en el Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad por el caso de uno de nuestros informáticos y cinco odontólogas, no sean incluidas en las denominadas OPEs de "estabilización" del SERMAS ni en ningún otro proceso selectivo que consista en concurso-oposición (o de oposición pura), dado que tal y como dictamina el informe de la Abogada General, este tipo de procesos selectivos de  libre concurrencia no pueden ser  solución a la situación de fraude de la normativa europea del abuso de temporalidad.


Además, para el colectivo de informáticos, como primer paso una vez ya "interinizados" en vacantes todo el personal informático estatutario eventual de más de 2 años,  sigue pendiente la ejecución del paso siguiente del orden lógico de los pasos del compromiso de Sanidad y paso necesariamente previo a todo proceso selectivo, que sería el primero del colectivo  , compromiso  refrendado en Julio de 2016 ante la Mesa Sectorial de Sanidad , con el apoyo de todos sus sindicatos, y hasta anunciado en prensa por la  Consejería, dando traslado a su vez a compromisos previos transmitidos a esta asociación tras las movilizaciones que organizó del colectivo: regularizar en las categorías propias de informática al 25% del personal informático que sigue en categorías administrativas pese a llevar realizando funciones de informáticos durante década.

Por lógica coherencia  la Consejería de Sanidad y la Mesa Sectorial debería mantener ese compromiso  , y por lógica buena gestión de lo público, el Gobierno de la Comunidad de Madrid debería esperarse al menos a la sentencia del juicio europeo sobre abuso de temporalidad ante el hecho relevante de que precisamente es sobre el caso de uno de estos informáticos, nuestro Presidente -interino de vacante casi 20 años-, y que varias decenas de los informáticos tienen juicios a la espera del proceso europeo, cuyo Tribunal todo apunta que puede sentenciar en la línea de la Abogada General la reserva de estos puestos a procesos de fijeza por méritos de antigüedad o fuertes indemnizaciones si se sigue insistiendo con convocar a OPEs convencionales estos puestos.  Véase nuestra nota de prensa al respecto del informe de la Abogacía General


Recordatorio: Entrada ampliada. Informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea en el asunto acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" en el Tribunal europeo de Justicia sobre abuso de duración de temporalidad en empleo público: la interinidad de vacante prolongada en personal estatutario también es abuso que requiere sanción y no vale como sanción al abuso en temporalidad ni los procesos selectivos de libre concurrencia ni la jurisprudencia actual del Tribunal Supremo para el personal de tipo funcionario. Decepción al no dar como opción de sanción que los jueces nacionales puedan sentenciar directamente fijeza, si bien sí por la vía de procesos "ordenados" de concursos de méritos restringidos. Como opción de sanción propone que se introduzcan indemnizaciones por año trabajado y disuasorias adicional a la de daños y perjuicios, dejando al juzgado valorar utilizar la del despido improcedente (actualmente en 33 días por año trabajado). En el caso de que la sentencia del Tribunal europeo fuera así, ante la imposibildad de asumir tales indemnizaciones sin costes irresponsables para la prestación de servicios públicos,los Gobiernos podrian verse obligados a concursos de méritos para dar la fijeza.

[Recordatorio de la entrada ampliada publicada el 21/10/2019] En la mañana de este jueves 17/10/2019  tuvo lugar la presentación del Informe de Conclusiones [ver PDF íntegro] de Juliane Kokott, la Abogada General de la Unión Euopea en el  asunto acumulado " Sánchez Ruiz, Fernández  Álvarez y otros" - el asunto originalmente "Sánchez Ruiz" o  asunto C-103/18 de nuestro informático en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  tras su demanda con el gabinete de Javier Arauz y Robles de que reconozca el abuso en la interinidad de vacante prolongada 17 años y se sancione con la fijeza el abuso en la duración de la temporalidad personal  en el empleo público ante la ausencia de medida de sanción disuasoria y efectiva  exigida por la Directiva Europea 1999/70/CE de empleo temporal en su cláusula 5ª, y al que el Tribunal europeo decidió acumular  con posterioridad el asunto C-429/18 o asunto "Fernández-Alvárez y otros"  del caso de 5 odontólogas también del SERMAS-.


Resumen sumarísimo esquemático
Conclusiones Abogada General Unión Europea en asunto "Sanchez Ruiz y otros" en Tribunal europeo sobre abuso de temporalidad en empleo público: 
1. Hay abuso también en interino de vacante longevo 
2. Fijeza es sanción válida pero vía procesos restringidos de méritos 
3. Ni OPE libre ni doctrina actual del Supremo para funcionarios/estatutarios valen como sanción si no se indemniza además de por daños y perjuicios por los años trabajados como el despido improcedente de los trabajadores convencionales
4. Es ilegal UE exigir para obtener la declaración del abuso que se haya presentado recurso contencioso-adminsitrativo a todos los nombramientos y ceses previos ni desde el momento pasado que se estime  se pasó a tener la situación de abuso


lunes, 28 de octubre de 2019

Extractos de la comparecencia del Consejero de Sanidad en la Asamblea de Madrid el 11/10/2019: sistemas de información, estabilidad de los profesionales, ...

Acaba de hacerse público el Diario de Sesiones de la Asamblea de Madrid nº 37 con la sesión celebrada el viernes 11 de octubre de 2019 en cuyo orden del día versaba sobre la comparecencia del Consejero de Sanidad para informar de sus planes en esta legislatura, en tramitación acumulada de las comparecencias solicitadas por los Grupos Parlamentarios Socialista, Unidas Podemos-Izquierda Unida-Madrid en Pie y Vox en Madrid.

También en esta sesión se produjo el nombramiento de José Antonio Sánchez Serrano como nuevo Presidente de la Comisión en sustitución de José María Arribas del Barrio tras su renuncia

Como es habitual en este blog, a continuación extractamos algunos pasajes de la sesión sobre las temáticas de sistemas de información , recursos humanos o privatización de la sanidad en general, empezando por la comparecencia del propio Consejero, Enrique Ruiz Escudero:
  • 'quiero seguir mostrando mi voluntad de entendimiento y colaboración permanente con todos los agentes implicados en la mejora de nuestra sanidad. En esta nueva etapa buscaremos una mayor participación activa de los profesionales del sistema sanitario, pero también de las organizaciones, de las sociedades científicas, las asociaciones de pacientes o los colegios profesionales, porque con su ayuda podremos servir a los ciudadanos.'
    ,
  • 'Pero si hablamos de retos y transformaciones debemos referirnos -y no lo deberíamos olvidar nunca- a la transformación digital de nuestro sistema sanitario, que debemos afrontar invirtiendo en las últimas y más vanguardistas tecnologías; en este sentido, seguiremos apostando por las tecnologías disponibles como pueden ser, por ejemplo, la cirugía robótica, que ofrece mayor precisión al cirujano y que trata de dar mayor seguridad al paciente. Y quiero reiterar la importancia que va a suponer la conversión del Hospital Clínico San Carlos en una auténtica plataforma innovadora, integradora, en la red hospitalaria de la Comunidad de Madrid, con un Smart Health Center llamado a ser referencia en materias como la telemedicina, el Big Data, el Smart Data, la cirugía robótica o la inteligencia artificial.'

domingo, 27 de octubre de 2019

Entradas más vistas de la semana 21/10/2019-27/10/2019 en este blog: informe de la abogada general UE en asunto "Sánchez-Ruiz y otros" sobre sanción al abuso de temporalidad; nota de prensa de APISCAM: correctivo a jurisprudencia del Supremo, jaque a las OPEs del Gobierno con esos puestos, decepción por no estimar la fijeza más que por concurso de méritos ...

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jueves, 24 de octubre de 2019

[Cinco Días/El País] La Abogada General de la Unión Europea del juicio en Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad en el empleo público, asunto Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros, rechaza que la sanción al abuso pueda ser la que decidió el Gobierno con las OPEs de "estabilización": convocar procesos selectivos de libre concurrencia. APISCAM señala que aunque niegue la fijeza por sentencia avala la fijeza por procesos restringidos ordenados

Publica  Cinco Días este 24/10/2019 una noticia también enlazada desde la pestaña de Economía de El País online:



en la que este periódico especializado en Economía recuerda que la Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  del juicio en el Tribunal Europeo  sobre abuso de temporalidad en empleados públicos interinos que demandaban la fijeza como sanción al abuso [asunto acumulado Sánchez Ruiz/Fernández Alvarez y otros] ya emitió sus conclusiones y , tal y como detalló el medio en su primera noticia sobre éstas, la Abogada General, Julian Kokott,  no se decanta por la conversión automática en trabajadores fijos solicitada, pero traslada ahora el análisis de nuestra Asociación de Profesionales de informática de la Sanidad de la Comunidad de Madrid [APISCAM] sobre que lo dicho por la Abogada General al respecto fue más precisamente que “la fijeza no debe permitirse por sentencia judicial en España” pero sí “por un proceso restringido ordenado en el que solo participe quien ha sufrido ese abuso de temporalidad”.

Además el medio reseña un aspecto que no fue objeto en su primera noticia: la Abogada General también rechaza que la sanción por este abuso pueda ser la que justo ha decidido el Gobierno español: convocar procesos selectivos de libre concurrencia [las OPES de estabilización instadas y habilitados por sendos artículos en las Leyes de PGE de 2017 y de PGE de 2018 tras respectivos Acuerdos sindicales], siempre y cuando no vengan acompañadas de indemnizaciones que ahora no existen, y de las que ya hablaba este medio en su primera noticia. Ahora el medio ahonda en las consecuencias de éstas: ante los miles de los afectados - más de 22.000 interinos en el Servicio Madrileño de Salud, la AAPP de los casos de los implicados en el asunto judicial europeo- podría darse, a juicio de APISCAM, "todo un terremoto en forma de aluvión de demandas de reclamación de indemnizaciones”, lo que de hecho, podría llevar a muchas AAPP a plantearse sustituir esos procesos de "estabilización" libres por concursos de méritos por antigüedad.


Reflejo en los medios de la rueda de prensa este 23 de octubre en la sede de AMYTS sobre el informe de la Abogada General de la UE en el caso del abuso de temporalidad

Este  23 de octubre tenia lugar en la sede de AMYTS la rueda de prensa que el sindicato médico madrileño había convocado sobre  el informe de conclusiones de la Abogada General de la Unión Europea sobre el asunto acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Álvarez" y otros en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el abuso de duración de temporalidad en empleo público y su debida sanción,informe que había sido publicado el pasado 17/20/2019.

La rueda de prensa estuvo centrada en la exposición del análisis de este informe por parte deJavier Araúz, el abogado de los casos que han dado lugar a las cuestiones prejudiciales, y que , como corresponde, le ha tocado defender  a allí a los interinos como parte interesada (la demandante), y contó en la mesa con la presencia de Julián Ezquerra, secretario general de AMYTS, y uno de los afectados, Sheila Justo, vocal de médicos jóvenes y MIR de Amyts

Entre las  noticias, algunas muy amplias,  que reflejan la rueda de prensa están (se  da medio, titulares exactos y entre paréntesis algo adicional  de lo comentado  ya en el cuerpo por el medio, en su caso):


La Junta de Andalucía publica las primeras convocatorias de plazas de "estabilización" y consolidación de su Administración General sin esperar al resultado del trámite de la ILP del concurso de méritos en el Parlamento ni a la sentencia del juicio en el Tribunal europeo. Bases de concurso-oposición con un 20% de peso de la antigüedad

Ayer 23/10/2019 se publicaba en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la primeras convocatorias de plazas de la Administración General de la Junta de Andalucía,que habían sido incluidas previamente en sus OPEs de "estabilización y consolidación" de empleo . En concreto, se trata de   312 plazas  de 4  cuerpos y especialidades de función administrativa de grupos de clasificación A1 y A2 (los antiguos A y B, es decir, de niveles de licenciatura/master y diplomatura/grado).

Tiene el interés de que pocas semanas atrás el Parlamento andaluz aprobaba tramitar en pleno una iniciativa legislativa popular de consolidación por concurso de méritos de los empleados públicos temporales de larga duración que incluiría en principio las plazas como estás que ahora han sido objeto ya de convocatorias muy alejadas del concurso de méritos. Nótese que lo mismo había hecho ya en Educación y Sanidad.

Así las bases elegidas finalmente son:
  • sistema de concurso-oposición con la oposición en primer lugar. eliminatoria y un 60% de peso en la puntuación total 
  • la oposición consta de 3 ejercicios, sucesivamente eliminatorios, siendo necesario para superar la fase haber obtenido una puntuación superar a la mitad de la máxima posible
  • no se limita el número  de los que pueden pasar a la fase de méritos
  • de la fase de méritos, la mitad será para la antigüedad (pesando por tanto un 20% sobre el total), y puntuando igual la antigüedad en otra AAPP que en la Junta de Andalucía (cuando la Disposición transitoria 4º del Estatuto Básico del Empleado  Público da la posibilidad directa- sin nuevas leyes- de valorar especialmente la antigüedad en los puestos anteriores a 2005 que se convocan); siendo la mayor parte del resto de méritos en formación
evidentemente muy lejos del sistema de concurso de méritos solicitado en la iniciativa o incluso de lo posible contemplado en esa disposición transitoria 4ª denominada "de consolidación" del Estatuto Básico del Empleado Público.