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El pasado jueves comparecía la Ministra de Función Pública en Comisión del Senado para informar , entre otras cosas, sobre el plan ...
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' Reconoce a una funcionaria interina la condición, como situación jurídica individualizada, de empleada público fija, con sujeción al ...
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Blog de APISCAM
ATAJOS:"Entradas importantes", "Entradas nuestras"
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domingo, 14 de junio de 2020
Entradas más vistas de la semana 08/06/2020-14/06/2020 en este blog: Juzgado de Alicante sentencia fijeza por abuso de temporalidad a funcionaria interina aplicando la sentencia europea del asunto Sánchez Ruiz, Gabinete Técnico de UGT cree que la fijeza de esta sentencia no tiene cobertura legal ni jurisprudencial, reunión de la Ministra de Función Pública con los responsables de las CCAA sobre los procesos de estabilización y los interinos de larga duración ...
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Publicada en el BOE Orden del Ministerio de Sanidad que establece las zonas que siguen en la fase 2, como la Comunidad de Madrid, y las que pasan o siguen en la fase 3 del proceso de desescalada dentro del Estado de Alarma por la pandemia del COVID-19
En día de ayer 14/06/2020 se publicaba en el BOE , la Orden SND/520/2020, de 12 de junio, del Ministerio de Sanidad "por la que se modifican diversas
órdenes para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito
nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma y se
establecen las unidades territoriales que progresan a la fase 3 del Plan para
la transición hacia una nueva normalidad".
órdenes para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito
nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma y se
establecen las unidades territoriales que progresan a la fase 3 del Plan para
la transición hacia una nueva normalidad".
jueves, 11 de junio de 2020
Publicada en el BOE el Real-Decreto Ley de medidas restrictivas que deberán cumplir los territorios que pasen a la fase de "nueva normalidad", todas tras al fin del Estado de Alarma del próximo 21 de Junio
En día de ayer 10/06/2020 se publicaba en el BOE , el "Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de
medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer
frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19" a aplicar por todos los territorios que entre en fase de nueva normalidad, todos tras al fin del Estado de Alarma del próximo 21 de Junio.
miércoles, 10 de junio de 2020
Este Jueves 11, Conferencia Sectorial de Administración Pública -reunión conjunta de la Ministra de Función Pública con los responsable de Función Pública de las CCAA- para tratar entre otros asuntos, los procesos de estabilización de los puestos de los empleados públicos temporales de larga duración y posibles medidas tras la sentencia europea del asunto Sanchez Ruiz sobre el abuso de temporalidad en el sector público español. Pocas expectativas para los centenares de miles de personal interino de larga duración, con sus puestos ya en gran parte en "procesos de estabilización", procesos de un tipo declarado no válido como sanción al abuso por la sentencia europea y que la Ministra animó a las CCAA a "impulsar" en su comparecencia reciente. Paralelismo con el caso italiano
El pasado jueves comparecía la Ministra de Función Pública en Comisión del
Senado para informar , entre otras cosas, sobre el plan de su Ministerio en relación con la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de marzo de 2020
sobre la situación de los empleados públicos interinos", a petición del miembro del Grupo Mixto del Senado por el PAR, Clemente Sánchez-Garnica.
En dicha reciente y esperanzadora sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros", el más alto tribunal europeo determinó que -en contra en la práctica de la jurisprudencia
superior contencioso-administrativa española- hay abuso de
temporalidad también en la interinidad de vacante prolongada de personal
empleado público bajo relación administrativa, que como exige la normativa europea el abuso
constatado requiere de una sanción, que le corresponde al ordenamiento
español
fijar pero orientando en todo caso que no puede valer como sanción la
convocatoria del puesto a
proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente el el caso de
esos procesos de estabilización- ni la figura del indefinido no fijo
ni una indemnización salvo que sea específica contra el abuso y suficientemente
disuasoria.
Por contra, en su comparecencia, la ministra Carolina Darias zanjó
que la sentencia deja en manos de los jueces fijar la sanción
disuasoria, sanción que a su juicio no puede ser la fijeza y que su
departamento impulsará los procesos de
estabilización acordados con los sindicatos ampliando un año más su
posibilidad,- y que consisten en Ofertas de Empleo Público convencionales con los puestos de lso temporales de larga duración, "animando" la Ministra a las CCAA "a impulsarlos" y modificará el Estatuto del
empleado público para limitar la
duración de la temporalidad para que no se repita esta situación de
enorme temporalidad pero reiteró que "no va a transponer la Directiva",
si bien en el turno de réplica comentó que está abierta a buscar
"soluciones de
largo alcance" mediante más modificaciones del EBEP siempre y cuando
fueran consensuadas con
las CCAA , pero sin aclarar en qué sentido o de qué tipo pudieran ser.
La
ministra ha estado reuniéndose estas dos últimas semanas de uno en uno
con los responsables de Función Pública de cada CCAA, comentando en su
comparecencia que en estas reuniones bilaterales ha preguntado sobre las
posibles medidas y que plantearía o abriría un debate al respegco ya
en conjunto en la una Conferencia sectorial interterritorial que tendrá lugar este jueves 11 de Junio desde las 10 de la mañana.
De
las reuniones bilaterales con cada CCAA, aparte de anodinas y clónicas
notas de prensa del Ministerio (ver aquí el "clon" para la reunión con el Consejero responsable en la Comunidad de Madrid, Javier Fernández- Lasquetty), sólo ha trascendido al respecto , aparte
de la coincidencia general en la solicitu de laas CCAA en que el MInisterio acabe con los límites de tasa
de reposición para las OPEs, que la C. Valenciana habría expresado o se habría interesado por una nueva vía de acceso excepcional para esas situaciones de abuso prolongado ya existente y que la C. de Castilla y León habría preguntado a la Ministra si piensa plantear algo desde el ministerio más allá de los procesos de estabilización actuales, y a lo que se acogerían.
A priori y salvo sorpresa mayúscula, de lo visto y oído en la comparecencia de la Ministra así como por las actuaciones previas de este gobierno impulsando las OPEs de estabilización en su propia Administración General del Estado, -ante la probable falta de petición generalizada de las CCAAs y la segura falta de petición en ese sentido de los sindicatos de la Mesa de la Función Pública estatal- no se espera ninguna propuesta de medida excepcional real de consolidación real directa del enorme acúmulo -centenares de miles- de personal público en situación más que candidata de abuso de temporalidad; y sí en cambio un "impulso" o aceleración en tiempo y ampliación en ámbito de afectadxs de dichos procesos de estabilización, mientras se hacen cantos de sirena de un debate para un cambio en la normativa básica del empleado público - "mejorar la regulación del personal
interino, para evitar situaciones que han llevado a un alto nivel de conflictividad y pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la UE" en palabras de la propia nota del Ministerio- que podría no afectar -o dejaría atrás en terminología usual hoy en día- a toda esa bolsa de personal temporal en "fraude de ley", principalmente localizado en las CCAAs y entidades locales.
A priori y salvo sorpresa mayúscula, de lo visto y oído en la comparecencia de la Ministra así como por las actuaciones previas de este gobierno impulsando las OPEs de estabilización en su propia Administración General del Estado, -ante la probable falta de petición generalizada de las CCAAs y la segura falta de petición en ese sentido de los sindicatos de la Mesa de la Función Pública estatal- no se espera ninguna propuesta de medida excepcional real de consolidación real directa del enorme acúmulo -centenares de miles- de personal público en situación más que candidata de abuso de temporalidad; y sí en cambio un "impulso" o aceleración en tiempo y ampliación en ámbito de afectadxs de dichos procesos de estabilización, mientras se hacen cantos de sirena de un debate para un cambio en la normativa básica del empleado público - "mejorar la regulación del personal
interino, para evitar situaciones que han llevado a un alto nivel de conflictividad y pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la UE" en palabras de la propia nota del Ministerio- que podría no afectar -o dejaría atrás en terminología usual hoy en día- a toda esa bolsa de personal temporal en "fraude de ley", principalmente localizado en las CCAAs y entidades locales.
Aunque
con notables diferencias por las legislaciones nacionales diferentes, y
con enormes lagunas de los detalles en especial de la implementacion
práctica, puede resultar interesante establecer un paralelismo del momento actual con el italiano meses después tras la sentencia Mascolo de 2014 del mismo Tribunal de justicia de la Unión Europea [TJUE], al menos con lo que se ha conocido desde aquí por lo resumido en las cuestiones prejudiciales al TJUE por sus tribunales .
Recordatorio de Jurisprudencia antes de la sentencia europea de 19 de Marzo: [16/10/2019 ] A diferencia de otros tribunales regionales y numerosos juzgados, el Tribunal Superior de Madrid niega la espera hasta la sentencia europea de los recursos de funcionarios/estatutarios interinos de vacante que demandan la fijeza o indemnizaciones como sanción a su situación que entienden de abuso de duración prolongada de la interinidad de vacante. Para el TSJ madrileño "no se puede alcanzar la convicción" de que haya abuso contrario a la Directiva en esos casos, sienod claro que no hay que sancionar con nada ni existe el derecho a indemnización alguna por las causas de cese del nombramiento original de interino por muchos años que lleve. El demandante recurrió al Supremo
NOTA DEL EDITOR:la esperada sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros", mencionada en esta entrada nuestra de hace más de medio año, tuvo finalmente lugar el pasado 19 de Marzo ,
y en ella el Tribunal Europeo determinó que -en contra en la práctica de la jurisprudencia
superior contencioso-administrativa española de la que precisamente hace gala aquí el Tribunal Superior de Justicia madrileño y de una forma tan clara que condena en costas al demandante- claro que puede haber abuso de
temporalidad también en la interinidad de vacante prolongada de personal
empleado público bajo relación administrativa -si la relación se prolongó porque no se convocaron los procesos selectivos en los plazos previstos desde la contratación inicial como los 3 años del propio Estatuto del Empleado; abuso, que como exige la normativa europea , requiere de una sanción, que según el literal de la sentencia europea le corresponde al ordenamiento
español
fijar pero orientando en todo caso el Tribunal Europeo que no puede valer como sanción la
convocatoria del puesto a
proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente es el caso de los famosos procesos de estabilización defendidos por la Ministra- ni la figura del indefinido no fijo
ni una indemnización salvo que sea específica contra el abuso y suficientemente
disuasoria.
Recordamos la entrada ahora con la intención de detenerse a pensar si la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid -y el Supremo- modificarán su dura jurisprudencia "contra" el interino de larga duración tras esta sentencia europea de 19 de marzo. Nótese que el caso de la sentencia mencionada en esa entrada se trata de una demanda idéntica y en una situación personal idéntica -informático estatutario de categorías A1 interino de vacante más de 20 años del SERMAS- que la del asunto principal , Sánchez Ruiz, de la sentencia del Tribunal Europeo. Ese caso tiene recurso pendiente del Tribunal Supremo, que muy bien podría aprovechar para admitirlo a trámite y así dar una primera sentencia post-sentencia europea.
Recordamos la entrada ahora con la intención de detenerse a pensar si la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid -y el Supremo- modificarán su dura jurisprudencia "contra" el interino de larga duración tras esta sentencia europea de 19 de marzo. Nótese que el caso de la sentencia mencionada en esa entrada se trata de una demanda idéntica y en una situación personal idéntica -informático estatutario de categorías A1 interino de vacante más de 20 años del SERMAS- que la del asunto principal , Sánchez Ruiz, de la sentencia del Tribunal Europeo. Ese caso tiene recurso pendiente del Tribunal Supremo, que muy bien podría aprovechar para admitirlo a trámite y así dar una primera sentencia post-sentencia europea.
[Recordatorio de entrada publicada el 16/10/2019]
Por fin ha pasado a ser muy conocido que en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea hay un juicio por dos asuntos acumulados de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en
empleados públicos del SERMAS, siendo el asunto principal C-103/18 o Sánchez Ruiz de uno de nuestros informáticos -nuestro Presidente-, y el acumulado el C-429/18 o Fernández-Alvárez y otros el de unas odontólogas, y que precisamente mañana jueves 17 de octubre
contará con su primer resultado: el -no vinculante- el informe de conclusiones de la
Abogada General de la Unión Europea, que propondrá las que a su juicio deben ser las respuestas a la amplía batería de cuestiones
que ha quedado en el asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y
otros" y que van desde corroborar si hay abuso en situaciones de
interinidades de vacante prolongadas, hasta si en ese caso convocar a
OPEs los puestos o la figura temporal del "indefindo no fijo" pueden ser
medida de sanción válidas ante la exigencia de la norma europea o si
la fijeza o una fuerte indemnización lo serían en cambio.
Por si fuera poco, este
Jueves 17 en el Tribunal Europeo se presenta también el informe de
conclusiones de otro asunto relacionado con el abuso de temporalidad en
el empleo público, el asunto Baldonedo Martín, en este caso por demandas de
indemnización una vez ya cesados el funcionario interino de larga duración por la cobertura reglamentaria de su puesto.
A raíz de que quedara asumido por el Tribunal Europeo el asunto Sánchez Ruiz
numerosos juzgados e incluso algunos tribunales regionales , en muchos casos de empleados públicos estimando la
solicitud explícita del abogado del demandante, en otros motu proprio, han
"suspendido" [es decir, paralizado temporalmente] los procedimientos
judiciales o recursos de casos de empleados públicos en situación
similar a la espera de conocer la sentencia del Tribunal Europeo en
dicho asunto y así ya poder aplicarla en la demanda paralizada temporalmente.
Pero tal y como han expuesto tanto el abogado de los casos en el Tribunal Europeo, Javier Araúz, y otros, la Sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, famoso por su "dureza" en estas cuestiones y similar a la del Supremo, está negando las peticiones de suspensión de los procesos,
lo que a su vez ha provocado una cascada de negativas en los juzgados
madrileños, cuando muchos juzgados estaban concediendo dichas suspensiones.
Ya
se han publicado en el repositorio público CENDOJ varias sentencias del
alto tribunal regional madrileño, ante recursos de empleados
públicos
funcionarios interinos/estatutarios temporales de mucha antigüedad que
demandan, antes de ningún cese y ante la situación de prolongación
abusiva de la interinidad sin las convocatorias en su debido tiempo, la
fijeza o "inamovilidad en puesto" o la figura indemnizatoria del
indefinido no fijo (a veces
subsidiriamente) o alguna garantía de indemnización,y en las que el Superior de Justicia de Madrid niega la petición de suspensión
en espera a la sentencia europea y por supuesto rechaza todas las pretensiones
condenando además en costas, con el argumento principal de la "claridad"
de la jurisprudencia en su aplicación de la legalidad española y europea a estos
supuestos.
Todas estas sentencias de la
Sala de lo Contencioso del TSJ Madrileño son, lógicamente calcadas.
Traemos a colación aquí , a modo de ejemplo, la sentencia de 25/01/2019 de la sección 7,
sentencia precisamente de un informático estatutario interino de vacante del
SERMAS durante tantos años (o más) como el informático de los asuntos
acumulados, Sanchez
Ruiz y Fernandez-Alvarez y otros, en el Tribunal de Justicia Europeo que
mencionábamos.
lunes, 8 de junio de 2020
Publicados los listados de aprobados de la fase de oposición de 4 categorías del primer grupo de convocatorias 2019 de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de "estabilización" de puestos temporales de larga duración: Médicos de Familia y Pediatras de atención Primaria, de Urgencias y Emergencias del SUMMA y Técnico de Laboratorio
Tras el paróin administrativo por la pandemia del COVID-19, en el BOCM del pasado viernes 05/06/2020 se publicaban los llistados de aprobados de la fase de oposición de 4 categorías de las convocatorias publicadas en Febrero de 2019 de los procesos selectivos de las categorías incluidas en el primer grupo de categorías de la OPE 2018 del Servicio Madrileño de Salud de "estabilización" del los puestos temporales de más de 3 años, es decir , con plazas computadas fuera de
tasa reposición autorizadas por el denominado "proceso de estabilización de puestos" que se derivaba de la Ley de Presupuestos 2017 ,
tras el polémico y previo acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público (que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de
reposición hasta el
90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la
Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran más de 3
años cubiertos de forma temporal [ más de 22 mil según el SERMAS]
, todos los puestos temporales de cualquier AAPP desde antes de 1 de
Enero 2005 a los que se
refiere la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado
Público y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia,
instando a que la temporalidad quedara reducida por debajo del 8% en el
SERMAS al finalizar estos procesos):
Ya se habían publicado los listados de aprobados de la fase de oposición de la OPE 2017 del SERMAS con plazas de "estabilización" de los puestos
temporales de más de 3 años y están pendientes de convocatorias gran parte de los procesos de estabilización de la OPE 2018 y todos de la OPE 2019 del SERMAS.- Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico: 1.337 aprobados [ por orden alfabético] de los 3.600 admitidos para 251 plazas (233 de turno libre + 18 de turno discapacidad),
- Médico en Urgencias y Emergencias del Summa 112: 225 aprobados [ por orden alfabético] de los 377 admitidos para 189 (176 de turno libre + 13 de turno discapacidad)
- Médico Pediatra de Atención Primaria: 567 aprobados [ por orden alfabético] de los 740 admitidos para 355plazas (330 de turno libre + 25 de turno discapacidad)
- Médico de Familia de Atención Primaria: 1.013 aprobados [ por orden alfabético] de los 2206 admitidos para 609 plazas (566 de turno libre + 43 de turno discapacidad)
fijándose el plazo para presentación de méritos de la fase de concurso del 8 al 26 de junio de 2020 (ambos inclusive).
Recuérdese que las bases son las que se acordaron por gran mayoría, pero no unanimidad, en con la Mesa Sectorial:
- un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, 50% de peso para el concurso de méritos
- la oposición en primer lugar y eliminatoria que se supera con el 50% de la media aritmética de las 10 notas más altas, sin limitar el número máximo de personas que superan esta fase
- fase de concurso: 35 de los 50 puntos por experiencia profesional , contando la antigüedad en la misma categoría en otro servicio público de Salud , lo mismo que en el SERMAS , y 15 puntos porcursos de formación acreditados
A este respecto hay que destacar la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre
abuso
de temporalidad en casos precisamente del SERMAS -el principal el de un informático nuestro, y -donde el Tribunal de Justicia de la Unión Europeo ha dicho que una
situación de prolongada temporalidad por no haberse convocado
procesos selectivos en los primeros años de necesidad de la plaza es una situación de abuso de
temporalidad ante la Directiva superior europea que requiere "de forma indispensable" una sanción para la que no vale la convocatoria a procesos selectivos de libre concurrencia
ahora del puesto del "abusado", como precisamente lo son estos procesos "de estabilización".
domingo, 7 de junio de 2020
Entradas más vistas de la semana 01/06/2020-07/06/2020 en este blog: Ministra de Función Pública comparece en Senado informando del plan del Ministerio tras la sentencia europea [impulsar las OPEs de estabilización de puestos, abrir debate para modificar EBEP], cuestionada ante Tribunal Europeo la normativa italiana que dejó fuera a investigadores universitarios de los procesos excepcionales de consolidación directa y de las medidas contra el abuso de temporalidad tras la sentencia Mascolo, ...
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Este jueves 04/06/2020 a las 16:00 comparecerá -curiosamente en la Sala Europa- en la Comisión de Función Pública del Senado la Minis...
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Este jueves 04/06/2020 a las 16:00 comparecía -curiosamente en la Sala Europa- en la Comisión de Función Pública del Senado la Min...
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El pasado 11/05/2020 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea de 11/05/2020 como Asunto C-40/20 del Tribunal de Justicia ...
Publicada en el BOE la prórroga del Estado de Alarma desde el 8 de Mayo hasta el día 21 de junio de 2020
En el día de ayer 06/06/2020 se publicaba en uno de los dos BOE deĺ día, 3l 159, la Resolución de 3 de junio de 2020 del Congreso de los Diputados, por la
que se autoriza y el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio por el que se aprueba una nueva prórroga del Estado de Alarma
declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo para la gestión de la situación de crisis
sanitaria ocasionada por el COVID-19, esta vez "hasta las 00:00
horas del día 21 de Junio de 2020" -siendo la fecha de fin anterior mañana 7 de Junio-. prórroga en la que "se pretende culminar esta progresiva desescalada".
El Real Decreto también establece en su artículo 6 que la autoridad competente delegada para el ejercicio de las funciones
derivadas del estado de alarma, además del Ministro de Sanidad, bajo la
superior dirección del Presidente del Gobierno y con arreglo al
principio de cooperación con las comunidades autónomas, será quien
ostente la Presidencia de la comunidad autónoma, y que sean las propias comunidades autónomas las que decidan con arreglo a criterios sanitarios y epidemiológicos, la
superación de esa fase 3 en sus diferentes provincias, islas o unidades
territoriales de su comunidad, superación que, según el artículo 5, conllevaría "queden sin efecto las medidas derivadas de la declaración del estado de alarma".
Publicada en el BOE Orden del Ministerio de Sanidad que flexibiliza varias de las restricciones del estado de alarma de las zonas de la fase 2,donde pasa a estar la Comunidad de Madrid el próximo lunes, y de la fase 3
En el día de ayer 06/06/2020 se publicaba en un número adicional del BOE
, el 160, la Orden SND/507/2020, de 6 de junio, del Ministerio de Sanidad, "por la que
se modifican diversas órdenes con el fin de flexibilizar determinadas
restricciones de ámbito nacional y establecer las unidades territoriales
que progresan a las fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una
nueva normalidad".
Así en esta nueva
orden se modifica la Orden
SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas
restricciones de ámbito nacional establecidas para las zonas en fase 2, en especial la reapertura de plazas, recintos e instalaciones taurinas al aire libre con aforo máximo de 1/3, y la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas para las zonas en fase 3 , en especial, la apertura de discotecas y bares de ocio nocturno siempre que no se supere un tercio de su aforo y se cumplan una serie de condiciones, y se incrementa el aforo permitido de los locales de juego al 50%.
Pero sobre todo, se modifican ambas órdenes en sus anexos para fijar el
nuevo reparto territorial en Fases 2 y 3 en vigor desde las 00:00 del lunes 8 de Junio desde las 00:00 horas,
oficializando el paso de la Comunidad de Madrid íntegra a la fase 2 dicho lunes 8 de Junio.
jueves, 4 de junio de 2020
Resumen y extractos sobre la problemática de los empleados públicos temporales y el impacto de la reciente sentencia europea de la Comparecencia este Jueves 4 de Junio de la Ministra de Función Pública en Comisión del Senado: la sentencia deja en manos de los jueces fijar la sanción disuasoria que no puede ser la fijeza, impulsará los procesos de estabilización acordados con los sindicatos ampliando un año más su posibilidad y modificará el Estatuto del empleado para limitar la duración de la temporalidad si bien está abierta a buscar "soluciones de largo alcance" mediante más modifiaciones del EBEP si consensuadas con las CCAA
Este jueves 04/06/2020 a las 16:00 comparecía -curiosamente en la Sala Europa- en la Comisión de Función Pública del Senado la Ministra de Política Territorial y Función Pública y entre los puntos previstos del Orden del Día, se encontraba este punto final :"Informar sobre el plan de su Ministerio en relación con la Sentencia
del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de marzo de 2020
sobre la situación de los empleados públicos interinos", punto a petición del miembro del Grupo Mixto del Senado por el PAR, Clemente Sánchez-Garnica, petición de la que se habíann hecho eco los medios estos días.
Existía enorme expectación ante esta comparecencia de la Ministra Carolina Darias sobre si piensa plantearía alguna medida especial sobre el personal temporal de larga duración de todas las AAPP,
más allá o en lugar de los conocidas ofertas públicas de empleo con sus
puestos -los denominados "procesos de estabilización" acordados por el
Gobierno en 2017 y 2018 con los sindicatos de Función Pública del Estado y hasta ahora mantenidos por el Gobierno actual-, especialmente tras
- la reciente y esperanzadora sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros", que ha determinado que -en contra en la práctica de la jurisprudencia superior contencioso-administrativa española- hay abuso de temporalidad también en la interinidad de vacante prolongada de personal empleado público bajo relación administrativa, que como exige la normativa europea el abuso constatado requiere de una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar pero orientando en todo caso que no puede valer como sanción la convocatoria del puesto a proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente el el caso de esos procesos de estabilización- ni la figura del indefinido no fijo ni una indemnización salvo que sea específica contra el abuso y suficientemente disuasoria.
- la información aparecida en un medio sobre la reunión de la Ministra con su homóloga de la Comunidad de Valenciana, dentro de la serie de reuniones bilaterales que está manteniendo con todos los responsables autonómicos de Función Pública antes de la próxima conferencia sectorial prevista para el 10 de Junio, y en la que según ese medio, el Gobierno habría avanzado que estaría "planeando" una nueva "vía para facilitar" que los interinos sean fijos.
El texto previo del Senador [ver en la web del Senado] donde se planteaba la pregunta incluía además una moción, donde tras un amplio razonamiento que haciendo uso de la Directiva Europea , del
ordenamiento jurídico español para los empleados públicos temporales de
larga duración, de las denuncia múltiples previas en tratamiento
por la Comisión Europea y la reciente sentencia, concluía que "las convocatorias masivas bajo los acuerdos referidos en
los tres niveles de la administración pública (local, autonómica y
central) no son sanción al abuso de la contratación temporal" y que que no existe en España ni indemnización, ni las
medidas sancionadoras
efectivas y disuasorias adicionales como exige la sentencia, no
cumpliendo con la directiva como medida válida dichos procesos de
estabilización,siendo la única salida para evitar indemnizaciones que no podrían asumir las arcas públicas seguir la Resolución
del Parlamento Europeo de 31/05/2018 , que es la fijeza del propio personal abusado mediante procesos especiales de consolidación del
personal abusado directo o de concursos restringidos
de méritos.
En el orden del día de la mism Comisión del Senado también figuraban las comparecencias de la ministra de
Función Pública a petición propia y de numerosos grupos del
Senado para informar sobre las líneas generales de su Departamento, algo
que ya hizo hace 3 meses
en la Comisión de Política Territorial y Función Pública del Congreso, y sobre la gestión y y planes de actuación en cuanto a empleados
públicos ante la pandemia de la COVID-19. Lógicamente el Presidente dela Comisión decidió acumularlas en una sola amplia sesión con el formato de comparecencia, y doble réplica de grupos y compareciente,que puede verse en su integridad en la retransmisión en vídeo en la web del Senado.
A continuación y por su interés , realizamos extractos de varias de las intervenciones de la Comisión , -en su mayor parte colgados en nuestro hilo de twitter- siempre sólo sobre el tema de los interinos (o empleados públicos temporales) de larga duración y el impacto de la sentencia europea, que, finalmente, ocupó una buena parte de las intervenciones de la Ministra, toda parte del senador proponente, mientras que el resto de grupos tocaron el tema muy de soslayo o incluso no lo tocaron:
Comparecencia de la Ministra de Función Pública:
"Nuestro propósito es alcanzar un con los sindicatos un
tercer Acuerdo para la mejora del Empleo público". Este Gobierno
"mantiene su compromisos sobre las retribuciones de los empleados y
empleadas públicas" y sobre las OPE 2018 y 2019 de la Administración
General del Estado.
En los próximos 10 años el 51% del personal de la AGE se va a jubilar, situación general en las AAPP: envejecimiento del personal
En los próximos 10 años el 51% del personal de la AGE se va a jubilar, situación general en las AAPP: envejecimiento del personal
"Es preciso estabilizar al personal, algo que afecta a todas las AAPP, si bien de forma asimétrica entre ellas", "con la finalidad de poner medidas se han firmado distintos acuerdos con las representaciones sindicales que tuvieron reflejo en las lyes de presupuestos de 2017 y 2018, al amparo de esta regulación se desarrollaron los procesos de estabilización", que "el 11/12/2019 firmamos un acuerdo sobre su desarrolllo en la AGE, ratificado el 25/02/2020 y en el momento actual estamos trabajando en los criterios básicos", realizando un repaso global del estado de los procesos de estabilización actuales por sectores (administración de Justicia, Educación, Sanidad, ...)[ escuchar audio de esta parte]:
- administración de justicia: el total de plazas de estabilización ya
está autorizado en OPES, publicado convocatorias para todos los cuerpos con
excepción de un cuerpo de ayudantes de laboratorio
- docente no universitario: hubo ya procesos selectivos en junio y julio de 2018 y 2019 ,se desarollaron a buen ritmo, pero faltan, la temporalidad sigue en el 30%
- estatutario de los servicios de salud: su temporalidad es muy superior en el 8%
- docente no universitario: hubo ya procesos selectivos en junio y julio de 2018 y 2019 ,se desarollaron a buen ritmo, pero faltan, la temporalidad sigue en el 30%
- estatutario de los servicios de salud: su temporalidad es muy superior en el 8%
"La publicación de la sentencia europea de 19/03/2020 ha generado repercusión en estos colectivos con respecto a su situación". "Como conclusión general" según la ministra,, las sentencias europeas más recientes como la Baldonedo Martín y ésta de "Sanchez-Ruiz y otros" dicen [audio de esta parte]:
Director de la Función Pública de Aragón en su comparecencia en el parlamento regional afirma que la sentencia europea de 19/03/2020 realmente dice que son los ámbitos nacionales quienes determinarán si hacer una convocatoria es suficiente y deciden continuar con los procesos de estabilización pactados "exactamente igual" anunciando que en Junio estarán publicadas todas las convocatorias pendientes de la CCAA de Aragón
Este pasado lunes 1/06/2020 comparecía en la Comisión de Hacienda,
Presupuestos y Administración Pública del parlamento regional aragonés
el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios de la CCAA de Aragón, Esteban del Ruste, conocido porque en su anterior comparecencia confesó que "estaría muy triste" que la entonces pendiente sentencia del Tribunal de Justiia Europeo sobre el abuso de temporalidad en el empleo público español determinara la fijeza y la necesidad de anular las Ofertas Públicas de Empleo denominadas procesos de estabilización que se decidió realizar con los puestos de lo empleados públicos temporales más de 3 años].
El Gobierno actual de Aragón
es una coalición de PSOE como partido principal, Partido Aragonés [PAR]
, Chunta Aragonesista [CHA] y Podemos-Equo, correspondiendo al PSOE
la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la
que depende este Director General. La comparecencia de este máximo
responsable de la función pública aragonesa tenía lugar a petición de su
propio Consejero.
Según el orden del día, el objeto era informar "medidas dispuestas por el Gobierno de Aragón para la
reincorporación del personal de la Administración General de la
Comunidad Autónoma de Aragón y de sus Organismos Públicos". , pero en su ronda de intervención, la portavoz del Grupo de Podemos-Equo, Marta Prades Alquézar [minuto 60] , mencionó la reciente y esperanzadora sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros"
[que ha determinado que -en contra en la práctica de la jurisprudencia
superior contencioso-administrativa española- puede haber abuso de
temporalidad también en la interinidad de vacante prolongada de personal
empleado público bajo relación administrativa (como es el caso del
personal estatutario temporal del asunto acumulado y el de los
funcionarios interinos), que como exige la normativa europea el abuso
constatado requiere de una sanción aunque sea de empleados públicos, que la sanción le corresponde al ordenamiento
español
fijarla pero orientando el Alto Tribunal europea que en todo caso que no puede valer como sanción la
convocatoria del puesto del abusado a
proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente el el caso de
esos procesos de estabilización- ni la figura del indefinido no fijo
ni una indemnización salvo que sea específica y suficientemente
disuasoria.]
María Dolores Tomé Cotarelo, la responsable por el SERMAS de la unidad TI centralizada de administración de los Sistemas y CPD centrales [CEDAS] , nueva Subdirectora General de Equipamiento y Mantenimiento de los SSII en la Dir. Gral de informática del SERMAS
Acaba de publicarse en el BOCM de ayer 03(06/2020 la adjudicación a María Dolores Tomé Cotarelo del puesto de Subdirector General de Equipamientos y Mantenimiento de los Sistemas de Información , Subdireccion bajo la Dirección General de Sistemas de Información y Equipamientos Sanitarios del SERMAS
, una de las dos nuevas Subdirecciones Generales junto con la de Arquitectura de Sistemas y de Sistemas de Información en que
se estructura la mencionada Dirección Gral desde el último cambio de subestructura del SERMAS. Precisamente, en Enero se se adjudicaba a Francisco
Luis Sánchez Prieto, el entonces Director de Gestión del H. Príncipe de
Asturias, la otra Subdirección General (curiosamente al resolver una convocatoria publicada
antes de la reestructuración para la extinta Subdirección de
Innovación y Arquitectura Tecnológica del SERMAS)
La Subdirección General ahora adjudicada se había convocado, como publicamos en otra entrada , restringida a funcionarios de carrera de cualquier
Administración Pública, y por tanto parecía que sin admita al
propio personal estatutario fijo de las categorías de informática del
propio SERMAS, con lo que comentábamos
se perdía una vez más la oportunidad de aprovechar para
abrir a este personal estatutario informático del SERMAS y su
experiencia estos puestos directivos de servicios Centrales (el puesto
está bajo
el
Servicio Madrileño de Salud pero sigue bajo la provisión de la
Consejería de Hacienda), si bien esta vez el puesto finalmente ha sido
adjudicado a una funcionaria que ya era personal de TI del Servicio
Madrileño de Salud, en concreto, era la responsable por parte de la Dirección
General de SSII del SERMAS de la Unidad denominada CEDAS ["Centro de
Datos de Administración y Soporte"] , la unidad bajo la Dir. Gral de SSII del SERMAS encargada de la administración y
gestión de los centros de procesos de datos y servidores informáticos de
los servicios centrales de Informática del SERMAS (unidad totalmente externalizada por otra parte), y por tanto, estamos ante alguien con una importante
experiencia y conocimiento de la organización.
De esta manera el organigrama oficial de altos cargos de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid en cuanto a la informática sanitaria queda así:
- Dirección General de Sistemas de Información y Equipamientos Sanitarios: María Luz de los Mártires Almingol
- Subdirección General de Arquitectura de Sistemas y Sistemas de Información: Francisco Luis Sánchez Prieto
- Subdirección General de Equipamiento y Mantenimiento de los Sistemas de Información: Mª Dolores Tomé Cotarelo
miércoles, 3 de junio de 2020
Comparecencia este Jueves 4 de Junio de la Ministra de Función Pública en Comisión del Senado con un punto para "informar sobre el plan de su Ministerio en relación con la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de marzo de 2020 sobre la situación de los empleados públicos interinos", a petición de Sánchez-Garnica, Senador del PAR que propone por el Grupo Mixto como única salida para evitar indemnizaciones "inasumibles para las arcas públicas" la "verdadera consolidación administrativa del los empleados públicos temporales en fraude de ley" mediante conversión automática a indefinido o procesos restringidos de méritos
Este jueves 04/06/2020 a las 16:00 comparecerá -curiosamente en la Sala Europa- en la Comisión de Función Pública del Senado la Ministra de Política Territorial y Función Pública y entre los puntos del Orden del Día, se encuentra este punto final :"Informar sobre el plan de su Ministerio en relación con la Sentencia
del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de marzo de 2020
sobre la situación de los empleados públicos interinos", punto a petición del miembro del Grupo Mixto del Senado por el PAR, Clemente Sánchez-Garnica, petición de la que se han hecho eco los medios estos días.
Existe enorme expectación ante esta comparecencia de la Ministra Carolina Darias sobre si piensa plantear alguna medida especial sobre el personal temporal de larga duración de todas las AAPP,
más allá o en lugar de los conocidas ofertas públicas de empleo con sus puestos -los denominados "procesos de estabilización" acordados por el Gobierno en 2017 y 2018 con los sindicatos de Función Pública del Estado y hasta ahora mantenidos por el Gobierno actual-, especialmente tras
lunes, 1 de junio de 2020
Cuestionada ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea la normativa italiana que dejó fuera a los investigadores temporales de larga duración de la universidad de los (recientes) procesos excepcionales de consolidación directa a indefinido de temporales de larga duración y de los nuevos límites contra el abuso a la temporalidad en el empleo público italiano tras la sentencia Mascolo
El pasado 11/05/2020 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea de 11/05/2020 como Asunto C-40/20 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea una nueva e interesante "petición de decisión prejudicial" (consultas vinculantes al máximo tribunal europeo,
que pueden realizar los órganos jurisdiccionales) relacionada con el
abuso de duración de temporalidad en el empleo público, esta vez de otro
país, Italia, en el marco de un litigio de 3 investigadores de la
Universidad de Perugia, contra la Universidad y de una impugnación de
los mismos contra una circular del el Ministerio de Educación,
Investigación y Universidades e Investigación de ese país
Tal y como relata el resumen del asunto que ha publicado el propio Tribunal Europeo los
3 investigadores universitarios , tras llevar "varios años desempeñando las funciones
de investigadores" mediante contratos temporales con la misma
Universidad pública, habían solicitado una contratación indefinida
mediante la realización de un proceso de consolidación directo de los
que excepcionalmente había establecido el Gobierno Italiano para el trienio 2018-2020 para
para cierto personal público con más de 3 años de temporalidad
acumulada el artículo 20 de la disposición "Lucha contra la precariedad
laboral en la Administración Pública" de su Decreto Legislativo nº
75/2017 y que el gobierno italiano había promulgado tras el Decreto
Legislativo 81/2015 de transposición a su sector público de la ya famosa Directiva Europea 1999/70/CE sobre empleo temporal ,
precisamente a raíz de la sentencia del
Tribunal Euroeo sobre el abuso de temporalidad en empleados públicos
italianos , en concreto, docentes: el asunto Mascolo de 2014.
En
el Decreto Legislativo de 2015 del gobierno italiano se fijaba la temporalidad máxima en 3
años tanto en el sector privado como en el público -con una serie de
sanciones adicionales en caso de incumplimiento, que incluyen sanción
en el sueldo a los propios directivos de las AAPP-, y en el de 2017 se
establecía una vía de acceso extraordinaria para acceder al empleo
público indefinido (fijo) para cierto personal público temporal de larga duración.
Recordatorio. Especial de la Revista de la SEIS sobre Ciberseguridad en las TI de la Salud, último nº bajo la dirección de Salvador Arribas, recientemente fallecido por coronavirus. ¡Gracias, Salvador!
[Recordatorio de entrada publicada el 21/05/2020]
El nº 139 de Abril de 2020 de la Revista de la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] y que acaba de ser publicado, es un especial titulado "Ciberseguridad, clave para la transformación tecnológica en Salud" , dedicado especialmente en su portada y una sección de agradecimiento a Salvador Arribas, el director de Comunicación de la SEIS y de esta Revista, recientemente fallecido por coronavirus, dándose la circunstancia que éste nº 139 es el último realizado bajo su dirección. Reiteramos lo ya expresado, la
Junta Directiva de esta Asociación de informáticos de Sanidad de la
Comunidad de Madrid , y en especial su Presidente, que mantenía un
estrecho contacto con Salvador al realizar habitualmente colaboraciones para cubrir
en esta revista congresos de
la SEIS, lamenta profundamente esta enorme pérdida, no
sólo la de un profesional pionero de la informática sanitaria en España y
de la necesidad de organización en una sociedad científica y profesional, sino también la de una persona con
un carácter humano y humanista ejemplar; y se suma a ese ¡GRACIAS, SALVADOR! que abre este emotivo ejemplar de la revista.
Como no podía ser menos, la revista incluye entradas "In memoriam" del fallecimiento de
Julio Moreno González, socio fundador y miembro de la Junta
Directiva
de la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS], coordinador
general durante muchos años de sus Jornadas Nacionales en Andalucía así
como del fallecimiento de Salvador.
Como número especial, este número de la revista una serie de artículos específicos sobre el tema de la Ciberseguridad en las TI de Salud
-algunos de los cuales por su relevancia para la temática de este blog
de la asociación de los informáticos de la Consejería de Sanidad
cubriremos en otras entradas específicas-:
domingo, 31 de mayo de 2020
Entradas más vistas de la semana 25/05/2020-31/05/2020 en este blog: Ministra de Función Pública dice en reunión con C. Valenciana que "planea" una nueva vía para la estabilización de los interinos de larga duración, Podemos Educación prepara una PNL sobre los docentes interinos de larga duración tras la sentencia europea del abuso de temporalidad en el empleo público, ...
Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras"
(feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed),
transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog
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