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miércoles, 1 de julio de 2020

[Área Pública CCOO nacional] 'CCOO exige a Función Pública el cumplimiento de los acuerdos' [de Mejora del Empleo Público de 2017 y 2018, incluidas OPEs de estabilización; reunión este jueves de la Comisión de Seguimiento del II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público]

'CCOO va a exigir a la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, en la reunión de mañana de la Comisión de Seguimiento del II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público y de Condiciones de Trabajo, su compromiso claro, rotundo e ineludible con los acuerdos suscritos en todos sus puntos: empleo, estabilización y consolidación, planes de igualdad, retribuciones, jornada y resto de materias contenidas en el acuerdo.

El sindicato exigirá también la negociación urgente de un nuevo acuerdo que garantice el poder adquisitivo y siga mejorando las condiciones de las trabajadoras y trabajadores de los servicios públicos, destierre definitivamente la precariedad, incremente las plantillas y elimine las limitaciones generadas por la tasa de reposición.

Las ofertas de empleo público ordinarias y los procesos de estabilización y consolidación del empleo público acumulaban un enorme retraso, ya antes de la pandemia del Covid-19. Como hemos denunciado desde CCOO, entre los diferentes sectores públicos hay 293.257 plazas pendientes de ejecutarse de las ofertas de 2017, 2018 y 2019, teniendo pendiente aún la mayoría de los sectores la negociación de 2020.

Es imprescindible que las administraciones públicas que no están respetando los compromisos adquiridos cumplan los acuerdos, tanto en los aspectos de empleo como en los retributivos. Acuerdos que, en ambas materias, están trasladados íntegramente a los Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018, y que, al tener carácter básico, son de obligado cumplimiento para todas las administraciones públicas y el sector público empresarial. En caso de no respetarse, se estaría incurriendo en una ilegalidad. Igualmente, se deben legislar, sin más dilación, las medidas sancionadoras a este respecto y realizar modificaciones normativas que frenen el abuso en la contratación temporal.


martes, 30 de junio de 2020

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo menciona por 1ª vez la reciente sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto Sánchez Ruiz en casos de laborales interinos de vacante de 5 a 9 años que demandaban indefinido no fijo por superar el plazo de 3 años del EBEP: dice que no se aplica la doctrina de la sentencia europea al considerar que no hay sucesivos nombramientos ni expresa ni tácitamente, que las necesidades sean permanentes no comporta que haya fraude necesariamente al ser ya una interinidad en vacante estructural y reitera su doctrina de que el plazo del EBEP no opera automáticamente para el efecto de considerar si hay abuso de temporalidad, desestimando la demanda al aceptar la justificación de la CCAA sobre imposibilidad de OPEs por restricciones presupuestarias


La Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral) del Tribunal Supremo -la máxima instancia judicial española- ha dictado recientemente una serie de al menos 3 sentencias en las que por primera vez considera si aplicar a los casos de los recursos de casación en cuestión la importante y esperanzadora sentencia de 19/03/2020 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ,r la sentencia asunto acumulado "Sánchez Ruiz", en la que , recordemos una vez más estableció, a sobre casos de personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud (el principal , un informático nuestro), que también puede darse abuso de temporalidad en una interinidad de vacante prolongada aún de único nombramiento formal si no se ha convocado y cubierto por OPE o fijo (o amortizado) en el plazo establecido para ello, que este abuso requiere de forma "indispensable" de una sanción que le corresponde al ordenamiento español fijar pero orientando el Tribunal Europeo que no puede valer como dicha sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo, y tampoco una indemnización , salvo que sea específica contra el abuso y realmente disuasoria.

Hay enorme expectación de cómo puede encajar esta "doctrina" europea el Tribunal Supremo español, especialmente su sala de lo Contencioso que viene considerando que no puede haber abuso de temporalidad en un empleado que ya es interino de vacante. Precisamente hace unos días publicábamos que esa sala de lo Contencioso del Supremo que lleva los casos de personal funcionarios interinos y estatutarios temporales, y en un recurso de casación sobre si se debía indemnizar el cese de funcionario interino de vacante de sólo 11 meses,  mencionaba por 1ª vez la reciente sentencia europea de 19/03/2020 de abuso de temporalidad (para indicar que no corresponde aplicarla en ese caso  por no haber situación de abuso).

Ahora le toca a la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que pasa a mencionar esta sentencia europea por 1ª vez que sepamos en 3 recursos de casación casi idénticos, interpuestos por la Junta de Andalucía, a sendas sentencias favorables del Tribunal Superior de Justicia de esa CCAA ante sendas demandas de la concesión de la figura del "indefinido no fijo" -figura indemnizatoria ante el futuro cese por una cobertura fija reglamentaria o amortización del puesto- por abuso de temporalidad en  casos de laborales interinos en la misma vacante más allá del plazo "improrrogable" de  3 años fijado en el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público.  


En concreto, se trata de las sentencias


Dichas demandas de indefinido no fijo por superar el plazo de 3 años de interinidad fueron interpuestas en su primera instancia cuando ésa era la doctrina de esta Sala del Tribunal Supremo establecida por sus sentencias de 10/10/2014 (rec. nº 723/20139) y 14/10/2014 (rec. nº 7 711/2013), pero como recuerda el propio Tribunal Supremo en el texto de estas 3  nuevas sentencias, la  misma Sala de los Social cambió su doctrina en 2019 tras su sentencia de  24/04/2019 para pasar a afirmar que "la superación del plazo de 3 años del EBEP no tiene por qué alterar la naturaleza de los vínculos laborales" y " no fija la duración máxima de la interinidad, sino que dicho plazo va referido a la ejecución de la oferta pública de empleo" exclusivamente. 

Curiosamente , en esa sentencia donde introducía esta apreciación utilizado para el cambio de doctrina, estaba "aplicando" la sentencia del Tribunal Europeo en el asunto C-677/16 o asunto "Montero Mateos" , donde el Tribunal Europeo  respondía que por el principio de no discriminación no hay obligación de pagar indemnizaciones a laborales interinos de vacante cuando son cesados por la cobertura normal de su puesto cuando no las contempla la legislación española, pero incluía en su sentencia -aunque no se le pidiera- una "coletilla", la del famoso apartado 64 de Montero Mateos que literalmente reza "Dicho esto, incumbe al juzgado remitente examinar si, habida cuenta de la imprevisibilidad de la finalización del contrato y de su duración, inusualmente larga, ha lugar a recalificarlo como contrato fijo", frase que curiosamente interpretó  el Tribunal Supremo como "que avala que el contrato de interinidad pueda durar más de tres años, siendo los tribunales españoles quienes deben valorar si una duración injustificadamente larga pude determinar la conversión en fijo del contrato temporal".

[Europa Press] Interinos de la Región de Murcia reclaman un puesto fijo por abuso de temporalidad en base a la normativa europea . Aluvión de demandas tras la sentencia favorable de un juzgado de Alicante

Informa Europa Press estr 29/06/2020 que  la Asociación de Interinos Docentes de la Región de Murcia (AIDMUR) ha informado que 120 interinos de la Región de Murcia ya han presentado demandas judiciales solicitando ser fijos por abuso de temporalidad en base a la directiva europea 1999/70/CE  y que se "espera un aluvión" de nuevas demandas entre los  8 mil empleado públicos temporales en dicha situación  tras la  sentencia que el medio repasa de la jueza del juzgado de lo Contencioso nº4  de Alicante  - sentencia que el medio repasa  y que reconocía y sancionaba el abuso de temporalidad estimando la demanda de transformación en fija a una funcionaria interina de 13 años del mismo  Ayuntamiento [ aplicando la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros" ]-,

viernes, 26 de junio de 2020

[Diario Información] El concejal de RRHH del Ayuntamiento de Alicante informa de sentencia de otro juzgado que rechaza convertir en fija a otra funcionaria interina suya de más de 10 años


Informa Diario Información este 25/06/2020 que durante el pleno de ayer del Ayuntamiento de Alicante  tras la  sentencia que el medio repasa de la jueza del juzgado de lo Contencioso nº4  de Alicante  - sentencia que reconocía y sancionaba el abuso de temporalidad estimando la demanda de transformación en fija a una funcionaria interina de 13 años del mismo  Ayuntamiento aplicando la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 [del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros" ]-, el concejal de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Alicante ha informado de otra sentencia de otro Juzgado, el nº2  de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, en la que se desestima una demanda idéntica de fijeza de otra funcionaria  interina más de 10 años, si bien este juzgado también admite que es "indiscutible" que la administración local ha "desnaturalizado" la figura del funcionario interino por el tiempo transcurrido siendo "evidente" que atendía a necesidades estructurales, pero este juzgado afirma que la sentencia europea  "no prevé la conversión en empleado público fijo" y "no modifica" lo establecido por el Tribunal Supremo.





jueves, 25 de junio de 2020

[FesP UGT Nacional] 'El Gobierno prorroga hasta 2021 el periodo para ejecutar la OPE y los procesos de estabilización comprometidos en los acuerdos de 2017 y 2018'

'UGT reclamó esta medida en la primera reunión de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas que se celebró el pasado 15 de junio.

La Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos ha calificado de muy buena noticia la publicación hoy en el BOE de una medida que permitirá ampliar las habilitaciones para ejecutar la Oferta de Empleo Publico y los procesos de estabilización de empleo temporal, tal como reclamó UGT.

UGT fijó como una de sus prioridades en la negociación el empleo público. El sindicato incidió, en la primera reunión de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, en la necesidad de culminar los procesos de estabilización y consolidación para disminuir la precariedad. Estos procesos ya arrastraban un importante retraso en su ejecución, una circunstancia que se ha agravado con la paralización de las convocatorias durante la crisis del Covid-19.


[El Mundo. Cataluña] "Alud de demandas" de reclamación de fijeza por abuso de temporalidad de empleados públicos de las AAPP catalanas por el abogado de plataforma de interinos tras las recientes sentencias del Tribunal Europeo y la de fijeza de un juzgado de Alicante aplicando la sentencia europea


Informa El mundo en su edición de Cataluña este 24/06/2020 que, tras las esperanzadoras  sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 [del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros"] y la sentencia de una jueza de lo Contencioso de Alicante aplicando las obligaciones de dicha sentencia europea reconociendo y sancionado el abuso de temporalidad con la transformación en fija a una funcionaria interina 13 años del Ayto de Alicante, el abogado de la Plataforma de Interinos de Cataluña maneja 400 nuevas demandas de abuso de temporalidad de empleados públicos de muy larga duración de las  AAPP catalanas que se sumarían a las 40 que ya ha presentado, planteando que la fijeza, sería la solución más ajustada  a la sentencia europea y que evitaría una "una factura millonaria al erario público" con la otra posibilidad de indemnizaciones, que la Plataforma estima en que podría llegar a 771 millones teniendo en cuenta los más de 14 mil afectados.

El medio traslada que la Generalitat ha recalcado que la sentencia europea no obliga a convertir a los interinos en fijos, que "no asumir las convocatorias previstas" con los puestos de estos temporales -cifrados en más de 14 mil según la plataforma-, "significa alargar la temporalidad" y que en dichas convocatorias "se tendrá en cuenta los servicios prestados" reconociendo que  se  prescindiría del personal que no obtuviera plaza en esas pruebas pero matizando que en su opinión la mayoría no estaría en situación de "exceso" de temporalidad.


miércoles, 24 de junio de 2020

Juzgado de los Contencioso de Murcia no aplica la necesidad de sanción de la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 en una demanda de exclusión de la OPE de su puesto de un funcionario interino en misma vacante 10 años al estimar que no hay situación de abuso de temporalidad por haber sido convocado su puesto 4 veces antes a concursos de provisión (para ya fijos) y promoción interna de su puesto y tratarse de un único nombramiento . En todo caso y aunque no consta que se demandara, comenta que discrepa con la sentencia de la jueza Alicante en que la sanción pudiera ser la fijeza

El pasado 18/06/2020 dictaba sentencia una magistrada-juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Murcia  (en el rec. P.A. nº 212/2020) , por la que desestimaba  -sin condena en costas ante las "dudas de hecho"- la demanda de un funcionaria interino más de 10 años en la misma vacante de la Consejería de Hacienda de la CCAA de Murcia - y cuyo puesto había sido incluido en la convocatoria de 15/03/2019 de proceso selectivo del Cuerpo Técnico de Inspección de Consumo- a que , en un recurso contra una orden de convocatoria de proceso selectivo, se considerase su situación en fraude por abuso de temporalidad con la exclusión de su puesto de esta convocatoria y -junto con otras demandas subsidiarias menores sobre el peso de los méritos y el contenido del temario- su restricción a procesos selectivos restringidos a personal en situación de abuso o por la posibilidad de puro concurso de méritos establecida en el artículo 61.6 "en virtud de  ley" del Estatuto Básico del Empleado Público.

Sobre esto último, el juzgado se declara que "no es competente"para "ordenar que la Asamblea regional apruebe una ley en el sentido de establecer un proceso de consolidación de méritos" sólo "porque el recurrente lo considere más adecuado a sus circunstancias personales", comentando que si quiere  tal ley "debería acudir a los mecanismos previstos de iniciativas legislativas". En todo caso,  cita la jurisprudencia recordada en la  sentencia de la Audiencia Nacional en el recurso contra el Acuerdo de la Mejora del Empleo Público de marzo de 2017 del Gobierno acerca de la excepcionalidad de una existencia de oposiciones restringidas o de puro concurso de méritos - criterios "que le corresponde determinar a la Administración en los supuestos excepcionales en los que sea posible- y que los procedimientos selectivos entonces deben ser de libre concurrencia y con fase de oposición, con una fase opcional de méritos como es el caso.



martes, 23 de junio de 2020

[FeSP UGT de Ayto de Sevilla] 'Sentencia del Ayuntamiento de Alicante sobre fijeza de interina ' [pide "cautela" en la convocatoria de los procesos de Estabilización que Ayuntamiento "tiene la firma intención" de continuar]

'Uno de los puntos analizados en la última Mesa General del 18 de junio, a petición de CSIF, CCOO y UGT, fue el estudio de la Sentencia nº 252/2020 del Juzgado nº 4 de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, relativo a declaración de fijeza de una funcionaria interina del Ayuntamiento de Alicante, a fin de conocer de primera mano cómo podría afectar la misma al personal interino del Ayuntamiento, y su posible aplicación en nuestra administración, más allá de simples postureos y venta de humo.

Desde el Ayuntamiento se argumenta que se trata de un fallo de un Juzgado de Primera instancia y, por tanto, es recurrible y de ninguna manera aplicable directamente aquí, al tiempo que considera que está dictada manteniendo argumentaciones legales bastante discutibles y contrarios a los mantenidos por el Ayuntamiento de Sevilla, el cual ya ha obtenido, hasta el momento, dos sentencias favorables, obteniendo los demandantes el carácter de indefinido no fijo, pero no la fijeza.


[NoticiasDeGuipuzcoa] La lucha de empleados públicos temporales por ser fijos logra el primer respaldo judicial en una sentencia de Alicante. Los colectivos vascos reclaman una solución dialogada que evite un aluvión de procesos judiciales

Informa Noticias de Guipuzcoa este 22/06/2020  de la sentencia de una jueza de Alicante  que declara la condición de fija a una funcionaria interina 13 años en el Ayuntamiento de Alicante por abuso de temporalidad, ,    la primera sentencia que "obliga a una Administración a hacer fija a una funcionaria interina" y "crea un precedente para las miles de demandas que se han presentado con este objetivo", y como consecuencia de la reciente  sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020  [asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros", siendo el asunto principal Sánchez Ruiz  por el caso de un informático de nuestra asociación] .

También informa el medio de la preocupación de grupos de empleados públicos temporales de las administraciones vascas  por los tiempos "muy prolongadas de la vía judicial"  , exigiendo la  consolidación del personal en abuso de temporalidad "cierta urgencia" ante  la amenaza de verse en la calle en ciernes por las convocatorias a procesos selectivos de sus puestos, trasladando en especial declaraciones de  Interinok Taldea, sindicatos de interinos que obtuvo 11 de los 25 delegados en los servicios centrales de la AAPP - donde la temporalidad alcanza el 61%-, de la plataforma de  interinos de la  Diputación de Gipuzkoa, con un 44% de temporalidad,  y del ayuntamiento de Donostia, con un 33%, coincidiendo estos colectivos en la necesidad de una solución dialogada con la administración que "eviten un aluvión de procesos judiciales".

lunes, 22 de junio de 2020

En un recurso de casación sobre si se indemniza el cese de funcionario interino de vacante de 11 meses, la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo menciona por 1ª vez la reciente sentencia europea de 19/03/2020 de abuso de temporalidad para indicar que no corresponde aplicarla aquí. Como se esperaba, el Supremo desestima indemnizar el cese del funcionario interino aplicando la norma española que el Tribunal Europeo en su reciente sentencia europea del Asunto Baldonedo Martín estableció no viola la norma europea de no discriminación.. Sigue pendiente por tanto si el Supremo revisa su doctrina sobre demandas de abuso de temporalidad tras la otra sentencia europea, la del asunto Sánchez Ruiz de 19/03/2020.

Recientemente se publicaba en el CENDOJ y se hacía eco de ella el profesor Ignasi Beltrán en su conocido blog, la sentencia  de 28/05/2020 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo al recurso de casación nº 5801/2017 presentado por la CCAA de Galicia , que había sido admitido a trámite el 5/03/2018 , es decir ¡hace ya más de dos años!.

Se trata del caso de un funcionario interino de vacante que a los 11 meses fue cesado por la cobertura reglamentaria de su puesto y que había demandado la indemnización de 20 días por año trabajado en base a la cláusula 4ª contenida en la Directiva Europea 1999/70/CE de no discriminación del temporal, en concreto en comparación  con el personal  laboral que -cuando este funcionario interpuso la demanda- parecía corresponderle una indemnización en aplicación de una de las famosa sentencias del Tribunal Europeo de Justicia de la Unión Europea de 2016, la primera del asunto De Diego Porras, a su vez en base a esa cláusula 4ª de no discriminación, esta vez con el laboral fijo.

Como es conocido por los lectores de este blog, ese asunto sobre personal laboral, De Diego Porras le fue "dado la vuelta" por la Sala de lo Social del Tribunal supremo -la que lleva los asuntos del personal laboral pero no del funcionario interino-, tras plantear una nueva cuestión prejudicial al Tribunal Europeo que acabó emitiendo una segunda sentencia corrigiendo la primera, estableciendo que no indemnizar al laboral interino en su cese no viola esa normativa europea de no discriminación.

En paralelo y más recientemente,  misma suerte han corrido los intentos de obtener indemnización al cese para el personal funcionario interino en base a esa normativa de no discriminación con la reciente sentencia del Tribunal Europeo del Asunto Baldonedo Martín, que ha establecido que no indemnizar al funcionario interino en su cese no viola esa normativa europea de no discriminación.  

[ElDiario.es] Una jueza de Alicante reconoce por primera vez el puesto fijo a una interina [funcionaria], llevaba 13 años temporal en el Ayuntamiento de Alicante que va a recurrir la sentencia. [La jueza aplicó la reciente sentencia europea sobre abuso de temporalidad en el empleo público español.]

Informa ElDiario.es este 21/06/2020  de la sentencia de una jueza de Alicante, que "ha revolucionado a los interinos" y que declara la condición de fija a una funcionaria interina 13 años en el Ayuntamiento de Alicante por abuso de temporalidad, aplicando la reciente  sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020  [asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros", siendo el asunto principal Sánchez Ruiz  por el caso de un informático de nuestra asociación], sentencia europea que este medio cubrió también de forma amplia [y adecuada], haciendo el medio un amplio repaso  de la sentencia y los razonamientos de la jueza de Alicante, que concluye que la fijeza es la "única solución que cumple con las condiciones que establece la justicia europea", trasladando información de esta asociación APISCAM  acerca de que es la primera vez conocida que se reconoce la condición de fijo a un interino [de tipo funcionario] así como de que ya hay casos de sentencia de la condición de fijo a personal laboral temporal público.

El Ayuntamiento de Alicante ha confirmado al medio que recurrirá la sentencia


miércoles, 17 de junio de 2020

Jueza de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, premio a la Calidad del CGPJ, en una "didáctica" sentencia reconoce y sanciona el abuso de temporalidad con la transformación en fija a una funcionaria interina 13 años del Ayuntamiento de Alicante siguiendo la Directiva Europea 1999/70/CE y las sentencias del Tribunal Europeo, especialmente la reciente de 19/03, asunto Sánchez Ruiz, que sigue minuciosamente para determinar que el abuso es evidente, que no vale como sanción ni OPE ni el proceso de estabilización ya emprendido con su puesto, ni la figura del indefinido no fijo ni tampoco indemnizaciones al no existir para los funcionarios y ser inasumibles si se crearan específicas y realmente disuasorias, considerando más sensata la fijeza que además respeta el ordenamiento jurídico español al haber superado un proceso selectivo la demandante. UGT discrepa que sea legal, CSIF y CCOO exigen medidas sancionadoras urgentes a la vez que instan a ejecutar los procesos de estabilización ya acordados. La sentencia no es firme: el Ayuntamiento de Alicante recurrirá la sentencia.


Este pasado jueves conocíamos la pionera sentencia de la magistrada titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4 de Alicante del8 de Junio  (en el rec. nº 813/2019) , en la que declaraba la  transformación en fija a una funcionaria interina 13 años delAyuntamiento de Alicante, con "derecho a permanecer en su puesto de trabajo y  con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que tiene los  funcionarios de carrera", aunque sin adquirir esa denominación como tal, como sanción según la cláusula 5ª del Acuerdo Marco recogido en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE al fraude de ley por abuso de temporalidad que reconoce como "evidente" aplicando tanto para este reconocimiento del fraude del abuso como para la determinación de la debida sanción la jurisprudencia previa del Tribunal Europeo y  muy especialmente la reciente e importante  sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros" . Decimos que es una sentencia pionera porque es la primera sentencia del ámbito de los contencioso-administrativo, es decir, sobre personal empleado público de tipo funcionarial (funcionario o estatutario de servicio de salud) que además de reconocer el abuso en un funcionario interino ya de vacante en base a la normativa europea no aplicando la jurisprudencia actual del Tribunal Supremo decide conceder la fijeza como sanción.  

Esta misma solución ya está siendo concedida por algunos juzgados de lo Social y por la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia  , para la misma situación en empleados públicos temporales de larga duración pero bajo contrato de personal laboral y  que han superado algún tipo de proceso selectivo de libre concurrencia para acceder a ese puesto, siempre como sanción al abuso de temporalidad en base a la citada directiva europea que regula los límites de los empleos temporales.



Recordemos que esa esperanzadora sentencia del Tribunal de Justiica de la Unión Europea de 19/03/2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea  determinó que -en contra en la práctica de la jurisprudencia superior contencioso-administrativa española-  también hay abuso de temporalidad también en la interinidad de vacante prolongada de personal empleado público bajo relación administrativa, que como exige la normativa europea ante el abuso constatado , requiere de forma "indispensable" de una sanción, sentenciando que le corresponde al ordenamiento español fijar pero realizando la orientación de que en todo caso que no puede valer como tal sanción ni la convocatoria del puesto a proceso selectivo de libre concurrencia -como precisamente el el caso de los procesos de estabilización decididos desde el Gobierno del Estado como solución para todos los puestos temporales de más de 3 años- ni la figura del indefinido no fijo ni tampoco una indemnización salvo que  sea específica contra el abuso y suficientemente disuasoria. En cuanto a la fijeza el más Alto Tribunal  se limitó a recordar que no es una sanción obligatoria siendo "indispensable" que en todo caso existe una medida de sanción suficiente y disuasoria, y que el juzgado remitente de las cuestiones prejudiciales había afirmado que el ordenamiento jurídico español no permite obtener la fijeza si no se ha superado un proceso selectivo.

Precisamente, la jueza  titular de este juzgado de Alicante estima en esta sentenci la demanda exclusivamente de fijeza de la funcionaria interina, demanda que había realizado  -como el resto de un grupo de compañeros organizados primero en la Plataforma de Interinos del Ayuntamiento  y después en una sección sindical de CGT local creada por miembros de dicha la plataforma- con el abogado y profesor de la Escuela Jurídica de Alicante, Luis Iñesta Alcolea, quien ha calificado esta  sentencia de "morrocotudo revolcón a muchas manías sustantivas y procesales de nuestro pesado derecho administrativo" y reconocido que con ella cumple un sueño de "su bisoñez y candidez de juventud".


Se da la circunstancia de que la jueza de la sentencia, María Begoña Calvet, fue uno de los "Premios Calidad de la Justicia 2018" del propio Consejo General del Poder Judicial -el mismo que nombra al Tribunal Supremo- por su innovación en la agilización de los procedimientos. En palabras del letrado de la parte demandante, Iñesta Alcoleta, la sentencia de esta jueza  "es impecable, brillante y minuciosa desde su fundamentación, un pequeño compendio de la materia, se aleja de lo que es normalmente una sentencia (un escrito que da respuesta a un litigio entre dos partes) para convertirse en una pequeña obra didáctica".

Lógicamente,  y como ya pasó  cuando la propia sentencia europea de 19/03/2020 , quizás entonces en menor medida ante las dudas de si establecía la fijez a como posible sanción , esta sentencia de primera instancia ha disparado las expectativas y las ganas de movilización de una parte del enorme número de empleados públicos en una situación similar, que se cifra entre medio millón y 800 mil.



Tampoco se han hecho esperar las reacciones de las secciones nacionales correspondientes de los  3 sindicatos presentes en la Mesa General de negociación de lso empleados públicos, CSIF, CCOO y UGT, y que en 2017 y 2018 firmaron sendos acuerdos con el Gobierno del EStado para que todos los puestos temporales más de 3  años -potencialmente la mayoría de ellos ocupados por el personal en situación de abuso- pudieran ser convocados en Ofertas Públicas de  Empleo convencionales de libre concurrencia sin habilitar al menos que fueran de consolidación por méritos; son los denominados  procesos de estabilización.  Así:

martes, 16 de junio de 2020

[Cinco Días] Una juez de Alicante sentencia por primera vez la fijeza a un funcionario interino: por abuso de temporalidad y utilizando la reciente sentencia europea de 19/03/2020

Informa Cinco Días este 16/06/2020  de la sentencia de una juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicanteque dicta la   transformación en fija a una funcionaria interina del Ayuntamiento de Alicante por abuso de temporalidad aplicando sentencias del Tribunal de Justicia de la Unón Europea y en especial la reciente  sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020  por casos del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid[ asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros", siendo el asunto principal Sánchez Ruiz  por el caso de un informático de nuestra asociación], y que el medio califica de "importante victoria de los interinos en los tribunales en su lucha por el reconocimiento de sus derechos", para a continuación realizar un amplio repaso del caso  y el contenido de la sentencia.

[Europa Press] Los interinos de larga duración de la Diputación de Sevilla piden una vez más la paralización de la OPE con sus puestos y animan a presentar demandas tras la sentencia de Alicante que transforma en fija a una funcionaria interina por abuso de temporalidad aplicando la reciente sentencia europea

Informa Europa Press este 15/06/2020 que la Asociación de Trabajadores Temporales de la Diputación de Sevilla ha animado a los 532 trabajadores temporales de larga duración de la diputación a denunciar su situación judicialmente tras la  sentencia del Juzgado de lo Contenciso de Alicante , sentencia que dicta la  transformación en fija a una funcionaria interina del Ayuntamiento de Alicante por abuso de temporalidad aplicando la reciente  sentencia del Tribunal Europeo  [de 19/03/2020,  asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros", siendo el asunto principal Sánchez Ruiz  por el caso de un informático del SERMAS de nuestra asociación],  recordando que  el Gobierno de la Diputación acordó en Mayo de 2019 con los representantes sindicales una suspensión temporal de los procesos selectivos con sus puestos hasta dicha sentencia europeas "siempre y cuando no caducasen" , avisando esta Asociación que la Diputación ha seguido con los trámites de dichos procesos excusándose en que sólo trata de impedir la caducidad de los procedimientos pero cumpliendo en que se celebrasen las pruebas sin la sentencia.

[La Nueva Asturias] Una sentencia de Alicante que transforma en fija a una funcionaria interina por abuso de temporalidad aplicando la reciente sentencia europea "abre la puerta" a que 15 mil interinos de larga duración de Asturias aspiren a ser fijos. Aluvión de consultas a los sindicatos

Informa La Nueva España este 15/06/2020 ampliamente de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, sentencia según "fuentes jurídicas y sindicales muy fundamentada", que dicta la   transformación en fija a una funcionaria interina del Ayuntamiento de Alicante por abuso de temporalidad aplicando la Directiva Europea de 1999 y la reciente  sentencia del Tribunal Europeo  [de 19/03/2020,  asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros", siendo el asunto principal Sánchez Ruiz  por el caso de un informático del SERMAS de nuestra asociación], señalando que la sentencia refleja que la posibilidad de realizar procesos selectivos con los puestos de temporales de larga duración- los procesos "de estabilización"- "necesariamente debe ser descartada" porque no se ajuste a dicha Directiva  europea como ha determinado la sentencia, igualmente que la posible concesión de la figura del "indefinido no fijo", que seguiría igualmente expuesto aun cese o una Oferta Pública de Empleo.


lunes, 15 de junio de 2020

[Min. Función Pública] 'La ministra se reúne por videoconferencia con CCOO, UGT, CSIF, CIG y ELA. Carolina Darias y los sindicatos de la Función Pública acuerdan una hoja de ruta en materia de empleo público'

'La ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, y los representantes sindicales de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas han acordado hoy establecer una hoja de ruta de materia de empleo público, fijando un calendario de trabajo para abordar el seguimiento del II Acuerdo de Mejora del Empleo público, las modificaciones legislativas que resulten necesarias, como la Ley de Función Pública de la AGE o el Estatuto Básico del Empleo Público y explorar un nuevo acuerdo Gobierno-sindicatos, teniendo en cuenta la situación del país generada por la crisis sanitaria del COVID-19.

[CCOO nacional] Mesa Gral de Empleados Públicos. 'CCOO exige una negociación real con la representación sindical de las empleadas y empleados públicos El Área Pública de CCOO lamenta que la ministra se haya limitado a informar de lo que ya había expuesto y acordado en otros foros, y que no haya contestado ni adquirido ningún compromiso en relación con las cuestiones que se le han planteado. El sindicato exige un acuerdo que asegure el crecimiento, la estabilidad y los derechos en el empleo público' ['CCOO. el primer sindicato que exigió la no caducidad de las ofertas y la agilización de los procesos de estabilización y consolidación del empleo público'. 'Imprescindible modificaciones normativas que sancionen el abuso de la temporalidad']

'En el día de hoy CCOO, sindicato mayoritario en las administraciones públicas, junto con el resto de organizaciones sindicales de la función pública, ha mantenido una reunión con la ministra de Política Territorial y Función Pública en el marco de la Mesa General de Empleados Públicos.

La ministra ha explicado que quiere realizar cambios en la regulación para favorecer el empleo estable y asegurar la no caducidad de las ofertas y procesos ya aprobados. Ha informado de los acuerdos alcanzados en la Conferencia Sectorial de Función Pública con las CCAA: regular el teletrabajo con modificaciones puntuales en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), trabajar para reducir la temporalidad en todas las administraciones y realizar modificaciones legislativas para evitar la caducidad de las ofertas de empleo público de 2017 y 2018, y que puedan celebrarse en 2021. Ha expuesto también que están trabajando en una nueva Ley de la Función Pública de la Administración General del Estado. Finalmente ha expresado su intención de convocar la comisión de seguimiento del II Acuerdo en junio y comenzar a negociar un nuevo acuerdo a partir de septiembre, como había solicitado el sindicato.


[FeSP Ugt Nacional] 'UGT incide en la necesidad de culminar los procesos de estabilización y disminuir la temporalidad . UGT traslada al Gobierno las prioridades de los empleados públicos para negociar un nuevo acuerdo . El Ministerio presenta un calendario de negociaciones en la primera reunión de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas '

'La Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos ha trasladado las prioridades del sindicato en materia de negociación a Carolina Darias, ministra de Política Territorial y Función Pública, en la primera reunión de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas. 

Julio Lacuerda, secretario general de FeSP-UGT, durante su intervención, ha señalado que la negociación de un nuevo acuerdo para las empleadas públicas debe iniciarse inmediatamente después de que finalice el trabajo de la la Comisión de Control de anterior, cuya próxima reunión, según el calendario que ha fijado la Administración, será este mismo junio.  

El sindicato ha planteado tres objetivos principales en la negociación. El primero es la defensa de los Servicios Públicos, garantes del bienestar y la seguridad de la ciudadanía, como se está demostrando en la crisis del Covid-19. El segundo punto primordial es la mejora del empleo público. En esta materia, UGT incide en la necesidad de culminar los procesos de estabilización y consolidación para disminuir la precariedad; eliminar la tasa de reposición y articular mecanismos para evitar situaciones de abuso de la temporalidad. Además, se debe apostar por la regulación de herramientas como el teletrabajo. El Tercer elemento fundamental es mejorar las condiciones laborales y recuperar derechos
Imagen con la que UGT ilustra su comunicado


[CSIF nacional] 'CSIF y el Ministerio de Función Pública retoman la negociación'. Se acuerda un calendario de negociación de aquí a septiembre: seguimiento de los acuerdos sobre condiciones laborales, modificación del EBEP, Ley de Función Pública de la AGE, desarrollo del teletrabajo, y un nuevo acuerdo de legislatura, principales temas marcados. Función Pública prorrogará las ofertas de empleo público de 2017 y 2018, aún pendientes de ejecución, como pidió CSIF'


'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) y el Ministerio de Política Territorial y Función Pública se han marcado un calendario de negociación para empezar a retomar asuntos pendientes en materia de condiciones laborales para las plantillas.

El presidente del sindicato, Miguel Borra, mantuvo hoy, 15 de junio, una videoconferencia con la ministra Carolina Darias con la firme voluntad de alcanzar un nuevo acuerdo de legislatura de aquí a septiembre. CSIF, sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, valora de manera positiva esta primera reunión, después de que se lo solicitáramos la semana pasada.

Este mismo mes se convocará la comisión de seguimiento del II Acuerdo para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo; en julio se trabajará en una modificación puntual del Estatuto Básico del Empleado Público para mejorar la lucha contra la temporalidad y desarrollar el teletrabajo. El objetivo es que, ya en septiembre, se pueda empezar a trabajar en un acuerdo de legislatura.

[Diario16] Una sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante que transforma en fija a una interina por abuso de temporalidad aplicando el Derecho de la UE y la reciente sentencia europea "abre la puerta" a la transformación en fijos" de "casi un millón" de empleados públicos interinos

Informa Diario16 este 12/06/2020 de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso de Alicante, conocida el día anterior, por la que  transforma en fija a una funcionaria interina del Ayuntamiento de Alicante, "con derecho a permanecer en su puesto de trabajo, con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que rige para los funcionarios de carrera comparables, aunque sin adquirir la condición de funcionario de carrera" aplicando la  Directiva europea  1999/70/CE y la  sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 [del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros", siendo el asunto principal Sánchez Ruiz  por el caso de un informático del SERMAS de nuestra asociación], calificando el medio de "magnífica noticia para el enorme colectivo de interinos, que esperan ver reconocidos sus derechos, de acuerdo con el Derecho de la Unión Europea" , realizando un repaso de algunos aspectos de la sentencia del juzgado: el Estado español no ha aprobado medidas legislativas a las que obliga la Directiva pero -aplicando el derecho europoe y la reciente sentencia europea- este hecho no libera a sus AAPP de garantizar los objetivos de limitar la duración de la temporalidad ni de la obligación de sancionar sus abusos ni sirven de excusa limitaciones de la tasa de reposición por restricciones presupuestarias.