miércoles, 15 de enero de 2020

[APRISCAM] 'El Sescam discrimina a sus informáticos e informáticas en la concesión del teletrabajo'

'En el año 2013 la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha reglamentó el régimen de teletrabajo en la Administración Pública mediante el decreto 57/2013 el cual fue debidamente ordenado en el Sescam. Dicha circunstancia permite favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en consonancia con el Acuerdo Marco Europeo sobre teletrabajo de 16 de julio de 2002.

El Personal Informático del Sescam, organizado en el Área de Tecnologías de la Información (ATI), desarrolla su trabajo diario directamente y en muchos casos de forma exclusiva usando medios electrónicos. La mayoría de los sistemas informáticos están centralizados y su mantenimiento se hace remotamente. Igualmente la mayor parte del soporte al usuario de las aplicaciones corporativos se hace telefónicamente (cabría resaltar que parte de soporte de primer nivel está externalizado y no es realizado por el personal propio de la ATI).


XVII Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud de la SEIS el 5 y 6 de Febrero en Santiago de Compostela. #SeisForoPD

El 5 y 6 de Febrero  tendrá lugar en Santiago de Compostela el XVII Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud , organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS]. El foro vendrá un año más precedido por la reunión (cerrada) del Comité Técnico de Seguridad de Información de la Salud, con representantes de seguridad de información de los servicios de salud autonómicos, las agencia de protección de datos, etc 
Ya existe un programa general disponible, con las habituales Mesas de Debate y exposición de soluciones así como la más que esperada mesa de muestra de "Casos prácticos" reales sobre protección de datos, desde la experiencia real acumulada de las propias Agencias de Protección de Datos, completada este año con una de experiencias de la nueva figura de Delegados de Protección de Datos.
 

[Poder Judicial] 'Los trienios de los trabajadores fijos discontinuos de la AEAT deben calcularse sobre toda la duración de la relación laboral [ El Tribunal Supremo cambia su doctrina tras un Auto del Tribunal Europeo]

'La Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que el cálculo de la antigüedad de los trabajadores fijos discontinuos de la Agencia Estatal Administración Tributaria (AEAT) a efectos de promoción económica (trienios) y a efectos de promoción profesional, debe realizarse sobre toda la duración de la relación laboral y no únicamente sobre el tiempo de prestación efectiva de servicios.
El tribunal aplica el auto del Tribunal de Justicia de la UE, de 15 de octubre de 2019, referido a dos trabajadoras fijas discontinuas de la AEAT, y cambia su doctrina en esta materia, que había considerado, al estudiar el convenio colectivo del personal laboral de la AEAT, que los trienios de los fijos discontinuos se calculasen sobre el tiempo efectivo de prestación de servicios.

El TJUE fijó que el Acuerdo Marco comunitario sobre trabajadores a tiempo parcial debía interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que excluye, en el caso de los trabajadores fijos discontinuos, los períodos no trabajados del cálculo de la antigüedad requerida para adquirir el derecho a un trienio. Además señalaba que la citada normativa constituía una discriminación indirecta ya que resulta aplicable mayoritariamente a las trabajadoras, que constituyen el grupo principal de trabajadores fijos discontinuos de la AEAT.


martes, 14 de enero de 2020

Comparecencia de la asociación de interinos APilTEX y el abogado Araúz en la Asamblea de Extremadura demandando una solución excepcional de fijeza al fraude de ley de abuso de temporalidad en cuestión en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El PSOE exctremeño defiende la solución ya negociada con los sindicatos de las convocatorias a oposición-concurso de los puestos

En el día de ayer, y a raíz de una petición de Unidas Podemos, tuvo lugar la comparecencia en la Comisión de Administración Pública de la Asamblea de la Extremadura de la presidenta de APILTEX (la Asociación de Personal Interino y Laboral Temporal de la Junta de Extremadura), y de su asistente jurídico, el conocido abogado de los casos del SERMAS con  cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Javier Araúz, para explicar a los grupos parlamentarios la problemática del a su juicio abuso de temporalidad incompatible con la Directiva europea 1999/70/CE que sufren gran parte del personal de la Administraciones Públicas [AAPP] extremeñas así como del resto de España, y que la debida sanción que de acuerdo ha dicha directiva debe existir no pueden ser las Ofertas Públicas de Empleo denominadas de "estabilización", con procesos selectivos de libre concurrencia  convencionales, y que el Gobierno del Estado acordó con los principales sindicatos se realizaran con los puestos temporales en esta situación de muy larga temporalidad - situación que la asociación califica de "fraude de ley" y solución de "ERE encubierto"-, demandando por contra una solución de "fijeza" administrativa restringida al colectivo abusado, so pena, de un grave riesgo por parte de estas AAPP de tener que asumir fuertes indemnizaciones tras el aluvión de demandas judiciales de los afectados, especialmente en función de la sentencia de ese proceso judicial europeo, pidiendo también la paralización de dichas OPEs de estabilización hasta esta sentencia.


[Vídeo íntegro de la comparecencia, los turnos de los partidos y la réplica de los comparecientes; transcripción preliminar]

[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO presenta un requerimiento ante el Ministerio de Política Territorial y Función Pública por abuso y fraude en la contratación del Gómez Ulla. La plantilla supera el 50% de temporalidad y con contratos encadenados durante más de diez años.' [Exige OPEs de establización con los puestos]

'CCOO Sanidad Madrid ha presentado un requerimiento al Ministerio de Política Territorial y Función Pública, para que dé cumplimiento a los términos del Acuerdo de 29 de marzo de 2017 sobre Mejora del Empleo Público en lo referido al Hospital Central de la Defensa “Gómez Ulla”. La plantilla supera el 50% de temporalidad y con contratos encadenados durante más de diez años.

La Federación de Sanidad de CCOO Madrid exige al ministerio que inicie los trámites que sean necesarios, para la realización de un proceso de interinización y aprobación de la oferta pública de empleo de estabilización correspondiente al año 2019 y en consecuencia, que proceda, como exige el acuerdo, a reducir la tasa de temporalidad a un 8% en el Hospital Central de la Defensa “Gómez Ulla”.
El sindicato denuncia la “extrema precariedad” de la plantilla del hospital militar y constata que más del 50% de la plantilla de este centro es temporal. CCOO reclama que se inicie de inmediato el proceso de interinización y el de estabilización de empleo que se contempla en el acuerdo entre sindicatos y ministerio.


Fallados los Premios Nacionales de Informática y Salud 2019 de la SEIS: premio a la entidad destacada en proyectos de Transformación Digital a la Asociación Valenciana de Informática Sanitaria [AVISA], al proyecto para MOVSS de la Comunidad de Madrid, a la aportación para una comunicación del H. Gregorio Marañón ... Acto de entrega el jueves 23 de Enero

Ya se conocen los  ganadores de los Premios Nacionales de Informática y Salud que organiza la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS) y que en su edición 2019 van a ir a parar a

  • Premio a la Entidad Pública o Privada que ha destacado en la proyectos de transformación digital en el ámbito sanitario: la Asociación Valenciana de Informática Sanitaria [AVISA]

  • Premio a la organización que ha realizado un mayor esfuerzo tecnológico para desarrollar soluciones en el ámbito sanitario: Laboratorios ABBOT

  • Premio al Profesional que por su trayectoria y dedicación, ha colaborado especialmente en promover la transformación digital en el entorno sanitario: Jose María de la Higuera González
  • Premio al CIO del sector Salud por sus logros en la implantación de proyectos de transformación digital en el entorno sanitario: Benigno Rosón Calvo, Subdirector General de Sistemas y Tecnologías de la Información del Servicio Gallego de Salud
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lunes, 13 de enero de 2020

El BOE publica el convenio entre el Ministerio de Sanidad, el ISCIII y la Sociedad Española de Informática de la Salud para la formación en salud digital de profesionales sanitarios y el Máster en Dirección de Sistemteas y TI de la Salud para profesionales de TI

En el BOE del pasado 10 de Enero se publicaba el Convenio firmado entre el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, el Instituto de Salud Carlos III, y la Sociedad Española de Informática para la Salud [SEIS] "para la promoción y ejecución de acciones formativas ante la trasformación digital del Sistema Nacional de Salud".

En dicho convenio el Ministerio de Sanidad "considera que para impulsar la transformación digital del SNS se debe, entre otras medidas, potenciar la capacitación de sus recursos humanos, reforzando la profesionalización de quienes trabajan en las TIC para la salud y formando en digitalización para la salud a todos los profesionales del sistema".

Por otro lado, la SEIS "considera las TIC imprescindibles para afrontar los retos actuales de los sistemas de salud en sus procesos de modernización y racionalización por su capacidad para facilitar la mejora del acceso, la equidad, la seguridad, la integración, la continuidad y la calidad de los servicios sanitarios así como su convergencia con los servicios sociales, a la vez que se favorece el tejido industrial, la innovación y la economía del país".

Salvador Illa, nuevo ministro de Sanidad. Carolina Darias, la nueva ministra responsable de Función Pública

Tal y como adelantaban numerosos medios (ver por ejemplo, la noticia de Diario Médico) Salvado Illa es el nuevo Ministro de Sanidad, tras la publicación de su nombramiento hoy en el BOE. Sustituye a Maria Luisa Carcedo, que era además ministra de consumo.

También hay que destacar entre los nombramientos que  la nueva Ministra de Política Territorial y Función Pública es Carolina Darias San Sebastián [ y por tanto de la pendinete  aplicación vía normativa nacional de la Directiva Europea sobre abuso de temporalidad en el empleo público, si es que el Tribunal Europeo confirma las   conclusiones de la Abogada Gral UE
 en el Tribunal europeo sobre abuso de duración de temporalidad en empleo público: la interinidad de vacante prolongada en personal estatutario así como la concatenación de diversos tipos en personal público general es abuso que requiere sanción y no vale como sanción ni las oposiciones ni la jurisprudencia actual del Supremo y recomienda la fijeza sólo por procesos  de concursos "restringidos"

[CCOO Sanidad Madrid] Aprobado el abono a la plantilla del SERMAS de otro porcentaje de la Carrera Profesional. A partir de la nómina de enero de 2020

'La Consejería de Sanidad ha dictado una instrucción para el abono progresivo del 31,59% acordado a cobrar del nivel de carrera profesional reconocido para el personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud (Sermas), en virtud del acuerdo firmado con CCOO Sanidad Madrid.
Desde enero de 2020 se abonará en nómina la subida de otro 31,59 por ciento en las cantidades que se adeudan por el concepto de Carrera Profesional. El abono de estas cantidades es fruto del acuerdo firmado por CCOO Sanidad Madrid para la recuperación del 100% del pago por este concepto.

El total del porcentaje recuperado para este año consolidará el 68,41 por ciento para todos los profesionales fijos, incluidos en los modelos de Carrera Profesional, Anexos I,II,III, y con niveles de carrera reconocidos.


domingo, 12 de enero de 2020

Entradas más vistas de la semana 06/01/2020-12/01/2020 en este blog: nota de USCAL sobre la irregularidad en la contratación de personal laboral temporal en las AAPP, se retoma la negociación de los procesos de estabilización de la Administración de la Comunidad de Madrid, juzgado de Palma declara fijos a laborales temporales como sanción al abuso de temporalidad que reconoce,...

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viernes, 10 de enero de 2020

Recordatorio. Adjudicado a su fabricante, DXC, con incremento millonario, el nuevo concurso de soporte hasta el segundo nivel in-situ de la Historia Clínica Electrónica regional HCIS del Servicio Madrileño de Salud

[Recordatorio de entrada publicada el 07/01/2020]


El pasado 30/12/2019 se publicaba la adjudicación del nuevo concurso de soporte de la Historia Clínica Electrónica regional HCIS del Servicio Madrileño de Salud, con un incremento a más de 6 millones/año con respecto al anterior, a la empresa fabricante de HCIS y único candidado presentado al concurso, DXC, por   un   importe   total   de   12.969.588,28   euros  para el  plazo de ejecución inicial de 2 años con inicio previsto el próximo 1 de Febrero de 2020 , fnalizaicón el 01/02/2022 y posibilidad de prórrogas por otros dos



Previamente en el pasado Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid del 27/12/2019 se había dado aprobación al preceptivo informe así como al   gasto   de   los   servicios   extraordinarios de soporte con oa misma empresa por los meses  de octubre  y  noviembre  de  2019,  por  un  importe  de  1.097.444,67  euros  (IVA incluido) . a la espera precisamente de la resolución de ese concurso nuevo, y ante la finalización del anterior,  tal y como ya se había  procedido en meses anteriores (y se tendrá que hace con los meses de diciembre y enero)







Nótese que , tal y como ya comentábamos en entradas anteriores. el gasto mensual ha tenido un incremento notable con respecto al concurso anterior adjudicado de 431 mil euros a 549 mil euros seguramente por el mayor número de hospitales que han pasado a tener HCIS como sistema de HCE ya implantado.





[CSIF Madrid] 'CSIF Madrid aplaude el pago de la carrera profesional a trabajadores de Sanidad pese a la prórroga presupuestaria pero pide que no se olviden de los temporales'

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, ha aplaudido que la Consejería de Sanidad haya dictado una instrucción para el abono progresivo del 31,59% acordado a cobrar del nivel de carrera profesional reconocido para el personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), pese a la prórroga de los Presupuestos de la Comunidad de Madrid, que en principio dejaba sin efecto cualquier subida salarial para empleados públicos de la región.

CSIF Sanidad Madrid se congratula de que, a pesar de esta prórroga presupuestaria, no se haya dejado sin efecto el abono progresivo de la carrera profesional en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno suscrito el 31 de julio de 2018.

Sin embargo, CSIF recuerda que tanto la Consejería de Sanidad como los sindicatos firmantes del Acuerdo se vuelven a olvidar de los trabajadores temporales, a los que excluyen injustamente de este reconocimiento exclusivo para el personal estatutario fijo del SERMAS. CSIF está consiguiendo que los tribunales le den la razón y está ganando sentencias que determinan que los temporales tienen el mismo derecho a la carrera profesional, por lo que insta a la Administración a tener en cuenta a estos trabajadores para el pago de la carrera profesional de cara a los Presupuestos para 2020.

jueves, 9 de enero de 2020

[Recursos Humanos del SERMAS] Resolución sobre el abono en Enero del segundo tercio de recuperación de la carrera profesional al personal estatutario fijo

'El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid en su reunión celebrada el día 31 de julio de 2018 aprobó el acuerdo adoptado en la Mesa Sectorial de Sanidad el día 29 de noviembre de 2017 que incluía, el Anexo III de carrera profesional para los profesionales estatutarios del área sanitaria de formación profesional y de gestión y servicios del personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud y, además, contemplaba la regulación de la recuperación progresiva de la carrera profesional del personal estatutario fijo del Servicio Madrileño de Salud, modificando el apartado 2 del acuerdo de Mesa Sectorial de 4 de julio de 2018, respetando el resto de lo acordado.

Recordatorio: Concedida la última prórroga del contrato de 1,4 millones/año con Accenture de la Oficina general de proyectos de sistemas de información sanitaria de los servicios centrales del Servicio Madrileño de Salud, que siguen casi totalmente externalizados

[Recordatorio de entrada publicada el 17/12/2019

Este 13/12/2019 se publicaba la aprobación el pasado 24/10/2019 la 2ª y última prórroga por 12 meses (del 01/01/2020 hasta el 31/12/2020) del contrato que volvió a ganar Accenture de  la "Oficina de Proyectos de Sistemas de Información sanitaria", el servicio externalizado de la gestión de proyectos de la informática central del Servicio Madrileño de Salud.

Recordemos que este contrato del SERMAS con Accenture era 2,85 millones de euros en 2 años con fecha de comienzo el 30/12/2016, y prorrogable a otros dos años más, tras ganar  dicha empresa el concurso del SERMAS que, según comentamos aquí,  suponía continuar varios años más con la externalización integral de esta unidad de los Servicios Centrales de informática [SSCC] del SERMAS bajo la Dirección Gral de SSII Sanitaria   [DGSIS, ahora "y de equipamientos sanitarios" o DGSIES].
Esta oficina está encargada de la gestión y control de los proyectos informáticos   que decida abordar la Consejería de Sanidad  desde dichos SSCC, para la implantación , mejora etc de algún producto o servicio informático de uso para  esos SSCC o para los centros sanitarios del SERMAS, si bien  ésta es la Oficina general de proyectos, existiendo además en los mismos SSCC de informática del SERMAS  estas otras Oficinas de proyectos específicas  -y por supuesto totalmente externalizadas- también con funciones de gestión y control de proyectos:

martes, 7 de enero de 2020

Adjudicado a su fabricante, DXC, con incremento millonario, el nuevo concurso de soporte hasta el segundo nivel in-situ de la Historia Clínica Electrónica regional HCIS del Servicio Madrileño de Salud

El pasado 30/12/2019 se publicaba la adjudicación del nuevo concurso de soporte de la Historia Clínica Electrónica regional HCIS del Servicio Madrileño de Salud, con un incremento a más de 6 millones/año con respecto al anterior, a la empresa fabricante de HCIS y único candidado presentado al concurso, DXC, por   un   importe   total   de   12.969.588,28   euros  para el  plazo de ejecución inicial de 2 años con inicio previsto el próximo 1 de Febrero de 2020 , fnalizaicón el 01/02/2022 y posibilidad de prórrogas por otros dos

Previamente en el pasado Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid del 27/12/2019 se había dado aprobación al preceptivo informe así como al   gasto   de   los   servicios   extraordinarios de soporte con oa misma empresa por los meses  de octubre  y  noviembre  de  2019,  por  un  importe  de  1.097.444,67  euros  (IVA incluido) . a la espera precisamente de la resolución de ese concurso nuevo, y ante la finalización del anterior,  tal y como ya se había  procedido en meses anteriores (y se tendrá que hace con los meses de diciembre y enero)

Nótese que , tal y como ya comentábamos en entradas anteriores. el gasto mensual ha tenido un incremento notable con respecto al concurso anterior adjudicado de 431 mil euros a 549 mil euros seguramente por el mayor número de hospitales que han pasado a tener HCIS como sistema de HCE ya implantado.


Recordemos que estos servicios se tratan del típico "soporte de fabricante" de un producto software, que incluye el desarrollo de los parches ante fallos, las licencias de uso, los desarrollos necesarios para su evolución, nuevas versiones, etc (o niveles 3 y 2 avanzado) así como del soporte de nivel 2  de incidencias relacionadas con la implantación específica en cada hospital del producto de  historia clínica electrónica, HCIS implantado en 10 de los hospitales tradicionales, entre ellos ya 4 de los 5 grandes, y también del antiguo sistema de gestión de pacientes y citas  HP-HIS1  que todavía persiste en el Hospital Clínico y el  del sistema informático de suministros que sigue utilizándose en casi todos estos mismos hospitales tradicionales de Madrid, también módulo de HP-HIS1. pese a que hace mucho tiempo que expiró el primer  plazo inicial previsto para que fuera sustituido por el nuevo sistema  NEXUS, el producto SAP futuro único aplicativo de Gestión Económica y Suministros corporativo en toda la Comunidad de Madrid (de gestión informática totalmente externalizada por la Agencia de informática de la CM) y tras una fuerte inversión inicial.


[FeSP UGT Madrid Sector Autonómico] 'Logramos desbloquear la negociación' [ Próxima reunión de la mesa de negociación de las bases generales de los procesos de estabilización de la Administración de la Comunidad de Madrid, que estaban estancadas y siguen sin convocatorias publicadas; UGT propone que se valore más la antigüedad en la administración convocante como en las bases de los procesos de la Administración General del Estado]

'Desde el pasado mes de junio no se ha producido avance alguno en la negociación de los procesos de Funcionarización, Estabilización, Promoción Interna y  Convocatorias Específicas de Promoción Interna de la Disposición Adicional 10 del Convenio Colectivo. 

Este prolongado bloqueo supone que un gran número de trabajadoras y trabajadores, tanto fijas como temporales, siguen sin poder disfrutar de algunas de las más importantes mejoras acordadas en los últimos Convenio Colectivo de Personal Laboral y Acuerdo de Personal Funcionario.
Pues bien, en la reunión de la Mesa General del pasado viernes 20 de diciembre, UGT exigió el desbloqueo de estas negociaciones.
UGT logró arrancar de la Dirección General de Función Pública el Compromiso de:
  1. Convocar, en los primeros días de Enero, la Comisión General de Funcionarización. ¡¡Ya es hora!! Lo exigimos por carta el pasado día 5 de diciembre (ver aquí), Lo volvimos a exigir en Mesa General (y fuimos, por cierto, la única Organización Sindical que lo hizo). De nuevo, en UGT, ¡Cumplimos!.
  2. Convocar, también en los primeros días de Enero, la Mesa Técnica de Selección de Personal, reactivándose las negociaciones para cerrar de una vez por todas las bases de los Procesos en curso:
    • Estabilización. Los acuerdos alcanzados recientemente en A.G.E., refuerzan nuestras pretensiones de mejorar unas bases que deben servir para que el grueso del colectivo de interinas e interinos de larga duración accedan, por fin, a una plaza fija. Y tiene que ser ya.

[USCAL] 'La irregularidad en la contratación de personal laboral temporal en las Administraciones Públicas de Castilla y León: situación y perspectivas.'

'De acuerdo con los últimos datos del Consejo Económico y Social de Castilla y León ( 1 ), a enero de 2019, el personal laboral con contrato temporal al servicio de la Administración Autonómica de CyL era, al menos, de 2994 personas, lo que suponía un 24,6% de todos los contratados con vínculo laboral ( 2 ). Esta situación es común en todas las Administraciones Públicas (AAPP) de toda España y desde siempre ( 3 ).

Las AAPP han ocultado (a propios y a la UE) que gran parte de esta temporalidad es irregular, ilícita (de acuerdo con nuestra información, la mitad de estos empleados públicos pueden estar en estas circunstancias), bien porque estén cubriendo necesidades permanentes bajo la apariencia de
contratos temporales, bien porque se haya sobrepasado la duración máxima que marca la ley para este tipo de contratos ( 4 ). Y ello, a pesar de una norma europea (la Directiva 1999/70/CE 5 ) que tasa los supuestos y condiciones en los que puede recurrirse a la contratación temporal en lugar de a la
contratación indefinida y que obliga a prevenir y sancionar los posibles fraudes y abusos. Esta Directiva, traspuesta al Estatuto de los Trabajadores, no se ha respetado nunca en el sector público, siendo las propias AAPP, que deberían ser garantes de la legalidad y los derechos de los trabajadores, las principales incumplidoras.

Los empleados públicos víctimas de esta situación de abuso y que reclamaron judicialmente el amparo de la Ley se han encontrado en un primer momento con la indiferencia de los tribunales, reacios a sancionar al empleador que incumple (las propias AAPP) e, incluso, con un Tribunal

Supremo, irresolutivo, que ha venido echando mano de la figura del “indefinido no fijo”, cambiando temporalidad por más temporalidad. Sin embargo, en este último año, hemos conocido diversos pronunciamientos de Tribunales Superiores de Justicia que, por una parte, aplican completamente y con toda la contundencia las previsiones de la Directiva y el Estatuto de los Trabajadores a estos empleados públicos contratados con vínculo laboral y, por otra, manifiestan las carencias normativas y jurisprudenciales españolas.

lunes, 6 de enero de 2020

Entradas más vistas de la semana 30/12/2019-05/01/2020 en este blog: juzgado de Palma declara fijos a laborales temporales como sanción al abuso de temporalidad que reconoce, Tribunal Supremo reitera su doctrina a la baja de no conceder ni indefinido no fijo sólo por superar los 3 años, publicada 3ª y última de OPE de "estabilización" de puestos temporales del SERMAS ...

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viernes, 3 de enero de 2020

El Tribunal Supremo reitera su reciente doctrina "a la baja" de no conceder simplemente por haber superado el plazo de 3 años del Estatuto Básico del Empleado Publico ni el indefinido no fijo a empleados públicos laborales interinos de vacante de muchos años

Tal y como reflejamos recientemente con otra sentencia, en esa entrada por una demanda de indemnización al cese de un laboral interino de vacantes muchos años- la Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral) del Tribunal Supremo -la máxima instancia judicial española- continua su serie de sentencias que siguen de forma ya rutinaria su decepcionante y "a la baja" nueva doctrina para el personal empleado público laboral interino de larga duración que ha derivado de sus dos sentencias:
  1. su sentencia de  24/04/2019 (nº recurso 1001/2017) en la que sorprendía afirmando que "el plazo de tres años del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] no puede operar de modo automático", tal y como había venido utilizando hasta entonces para reconocer el fraude de ley por larga temporalidad y de ahí la -para muchos de todas formas insuficiente- figura del indefinido no fijo como sanción ante este fraude siempre sólo para personal laboral
  2. su sentencia de 13/03/2019 (nº recurso 3970/2016) o la resolución final  del famoso caso de Ana De Diego Porras, que tras una segunda consulta al Tribunal de justicia Europeo del propio Supremo, vio como  el Tribunal Supremo revocaba la sentencia favorable del tribunal regional que había seguido la sentencia de la primera consulta al mismo Tribunal europeo, para dictaminar finalmente el alto tribunal español que no le corresponde indemnización alguna al personal laboral interino cesado por cobertura reglamentaria de su puesto aunque lleve muchos años, mientras sea una interinidad "legal" es decir no se  haya cuestionada judicialmente esa situación por fraude de ley por irregularidad del tal forma que la situación legal cuando se da el cese no sea ya bajo la figura del interino sino la del indefinido no fijo por ejemplo El caso Diego de Porras se trataba de un contrato laboral de interinidad de sustitución prolongada y no de interinidad de vacante, pero como ya avanzábamos la exposición del Supremo parecía del todo aplicable a todo laboral interino, incluido los de vacante ante cobertura reglamentaria de supuesto, como acabaría sucedio en la sentencia del pasado 10/05/2019 y en la que se abordaba el cese de laboral interino de vacante por la cobertura fija de su puesto tras una Oferta  Pública de Empleo

Ahora nos centramos en una nueva sentencia ante el caso de laboral interino de vacante  que demanda la declaración de indefinido no fijo por haber superado el plazo "improrrogable" de 3 años que el EBEP establece literalmente en su artículo 70 para la cobertura fija de una necesidad permanente mediante la vía de una oferta pública de empleo o "instrumento similar", y para lo que el propio EBEP prevé en otro artículo que la plaza debe incluirse en OPE en el año en el curso o como mucho al siguiente (para que así de tiempo a que esté cubierta de forma fija en esos 3 años)

Y al igual que en otra sentencia del Supremo de una situación similar comentada aquí, el Tribunal Supremo aplica nuevamente su afirmación intrigante -calificada ya de "su doctrina" de esa sentencia de 24/04/2019 - "el plazo de 3 años del artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público no opera de forma automática" - para revocar y denegar la concesión de indefinido no fijo del laboral que había conseguido en el tribunal superior de justicia respectivo.

En concreto, se trata de la sentencia de 20/11/2019 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al recurso (nº 2732/2018) de la Junta de Andalucía contra la sentencia del la Sala de lo Social del Tribunal Superior andaluz que estimó la declaración de indefinida no fija que demandaba una laboral interina de vacante por llevar más de 5 años y medio en dicha vacante sin ni haber sido convocada en proceso selectivo para fijo alguno , utilizando como único argumento el fraude de ley de violación de dicho artículo 70.