lunes, 5 de julio de 2021

Recordatorio:[ 02/03/2021 La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo admite tramitar en recursos de casación de estatutarios temporales del SERMAS ya interinos de vacante durante 8 a 20 años y que demandaban la fijeza o equiparación como sanción al abuso y los derechos del fijo en condiciones de trabajo, si teniendo en cuenta ya la sentencia europea de 19/03/2020 puede considerarse que hay abuso de temporalidad según la Directiva europea 1999/70/CE y cuáles deberían ser las consecuencias laborales y/o económicas para los demandantes. También admite la cuestiones de si el estatutario temporal tiene derecho a la movilidad vertical y a la horizontal por discriminación con el fijo según la misma Directiva Europea. El Tribunal Supremo admite los recursos por afectar a un gran número de situaciones que trascienden los casos de los procesos

[Recordatorio de entrada publicada el 02/03/2021] La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo admitió a trámite entre el  pasado 27/01/2021 y el 5 de Febrero de forma seguida un buen número  recursos de casación  de personal estatutario temporal del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] (y de algún otro servicio de Salud, en concreto, del de Canarias)   interinos de vacante durante entre 8 y 20 años, que demandaban lo mismo que los estatutarios interinos del SERMAS,  con la asistencia jurídica del abogado Javier Araúz,  de los asuntos acumulados del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "Sanchez Ruiz /Fernández Álvarez y otros" (el asunto principal el de un informático nuestro) que dieron lugar a  la famosa y esperanzadora sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020:

  1. el reconocimiento de situación de abuso de temporalidad y del carácter fijo o equiparado de su relación de servicio como sanción a dicho abuso  en base a la cláusula 5ª de la Directiva Europea sobre empleo temporal 1999/70/CE
  2. el derecho a la carrera profesional y  a la movilidad horizontal (participar en concursos de traslado, provisiones de vacantes) y a la movilidad vertical (promoción interna, ascensos y carrera administrativa) en base a la cláusula 4ª de no discriminación con el fijo de la citada Directiva

[AMYTS] Informe de la Mesa sectorial de Sanidad de la C. de Madrid de 30/06/2021 [ estatutarización forzosa de los laborales interinos, contratos de verano, ...]

 Informaba AMYTS este 30/05/2021 de la reunión ordinaria de Junio de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que tuvo lugar el mismo día, aportando el sindicato médico madrileño su habitual resumen nuevamente de forma abierta, del que destacamos:

  • Ruegos y preguntas: 
    • RRHH del SERMAS informa que en el proceso voluntario de
      estatutarización de personal laboral solo lo han pedido 34 fijos mientras que  pasan a todo el personal interino laboral estatutario interino de forma forzosa
    • procesos selectivos del SERMAS: RRHH informa que se ha avanzado para poder publicar los procesos selectivos pendientes [en referencia entre otros, a los de la OPE de estabilización de 2018 del SERMAS que estaban pendientes -salvo de facultativos especialista- y que finalmente se han ido publicado la semana anterior de Junio, cumpliendo con lo anunciado en la anterior mesa sectorial]
  • contratos de verano 2021: la Dir. Gral de RRHH informa que ha autorizado  un total de 6724

NOTA DEL EDITOR: recordemos que casi todos los puestos ofrecidos en las OPEs del SERMAS con parte de plazas computadas por los "procesos de estabilización", como esas convocatorias publicadas ahora en Junio de categorías de la OPE 2018 de estabilización del SERMAS, corresponden a puestos temporales  más de 3 años  a 31/12/2016, es decir, más de 6 años en la actualidad y en muchos casos más de 10, 15 y 20 años, situación que el Tribunal Europeo en su  sentencia del 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" (justo el asunto principal un informático del SERMAS, interino de vacante en una de estas plazas) ha establecido que hay abuso de temporalidad también en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre como son estos procesos de estabilización ni la figura del indefinido no fijo.  Además APISCAM ha coordinado l a presentación de un recurso múltiple contra la OPE 2019 "de estabilización" del SERMAS en cuanto a la inclusión de las plazas de más de 3 años de temporalidad de los informáticos y la mayor parte de los informáticos que tienen las demandas de abuso de temporalidad han presentado demandas de exclusión de su plaza de esta OPE.

[La Información] El Ministro retoca su propuesta de reducción de la temporalidad introduciendo una compensación económica al cese de los interinos "en fraude de ley" en el sector público mientras participen en las ofertas públicas de empleo que sigue manteniendo realizar con sus puestos pese a la oposición de plataformas y abogados que los defienden

 Informa La  informacion este 05/06/2021 del borrador de Decreto-Ley presentado por el Ministro de Función Pública antes de reunión con los sindicatos el viernes [ que ,por tanto, podría tener diferencias con respecto al texto final que el Gobierno, en su caso, apruebe], resaltando el medio que el Ministro introducía por primera vez la posibilidad de indemnizar al personal temporal [de más de 3 años de antigüedad en un puesto estructural] que pierda su trabajo en los "procesos de estabilización"  u ofertas públicas de empleo libre que oferte su puesto, siempre y cuando se presenten a la convocatoria, sobre la que el medio avanza que será de concurso-oposición con la fase de oposición eliminatoria , tras "descartarse para preservar el principio de mérito" la posibilidad de que no lo fuera. 


El medio recoge las reacciones de oposición a este Decreto-Ley de despacho de abogados Araúz & Belda ante las sentencias europeas que establecen que se trata de situaciones  de abuso de temporalidad que requiere una sanción para la que no valen ni procesos selectivos ni indemnizaciones al cese como las del "indefinido no fijo", justo como la ahora propuesta  así como la de empleados en plataformas que exigen "la fijeza" como la solución adecuada a la normativa y jurisprudencia europea, solución que el Gobierno descarta de "manera taxativa".

 

[CCOO Sanidad Madrid] 'Un juzgado de Madrid reconoce a una profesional no sanitaria del SERMAS, contagiada por coronavirus, la baja por enfermedad profesional Es la primera sentencia en la Comunidad de Madrid y la segunda en España que reconoce esta contingencia a una trabajadora no asistencial'

 'El juzgado de lo social número 5 de Madrid ha declarado la baja de una auxiliar de hostelería del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) que se contagió por coronavirus el 30 de marzo de 2020, como enfermedad profesional, condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a que reconozca esta contigencia y absolviendo al SERMAS por considerar que no tiene responsabilidad en este caso. Se trata de la segunda sentencia en España y la primera en Madrid de estas características.

CCOO Sanidad Madrid presentó la demanda en nombre de una auxiliar de hostelería (personal de lavandería) del Hospital Virgen de la Poveda, centro dependiente del SERMAS. La trabajadora causó baja por incapacidad temporal (IT) el 30 de marzo de 2020 permaneciendo en dicha situación hasta el 16 de abril de 2020. El diagnóstico fue contacto y sospecha de exposición a COVID-19 y fue dada de baja por presentar fiebre y malestar general que le incapacitaban para su trabajo habitual.

domingo, 4 de julio de 2021

Entradas más vistas de la semana 28/06/2021-04/07/2021 en este blog: el Juzgado Central de lo Contencioso nº 2 de Madrid reconoce la fijeza a cuatro funcionarios interinos, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo fija que una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga y el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo, acción colectiva en Europa con el gabinete Navas Cusí, ...

 Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

viernes, 2 de julio de 2021

[Arauz] 'Nota sobre el borrador de Real Decreto Ley para la reduccion de la temporalidad' ["infringe la Directiva 1999/70/CE que dice estar aplicando": "los procesos de estabilización a los que se refiere el borrador, en ningún caso pueden constituir una medida sancionadora efectiva para garantizar el cumplimiento de los objetivos de la Directiva" y "la indemnización de 20 días de las retribuciones fijas por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades,y tampoco cumple con los requisitos de la Directiva !

'El borrador citado en el título de esta nota, rehabilita los procesos selectivos de estabilización, como mecanismo para sancionar los abusos en la contratación temporal sucesiva del personal público temporal en situación incompatible con la Directiva 1999/70/CE, añadiendo que la no superación de estos procesos selectivos, dará lugar a una indemnización para el personal público afectado de 20 días de sus retribuciones fijas por año de servicio, hasta un máximo de 12 mensualidades, que se devengará a partir de la fecha de cese efectivo.


A nuestro criterio, dicho sea con el máximo respeto, este borrador infringe la Directiva 1999/70/CE que dice estar aplicando.'

PRIMERO.- Como primera providencia, volvemos a insistir en que la articulación de procesos selectivos de acceso libre, como son los procesos de estabilización a los que se refiere el borrador, en ningún caso pueden constituir una medida sancionadora efectiva para garantizar el cumplimiento de los objetivos de la Directiva 1999/70/CE.

[...] 

SEGUNDO.- Frente a ello, no cabe oponer que es la indemnización de 20 días de las retribuciones fijas por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades, que se devenga en la fecha de cese efectivo, la que constituye la verdadera medida sancionadora, ya que es lo cierto que esta indemnización tampoco cumple con los requisitos de la Directiva 1999/70/CE.


[...]

Fuente y  texto completo: Nota del abogado Javier de Araúz de 02/07/2021 recibida en APISCAM

[El Periódico] Avance de las negociaciones del Ministro Miqueta Iceta con los sindicatos : pactan indemnizar con 20 días por año a los interinos que pierdan la plaza por los procesos de estabilización con sus puestos. El lunes podría cerrarse un acuerdo

 Informa El Periódico este 02/07/2021 de la reunión mantenida hoy entre el Ministro de Función Pública, Miquel Iceta, y los sindicatos de función pública, de negociación previa a la  publicación de un Decreto-Ley, previsiblemente este martes 6 de reforma de la regulación de interinidad y de reducción de la elevada temporalidad el empleo público, como exige la Unión Europea para los fondos de recuperación.

Los sindicatos habrían pactado ya la propuesta del Ministro de  indemnizar con 20 días por año a los interinos actuales de más de 3 años que pierdan su plaza en los procesos de estabilización y no sólo al futuro interino en abuso por superar los 3 años y exigirían responsabilidades a las AAPP que no convoquen a tiempo las oposiciones estando en desacuerdo que se pierda la plaza ante el  futuro abuso,demandando penalizaciones concretas a las AAPP.

En cuanto a los procesos de estabilización habría habido avances  en las negociaciones "para premiar más el peso de la experiencia" estando pendiente de " definirse si las pruebas de la parte teórica serán eliminatorias entre sí" y aspectos como la compatibilidad de estos procesos con los concursos de traslados y promoción interna del personal fijo

El medio informa que el lunes podría cerrarse un Acuerdo y el martes se aprobaría el Real Decreto

 

[Gob. del Estado] 'El Consejo Interterritorial acuerda la creación de la Comisión de Salud Digital, que contribuirá a la cogobernanza con las CCAA e interoperabilidad de todos los proyectos en esta área'

 'La comisión estará compuesta por el secretario general de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud (SNS) y un representante de cada Consejería de las comunidades y ciudades autónomas. Esta contará con la Subcomisión de Servicios y Tecnologías para la Salud Digital, de nueva creación, y la Subcomisión de Sistemas de Información que pasa a denominarse Subcomisión del Sistema de Información del SNS.

En esta misma línea, se ha presentado el borrador de "Estrategia de Salud Digital", elaborado por la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación, para abrir un proceso de consulta y observaciones. La Estrategia se enfoca, fundamentalmente, a cuatro objetivos estratégicos. Por un lado, se persigue capacitar e implicar a las personas en el cuidado de su salud y facilitar su relación con los servicios sanitarios así como maximizar el valor de los procesos para un mejor desempeño y rendimiento del sistema sanitario público, apoyando el trabajo de los profesionales y la gobernanza de las organizaciones.

[Confilegal] Las CCAA en la reunión con el Ministro Iceta, critican el plan de reducción de temporalidad [ no hay plan económico para pagar las indemnizaciones , no permite sacar a OPE sin límites de tasas todas las vacantes ocupadas por interinos, ...]. [El Ministro presenta hoy un borrador de Decreto-Ley a los sindicatos con la intención de aprobarlo el martes 6 de Julio]

 Informa Confilegal este 02/07/2021 que en la reunión de la Conferencia Sectorial de las AAPP  que ha tenido lugar este jueves 01/07/2021 para abordar el  borrador de propuesta por el Gobierno del "plan de choque" para reducir la temporalidad en las AAPP como se ha comprometido ante la UE, las CCAA  han sido críticas reprochando que dicha propuesta no venga acompañada de una memoria económica para saber qué gasto en indemnizaciones tendrían que asumir y que los procesos  de estabilización planteados  no abarcan a todos los puestos ocupados por interinos , sino sólo cerca del 70%, solicitándose que se permita sacar en OPE todas las vacantes estructurales sin límites de tasa de reposición.

[Poder Judicial] 'El Tribunal Superior de Justicia de Galicia [TSXG] aplica la doctrina europea y declara a dos interinos indefinidos no fijos Una de las personas demandantes prestaba servicios en el Centro de Atención a Personas Mayores de Cerdedo (Pontevedra) desde enero de 2009; y, la otra, ejercía de bombero forestal desde julio de 2012'

 'La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado dos sentencias sobre interinos en las que aplica la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al reconocer a dos empleados públicos su condición de personal laboral indefinido no fijo al haberse superado el plazo legal de tres años sin cobertura de las plazas que ocupaban. En concreto, una de las personas demandantes prestaba servicios en el Centro de Atención a Personas Mayores de Cerdedo (Pontevedra) desde enero de 2009; y, la otra, ejercía de bombero forestal desde julio de 2012. 

[CSIT-UP] Concentración convocada por CSIT del 29/06/2021: 'Pedimos a la D. G. de Función Pública de la Comunidad de Madrid que se valore la experiencia de los empleados públicos en esta Administración. La Administración madrileña es la única que no otorga más valor a la experiencia adquirida por los empleados públicos, en su propio ámbito. '

 'Hoy en la Plaza de Chamberí, empleados públicos de la Administración de la CM acudían a la concentración convocada por CSIT UNIÓN PROFESIONAL para pedir que se valore la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo en esta Administración. Exigimos unos criterios justos aplicables en los procesos selectivos de Estabilización, Promoción y Funcionarización, tal y como los tienen el resto de Administraciones Públicas que valoran la experiencia de los aspirantes que prestan sus servicios en los puestos de cada administración.  

¡Rechazamos cualquier tipo de acuerdo que frene o imposibilite alcanzar las expectativas profesionales del personal funcionario de carrera, personal fijo e interino!


jueves, 1 de julio de 2021

Sentencia del juzgado Central nº2 de lo Contencioso de fijeza a 4 funcionarios interinos más de 10 años de la Administración del Estado , uno de ellos de único nombramiento, como sanción al abuso de temporalidad en el empleo público por la Directiva Europea 1999/70/CE y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en especial la sentencia de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" reafirmada en la consecuencia de fijeza yen la posiblidad de abuso ante únioc nombramiento por el Auto de 30/09/2020 en el asunto portugués "Gondomar", la sentencia de 11/02/2021 en el asunto griego "Agios Nikolaos" y la reciente sentencia de 03/06/2021 en el asunto "IMIDRA"

En el día de ayer 30/06/2021 conocíamos que el Juzgado Central nº 2 de Madrid de lo Contencioso-Administrativo dictaba en una amplia sentencia la fijeza a funcionarios interinos como sanción al abuso de su  temporalidad en el empleo público de  la cláusula 5ª del Acuerdo Marco recogido en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE aplicando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y  muy especialmente, la esperanzadora sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros"  (recordemos que por casos del Servicio Madrileño de Salud siendo el asunto principal el de un informático nuestro), así como posterior jurisprudencia europea.

La sentencia traslada amplias partes del razonamiento de la sentencia pionera de Junio de 2020, del Juzgado de lo Contencioso nº 4 de Alicante y ante una demanda con el conocdio abogados Javier Araúz  de 4 funcionarios interinos durante 10 a  16 años ,de la Administración General del Esatdo,  en concreto del cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias declara el  "derecho a permanecer en su puesto de trabajo y  con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que tiene los  funcionarios de carrera", aunque sin adquirir la condición de funcionarios de carrera, , es decir, sentencia la fijeza.
 
3 de los funcionarios han tenido varios nombramientos, incluso en diferentes centros ysólo uno de ellos tiene un único nombramiento, tras aprobar el proceso selectivo de concurso-oposición para fijo sin obtener plaza., estando presumiblemente todos sus puestos incluidos en los procesos de estabilización, habiendo ingresado como funcionarios interinos mediante bolsa

La demanda solicitaba que se reconociera que:
  1. la relación funcionarial que mantienen con Instituciones Penitenciarias, vulnera las previsiones contenidas en el Acuerdo Marco anexo a la Directiva Comunitaria 1999/70/CEE delConsejo de 28 de junio de 1999, en la medida en que comporta un fraude de ley por abuso de la temporalidad – dada la prestación de servicios en virtud de nombramientos temporales durante más de 10 años para realizar tareas realmente permanentes, sin que se hayan ofrecido -como evidencian los niveles de temporalidad en sus funciones- el suficiente número de puestos en las oposiciones para alcanzar la condición de personal fijo
  2. la solución jurídica aplicable a su situación, de acuerdo con la citada Directiva Comunitaria y con la Jurisprudencia delTribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE], siendo evidente en los casos abuso utilizando los parámetros fijados por la sentencia europea de 19/03/2020 y ante el hecho de que en la legislación española no hay medida de sanción contra el abuso en este personal público, debe comportar"  la fijeza, o exactamente:
    • o bien su nombramiento como funcionarios de carrera o subsidiariamente  el reconocimiento del derecho a permanecer en el puesto de trabajo que vienen desempeñando, como titulares y propietarios del mismo, con las mismas causas, requisitos y procedimientos para el cese en dicho puesto que los legalmente establecidos para los funcionarios de carrera comparables, con idénticos derechos y condiciones de trabajo que estos últimos
  3. adicionalmente, en concepto de daños y perjuicios por el abuso sufrido, que estimaban de forma general en 18.000 euros para cada uno de los recurrentes, más aquellas adicionales que en su caso procediesen.

Ampliado el plazo para participar en la acción colectiva con el gabinete de Navas y Cusí de denuncia masiva ante la Comisión Europea por incumplimiento de España de la normativa y jurisprudencia de la UE sobre abuso de temporalidad pública y, en caso de que no actúe con el procedimiento ya abierto, recurso ante el Tribunal Europeo por inacción de la Comisión

 Se ha ampliado el plazo -en principio a "este mes de julio"- para participar en la acción colectiva europea coordinadas por un  grupo de Empleados Públicos en Abuso de temporalidad ["EPA"] con el gabinete de Navas y Cusí , con despacho en Bruselas, con la intención de conseguir que se sancione en España el abuso temporalidad en el empleo público.

Recordemos que la acción colectiva, pero de suscripción personalizada a la lisa de participantes, consiste en:

Publicada la modificación de estructura orgánica de las Consejerías del nuevo Gobierno de la C. de Madrid: Sanidad se queda como está, nueva Dirección General de Política Digital bajo las nuevas Consejería y Viceconsejería de Administración Local y Digitalización, donde pasa a adscribirse la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de ayer 30/06/2021 acordó  aprobar  el  Decreto por por el que se modifica la estructura orgánica básica de Consejerías de la Comunidad de Madrid, que se ha publicado el BOCM de hoy 01/07/2021.
 
Entre los cambios se encuentran:

[Min. PT y Función Pública]'Iceta traslada a las CCAA y la FEMP el borrador del Plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas. El objetivo de la reforma es situar la tasa de temporalidad estructural por debajo del 8% en todo el empleo público El Plan prevé actuaciones inmediatas para remediar la elevada temporalidad existente y articular medidas eficaces para prevenir y sancionar el abuso y el fraude en la temporalidad a futuro El documento, que ahora será trasladado a los sindicatos, recoge buena parte de las aportaciones realizadas por CCAA y la FEMP La reducción de la temporalidad es una de las reformas comprometidas con Bruselas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia'

 'El ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, ha presidido este jueves, por vía telemática, la reunión de la Conferencia Sectorial de Administración Pública, en la que están representadas las CCAA y la FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias).

El ministro ha presentado a los representantes autonómicos y locales el borrador del Plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas.

Se trata del segundo encuentro de la Conferencia Sectorial en los últimos 7 días. Durante el primero, celebrado el pasado 24 de junio, se instó a las CCAA y a la FEMP a presentar por escrito las aportaciones que consideraran oportuno.