viernes, 6 de agosto de 2021

IMPORTANTE La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: está evaluando si la reforma introducida con el Real Decreto-ley de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio es conforme a la normativa europea y evaluará las modificaciones futuras anunciadas por la nueva Ministra

La Comisión Europea acaba de publicar un nuevo documento oficialo , de fecha 05/08/2021, de "Información sobre el curso dado a las denuncias registradas con la referencia CHAP (2013)01917", es decir la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y contra la solución de Gobierno y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL o la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, y muchos otros, especialmente durante los últimos meses  y de la que la última información oficial de la Comisión Europea hasta ahora sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de Octubre de 2020   y consistía en que había visto la sentencia  del Tribunal Europeo del 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros"-de asunto principal el de un informático nuestro y para la que  la CE se había decidido esperar un par de años antes - con su declaración de existencia de abuso y que  evaluaría si la  futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada en Junio de 2020 por la entonces ministra de Función Pública era conforme a la Directiva y sentencias europeas. También informaba  en Octubre de 2020 la Comisión Europea que mantenía abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco , procedimiento que podría acabar en una multa a España.

Recordemos una vez más que en dicha sentencia de 19/03/2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dijo , a nuestro juicio, que

  • también hay abuso de temporalidad  en la interinidad de vacante prolongada por no cubrirla en el plazo debido mediante los procesos convencionales, como es abuso la concatenación de contratos temporales para funciones permanentes , y aunque sea en la función pública,
  • este abuso  requiere una sanción  de "forma indispensable",
  • que le corresponde al ordenamiento español fijar,indicando el Tribunal que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo, ni una indemnización salvo que sea específica y realmente disuasoria, aunque le corresponde finalmente a los órganos jurisdiccionales nacionales corroborarlo
 
 Finalmente, el Gobierno del Estado aprobó el 6 de Julio  un "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público tras un nuevo acuerdo con los sindicatos y que por  el que se pretende un nuevo y "último" proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años, ahora a 31/12/2020 ,que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018:, esta vez especificando que deben ser en general  concurso-oposición con indemnización al cese de 20 días por año y tope de 12 mensualidades.

El Decreto-Ley tuvo un fuerte rechazo por parte de las plataformas de temporales afectados y , para poder contar con el apoyo de socios de Gobierno y de investidura,  en la sesión de convalidación, la nueva Ministra de Función Pública, se comprometió a modificar mediante proyecto de ley  el Real Decreto Ley para incorporar que la oposición pueda no ser eliminatorias y que pueda utilizarse el concurso de méritos para las plazas de los temporales con más de 10 años en una misma plaza que no se haya convocado.

En la nueva información aportada, la Comisión Europea afirma literalmente:

jueves, 5 de agosto de 2021

[CCOO Sanidad Madrid] 'La Justicia da la razón a CCOO en más del 90% de las demandas interpuestas para reclamar el pago de la Carrera Profesional del personal temporal El sindicato considera un despilfarro de la Administración destinar dinero público a pleitear por negarse a otorgar derechos reconocidos sistemáticamente por el Supremo'

 'Los tribunales están dando la razón en el 90% de las demandas interpuestas por CCOO Sanidad Madrid para reclamar el pago de la Carrera Profesional que se abona a los y las profesionales temporales en la Sanidad Pública del SERMAS, en línea con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que aseguran que todo profesional del SERMAS sea o no temporal debe cobrar dicho concepto en su nómina, en las mismas condiciones que el personal fijo.

 CCOO considera, así, que el Gobierno de la Comunidad de Madrid está despilfarrando recursos económicos públicos en los tribunales para oponerse al abono por este concepto. A juicio del sindicato, está dilapidando porque conoce la doctrina de los Tribunales y es conocedor que, salvo defecto de forma, la gran mayoría de estas demandas van a ser favorables a los y las profesionales, con la consiguiente condena a costas y pago por los servicios jurídicos que necesitan para pleitear que deberían ser dedicados, entre otras cosas, a abonar de oficio este concepto a todos y todas los trabajadores del SERMAS.

[EPA ‘Empleados Públicos en Abuso’] Se mantiene abierto el plazo para adherirse a la acción colectiva con el gabinete de Navas y Cusí de denuncia masiva ante la Comisión Europea por incumplimiento de España de la normativa y jurisprudencia de la UE sobre abuso de temporalidad pública y, en caso de que no actúe con el procedimiento ya abierto, recurso ante el Tribunal Europeo por inacción de la Comisión

 'En vista de que ni el Estado ni las CCAA suspenden los procesos de oposiciones, un gran número de trabajadores están solicitando el poder sumarse a las acciones que estamos llevando a cabo a través del bufete Navas&Cusí en Bruselas. por ello, y con autorización del bufete, informamos que se mantendrá el plazo de adhesión abierto sin fecha de cierre y todo aquel que quiera unirse se añadirá su documentación a los procesos ya emprendidos.'

[FeSP UGT Madrid ] 'La Comunidad de Madrid miente a la población, y la pone en contra de los maltratados trabajadores y trabajadoras de Atención Primaria'

 'Según la Real Academia de la Lengua REFORZAR es:

  • Engrosar o añadir nuevas fuerzas o fomento a algo.
  • Fortalecer o reparar lo que padece ruina o detrimento.
  • Animar, alentar, dar espíritu.

Pues bien, en la Comunidad de Madrid no saben o no quieren conjugar ninguna de las acepciones de esta palabra en relación a la Atención Primaria, pero se jactan de hacerlo, en un cruel acto de hipocresía frente a la población.

Llevamos desde el principio de la pandemia escuchando promesas reiteradamente incumplidas, viendo cómo se destinan a Atención Primaria presupuestos irrisorios que no llegan a cubrir siquiera las necesidades previas a la pandemia. Pero leer en la nota de prensa emitida hoy por la Comunidad de Madrid el verbo reforzar conjugado en presente, como si realmente hubiesen hecho algo para dar fuerza o siquiera alentar o dar espíritu a la Atención Primaria es sencillamente indignante e intolerable.

[Gob. C. de Madrid] 'La Comunidad de Madrid refuerza los canales de detección para saber cómo actuar en caso de resultado positivo tras un test de autodiagnóstico '

'La Comunidad de Madrid ha establecido un protocolo de actuación para atender a las personas que obtengan un resultado positivo tras la compra de un test de autodiagnóstico en una oficina de farmacia. Así, el ciudadano recibirá la información de cómo proceder, en función de los síntomas que presente, destacando, como primera medida, que ante un resultado positivo se debe comenzar el autoaislamiento domiciliario inmediatamente. Desde el pasado jueves, a través de estas pruebas, se han comunicado 749 resultados positivos asintomáticos que, siguiendo el protocolo, precisan realizarse una prueba, para confirmar o descartar la infección en un centro de Atención Primaria de la Comunidad de Madrid.

En caso de no tener síntomas o de que estos sean leves, el usuario debe contactar con el Centro de Atención Personalizada (CAP), en el teléfono 900102112. El CAP aplicará un cuestionario definido por la Gerencia de Atención Primaria y, en función de las respuestas del ciudadano, el sistema derivará el caso a las Unidades de Atención Covid (UACov) de Atención Primaria o, en el caso de que detecte que se trata de un caso grave, al SUMMA112.

miércoles, 4 de agosto de 2021

[Gob. C. de Madrid] 'La Comunidad de Madrid dota con 4.000 ordenadores portátiles a los funcionarios y personal estatutario de la Administración de Justicia. Se trata de la primera inversión que se realiza con los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea Durante la pandemia más del 70% de los empleados públicos ha teletrabajado gracias a los 86.000 dispositivos portátiles facilitados por Madrid Digital'

'La Comunidad de Madrid va a dotar a lo largo de este año con 4.000 ordenadores portátiles a los funcionarios y personal estatutario de la Administración de Justicia madrileña como medida para seguir desarrollando la implantación del puesto de trabajo en remoto y avanzar en la digitalización del sector público en nuestra región.

Para ello, el Consejo de Gobierno ha aprobado hoy un gasto de 3.028.222 euros en concepto de incremento presupuestario de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid. Esta cuantía procede de los fondos que la Comisión Europea transfiere a los estados miembros de la UE para poner en marcha diferentes proyectos, entre ellos, los del ámbito de la transición digital. Se trata de la primera inversión que realizará la Comunidad de Madrid con esta inyección presupuestaria procedente del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, uno de los pilares sobre los que se articula el programa Next Generation de la UE.

[EPA ‘Empleados Públicos en Abuso’] 'Bruselas abrió expediente sancionador contra España por el abuso de la temporalidad de los empleados públicos El expediente es del 2013, pero la Comisión no ha avanzado en el asunto. Por eso el despacho Navas & Cusí ha iniciado acciones que obliguen a la Comisión a manifestarse o que sea el Tribunal de Luxemburgo quien juzgue su inactividad. Luxemburgo resolvió el pasado 3 de junio que desde el punto de vista práctico la normativa española no tiene mecanismos para evitar -y en su caso sancionar- el abuso de la temporalidad.' .

'Desde el colectivo de ‘Empleados Públicos en Abuso’ EPA, estamos denunciando el abuso de la temporalidad española ante la Comisión Europea, a través del despacho de abogados Navas & Cusí, despacho español especializado en derecho europeo con sede en Bruselas.

Pasada casi una década desde que se abrió expediente sancionador en 2013, Bruselas no hatomado ninguna decisión. “Es una pasividad inadmisible cuando estamos hablando de un abuso que afecta a 800.000 españoles, ciudadanos europeos y sus familias, por un incumplimiento de la directiva sobre Trabajo de Duración Determinada de 1999”.

Hasta la fecha se han sumado ya cientos de trabajadores a esta acción jurídica. Y serán miles los que se sumen porque estamos hablando de un problema que afecta a todos los cuerpos de la administración: educación, sanidad, servicios sociales, ayuntamientos, ejército, secretarios e interventores, magistrados, y un largo etc.

Este pasado mes de junio comenzaron las acciones para forzar a la Comisión a manifestarse sobre el abuso de la temporalidad en los empleados públicos

La Ley española permite prolongar la temporalidad hasta que finalicen los procesos selectivos y establece un plazo de 3 años para organizarlos.

[FSC CCOO C. Valenciana] 'La FSC CCOO PV no puede avalar la suspensión de la negociación de los procesos de estabilización y consolidación que ya han salido a oferta pública La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO PV ha comunicado al Ayuntamiento de Valencia la obligación de realizar los procesos correspondientes a las OPE convocadas al amparo de la modalidad de estabilización de acuerdo con la disposición transitoria primera del RDL 14 ' [El Ayto de Valencia todavía no ha convoado ninguno de estos procesos procesos]

 'La Federación ha registrado escrito dirigido a Joan Ribó, alcalde de Valencia y Luisa Notario, concejala de Personal para mostrar su disconformidad en la decisión del consistorio de suspender el desarrollo de las ofertas de empleo público ya convocadas.  

 El Real Decreto Ley 14/2021, aprobado en el Congreso, traspone los contenidos del acuerdo alcanzado entre el Gobierno y las organizaciones sindicales más representativas en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, cuestión por la que el sindicato ha de hacer algunas consideraciones:

 Se constata la vigencia del RDL 14/2021 que, en su disposición transitoria primera establece que: "Los procesos selectivos para la cobertura de plazas incluidas en las ofertas de empleo público aprobadas en el marco de los procesos de estabilización ... ... la convocatoria de las cuales hubiera sido publicada ... ... con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de este real decreto ley, seguirán ejecutándose con arreglo a las previsiones de las respectivas convocatorias ".

 

martes, 3 de agosto de 2021

Publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea la sentencia del Tribunal Europeo de 03/06/2021 en el asunto #IMIDRA que invalida la doble excusa que utilizaban ambas salas del Tribunal Supremo español para esquivar declaraciones de abuso de temporalidad en empleo público: la normativa europea se aplica a las interinidades prolongadas de vacante aunque sólo haya un único contrato o nombramiento formal y no pueden utilizarse la crisis económica ni restricciones de leyes presupuestarias. La sentencia afirma que la normativa nacional "no parece incluir ninguna medida para prevenir ni sancionar" el abuso y la jurisprudencia del Supremo -vigente antes de esta sentencia- para laborales públicos interinos no "parece atenerse a la exigencias que se derivan de la jurisprudencia europea". Una indemnización al cese "no parece, por sí sola, adecuada" como sanción.

El 19/07/2021 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea (nº C 289/7) el "fallo" de la importante sentencia al asunto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de número C-726/19  de nombre "Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo [Rural] Agrario y Alimentario" [IMIDRA], por el organismo de la Comunidad de Madrid de la empleadora demandante del caso,  sentencia que  tenía lugar sin que el Tribunal haya considerado necesario ni informe general de la Abogacía General de la Unión Europea ni "vista"(juicio oral) , seguramente porque vio tras las observaciones de las partes que podía dar respuesta reiterando lo ya dicho en otras sentencias o autos, sentencia de la que ya nos ocupamos ampliamente aquí en otra entrada.

 Esta sentencia del Tribunal Europeo provocó una reacción inmediata de la Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo , la sala que lleva los asuntos del personal laboral público: sin ni esperarse a su publicación el DOUE cambió su  doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE para pasar a considerar que una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, si bien no cambiaba en esa reacción que la consecuencia al abuso sea solamente la de conceder la condición de indefinido no fijo. Por ahora, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, la que lleva los asuntos del personal funcionario/estatutario, no ha mencionado esta sentencia euroepa, habiendo recibido también otro golpe en forma de Auto del 02/06/2021 del Tribunal Europeo  a su doctrina  que la mera interinización en vacante sea una sanción al abuso de temporalidad de la concatenación de nombramientos eventuales en el empleo público.

Con la publicación en el Diario Oficial se entiende comunicada oficialmente a todos los órganos judiciales nacionales y de obligado cumplimiento para los que establezcan las jurisprudencias nacionales (el Tribunal Supremo en el caso español).

Recordemos  nuevamente con detalle que este asunto se trataba de una importante y demoledora petición de decisión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea  (es decir, un órgano judicial nacional que lleva un caso plantean unas cuestiones al Tribunal europeo sobre aplicación de normativa europea, y cuya respuesta es vinculante para la resolución por la justicia nacional tanto de este caso como de otros casos donde sea de aplicación dichas cuestiones) de la Sección 3ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid  sobre la conformidad de la actual  legislación española más  la jurisprudencia actual de la Sala de la Social del Tribunal Supremo- la que dicta doctrina sobre los trabajadores públicos de contrato laboral- sobre el abuso de la temporalidad para el caso de los laborales interinos de vacante de larga duración de las Administraciones Públicas a la  la luz de la ya famosa cláusula 5ª de la Directiva Europea  1999/70/CE y de la jurisprudencia europea al respecto.

XIX Reunión del Foro Salud Conectada de la Sociedad Española de Informática de la Salud del 22 al 23 de Septiembre en Barcelona y virtual, con sesión de comunicaciones. Plazo para presentarlas hasta el 5 de Septiembre

Del 22 al 23 de Septiembre tendrá lugar la XIX Reunión del Foro Salud Conectada  o anterior Foro de Telemedicina,  organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] - en formato híbrido, presencial en Barcelona y virtual, modalidad   gratuita para los socios de la SEIS y de precio muy moderado para los profesionales del Sistema Nacional de Salud- centrado  un año más especialmente en las soluciones y proyectos de Salud Conectada acelerados ante las evidentes necesidades de conectar a distancia profesionales y ciudadanos mediante las TIC por la pandemia de COVID- 19. 

[Faro de Vigo] La CUT consigue las 10 mil firmas necesarias para presentar una ILP en el Parlamento gallego para proceso extraordinario de consolidación del personal temporal público por concurso puro de méritos


Informaba Faro de Vigo este 31/07/2021 que la CUT [Central Unitaria de Traballadores] ha conseguido las 10 mil firmas necesarias para presentar una proposición de ley por iniciativa legislativa popular [ILP] para un proceso extraordinario de consolidación por concurso restringido puro de méritos de antigüedad en los puestos del personal temporal [de larga duración] en lugar de los procesos selectivos con oposición previstos con dichos puestos, señalando el medio que precisamente estos días sel Gobierno delEstado se ha comprometido a introducir la posibilidad de concursos de méritos para personal temporal más de 10 años en un mismo puesto que no haya sido convocado ya a proceso selectivo.
 
 

lunes, 2 de agosto de 2021

[UGT Servicios Públicos -Admin Gral del Estado] No se convocarán los procesos de estabilización siguientes arcordados en la AGE hasta que se" estudie la incidencia que pueda tener" el Proyecto de Ley anunciado de modificación del Real-Decreto Ley de reducción de la temporalidad en el empleo público. "A UGT nos parece lamentable"

[...] ' ayer se nos informó que , de lo dicho referente a las plazas de estabilización, nada, que se convocará ni una sola.

Este nuevo bandazo de Función Pública en los procesos de estabilización de empleo temporal demuestra que el grado de improvisación en la gestión de los recursos humanos por parte de los actuales gestores. Parece que una de las primeras decisiones del nuevo Equipo de Función Pública ha sido paralizar, de un día para otro, la estabilización acordada con los Sindicatos  y la Administración  en la AGE. No es el mejor comienzo posible.

Podría decirse que ha entrado en juego "La Política" y que todo lo acordado en materia de estabilización quedará parado hasta que se estudie la incidencia que pueda tener sobre    ello el trámite parlamentario , como Proyecto de Ley, del Real Decreto-Ley 14/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, acordado por los pelos el pasado 21 de julio, que ya veremos como se resuelve , previsiblemente en el mes de octubre.

[Valencia Plaza] Acuerdo del Ayuntamiento de Valencia con los sindictatos de suspender la negociación de los procesos de la OPE de estabilización a la espera de la nueva normativa anunciada por el Estado

Informa Valencia Plaza este 02/08/2021 que el ayuntamiento de Valencia  ha acordado con las secciones sindicales  dejar en suspenso temporalmente la negociación de las bases generales que regirán los procesos de la  OPE de "estabiliacizón" con los puestos de los puestos temporales más de 3 años antes de 2018 , de 931 plazas, a la espera de la normativa final del Estado, tras el anuncio del Gobierno del Estado durante la  sesión de convalidación en el Congreso del Decreto de reducción de temporalidad, que éste va a ser modificado  por proyecto de ley urgente para introducir la posibilidad de oposición no eliminatoria y la de concursos de méritos puro para personal temporal +10 de años en el mismo puesto estructural.

[FSC de CCOO - Sector Estatal] 'Paralización procesos estabilización personal laboral IV del Convenio único de la Administración General del Estado sin convocar: “Donde dije digo, ahora digo diego” ' [A la espera de las posibles modificaciones del RDL 14/2021 de reducción de temporalidad]

 'En la reunión de la Comisión Paritaria del pasado martes 27 de julio de 2021, como os informamos en nuestra nota informativa pasada, la Administración informó de que están cerrando las convocatorias de 362 plazas de estabilización de personal laboral perteneciente al IV Convenio único de algunos departamentos/organismos y que son coincidentes, en general, con especialidades incluidas en las convocatorias de la OEP de 2018.

Sin embargo, Función Pública ha decidido paralizar de momento todos los procesos de estabilización que aún no se han convocado a la espera de que se estudie la posible afectación que pueda tener sobre estos procesos ya negociados el trámite del Real Decreto-Ley 14/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobado el pasado 21 de julio. Aunque no compartimos dicha paralización, podríamos incluso llegar a entender dicho aplazamiento. Sin embargo, la manera en la que Función Pública está improvisando en la ejecución de estos procesos, menospreciando la representatividad de las organizaciones sindicales lo que demuestra la poca seriedad con la que últimamente negocian desde el gobierno.

domingo, 1 de agosto de 2021

Entradas más vistas de la semana 26/07/2021-01/08/2021 en este blog: Paralizada la publicación de más convocatorias de estabilización de la Administración General del Estado para esperar a los posibles cambios normativos, Juzgado de Vigo sentencia la condición de funcionaria de carrera a funcionaria interina como sanción por abuso de temporalidad, recurrido en la Audiencia Nacional el acuerdo sindical de 5 de Julio del plan de reducción de la temporalidas pública ...

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