lunes, 8 de noviembre de 2021

[Arauz] Nueva sentencia de fijeza, de otro juzgado de Madrid de lo Social y a dos trabajadores de la Universidad Autónoma de Madrid, como la sanción adecuada al abuso de temporalidad en el empleo público, en lugar de la figura del indefinido no fijo, aplicando la normativa y jurisprudencia europea

'Otro juzgado de Madrid, en este caso el Juzgado de lo Social número 42, en sentencia de 3 de noviembre de 2021, declara FIJOS a dos trabajadores de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), razonando que

  1. que  la figura del indefinido no fijo no cumple con los requisitos de la Directiva 1990/70/CE
  2. que no puede aplicarse el artículo 103 de la Constitución Española pues prevalece el derecho de la Unión Europea,
  3. y que la fijeza es la sanción a imponer* para no socavar el objetivo y el efecto útil de la directiva'


Juzgado de lo Social de Madrid sentencia la fijeza a dos informáticos del Ayuntamiento de Madrid al considerar su contrato laboral único de interinidad de vacante de más de 12 años un abuso de temporalidad como aclaró la sentencia europea "IMIDRA" de 03/06/2021 y que la figura del "indefinido no fijo" no es suficientemente disasusoria ni reparadora para ser medida válida. Sigue el criterio de la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Tal y como avanzó en un comunicdo el abogado -Javier Araúz- de los empleados , la magistrada del Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid, acaba de dictar en su  sentencia de 03/11/2021 la fijeza a dos informáticos del Organismo Autónomo de Informática del Ayuntamiento de Madrid, bajo único contrato laboral de interinidad de vacante durante 12 y 13 años,  como sanción al abuso de su  temporalidad en el empleo público , según  la cláusula 5ª del Acuerdo Marco recogido en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE, aplicando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, especialmente la de la reciente sentencia de 03/06/2021 del asunto "IMIDRA" (que a su vez aclaró en este punto la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020  del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros"  , de asunto principal también un informático, del SERMAS).

Y , a la hora de establecer la sanción al abuso constatado, la jueza sigue el criterio de la sentencia de 17/02/2021 de fijeza a un empleado de Correos de la sección 2ª  de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid:

[Ministerio de Sanidad] 'El Ministerio de Sanidad distribuye 220 millones de euros entre las comunidades y ciudades autónomas para mejorar la eficiencia en Salud Digital. El CISNS ha aprobado la modificación de criterios para el reparto de fondos del programa para la sostenibilidad del gasto farmacéutico, la ampliación de los servicios digitales del SNS y el desarrollo de nuevos proyectos en las áreas de analítica de datos, imagen médica y refuerzo de las infraestructuras digitales de los centros sanitarios.'

'El pleno del Consejo Interterritorial del SNS ha aprobado este jueves la modificación de criterios para distribución entre las comunidades y ciudades autónomas de 220 millones de euros para llevar a cabo el Programa de desarrollo de medidas para mejorar la eficiencia y la sostenibilidad del SNS en el ámbito de la Salud Digital.

Las cuantías asignadas a cada una de las comunidades y ciudades autónomas, procedentes del convenio suscrito en 2016 entre el Gobierno de España y Farmaindustria, deberán dedicar, al menos, un 25% a proyectos asociados a la gestión económico-financiera de los productos farmacéuticos y otro 25% a la integración de los sistemas de las comunidades y ciudades autónomas con los servicios digitales del SNS. Entre estos, la Historia Clínica Digital Interoperable, la Tarjeta Sanitaria Individual, la Receta Electrónica Interoperable, el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, el Nodo de Verificación de Medicamentos (SNSFARMA), el Registro Central de Vacunación (REGVACU) y la Base de Datos Clínicos de Atención Primaria (BDCAP).

[Área Publica CCOO nacional] 'CCOO anuncia movilizaciones para exigir la mejora de los servicios públicos y la recuperación de los derechos de empleadas y empleados del sector' [Concentraciones #LuchandoPorTusDerechos el 10 de Noviembre. Exigen la "estabilización del empleo público mediante procesos con las máximas garantías jurídicas para conseguir el objetivo de dar estabiidad a las plantillas"]

 'La Confederación Sindical de CCOO movilizará a sus delegados y delegadas sindicales del conjunto del Área Pública el próximo miércoles 10 de noviembre de 2021, para exigir un aumento del gasto público en los servicios que garantizan los derechos de la ciudadanía, así como para lograr la recuperación de los derechos arrebatados a los más de tres millones de empleadas y empleados públicos.

Esta movilización consistirá en concentraciones a las 11:00 horas ante las sedes de las subdelegaciones del Gobierno de la inmensa mayoría de provincias de España, y ante la sede del Ministerio de Hacienda y Función Pública en el caso de Madrid.

Respecto a los servicios públicos, España debe recuperar el gasto social anterior a la crisis económica para acercarse a los países de su entorno y, sobre todo, garantizar los derechos de la ciudadanía que la austeridad extrema empeoró, con copagos o dificultades de acceso a los servicios públicos, entre otros. En la misma medida, hay que mejorar sus condiciones laborales.

Desde CCOO recriminamos al Gobierno el incumplimiento de los compromisos adquiridos con el sindicato. Se debe resolver el resto de las materias que aún están pendientes del II Acuerdo para la mejora del empleo público de 2018, y más recientemente en el Acuerdo de 5 de julio de 2021, que incluye la negociación de un III Acuerdo bianual para continuar en la mejora del empleo público y de las condiciones de trabajo y salariales. Así, hay que garantizar:

domingo, 7 de noviembre de 2021

Entradas más vistas de la semana 01/11/2021-07/11/2021 en este blog: Asturias dejará caducar las OPEs de estabilización no convocadas para acogerse a nueva estabilización, sentencias de fijeza de juzgado de lo social a trabajadores del Ayuntamiento de Madrid y de lo contencioso a a interinas del Ayuntamiento de Getafe, ..

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

 

viernes, 5 de noviembre de 2021

[Arauz] Nueva sentencia de un juzgado de Madrid, esta vez de lo Social, que estima la fijeza, a dos trabajadores del Ayuntamiento de Madrid, como sanción ante el abuso de temporalidad en el empleo público aplicando la normativa y jurisprudencia europea

 'El Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid ha estimado la demanda de Arauz y ha declarado indefinida / fija  la relación laboral de dos trabajadores del Ayuntamiento de Madrid, indicando que ello no supone "contravención de los principios constitucionales", aplicando el principio de primacía de la Directiva 1999/70/CE y considerando la estabilización de este personal como una medida disuasoria adecuada conforme a los principios de equivalencia y efectividad, sin que pueda considerarse que, la indemnización de 20 días, sirva para evitar el dilatado mantenimiento de la relación temporal fraudulenta, retrotrayendo las consecuencias a la fecha de los contratos, esto es, a 15 de julio de 2008 y 1 de agosto de 2007.'

Publicadas más convocatorias de las OPEs de "estabilización" (con las plazas temporales ya más de 7 años) de personal de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid con el sistema de concurso-oposición siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero de 2021: técnicos auxiliares, de mantenimiento y de cuidados de enfermería, Auxiliares de Control y socorrista , con oposición eliminatoria, 36% del total la antigüedad, puntuando igual la de en la propia categoría de la C. de Madrid que en otra AAPP. La C. de Madrid no se ha esperado a si surgen posibilidades más favorables por la reforma del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad actualmente en el Congreso

En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid  de hoy 05/11/2021 se han publicado las convocatorias de más procesos selectivos de las Ofertas Pública de Empleo de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid de estabilización -de puestos-  es decir, de convocatorias de OPEs habilitadas por

  1. la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 para un conjunto de sectores de las AAPP, tras el polémico y previo primer acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos con representación en la mesa de Función Pública estatal sobre temporalidad del empleo público
  2.  y por la  Ley de Presupuestos Generales de 2018  tras la firma del segundo acuerdo sindical para la "mejora del empleo",ya con la universalización al resto de sectores de las AAPP para permitir convocar fuera del límite de la tasa de reposición, y en procesos selectivos convencionales, los puestos de temporales más de 3 años (a 31/12/2017, así como los de los "indefinidos no fijos").

que permitían convocar fuera del límite de la tasa de reposición, y en procesos selectivos convencionales, los puestos de temporales más de 3 años a 31/12/2017 (ya por tanto, en la práctica, todos temporales más de 7 años), así como los de los "indefinidos no fijos". Por "convencionales" queremos decir sin realizar ninguna habilitación legal de alguna fórmula extraordinaria para la consolidación en el propio puesto, ni para la persona que lleve más del plazo establecido legalmente para su cobertura (3 años).

Además el 24/06/2020 se  publicaba el Real Decreto Ley 23/2020 que en su artículo 11 extendía, donde fuera necesario, hasta el 31/12/2021 el plazo para publicar las convocatorias que vieran ya transcurrido desde la publicación de su OPE un tiempo superior al plazo de 3 años mencionado en el artículo 70.1 .


Se trata de más convocatorias de proceso de estabilización en el sector de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid tras la primera publicada de Auxiliar de Servicios y la segunda de publicada de auxiliares administrativos , y las dos siguientes de técnicos de cocina y titulado medio educador, las primeras de Administración y Servicios de la Comunidad pero no en  la Comunidad de Madrid, dado que, sin ir más lejos, la mayoría de servicios de salud, como el SERMAS, ya han publicado y están desarrollando numerosas convocatorias desde 2018 (las AAPP de las CCAA y las entidades locales no son parte de la AGE y tienen, en general, sus propios órganos responsables de confeccionar sus OPEs y bases de convocatorias de procesos selectivos).

[SATSE/CCOO/AMYTS/CSIT IP/UGT Sanidad Madrid] 'Los sindicatos de Mesa pedimos que corrijan la Resolución de Medidas excepcionales COVID-19 de Reconocimiento Carrera Profesional 2021'

'Como ya os informamos, en la reunión ordinaria de la Mesa Sectorial del día 26 de octubre se acordó la prórroga del Acuerdo de 11 de noviembre de 2020 por el que se establecían medidas excepcionales en materia de evaluación de Carrera Profesional durante las evaluaciones que incluyan también el año 2021, afectando al crédito anual de formación durante 2020 y 2021 y 10 créditos adicionales a computar tanto en el factor ”actividad asistencial/ profesional”, como en el factor ”participación y compromiso con la organización”.

La DDGG de RRHH ha emitido la Resolución de 28 de octubre en la cual no se prorroga la Resolución anterior dado que incorpora en su apartado 3º la siguiente redacción: Con carácter excepcional y como medida de reconocimiento, los profesionales que hayan trabajado durante la pandemia en el año 2021 en áreas COVID, tendrán 10 créditos adicionales a computar tanto en el factor” actividad asistencial/ profesional”, como en el factor” participación y compromiso con la organización”. Este matiz supone la exclusión de la inmensa mayoría de los profesionales de este beneficio y con el cual no estamos de acuerdo, tal y como lo expusimos en su día.

jueves, 4 de noviembre de 2021

Publicadas más convocatorias de las OPEs de "estabilización" (con las plazas temporales ya más de 7 años) de personal de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid con el sistema de concurso-oposición siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero de 2021: técnicos de cocina y personal titulado medio educador , con oposición eliminatoria, 36% del total la antigüedad, puntuando igual la de en la propia categoría de la C. de Madrid que en otra AAPP. La C. de Madrid no se ha esperado a si surgen posibilidades más favorables por la reforma del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad actualmente en el Congreso

En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid  de hoy 04/11/2021 se han publicado la convocatoria de otro de más procesos selectivos de las Ofertas Pública de Empleo de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid de estabilización -de puestos-  es decir, de convocatorias de OPEs habilitadas por

  1. la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 para un conjunto de sectores de las AAPP, tras el polémico y previo primer acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos con representación en la mesa de Función Pública estatal sobre temporalidad del empleo público
  2.  y por la  Ley de Presupuestos Generales de 2018  tras la firma del segundo acuerdo sindical para la "mejora del empleo",ya con la universalización al resto de sectores de las AAPP para permitir convocar fuera del límite de la tasa de reposición, y en procesos selectivos convencionales, los puestos de temporales más de 3 años (a 31/12/2017, así como los de los "indefinidos no fijos").

que permitían permitir convocar fuera del límite de la tasa de reposición, y en procesos selectivos convencionales, los puestos de temporales más de 3 años a 31/12/2017 (ya por tanto, en la práctica, todos temporales más de 7 años), así como los de los "indefinidos no fijos". Por "convencionales" queremos decir sin realizar ninguna habilitación legal de alguna fórmula extraordinaria para la consolidación en el propio puesto, ni para la persona que lleve más del plazo establecido legalmente para su cobertura (3 años).

Además el 24/06/2020 se  publicaba el Real Decreto Ley 23/2020 que en su artículo 11 extendía, donde fuera necesario, hasta el 31/12/2021 el plazo para publicar las convocatorias que vieran ya transcurrido desde la publicación de su OPE un tiempo superior al plazo de 3 años mencionado en el artículo 70.1 .


Se trata de la tercera y cuarta convocatorias de proceso de estabilización en el sector de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid tras la primera publicada de Auxiliar de Servicios y la segunda de publicada de auxiliares administrativos , primeras de Administración y Servicios de la Comunidad pero no en  la Comunidad de Madrid, dado que, sin ir más lejos, la mayoría de servicios de salud, como el SERMAS, ya han publicado y están desarrollando numerosas convocatorias desde 2018 (las AAPP de las CCAA y las entidades locales no son parte de la AGE y tienen, en general, sus propios órganos responsables de confeccionar sus OPEs y bases de convocatorias de procesos selectivos):

En concreto, se trata de la convocatoria de  pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de las categorías profesionales de

LA CCAA de Asturias, utilizando el Real Decreto-Ley de 2021, dejará "caducar" -es decir sin convocar antes de fin de este año-plazas de las OPEs de estabilización previas para incluirlas en la nueva OPE de estabilización derivada de dicho RDL, con posibles mejores condiciones de estabilización del propio personal tras la reforma en trámite en el Congreso

La Dirección General de Función Pública y el Instituto Asturiano de las AAPP de la Consejería de Administración Autonómica de la CCAA de Asturias han anunciado que las plazas de la tasa de estabilización de sus OPEs de 2017 y 2018, derivadas de las habilitaciones extraordinarias reguladas en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y 2018 para incluir fuera de tasa de reposición los puestos temporales más de 3 años a 31/12/2017, pasarán , "a fin de dar un tratamiento homogéneo a las convocatorias de estabilización",  a integrar la tasa extraordinaria de estabilización de la OPE 2021 regulada por el artículo 2 del famoso Real Decreto-Ley 14/21 publicado el 7 de Julio, y en vigor , para todos los sectores de todas las AAPP en cuanto a ese artículo 2, desde el 8 de Julio.

Recordemos que el artículo 2 del RDL 14/21  habilita (y de hecho, podría interpretarse por su redacción que  obliga) a incluir en OPEs publicadas antes de 31/12/2021 sin límites de tasa de reposición  -y a publicar las convocatorias hasta 31/12/2022- todas las plazas temporales más de 3 años a 31/12/2020, con lo que, explícitamente no hay problema legal alguno en dejar "caducar"- al no proceder con sus convocatorias- las plazas de estabilización de OPES de años anteriores para incluirlas en la tasa de estabilización de una OPE 2021 de estabilización nueva. Recuérdese que el el 24/06/2020, el Gobierno del Estado había  publicado otro Real Decreto-Ley, el 23/2020 , que en su artículo 11 extendía, donde fuera necesario hasta 31/12/2021 la fecha para publicar las convocatorias de OPEs de 2017 con plazas de estabilización, y que se toma como plazo de "caducidad" para proceder con la publicación de la convoatoria de una OPE los 3 años del artículo 70.1 del EBEP, con lo que las OPEs publicadas en 2018 "caducarían" este 2021.  
 
Nótese que, evidentemente, sólo dejar "caducar" plazas de tasa de reposición podría implicar -y para las que no sean de más de 3 años a 31/12/2020- haber "malgastado" una tasa (que es lo único que se "pierde" al dejar caducar plazas de una  OPE por no  convocar, no la plaza en sí, claro). Existiendo una tasa sin límites con rango legal básico estatal  para cualquier plaza temporal de más de 3 años a 31/12/2020 no tiene sentido hablar de que se pueda "perder" nada, dado que no hay límites para su inclusión en la nueva OPE de estabilización.

martes, 2 de noviembre de 2021

Proyecto de Presupuestos 2022 de la Comunidad de Madrid - I. Articulado de recursos humanos: subida del 2% de sueldos siguiendo lo dicho por el Estado, sin mención del pago de la carrera profesional al personal temporal, ... Calendario de tramitación

Del proyecto completo de ley de Continuamos ahora analizando el proyecto completo de ley de presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2022, aprobado,tras dos ejercicios prorrogando los presupuestos para 2019,  en el  pasado Consejo de Gobierno para su remisión a la Asamblea de Madrid, donde puede recibir enmiendas tanto en fase de Comisión de Presupuestos como en Pleno, y ya publicado en el Portal de la Comunidad de Madrid, queremos empezar nuestra serie habitual de entradas dedicadas a ellos por esta entrada que extrae de su Libro I "Articulado de la ley" algunas partes relevantes sobre recursos humanos de Sanidad, que puede resumirse en:


  •  aumento del 2% del sueldo de los empleados del sector público de la C. de Madrid siguiendo lo previsto en los presupuestos generales del Estado
  • aumento de la tasa de reposición al 120%  en determinados sectores, entre ellos, Sanidad, y del 110% en general, manteniéndose las habituales [e hipotéticas]  restricciones a la contratación de empleados públicos temporales sólo excepcionalmente para necesidades urgentes e inaplazables 
  • sin mención del derecho al cobro de la carrera profesional por el personal temporal

XI Foro de la Gobernanza de las TIC en Salud de la Sociedad Española de Informática de la Salud el 24 y 25 de Noviembre con formato híbrido , presencial en León y virtual.

Del 24 al 25 de Noviembre  tendrá lugar el XI Foro de la Gobenanza de las TIC en Salud , organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] - en formato híbrido, presencial en León y virtual, modalidad   gratuita para los socios de la SEIS y de precio muy moderado para los profesionales del Sistema Nacional de Salud- y contará con el lema "La Gobernanza ante el avance digital en Salud".

Entre los objetivos propios de este foro más centrado en la función directiva de TI en Salud, se encuentran los "identificar e impulsar el Gobierno y la toma de decisiones en todas las actuaciones tecnológicas de los proyectos de salud", entre otros.

[SER Madrid] Un juzgado de lo contencioso de Madrid sentencia que sean fijas maestras interinas de Getafe que llevaban años temporales , en base a sentencias europeas. Entrevista en directo a su abogado, Javier Araúz.

Informa la Cadena Ser este 31/10/2021 en su web, sección de Madrid, de la sentencia del  juzgado de lo Contencioso de Madrid nº32 de Madrid que declara la fijezaa varias funcionarias interinas del Ayuntamiento de Getafe , maestras de educación infantil, como sanción al abuso de temporalidad existente por las sentencia del Tribunal Europeo de 03/06/2021.

Y en su programa Hora 14 del mismo día [audio íntegro] entrevista al abogado de las maestras interinas,  Javier Arauz, quien recalca que la sentencia se ampara en la normativa y derecho de la Unión Europea, ante la situación de abuso de temporalidad de las maestras interinas.


[FSC CCOO nacional] 'La temporalidad no deja de aumentar en el sector público. ANÁLISIS EPA 3º TRIMESTRE 2021 SOBRE EMPLEO PÚBLICO ' [ Valora positivamente el Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad , y pide que no haya retrasos en la tramitación de la nueva norma, que debe contar con "garantías jurídicas"]

  •  'El empleo público crece en 44.400 personas, lo que supone un aumento del 1,3 % respecto al trimestre anterior. Todas las administraciones suben excepto la AGE que sufre un notable descenso del 4,7 %.

La temporalidad sigue creciendo en la Administración: este trimestre creció 1 décima hasta situarse en el 31,6 % y supera a la del sector privado en 7 puntos.

CCOO demanda al Gobierno un número suficiente de plazas públicas para compensar el déficit ahora existente y que no haya retrasos en las convocatorias previstas.

Valoramos positivamente el Real Decreto Ley sobre medidas urgentes para reducir la temporalidad en las administraciones públicas, fruto del acuerdo alcanzado con las organizaciones sindicales. Sin embargo, también decimos que es necesario que no se produzcan retrasos en la tramitación de la norma, que debe contar con todas las garantías jurídicas para ser aplicable y efectiva.