En el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) de ayer 29/12/2014 se publicó la Ley 3/2014, de
22 de diciembre, de Presupuestos Generales para el año 2015, de la que en su fase de proyecto ya hicimos una serie de entradas, que ahora repetimos con el texto definitivo.
Volvemos a empezar la serie de señalando del articulado en sí de la ley las partes relevantes sobre recursos humanos:
- [Tít II, Art 21.2] retribuciones del personal del sector público: "no podrán experimentar ningún incremento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2014"
"No obstante, en concepto de recuperación de los importes efectivamente dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria, así como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes, correspondientes al mes de diciembre de 2012, por aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento a la competitividad, se abonarán al personal que corresponda las cantidades que procedan en los términos de la disposición adicional decimosexta de la presente ley"