'La Federación Estatal de Trabajadores de la Administración Pública de
la Confederación General del Trabajo (FETAP-CGT) denuncia que la
reciente sentencia del Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo (STS-C-A) de 16 de enero de 2025 (rec. 4845/2022), que califica al
personal subrogado en procesos de reversión de servicios al sector
público como «personal subrogado a extinguir», una figura que implica
que estos trabajadores no adquieren la condición de empleados públicos
con plenos derechos y cuya permanencia queda condicionada a la posible
amortización de su puesto, diferenciándose de otras categorías laborales
en la Administración Pública que gozan de estabilidad y derechos
consolidados. en procesos de reversión de servicios al sector público
como «personal subrogado a extinguir», no solo vulnera la normativa
europea en materia de sucesión de empresas, sino que también facilita
futuras privatizaciones de servicios esenciales al precarizar la
situación de estos trabajadores y dejar en el aire su estabilidad
laboral y derechos adquiridos. de lo Contencioso-Administrativo
(STS-C-A) de 16 de enero de 2025 (rec. 4845/2022), que califica al
personal subrogado en procesos de reversión de servicios al sector
público como «personal subrogado a extinguir», no solo vulnera la
normativa europea en materia de sucesión de empresas, sino que también
facilita futuras privatizaciones de servicios esenciales.
Una sentencia que precariza el empleo público y facilita la externalización
La decisión del Tribunal Supremo introduce un precedente peligroso:
al no reconocer al personal subrogado como empleado público con plenos
derechos, se debilita la estabilidad laboral dentro del sector público y
se facilita la externalización de servicios. Este cambio favorece a las
administraciones que buscan privatizar servicios, ya que si el personal
revertido no consolida su puesto dentro de la estructura pública,
resulta más fácil volver a externalizar la gestión sin afrontar procesos
de consolidación de empleo.
En los últimos años, la tendencia de reversión de servicios
externalizados había demostrado que los trabajadores afectados mantenían
sus derechos laborales, consolidando empleo público y frenando la
privatización. Con la nueva doctrina del Tribunal Supremo, este proceso
se vacía de contenido, dejando a los trabajadores en una situación de
transitoriedad y eliminando un freno a la privatización de servicios
esenciales.