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jueves, 4 de diciembre de 2025

El SESCAM publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la anulación, por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de las convocatorias con oposición de las categorías de TI del SESCAM. Sus 120 plazas no fueron al concurso de méritos de la ley 20/2021 por haber sido convocadas poco antes a oposición y fuera de plazo de su OPE. APRISCAM pide que las plazas se convoquen a concurso de méritos de estabilización acogiéndose a la Ley 20/2021

Se acaba de publicar en el DOCM de este 03/12/2025 la resolución de 25/11/2025 de la Dirección General de Recursos Humanos y Transformación del SESCAM por la que 

  1. se ordena la publicación del antecedente de hecho 1º (el que detalla las convocatorias afectadas) y el fallo que declara nulas dichas convocatorias de concurso-oposición -todas de las categorías de Tecnologías de la Transformación del SESCAM de la OPE 2018 ante una demanda de la Asociación de Profesionales de Informática de Sanidad de Castilla-La Mancha [APRISCAM]-, de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de 14/05/2025,  de la que nos hicimos amplio eco en esta otra entrada) ,

  2. y se declara la "nulidad de las convocatorias impugnadas, que afecta a todos los actos posteriores que han quedado igualmente sin efecto e impiden proseguir con la tramitación de dichos procesos, garantizando la notificación a todos los posibles interesados en el proceso"

Recordemos que las 120 plazas convocadas en esos procesos con oposición, derivados de las OPEs de estabilización del SESCAM de 2018 según la ley estatal anterior de 2017, no fueron al concurso de méritos de la ley 20/2021 bajo el argumento de RRHH del SESCAM que habían sido ya convocadas (aunque fuera  poco antes , no hubiera ni lista de admitidos y la práctica totalidad de las plazas estuvieran ocupadas por personal temporal desde antes de 2016 en el SESCAM  que por la DA 8ª de la citada ley 20/2021 deberían haber ido a concurso de méritos).

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha estimó el argumento de APRISCAM de que las oposiciones habían sido convocadas fuera del plazo establecido para el desarrollo de la OPE 2018. De hecho, había estimado con anterioridad la suspensión cautelar de los procesos selectivos, con lo que no habían tenido desarrollo alguno.

APRISCAM, lógicamente, pide , -y mantiene otra reclamación judicial contra la OPE 2022 del SESCAM de estabilización bajo la nueva ley 20/2021- que las  plazas se convoquen a concurso de méritos de estabilización acogiéndose a la Ley 20/2021, como el gobierno de Castilla-La Mancha habría realizado de no haber procedido con la convocatoria fuera de plazo. 

martes, 25 de noviembre de 2025

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo sigue revocando , en recursos de casación sobre docentes no universitarios, la declaración de abuso de temporalidad del Tribunal regional en varios casos de interinos por cursos de entre 8 y 20 años: "la mera referencia a los años de prestación de servicios como funcionario interino no resulta bastante para inferir de modo automático la situación de abuso" en una situación de nombramientos concatenados por llamamientos en un sistema de listas

Se han publicado en el CENDOJ más entencias de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en recursos de casación en las que el alto tribuinal español revoca la declaración de abuso de temporalidad de reconocimiento de la situación de abuso de temporalidad que había sentenciado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de  docentes de enseñanza no universitaria funcionario interinos , en este caso del Ministerio de Educación, nombrado por cursos durante años -en un caso 20 años-  a partir del sistema de llamamiento de listas. 

 En concreto se trata de las sentencias:

viernes, 21 de noviembre de 2025

[Poder Judicial] 'Meta, condenada a pagar 479 millones de euros a la prensa digital española por competencia desleal al infringir el Reglamento Europeo de Protección de Datos También deberá pagar 2.570.000 euros al Grupo Europa Press e indemnizar a Radio Blanca en 13.563 euros'

 'El Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid ha condenado a Meta a pagar 479 millones de euros a 87 editoras de prensa digital española y agencias de noticias integradas en AMI (Asociación de Medios de Información) por haber obtenido una ventaja competitiva significativa al realizar publicidad en sus redes sociales Facebook e Instagram infringiendo el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD). 

La resolución, dictada el 19 de noviembre de 2025, estima parcialmente la demanda interpuesta por la prensa digital española que consideraba que la publicidad comportamental que hace Meta utilizaba indebidamente datos personales protegidos de los usuarios de Facebook e Instagram, lo que le daba una ventaja competitiva significativa frente al tratamiento publicitario que hace la prensa digital española. 

[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo condena a Álvaro García Ortiz por un delito de revelación de secretos a pena de multa y 2 años de inhabilitación para el cargo de fiscal general del Estado La Sala Segunda del alto tribunal anticipa el fallo, que se ha dictado por mayoría de sus miembros'

 'La Sala Segunda del Tribunal Supremo, en la causa especial 20557/2024, ha dictado por mayoría de sus miembros el siguiente fallo que se anticipa

«FALLO

Que debemos condenar y condenamos a D. Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado, como autor de un delito de revelación de datos reservados, art. 417.1 del Código Penal a la pena de multa de 12 meses con una cuota diaria de 20 euros e inhabilitación especial para el cargo de Fiscal General del Estado por tiempo de 2 años, y al pago de las costas procesales correspondientes incluyendo las de la acusación particular. Como responsabilidad civil se declara que el condenado deberá indemnizar a D. Alberto González Amador a 10.000 euros por daños morales.

jueves, 20 de noviembre de 2025

[Law & Trends] Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 32 de Madrid sentencia la anulación del cese de un funcionario interino de la Comunidad de Madrid por un proceso selectivo que había ya superado el plazo de 3 años del EBEP teniendo en cuenta su situación de abuso de temporalidad 25 de un proceso selectivo que había sido publicado en 2021.

 Informa el abogado Francisco Javier Ramón Sierra en Law & Trends este 19/11/2025 de la sentencia de 17 de noviembre del 2025 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 32 de Madrid, que ha estimado íntegramente el recurso que presentó su despacho, BDO Abogados Madrid, de anulación del cese  de un funcionario interino de la Comunidad de Madrid por la resolución en 2025 de un proceso selectivo que había sido publicado en 2021. 

El juzgado razona que además de encontrarse en situación de abuso de temporalidad, pues llevaba  más de 12 años temporal, se ha superado el plazo de 3 años para desarrollar una Oferta Pública de Empleo del artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público , teniendo en cuenta la reciente sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo de 9 de julio de 2025.

lunes, 17 de noviembre de 2025

Recordatorio. El Gobierno de Castilla y León, para ejecutar varias sentencias de anulación de la convocatorias por concurso-oposición y su paso a concurso de méritos de la Ley 20/2021, publica la modificación de la OPE 2022 del SACYL según la ley 20/2021 ampliando el número de plazas a concurso de méritos de las categorías de licenciados, entre ellas las del grupo A1 de informáticos. Hay otras sentencias pendientes en el mismo sentido de otras categorías

 [Recordatorio de entrada publicada el 03/11/2025] Se ha publicado en la página web del SACYL -el ente público que presta el servicio de Salud de CAstilla y León- sobre sus procesos de estabilización de la OPE2022 según laa ley 20/2021, y en el Boletín Oficial de Castilla y León de 01/09/2025 el  el  ACUERDO del Gobierno de la Junta de Castilla y León, por el que "se dispone la ejecución de varias sentencias",  entre ellas la  sentencia de 21/01/2025 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León al recurso de nº 965/2022 ampliado en el recurso 198/23 del sindicato  CESM de Castilla y León, contra la OPE de estabilización 2022 del SACYL  según la ley 20/2021  y su posterior convocatoria de concurso-oposición, en cuanto a las plazas de categorías de licenciados, entre ellas las de Informática del grupo A1, que aún siendo de una OPE de estabilización anterior y no estar convocadas cuando entró en vigor la Ley 20/2021, el SACYL las re-ofertó y convocó por concurso-oposición en lugar de a concurso de méritos estipulado por la Disposición Adicional 6ª y 8ª  de la ley 20/2021.

En dicha sentencia, la Sala de lo Contencioso , reiteraba lo dicho en primer lugar en su sentencia de 24/10/2024 sobre la categoría de nutricionista, así como en otras sentencias sobre otras categorías, y dictaba la anulación de la inclusión de las plazas de todas las categorías de la convocatoria recurrida de concurso oposición - de licenciados, entre ellas la de informática de grupo A1- y dictaminaba que deben convocarse a concurso de méritos de la ley 20/2021.  dado que , por definición, se trataban todas plazas cubiertas de forma temporal de antes de 2015, no estaban convocadas, y por tanto debían convocarse por concurso de méritos de estabilización ya sólo por el literal de la Disposición adicional 6ª.

miércoles, 12 de noviembre de 2025

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo vuelve a sentenciar la anulación de la puntuación del doble de la experiencia en la categoría en centros del SERGAS con respecto a otros centros del SNS en la resolución de las convocatorias de concursos de méritos de la ley de 20/201 de facultativos del SERGAS. Y aunque dice que hubiera sido posible una ligera diferencia, a falta de motivación adecuada en la resolución , confirma (no es "ilegal" ) la imposición de la sentencia del TSJ de que se debe pasar a dar la misma puntuación

Acaba de publicarse en el CENDOJ la Sentencia de 22 de Octubre de 2025 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en el recurso de casación (nº 8023/2023) de la Xunta de Galicia contra la sentencia del Tribunal Superior de Galicia de 20/11/2025 que había estimado la demanda de un Facultativo Especialista de Area,  de  obstetricia y ginecología, de anulación de la  diferencia de puntuación establecida en las bases de la convocatoria de 26/12/2022 de Facultativos especialistas del concurso de méritos excepcional en el SERGAS de plazas derivado de la Disposición Adicional 6ª de la ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021  condenando al Servicio Gallego de Salud a "equiparar la puntuación del tiempo trabajado en el Sistema Público de Salud de Galicia con el tiempo trabajado en iguales condiciones en el Sistema Nacional de Salud".

Esa diferencia, establecida en todas las convocatorias de  concurso de méritos de la ley 20/2021 el SERGAS, consistía en asignar el doble de puntuación a la experiencia obtenida en la misma categoría dentro del sistema gallego de salud con respecto a la obtenida en la misma categoría en otros centros del Servicio Nacional de Salud.

[Arauz]Juzgado de lo Social nº 50 de Madrid sentencia la improcedencia del despido de una trabajadora empleada pública de la Comunidad de Madrid

'El Juzgado de lo Social nº 50 ha dictado sentencia de fecha 30 de octubre de 2025, en  la que declara improcedente el despido de una trabajadora de la Comunidad de Madrid y condena a la administración autonómica bien a readmitir a la trabajadora o bien abonarle una indemnización de 69.185 euros, y unos salarios de tramitación a razón de 96,09 € diarios desde la fecha del despido.

[TJUE] 'El Tribunal de Justicia confirma la validez de gran parte de la Directiva sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea Sin embargo, anula la disposición que enumera los criterios que deben tener en cuenta obligatoriamente los Estados miembros con salarios mínimos legales a la hora de fijar y de actualizar esos salarios, así como la norma que impide la disminución de los mismos cuando están sujetos a una indexación automática'

'Dinamarca recurrió al Tribunal de Justicia solicitando la anulación íntegra de la Directiva sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea. Considera, en particular, que dicha Directiva menoscaba el reparto de competencias entre la Unión y los Estados miembros, ya que, a su modo de ver, supone una injerencia directa en la determinación de las remuneraciones dentro de la Unión y en el derecho de asociación y sindicación, que, según los Tratados, son de competencia nacional. El Tribunal de Justicia da la razón solo parcialmente a Dinamarca. Identifica una injerencia de esta naturaleza en dos disposiciones de la Directiva dirigidas a los Estados miembros con salarios mínimos legales, relativas a la fijación o la actualización de dichos salarios. Por lo demás, el Tribunal de Justicia desestima el recurso de Dinamarca y confirma de este modo la validez de la mayor parte de la Directiva en cuestión.

martes, 11 de noviembre de 2025

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo vuelve a revocar , en un recurso de casación sobre docentes no universitarios, la declaración de abuso de temporalidad del Tribunal regional en un interino por cursos durante 25 años: "la mera referencia a los años de prestación de servicios como funcionario interino no resulta bastante para inferir de modo automático la situación de abuso" en una situación de nombramientos concatenados por llamamientos en un sistema de listas

Acaba de publicarse en el CENDOJ la Sentencia de 22 de Octubre de 2025 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en el recurso de casación (nº 6694/2023) de la Administración General del Estado contra la sentencia del Tribunal Superior de Andalucía de 24/04/2023 que había estimado la demanda, tras su reclamación de 26 de julio de 2021 ,   de reconocimiento de la situación de abuso de temporalidad de un docente de enseñanza no universitaria funcionario interino del Ministerio de Educación durante 25 años, nombrado por cursos  a partir del sistema de llamamiento de listas. 

En cambio, el docente no había visto estimado su demanda de fijeza  por dicha situación del abuso en base a la necesidad de una sanción según la sentencia de 19 de marzo de 2020 , asunto "Sánchez Ruiz", del Tribunal de Justicia de la UE, sino que el tribunal regional andaluz se limitó -una vez reconocida la situación de abuso- a aplicar al caso la doctrina fijada en 2018 y mantenia a finales de 2021 por la propia Sala de lo Contencioso del Supremo sobre la consecuencia del abuso de temporalidad en el funcionario interino aún teniendo en cuenta la citada sentencia del TJUE.

También se ha publicado en el CENDOJ la Sentencia de 22 de Octubre de 2025 de la misma Sala a otro  recurso de casación (nº 5961/2021) de la Administración General del Estado contra esta vez  contra la sentencia del Tribunal Superior de Andalucía de 31/05/2021 (sic! hace más de 4 años) que había estimado la demanda,   de reconocimiento de la situación de abuso de temporalidad de una docente de enseñanza secundaria de Melilla, pero había descartado la demanda de fijeza igualmente pese a las sentencia europea entonces reciente, decidiendo mantener la doctrina del Supremo de 2018.

[Poder Judicial] 'Un juzgado de Bilbao anula una OPE de la Diputación de Bizkaia que exigía acreditar un C1 de euskera en el 90% de las plazas El Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao considera que “la exigencia lingüística contenida en la convocatoria no supera el juicio de proporcionalidad que debe entenderse como principio institucional de la Administración” '

 'El Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao ha anulado una Oferta Pública de Empleo del Instituto Foral de Asistencia Social de Bizkaia (IFAS) que exigía acreditar un C1 de euskera en el 90% de las plazas de técnico de integración social ofertadas (18 de 20) al considerar que esa exigencia lingüística “no supera el principio de proporcionalidad que debe entenderse como principio institucional de la Administración”.

El juzgado da así la razón a ocho demandantes en una sentencia que no es firme y contra la que cabe recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

viernes, 7 de noviembre de 2025

[Comisión Europea] "Informe de actualidad sobre derecho laboral en la UE de Julio y Agosto de 2025": "Preocupante" sentencia de Tribunal de apelación lituano rechazando la fijeza de un estatutario sanitario temporal más de 5 años con las justificaciones de que son contratos por "programas" anuales y que están excluidos de la conversión en fijo a los 5 años de su ley laboral general: es "cuestionable" la compatibidad de la sentencia con el derecho UE dado que la Directiva 1990/70/CE exige que no se abuse de los contratos temporales para eludir la protección del empleo fijo. Por contra, el Tribunal Supremo de Chipre confirma la sentencia de fijeza aplicando la norma laboral general a dos profesores que habían encadenados contratos temporales más de 10 años, aplicando la Directiva 1990/70/CE y las sentencias del TJUE "demostrando el uso efectivo de la jurisprudencia de la UE"

La Comisión Europea ha publicado recientemente la edición de Julio y Agosto  de 2025 del "Informe de actualidad sobre derecho laboral" ["Flash reports on labour law", en inglés] , informe que prepara la Unidad de Derecho del Trabajo de la haciéndose eco de novedades conocidas en esas fechas en materia de derecho laboral de cada país,incluido el  empleo público, incorporando siempre una primera sección de "Resumen ejecutivo" con lo que consideran más relevante en cada materia , entre ellas "trabajo temporal", de entre todos lo país seguida de una sección por cada país

El resumen ejecutivo de esta edición destaca en su sección sobre trabajo temporal , y en cuanto al abuso de temporalidad, una sentencia de apelación del Tribunal Supremo de Lituania  sobre su empleo público , que, en  la sección del país  detalla es la sentencia  de 23 de junio de 2025 del Tribunal Regional de Kaunas n.º e2A-1304-587/2025, cuya decisión, para los autores del Informe -de Empleo de la CE- "suscita preocupación" : este tribunal de apelación decidió desestimar la demanda de un empleado público sanitario  bajo contratos anuales "de programa" durante más de 5 años y que había solicitado la fijeza como sanción al abuso de temporalidad en base a la Directiva Europea 1990/70/CE y a la vista de la conversión en fijo automática regulada en la ley laboral general para los temporales que acumulen 5 años . El juzgado y el tribunal regional de apelación han entendido que rige la norma estatutaria específica que impide la aplicación de esa conversión en fija y además permite la contratación anual en la modalidad de programa.

En cambio, para Empleo de la CE, esta contratación anual , aunque sea por "programas", durante más de 5 años es "artificial" y encubre una contratación "en esencia permanente" y concluye que es  "cuestionable" que la interpretación realizada en la sentencia del tribunal sea "compatible" con el Derecho de la UE, dado que su Directiva 1999/70/CE exige a los Estados  de la UE "que "garanticen" que los "contratos temporales" no "se utilicen para eludir la para eludir la protección asociada al empleo indefinido".


lunes, 3 de noviembre de 2025

El Gobierno de Castilla y León, para ejecutar varias sentencias de anulación de la convocatorias por concurso-oposición y su paso a concurso de méritos de la Ley 20/2021, publica la modificación de la OPE 2022 del SACYL según la ley 20/2021 ampliando el número de plazas a concurso de méritos de las categorías de licenciados, entre ellas las del grupo A1 de informáticos. Hay otras sentencias pendientes en el mismo sentido de otras categorías

Se ha publicado en la página web del SACYL -el ente público que presta el servicio de Salud de CAstilla y León- sobre sus procesos de estabilización de la OPE2022 según laa ley 20/2021, y en el Boletín Oficial de Castilla y León de 01/09/2025 el  el  ACUERDO del Gobierno de la Junta de Castilla y León, por el que "se dispone la ejecución de varias sentencias",  entre ellas la  sentencia de 21/01/2025 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León al recurso de nº 965/2022 ampliado en el recurso 198/23 del sindicato  CESM de Castilla y León, contra la OPE de estabilización 2022 del SACYL  según la ley 20/2021  y su posterior convocatoria de concurso-oposición, en cuanto a las plazas de categorías de licenciados, entre ellas las de Informática del grupo A1, que aún siendo de una OPE de estabilización anterior y no estar convocadas cuando entró en vigor la Ley 20/2021, el SACYL las re-ofertó y convocó por concurso-oposición en lugar de a concurso de méritos estipulado por la Disposición Adicional 6ª y 8ª  de la ley 20/2021.

En dicha sentencia, la Sala de lo Contencioso , reiteraba lo dicho en primer lugar en su sentencia de 24/10/2024 sobre la categoría de nutricionista, así como en otras sentencias sobre otras categorías, y dictaba la anulación de la inclusión de las plazas de todas las categorías de la convocatoria recurrida de concurso oposición - de licenciados, entre ellas la de informática de grupo A1- y dictaminaba que deben convocarse a concurso de méritos de la ley 20/2021.  dado que , por definición, se trataban todas plazas cubiertas de forma temporal de antes de 2015, no estaban convocadas, y por tanto debían convocarse por concurso de méritos de estabilización ya sólo por el literal de la Disposición adicional 6ª.

Recordatorio [APRISCAM] 'La justicia da la razón a APRISCAM y anula las oposiciones de tecnologías de la información del SESCAM de la OPE 2018' [Sus 150 plazas no fueron al concurso de meritos de la ley 20/2021 por haber sido convocadas poco antes a esas oposiciones fuera de su propio plazo. APRISCAM pide que las 120 plazas se convoquen a concurso de méritos de estabilización acogiéndose a la Ley 20/2021]

[Recordatorio de entrada publicada el 19/05/2025]  

'La demanda presentada por APRISCAM ha sido estimada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y las convocatorias han sido anuladas por contener importantes deficiencias.

La sentencia confirma lo que desde hace más de 3 años viene manteniendo esta asociación: Estas convocatorias se materializaron a toda prisa para evitar aplicar la Ley 20/2021 que preveía un proceso selectivo basado en concurso de méritos. Desconocemos el motivo real de esta forma de actuar, pero su premura hizo que se cometieran importantes errores en los detalles técnicos de estas convocatorias.

La sentencia deja claros los siguientes aspectos:

viernes, 31 de octubre de 2025

[Comisión Europea] "Informe de actualidad sobre derecho laboral en la UE de Mayo de 2025": La sentencia del Tribunal Supremo austríaco concediendo la fijeza a un docente temporal del Estado por una prórroga de más de 3 meses con una sustitución injustificada es una transposición correcta de la clásula 5ª de la Directiva Europea 1990/70/CE sobre abuso de temporalidad

Hace una semanas la Comisión Europea ha publicado la edición de Mayo de 2025 del "Informe de actualidad sobre derecho laboral"[Flash reports on labour law]que prepara la Unidad de Derecho del Trabajo de la haciéndose eco de novedades en materialde derecho laboral de cada país,incluido el  empelo público, incorporando siempre una primera sección de "Resumen ejecutivo" con lo que consideran más relevante en cada materia , entre ellas "trabajo temporal", de entre todos lo país seguida de una sección por cada país

El resumen ejecutivo de la edición de este mes de Mayo de 2025 destaca en su sección sobre trabajo temporal una sentencia del Tribunal Supremo austríaco  sobre empleo público temporal de Austria, que, en  la sección del país  detalla es la sentencia  de 29 de abril de 2025 nº 9 ObA 14/25 sobre docentes públicos bajo contrato temporal.

Literalmente la sección sobre trabajo temporal de Austria del informe, apartado sentencias dice:  [traducción de Google, resaltados en negrita cursiva nuestros ] :

jueves, 30 de octubre de 2025

Recordatorio. [Poder Judicial] ' El Tribunal Superior de la Xunta de Galicia confirma la sentencia que reconoce el derecho a indemnización de un interino cesado por no superar las pruebas de estabilización de la plaza que ocupaba' [por un proceso derivado de la Ley 20/2021] . Los magistrados ratifican la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra, pionera en Galicia, que condenó a la Xunta a pagarle una compensación de 44.713 euros' [Aplica el artículo 2.6 de la ley 20/2021]

 [Recordatorio de entrada publicada el 04/09/2025]

'La sección primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG ha ratificado la sentencia del magistrado del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra, pionera en Galicia, en la que condenó a la Xunta a pagar una compensación económica de 44.713 euros a un docente por su cese como personal interino, puesto que desempeñó durante 30 años, tras no superar las pruebas de un procedimiento de estabilización convocado por la Administración autonómica. 

El TSXG, por lo tanto, ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional e Universidades contra la sentencia de primera instancia, dictada en octubre de 2024, la cual ha confirmado. En la resolución, los magistrados destacan que la compensación económica se prevé en el artículo 2.6 de la ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, cuyo objetivo “es tanto poner fin a la excesiva temporalidad en las administraciones como dar una respuesta legal a la compensación económica por el abuso en la temporalidad de la misma, aplicando la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70/CE del Consejo”. Dicha ley, según consta en la resolución, le reconoce al docente el derecho a percibir la compensación que reclama, equivalente a las retribuciones fijas de 20 días por año de servicio, hasta un máximo de 12 mensualidades. 

martes, 21 de octubre de 2025

[Arauz] El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León sentencia que se amplíen las plazas de la OPE de estabilización por concurso de méritos de Castilla y León según la ley 20/2021 de la Escala de Seguridad e Higiene en el Trabajo

 'EL Tribunal Superior de Justicia  de CASTILLA y LEÓN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, acaba de dictar Sentencia de fecha 14 de octubre de 2025, que anula y deja sin efecto la OPE de la Junta de Castilla y León convocada al amparo de la Ley 20/2021, por omitir en la misma las cuatro plazas de los recurrentes de la Escala de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

La Sentencia obliga a publicar una nueva OPE que incluya estas 4 plazas y además, condena a la Junta de Castilla y León al pago de las costas procesales que cuantifica en 2.000€, más IVA.

Espero que los partidos políticos que todavía se resisten a la estabilización, tomen nota del caos administrativo que sentencias como esta van a producir y entiendan que la conversión automática del personal publico temporal víctima de un abuso es la única medida que resuelve definitivamente el  problema de los abusos incompatibles con la Directiva 1999/70 en el sector público nacional.

viernes, 17 de octubre de 2025

[Araúz] El TSJ de Canarias reconoce a un estatutario temporal del Servicio Canario de Salud la clasificación profesional y sueldo del grupo A2 de su puesto de trabajo para el que fue contratado aunque no contara con el título universitario exigido

'El Tribunal Superior de Justicia  de las Palmas de Gran Canaria, ha dictado sentencia de 26 de septiembre de 2025, en la que reconoce a un estatutario temporal del Servicio Canario de Salud la clasificación profesional en el grupo A2 y la reclamación de cantidad desde el año 2007, aunque no ostentaba el título universitario necesario para desempeñar este puesto de trabajo en el momento del inicio de la relación laboral, y sin que ello suponga vulneración alguna de los principios de mérito, igualdad y capacidad.

jueves, 9 de octubre de 2025

[Poder Judicial] 'La Audiencia de Bizkaia absuelve a la enfermera juzgada por simular la vacunación de menores al apreciar la eximente completa de alteración psíquica El tribunal acuerda sin embargo imponer a la acusada como medida de seguridad siete años de tratamiento médico externo pautado por un médico especialista en psiquiatría y el mismo tiempo de inhabilitación para el ejercicio de profesión o empleo público en el ámbito de las profesiones sanitarias'

 'La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha absuelto a la enfermera del Servicio Vasco de Salud (Osakidetza) juzgada por simular la vacunación de menores de los delitos continuados de daños y falsedad documental cometido por funcionario público al concurrir la eximente completa de alteración psíquica prevista en el artículo 20.1 del Código Penal.

El tribunal sin embargo ha acordado imponer a la acusada como medida de seguridad siete años de tratamiento médico externo pautado por un médico especialista en psiquiatría y el mismo periodo de inhabilitación para el ejercicio de profesión o empleo público en el ámbito de las profesiones sanitarias.

martes, 7 de octubre de 2025

[Podemos] Podemos sólo apoyará el proyecto de Ley de Función Pública si el Gobiernoacepta enmienda de fijeza para los empleados públicos en abuso de temporalidad

'Podemos solo apoyará la Ley de función pública del Gobierno si acepta reconocer la fijeza a los interinos e interinas que han sufrido durante años abusos en sus contratos de temporalidad. Son personas, no son plazas ni números y necesitan una reparación justa'