El Gobierno del Estado- tal y como como ya hizo con la Proposición
de Ley en el Congreso del Grupo Plural de un turno
especial de acceso y con la primera proposición de ley presentada por Compromís- ha vuelto a comunicar su no conformidad a la tramitación -haciendo uso del "veto presupuestario"- de la Proposición de Ley "de
medidas para garantizar en el ámbito del empleo público, el
cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE del Consejo de 28 de junio de
1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el
trabajo de duración determinada" (nº iniciativa 622/57), según el texto registrado el 15/02/2021 por el Senador de Compromís, Carles Mulet,. El Gobierno disponía de un plazo de 10 días desde la comunicación del Senado del nuevo texto (o, en su defecto publicación oficial en el Boletín de las Cortes)
Según el documento con el comunicado del Gobierno al Senado, fechado el 09/03/2021 pero publicado ayer 16/03/2021, el Gobierno repite su anterior veto, y así: en primer lugar informa de su criterio negativo con respecto a la toma en consideración de la Proposición de Ley al entender [erróneamente, entendemos nosotros]
que en este proceso excepcional "únicamente participaría el personal
que se encuentre ocupando los puestos objeto de la convocatoria", lo que
"podría chocar con el artículo 23.2 de la Constitución, en el que se
establece que todos los ciudadanos “tienen derecho a acceder en
condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los
requisitos que señalen las leyes" y, si bien reconoce que el artículo
artículo 61.6 contempla la posibilidad de realizar un proceso selectivo
que consista únicamente en la valoración de méritos", pero sólo
"obviamente respetando siempre el principio de libre concurrencia y
publicidad". La opinión del Gobierno con respecto a la "toma de
consideración" -que pase a trámite de enmiendas y votaciones- de una
Proposición no de Ley no es vinculante para la decisión de la toma de
consideración, que la toma el Parlamento.
Y , más allá de esas consideraciones del tipo irrelevantes para poder plantear un veto "presupuestario", en segundo lugar, haciendo uso de la prerrogativa de artículo 134.6 que le da la Constitución, el Gobierno presenta su "no conformidad" (necesariamente presupuestaria para que pueda llegar a ser vinculante o de veto) a la tramitación de la Proposición de Ley,
dado que, "de acuerdo a las estimaciones realizadas por el Ministerio
de Política Territorial y Función Pública se considera que la aprobación
de la proposición de ley de referencia es susceptible de producir en los Presupuestos Generales del Estado en vigor un aumento de al menos, 1.800.000 euros", no sin antes introducir la siguiente coletilla: "El Ministerio de Política Territorial y Función Pública es plenamente consciente de la importancia de la problemática que pretende abordar la Proposición de Ley y, por ello, está trabajando activamente para poder dar una respuesta legislativa en el menor tiempo posible. Ello se hará buscando siempre el consenso y dentro de nuestro marco presupuestario, legal y constitucional."