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lunes, 13 de abril de 2026

[El País/ Público/20 Minutos/infoLibre/El Economista] El Tribunal de Justicia de la UE responderá este martes 14 de Abril al Tribunal Supremo español cómo puede compensar el abuso de la temporalidad de empleados públicos

 Informan este 13/04/2026 varios medios, entre otros El País, Público, 20 Minutos, infoLibreEl Economista, .., que el Tribunal de Justicia de la UE dará respuesta este 14 de Abril , via sentencia de la Gran Sala del TJUE al  asunto Obadal [C-418/24] ,  a las cuestiones que  le planteó la propia Sala de lo Social del Tribunal Supremo español  sobre  las sanciones para el abuso de temporalidad del empleado público español (al menos sobre los de su competencia).

Todos los medios señalan el enorme volumen de temporalidad en el empleo público español, del 32% fundamentamente en las CCAA y entidades locales y que  la  respuesta es esperada por el enorme volumen cientos de miles de trabajadores públicos que son funcionarios interinos o personal laboral (temporales, indefinidos e indefinidos no fijos) durante muchos años y  también están a la expectativa de un posible cambio de normativa del Gobierno, que ha afirmado varias veces que se esperaba a esta sentencia

lunes, 30 de junio de 2025

El Pleno del Tribunal Constitucional del 10 de Junio pasó a trámite de alegaciones al Fiscal General del Estado la cuestión de inconstitucionalidad de un Juzgado de Bilbao sobre si es inconstitucional conceder por sentencia la fijeza ante el abuso de temporalidad al empleado público laboral

Acaba de publicarse la actualización del orden del día , ya con sus "resultados", del Pleno del Tribunal Constitucional del 10/06/2024 , que contaba con el punto del orden del día la admisión a trámite la cuestión de inconstitucionalidad del Juzgado de lo Social número 10 de Bilbao (CI 3305-2025) que tiene como objeto la "Cláusula 5 del Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, de 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo", es decir, en relación a la normativa europea sobre abuso de temporalidad, "por posible incompatibilidad con los artículos 23.2 y 103 de la Constitución Española", es decir, los  artículos que fijan el derecho de los ciudadanos a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, y el principios de mérito y capacidad en el acceso a la función pública, respectivamente.


Y la decisión publicada en los resultados para ese punto del orden del día es la de "Alegaciones al Ministerio Fiscal (Art 37.1 LOTC)", es decir, el Pleno habrá dictado providencia  al fiscal general del Estado para que en un cierto plazo alegue lo que considere conveniente sobre una decisión ulterior que se está planteando el Pleno del Tribunal sobre esta cuestión.