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lunes, 18 de marzo de 2024

Coalición Canaria presenta una Proposición No de Ley para instar al Gobierno a que legisle cumpliendo con la reciente sentencia del Tribunal de justicia dela UE y , mientras tanto, se prorrogen los plazos de la Ley 20/2021

Coalición Canaria vía su diputada del  l Grupo Parlamentario Mixto, Cristina Valido García, ha presentado una Proposición no de Ley (nº expediente 162/165) sobre "la estabilización del personal laboral al servicio de las administraciones públicas en abuso de temporalidad", tras la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE del 22/02/2024.  Nótese que es una propuesta  presentada -por tanto, todavía no aprobada- y además de una PNL -que en caso de aprobarse no sería vinculante para el Gobierno del Estado-, y, ni muchos menos se trata de una publicación de una ley aprobada (como mucha gente ha podido pensar al ver el texto en un "boletín", el del congreso de los diputados).

Literalmente reza así:

viernes, 15 de marzo de 2024

Publicadas en el BOCM las primeras declaraciones de proceso superado del concurso de méritos del SERMAS según la ley 20/2021:categorías de Maestro Industrial y Tapicero

Este 14/03/2024 se han publicado en el BOCM   y en la página web del SERMAS dedicada a los procesos selectivos las primeras declaraciones de personas que han superado el proceso de  convocatorias 2022 de procesos de estabilización de empleo temporal de la OPE 2022 del SERMAS  calificaciones definitivas del Concurso de Méritos según  Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad  en el caso del Servicio Madrileño de Salud, en concreto para las categorías de Maestro Industrial y de Tapicero, categorías que contaban sólo con 1 plaza y 2 plazas respectivamente, abriéndose ademñas el proceso de elección de plazas ofertadas, en ambos casos igual en número al de personas que han superado el proceso, y del tipo llamamiento directo dado el escaso número de plazas.

lunes, 11 de marzo de 2024

Recordatorio. Resumen de la comparecencia del Dir. Gral de RRHH en Comisión de Sanidad sobre OPE 2021 del SERMAS: fue absorbida por OPE 2022 de estabilización por concurso de méritos, que está en fase de resolución de recursos de alzada de los resultados definitivos. Las convocatorias por concurso-oposición de facultativos especialistas de Diciembre 2021 tendrán sus exámenes después de la resolución del siguiente concurso de méritos de las OPEs 2022-23 ordinarias. Las publicaron "desconociendo" que días después el Estado publicaría la ley 20/2021

 [Recordatorio de entrada publicada el 05/03/2024] Este lunes 04/03/2024 tuvo lugar reunión de la Comisión de Sanidad de la Asamblea de Madrid  contando  en su orden del día , entre otros puntos, con la comparecencia (C 1191/23)  del Director General de RRHH y Relaciones Laborales del SERMAS,, a petición del Grupo VOX, al objeto de informar de las "sobre efecto que puede tener la tramitación de Ofertas Públicas de Empleo 2021"

 
Puede verse una retransmisión de la sesión en la web de la Asamblea de Madrid.
 
La peticionaria de la comparecencia, portavoz de Vox, mencionó en su intervención que su pregunta se refería a las convocatorias de procesos selectivos por concurso oposición en 2021 y en especial a las de médicos especialistas convocadas en Diciembre de 2021 poco antes de la publicación de la nueva ley de estabilización 20/2021, con las que tendrían que haber sido convocadas por concurso de méritos excepcional de estabilización.

El Director General de RRHH del SERMAS , en su turno inicial de la comparecencia, indicó  [audio íntegro]:

Ceses masivos, sin indemnización, de Auxiliares Administrativos tras la resolución final de los procesos por oposición de las OPEs ordinarias de 2017-2019 de Administración General de la Comunidad de Madrid , 760 plazas temporales ya todas más de 5 años

Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de este 01/03/2024, la "ORDEN de 1 de marzo de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombran 760 funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxiliares de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, dela Administración General y Servicios de la Comunidad de Madrid" por la resolución del proceso selectivo  convocado "por Orden 1916/2019, de 7 de junio (B.O.C.M. de 26 de junio), de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, y ampliándose plazas mediante la Orden 539/2021, de 9 de marzo (B.O.C.M. de 16 de abril), de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública".

 

Dichas convocatorias derivan de  OPEs ordinarias de la Administración General y Servicios de la Comunidad de Madrid de los años 2017 , 2018 y 2019, por tanto , de plazas de funcionarios vacantes de 2016 a parte de 2019 como mucho, con lo que todos los temporales que las sigan ocupando llevan en dichas  vacantes entre 5 y 8 años (y, en muchos casos, como funcionarios interinos de la misma categoría y AAPP muchos más. 

 

viernes, 8 de marzo de 2024

Publicadas exclusión, por renuncia expresa, de un aspirante al concurso de méritos de Ley 20/2021 del SERMAS para la categorías de Técnico Superior en Sistemas y.T.I.

Este 07/03/2024  se ha publicado la Resolución de 4 de marzo de 2024 de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud , por la que declara la exclusión de una aspirante en el proceso selectivo  del Concurso de Méritos  de la Ley 20/2021 del SERMAS para la categoría  de Técnico Superior en Sistemas y.T.I.    por renuncia personal expresa

Ya se habían publicado las calificaciones definitivas  del concurso de méritos de estabilización del SERMAS para dicha categoría, estando prevista la publicación de forma inminente del correspondiente boletín oficial con la declaración de los aspirantes que han superado el proceso selectivo, que, por tanto, tendrá en cuenta ya esta exclusión, y aparecerá en la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el turno libre la persona siguiente en el orden de las calificaciones definitivas.

 

jueves, 7 de marzo de 2024

[Redacción Médica] El Ministro José Luis Escrivá responde a las declaraciones de Yolanda Díaz que se remite al compromiso con la UE de reducir la temporalidad pública con los procesos de estabilización emprendidos según la ley ya aprobada al efecto, la ley 20/2021 [ El Tribunal de Justicia de la UE falló en esa sentencia que procesos selectivos con plazas ocupadas por personal en abuso de temporalidad VIOLAN la normativa UE si no tienen en consideración la situación de abuso de temporalidad de dicho personal]

Informa Redacción Médica este 06/03/2024 que el Ministro de Función Pública, José Luis Escrivá, preguntado por las declaraciones de la vicepresidenta 2ª del Gobierno, Yolanda Díaz,  tras la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 22 de febrero, e el “el debate tiene que ser de más calado", que habrá una  reforma de la Administración a futuro  como la anunciada en su reciente comparecencia en el Congreso, y , ya en concreto, en cuanto al personal temporal de larga duración existente de forma masiva, que  "se remite al compromiso" reflejado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ante la Comisión Europea  y en la Ley que aprobó el Gobierno anterior para cumplirlo, la Ley  20/2021, de 28 de diciembre, de reducción de la tasa de temporalidad estructural al 8 por ciento incluyendo procesos de  "estabilización de plazas" que persiguen estabilizar 300.000 trabajadores, asegurando que “llevamos 225.000 en este momento”.

miércoles, 6 de marzo de 2024

[UGT Servicios Públicos nacional] Convocada reunión de la Comisión de Seguimiento de la Estabilización por el Ministerio de Función Pública este 06/03/2024: datos de establización en AAPP y sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 "en referencia al personal indefinido no fijo de las AAPP"

 'El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, ha convocado reunión de la Comisión de Seguimiento de la Estabilización para el próximo  miércoles 6 de marzo a las 13:00 horas.


Entre los asuntos a tratar en la reunión se encuentra, tanto los datos de  estabilización en las Administraciones y Empresas Públicas, como la última sentencia emitida por el TJUE en referencia al personal indefinido no fijo de las
Administraciones Públicas.'

 

Recordatorio. [22/02/2024] El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024 a asuntos acumulados Consejería de Presidencia C.M./UNED/AMAS, reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad , tumba tanto la figura del indefinido no fijo para abuso de temporalidad del laboral público como que , en general, puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021

 [Recordatorio de entrada publicada el 22/02/2024] Este mismo jueves 22/02/204 a las 09:30, como  estaba previsto ha tenido lugar la lectura y publicación de la importante sentencia del del Tribunal de Justicia de la UE  de los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22, C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" , todos por cuestiones prejudiciales de la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En concreto, se trata de los asuntos:


Recordemos que en los dos primeros asuntos, ambos sobre personal laboral ya declarado previamente como indefinido no fijo, esta sección de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid  cuestionaba en general la actual doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de conceder nada más que esa figura de indefinido no fijo al laboral empleado público como sanción al abuso de temporalidad y , preguntaba al Tribunal Europeo, refiriéndose en concreto ya a estos casos de personal ya indefinido no fijo:_
  •  si esa figura  del "indefinido no fijo" [INF] es un "contrato de duración determinada" de los de la cláusula 5ª en la Directiva 1999/70/CE [es decir, temporal], y si, en ese caso, no debería considerarse abuso de temporalidad según dicha cláusula 5ª de la Directiva permanecer a su vez  tiempo bajo esa figura de indefinido no fijo sin que se cumpliera con la obligación de cobertura inmediata del puesto con el proceso selectivo y cuál debería ser la consecuencia de este abuso, si en especial valdrían como sanción, considerando el tribunal remitente que no,:
    • la indemnización al cese de sólo 20 días por año trabajado con tope de 12 meses que ya tiene concedido al indefinido no fijo 
    • el ŕegimen de "responsabilidades" difuso e inconcreto establecido especialmente desde el Real Decreto-Ley 14/21  vigente cuando se emitieron los dos primeros Autos de los dos primeros asuntos, y que fue incorporado tal cual en la posterior nueva Ley 20/2021
    • los procesos selectivos denominados "de estabilización" pero que son de libre concurrencia y convencionales, por tanto de futuro incierto para la persona en abuso que puede acabar perdiendo el empleo, con oposición en general, tanto los derivados de las leyes estatales de 2017 y 2018 como los derivados del Real Decreto-Ley 14/2021 -los vigentes  cuando se emitieron los dos primeros Autos de los dos primeros asuntos-, estos últimos , los procesos derivados del RDL 14/2021, ya admeás  con una compensación de 20 días por año con tope 12 mensualidades en el caso de perder el empleo por dicho proceso selectivo,

  •  si se considera que no hay medidas válidas de sanción, es decir "en caso de considerar que no existen medidas suficientemente disuasorias en la legislación española", si la consecuencia deabuso de temporalidad en  un empleado público laboral indefinido no fijo mantenido años debe ser , en lugar del simple mantenimiento como indefinido no fijo hasta que la administración proceda con el proceso selectivo para la cobertura de su puesto o la amoritzación, pues "el reconocimiento  del trabajador como fijo plenamente, sin matizaciones", e  incluso aunque se esté interpretando por el Supremo  que el principio de igualdad en el acceso de la Constitución Española impide esa fijeza, preguntando entonces además, si dado que para esta Sala remitente no hay problema constitucional en dicha fijeza por abuso para los empleados públicos laborales, no sería válida esa "interpretación conforme" del derecho español al europeo que permite considerar que en estos casos de empleados laborales en abuso no se viola la Constitución con la conversión en fijo (siempre como única medida de sanción ya posible a falta de otras medidas de sanción contempladas en la ley , como sería el caso de cuando se pusieron las demandas si el tribunal no admite como válidas ni la permanencia en indefinidoo no fijo, ni su indemnización de 20 días al cese ni dichos procesos selectivos abiertos)

En el tercer asunto , el asunto AMAS, ya sobre una laboral temporal de contrato de interinidad prolongado en el tiempo, se realizan prácticamente las mismas cuestiones- ,  pero para el caso de un empleado público laboral que todavía no es indefinido no fijo y salvo las primeras preguntas de si ese tipo de contrato es temporal y si permanecer enese tipo de contrato es un abuso de temporalidad, cuestiones ya contestadas explícitamente de forma afirmativa para ese tipo de temporal en la sentencia previa del Tribunal Europeo del asunto IMIDRA y reconocidas por la propia doctrina de la Sala de lo Social en su reacción en Pleno de junio de 2021 a la sentencia IMIDRA.
 

Recordatorio [05/05/2023] El Tribunal Supremo reitera que las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 no vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidadal interpretar que no se sigue de las sentencias europeas que sea "ineludible" establecer una sanción si no está ya contemplada en la legislación española y servir esos procesos para la finalidad de aumentar la contratación indefinida en el empleo público

 [Recordatorio de entrada publicada el 05/05/2023 OJO hace casi 1 un año] Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 21/04/2023 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo al recurso de casación n•5972/2021 del Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración [SINTTA],  contra la OPE de estabilización de 2019 de la Administración de Asturias, uno de los 3 recursos de casación que habían sido admitidos a trámite de demandas de empleados públicos temporales con el abogado Raúl Bocanegra contra sendas Ofertas de Empleo Público de "estabilización" derivadas de las leyes anteriores estatales de procesos estabilización de 2017/2018 (en concreto, del artículo 19.Uno.9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 ) acordados con los sindicatos estatales. En especial, no se trata de una OPE de estabilización derivada de la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública.

Por el recurso de casación nº 3960/2021 de 10 empleados públicos  contra la OPE de estabilización de 2019 de personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, esta Sala del Supremo ya dictó sentencia el 24/01/2023 de la que informamos aquí:.el Tribunal Supremo sentenció que las leyes de estabilización anteriores no vulneran la normativa europea contra el abuso de temporalidad al interpretar que no se sigue de las sentencias europeas que sea "ineludible" establecer una sanción si no está ya contemplada en la legislación española y servir esos procesos para la finalidad de aumentar la contratación indefinida en el empleo público .

Recordemos que se demandaba la nulidad de esa OPE de estabilización en base, originalmente, a estos dos fundamentos sobre el artículo 19.Uno.9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 (es decir , en base a fundamentos sobre la ley estatal de la que deriva la OPE recurrida y no en base  a fundamentos sobre el Decreto de OPE en sí mismo):
  1. vulnera la cláusula 5ª sobre abuso de temporalidad del Acuerdo Marco contenido en  la Directiva Europea 1999/70/CE"  , según la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea 19/03/2020 - del asunto principal "Sánchez Ruiz", un informático nuestro- , al regular ese artículo de la Ley de Presupuestos de 2018 que se realice con las plazas ocupadas por temporales más de 3 años a 31/12/2017, y por tanto, con empleados en situación de temporalidad abusiva, una oferta de empleo público de convocatorias de libre concurrencia con la que se puede cesar al personal en abuso siendo sustituido por otros, solicitando que el órgano judicial, por primacía del derecho de la Unión, aplique la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al respecto,

martes, 5 de marzo de 2024

Resumen de la comparecencia del Dir. Gral de RRHH en Comisión de Sanidad sobre OPE 2021 del SERMAS: fue absorbida por OPE 2022 de estabilización por concurso de méritos, que está en fase de resolución de recursos de alzada de los resultados definitivos. Las convocatorias por concurso-oposición de facultativos especialistas de Diciembre 2021 tendrán sus exámenes después de la resolución del siguiente concurso de méritos de las OPEs 2022-23 ordinarias. Las publicaron "desconociendo" que días después el Estado publicaría la ley 20/2021

Este lunes 04/03/2024 tuvo lugar reunión de la Comisión de Sanidad de la Asamblea de Madrid  contando  en su orden del día , entre otros puntos, con la comparecencia (C 1191/23)  del Director General de RRHH y Relaciones Laborales del SERMAS,, a petición del Grupo VOX, al objeto de informar de las "sobre efecto que puede tener la tramitación de Ofertas Públicas de Empleo 2021"

 
Puede verse una retransmisión de la sesión en la web de la Asamblea de Madrid.
 
La peticionaria de la comparecencia, portavoz de Vox, mencionó en su intervención que su pregunta se refería a las convocatorias de procesos selectivos por concurso oposición en 2021 y en especial a las de médicos especialistas convocadas en Diciembre de 2021 poco antes de la publicación de la nueva ley de estabilización 20/2021, con las que tendrían que haber sido convocadas por concurso de méritos excepcional de estabilización.

El Director General de RRHH del SERMAS , en su turno inicial de la comparecencia, indicó  [audio íntegro]:

Publicadas las plantillas correctoras de los exámenes de este 3/03/2024 por las convocatorias de Junio de 2021 por concurso-oposición de las OPE de estabilización anteriores del SERMAS con plazas temporales de antes de 2014 de varias categorías, que habrían sido convocadas a concurso de méritos por la ley 20/2021

Este 04/03/2024 se han publicado en la página web del SERMAS dedicada a los procesos selectivos  en su apartado de pruebas selectivas para personal estatutario fijo de las convocatorias publicadas en  Junio de 2021  , las plantillas correctoras del examen celebrado es 3 de marzo de 2024 de las categorías de Grupo Técnico de la Función Administrativa, Grupo Gestión de la Función Administrativa , Trabajador Social, Grupo Administrativo de la Función Administrativa y Grupo Auxiliar de la Función Administrativa.

Estos proceso selectivos por concurso oposición  están derviados de las (antiguas 2ª y 3ª fases) de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de "estabilización " según las ley estatal de 2017

También se han publicado las fechas de celebración de los procesos de promoción interna convocados enJunio de 2021 derivados de las OPE 2018 y 2019 del SERMAS.

Recordemos que el artículo 19.Uno.6. de la Ley estatal 3/2017 habilitó en 2017 a los Servicios de Salud, entre otros sectores de la AAPP,  a incluir en OPEs , publiables hasta 2019, convencionales, sin límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/2016 y todos los puestos temporales antes de 01/01/2005 según la Disposición Transitoria 4ª del EBEP, pero no habilitó ninguna fórmula extraordinaria o especial de consolidación. Así el sistema selectivo de estas convocatorias es de concurso-oposición con bases comunes publicadas en Mayo de 2021.

Nótese que habían pasado más de  2 años y medio desde las convocatorias, que han visto sólo hace unos días atrás la publicación  del listado de admitidos definitivos, y que, incluso, cuando se publicó el 29/12/2021 la nueva ley estatal de estabilización , reacción a las sentencia europea sobre abuso de temporalidad en empleo público español de 19/03/2020, la Ley 20/2021, no estaban publicadas los listados de admitidos provisionales de estas convocatorias, con lo que si el SERMAS hubiera desistido de estos procesos todas estas plazas habrían tenido que ser convocadas a  concurso de méritos por  dicha nueva ley estatal 20/2021,  por tratarse  de plazas temporales desde antes de 2014, y por tanto desde antes de 2016, fecha elegida para la antigüedad mínima de la plaza ya sólo por la Disposición Adicional 6ª de la Ley 20/2021 para convocarlas a concurso de méritos.


lunes, 4 de marzo de 2024

Recordatorio. [Redacción Médica] Opinión de Ricardo De Lorenzo del impacto de la sentencia europea en Sanidad: las OPEs de estabilización que se han convocado "no garantizan" el mandado de Europa

 [Recordatorio de entrada publicada el 27/02/2024  Publica Redacción Médica este 26/02/2024 una tribuna de opinión del gabinete de abogados Ricardo de Lorenzo  de la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de este pasado jueves 22/02/2024  a  los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" concluyendo que las OPE de estabilización que se han desarrollado en el Sistema Nacional de Salud  "no garantizan" el mandato de Europa.

 

 

Recordatorio [CCOO Sanidad Madrid] 'Arrancan los exámenes para las oposiciones del SERMAS que se convocaron en 2021. Un requerimiento de CCOO en la Mesa Sectorial de la Sanidad Pública madrileña .'

[Recordatorio de entrada publicada el 27/02/2024] Casi 2000 plazas por turno libre y de promoción interna  El domingo 3 de marzo de 2024 comienzan los primeros exámenes de las oposiciones para trabajar o promocionar en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).  Esta OPE se publicó en el mes de junio del año 2021. En la convocatoria se ofertan 1952 plazas de las cuales 1163 son de turno libre con 82 de turno de discapacidad, 659 de promoción interna libre y 48 de promoción interna en el turno de discapacidad.

 

Durante los días 3 y 10 de marzo, en tres facultades de la Universidad Complutense, en el campus de Moncloa, comparecerán en las pruebas 12357 opositores y opositoras que pugnan por una plaza en el turno libre, y 1690 que ya tienen plaza en la sanidad pública madrileña, pero que se presentan a plazas de nivel superior.

Las primeras categorías convocadas para los exámenes del día 3 de de marzo son las del grupo de técnicos de la Función Administrativa, grupo de gestión de la Función Administrativa, trabajadores y trabajadoras sociales, grupo administrativo de la Función Administrativa, y grupo auxiliar de la función Administrativa.

El siguiente domingo, el día 10 de marzo, a partir de las 9:30 horas, será el turno de los técnicos sanitarios de Anatomía Patológica, de Higiene Bucodental, de Medicina Nuclear, de Laboratorio, de Radiodiagnóstico y Radioterapia. También se examinarán los técnicos auxiliares de Farmacia y los técnicos medios auxiliares de Enfermería. 

 

jueves, 29 de febrero de 2024

[Gob. de Canarias] La Consejera de Presidencia y AAPP del Gobierno de Canarias , Nieves Lady Barreto pide al ministro Escrivá la convocatoria de la Comisión del Empleo Público "a la mayor brevedad" por la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024

'La consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, Nieves Lady Barreto, ha solicitado al ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, la convocatoria de la Comisión de Coordinación del Empleo Público, a la mayor brevedad, al efecto de conocer la interpretación y el posicionamiento del Gobierno de España sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de febrero de 2024 que afecta a los trabajadores interinos de larga duración.

Al respecto, Nieves Lady Barreto reclama un pronunciamiento expreso de la Administración General del Estado (AGE) para que las comunidades autónomas puedan continuar con su labor con seguridad jurídica y ofrecer confianza de la ciudadanía.

[Cadena SER] Consejera de AAPP de Canarias: "Lo que Europa dice es que esos interinos son fijos y no hay que hacer estabilización porque ya son fijos" . La sentencia del TJUE lo único que requiere es que el Gobierno estatal diga cómo

Informa la Cadena SER este 29/02/2024 que la consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, Nieves Lady Barreto,  cree que  la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024, "dice que esos interinos son fijos y no hay que hacer estabilización porque ya son fijos" , quedando ver la forma de cómo se les hace fijos, ahora que ya se ha pronunciado el Tribunal. europeo sobre que la forma actual no es válida, correspondiéndole al Gobierno estatal que diga cómo.

miércoles, 28 de febrero de 2024

Sección 2ª de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid sentencia que a una auxiliar administrativa de contrato laboral durante 21 años cesada por el proceso de estabilización anterior del SERMAS le corresponde la indemnización solicitada del indefinido no fijo aunque fuera recontratada como estatutaria temporal a continuación

La Sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la misma sección que la de los casos de la sentencia de la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de este pasado jueves 22/02/2024  a  los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid", ha dictado  una sentencia el 10/01/2024, que se acaba de publicar en el CENDOJ  por el caso de una auxiliar administrativa del SERMAS que fue cesada el 13/03/2023 , tras 21 años de contrato laboral de interinidad, por "la finalización del proceso selectivo para el acceso a plazas de carácter estatuario fijo de la categoría de auxiliar administrativo", es decir,  en fecha 28/03/2023" , siendo a continuación recontratada ya como personal estatutario mediante nombramiento de interinidad en plaza vacante, y que presentó demanda de despido, una vez ya cesada de su contrato laboral, solicitando la indemnización de 20 días por años trabajado con tope 12 mensualidades del indefinido no fijo, condición que debía entenderse era de facto la que tenía en su cese al ser laboral temporal durante más de 3 años , según la doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo desde 28/06/2021 tras las sentencias europeas Sańchez Ruiz e IMIDRA.


 El proceso selectivo  por el que fue cesada había sido convocado en junio de 2018 con el sistema de concurso-oposición y sin indemnización al cese del temporal contemplada alguna, y estaba derivada de  la  OPE  de estabilización 2017 del SERMAS, primera de las tres  Ofertas Públicas de Empleo del SERMAS de "estabilización" con los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/0216 (es decir , plazas todas temporales ya más de 9 años),  que se derivaba a su vez de la Ley estatal anterior de 2017 de reducción de temporalidad, un articulado dentro de la  Ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 , tras un polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público , que venían a habilitar "tasas" adicionales para realizar ofertas de empleo público, denominadas de "estabilización", pero sin imponer o habilitar ningún sistema especial, siendo convencionales por tanto las convocatorias derivadas de estas OPEs, así como ninguna indemnización al personal interino o laboral temporal que acabara cesado por ellas, por muchos años que llevara.
 

martes, 27 de febrero de 2024

[Redacción Médica] Opinión de Ricardo De Lorenzo del impacto de la sentencia europea en Sanidad: las OPEs de estabilización que se han convocado "no garantizan" el mandado de Europa

 Publica Redacción Médica este 26/02/2024 una tribuna de opinión del gabinete de abogados Ricardo de Lorenzo  de   la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de este pasado jueves 22/02/2024  a  los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" concluyendo que las OPE de estabilización que se han desarrollado en el Sistema Nacional de Salud  "no garantizan" el mandato de Europa.

 

[CCOO Sanidad Madrid] 'Arrancan los exámenes para las oposiciones del SERMAS que se convocaron en 2021. Un requerimiento de CCOO en la Mesa Sectorial de la Sanidad Pública madrileña .'

'Casi 2000 plazas por turno libre y de promoción interna  El domingo 3 de marzo de 2024 comienzan los primeros exámenes de las oposiciones para trabajar o promocionar en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).  Esta OPE se publicó en el mes de junio del año 2021. En la convocatoria se ofertan 1952 plazas de las cuales 1163 son de turno libre con 82 de turno de discapacidad, 659 de promoción interna libre y 48 de promoción interna en el turno de discapacidad.

viernes, 23 de febrero de 2024

[RNE 24 h] Entrevista al abogado de interinos en abuso Javier Aráuz tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024: es vinculante para todas las autoridades nacionales, cierra todas las puertas que había para incumplir la directiva y abre la de la fijeza

RNE 24 horas ha realizado una entrevista este 22/02/2024 al conocido abogado Araúz de Robles  que "lleva dedicado 10 años a esta causa", tras la importante  sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de este 22/02/2024

Entre sus respuestas, se encuentran:

[Somos Sindicalistas] 'El personal interino en fraude de ley tiene que ser fijo ya para cumplir con la Normativa Europea. Así lo sugiere la rotunda sentencia del tribunal europeo. Indica claramente tanto a los tribunales españoles como al Estado que el sistemático y escandaloso abuso de la temporalidad en fraude de ley en España tiene que tener un castigo ejemplar y disuasorio, indicando que tiene que ser la fijeza en el puesto de trabajo la única vía'

'Desde Somos Sindicalistas llevamos desde hace años, cuando conocimos el bochornoso acuerdo del ministro Montoro con los sindicatos mayoritarios, denunciando este intento de genocidio laboral perpetrado por las distintas administraciones públicas con la complicidad necesaria de los “sindicatos”. La lucha y la denuncia ante la justicia europea de muchos trabajadores y sindicatos alternativos ha dado sus frutos y parece que por fin se va a hacer justicia a las 800.000 personas afectadas por el fraude, perpetrado por aquellos que tendrían que dar ejemplo y cumplir con la normativa y la justicia laboral. Conviene recordar que estas trabajadoras y trabajadores públicos afectados, sufren, además de la incertidumbre del mantenimiento del empleo, explotación laboral teniendo que  hacer en muchos casos los trabajos más precarios y sin los mismos derechos del resto de personal, sin posibilidad de promoción, traslados, etc. Y viéndose obligados a costear enormes gastos en abogados para luchar por sus derechos.