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jueves, 25 de enero de 2024

[CCOO Sanidad Madrid] 'Una sentencia firme del Tribunal Supremo abre la puerta al pago de más de más de un millón de euros en indemnizaciones por despidos irregulares de interinos en el Hospital de Fuenlabrada.La Comunidad de Madrid tendrá que indemnizar a, al menos 40, de los 71 profesionales cesados por la Dirección del centro, que presentaron demanda por cese irregular'

'La Sala de lo Social del Tribunal Supremo  ha estimado el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por CCOO Sanidad Madrid contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que permitía que el Hospital de Fuenlabrada despidiera a una trabajadora interina de mayor antigüedad que otros contratados/as interinos para cubrir los puestos de los 410 opositores/as que consiguieron plaza fija en la OPE de 2019, y desestima el recurso formulado por el Gobierno de Ayuso condenando a costas del recurso de suplicación a la Administración regional.

El Hospital de Fuenlabrada, en 2022, despidió a 71 trabajadores/as interinos/as de mayor antigüedad para cubrir los puestos de los opositores que han conseguido las plazas fijas que se convocaron en la Oferta de Empleo Público (OPE), aprobada con motivo de la ley estatal de estabilización de los empleados públicos. El criterio legal establece que debe abandonar su puesto el personal no fijo de menor a mayor antigüedad.

Cuarenta de los 71 profesionales cesados en el Hospital de Fuenlabrada demandaron a la Consejería de Sanidad, responsable final y subsidiaria de esta decisión, que CCOO consideraba ilegal. Todos los casos juzgados se fueron ganando y recurriéndose por el Gobierno de Ayuso. CCOO estima así que las compensaciones económicas que tendrá que desembolsar la Comunidad de Madrid por la irregularidad en estos ceses, estará en torno a 1.120.000 euros.

viernes, 13 de octubre de 2023

[Consejeria de Sanidad C. de Madrid] 'Nueve hospitales públicos de la Comunidad de Madrid, reconocidos por su gestión en la quinta edición de los Premios BSH. Puerta de Hierro Majadahonda, Villalba, Rey Juan Carlos (Móstoles), Fundación Jiménez Díaz y Gregorio Marañón (Madrid) han logrado un puesto entre los galardonados'

 'Nueve hospitales públicos de la Comunidad de Madrid han sido reconocidos por su gestión en la quinta edición de los Premios BSH (Best Spanish Hospitals Awards). Estos galardones, cuya ceremonia se celebró el pasado 5 de octubre en Barcelona, premian la excelencia de los centros españoles, públicos y privados, a través de indicadores de eficiencia, adecuación y calidad asistencial con el objetivo de potenciar su mejora continua.


En concreto, han logrado un puesto entre los distinguidos cinco hospitales del Servicio Madrileño de Salud: Puerta de Hierro Majadahonda (en la categoría de Urgencias); Gregorio Marañón, en la capital, y Villalba (los dos en Procesos quirúrgicos); así como Fundación Jiménez Díaz, en Madrid, y Rey Juan Carlos,en Móstoles (ambos en Procesos médicos).


La sanidad pública madrileña ha conseguido posicionarse también en la relación de finalistas en el caso del Puerta de Hierro Majadahonda, Fundación Jiménez Díaz e Infanta Elena, en Valdemoro (los tres en Procesos quirúrgicos); Getafe y El Escorial (ambos en Procesos materno infantiles) junto a Gregorio Marañón y Fuenlabrada (en Procesos médicos).

martes, 27 de junio de 2023

[C .de Madrid] 'El Hospital Universitario de Fuenlabrada desarrolla un proyecto con inteligencia artificial para evaluar la calidad de vida en pacientes con enfermedad tromboembólica

 'Profesionales de Farmacia, Medicina Interna y Sistemas de la Información del Hospital Universitario de Fuenlabrada desarrollan un proyecto con inteligencia artificial dirigido a pacientes con enfermedad tromboembólica con el propósito de mejorar su bienestar y recuperar el control de su vida tras sufrir esta patología.

Se trata del proyecto PROMETE (Patient Reported Outcomes Measures en pacientes con Enfermedad TromboEmbólica) que permitirá la recopilación de resultados reportados por el propio paciente relativos a su calidad de vida junto con otra información de interés clínico. A este sistema se incorporarán técnicas de análisis de Real World Data (datos observacionales derivados de lo que ocurre en el mundo real) e inteligencia artificial para obtener y analizar los datos proporcionados, así como realizar análisis predictivos para la prevención de recurrencia/mortalidad. Además, este sistema establecerá algoritmos que impacten en la toma de decisiones clínicas.

martes, 11 de octubre de 2022

El Gobierno de la Comunidad de Madrid respondió a Unidas Podemos a pregunta sobre el despido masivo de interinos de mayor antigüedad por la OPE del H. de Fuenlabrada: "se notificó individualmente a cada uno que su puesto estaba vinculado" al proceso selectivo, que se convocó "respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad"

El 7/07/2022, Vanessa Lillo Gómez de Izquierda Unida de Madrid del Grupo Unidas Podemos de la Asamblea de Madrid  registraba la pregunta al Gobierno de la Comunidad de Madrid de contestación por escrito ( nº 3187/2022) sobre "razones que justifican que en el Hospital de Fuenlabrada se haya despedido a los interinos de mayor antigüedad para cubrir los puestos de los opositores que han conseguido las 410 plazas fijas que se convocaron en su última OPE".

La  respuesta del Gobierno de la Comunidad de Madrid  de 01/09/2022, publicada el 29/09/2022, ha sido :

jueves, 14 de julio de 2022

[CCOO Sanidad Madrid] 'La Comunidad de Madrid tendrá que pagar más de un millón de euros en indemnizaciones por despidos irregulares de interinos en el Hospital de Fuenlabrada. De los 71 profesionales que han sido cesados por la Dirección, 40 han presentado demanda por cese irregular' [de interinos con antigüedad entre 12 a 16 de años]

 'El Gobierno de la Comunidad de Madrid está despidiendo a los interinos de mayor antigüedad para cubrir los puestos de los opositores que han conseguido las 410 plazas fijas que se convocaron en la Oferta de Empleo Público (OPE) del Hospital de Fuenlabrada, aprobada con motivo de la ley estatal de estabilización de los empleados públicos. La misma ley dice que los interinos, de menos de tres años, que cesen en su actividad porque viene a ocuparse su plaza, no tienen que ser indemnizados, no así los que tengan mayor antigüedad, y establece que la antigüedad en el puesto debe marcar el orden de cese.

 

martes, 19 de marzo de 2019

[UGT Sanidad Madrid] 'UGT gana las primeras demandas judiciales individuales que obligan al pago de la Carrera Profesional al personal interino del Hospital Universitario de Fuenlabrada' [ que es personal empleado público laboral de empresa pública; el juzgado de lo social de primera instancia aplica la norma de no discriminación en condiciones de trabajo entre personal fijo y temporal de la Directiva europea de empleo temporal 1999/70/CE]

'La Carrera Profesional se concibió como un sistema de desarrollo profesional e individual, alcanzado por un profesional en cuanto a conocimientos, experiencia en las tareas asistenciales, docentes y de investigación y según el nivel alcanzado debido a la experiencia profesional y méritos exigidos. Lleva consigo un complemento retributivo mensual.
Hasta el momento, sólo al personal laboral fijo se le había abonado este complemento salarial desde agosto 2018 y octubre 2018.
La sentencia dictada por el Juzgado nº 2 de lo Social de Móstoles, ha estimado la demanda interpuesta a título individual por varias enfermeras afiliadas a la UGT del Centro y les ha reconocido el derecho al pago mensual de su nivel de Carrera Profesional y la cuantía reclamada desde agosto 2018, fecha en la cual se procedió al pago de este complemento salarial al personal fijo.

Los fundamentos de derecho que se esgrimen en esta sentencia se basan en la Directiva Europea 1999/70/CE. Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea donde queda de manifiesto que se debe excluir toda diferencia de trato entre trabajadoras y trabajadores fijos y los que tienen un contrato de duración determinada, sobre todo, si no median razones objetivas para ello, como es el caso que nos ocupa, puesto que el personal demandante desempeña las mismas funciones que sus compañeras y compañeros fijos.


miércoles, 3 de enero de 2018

Casi 60 millones para la Fundación Jiménez Díaz de sobre-presupuesto por la libre elección; incrementos también para los hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada

El último Consejo de Gobierno del año, del 29/12/2017  aprobó incrementos del presupuesto inicial de los hospitales tipo empresa pública:
  • 22.3 millones para la empersa pública Hospital de Fuenlabrada: que en un inicio contaba con un presupuesto 118,2 millones (congelado con  respecto al inicial anterior de 2016)
  • 12,1 millones para la Fundación Hospital de Alcorcón, cuyo presupuesto inicial fue de 144,3 Millones (por tanto, en un inicio inferior en 4 millones al anterior)

jueves, 6 de abril de 2017

[CSIT-UP] En Hacienda de la CM, la OPE pendiente de los H. Fuenlabrada y Alcorcón y pdte estatutarización

Informaba CSIT_UP Sanidad el pasado 30/03/2017  que en la reunión de la  Mesa Sectorial de Sanidad Comunidad de Madrid del 29 de Marzo 2017 RRHH de Saniad ha tramitado a Hacienda la convocatoria de la oferta pública de empleo que estaba  pendiente de convocar en los Hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada, tras realizar modificaciones para "adeuar el texto al Estatuto Básico del Empleado Público", recordando el sindicato que las convocatorias tendrían que realizarse antes del 12 de mayo para que "no caduquen" [es decir, superen el plazo de 3 años desde la oferta pública de empleo, que es el principio básico ios que "se está usando en la práctica", léase en recursos ganadores del Estado contra CCAA, para interpretar lo obligado por el própio EBEP de plazo de 3 años máximos para "desarrollar" una OPE]

viernes, 10 de marzo de 2017

Publicada en el BOE la sentencia del TC que tumba el recurso del Estado contra la estatutarización del personal laboral y funcionario informático de SSCC SERMAS y la del laboral de H. de Alcorcón, Fuenlabrada y UCR así como el recurso a la interinización eventuales de los presupuestos 2016

Se ha publicado en el BOE de hoy (nº 59 de 10/03/2017) la sentencia del Tribunal Constitucional , de la que ya habíamos informado aquí, sobre el recurso  5190/2016 que había interpuesto  el Gobierno del Estado al Tribunal Constitucional contra varios  artículos que se había aprobado con los votos de la oposición en la Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa, más conocida como ley de acompañamiento de los presupuestos 2016 de la Comunidad de Madrid, siendo éstos los artículos recurridos y el resultado de la sentencia


  • la Disposición Final 1ª.3  que posibilita la integración voluntaria del personal laboral y funcionario informático de los Servicios Centrales  del SERMAS en las categorías estatutarias de informática del SERMAS que la misma ley extendía allí en su  artículo 24: el Tribunal Constitucional ha decidido desestimar esta parte del recurso, por lo que ya ha vuelto  a ser vigente este artículo (suspendido por prerrogativa del Presidente del Gobierno al presentar el recurso)
  • la Disposición Final 1ª.4 sobre la necesidad de un proceso extraordinario de interinización para los eventuales de más de 2 años existiendo plazas vacantes: esta parte del recurso también ha decidido desestimarla  el Tribunal Constitucional, por lo que vuelve a ser vigente
  • el artículo 27  de estatutarización,  movilidad y promoción de personal laboral propio de los  hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada y de la UCR, que el Tribunal Constitucional estimado parcialmente y quedarían anulados los apartados 27.2 -quedar en situación de ‘Servicio en otras Administraciones Públicas’ tras estatutarizarse, y parte del 27.3 - participación en movilidad voluntaria y promoción interna- , pero en especial no quedan anulados ni el apartado 27.1 que era el que establecía la  opción de la estatutarización en sí ni lo contemplado en el resto del 27.3, que este persona podrá participar en todos los procesos de selección de estatutarios, computándose igualmente el tiempo trabajado. Inicialmente el SERMAS parece que interpretó que esto significaba que no podría estatutarizar a este personal [!?]. pero en la reunión de la mesa sectorial del pasado 22 de Febrero de 2017 parece que RRHH de Sanidad habría reconocido que efectivamente, esta sentencia avala la posibilidad de estatutarizar a este personal
En concreto el FALLO de la sentencia es el siguiente: " el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido estimar parcialmente el presente recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia:

jueves, 23 de febrero de 2017

[Acta Sanitaria] Según AMYTS, estancados los temas de la Mesa Sectorial

Informa Acta Sanitaria de las declaraciones del secretario general del sindicato médico AMYTS, Julián Ezquerra, tras la reunión de la Mesa Sectorial de Sanidad  de ayer 22 de Febrerodonde se habrían abordado muchos puntos como el proceso de interinizaciones masivas de eventuales, la carrera profesional, la esentencia del Constitucional avalando la  estatutarización del personal del H,. de Alcorcón, Fuenlabrada o la UCR, etc pero que seguirían todos estancados

martes, 21 de febrero de 2017

[Redacción Médica] El Consejero de Sanidad dice que estudiará la posiblidad de estatutarizar al personal del H. de Fuenlabrada y Alcorcón

Informa Redacción Médica que el Consejero de Sanidad, Jesús Sánchez Martos, ha afiramdo que “estudiará y analizará” la parte de la sentencia del Tribunal Constitucionalsobre el recurso del Estado contra la estatutarización de H. de Fuenlabrada y  Alcorcón y la UCR, dado que abre la posibilidad a la estatutarización de su personal

viernes, 10 de febrero de 2017

[Redacción Médica] El Constitucional deja sin efecto parte de la Ley de presupuestos que afecta a los hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada. Interpretación de la Consejería de Sanidad de la sentencia.


Informa Redacción Médica este 09/02/2017 de la sentencia del Tribunal Constitucional [que publica íntegra] por la que estima pacialmente parcialmente el recurso que había realizado el Gobierno del Estado contra varios artículos de la ley de acompañamiento  de los Presupuestos de la Comunidad de Madrid , declarando nulos el punto 2 del Artículo 27 y la parte del punto 3 donde se dice “incluidos los procesos internos de movilidad voluntaria y promoción interna, que se convoquen por el Servicio Madrileño de Salud, en las mismas condiciones que el personal estatutario”, y traslada la intepretación a esta sentencia de la Consejería de Sanidad: que los efectos prácticos a su entender  es que se  "deje  los trabajadores laborales de estos hospitales y de la UCR como estaban así como su su " lamento" por la  "inseguridad jurídica" que a su juicio los grupos de la oposición habían introducido por “hacer un guiño a los trabajadores”, traslada el medio.

[El Mundo] El Tribunal Constitucional tumba el recurso del Estado contra la estatutarización del personal laboral y funcionario informático de los SSCC del SERMAS. También tumba el recurso contra el artículo de interinización de los eventuales de más de 2 años que aprobó la oposición. Estimasólo parcialmente el recurso contra la estatutarización de H. de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCR. Texto del fallo de la sentencia

Publica El Mundo este 09/02/2017 que el Tribunal Constitucional ha dictado sentencia el pasado 2 de Febrero sobre el recurso que había interpuesto  el Gobierno del Estado al Tribunal Constitucional contra varios  artículos que se había aprobado con los votos de la oposición en la Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa, más conocida como ley de acompañamiento de los presupuestos 2016 de la Comunidad de Madrid:

  • la Disposición Final 1ª.3  que posibilita la integración voluntaria del personal laboral y funcionario informático de los Servicios Centrales  del SERMAS en las categorías estatutarias de informática del SERMAS que la misma ley extendía allí en su  artículo 24: el Tribunal Constitucional ha decidido desestimar esta parte del recurso, por lo que volvería a ser vigente este artículo (suspendido por prerrogativa del Presidente del Gobierno al presentar el recurso)
  • la Disposición Final 1ª.4 sobre la necesidad de un proceso extraordinario de interinización para los eventuales de más de 2 años existiendo plazas vacantes: esta parte del recurso también ha decidido desestimarla  el Tribunal Constitucional, por lo que vuelve a ser vigente
  • el artículo 27  de estatutarización,  movilidad y promoción de personal laboral propio de los  hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada y de la UCR, que el Tribunal Constitucional estimado parcialmente y quedarían anulados los apartados 27.2 -quedar en situación de ‘Servicio en otras Administraciones Públicas’ tras estatutarizarse, y parte del 27.3 - participación en movilidad voluntaria y promoción interna- , con lo que  no se anula el apartado 27.1 o la  opción de la estatutarización en sí ni lo contemplado en el resto del 27.3: podrán participar en todos los procesos de selección de estatutarios, computándose igualmente el tiempo trabajado

[enlace al texto íntegro de la sentencia que publica Redacción Médica;
reproducimos íntegro a continuación el texto del fallo::

"SENTENCIA del 2 de febrero del TC en relación el recurso de inconstitucionalidad núm. 5190/2016 interpuesto por el Presidente del Gobierno contra el art. 27 y los apartados 3 y 4 de la disposición final primera de la Ley 9/2015, de 8 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid

FALLO En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido estimar parcialmente el presente recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia:

1) Declarar que son inconstitucionales y nulos el art. 27.2 y el inciso "incluidos los procesos internos de movilidad voluntaria y promoción interna, que se convoquen por el Servicio Madrileño de Salud, en las mismas condiciones que el personal estatutario" del art. 27.3 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid.

2) Desestimar el recurso en todo lo demás.

Publíquese esta Sentencia en el "Boletín Oficial del Estado". Dada en Madrid, a 2 de febrero de 2017]



NOTA DEL EDITOR: Recordemos que previamente el Consejo de Estado había "tumbado" en su informe preceptivo previo a la interposición final del recurso del Estado, la demanda que también realizaba el Gobierno del Estado de anulación del artículo 24 de esa ley de acompañamiento y que establecía la extensión o posibilidad de uso de las las categorías estatutarias de informática en los Servicios Centrales [SSCC] del SERMAS , artículo también aprobado por la oposición.

De esta manera, caen TODAS las discrepancias que había visto el Gobierno del Estado a la presencia de informáticos de Sanidad en los Servicios Centrales del SERMAS. tema que ya había provocado "agrios" debates en el Pleno de la Asamblea de Madrid entre oposición -incluido Ciudadanos, socio de "investidura" del Gobierno regional- y el partido del Gobierno regional

Este artículo 24 resulta esencial para el futuro de la inmensa mayor parte del colectivo de personal informático propio del Servicio Madrileño de Salud, el "estatutario",  y para poner freno a la privatización "encubierta" de la informática de Sanidad emprendida por el Gobierno de Esperanza Aguirre mediante la fórmula de una centralización creciente y -prevista casi total- de la función informática que se realiza en los centros sanitarios del SERMAS a unos SSCC de Informática del SERMAS que conformó 100% externalizados mediante contratos a empresas de cada una de sus unidades y que irían creciendo según crecían las unidades al ir centralizando la función informática que actualmente se realiza desde los hospitales, privatizando la informática del SERMAS en la práctica.  Es más, la Consejería de Sanidad habría estado utilizando como "excusa" para privatizar la informática el supuesto hecho de que "no podía tener informáticos propios en los SSCC del SERMAS" , cuando bastaba un sencillo artículo para modificar el ámbito inicial de las categorías de informática -restringido a los centros sanitarios-, algo que ha quedado demostrado ser totalmente legal como ha establecido el propio Consejo de Estado.



[SER Madrid] El Constitucional avala que el personal de H. de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCR sean estatutarios

Informa la Cadena SER de Madrid este 09/02/2017 que una sentencia del Tribunal Constitucional  ha estimado sólo parcialmente el recurso que había realizado el Gobierno del Estado contra el artículo 27 de la última ley de acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid, sobre "estatutarización", movilidad y promoción del personal laboral propio de los centros de Sanidad tipo "empresa  pública", Hospitales de Fuenlabrada y de Alcorcón y la Unidad Central de Radiodiagnóstico [UCR], de tal forma que, en especial. el Tribunal ha decidido que debe mantenerse intacto el apartado 27.1 que establece  que este personal opte a ser nombrado personal estatutario [el "funcionario" especial que puede haber en los servicios de Salud], mientras que sí habría estimado anular el artículo  27.2 y [parte de] el 27.3, que, de no haberse anulad,permitiría participar al dicho personal en los procesos de movilidad voluntaria y promoción interna en todo el SEMAS.


viernes, 11 de noviembre de 2016

Publicada en BOCM la admisión del recurso de inconstitucionalidad del Gob. del Estado contra artículos de la oposición en la Ley de acompañamiento de los presupuestos de la Com. de Madrid. No se recurre la extensión de las categorías de informática a los Servicios Centrales

Acaba de publicarse en el BOCM (nº 269 de 09/11/2016, previamente ya se había hecho el 27/10/2016 en el BOE) la admisión a trámite del Tribunal Constitucional del recurso de inconstitucionalidad finalmente interpuesto por el Gobierno del Estado contra varios artículos que fueron aprobados en la Ley de acompañamiento de los últimos presupuestos de la Comunidad de Madrid por la oposición, siendo muy destacable que no se recurre al final la extensión de las categorías de informática a los Servicios Centrales tras el dictamen del Consejo de Estado , donde se calificó de sin fundamento jurídico la razón que el Estado argumentada.

Sí en cambio, quedan finalmente recurridos al Constitucional, y temporalmente suspendidos hasta el dictamen del Tribunal Constitucional, por invocación de una prerrogativa de la que goza el Presidente del Gobierno. :

  • el artículo 27  de estatutarización, de movilidad y de promoción de personal laboral propio de los  hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada y de la Unidad Central de Radiodiagnóstico
  • la Disposición Final 1ª.3 de posibilidad de  integración en las categorías estatutarias del personal laboral y funcionario informático de los SSCC
  • la Disposición Final 1ª.4 del proceso extraordinario del proceso de interinización
Ver más detalles con las argumentaciones del Estado, su escrito de interposición del recurso y el informe del Consejo del Estado en esta entrada

viernes, 4 de noviembre de 2016

Recordatorio. El recurso interpuesto del Gob. del Estado al Tribunal Constitucional contra artículos de la oposición en la Ley de acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid. No se recurre la extensión de las categorías de informática a los Servicios Centrales tras dictamen del Consejo de Estado

[Recordatorio de eElenmtrada publicaa el 26/10/2016] Gracias al Portavoz de Sanidad del Grupo Socialista en la Asamblea de Madrid, José Manuel Freire, está disponible públicamente -una vez admitido a trámite por el Tribunal Constitucional (bajo el nº 5190-2016)- el escrito de interposición de recurso de inconstitucionalidad por parte del Gobierno del Estado contra determinados preceptos incluidos en la Ley de la Comunidad de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas fiscales y administrativas" es decir, en la ley de "acompañamiento" de los últimos presupuestos de la Comunidad de Madrid , curiosamente, todos artículos y disposiciones aprobados con los votos de la oposición -mayoritaria- en la Asamblea de Madrid (incluido Ciudadanos), preceptos que quedan temporalmente suspendidos hasta el dictamen del Tribunal Constitucional, por invocación de una prerrogativa de la que goza el Presidente del Gobierno.





viernes, 28 de octubre de 2016

Publicada la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad del Gob. del Estado contra artículos de la oposición en la Ley de acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid. No se recurre la extensión de las categorías de informática a los Servicios Centrales

Acaba de publicarse en el BOE (nº 260 de 27/10/2016) la admisión a trámite del Tribunal Constitucional del recurso de inconstitucionalidad finalmente interpuesto por el Gobierno del Estado contra varios artículos que fueron aprobados en la Ley de acompañamiento de los últimos presupuestos de la Comunidad de Madrid por la oposición, siendo muy destacable que no se recurre al final la extensión de las categorías de informática a los Servicios Centrales tras el dictamen del Consejo de Estado , donde se calificó de sin fundamento jurídico la razón que el Estado argumentada.

Sí en cambio, quedan finalmente recurridos al Constitucional, y temporalmente suspendidos hasta el dictamen del Tribunal Constitucional, por invocación de una prerrogativa de la que goza el Presidente del Gobierno. :
  • el artículo 27  de estatutarización, de movilidad y de promoción de personal laboral propio de los  hospitales de Alcorcón y Fuenlabrada y de la Unidad Central de Radiodiagnóstico
  • la Disposición Final 1ª.3 de posibilidad de  integración en las categorías estatutarias del personal laboral y funcionario informático de los SSCC
  • la Disposición Final 1ª.4 del proceso extraordinario del proceso de interinización

miércoles, 26 de octubre de 2016

El recurso interpuesto del Gob. del Estado al Tribunal Constitucional contra artículos de la oposición en la Ley de acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid. No se recurre la extensión de las categorías de informática a los Servicios Centrales tras dictamen del Consejo de Estado

Gracias al Portavoz de Sanidad del Grupo Socialista en la Asamblea de Madrid, José Manuel Freire, está disponible públicamente -una vez admitido a trámite por el Tribunal Constitucional (bajo el nº 5190-2016)- el escrito de interposición de recurso de inconstitucionalidad por parte del Gobierno del Estado contra determinados preceptos incluidos en la Ley de la Comunidad de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas fiscales y administrativas" es decir, en la ley de "acompañamiento" de los últimos presupuestos de la Comunidad de Madrid , curiosamente, todos artículos y disposiciones aprobados con los votos de la oposición -mayoritaria- en la Asamblea de Madrid (incluido Ciudadanos), preceptos que quedan temporalmente suspendidos hasta el dictamen del Tribunal Constitucional, por invocación de una prerrogativa de la que goza el Presidente del Gobierno.



martes, 4 de octubre de 2016

[@amytsmedicos] Aclaraciones de la Dir. Gral de RRHH del SERMAS a los recurso de inconstitucionalidad del Estado contra la ley de acompañamiento

Informa AMYTS que, tras la decisión del Gobierno del Estado de recurrir finalmente  al Constitucional varios artículos aprobados por la oposición en la Ley de acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid (en cuya nota informativa se menciona los artículos sobre  la interinización automática de eventuales de más de dos años,las estatutarización de personal laboral de varios hospitales y de informáticos de SSCC, etc) que este sindicato médico ha contactado con la Dirección General de Recursos Humanos, aclarando:

1.- No afecta a la estatutarización de los Nuevos Hospitales que se ha realizado recientemente

2.- Sí se recurre la posibilidad de estatutarización de los profesionales del Hospital de Alcorcón, Hospital de Fuenlabrada y Unidad Central de Radiodiagnóstico.

lunes, 3 de octubre de 2016

El Gobierno del Estado recurrirá al Constitucional varios artículos aprobados por la oposición en la Ley de acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad de Madrid

El último Consejo de Ministros del Gobierno del Estado del pasado viernes 30/09/2016 aprobó el "ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley de la Comunidad de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas" es decir la "ley de acompañamiento de los últimos presupuestos" , detallando que, en  concreto, "se refiere a mecanismos que se extralimitan respecto a la normativa báica del personal de los servicios de salud"

Recordemos que previamente el Gobierno del Estado ya había expresado una serie de discrepancias  en la forma de un previo a un recurso de inconstitucionalidad a estas medidas de la ley de acompañamiento que establecían
  1. el artículo 24 con la esencial para el futuro de este colectivo extensión o posibilidad de uso de las las categorías estatutarias de informática a los Servicios Centrales del SERMAS (ante la centralización de la función informática en el SERMAS a esos SSCC que están prácticamente al 100% ya externalizados) medidas que APISCAM había conseguido que atendieran los grupos de la oposición, y que fue aprobada con los votos de la oposición y contó con el rechazo del partido del Gobierno d e la Comunidad
  2. una Disposición Adicional, (dependiente del anterior artículo pero no al revés) para la consiguiente posibilidad de realizar un proceso de estatutarización del escaso  personal laboral y funcionario que ejerce función de informática en dichos SSCC
  3. la disposición adicional sobre un  procedimiento extraordinario de interinización del personal estatutario eventual del SEMAS que lleve más de dos años, siempre y cuando existan vacantes libres,
  4. y el artículo 27 con la integración como personal estatutario del SERMAS del personal de la Empresa Pública Hospital de Fuenlabrada, de la Fundación Hospital Alcorcón y de la Empresa Pública Unidad Central de Radiodiagnóstico.