Ya publicada la ley 5/2025 de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026 , tras su paso por la Asamblea de Madrid (iniciativa PL 4/2025 ) reiteramos nuestra serie de entradas dedicadas a estos presupuestos regionales de la CCAA de Madrid para 2026, ahora ya aprobados, empezando por esta entrada que extrae del articulado de la Ley algunas partes relevantes sobre recursos humanos de Sanidad y que no ha sufrido cambios tras las enmiendas de la Asamblea en los puntos que resumíamos en:
- no hay incremento en la propia Ley de Presupuestos del sueldo de los empleados del sector público de la C. de Madrid para 2026 , "como consecuencia de la inexistencia de proyecto de ley de presupuestos generales del Estado para 2026" , si bien se queda a la espera, gracias a la D.A. 18ª del articulado, a la adecuación a
la normativa básica estatal cuando se dicte la subida de
sueldos por el Gobierno del Estado que fijara la posible futura ley de presupuestos
generales del Estado para 2026 , en su caso, u otra
norma estatal, como finalmente sucedió de hecho en paralelo, con el Decreto del Gobierno del Estado que estableció con la subida de todos los empleados públicos para 2025 del 2,5% y para 2026 del 1,5% (con cláusula de revisión de un 0,5% adicional si el IPC acaba superando el 1,5%) tras el "Acuerdo Marco por la Mejora del Empleo Público y
el Servicio a la Ciudadanía" ratificado en la Mesa General de las Administraciones
Públicas y que se aplicará en la Comunidad de Madrid, retroactivamente a Enero de 2025 par ala subida de 2025 y a Enero de 2026 para la subida de 2025, en la nómina de Febrero
- se mantiene la tasa de reposición al 120% en determinados sectores, entre ellos, Sanidad,
y del 110% en general, permitiéndose además la tasa adicional "específica" que sea necesaria para reducir la temporalidad al 8% con procesos selectivos ordinarios, tal y como fija el apartado dos.4 del
artículo 20 de la ley de presupuestos generales del Estado para 2023 en vigor, manteniéndose las habituales [e hipotéticas]
restricciones a la contratación de empleados públicos temporales sólo
excepcionalmente para necesidades urgentes e inaplazables; nótese que precisamente en paralelo, se ha publicado
en el BOCM un aumento en 6 mil plazas , ocupadas con personal temporal,
de la OPE de 2025 de la Comunidad de Madrid haciendo uso de esa tasa
"específica" habilitada por el Estado y utilizando la misma normativa incluida en los Presupuestos Generales de la C. de Madrid para 2025, de tal manera que de las casi 16 mil
plazas al final para turno libre de la OPE 2025 de la C. de Madrid, más
de 8 mil quinientas han sido computadas por esa tasa específica, cuando el índice de temporalidad de la Comunidad de Madrid supera el 40% y decenas de miles de
empleados públicos deben de seguir en abuso de temporalidad.
- y, como ya pasó por primera vez en el proyecto de presupuestos para 2023 de la Comunidad de Madrid, aparece mención del derecho al cobro de la carrera profesional por el personal temporal estatutario del servicio de salud, si bien explicitando que no es retroactivo