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jueves, 7 de noviembre de 2024

Recordatorio. [Poder Judicial] El Tribunal Superior duda de la constitucionalidad del concurso de méritos propuesto por el Gobierno de Navarra para cubrir las plazas de secretarios'

 [Recordatorio de entrada publicada el 16/10/2024] 'El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad respecto de dos artículos de la Ley Foral de mayo de 2022 que, mediante un concurso de méritos, pretendía cubrir las vacantes en las plazas de secretaría e intervención de las entidades locales.

Entre otros motivos, el TSJN concluye que, con los requisitos exigidos, se está restringiendo de facto el acceso al puesto de secretario municipal a todo aquel aspirante que no lleve un mínimo de dos años en el puesto.

martes, 5 de noviembre de 2024

El Pleno del Tribunal Constitucional aborda este 5/11/2024 unificar criterio en recursos de amparo sobre fijeza de interinos y sus condenas en costas

 Según el orden del día publicado el Tribunal Constitucional aborda este martes 11/05/2024, la unificación de criterio ante una serie de recursos de amparo (la serie 13-2024) sobre "Fijeza interinos +  Condena en costas".

Recordemos que  la Sala de lo Contencioso del Supremo estaba inadmitiendo a trámite recursos de casación en los que se solicitara fijeza -o indemnizaciones- como sanción al abuso de temporalidad, condenando además en costas al demandante, que se encuentra en dicha situación de abuso de temporalidad, al considerar el alto tribunal que ya tenía una doctrina muy consolidada al respecto después de la  sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz" de 19/03/2020 en su serie de sentencias desde  su sentencia de 30/11/2021  (recurso de casación 6302/2018) y  sentencias siguientes (como la serie de sentencias derivadas desde primeros de  Diciembre de 2021 y las  primeras sentencias a las demandas de fijeza del grupo de demandas del SERMAS de 2016 que dieron lugar a dicha sentencia europea de 19/03/2020):

El Pleno del Tribunal Constitucional delibera este 5/11/2024 la cuestión de inconstitucionalidad de la sección del Tribunal Superior de Justicia del Pais Vasco sobre la posible inconstitucionalidad de la D.A. 8ª de la Ley 20/2021 por su falta de justificación en la ley en relación con la "finalidad proclamada de estabilizar plazas y no personas"

Según el orden del día publicado el Tribunal Constitucional deliberaba este martes 11/05/2024 por primera vez y para resolver por auto  la cuestión de inconstitucionalidad CI. 7488-2023 planteada por la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vascopor "posible vulneración del artículo 9.3 de la Constitución Española en relación con el artículo  103.3  de la Constitución por la disposición adicional 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, es decir, la disposición adicional que establecía la obligación de computar para convocar a concursos de méritos excepcionales de estabilización todas las plazas del personal que llevara temporal desde antes de 2016 en una administración.

miércoles, 16 de octubre de 2024

[Poder Judicial] El Tribunal Superior duda de la constitucionalidad del concurso de méritos propuesto por el Gobierno de Navarra para cubrir las plazas de secretarios'

'El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad respecto de dos artículos de la Ley Foral de mayo de 2022 que, mediante un concurso de méritos, pretendía cubrir las vacantes en las plazas de secretaría e intervención de las entidades locales.

Entre otros motivos, el TSJN concluye que, con los requisitos exigidos, se está restringiendo de facto el acceso al puesto de secretario municipal a todo aquel aspirante que no lleve un mínimo de dos años en el puesto.

martes, 1 de octubre de 2024

Recordatorio. El Tribunal de Justicia de la UE rechaza la solicitud de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de procedimiento "acelerado" para el asunto Obadal, el de su cuestión prejudicial tras la sentencia del TJUE de 22/02/2024 , si bien "le dará prioridad"

 [Recordatorio de entrada publicada el 13/09/2024] Acaba de publicarse en la la página web del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  donde se sigue el asunto Obadal o C-418/24 - el asunto de la  cuestión prejudicial que elevó finalmente la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al Tribunal de Justicia de la UE tras la importante sentencia del TJUE de 22/02/2024- el Auto del TJUE por el que  rechaza la solocitud que hizo el Supremo en su auto de elevación  de que se siguiera el procedimiento  acelerado.

 

lunes, 30 de septiembre de 2024

Publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea las preguntas de la cuestión prejudicial en el Tribunal de Justicia de la UE "Obadal", la que elevó la Sala de lo Social del Tribunal Supremo tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22 de Febrero

Acaba de publicarse en el Diario Oficial de la Unión  Europea de este 30/'9/2023 el  anuncio de la cuestión prejudicial, con el listado de cuestiones ya admitidas a trámite  inicial por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea como asunto Obadal o C-418/24, que elevó finalmente la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al Tribunal de Justicia de la UE tras la importante sentencia del TJUE de 22/02/2024:

  •  1) "Principal. ¿Se opone a la cláusula 5 del Acuerdo Marco (2) la doctrina jurisprudencial que, defendiendo los principios de igualdad, mérito, capacidad y no discriminación en la libre circulación de trabajadores, niega el reconocimiento de la condición de trabajadores fijos del sector público a los trabajadores indefinidos no fijos?"
  • 2)  "Subsidiaria. De ser afirmativa la respuesta a la anterior pregunta: ¿El reconocimiento de una indemnización disuasoria al trabajador indefinido no fijo en el momento de la extinción de su relación laboral, puede considerarse como una medida adecuada para prevenir y, en su caso, sancionar, los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales en el sector público con arreglo a la cláusula 5 del Acuerdo Marco?"

Recordemos que esta Sala del Supremo, que lleva los casos de personal público laboral,  aprovechó el recurso de casación (n° 5544/2023) que tenía admitido a trámite de una empleada pública laboral de la C. de Madrid, para interponer esta cuestión prejudicial a la vsta de la citada sentencia del Tribunal europeo de 22 de Febrero. El Tribunal Supremo solicitó  que el TJUE tramitara el asunto mediante el procedimiento acelerado, pero el TJUE rechazó esta solicitud aceptando, en todo caso, darle "tratamiento prioritario". 

Recordemos nuevamente que en el auto de las cuestiones, la sala del Supremo que lleva los casos de los  empleados  públicos laborales:

viernes, 13 de septiembre de 2024

El Tribunal de Justicia de la UE suspende las cuestiones prejudiciales de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Galicia hasta que no resuelva la de la Sala de lo Social del Supremo. Preguntaban si la ley y jurisprudencia nacionales son suficientes ante el abuso de temporalidad del empleado público laboral y si no habría que dar la fijeza como sanción incluso aunque se considerara contrario a la Constitución española

Ha trascendido en redes sociales el escrito de 22/07/2024 de la Secretaría del TJUE por la que se informaría a las partes que  suspende las cuestiones prejudiciales de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Galicia  hasta que resuelva el asunto Obadal o C-418/24 - el asunto de la  cuestión prejudicial que elevó finalmente la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al Tribunal de Justicia de la UE tras la importante sentencia del TJUE de 22/02/2024-, y  donde el alto tribunal español defendía dar indefinido no fijo o si no una indemnización de 33 días por año con tope antes que la fijeza propuesta por el Tribunal europeo:

El Tribunal de Justicia de la UE rechaza la solicitud de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de procedimiento "acelerado" para el asunto Obadal, el de su cuestión prejudicial tras la sentencia del TJUE de 22/02/2024 , si bien "le dará prioridad"

 

Acaba de publicarse en la la página web del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  donde se sigue el asunto Obadal o C-418/24 - el asunto de la  cuestión prejudicial que elevó finalmente la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al Tribunal de Justicia de la UE tras la importante sentencia del TJUE de 22/02/2024- el Auto del TJUE por el que  rechaza la solocitud que hizo el Supremo en su auto de elevación  de que se siguiera el procedimiento  acelerado.

lunes, 2 de septiembre de 2024

Recordatorio. Recursos de casación admitidos a trámite el 17/07/2024 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo tras la sentencia del Tribunal europeo de 13/06/2024 para determinar si es suficiente para el abuso un criterio temporal y si revisa su doctrina de la consecuencia ante el abuso de temporalidad del funcionario interino (incluye estatutario temporal de servicio de salud) e introduce fijeza o alguna indemnización penalizadora como sanciones. También admite cuestiones para ver si en el caso del personal docente de más de 3 años no habría abuso si hay cambios de centros, funciones o hubo convocatorias de procesos selectivos

 [Recordatorio de entrada publicada el 30/07/2024] Acaba de publicarse en el  CENDOJ varios autos de admisión de 17/07/2024 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en los que esta sala, que es la cúspide la justicia ordinaria de los casos de personal empleados público de tipo funcionario o  estatutario de servicios de salud,  admite a trámite recursos de casación para la unificación de doctrina en base a la sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE  en los asuntos acumulados "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros", en concreto los asuntos  "KT/DG de la Función Pública,  Generalitat de Catalunya" o C-331/22 y "HM y VD/Generalitat de Catalunya"o C-332/22, o  "Generalitat de Catalunya y otros" [#GenCat] ambos cuestiones prejudiciales, planteadas  por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17  de Barcelona, y en los que recordemos el alto tribunal europeo dijo, a nuestro juicio, que:

  • no valen como sanción al abuso de temporalidad del empleado público funcionario interino o estatutario de servicio de salud ni la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope contenidos en  la ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021,

  • ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, debiéndose modificar esa jurisprudencia incompatible de la Sala de lo Contencioso del Supremo, indicando que es posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera


En todos estos recursos, la sección de Admisión de la Sala dice:

lunes, 19 de agosto de 2024

Publicada en el DOUE las preguntas de un nuevo asunto de cuestión prejudicial en Tribunal de Justicia de la UE sobre el abuso de temporalidad en magistrados honorarios italianos, el asunto "Pelavi". El tribunal italiano pregunta si vale como medida de sanción al abuso el proceso de estabilización que reguló el gobierno en Diciembre de 2021 y si no tendría que dar una indemnización adicional al personal que lo ha suuperado

Acaban de publicarse este 19/08/2024 en el Diario Oficial de la UE las cuestiones de un nuevo asunto de petición de decisión prejudicial en el Tribunal de Justicia de la UE [TJUE] , por tanto, admitido a trámite, sobre la Directiva de la UE sobre el empleo temporal, la 1999/70/CE en el caso de los magistrados honorarios italianos:  el asunto C-253/24 o asunto Pelavi, en el que el tribunal regional de apelación remitente , además de por la posible violación del principio de no discriminación entre el temporal y el fijo de la cláusula 4ª del Acuerdo Marco contenido en dicha directiva por su falta en el pasado del cobro del mes de vacaciones, pregunta si vale como medida para sancionar su situación de  abuso de temporalidad la ley de Diciembre de 2021,  o ley del "procedimiento de confirmación" hasta la jubilación de los magistrados honorarios regulada por el gobierno italiano  para modificar la situación de los 6 mil jueces honorarios con un mínimo de servicios prestados,  tras , precisamente, la sentencia previa del TJUE de 16 de julio de 2020 en el asunto C‑658/18, ley que incluía un procedimiento extraordinario de evaluación mediante exposición oral de un caso práctico del ámbito del candidato, restringido , que en caso de ser superado suponía la "confirmación" del magistrado honorario hasta su jubilación a los 70 años -es decir, la fijeza- así como un régimen mejorado de condiciones de trabajo más próximo a la de los jueces de carrera.

En la citada ley se contemplaba además una indemnización con un tope de 50 mil euros, en caso de no superar el proceso o de optar por no realizarlo, siempre en concepto de sanción al abuso de temporalidad.  Recordemos, que, bastante antes,   el propio Gobierno italiano había promulgado pocos meses después de la  famosa sentencia del asunto Mascolo de Noviembre de 2014 un cambio legislativo ( el Decreto Legislativo 81/2015 de transposición a su sector público de la   Directiva Europea 1999/70/CE sobre empleo temporal , en que dejó fuera a varios sectores del empleo público (como estos jueces honorarios) así como disposiciones legislativas transitorias de procesos restringidos  de estabilización directa, primero  para personal docente no universitario en abuso de temporalidad (como el personal de la sentencia Mascolo) y poco después  para un amplio conjunto de sectores de empleados públcos (del que, dejaron fuera también varios sectores).

 

jueves, 8 de agosto de 2024

Recordatorio. Recursos de casación admitidos a trámite el 17/07/2024 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo tras la sentencia del Tribunal europeo de 13/06/2024 para determinar si es suficiente para el abuso un criterio temporal y si revisa su doctrina de la consecuencia ante el abuso de temporalidad del funcionario interino (incluye estatutario temporal de servicio de salud) e introduce fijeza o alguna indemnización penalizadora como sanciones. También admite cuestiones para ver si en el caso del personal docente de más de 3 años no habría abuso si hay cambios de centros, funciones o hubo convocatorias de procesos selectivos

 [Recordatorio de entrada publicada el 30/07/2024] Acaba de publicarse en el  CENDOJ varios autos de admisión de 17/07/2024 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en los que esta sala, que es la cúspide la justicia ordinaria de los casos de personal empleados público de tipo funcionario o  estatutario de servicios de salud,  admite a trámite recursos de casación para la unificación de doctrina en base a la sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE  en los asuntos acumulados "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros", en concreto los asuntos  "KT/DG de la Función Pública,  Generalitat de Catalunya" o C-331/22 y "HM y VD/Generalitat de Catalunya"o C-332/22, o  "Generalitat de Catalunya y otros" [#GenCat] ambos cuestiones prejudiciales, planteadas  por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17  de Barcelona, y en los que recordemos el alto tribunal europeo dijo, a nuestro juicio, que:

  • no valen como sanción al abuso de temporalidad del empleado público funcionario interino o estatutario de servicio de salud ni la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope contenidos en  la ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021,

  • ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, debiéndose modificar esa jurisprudencia incompatible de la Sala de lo Contencioso del Supremo, indicando que es posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera


En todos estos recursos, la sección de Admisión de la Sala dice:

lunes, 5 de agosto de 2024

Publicado en la paǵina web del TJUE del asunto Obadal el auto de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo donde elevó la cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE tras la sentencia del TJUE de 22/02/2024

Acaba de publicarse en la la página web del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  donde se sigue el asunto Obadal o C-418/24 el auto de petición de decisión de la cuestión prejudicial que elevó finalmente la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al Tribunal de Justicia de la UE tras la importante sentencia del TJUE de 22/02/2024.  

Recordemos que esta Sala del Supremo, que lleva los casos de personal público laboral,  aprovechó el recurso de casación (n° 5544/2023) que tenía admitido a trámite de una empleada pública laboral de la C. de Madrid, técnico especialista temporal desde 2016 , contra la sentencia de la sección 5 de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid  de 27/11/2023. Nótese que el Tribunal Supremo solicitó en dicho escrito que el TJUE tramitara el asunto "mediante el procedimiento acelerado del art. 105.1 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal, dándole, en todo caso, tratamiento prioritario". 

Recordemos nuevamente que en el auto de las cuestiones, la sala del Supremo que lleva los casos de los  empleados  públicos laborales:


Recordatorio. Recursos de casación admitidos a trámite el 17/07/2024 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo tras la sentencia del Tribunal europeo de 13/06/2024 para determinar si es suficiente para el abuso un criterio temporal y si revisa su doctrina de la consecuencia ante el abuso de temporalidad del funcionario interino (incluye estatutario temporal de servicio de salud) e introduce fijeza o alguna indemnización penalizadora como sanciones. También admite cuestiones para ver si en el caso del personal docente de más de 3 años no habría abuso si hay cambios de centros, funciones o hubo convocatorias de procesos selectivos

 [Recordatorio de entrada publicada el 30/07/2024 Acaba de publicarse en el  CENDOJ varios autos de admisión de 17/07/2024 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en los que esta sala, que es la cúspide la justicia ordinaria de los casos de personal empleados público de tipo funcionario o  estatutario de servicios de salud,  admite a trámite recursos de casación para la unificación de doctrina en base a la sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE  en los asuntos acumulados "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros", en concreto los asuntos  "KT/DG de la Función Pública,  Generalitat de Catalunya" o C-331/22 y "HM y VD/Generalitat de Catalunya"o C-332/22, o  "Generalitat de Catalunya y otros" [#GenCat] ambos cuestiones prejudiciales, planteadas  por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17  de Barcelona, y en los que recordemos el alto tribunal europeo dijo, a nuestro juicio, que:

  • no valen c omo sanción al abuso de temporalidad del empleado público funcionario interino o estatutario de servicio de salud ni la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope contenidos en  la ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021,

  • ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, debiéndose modificar esa jurisprudencia incompatible de la Sala de lo Contencioso del Supremo, indicando que es posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera


En todos estos recursos, la sección de Admisión de la Sala dice:

"Conviene señalar que la STJUE de 13 de junio de 2024 (C- 331/22 y C-332/22) ha resuelto la cuestión prejudicial presentada por el citado Juzgado Contencioso-Administrativo nº 17 de Barcelona en autos de 12 y 6 de mayo de 2022, por lo que se hace conveniente un pronunciamiento que aborde el litigio teniendo en cuenta la reciente jurisprudencia europea[...]  

Si bien esta cuestión ya ha sido resuelta por la Sala [...] conviene examinar la cuestión bajo el prisma del reciente pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 13 de junio 2024 (C-331/22 y C-332/22), por si hubiera existido alguna variación en la jurisprudencia europea a lo resuelto hasta ahora en los precedentes; asimismo, y aunque pertenece a otro orden jurisdiccional, al social, procede reseñar que el TJUE dictó a  su vez, la sentencia de 22 de febrero de 2024 (asuntos C-59/22, C-110/22 y C-159/22)".

 

Estas importantes admisiones a trámite tiene lugar tras un largo período sin admitir a trámite recursos sobre este tema, en concreto:

  • hubo  admisiones a tŕamite en Febrero de 2021 de recursos de casación de estatutarios que demandaban la fijeza o equiparación como sanción al abuso y los derechos del fijo en condiciones de trabajo, teniendo en cuenta ya la sentencia europea de 19/03/2020 , que tuvieron como  correspondiente respuesta en Diciembre de 2021 que la Sala de lo Contencioso sí pasaba reconocer el abuso de temporalidad en interinidades de vacante prolongadas del funcionario interino, incluso de único nombramiento, pero rechazaba la fijeza y la indemnización como sanción judicial al abuso  por no estar contempladas por una ley nacional explícita, siendo la única consecuencia que cabía la del mero mantenimiento en el puesto como temporal hasta que la administración proceda con la cobertura fija o la amortización del puesto con el cese sin indemnización alguna del interino ( precisamente la doctrina que el TJUE declaró , y en su fallo final nº 2, no válida  como sanción al abuso de temporalidad en la reciente sentencia de 13/06/2024) además de la posibilidad siempre existente (pero en la práctica, irrealizable) de reclamaciones patrimoniales ulteriores de daños acreditables por esa situación de temporalidad abusiva

  • desde esas sus sentencias de Diciembre de 2021 y Enero de 2022 , la Sala de lo Contencioso del Supremo no admitía a trámite recursos de casación sobre las consecuencias del abuso de temporalidad en funcionario/estatutarios temporales al considerar clara su doctrina con su interpretación de las últimas sentencias europeas, y todas las Salas de lo Contencioso de los tribunales superiores de justicia regionales rechaaban tanto la fijeza como la indemnización (que algunas llegaron a conceder ,pero revocó el Supremo), condenando en costas muchas de ellas a los empleados públicos temporales ante la claridad de la doctrina del Supremo (reconocer abuso pero no conceder sanción de fijeza o indemnización penalizadora del abuso)

 

En concreto , en hay dos grupos de autos de 17/07/2024 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo , en cuanto a sus cuestiones de interés casacional para la unificación de doctrina:


martes, 30 de julio de 2024

Recursos de casación admitidos a trámite el 17/07/2024 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo tras la sentencia del Tribunal europeo de 13/06/2024 para determinar si es suficiente para el abuso un criterio temporal y si revisa su doctrina de la consecuencia ante el abuso de temporalidad del funcionario interino (incluye estatutario temporal de servicio de salud) e introduce fijeza o alguna indemnización penalizadora como sanciones. También admite cuestiones para ver si en el caso del personal docente de más de 3 años no habría abuso si hay cambios de centros, funciones o hubo convocatorias de procesos selectivos

Acaba de publicarse en el  CENDOJ varios autos de admisión de 17/07/2024 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en los que esta sala, que es la cúspide la justicia ordinaria de los casos de personal empleados público de tipo funcionario o  estatutario de servicios de salud,  admite a trámite recursos de casación para la unificación de doctrina en base a la sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE  en los asuntos acumulados "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros", en concreto los asuntos  "KT/DG de la Función Pública,  Generalitat de Catalunya" o C-331/22 y "HM y VD/Generalitat de Catalunya"o C-332/22, o  "Generalitat de Catalunya y otros" [#GenCat] ambos cuestiones prejudiciales, planteadas  por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17  de Barcelona, y en los que recordemos el alto tribunal europeo dijo, a nuestro juicio, que:

  • no valen c omo sanción al abuso de temporalidad del empleado público funcionario interino o estatutario de servicio de salud ni la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope contenidos en  la ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021,

  • ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, debiéndose modificar esa jurisprudencia incompatible de la Sala de lo Contencioso del Supremo, indicando que es posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera


En todos estos recursos, la sección de Admisión de la Sala dice:

"Conviene señalar que la STJUE de 13 de junio de 2024 (C- 331/22 y C-332/22) ha resuelto la cuestión prejudicial presentada por el citado Juzgado Contencioso-Administrativo nº 17 de Barcelona en autos de 12 y 6 de mayo de 2022, por lo que se hace conveniente un pronunciamiento que aborde el litigio teniendo en cuenta la reciente jurisprudencia europea[...]  

Si bien esta cuestión ya ha sido resuelta por la Sala [...] conviene examinar la cuestión bajo el prisma del reciente pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 13 de junio 2024 (C-331/22 y C-332/22), por si hubiera existido alguna variación en la jurisprudencia europea a lo resuelto hasta ahora en los precedentes; asimismo, y aunque pertenece a otro orden jurisdiccional, al social, procede reseñar que el TJUE dictó a  su vez, la sentencia de 22 de febrero de 2024 (asuntos C-59/22, C-110/22 y C-159/22)".

 

Estas importantes admisiones a trámite tiene lugar tras un largo período sin admitir a trámite recursos sobre este tema, en concreto:

  • hubo  admisiones a tŕamite en Febrero de 2021 de recursos de casación de estatutarios que demandaban la fijeza o equiparación como sanción al abuso y los derechos del fijo en condiciones de trabajo, teniendo en cuenta ya la sentencia europea de 19/03/2020 , que tuvieron como  correspondiente respuesta en Diciembre de 2021 que la Sala de lo Contencioso sí pasaba reconocer el abuso de temporalidad en interinidades de vacante prolongadas del funcionario interino, incluso de único nombramiento, pero rechazaba la fijeza y la indemnización como sanción judicial al abuso  por no estar contempladas por una ley nacional explícita, siendo la única consecuencia que cabía la del mero mantenimiento en el puesto como temporal hasta que la administración proceda con la cobertura fija o la amortización del puesto con el cese sin indemnización alguna del interino ( precisamente la doctrina que el TJUE declaró , y en su fallo final nº 2, no válida  como sanción al abuso de temporalidad en la reciente sentencia de 13/06/2024) además de la posibilidad siempre existente (pero en la práctica, irrealizable) de reclamaciones patrimoniales ulteriores de daños acreditables por esa situación de temporalidad abusiva

  • desde esas sus sentencias de Diciembre de 2021 y Enero de 2022 , la Sala de lo Contencioso del Supremo no admitía a trámite recursos de casación sobre las consecuencias del abuso de temporalidad en funcionario/estatutarios temporales al considerar clara su doctrina con su interpretación de las últimas sentencias europeas, y todas las Salas de lo Contencioso de los tribunales superiores de justicia regionales rechaaban tanto la fijeza como la indemnización (que algunas llegaron a conceder ,pero revocó el Supremo), condenando en costas muchas de ellas a los empleados públicos temporales ante la claridad de la doctrina del Supremo (reconocer abuso pero no conceder sanción de fijeza o indemnización penalizadora del abuso)

 

En concreto , en hay dos grupos de autos de 17/07/2024 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo , en cuanto a sus cuestiones de interés casacional para la unificación de doctrina:

martes, 23 de julio de 2024

El Pleno del Tribunal Constitucional del 16 de Julio pasó a trámite de alegaciones al Fiscal General del Estado la cuestión de inconstitucionalidad de la sección del Tribunal Superior de Justicia del Pais Vasco sobre la posible inconstitucionalidad de la D.A. 8ª de la Ley 20/2021 por su falta de justificación en la ley en relación con la "finalidad proclamada de estabilizar plazas y no personas"

Acaba de publicarse la actualización del orden del día publicado, con resultados, del Pleno del Tribunal Constitucional del 16/07/2024 , que contaba con el punto del orden del día la admisión a trámite la cuestión de inconstitucionalidad CI. 7288-2023 planteada por la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, por "posible vulneración del artículo 9.3 de la Constitución Española en relación con el artículo  103.3  de la Connstitución por la disposición adicional 8ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, es decir, la que establecen la obligación de computar para convocar a concursos de méritos excepcionales de estabilización todas las plazas actuales del personal que llevara temporal desde antes de 2016 en una administración.

Según dichos resultados el procedimiento ha pasado a trámite de "Alegaciones al Ministerio Fiscal (Art 37.1 LOTC)" (es decir, la Fiscalía General del Estado).

Recordemos que el tribunal superior aducía una falta de justificación de la DA 8 en la ley en relación con la finalidad proclamada de estabilizar plazas y no personas, y que plantaba esa pregunta subsidiriamente a otra cuestión contra la Disposición Final 1ª de la ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 por la posible inconstitucionalidad por invasión de competencias del País Vasco

lunes, 22 de julio de 2024

[Araúz] La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo admite a trámite recurso de casación para determinar si ante el abuso de temporalidad del funcionario interino se debe asimilar a funcionario fijo o equiparable o si procede indemmnización

'La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido el recurso de casación, interpuesto por Arauz contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, para determinar si procede la asimilación del funcionario interino a un funcionario fijo o equiparable, y en su defecto, si no cabe la asimilación, determinar la indemnización que procedería 

jueves, 20 de junio de 2024

Publicada en la web del TJUE como asunto C-418/24 o asunto Obadal el asunto de la cuestión prejudicial que elevó la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al Tribunal de Justicia de la UE tras la sentencia del TJUE de 22/02/2024

Acaba de publicarse en la web del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  la página donde se seguirá, clasificado como asunto Obadal o C-418/24 el asunto de la  cuestión prejudicial que elevó finalmente la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al Tribunal de Justicia de la UE tras la importante sentencia del TJUE de 22/02/2024,  aprovechando el recurso de casación (n° 5544/2023) de una empleada pública laboral de la C. de Madrid, técnico especialista temporal desde 2016 , contra la sentencia de la sección 5 de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid  de 27/11/2023. Nótese que el Tribunal Supremo solicitó en dicho escrito que el TJUE tramitara el asunto "mediante el procedimiento acelerado del art. 105.1 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal, dándole, en todo caso, tratamiento prioritario".

Recordemos que en el auto de las cuestiones, la sala del Supremo que lleva los casos de los  empleados  públicos laborales:

viernes, 14 de junio de 2024

El Tribunal Constitucional aprueba unificar criterio para los recursos de amparo presentados por interinos ante las costas que les está imputando el Tribunal Supremo por inadmisión de recursos de casación

 Se acaba de publicar en la web del Tribunal Constitucional  el orden del día del 04/06/2024 con resultados, incluyendo el del punto del orden de día de unificación de criterio ante una serie de recursos de amparo (la serie "5-2024) sobre las "costas por inadmisión de recursos de casación en procesos promovidos por funcionarios interinos", con el resultado de "Aprobado".  

Es de prever que se publicarán algún auto o sentencia en relación a alguno de los recursos de amparo con el criterio de unificación que se ha aprobado, donde podrá ver cuál ha sido su sentido.

  

miércoles, 5 de junio de 2024

[Araúz] 'Nota sobre la cuestion prejudicial planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo' ["Es irrazonable" -"el Tribunal Supremo actúa como si fuera una parte" y "persigue que el Tribunal de Justicia de la UE rectifique"- e inasumible - es falso que no sea posible la fijeza como sanción al abuso del empleo público, no existiendo ninguna medida válida en la normativa]

'De forma extemporánea y tardía -pues es evidente que esta cuestión prejudicial debía haber sido planteada por la Sala cuando tomó la decisión hace años de aplicar la cláusula 5 del Acuerdo Marco de la Directiva, sancionando los abusos incompatibles con esta norma comunitaria con la transformación del empleado público temporal víctima de un abuso en un trabajador indefinido no fijo-, y vulnerando la eficacia vinculante de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE [TJUE] de 22 de febrero de 2024, pretende ahora la Sala de los Social del Tribunal Supremo [TS] a través de una nueva cuestiónprejudicial fechada el 30 de mayo de 2024, que el TJUE revise los pronunciamientos contenidos en esta su Sentencia de 22 de febrero, ya que la Sala parece no estar conforme con los mismos.

I.- 

En un primer plano formal, el planteamiento en estos términos por la Sala de lo Social del TS de la cuestión prejudicial es irrazonable, dicho sea con máximo respeto y consideración. 

En efecto, al así actuar la Sala de lo Social del TS está atacando a uno de los pilares básicos del Derecho comunitario, como es el carácter vinculante de las sentencias del TJUE, que tienen “autoridad de cosa interpretada” y efectos erga omnes, en cuanto que vinculan no solo al Tribunal que plantea la cuestión, que debe fallar en el proceso principal con arreglo a la sentencia, a la doctrina que contiene y al fallo del TJUE, sino que también vincula al resto de las autoridades judiciales nacionales que estén conociendo de un asunto idéntico o similar, a los que también se impone la obligación de fallarlo con arreglo a la sentencia, a la doctrina que contiene y al fallo del TJUE. 

martes, 4 de junio de 2024

El Pleno del Tribunal Constitucional unificará criterio sobre los recursos de amparo presentados por interinos ante las costas imputadas por el Tribunal Supremo por inadmisión de recursos de casación

Según el orden del día publicado, el Tribunal Constitucional abordará este martes 04/06/2024, la unificación de criterio ante una serie de recursos de amparo (la serie "5-2024) sobre las "costas por inadmisión de recursos de casación en procesos promovidos por funcionarios interinos".

 

Recordemos que , en probable relación, con esto, la la Sala de lo Contencioso del Supremo sigue inadmitiendo a trámite recursos de casación en los que se solicite fijeza -o indemnizaciones- como sanción al abuso de temporalidad, condenando además en costas al demandante, que se encuentra en dicha situación de abuso de temporalidad, al considerar el alto tribunal que ya tiene una doctrina muy consolidada al respecto tras una serie de sentencias desde  su  importante  sentencia de 30/11/2021  (recurso de casación 6302/2018) y  sentencias siguientes (como la serie de sentencias derivadas desde primeros de  Diciembre de 2021 y las  primeras sentencias a las demandas de fijeza del grupo de demandas del SERMAS de 2016 que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020):