'La Federación Estatal de Trabajadoras de las Administraciones
Públicas de CGT (FETAP-CGT) valora la reciente sentencia del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea de 14 de abril de 2026, asunto C-418/24, Obadal, como un punto de inflexión en la lucha contra el abuso de la temporalidad en las Administraciones Públicas españolas.
El TJUE declara de forma clara que el modelo español vigente no
cumple con el Derecho de la Unión, al no establecer medidas efectivas,
proporcionadas y disuasorias para sancionar el abuso de la contratación
temporal. En particular, la sentencia rechaza expresamente que la figura
del indefinido no fijo pueda considerarse una solución válida, al
tratarse de una relación laboral que mantiene la temporalidad y la
precariedad de la persona trabajadora afectada.
Asimismo, el Tribunal europeo descarta que las indemnizaciones
tasadas con límites máximos, los procesos de estabilización o el régimen
de responsabilidad de las Administraciones Públicas constituyan, por sí
solos o en conjunto, mecanismos adecuados para sancionar el abuso.
Estas medidas, tal y como están configuradas en el ordenamiento español,
no garantizan la reparación íntegra del daño, ni eliminan las
consecuencias, y muchísimo menos previenen el abuso de temporalidad.