'La reciente publicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el asunto C-418/24 (Caso Obadal) confirma de manera irrebatible lo que desde USTEA ya denunciamos con anterioridad: el sistema español de respuesta al abuso de la temporalidad en el sector público es incompatible con el Derecho de la Unión Europea.
Ante este nuevo escenario normativo, USTEA se planta para exigir que la
Administración deje de gestionar la precariedad mediante el simple
«baile de plazas» y asuma, de una vez por todas, su responsabilidad en
la estabilización de las personas que han sostenido la Educación Pública, garantizando soluciones que aporten estabilidad real y no meros arreglos puntuales.
EL TJUE DESMONTA LA ARQUITECTURA DEL ABUSO: NI EL INDEFINIDO
NO FIJO, NI LAS INDEMNIZACIONES NI LA LEY 20/2021 CUMPLEN CON EUROPA
El fin del «Indefinido no fijo» como arreglo improvisado
La figura del personal indefinido no fijo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sido tajante al dictaminar que esta solución jurisprudencial española no constituye una medida adecuada para sancionar los abusos. Esta sentencia confirma que mantener al personal interino en una «temporalidad infinita» vulnera la Cláusula 5 del Acuerdo Marco de la Directiva 1999/70/CE.
Desde USTEA denunciamos que esta categoría mantiene la naturaleza
temporal de la relación laboral y, por consiguiente, perpetúa la
situación de precariedad del trabajador, cuya permanencia queda
supeditada a la cobertura definitiva de la plaza. Frente a este arreglo
improvisado jurídico, nuestra exigencia histórica es la estabilización definitiva de las personas a través de su funcionarización,
y la equiparación plena de derechos, eliminando cualquier figura que
encubra la temporalidad, como históricamente hemos luchado para que el
personal interino consiga una estabilidad real.