NOTA PREVIA DEL EDITOR AL RECORDATORIO: en la NOTA DEL EDITOR de la entrada recordada decíamos que el "ultimátum de dos meses a España para regular una nueva
norma ha disparado las posibilidades de que el Gobierno
español apruebe en próximas semanas un Real Decreto-Ley con alguna o
algunas medidas con el objetivo de evitar o al menos retrasar las multas". Finalizado ese plazo, el Gobierno español no ha aprobado nada y ha emitido una nota de prensa indicando que "el
Ejecutivo pide más tiempo [¡9 meses!] a la Comisión Europea para consensuar entre
todos un plan de acción", citando un "próximo encuentro con las administraciones
autonómicas y locales"en Santander el 8 de julio
[Recordatorio de entrada publicada el 09/06/2026 en este blog]
[09/06/2026] La Comisión Europea ha publicado recientemente la edición de Abril de 2026 , elaborada en mayo de 2026, del "Informe de actualidad sobre derecho laboral" ["Flash reports on labour law", en inglés] , informe que prepara cada mes la Unidad de Derecho del Trabajo de la
Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Unión Europea haciéndose eco de novedades conocidas en esas fechas en materia de derecho laboral de cada país, incluido el empleo público, incorporando siempre una primera sección de
"Resumen ejecutivo" con lo que consideran más relevante en cada materia
, entre ellas a veces "trabajo temporal", de entre todos lo países, así
cómo del impacto previsible en todos los países de alguna sentencia del
Tribunal de Justicia de la UE [TJUE] en su caso, seguida ya de una
sección por cada país .
Así el resumen ejecutivo de esta edición dedica su sección de implicaciones de sentencias del TJUE a la sentencia de 14/04/2026 del Tribunal de Justicia de la UE en el asunto Obadal, la cuestión
prejudicial de la Sala de Social del Tribunal Supremo al TJUE sobre las sanciones válidas al abuso de la
temporalidad en empleados públicos españoles [y que a nuestro juicio dictaminó que no vale como sanción al abuso de temporalidad del
empleado público la doctrina del indefinido no fijo de la propia Sala de lo
Social del Tribunal Supremo ninguna de las medidas que le indicó, tampoco tomadas en su
conjunto: indemnizaciones topadas al cese , el régimen de
responsabilidad de las AAPP existente o la
convocatoria de procesos mientras sean abiertas a personal no en abuso y
de futuro incierto para el personal en abuso ].
Por su
interés transcribimos primero la parte de
esta sección de resumen ejecutivo que resume la sentencia y el párrafo
parte sobre sus implicaciones previstas para España (traducción de
Google):