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jueves, 16 de enero de 2025

Recordatorio.[ Secretaría de Estado de Función Pública] 'Las Mesas Generales de las Administraciones Públicas y de la AGE analizan las previsiones en materia de jubilación de los empleados públicos. Los interlocutores sociales han sido informados del acuerdo alcanzado ayer para recuperar la jubilación parcial del colectivo. Las negociaciones continuarán en enero'

[Recordatorio de entrada publicada el 20/12/2024]    'El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Función Pública, ha reunido hoy a las Mesas Generales de Negociación (la del conjunto de las Administraciones Públicas, por un lado, y la de la Administración General del Estado, por otro) para informarles de las previsiones en materia de jubilación relativas a los empleados públicos.

En ambos encuentros, presididos por la secretaria de Estado de Función Pública, Clara Mapelli, se ha presentado el acuerdo firmado este miércoles con UGT Servicios Públicos y el Área Pública de CCOO para la recuperación del derecho a la jubilación parcial de los empleados públicos, compromiso recogido en el Acuerdo para una Administración del siglo XXI, también firmado en 2022 con los mismos sindicatos.

jueves, 9 de enero de 2025

[Economist&Jurist] Publicada en el BOE la ley que obliga a una nueva norma en 3 meses que resuelva la situación de precariedad del colectivo de jueces sustitutos, cuyas asociaciones esperan que se respete las exigencias del Tribunal de Justicia de la UE sobre procesos de estabilización ante su situación de abuso de temporalidad

 Informa Economist&Jurist este 07/01/2024 que la  Ley de eficiencia del servicio público de justicia, que se acaba de publicar en el BOE  incluye una disposición con el compromiso del Gobierno de regular una nueva normativa (a concretar) sobre jueces sustitutos y magistrados y fiscales suplentes que dé cumplimento con la Directiva Europea 1999/70 y sentencias del Tribunal de Justicia de la UE sobre las condiciones del personal temporal y, en especial, sobre su situación de abuso de temporalidad.

El medio se hace eco de las propuestas de  de la Asociación Prodignidad de Jueces y Juezas Sustitutos y Magistrados y Magistradas Suplentesy  de la Asociación de Jueces Concepción Arenal,  que demandan un proceso de estabilización restringido al personal en abuso y que cumpla con la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, que ya ha establecido que  no valn como sanción al abuso de temporalidad  ni los procesos de estabilización, por ser  abiertos ,de la ley 20/2021

 

martes, 7 de enero de 2025

Publicada en el BOE la Ley de eficiencia del servicio público de justicia . Incluye una disposición de compromiso de nueva normativa sobre jueces sustitutos y magistrados suplentes de cumplimento de la Directiva Europea 1999/70 y sentencias del Tribunal de Justicia de la UE

 En el BOE de este 03/01/2024 se ha publicado la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia  que aprobó el Congreso definitivamente, tras el veto del Senado, el pasado 19/12/2024.

Recordemos que incluye una Disposición Final con el compromiso de nueva normativa sobre jueces sustitutos y magistrados suplentes de cumplimento de la Directiva Europea 1999/70 y sentencias del Tribunal de Justicia de la UE sobre temporalidad.

jueves, 26 de diciembre de 2024

[Gob. del Estado/Consejo de Ministros] 'ACUERDO por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga para 2025 de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en el año 2024, se formaliza la distribución por secciones y se aprueban medidas para gestionar en prórroga los créditos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.' [Sigue en vigor la posibilidad de incluir en OPEs convencionales las plazas necesarias para reducir la temporalidad al 8% y las del personal indefinido no fijo]

 'El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga para 2025 de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en 2024, en cumplimiento con el artículo 134 de la Constitución Española, donde se determina que, si no se ha aprobado una nueva Ley de Presupuestos el 1 de enero, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos Generales del ejercicio anterior hasta la aprobación de otras cuentas públicas.

Este Gobierno sigue trabajando para elaborar y preparar unos nuevos Presupuestos, cuya aprobación sigue siendo una prioridad. Hasta que eso se produzca, es necesario adoptar los criterios de prórroga de los Presupuestos vigentes en 2024 hasta la aprobación de las nuevas cuentas públicas.

Publicados en el BOCM el Acuerdo Sectorial de personal funcionario y el nuevo convenio Laboral de personal laboral de administración y servicios de la Comunidad de Madrid. Incluyen prohibicón en bolsa durante 6 meses para cesados para no superar los 3 años de temporalidad

Este 23/12/2024 se han publicado en el BOCM el  

que el gobierno regional acordó en sendos casos con CSIT UP sector CCAA de Madrid, la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Madrid de CCOO de MadridCSIF UA de Madrid y la Federación de Serviciós Públicos de UGT de Madrid en forma de "pack indivisible" que incluía la implantación de la carrera profesional para este personal a "cambio" de unas disposiciones polémicas sobre la prohibición al temporal de no poder volver a la bolsa de contratación durante 6 meses tras ser cesado para evitar llegar a los 3 años máximos de temporalidad, así como varios puntos sobre no conflictividad laboral que han  sido instados a que se retiren por  Consejo Regional de CCOO de Madrid.

lunes, 23 de diciembre de 2024

[CCOO Madrid] 'CCOO de Madrid insta a que se retiren dos artículos del recién firmado convenio colectivo del personal laboral [y del Acuerdo Sectorial de personal funcionario] de la Comunidad de Madrid. El comité regional del sindicato, máximo órgano entre congresos, aprueba la eliminación de los artículos del convenio que podrían conculcar derechos fundamentales y laborales básicos'

'La firma del convenio colectivo para el Personal Laboral y el Acuerdo Sectorial al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid ha generado una situación de alarma entre el conjunto de la afiliación de CCOO de Madrid y el conjunto de las personas trabajadoras, ya que el convenio contiene dos artículos y una disposición adicional que podrían conculcar derechos laborales básicos y derechos fundamentales como los de: libertad sindical y el derecho de huelga e introduce medidas discriminatorias para el personal en función de su temporalidad o fijeza.

Una vez conocido el contenido de esos dos artículos y la disposición adicional, se hicieron gestiones encaminadas a que se eliminaran los mismos del texto del Convenio Colectivo y Acuerdo Sectorial, instando que se paralizara o se aplazara la firma de dicho convenio hasta que fuera ratificado por las estructuras correspondientes del sindicato.

viernes, 20 de diciembre de 2024

[ Secretaría de Estado de Función Pública] 'Las Mesas Generales de las Administraciones Públicas y de la AGE analizan las previsiones en materia de jubilación de los empleados públicos. Los interlocutores sociales han sido informados del acuerdo alcanzado ayer para recuperar la jubilación parcial del colectivo. Las negociaciones continuarán en enero'

'El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Función Pública, ha reunido hoy a las Mesas Generales de Negociación (la del conjunto de las Administraciones Públicas, por un lado, y la de la Administración General del Estado, por otro) para informarles de las previsiones en materia de jubilación relativas a los empleados públicos.

En ambos encuentros, presididos por la secretaria de Estado de Función Pública, Clara Mapelli, se ha presentado el acuerdo firmado este miércoles con UGT Servicios Públicos y el Área Pública de CCOO para la recuperación del derecho a la jubilación parcial de los empleados públicos, compromiso recogido en el Acuerdo para una Administración del siglo XXI, también firmado en 2022 con los mismos sindicatos.

jueves, 19 de diciembre de 2024

[Min. de Transformación Digital y Función Pública] 'Comparecencia Líneas Generales en el Congreso. Óscar López anuncia que el Gobierno ha hecho fijas 321.000 plazas de empleo público, cumpliendo el compromiso con Bruselas • El ministro anuncia una nueva versión de Mi Carpeta Ciudadana que incorpora un perfil para las empresas • López apela al consenso para impulsar la Función Pública del Futuro y destaca el acuerdo firmado con UGT y CCOO para recuperar un derecho de los funcionarios: la jubilación parcial • El ministro anuncia para los próximos meses tres ambiciosos proyectos legislativos: La Ley para la Transformación de la Administración, la Ley de Administración Abierto y la de Grupos de Interés'

 'El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, ha anunciado que el Gobierno ha logrado cumplir su compromiso con Europa, reflejado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), de estabilizar plazas de empleo público y lo ha hecho superando el objetivo: 321.776 plazas temporales en las administraciones públicas han pasado a ser fijas. “En 2021, cuando nos sentamos con la Comisión Europea, nos comprometimos a transformar 300.000 plazas temporales en fijas antes de 2025. Hoy, 18 de diciembre, hemos alcanzado y superado ese objetivo. Una vez más, el Gobierno de España cumple con lo prometido y logra un hito colectivo”, ha afirmado.


El ministro ha agradecido la colaboración de los sindicatos y de las Comunidades Autónomas en este logro, y ha explicado que ha sido posible gracias al “impulso de una ingente gestión de procesos selectivos” que han implicado la convocatoria de más de medio millón de plazas a todos los niveles. “Los sectores en los que más ha impactado la estabilización son el sector docente y sanitario, profesiones fundamentales para sostener nuestro Estado del Bienestar”, ha explicado el ministro; “nunca se habían convocado tantas plazas en tan poco tiempo”.

lunes, 16 de diciembre de 2024

[ FETAP-CGT/Youtube] 'Hambre de Justicia. Documental en primera persona sobre la huelga de hambre que cuantro trabajadoras del sector público realizaron contra este abuso de la temporalidad en la primavera de 2021.

 'Hambre de Justicia’ es una pieza documental que relata, en primera persona, la huelga de hambre que cuantro trabajadoras del sector público realizaron contra este abuso de la temporalidad en la primavera de 2021. 

Coro Alonso Fuentes, Irune Saiz Oro, María Jesús Casado Sanz y Raquel de la Riva Fernández son las protagonistas de una gesta, que rompiendo el bloqueo informativo, supuso un enorme revulsivo para un colectivo en el que reinaba la desesperanza. 

Hasta más de sesenta días se llegó a extender esta solidaria y comprometida acción de protesta, que puso a prueba el aguante de sus cuerpos y sus mentes. 

jueves, 12 de diciembre de 2024

El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia del asunto italiano "Lufoni" reitera que se viola la cláusula 4ª, de no discriminación del temporal con el fij,o de la directiva europea 1990/70/CE sobre empleo temporal si no se computa de forma completa a los efectos de antigüedad los períodos prestados como temporal antes de ser fijo

 Sha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea de este 09/12/2024 un nuevo  fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea  en relación con la cláusula 4ª , la del principio de no disriminación en condiciones de trabajo del personal temporal con respecto al fijo- de la Directiva UE sobre empleo temporal, la Directiva 1999/70/CE esta vez por Sentencia, en concreto, la sentencia de 17/10/2024 en el asunto italiano C-322/23 "LufoniÇ"o "ED / Ministero dell’Istruzione e del Merito, Istituto nazionale della previdenza sociale (INPS)" que había planteado el Tribunale di Lecce.

El fallo , como era de esperar,  afirma que una normativa nacional italiana en cuestión viola dicha cláusula 4ª al contabilizar como menor antigüedad de cierto personal fijo los servicios prestados como temporal, limitándose el TJUE prácticamente en el texto de al sentencia a reiterar su sentencia previa  de 30/11/2023 del asunto C‑270/22"Ministero dell’Istruzione e INPS", aplicando sus razonamientos a la pregunta y normativa concrea.

 

lunes, 9 de diciembre de 2024

[CSIT-UP Administración General] 'La negociación de los textos convencionales aplicables al personal funcionario y laboral finaliza con el preacuerdo sobre el nuevo Acuerdo Sectorial y Convenio Colectivo 2025-2028' [ Aplicación de la Carrera Profesional horizontal desde 1 de enero de 2025 al personal funcionario y laboral de la C. de Madrid, "incluye un mecanismo de suspensión en las bolsas de trabajo, durante un periodo de 6 meses, para los supuestos de nombramiento interino de personal funcionario o contratación temporal de personal laboral que acumulen 3 años con uno o sucesivos nombramientos o contratos, a efectos de no incumplir la Directiva Europea de Trabajo Temporal"]

'Desde el pasado mes de junio, se ha venido negociando la renovación del Acuerdo Sectorial para el personal funcionario de administración y servicios y del Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid.

La negociación se ha desarrollado en dos planos, por un lado (aun siendo contenido de acuerdo y convenio), se ha abordado de manera singular la negociación de la Carrera Profesional horizontal y, por otro lado, los demás contenidos del Acuerdo Sectorial y Convenio Colectivo, si bien este se ha ceñido a propuestas sin coste económico, dado que la totalidad del gasto se destina a la Carrera Profesional. Tal y como hemos informado, la negociación se ha planteado como un todo indivisible, siendo que el acuerdo sobre una parte no sería asumido en tanto se acordará el todo.

Finalmente, la Administración y el conjunto de organizaciones sindicales, el pasado día 28, alcanzamos un preacuerdo, que en estos días se convertirá en acuerdo y finalmente, a continuación, será publicado en el BOCM, de manera que sus contenidos desplegarán efectos, con carácter general, desde el día siguiente a su publicación, con excepción de aquellos en los que se prevea una fecha de efectos distinta, como por ejemplo la Carrera Profesional cuyos efectos serán desde 1 de enero de 2025.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, recordamos los puntos que marcaron la situación de partida y los principales cambios que introducen el nuevo Convenio y Acuerdo:

martes, 3 de diciembre de 2024

Recordatorio.[Noticias Jurídicas] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, teniendo en cuenta la sentencia del Tribunal europeo de 22 de Febrero, anula un acuerdo de una empresa pública para no contratar al personal de bolsa si hacerlo implicaba superar el tiempo fijado para abuso de temporalidad

 [Recordatorio de entrada publicada el 01/07/2024] Informa Noticias Juridicas este 27/06/2024 que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo [la que lleva los casos de los empleados públicos laborales] ha dictado una [importante] sentencia este 17/06/2024, en la que se refiere por primera vez la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de  22/02/2024  y sentencia la anulación de un acuerdo de una sociedad pública estatal que  establecía que pasaran a una "situación de no disponible temporal" durante 6 meses, es decir, no contratable , los  trabajadores en su bolsa de empleo temporal con una antigüedad acumulada continuada tal que si les contratara pasarían de los 3 años de temporalidad marcados para estar en abuso,y que según la normativa europea doctrina [todavía] actual del Supremo, implicaría la conversión judicial en indefinido no fijo.

La Sala de lo social del Tribunal Supremo razona que esta "operativa"  perpetúa su condición de trabajadores temporales y contraviene la Directiva europea 1999/70/CE sobre empleo temporal , basándose en lo dictado por la citada sentencia del Tribunal europeo.

[CSIT-UP Administración Autonómica] 'Carrera Profesional, Convenio y Acuerdo: el pack indivisible con el que cierra la negociación la Comunidad de Madrid para su personal funcionario y laboral' [ C. de Madrid no firmará la carrera profesional sin que se acepte el nuevo convenio laboral y acuerdo funcionarial, que incluye no poder volver a la bolsa durante 6 meses tras ceses por llegar a los 3 años máximos de temporalidad]

 'Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, informamos que, en las reuniones con la Dirección General de Función Pública de la Comunidad de Madrid desarrolladas a lo largo de hoy, se ha puesto punto final a las negociaciones de los tres textos que afectan al colectivo de funcionarios y laborales: Acuerdo de Carrera Profesional, Acuerdo Sectorial para personal Funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid 2025-2028 y Convenio Colectivo Único para personal Laboral de la Comunidad de Madrid 2025-2028.

A modo de síntesis, os informamos de las cuestiones más destacadas, en ultimo término:

  • Se ha corregido la suspensión en la Bolsa de trabajo cuando se llega a 3 años con un contrato temporal: de los 3 años de suspensión que, en inicio, proponía la Administración, queda establecido que sean finalmente 6 meses.
  • Se mantiene la Jubilación Parcial para el personal laboral.
  • Los actuales Permisos recogidos en los textos convencionales se mantienen, tal y como constan en la versión 2018-2024 y se incorporan los nuevos permisos derivados de los últimos cambios en la legislación.
  • Se mantiene la disposición adicional que prevé la posibilidad de las adaptaciones que fueran precisas a la regulación del personal laboral INFOMA.
  • Recuperamos el día de permiso por asistir a exámenes oficiales y otros cambios y avances más puntuales que detallaremos en próximas informaciones.

La Administración plantea como un todo indivisible la firma final de los tres textos (Carrera Profesional, Convenio Colectivo y Acuerdo Sectorial), de tal manera que se firman los tres acuerdos o no se firma ninguno.

jueves, 7 de noviembre de 2024

[STEPA] 'Gerardo Pérez, profesor de derecho constitucional: “la estabilización del personal público en abuso es constitucional y la única solución que existe en estos momentos”. ' [Entrevista previa a su conferencia de este 07/11 "Solución legal para el personal publico temporal en abuso conforme a la Directiva 1999/70/CE y al derecho interno"]

 'El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna y abogado Gerardo Pérez Sánchez, uno de los principales expertos en la Carta Magna, es rotundo al afirmar que España incumple la Directiva Europea que obliga a garantizar que las Administraciones Públicas cubran sus puestos permanentes con contratos fijos y que “la única solución posible” para los afectados por el abuso de temporalidad es reconocer su derecho a la fijeza. También asegura que estos trabajadores cumplen con los principios que exige la Constitución para acceder a la función pública al haber superado pruebas selectivas. Por ello concluye que Administraciones como la aragonesa han “desnaturalizado” el intento de la Ley 20/21 de acabar con este problema. 

 

viernes, 18 de octubre de 2024

[Consejo General Abogacía Española] Opinión de Javier Junceda, abogado. 'Los interinos y el derecho comunitario: un debate necesario' [En su sentencia del 13 de Junio el Tribunal de Justicia de la UE ha recordado que la Cláusula 5 debe interpretarse en consonancia con el art. 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, permitiendo la conversión de contratos temporales abusivos en contratos fijos", "la única vía", "si el derecho nacional no proporciona una solución efectiva"]

'El problema de los empleados públicos interinos en España ha persistido durante años, planteando desafíos tanto a nivel nacional como en el marco del derecho comunitario. A pesar de los esfuerzos legislativos nacionales para resolver esta situación, como la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el conflicto sigue vigente, y su resolución parece cada vez más ligada a la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y su jurisprudencia sobre la Directiva 1999/70/CE. Esta directiva, concebida para limitar el abuso de los contratos de trabajo de duración determinada, exige soluciones más efectivas de las que se han implementado hasta ahora en España.

La Ley 20/2021 pretende estabilizar a los empleados interinos, pero no ha logrado aplacar las críticas del TJUE, que considera estas medidas insuficientes y contrarias a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE. En la sentencia del 13 de junio de 2024, el TJUE declaró que la estrategia de estabilización española no ofrece soluciones proporcionadas ni disuasorias que garanticen la plena eficacia del derecho comunitario. De hecho, mantiene en situación de temporalidad a muchos empleados, lo que perpetúa el abuso que la directiva pretende evitar.

Ante esta insuficiencia, el TJUE ha recordado que la Cláusula 5 debe interpretarse en consonancia con el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, permitiendo la conversión de contratos temporales abusivos en contratos fijos. Si el derecho nacional no proporciona una solución efectiva, esta conversión puede ser la única vía para garantizar la estabilidad de los trabajadores y el cumplimiento de los objetivos de la normativa comunitaria.

Recordatorio [31/05/2021] Repaso de la Abogacía General de la UE a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso -derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".

[Recordatorio de entrada publicada el 31/05/2021 OJO hace más 3 años] El Informe de Conclusiones de la Abogacía General de la Unión Europea, por el abogado general Evgeni Tanchev , como paso previo a la sentencia del Tribunal europeo en el asunto italiano "Gilda-UNAMS" sobre los profesores públicos de religión excluidos de la conversión administrativa a fijos de docentes temporales de larga duración realizada en Italia tras la sentencia del Tribunal Europeo del Asunto "Mascolo" en 2014, contiene lo que el propio abogado llama repaso a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad (en el empleo público en especial), y que ya trasladamos en la entrada que publicamos sobre dicho informe.

Por su evidente interés, extraemos a esta entrada independiente, lo que entendemos que a juicio de dicha Abogacía General de la UE (entrecomillando párrafos literales del informe del abogado General y dejando de lado las apreciaciones sobre el derecho a la no discriminación religiosa) son los  principios relacionados con la sanción del recurso abusivo a la temporalidad que están bien establecidos en la jurisprudencia" del Tribunal Europeo:

[CSIF nacional] ' CSIF reclama al ministro Óscar López la convocatoria urgente de la Mesa General de Negociación, tras un mes al frente de su ministerio. Nuevo acuerdo retributivo, recuperación de la estructura salarial previa a los recortes de 2010 y eliminar la tasa de reposición, prioridades para CSIF' [Exigen la "culminación del plan de estabilización de plazas de personal interino"]

 'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, ha solicitado de manera formal al ministro de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López, la convocatoria urgente de la mesa de negociación para abordar las cuestiones pendientes, pasado un mes de su nombramiento al frente de su departamento.

 

miércoles, 16 de octubre de 2024

[Unión Sindical contra la Temporalidad en el Empleo Público] 'CUATRO DÍAS PARA EL 19O! ¡VENTE, EL MOMENTO ES AHORA!'

'Europa aprieta cada vez más, los Tribunales españoles empiezan a dudar… Es posible que la presión social haga el resto, ¡hay que intentarlo!

El 19O intentaremos ir todxs a una coreando los lemas, ¡que se nos oiga bien! Aquí tienes un archivo con algunos de ellos: https://bit.ly/3U3GXXx

¡NO TE QUEDES EN CASA ESE DÍA, ¡ES AHORA O NUNCA!

**RECORDAMOS TAMBIÉN QUE EL JUEVES 17 A LAS 20:00 CERRAMOS EL FORMULARIO DE RECOGIDA DE APOYOS:  https://bit.ly/3TLSH0M

martes, 15 de octubre de 2024

[Unión Sindical contra la Temporalidad en el Empleo Público] 'Manifiesto: 19 de Octubre de 2024 por la estabilidad en el empleo del personal temporal en abuso de todas las administraciones'

'Si por algo se caracterizan las Administraciones Públicas de nuestro Estado es por maltratar sistemáticamente a sus trabajadoras. Precariedad, escasez de recursos, plantillas mermadas, pérdida de derechos continuada, y, por supuesto, un enorme abuso de temporalidad. Este abuso no sólo incumple nuestras propias normas internas, sino también la legislación europea. El Estado español es el miembro de la UE más multado por ello, multas que abona el pueblo con sus impuestos. Sólo a paso de tortuga se va aplicando la normativa comunitaria. En 2015, se dio por fin traslado de la Directiva 1999/70/CE a la legislación nacional, modificando el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, limitando la contratación temporal en el empleo privado. Pero ¿y en el empleo público? Entre la dejadez del Legislativo, la negligencia de todas las Administraciones Públicas, y la obvia ventaja de tener trabajadoras precarias ocupando los peores puestos y turnos sin posibilidad de protesta, llevamos 25 años engrosando las bolsas de temporalidad abusiva sin que se resuelva este desastre.


Sabíamos que la Ley 20/2021 no era una solución completa y que generaba nuevas discriminaciones. Ahora tenemos dos sentencias sucesivas del Tribunal Europeo de Justicia, del 22 de febrero y del 13 de junio de2024, que nos lo confirman: ni la figura del indefinido no fijo, ni la ridícula indemnización al cese, son sanciones válidas al abuso de temporalidad, y los procesos de estabilización tampoco cumplen con la Directiva Europea. El TJUE contempla la estabilidad en el empleo como la solución más adecuada.