'El Consejo de Ministros ha acordado remitir al Congreso de los Diputados el proyecto de Ley Órgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales, que incluye control parental gratuito.
La norma responde
a un compromiso asumido por el Gobierno: proteger a las niñas, niños y
adolescentes en el ámbito digital, garantizando su derecho a la
intimidad, al honor y a la propia imagen, la protección de sus datos
personales o el acceso a contenidos adecuados para su edad.
Se
trata de una iniciativa pionera en Europa, ya que el proyecto prevé la
reforma del Código Penal para penalizar tanto los deepfakes
(ultrafalsificaciones usando el rostro o cuerpo de una persona sin su
consentimiento) de contenido sexual, como el grooming (el engaño a una
persona menor utilizando una identidad ficticia, sobre todo en términos
de edad), que será un agravante para ciertos delitos sexuales. Se
incorpora también la pena de prohibición de acceso o de comunicación en
los entornos digitales, que evitará, en gran medida, tanto la
revictimización como la reincidencia.
La
redacción de la norma ha tenido en cuenta, entre otros, los informes
recabados de la AEPD, la CNMC, el CGPJ, el Consejo Fiscal, el CES, el
Observatorio de la Infancia, el Consejo Estatal de Participación de la
Infancia y de la Adolescencia, laComisión para el Diálogo Civil con la
Plataforma del Tercer Sector, el Consejo Nacional de la Discapacidad y
el CISNS. Asimismo, se ha consultado a las CCAA, Ceuta y Melilla, a
través de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia y a las
entidades locales, a través de la FEMP.
Entornos digitales seguros
La
norma reconoce los derechos de las personas menores a ser protegidas
eficazmente ante contenidos digitales que puedan perjudicar su
desarrollo, la información veraz, a recibir información suficiente y
necesaria en una forma y lenguaje apropiado según la edad sobre el uso
de las tecnologías y de los riesgos asociados, así como al acceso
equitativo y efectivo a dispositivos, conexión y formación para el uso
de herramientas digitales. A este respecto, incluye obligaciones para
los fabricantes, como incluir sistemas de control parental accesibles y
gratuitos, activados por defecto, en los dispositivos digitales. Además,
prohíbe con carácter general el acceso por parte de las personas
menores a los mecanismos aleatorios de recompensa en videojuegos y
plataformas (loot boxes).
En
el ámbito educativo, recoge iniciativas de fomento de las competencias
digitales y del uso responsable de las tecnologías y prevé que los
centros educativos cuenten con una regulación expresa sobre el uso de
dispositivos móviles y digitales en el aula, así como en el resto de
actividades e instalaciones escolares. En el ámbito sanitario, la Ley
obliga a las administraciones competentes, por ejemplo, a elaborar guías
y programas de prevención y promoción de la salud o a desarrollar
protocolos de atención específicos ante comportamientos adictivos hacia
la tecnología.
La
norma también impone obligaciones a todos los poderes públicos con la
promoción del acceso libre e igualitario al mundo digital y la
elaboración de una Estrategia Nacional sobre la protección de la
infancia y la adolescencia en el entorno digital, a cargo del Ministerio
de Juventud e Infancia. Y, por último, ahonda en la protección ante
cualquier tipo de violencia de género o sexual en el ámbito digital, al
reconocer la condición de víctima y, por tanto, sus derechos y el acceso
pleno a los servicios de información y orientación, de acogida y
asistencia psicológica, social y jurídica.
Reformas legislativas y obligaciones a influencers
A
todo ello, se suma la reforma de la Ley de Protección de Datos
Personales para aumentar la edad de consentimiento para el tratamiento
de estos datos, de los 14 a los 16 años; y la reforma de la Ley General
de Comunicación Audiovisual para imponer obligaciones a los grandes
operadores de la comunicación y a los influencers como, por ejemplo,
utilizar sistemas de verificación de edad, separar los contenidos que
puedan incluir escenas de pornografía o violencia gratuita o a
establecer enlaces a los canales de denuncias.
Además
de las modificaciones que se incorporan al Código Penal, se reforma la
Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de la Jurisdicción
Contenciosoadministrativa para permitir la intervención judicial a la
hora de ejecutar la medida de interrupción de un servicio digital que
ofrezca un acceso ilimitado a contenido perjudicial para las personas
menores, o la de retirada de dicho contenido."
Fuente: Acuerdos del Consejo de Ministros de 24/92/2025
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