Como estaba previsto, este 14 de Abril pasadas las 09:00 (en lugar de a las 09:30) ha tenido lugar lugar la lectura del fallo de la sentencia, por la Gran Sala del TJUE, del asunto Obadal [C-418/24] , el asunto de cuestión prejudicial que fue elevado por la propia Sala de lo Social del Tribunal Supremo español sobre las sanciones al abuso de temporalidad del empleado público español (que sea competencia de esa Sala, en principio el laboral al menos).
La lectura del fallo final (respuesta final a las preguntas) ha sido transmitida en directo en la web de streaming del TJUE, donde podrá volver a escucharse.
El fallo ha sido [audio íntegro], literalmente::
"la cláusula 5ª del Acuerdo Marco que figura en el Anexo la Directiva 1999/70/CE debe interpretarse en el sentido de que
- por una parte, se opone a una normativa nacional, en la forma en que es interpretada por la jurisprudencia nacional, que establece como medida para sancionar los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos de duración determinada, a los efectos de esta cláusula 5º, la transformación de esos contratos en una relación laboral indefinida no fija, habida cuenta de que esa medida, que supone mantener una relación laboral de naturaleza temporal y, por tanto, la situación de precariedad del trabajador afectado, no permite sancionar debidamente tal utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión, y
- por otra parte, no constituyen medidas adecuadas para prevenir y sancionar tales abusos un conjunto de medidas que consisten,
- primero, en el pago de indemnizaciones tasadas con un doble límite máximo en el momento de la extinción de esa relación laboral
- segundo, en un régimen de responsabilidad de las Administraciones Públicas de carácter ambiguo, abstracto e imprevisible y,
- tercero, en la convocatoria de procesos selectivos en los que si bien se valoran la experiencia previa del trabajador afectado y el tiempo de servicio dedicado por él al desarrollo de sus tareas, esta valoración no se limita a aquellos candidatos que hayan sido víctimas de tal abuso,
- cuando esas medidas no permiten sancionar debidamente tal utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión"
El Tribunal de Justicia de la UE sí ha publicado inmediatamente una nota de prensa, de título " Contratos de duración determinada sucesivos: las medidas previstas en España para sancionar su utilización abusiva en el sector público no resultan conformes con el Derecho de la Unión"
[ADDENDUM 10:00] Ya está publicado el texto íntegro de la sentencia de 14/04/2026 del asunto Obadal en la página web del asunto , imprescindible habitualmente para entender de forma adecuada el fallo.
En el contenido de su sentencia, la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la UE ha reiterado en la práctica todo expuesto en su Informe por el Abogado General de la UE del asunto Obadal (notas entre corchetes en cursiva nuestras):
- es "indispensable" una medida de sanción (o un conjunto d em ediddas (al abuso de temporalidad, que contenga una reparación íntegra al trabajador , y elimine las consecuencias de la infracción, si bien la directiva no impone una medida concreta, que se deja a elección de la normativa nacional [o en su defecto su justicia]
- La conversión en una relación de empleo indefinido o "fijeza" es una medida de sanción válida , no obligatoria, si bien, el Tribunal de Justicia de la UE ya ha establecido que para que sea conforme ante la normativa UE una normativa nacional o su interpretación por el Tribunal Supremo nacional que prohíba en
el sector público la conversión en una relación de empleo
indefinida como sanción, en en ordenamiento jurídico nacional [normativa+jurisprudencia] debe existir otra medida de sanción
válida ante el abuso de temporalidad en el sector aplicable al empleado [es
decir, cuando no hay ninguna sanción válida recogida en la normativa
o jurisprudencia interna española , no es válida la normativa nacional o interpretación del Tribunal Supremo que impide aplicar la
fijeza como sanción al abuso de temporalidad del empleado publico; de esta manera, en ese caso
de que no exista ninguna medida actual de sanción válida, un órgano judicial como la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ya no tendría impedimento
"legal"para conceder la fijeza por sentencia, si es que no opta por establecer otra medida válida]
- desestima como válidas una por una y en su conjunto ,las medidas que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo expuso que , a su juicio sí podrían llegar a pensar que ya hay sanción válida al menos para los trabajadores públicos laborales:
- la
concesión de esa figura del “indefinido no fijo” , no puede ser una
sanción efectiva para el abuso de temporalidad, aunque sea un empleado
público, dado que perpetúa la precariedad al seguir el empleado siendo
temporal (el propio Tribunal Supremo explica en su auto que a un
indefinido se le puede
cesar cuando la plaza se cubra o se decida amortizar por parte de su
AAPP)
- no pueden ser una sanción las
indemnizaciones o "compensaciones económicas" de la figura del
indefinido no fijo [que es por sentencia sólo para laborales] y de la ley 20/2021[que sólo reciben algunos empleados en abuso], en ambos casos, indemnizaciones al cese , de 20 días por año
con un tope de 12 mensualidades de suelo, por tener un tope y abonarse además al posible futuro cese del empleado (que para empezar podría no acabar cesado)
- tampoco valdría elevar esas indemnizaciones a 33 días por año trabajado con tope de 24 mensualidades, mientras sean con tope y al cese del empleado: una indemnización para que sea válida por sí sola como sanción debe ser a la situación de abuso de temporalidad actual y cubrir la reparación íntegra del abuso [como ya dijo el propio TJUE en la sentencia Sánchez Ruiz de 19/03/2020]
- tampoco vale como sanción el régimen de responsabilidades de las AAPP ante el abuso, incluyendo la modificación introducida mediante la Disposición Adicional 17 de la Ley 20/2021, si se reduce , como parece claro d elos hechos, a una mera posibilidad abstracta sin disposiciones precisas, previsibles y aplicables en la práctica , extremo que le corresponde al Supremo corroborar [ la propia C. de Madrid reconoció en la vista no conocer ningún caso de pago de indemnización por responsabilidad de su AAPP ante un abuso de temporalidad de un empleado público]
- tampoco es una sanción válida ofrecer la posibilidad de participar en procesos selectivos abiertos como los procesos de estabilización u otros, que están abiertos a personal no en situación de abuso y son de futuro es incierto para el personal en abuso, ni aunque se valore de forma especial la experiencia [o sean por méritos], no garantizando al personal en abuso la reparación necesaria, como ya sentenció el TJUE en el asunto Mascolo de 2014 [y reiteró en la sentencia de 19/03/2020 del asunto Sánchez Ruiz]
- le corresponde al Triubnal Supremo en último lugar, corroborar todas estas apreciaciones del TJUE
Es decir, NO VALEN ninguna de las medidas existente que la propia Sala de lo Social del Supremo dice que existen, ni tampoco consideradas en su conjunto , ni tampoco aunque se eleve la indemnización al cese del indefinido no fijo a 33 días con tope de 24 mensualidades, como proponía el Supremo Social.
Hay que lamentar que el TJUE no ha puesto en el fallo final sino en los fundamentos de la sentencia (y utilizando unan fórmula inversa "la normativa y jurisprudencia nacional que prohíbe fijeza no es conforme con la norma UE"), si bien es verdad que el Supremo Social NO se lo preguntaba en sus cuestiones, la jurisprudencia del propio TJUE sobre la fijeza cuando no hay ninguna medida de sanción válida existente desde el fallo de la sentencia Adeneler del TJUE de 2006:
"si la normativa nacional no contiene ninguna medida efectiva para sancionar el abuso de temporalidad la normativa Europea impide aplicar una normativa nacional que prohíba la conversión en fijo".
Nótese que es más claro queel TJUE digan a un Supremo que no puede aplicar la normativa que le prohíbe sentenciar la fijeza, que decir que esa normativa "no es conforme" con la UE,
De esta manera, salvo que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo se atreva a afirmar , en su sentencia del recurso de casación del caso, que el régimen de responsabilidad existente aplicable al empleado público junto con el resto de medidas sí hace que se pueda considerar existe una sanción válida - pese a esta sentencia de la Gran Sala del TJUE, el alto tribunal español se verá obligado a modificar su jurisprudencia, y ante la falta de medidas de sanción, decida bien "inventarse" una indemnización por abuso de temporalidad (sin topes, no al cese) - o bien entienda que ha dejado de operar -por no conforme ante la normativa UE- la prohibición de la fijeza y decida conceder la fijeza. Recuérdese que, por otro lado, está la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, la que lleva asuntos de funcionarios/estatutarios interinos
La primera de las salidas , indemnización sin topes y actual, provocaría una cascada de demandas que por su volumen podrían llegarían a ser inasumibles para las AAPP, siendo probable en ese caso que tuviera que intervención el ejecutivo y el legislativo con alguna medida de estabilización directa.
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- [31/05/2021] Repaso de la Abogacía
General de la UE a los principios "bien establecidos de la
jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de
temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso
-derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la
Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre
medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto
directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación
nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el
abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma
del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
- [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La
Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la
duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público
tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que
duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo
dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una
duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente
larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la
condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización
al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser
considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por
superar el plazo de 3 años]
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indefinida a la empleada pública del Auto "Gondomar" del Tribunal
Europeo , pese a la prohibición de "fijeza" de la ley portuguesa para
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pública no puede superponerse ciegamente al derecho a la estabilidad en
el empleo"
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del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público
como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos
de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal
remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es
constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la
fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social
del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más
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94 comentarios:
O sea, lo que ha dicho siempre...
Las 12.
De momento, esto va de pm.
Nota de prensa de hace 5 min.
https://curia.europa.eu/site/jcms/d2_5159/
La nota de prensa.
https://curia.europa.eu/site/upload/docs/application/pdf/2026-04/cp260051en.pdf
2 horas, pa el rapapolvo perfecto!
Ha sido mucho más positiva para los intereses de los interinos de lo que esperaba.
No sé por qué decís que es lo que dicen siempre, hasta donde yo sé no lo han dicho nunca.
Obadal ven a mí
Pero qué pasa con el tema del mérito y capacidad, y la Constitución. El tema que "volvió loco al Supremo", y objeto de la Prejudicial?
Lo de siempre
No se dice nada en el fallo. Qué es esto?
Que nos cansamos de decirlo y no aprendéis…que perro no muerde a perro…aquí le han dejado otra vez todo al ts…por que os pensabais que estaban tan tranquilos los señores políticos…por que sabían lo que había…
No voy a hacer sangre…consejo…buscar abogado y reclamar antes de que prescriban vuestros derechos de reclamación. Pos cese…que la gente se piensa que no hay caducidad y el derecho prescribe al año del cese.
Eso es la cuestión. El TJUE ya ha sentenciado que es indispensable aplicar una medida y que para ello si hace falta se deben saltar la constitución, es decir, aunque sea contra legem (la interpretación conforme no es posible) sancionar y reparar es indispensable.
El Gobierno puede legislar una indemnización sin límites a priori o ceder a la enmienda de Junts.
El gobierno no va a hacer nada…se va a parapetar en el ts y que vaya desestimando casos o reduciendo las sentencia y así evita el boom de reclamaciones…vamos lo de siempre…
Hablas sin esperar a las 12
Claro q sí. A las 12 lo hablamos!
Lo bueno que ya dejado claro que la indeminizacion al cese ni los procesos de la 20/21 no constituyen sanción…así que a reclamar cantidades económicas…20/33 por año sin limite
Lo bueno que ya dejado claro que la indeminizacion al cese ni los procesos de la 20/21 no constituyen sanción…así que a reclamar cantidades económicas…20/33 por año sin limite
El Tribunal señala, en primer lugar, que no le corresponde pronunciarse sobre la interpretación de las disposiciones del Derecho nacional, ya que esa competencia recae en los tribunales nacionales competentes. Por consiguiente, corresponderá al Tribunal Supremo español evaluar si las medidas previstas en la legislación nacional pertinente penalizan debidamente el abuso de los sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público y permiten subsanar las consecuencias de la infracción del Derecho de la Unión Europea. No obstante, el Tribunal aclara que esto orienta al Tribunal Supremo español en su valoración.
En manos de los que dicen NO?
Veremos a las 12!!
Esperaba mas contundencia
https://diariosabemos.com/nacional/interinos-sentencia-obadal-da-golpe-casi-definitivo-gobierno-supremo_516286_102.html
Pasta para quien reclame sus derechos,…veremos qué más a las 12h locos
¿Pero qué hay a las 12? La sentencia íntegra ya ha sido publicada.
ya se vá animando la cosa
El TJUE sentencia que hacer indefinidos a los interinos sin darles la plaza es insuficiente
https://www.elconfidencial.com/economia/2026-04-14/sentencia-tjue-medidas-temporalidad-interinos-insuficientes_4337653/
Buenisimo Gracias Javier
https://arauzybelda.org/noticias/varapalo-del-tjue-al-gobierno-de-espana-y-a-los-tribunales-nacionales/
Lo importante ahora es que resolverán todas las demás prejudiciales que estaban paralizadas esperando que saliera Obadal.
Incluyendo algunos planteadas por la jurisdicción contencioso administrativa.
600. mil millones tendrá que pagar el Estado
10:32 "Sin medidas concretas, efectivas y accesibles, la responsabilidad administrativa pierde su capacidad de prevenir conductas abusivas."
¿Te parece poco contundente?
Si te enfrentas a la mafia, todo es poco, que igual es eso, pero para un estado de derecho, como se autodenomina el nuestro, no sólo es suficiente sino penoso a la vez que vergonzoso.
La sentencia es excelente y es durísima en el fondo general, no sólo en las cuestiones planteadas.
Ahora se abre la vía legislativa antes de que empiecen las sanciones.
O fijeza o indemnizaciones sin límite.
El Gobierno y sus secuaces intentarán que sea lo segundo pero esperemos que la presión de Junts y los demás les doblegue.
Hay algo que no me gusta
Parece ser que vuelve a dejar en manos del TS lo que habrá que hacer, y esto puede suponer equivocaciones, si ha corregido al Gobierno, pero la aplicación pertenece al T, vaya jaleo
Al reves 10,51, el Gobierno lo que NO quiere es soltar Parné
que ocupe una plaza Juan o que la ocupe Antonio le dá igual
Pues si es así, mejor para todos, salvo para los que estuvieran a punto de jubilarse claro.
Pues YA Está!!!!
Leída la sentencia..
https://infocuria.curia.europa.eu/tabs/document/C/2024/C-0418-24-00000000RP-01-P-01/ARRET/319189-ES-1-html
3 Opciones
1 Fijeza
2 Opes Restringidas pa todos los abusados y no estabilizados
3 A pagar de su bolsillo sin límite alguno, los responsables de este desaguisado sin Excepción
Si el TS dice q es más casta q nadie, y no quiere ni la 1 , ni la 2.
Pues nos vamos a descojonar un rato con toda la pasta que "esa casta" les va tocar pagar!
FIN DE LA HISTORIA!!!
Me voy a celebrarlo!! 🍻🍻🍻🍻
que bueno, acojonante 11,03
Le va salir caro al Gobierno como se opte por la tercera opción, la casta pagando y dineros dicen que no tienen,jajajaja
BOOOOOOOOM!!!!
El tema es cuándo se resuelve esto, porque si en algo son expertos aquí es en "postergar lo inevitable" durante décadas...
Ya ha contestado el Gobierno , miren la respuesta que ofrece según este Diario, como que no va con ellos
https://www.elmundo.es/economia/2026/04/14/69ddf61121efa0f7698b45b1.html
No debería 11,03 haberse ido a celebrar la sentencia sin calibrar la respuesta del Gobierno
Vale pero ¿que pasa a las 12:00, leñe?
Habrá rueda de prensa de abogados, hay que estar pendiente de esto¡
OK, GRACIAS 11:45, no me había enterado.
Pasarle la sentencia a las IA y no hace falta esperar…
Pues la noticia de EL PAIS dice claramente que el gobierno no se da por aludido. Dice Oscar López que la sentencia es meramente aclaratoria.
¿y este tipo quiere presentarse a las elecciones en la Comunidad de Madrid?
Mal asunto si el Gobierno se pone de perfil
En quedamos entonces? El gobierno dice que hay que hacer fijos ni pagar índemnizaciones. Que alguien lo explique por favor. No podemos más con esto...
Se puede exigir alguna responsabilidad, porque si no para que dictan sentencia 19 jueces europeos? Por favor, angustia máxima en qué quedamos ?
Aclaratoria? Gran sala con 19 jueces?.....como puede decir eso?
El Ministro ya ha dicho que no piensa hacer nada
Los jueces del Tribunal Supremo les da la risa con las sentencias del TJUE, sobre todo los de Contencioso Administrativo, ni sanciones al abuso de temporalidad, ni nada de nada.
Yo creo que voy a mandar otra denuncia a la Comisión Europea. Aquí nadie hace caso del TJUE y de la normativa europea
Aquí llevan lo que dice el Ministro y la foto
https://www.20minutos.es/lainformacion/economia-y-finanzas/gobierno-sostiene-que-sentencia-tjue-no-obliga-espana-hacer-fijos-los-interinos_6957845_0.html
una cosa es lo que dicen... otra lo que haran. Menudos son.
SAnchez desde china no puede dar ordenes.
Y hay que hacer ya la reclamación de ejecutar esta sentencia de obadal o hay que esperar que hagan la ley
Donde se puede ver la rueda de prensa de los abogados?
Son unos sinvergüenzas, sin más. Europa afirma que todo lo que han hecho está mal, y aún así se ríen...poca esperanza o ningún tengo que esto se arregle con este ministro y los jueces españoles.
3 --> A pagar de su bolsillo sin límite alguno, los responsables de este desaguisado sin Excepción
Y la inteligencia artificial porq dice que si
Lo dice claramente Fetap-Cgt lo que hay que pedir
https://fetap-cgt.org/2026/04/14/el-tribunal-de-justicia-de-la-ue-desmonta-el-modelo-espanol-de-abuso-de-temporalidad-en-el-empleo-publico/
Quieres IA?
Europa tumba "TODOS" los PARCHES españoles, y deja el asunto en manos de la casta.
Pues el gobierno no querrá soltar "parné" pero los que hemos estabilizado con la mierda de procesos ad hoc de la ley de 2021 no hemos sido compensados por el abuso, así que tendrá que soltarnos pasta.
Juas Juas...
He oido a uno de esos "castos", decir que le han dicho que tiene que pagar pasta de su bolsillo....
Emilia y Rafael 👏🍺👏🍺
https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-L-2024-00000002716
Ahora?
Si con la del 22F tardaron 2 meses en abrir la boca.
Pa el 14 a junio se vienen cosas...
Jajaja...
https://diariosabemos.com/analisis/interinos-tjue-desmonta-truco-espanol-abuso-temporal-con-nombre-elegante_516290_102.html
¡BOOM en toda la boca!
Tener claro que los políticos no van a hacer nada, denunciad porque estos hijos de puta que no se dan por aludidos, solo arreglan sus problemas. NO los de las ciudadanía
Quizás dentro de muchos años la denuncia os sirva
El Supremo se reunirá en las próximas semanas para unificar doctrina. Hasta que el Supremo no dicte su fallo "aterrizando" la sentencia europea a España, el Gobierno se escudará en que "hay que esperar a la justicia nacional".
Y dice:
..."Conviene subrayar lo que la sentencia no hace, para evitar la habitual inflación de titulares milagreros. El TJUE no impone, en abstracto, una fijeza automática universal. No dicta una solución única y cerrada para todos los casos. Pero hace algo quizá más importante: declara que el paquete español que se ha venido presentando como suficiente, eso del indefinido no fijo, indemnización topada, responsabilidad abstracta y estabilización abierta, no cumple con la cláusula 5 del Acuerdo Marco. Es decir, se “fuma” la socorrida muletilla habitual del “contra legem”, plantando la primacía del Derecho de la Unión sobre el Derecho Nacional."...
..."Y cuando un tribunal desmonta una por una todas las salidas que el Estado había colocado sobre la mesa, la discusión deja de ser si el modelo actual vale. La discusión pasa a ser qué queda en pie después del derribo."...
Los talibanes de lo contencioso lamecul@s del TS, siguen a lo suyo.
https://www.intereconomia.com/noticia/finanzas/lopez-reitera-su-negativa-de-hacer-fijos-a-los-interinos-tras-la-sentencia-del-tjue-20260414-1201/
https://delajusticia.com/2026/04/14/ultima-sentencia-del-tjue-2026-sobre-la-contratacion-abusiva-casi-nada-nuevo-bajo-el-sol/
Es que no puede no dejarlo en manos del TS. El TJUE no puedo obligar a nada ni derogar leyes, pero es dificil que el TS lo interprete de manera diferente con una sentencia tan meridiana
La sentencia es muy fuerte, los 33 días también son insuficientes, entonces ¿qué repara el daño íntegramente? Pues, pagar todos los salarios dejados de percibir hasta la jubilación, pero es que tendrían que salir del bolsillo de los responsables del abuso.
Está claro que no les queda otra que hacer fijos.
El presidente, desde China, exige que «la Justicia haga Justicia». Para su mujer claro...
Fuego en moncloa por diversos frentes, el que juega con fuego...
Que no intenten desanimaros.
Esto era una cuestión prejudicial del TS social y ahora TIENEN LA OBLIGACIÓN LEGAL DE SENTENCIAR.
O sea que el TS social se encuentra con que el TJUE le dice que todo lo que hay en España no vale y paritucularmente que la interpretación a través del "contra legem" para no dar fijeza vía INF no vale.
Si el Gobierno no legisla rápido sólo pueden ocurrir 2 cosas:
1. Que el TS social dé fijeza.
2. Que el TS social siga con el "contra legem" y se tenga que sacar de la manga jurisprudencialemente una indemnización sin topes e imposible de determinar a priori.
Dado que el TS no fija indemnizaciones, ya que su propia jurisprudencia dice que es el juzgado o tribunal de instancia el que conoce los pormenores del caso, debería remitir de vuelta el asunto al TSJ de Madrid y que fueran ellos los que la fijaran, abriendo el camino a la locura en toda España, ya que cada tribunal podría hacer literalmente lo que saliera de los coj...
Pero es que la opción 2, además de muy compleja, supone reconocer que en España no se transpone la Directiva sino que son los Tribunales los que lo hacen por sentencia y eso NO ES VÁLIDO.
La transposición de la Directiva tiene que ser por normativa interna y cumpliento todos los requisitos de seguridad jurídica, ser predecible, etc.
Por lo tanto el Gobierno puede intentar chulearse todo lo que quiera pero de una forma u otra va a TRAGAR.
¿Qué esperamos de esta sentencia? Si no abre telediarios y se entera la gente de a pie, va a ser difícil que el colectivo de interinos cuente con el apoyo de la sociedad y fuerce al Gobierno a actuar de una vez por todas...
Olvidaros de la sociedad y luchar cada uno por vuestro caso que al fin y al cabo es lo único que se puede defender…yo tengo mi reclamación viva por Obadal a sabiendas que hasta hace poco la 20/21 impedía nada una vez estabilizado…en unos 2-4 meses el ts de lo social hablará …pero vamos ya se sabía que fijeza obligatoria no iban a reconocer…quien te haya prometido eso ha mentido sabiendo como funciona la directiva el tjue y España…
La fijeza la conseguirá quien demuestre el abuso y que haya superado un proceso selectivo y no obtuviera plaza…hoy por hoy es el único caso que permite la jurisprudencia reconocerla…el café para todos eso es una utopía…sino que les preguten a los de la IRph
Un juez más ( de los q resta y no suma)
https://delajusticia.com/2026/04/14/ultima-sentencia-del-tjue-2026-sobre-la-contratacion-abusiva-casi-nada-nuevo-bajo-el-sol/
Y si nunca ha habido oposiciones y solo una bolsa de empleo? Porque es mi caso, en los últimos 10 años no ha habido convocatoria alguna y solo una bolsa por fuerza mayor
Mi caso es el mismo que el tuyo. Aprobé una bolsa de empleo (examen teórico y práctico) hace casi 7 años. De hecho, fui el único aspirante aprobado de todos los que se presentaron. No han salido plazas en más de 20 años y ocupo un puesto estructural. Es de locos esta situación.
Vamos a ver, la fijeza no es obligatoria a priori pero si se constata que un Estado no ha transpuesto la Direciva o lo ha hecho mal sí pasa a ser obligatoria, ya que no hay otra medida válida. Ése es precisamente el problema que tiene ahora el TS social.
El teléfono debe echar humo ahora mismo porque esto es una cuenta atrás "te doy dos meses, o legislas algo nuevo o yo paso de inventarme indemnizaciones que no existen y doy fijeza, tú mismo."
Cualquier pregunta que tengáis sobre régimen jurídico preguntarle a la IA Maite…pero sobretodo darle los parámetros especificamente correctos…
Q obsesión en salvar el culete de los colegas. 😳
respecto a la responsabilidad patrimonial de la Administración que es la puerta abierta por la Sala tercera del Tribunal Supremo a las víctimas de los abusos para el resarcimiento, seguirá manteniéndose abierta pese a esta sentencia del TJUE, porque el tribunal europeo no la excluye, sino lo que dice, es que cumplirá misión indemnizatoria pero no es medida que conjure y evite la situación de abuso.
De comprensión lectora, va regulinchi ...
Q cara de felicidad tiene Arauz en X 🤣🤣🤣
Pues a cobrar y/o pa dentro.
Es una opción…mientras que la palabra obligación no figure en una sentencia del tjue…no habrá fijeza obligatoria para nadie…y eso es lo que pasa con las directivas…no solo por abuso de temporalidad sino por protección de datos por medio ambiente etc…luego vendrá la comisión y empezará a poner multas coercitivas por día para que se transponga la directiva…pero es lo que hay…y no es por ser agorero…es que llevo desde 2016 con el asunto y tengo ya el culo pelado con estos casos…sé que no puedo esperar nada de la clase política y la única herramienta que hay es utilizar la jurisprudencia nacional dentro de tus posibilidades…
Con el apoyo de la sociedad jajajajaja. Sí,poco conoces la sociedad española. Reniegan de los funcionarios y sólo salen a la calle si gana la selección
Pues que salga el millón de interinos que hay a la calle con sus familias. Las manifestaciones de sillón han demostrado no surgir efecto...
muy bien. el tiempo dira.
Yo igual. 12 años en mi caso en el mismo puesto vacante y 9 sin salir opo.
Y el gobierno erre que erre, que legisle que es lo que tiene que hacer. Pero aún habrá en este foro quien los apoye (que si la culpa es de las CCAA, que si de los jueces....). Dejad de blanquear a este corrupto gobierno. Que ganas de elecciones para echarlos !!!!!
Otro Juez.
Ya vamos centrando el tiro. 🍺👏🍺👏🍺👏
https://x.com/chpreciado/status/2044008415488319950?s=20
Lo triste es que si hay una mínima posibilidad de que se legisle a nuestro favor es con este Gobierno del que forma parte Sumar y que necesita al resto de partidos minoritarios para sacar leyes... Cuando entre la derecha con mayoría absoluta en las próximas elecciones será imposible del todo...
😳 Las personas de las Ccaa son las q no aprobaron plazas pa estabilizar por sus huevos .. morenos
Muy bien, hay mucha culpa de las CCAA aquí, estamos de acuerdo. Pues que el Gobierno sea valiente y no se ponga de lado. Que aprueben la enmienda de Junts y Podemos. O fijos a extinguir o concursos cerrados para hacernos funcionarios de carrera a los que llevamos más de 3 años de interinos en abuso. Ley de punto y final. No hay otra si queremos hacer justicia real.
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