[Recordatorio de entrada publicada el 13/01/2024 , OJO hace justo un año]
Este mismo jueves 13/06/2024, como estaba previsto, ha tenido lugar la lectura -transmitida en streaming en la web del TJUE- y publicación de la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE a a las cuestiones prejudiciales, planteadas por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de Barcelona en los asuntos acumulados (como asunto "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros" que podemos abreviar en asunto "Generalitat de Catalunya" o #GenCat):
- el asunto "HM y VD/Generalitat de Catalunya" C-332/22, por el primer auto de 06/05/2022 elevado por el juzgado , por un caso del abogado Javier Araúz sobre dos funcionarias interinas de la Administración de Justicia de Cataluña con 37 años y 17 años respectivamente de temporalidad, 8 y 9 años de ellos, respectivamente, en el último nombramiento de funcionaria interina de vacante, y en el que el juzgado planteaba 12 preguntas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea [DOUE] del 12/12/2022
- el asunto "KT/DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya" o C-331/22 , el segundo auto de 12/05/2022 elevado elevado por el mismo juzgado, esta vez por un caso de Salellas Advocats
sobre una funcionaria interina de la Generalitat de Cataluña desde 2005
(desde 2009 en la misma plaza), y en el que el juzgado planteaba 5 preguntas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, publicadas en el DOUE el 19/09/2022 . Este
asunto, que es el se registró primero en el TJUE, es el que ha quedado como principal de entre los dos asuntos acumulados (es
decir, donde se publica la sentencia, única, de ambos asuntos).
- si puede ser válida la actual doctrina de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo para el abuso de temporalidad del empleado público funcionario o
estatutario interino y sobre la
fijeza como sanción necesaria cuando no hay ninguna medida válida
contemplada en la normativa aplicable al sector de trabajadores en
cuestión [ver un repaso de las preguntas aquí]
- si los procesos de
estabilización de la ley 20/2021 pueden considerarse una medida válida
de sanción/reparación del abuso
[ver un repaso de las preguntas aquí]
Finalmente, acaba de publicarse la sentencia íntegra con estos puntos fundamentales en su texto: