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martes, 5 de mayo de 2026

Recordatorio. [Comisión Europea] 'La Comisión propone un plan para que las normas de la UE sean más sencillas, más claras y se apliquen mejor' [ Se reducirán los plazos de los procedimientos de infracción entre cada paso]

 [Recordatorio de entrada publicada el 29/04/2026

[28/04/2026] 'La Comisión Europea ha presentado hoy su plan para modernizar la legislación de la UE y garantizar así que la legislación sea más clara, más sencilla, se aplique de manera más eficiente, se base en pruebas sólidas y se ajuste mejor a las necesidades de los ciudadanos y de las empresas.

En palabras de la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen: «Europa necesita una legislación clara y coherente que responda plenamente a las necesidades de nuestros ciudadanos y empresas. Hoy presentamos nuestro plan para que la legislación de la UE sea más eficiente, más eficaz y más transparente. Aplicaremos un enfoque de simplicidad desde su concepción y seguiremos velando por que cada norma se sustente en pruebas sólidas. Pero eso no es todo: también abordaremos el exceso de regulación, agilizaremos la aplicación y simplificaremos nuestro actual acervo legislativo. Se trata de una contribución decisiva para reforzar nuestra competitividad».

 La Comisión se centrará en cinco ámbitos:

lunes, 4 de mayo de 2026

La Vicepresidenta y comisaria europea de empleo Minzatu responde la pregunta de la eurodiputada de ERC, Diana Riba, sobres actuaciones para garantizar que España cumpla con la normativa y sentenias europeas en el abuso de temporalidad pública: podría llevar a España ante el TJUE para imponer sanciones financieras

Acaba de publicarse   en la web del Parlamento Europeo la respuesta de la Comisión Europea,  firmada por la propia Vicepresidenta  ejecutiva y comisaria europea a cargo de Empleo junto con otras áreas, Roxana Minzatu, a la pregunta  de 11/03/2026 (nº E-001008/2026) de la eurodiputada de Esquerra Republicana  de Catalunya, Diana Riba i Giner, adscrita al grupo Verts/ALE en el Parlamento Europeo, sobre "Abuso de la temporalidad en España: cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE y posibles sanciones"  , pregunta realizada  tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024, que ya habían establecido que la ley 20/2021 no contiene medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad del empleado público, y de la suspensión de fondos europeos del Plan de Recuperación.

En concreto, la pregunta planteada rezaba así:

"España es el sujeto del procedimiento de infracción INFR(2014)4334 por no aplicar correctamente la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada en el empleo público.

El TJUE dictó sentencias sobre el abuso de la temporalidad el 22 de febrero de 2021 y el 13 de junio de 2024, y está prevista la sentencia del asunto C‑418/24 para el 14 de abril de 2026.

A pesar de esas sentencias y la Ley 20/2021, el abuso de la temporalidad en España sigue siendo elevado y el plazo de seis meses concedido por la Comisión para adoptar medidas venció el 7 de enero de 2026 sin resultados sustantivos.

Ante esta situación:

    • 1.¿Qué criterios y actuaciones considera necesarios para garantizar que España cumpla plenamente con la Directiva 1999/70/CE y reduzca efectivamente el abuso de la temporalidad en el empleo público?
    • 2.Tras las sentencias de 2021, 2024 y la próxima del 14 de abril de 2026 , ¿tiene previsto remitir el caso al TJUE, conforme al artículo 258 del TFUE, por incumplimiento persistente?
    • 3.En caso de que persista el incumplimiento tras una posible decisión del TJUE, ¿qué criterios seguiría la Comisión para proponer sanciones económicas coercitivas contra España, según el artículo 260 del TFUE , y cuál sería el calendario para su aplicación?"

La respuesta de la Comisión Europea (según la traducción al español publicada) es literalmente:

jueves, 30 de abril de 2026

Reflejo en la prensa del la decisión de la Comisión Europea este 29/03/2026 de pasar a "Dictamen motivado" el procedimiento de infracción sobre abuso de temporaliad en el empleo público , la concentración ante el Congreso y las reacciones políticas

A continuación trasladamos parte del eco en la prensa de la doble decisión de la Comisión Europea este 29/03/2026 de pasar a "Dictamen motivado" el procedimiento de infracción [INFR(2014)4334] sobre abuso de temporalidad en el empleo público y [INFR(2014)4224] de discriminación del temporal público con respecto a los fijos en condiciones de trabajo  y en la que ha dictaminado que el "derecho español no incluye medidas para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad pública" dando dos meses a España para aprobar una nueva norma legislativa correctora, so pena de llevarla ante el TJUE para imponerles una sanción incluyendo una multa diaria , así como de la concentración de empleados públicos temporales en abuso de temporalidad que tuvo lugar ayer ante el Congreso reclamando  una solución de política de fijeza(enlaces sobre el titular de cada medio)

 

miércoles, 29 de abril de 2026

IMPORTANTE [Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de Abril - Dictámenes motivados: La Comisión insta a España a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Dictamina que el "derecho español no incluye medidas para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad pública. Da dos meses a España para nueva norma]

'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus respectivas legislaciones nacionales medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. 

El Derecho español no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Aunque España ha modificado sus normas nacionales tras la incoación del procedimiento de infracción en 2015 y la última carta de emplazamiento, enviada por la Comisión en octubre de 2024, las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. 

La comisaria europea responsable de Asuntos sociales y Empleo, Roxana Mînzatu se reúne este miércoles con europarlamentarias españolas del PSOE. La Dirección General de Asuntos Sociales y Empleo es quien tiene el procedimiento de infracción contra España por falta de medidas ante el abuso de temporalidad pública

Según la agenda de a Roxana Minzatu,  Vicepresidentae Ejecutivas de la UE con más áreas, entre ellas s Empleo y Asuntos sociales de la UE, se reunirá hoy con las europarlamentarias españolas Iratxe Garcia Perez y Alica Homs-Ginel, del PSOE.

 Nótese que Rosana Minzatu es quien tiene  bajo su cargo los procedimentos de denuncia múltipe CHAP(2013)01917 y el asociado de infracción  INFR(2014)4334  por el abuso de temporalidad en el empleo público de España.


miércoles, 22 de abril de 2026

Recordatorio. La Comisión Europea en procedimiento de infracción solicita al Tribunal de Justicia de la UE que imponga sanciones económicas a España por el incumplimiento de no haber incorporado al Derecho nacional la Directiva 2019/1152 relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles

  [Recordatorio de entrada publicada el 31/03/2026]

Se ha publicado en el Diario Oficial de la UE  de este 30/03/2026 el Recurso interpuesto por la Comisión Europea ante el Tribunal de Justicia de la UE [TJUE] el 6 de febrero de 2026 contra el Reino de España (Asunto C-60/26),  como paso final  del procedimiento de infracción INFR(2022)0354 , por no haber incorporado al Derecho nacional  la Directiva de la UE relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles [Directiva (UE) 2019/1152], y decidiendo además (esto es opcional) hacerlo solicitando ya la imposición de una multa diaria.

Recordemos que la Comisión Europea emitió el 01/06/2023, en el marco del citado procedimiento de infracción  su Dictamen Motivado -o decisión final razonada de la existencia del incumplimiento- hace casi ¡3 años!,  dando el preceptivo plazo inicial de 2 meses a España para que publicara una norma subsanando ese incumplimiento ratificado por la Comisión. España presentó alegaciones inicialmente de que iba a realizar  la transposición de la directiva bien por ley  bien como  real decreto , estando "pendiente de los trámites finales que corresponden al Gobierno". Transcurrido el tiempo, la Comisión Europea ha cerciorado de que tal ley no se ha visto publicada,y decidió hace dos meses llevar a España ante el TJUE como paso final del procedimiento de infracción.

En concreto las pretensiones, con kas cuantías de la multa solictiada, de la Comisión Europea en este recurso son:

miércoles, 1 de abril de 2026

El Tribunal General de la Unión Europea sigue no admitiendo las demandas de indemnización por responsabilidad extracontractual de la Comisión Europea planteadas por empleados públicos en abuso de temporalidad ante su abstención frente a la vulneración de las autoridades administrativas y judiciales españolas de la clásula 5ª de la Directiva Europea 1999/70/CE: : los particulares no tienen derecho a exigir la actuación de la Comisión en procedimiento de infracción y no hay relación directa de daño por esa omisión, el daño es de los órganos españoles

El Tribunal General de la Unión Europea [TGUE]  había recibido   varias decenas de  demandas  de empleados públicos temporalesde "recursos por responsabilidad" por responsabilidad extracontractual de la Comisión Europea por "su abstención  frente a la vulneración por las autoridades españolas de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada" y en la que solicitaban se condenara a la Comisión a abonar al empleado una indemnización de varias decenas de miles de euros.

  Tal y como ya avanzamos en nuestra entrada de 31/10/2025 cuando dictó su primer auto sobre estas demandas  Octubre de cuando tuvo lugar la sentencia del primer caso, el Tribunal General de la Unión Europea no está admitiendo dichas demandas con el argumento de que los particulares no tienen derecho a exigir la actuación de la Comisión en procedimiento de infracción -dado que en la normativa europea es una facultad potestativa y discrecional de la Comisión- y no hay relación directa de daño por esa omisión entre la Comisión Europea y los demandantes:  cualquier daño causado a los demandantes en estos casos de abuso de temporalidad sería responsabilidad de los órganos españoles y las demandas de responsabilidad por daños causados por órganos españoles se deben dirimir en los órganos nacional jurisdiccionales y de garantías.

martes, 31 de marzo de 2026

La Comisión Europea en procedimiento de infracción solicita al Tribunal de Justicia de la UE que imponga sanciones económicas a España por el incumplimiento de no haber incorporado al Derecho nacional la Directiva 2019/1152 relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles

Se ha publicado en el Diario Oficial de la UE  de este 30/03/2026 el Recurso interpuesto por la Comisión Europea ante el Tribunal de Justicia de la UE [TJUE] el 6 de febrero de 2026 contra el Reino de España (Asunto C-60/26),  como paso final  del procedimiento de infracción INFR(2022)0354 , por no haber incorporado al Derecho nacional  la Directiva de la UE relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles [Directiva (UE) 2019/1152], y decidiendo además (esto es opcional) hacerlo solicitando ya la imposición de una multa diaria.

Recordemos que la Comisión Europea emitió el 01/06/2023, en el marco del citado procedimiento de infracción  su Dictamen Motivado -o decisión final razonada de la existencia del incumplimiento- hace casi ¡3 años!,  dando el preceptivo plazo inicial de 2 meses a España para que publicara una norma subsanando ese incumplimiento ratificado por la Comisión. España presentó alegaciones inicialmente de que iba a realizar  la transposición de la directiva bien por ley  bien como  real decreto , estando "pendiente de los trámites finales que corresponden al Gobierno". Transcurrido el tiempo, la Comisión Europea ha cerciorado de que tal ley no se ha visto publicada,y decidió hace dos meses llevar a España ante el TJUE como paso final del procedimiento de infracción.

En concreto las pretensiones, con kas cuantías de la multa solictiada, de la Comisión Europea en este recurso son:

lunes, 30 de marzo de 2026

La europarlamentaria de ERC, Diana Riba, pregunta a la Comisión Europea por sus actuaciones para garantizar que España cumpla plenamente con la normativa y sentenias europeas en el abuso de temporalidad pública

Se ha publicado en la web del Parlamento Europeo la pregunta de respuesta por escrito a la Comisión Europea  de 11/03/2026 (nº E-001008/2026) de la eurodiputada de Esquerra Republicana  de Catalunya, Diana Riba i Giner, adscrita al grupo Verts/ALE en el Parlamento Europeo, sobre "Abuso de la temporalidad en España: cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE y posibles sanciones" a raíz del reciente fin de plazo de la Comisión Europea al gobierno español para establecer normativa válida de sanción a dicho abuso en empleados públicos que permita levantar la suspensión de 626 millones de fondos UE que decidió la Comisión Europea el pasado 7/7/2025 tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024, que establecieron que la ley 20/2021 no contiene medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad del empleado público.

En concreto, la pregunta planteada reza así:

jueves, 12 de marzo de 2026

[Comisión Europea] 'La Comisión decide llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber transpuesto normas de la UE al Derecho nacional' [en materia de IVA]

 [11/03/2026] 'La Comisión Europea ha decidido hoy llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber transpuesto al Derecho nacional dos Directivas relativas a las medidas en materia de IVA.

La Directiva (UE) 2020/285 del Consejo introdujo cambios sustanciales en las normas del IVA aplicables a las pequeñas empresas (pymes). Su objetivo es crear un régimen moderno y simplificado para las pymes [INFR(2025)0047]. En particular, la Directiva tiene por objeto:

martes, 24 de febrero de 2026

Publicado el recurso de la Comisión Europea contra Italia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea porque la última reforma legal de Mayo de 2025 para los magistrados honorarios en cuando a sanción al abuso de temporalidad todavía no se adapta a la normativa UE de forma suficiente al dejar fuera a los contratados después de Agosto de 2017.

 Acaba de publicarse en el Diario Oficial de la UE el recurso interpuesto el 19 de diciembre de 2025 por la Comisión Europea contra Italia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (asunto  C-863/25) que decidió interponer  en el marco del  procedimiento de infracción contra Italia INFR(2016)4081, que había iniciado tras entender que la "legislación nacional aplicable a los magistrados honorarios no cumple plenamente con la legislación laboral de la UE", en concreto con la  Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada ("temporal") junto con otras.

En concreto, la Comisión Europea ha llevado ante el TJUE a Italia en este recurso por no haber adaptado plenamente su legislación nacional sobre jueces honorarios al derecho laboral de la UE por la situación de los "jueces honorarios contratados después del 15 de agosto de 2017".  

Tal y como recordó la propia Comisión en su nota de 11/11/2025,  hubo dos primeras sentencias del Tribunal de Justicia de la UE sobre estos jueces honorarios:

  1. La sentencia de 16/07/2020 en el asunto C‑658/18, donde el alto tribunal europeo ya dijo que estos magistrados son trabajadores de la UE, bajo el ámbito de todas las directivas  europeas sobre el trabajo, y como temporales , además bajo la protección de la Directiva Europea 1999//70/CE sobre empleo temporal  (y  además que eran jueces de la Unión Europea)
  2. La sentencia de 7/04/2022, en el asunto C-236/20, donde  el Tribunal de Justicia de la UE , además de declarar derecho a la igualdad de trato en varias condiciones laborales cuestionadas por el caso (vacaciones anuales retribuidas y protección de la seguridad social),  sentenció que sus largas temporalidades son una situación de abuso de temporalidad que requiere de una sanción y la normativa italiana que prohíbe la fijeza  viola la normativa de la Unión Europea si no contempla otras sanciones disuasorias.

En paralelo, el 15 de julio de 2021, la Comisión decidió abrir el procedimiento de infracción contra Italia, citado, entre otras razones porque estos trabajadores europeos no "están suficientemente protegidos contra la abuso de sucesivos contratos de duración determinada, y no tienen la posibilidad de obtener la adecuada compensación por tal abuso".

En reacción a la sentencia de 16/07/2020 y a ese  procedimiento de infracción,  el Go ierno de Italia adoptó una nueva legislación en diciembre de 2021, para ofrecer la posibilidad de regularización como trabajadores propios indefinidos del Ministerio de Justicia , con cambios de condiciones laborales, a  los 6 mil jueces honorarios italianos mediante unos  "procesos de evaluación " , restringidos a los jueces honorarios con un mínimo de antigüedad. y con una indemnización - en función de la antigüedad y con tope de 50 mil euros- si elegían no presentarse o no acababan superando la citada evaluación.

viernes, 6 de febrero de 2026

Recordatorio. [El Pais] En riesgo que la Comisión Europea haga efectiva la reducción de 626 millones de euros por no regular España una normativa válida ante la UE contra el abuso de temporalidad en el empleo público en el plazo de 6 meses que le concedió. El gobierno dice que sigue trabajando en una norma

 [Recordatorio de entrada publicada el 31/01/2026

 Informa El País este 31/01/2026 , junto con otra en relacion al impuesto del diésel, sobre la situación de la suspensión de 626 millones de euros por la Comisión Europea, decidida el 7/7/2025 ante el incumplimiento del compromiso de España  incluido en el Plan de Recuperación de disponer de una ley válida en 2021 para reducir la temporalidad pública que contuviera medidas  de prevención y sanción del abuso de temporalidad, a la vista de  las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024 que afirmaron que las  medidas contra el abuso de temporalidad en la Ley 20/2021 no eran efectivas para sancionarlo. La Comisión Europea dio un plazo de 6 meses para aprobar una normativa nueva que diera cumplimiento a la exigencia incumplida de medidas,  válidas en acuerdo con las sentencias, de sanción al abuso de temporalidad en el empleo público.

El medio traslada por un lado, que el gobierno reconoce que el plazo finalizaba el 7 de Enero sin haber aprobado ninguna medida pero    “no renuncian a los fondos y harán todo lo posible para conseguir el 100%”,  y "está trabajando para incluir las medidas que nos reclama la Comisión Europea en el proyecto de ley orgánica de reforma de las carreras judicial y fiscal y en la Ley de Función Pública de la Administración del Estado, ambas en tramitación parlamentaria”, pidiendo la colaboración de las CCAA. 

sábado, 31 de enero de 2026

[El Pais] En riesgo que la Comisión Europea haga efectiva la reducción de 626 millones de euros por no regular España una normativa válida ante la UE contra el abuso de temporalidad en el empleo público en el plazo de 6 meses que le concedió. El gobierno dice que sigue trabajando en una norma

 Informa El País este 31/01/2026 , junto con otra en relacion al impuesto del diésel, sobre la situación de la suspensión de 626 millones de euros por la Comisión Europea, decidida el 7/7/2025 ante el incumplimiento del compromiso de España  incluido en el Plan de Recuperación de disponer de una ley válida en 2021 para reducir la temporalidad pública que contuviera medidas  de prevención y sanción del abuso de temporalidad, a la vista de  las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024 que afirmaron que las  medidas contra el abuso de temporalidad en la Ley 20/2021 no eran efectivas para sancionarlo. La Comisión Europea dio un plazo de 6 meses para aprobar una normativa nueva que diera cumplimiento a la exigencia incumplida de medidas,  válidas en acuerdo con las sentencias, de sanción al abuso de temporalidad en el empleo público.

lunes, 26 de enero de 2026

Recordatorio. [27 de junio de 2025] La nueva Defensora del Pueblo de la UE responde a las múltipes denuncias recibidas por una posible falta de diligencia de la Comisión Europea en los procedimientos de infracción contra España sobre temporalidad pública: ha abierto un caso de tramitación conjunta y ha solicitado información a la Comisión Europea

 [Recordatorio de entrada publica el 27/06/2026, OJO hace más de 6 meses] Estos días pasados la responsable de los casos de denuncia recibidos por la nueva Defensora Europea del Pueblo , Teresa Anjinho, sobre reclamaciones sobre la falta de  diligencia  e incluso de  "negligencia" de la Comisíón Europea en el tratamiento de los dos procedimientos de infracción de la Comisión Europea contra España  sobre temporalidad ha enviado esta contestación:

"Recientemente presentó usted una reclamación ante la institución del Defensor del Pueblo Europeo, referida a la tramitación por parte de la Comisión Europea de dos procedimientos de infracción contra España en relación con un trato menos favorable a los empleados temporales y con un presunto abuso de los contratos de trabajo de duración determinada en el sector público en España – INFR(2014)4224 e INFR(2014)4334.

La Defensora del Pueblo ha recibido varias reclamaciones sobre esta cuestión, por lo que ha decidido tramitarlas conjuntamente. Me ha sido asignada la responsabilidad de dichas reclamaciones.


Sostiene usted que la Comisión no ha abordado las cuestiones con diligencia y no ha procedido a la tramitación de los dos procedimientos de infracción a su debido tiempo. Considera usted que la Comisión debería tratar estas cuestiones con carácter prioritario e instar a España a que cumpla las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 1999/70/CE.

Nos hemos puesto en contacto con la Comisión Europea para solicitarle más información en relación con estas reclamaciones, el plazo de respuesta está fijado el 15 de septiembre de 2025. También hemos pedido a la Comisión una inspección de los expedientes, que será realizada por una parte del equipo de investigación de nuestra oficina.

Nos pondremos en contacto con usted en cuanto estemos en condiciones de actualizarle sobre el progreso de la investigación
."

 

Y ha agrupado los casos recibidos en una página de seguimiento común : "Cómo está tramitando la Comisión Europea una denuncia de infracción múltiple por trato menos favorable a los agentes temporales y presunto abuso de los contratos de trabajo de duración determinada en el sector público en España – INFR(2014)4224 e INFR(2014)4334".

Recordemos que una investigación anterior de 2022-2023 del anterior Defensora del Pueblo de la UE por este tema acabó  en Abril de 2023 archivada  afirmando entonces que  no apreciaba "mala administración en este asunto" en cuanto a la forma en que la Comisión Europea estaba tratando (por aquel entonces) las denuncias sobre abuso de temporalidad pública española dado que la Comisión seguía teniendo  abierta un denuncia múltipe CHAP(2013)01917 con un procedimiento de infracción vinculado - el INFR(2014)4334 , de los que había  "informado  meses antes que estaba evaluando la nueva normativa española. 

 

lunes, 12 de enero de 2026

[Law&Trends] Josep Jover: la Comisión Europea hará efectiva la reducción de 626 millones de euros por no disponer España de una normativa válida ante la UE contra el abuso de temporalidad en el empleo público

Publica Law&Trends este 11/11/2025 la opinión del conocido abogado especialista en Derecho de la UE,  Josep Jover , sobre la situación de la suspensión de 626 millones de euros por la Comisión Europea, decidida el 7/7/2025 ante el incumplimiento del compromiso de España en el Plan de Recuperación de disponer de una ley válida en 2021 para reducir la temporalidad pública que contuviera medidas  de prevención y sanción del abuso de temporalidad, a la vista de  las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024 que afirmaron que las  medidas contra el abuso de temporalidad en la Ley 20/2021 no eran efectivas para sancionarlo.

Según este abogado, expirado el plazo  que la Comisión Europea daba de 6 meses para aprobar una normativa nueva que diera cumplimiento a la exigencia incumplida de medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad en el empleo público y ante la claridad de la comunicación oficial de la Comisión Europea, ésta hará efectiva la reducción definitiva de los 626 millones  de los fondos.

jueves, 8 de enero de 2026

Recordatorio. [Comisión Europea] 'La Comisión desembolsa casi 43 000 millones de euros a cinco Estados miembros en el marco de NextGenerationEU. España: desembolso de 23 100 millones €; se suspende 627 millones € debido a la reversión de un hito vinculado a la reforma del empleo temporal en la función pública'

 [Recordatorio de entrada publicada el 11 de Agosto de 2025 OJO hace 5 meses] 

'La Comisión Europea ha desembolsado un total de 42 800 millones de euros a cinco Estados miembros (Italia, Portugal, Chipre, Malta y España) en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), la pieza central de NextGenerationEU. Los desembolsos forman parte de los esfuerzos de la Comisión para apoyar el crecimiento económico y la resiliencia de los Estados miembros de la UE, y se basan en los pasos exitosos en la aplicación de las reformas e inversiones descritas en el plan de recuperación y resiliencia de cada país.

España: desembolso de 23 100 millones EUR

La Comisión ha desembolsado 23 100 millones de euros a España, lo que representa el quinto pago en el marco del MRR. Este pago incluye 7 000 millones de euros en préstamos y 16 000 millones de euros en subvenciones. El pago cubre 82 de los 84 hitos y objetivos, incluidos pasos importantes en la ejecución de 20 reformas y 49 inversiones. Las reformas e inversiones incluyen medidas para impulsar la adopción y la inversión en energías renovables, reducir la burocracia y garantizar que las fuentes de energía limpia estén mejor conectadas a la red eléctrica, crear un Consejo de Finanzas Sostenibles como foro para promover la colaboración público-privada en este ámbito y mejorar la eficiencia de la justicia. También incluyen inversiones en viajes ferroviarios de corta distancia, el refuerzo de la resiliencia de los ciudadanos y las pymes en materia de ciberseguridad mediante el impulso de la industria de la ciberseguridad y el apoyo a las empresas innovadoras.

Como parte de este desembolso, se están pagando aproximadamente 139 millones de euros en relación con un objetivo que se suspendió anteriormente en la cuarta solicitud de pago. Este objetivo tenía por objeto apoyar la digitalización de las pequeñas y medianas empresas (pymes). Desde entonces, España ha cumplido los requisitos, permitiendo la liberación de estos fondos.

Paralelamente, se suspende un importe de aproximadamente 500 millones EUR para dos hitos relacionados con el componente de subvención de la quinta solicitud de pago, relativos a una reforma fiscal y la digitalización de las entidades regionales y locales que se consideran no cumplidas en este momento. España dispone ahora de seis meses para cumplir satisfactoriamente estos dos hitos.

Se suspende un importe adicional de aproximadamente 627 millones de euros debido a la reversión de un hito vinculado a la reforma del empleo temporal en la función pública. Este importe se había desembolsado previamente como parte de la primera solicitud de pago de España. La Comisión ha deducido este importe de la quinta solicitud de pago, ya que el hito ya no puede considerarse cumplido satisfactoriamente. España dispone ahora de seis meses para adoptar medidas adicionales para cumplir satisfactoriamente este hito. 

miércoles, 7 de enero de 2026

Recordatorio. La Comisión Europea revisa el cumplimiento, que aprobó en Diciembre de 2021 tras el RDL 14/2021 del compromiso de España en el Plan de Recuperación de disponer de una ley para reducir la temporalidad pública con medidas de prevención y sanción del abuso de temporalidad: tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024 lo declara incumplido ahora por falta de medidas efectivas para sancionar el abuso incluso con la Ley 20/2021 y suspende 626 millones de los fondos europeos, que sólo podrán ser recibidos si España establece nueva normativa válida

 [Recordatorio de entrada publicada el 07/07/2025, OJO hace 6 meses] 

[07/07/2025] La Comisión Europea acaba de dar luz verde al 5º tramo de pagos de los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia [PRTR] de España, y , según un comunicado oficial, firmado por el propio Comisario de Economía y Productividad , Aplicación y Simplificación,  Valdis Dombrovskis -el comisario responsable de los fondos europeos tramo se ha incluido una suspensión de fondos directos de 626 millones de euros a cargo de este 5º tramo si bien por la revisión de un hito  cuya evaluación  incluido en el primer tramo de pagos y que era uno de los hitos comprometidos en la reforma 1 del Componente 11 sobre la AAPP  (C11.R1)  , el primero de los dos únicos hitos relacionados (nº 144 y 150)  del C11.R1 con la temporalidad pública: , en concreto:

  • [nº144] Hito "Entrada en vigor de acto legislativo para reducir la temporalidad en las administraciones públicas"
    • Fecha de cumplimiento  [comprometida]: Segundo cuatrimestre de 2021
    • Descripción:   "Entrada en vigor de un Acto Legislativo que estipule medidas para reducir la temporalidad en el empleo público y disposiciones efectivas para prevenir y sancionar  abusos, incluida la obligación de publicar todas las convocatorias de procedimientos de estabilización de  personal temporal a más tardar el 31 de diciembre de 2022. Este Acto Legislativo será aplicable al Estado, administraciones públicas regionales y locales.

 Y como ya informamos aquí en su momento, el hito 144 fue dado por cumplido preliminarmente en Diciembre de 2021 por la Comisión Europea ante la la aprobación del Gobierno español del Real Decreto Ley 14/2021 -el traslado del acuerdo firmado con el Gobierno con los sindicatos mayoritarios de la Mesa General de Empleados Públicos, meras ofertas pública de empleo sin límites de tasa de reposición para convocatorias con fase de oposición eliminatoria con las plazas temporales más de 3 años y la introducción de una compensación de 20 días por año trabajado con el tope de 1 año para quien fuera cesado por los nuevos procedimientos, mientras se mantenía todos los anteriores convocados- y cuando ya estaba avanzada su  modificación en el Congreso - la que sería días después, la Ley 20/2021 de 28 de Diciembre, (que pasaba a incluir un procedimiento excepcional por concurso de méritos, abierto, para plazas temporales no convocadas  de antes de 2016 y temporales de antes de 2016, notablemente con el rechazo de los citados sindicatos).

Ahora bien,  dicha evaluación del hito 144 de Diciembre de 2021, concluía con la "famosa" apostilla por parte de Economía de la Comisión Europea: "esta evaluación se entiende sin perjuicio del procedimiento de infracción INFR(2014)4334", es decir, el procedimiento de infracción sobre incumplimiento  de la cláusula 5ª  de la  directiva europea  1990/70 de medidas contra el abuso de temporalidad que Empleo de la Comisión Europea había elevado al ámbito del abuso de temporalidad en todo el empleo público español tras la "esperanzadora" sentencia del Tribunal de Justicia de la UE [TJUE] de 19/03/2020 del asunto Sánchez Ruiz, un informático nuestro del SERMAS (en un origen el proc. de infracción era sobre un grupo de trabajadores de Justicia). l procedimiento de infracción INFR(2014)4334 fue asociado por la Comisión Europea al procedimiento de denuncia  de empleados públicos españoles , CHAP(2013)01917, que había sido extendido en 2018 a procedimiento de denuncia múltiple en 2018 , precisamente durante el procedimiento del citado asunto "Sańchez Ruiz" en el TJUE, y a la vista de la Comisión Europea de que en el TJUE es estaba cursando un asunto cuyas cuestiones eran las denunciadas.


La ley 20/2021 había sido por entonces -y sigue siendo hasta ahora- la reacción del Gobierno y parlamento español  a esa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 (y a otra de 2021, el asunto IMIDRA) . En la sentencia de 19/03/2020 el TJUE ya estableció claramente que era indispensable una medida de sanción reparadora para todo el empleado público temporal de larga temporalidad -más de 3 años-en uno o varios nombramientos/contratos con la misma AAPP-, y que no podían valer como tal sanción reparadora la convocatoria de los puestos del personal en abuso de temporalidad a procesos selectivos de "futuro incierto" para el abusado y abiertos a personas ajenas a la situación de abuso en esa AAPP  - justo como eran los "procesos de estabilización" regulados tanto por el RDL 14/2021 como por la Ley 20/2021. Sí en cambio,  resultaría válida como sanción la fijeza directa o una indemnización que no fuera al  cese, ni topada y fuera suficientemente importante para ser disuasoria, habiendo dudas de si 33 días por año trabajado sería suficiente.


Ahora, en el comunicado hecho público ayer por Economía de la Unión Europea,  la "Comisión concluye que España no ha actuado con celeridad para adoptar nueva legislación que contenga medidas efectivas para sancionar el uso abusivo de contratos de duración determinada en el sector público, de conformidad con la interpretación dada por el Tribunal de Justicia de la cláusula 5" , la citada del abuso de temporalidad  de la Directiva 1990/70/CE.

lunes, 5 de enero de 2026

Publicados en la web del Tribunal de Justicia de la UE 6 asuntos correspondientes a recursos de casación presentados por empleados públicos temporales con CGT contra la decisión del Tribunal General de la UE de no admitir las 6 demandas denunciando la omisión de acción de la Comision Europea ante el abuso de temporalidad en el empleo público español

 Se han publicado en la web del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  los números de asunto y  páginas donde se seguirán los recursos de casación presentados por empleados públicos españoles contra la decisión del pasado 14/10/2025 del Tribunal General de la Unión Europea [TGUE] de no admitir sus recursos  denunciando la omisión de acción de la Comisión Europea ante el abuso de temporalidad en el empleo público español. 

En concreto se trata de los asuntos del TJUE:

  • C-833/25 P  "Pérez Moreno y otros/Comisión" , recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-453/25,
  • C-830/25 P "Manso Fuentes y otros/Comisión", recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-454/25
  • C-831/25 P "Carrasco González y otros/Comisión",  recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-455/25,
  • C-832/25 P "Sánchez Teruel y otros/Comisión" recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-456/25,
  • C-834/25 P "Piqueras y otros/Comisión", recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto  T-457/25
  • y C-835/25 P  "Llamazares Obles y otros/Comisión" , recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-458/25

Recordemos que  las demandas se habían interpuesto por FETAP-CGT en nombre de más de 300 empleados públicos temporales de las administraciones local, autonómica y general del Estado, procedentes de Cataluña, Aragón, Comunidad Valenciana, Castilla y León y Madrid, denunciando que "la Comisión ha incumplido su obligación legal de garantizar la aplicación efectiva de la Directiva 1999/70/CE, tolerando durante años normas nacionales, como la Ley 20/2021 y el RDL 14/2021, que no prevén sanciones reales, proporcionales ni disuasorias". La propia FETAP de CGT ha celebrado una admisión a trámite de 6 recursos de casación, es de suponer que éstos,  con lo que "el conflicto de los interinos" sigue "en 2026 con la vía judicial europea abierta".

jueves, 11 de diciembre de 2025

[Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de diciembre: principales decisiones. La Comisión insta a España a que cumpla el Derecho de la Unión en materia de responsabilidad del Estado por los incumplimientos del Derecho de la Unión' [España no ha ejecutado la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 28/06/2022 y abre nuevo procedimiento de infracción ahora ya con el objetivo de solicitar al TJUE que imponga una multa contra España si España si sigue sin legislación válida]

'La Comisión Europea ha decidido enviar una carta de emplazamiento a España [INFR(2017)4004] por no ejecutar la sentencia del Tribunal de Justicia, de 28 de junio de 2022, en el asunto C-278/20, relativo a la responsabilidad del Estado por incumplimiento del Derecho de la Unión. 

La responsabilidad del Estado es un principio importante del Derecho de la Unión Europea que establece la indemnización por las pérdidas o daños causados a los particulares por el legislador mediante infracciones del Derecho de la Unión. En 2015, la Comisión recibió denuncias relativas a la incompatibilidad de determinados aspectos de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el Derecho de la Unión. 

Dado que España no había adoptado ninguna modificación tras el dictamen motivado de la Comisión, esta decidió en noviembre de 2019 remitir el asunto al Tribunal de Justicia. En su sentencia de 28 de junio de 2022 en el asunto C-278/20, el Tribunal de Justicia confirmó que España había infringido el Derecho de la Unión. Hasta la fecha, España no ha incorporado la sentencia del Tribunal de Justicia a su ordenamiento jurídico

miércoles, 19 de noviembre de 2025

Recordatorio [19/11/2024] La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 -y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y 13/06/2024 y ha enviado una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto

 [Recordatorio de entrada publicada en este blog el 19/11/2024 OJO HACE justo UN AÑO]

[19/11/2024] La Comisión Europea acaba de publicar en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un nuevo documento oficial , de fecha 13/11/2023, de "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CPLT (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", es decir, teniendo en cuenta que  "el prefijo de la referencia de denuncia múltiple se ha cambiado de CHAP a CPLT debido a cambios en  sistema interno de registro de denuncias",  la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 (¡no en 2013!) a partir de una de las denuncias de 2013 y el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles principalmente en torno a 2017 y 2018 contra la solución de 2017 y 2018 del Gobierno del Estado y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos sin ni indemnización al personal de larga temporalidad que fuera cesado que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL, la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, la del grupo de clientes del Abogado de Araúz de sus denuncias pioneras de 2016 solicitando cuestiones prejudiciales, y muchos otros . Desde entonces, la Comisión Europea acumula en esta denuncia múltiple cualquier denuncia sobre el tema recibida de un particular u organización.


La anterior información oficial de la Comisión Europea  en su página web sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de hace más de un año, indicando entonces  la Comisión Europea que aplazaba cualquier acción por su parte hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenciara en las cuestiones prejudiciales de los 5 asuntos pendientes de España sobre abuso de temporalidad en empleo público, en concreto los

  • los tres asuntos  de decisión prejudicial elevadas por la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid al Tribunal de Justicia Europeo, que ya tuvieron sentencia acumulada del TJUE el 22/02/2024
  • los asuntos C-331/22  y  o C-332/22 ,  acumulados como "Generalitat de Catalunya" , elevado por un juzgados de lo Contencioso de Barceona, y que ya tuvieron la sentencia del TJUE el 13/06/2024

 

Ahora la nueva actualización de información oficial sobre la denuncia múltiple CPLT o CHAP(2013)0916 , la Comisión Europea dice literalmente (traducción de Google  y nuestra, expandiendo las notas a pie de página y con resaltados en negrita cursiva nuestros):