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lunes, 26 de enero de 2026

Recordatorio. [27 de junio de 2025] La nueva Defensora del Pueblo de la UE responde a las múltipes denuncias recibidas por una posible falta de diligencia de la Comisión Europea en los procedimientos de infracción contra España sobre temporalidad pública: ha abierto un caso de tramitación conjunta y ha solicitado información a la Comisión Europea

 [Recordatorio de entrada publica el 27/06/2026, OJO hace más de 6 meses] Estos días pasados la responsable de los casos de denuncia recibidos por la nueva Defensora Europea del Pueblo , Teresa Anjinho, sobre reclamaciones sobre la falta de  diligencia  e incluso de  "negligencia" de la Comisíón Europea en el tratamiento de los dos procedimientos de infracción de la Comisión Europea contra España  sobre temporalidad ha enviado esta contestación:

"Recientemente presentó usted una reclamación ante la institución del Defensor del Pueblo Europeo, referida a la tramitación por parte de la Comisión Europea de dos procedimientos de infracción contra España en relación con un trato menos favorable a los empleados temporales y con un presunto abuso de los contratos de trabajo de duración determinada en el sector público en España – INFR(2014)4224 e INFR(2014)4334.

La Defensora del Pueblo ha recibido varias reclamaciones sobre esta cuestión, por lo que ha decidido tramitarlas conjuntamente. Me ha sido asignada la responsabilidad de dichas reclamaciones.


Sostiene usted que la Comisión no ha abordado las cuestiones con diligencia y no ha procedido a la tramitación de los dos procedimientos de infracción a su debido tiempo. Considera usted que la Comisión debería tratar estas cuestiones con carácter prioritario e instar a España a que cumpla las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 1999/70/CE.

Nos hemos puesto en contacto con la Comisión Europea para solicitarle más información en relación con estas reclamaciones, el plazo de respuesta está fijado el 15 de septiembre de 2025. También hemos pedido a la Comisión una inspección de los expedientes, que será realizada por una parte del equipo de investigación de nuestra oficina.

Nos pondremos en contacto con usted en cuanto estemos en condiciones de actualizarle sobre el progreso de la investigación
."

 

Y ha agrupado los casos recibidos en una página de seguimiento común : "Cómo está tramitando la Comisión Europea una denuncia de infracción múltiple por trato menos favorable a los agentes temporales y presunto abuso de los contratos de trabajo de duración determinada en el sector público en España – INFR(2014)4224 e INFR(2014)4334".

Recordemos que una investigación anterior de 2022-2023 del anterior Defensora del Pueblo de la UE por este tema acabó  en Abril de 2023 archivada  afirmando entonces que  no apreciaba "mala administración en este asunto" en cuanto a la forma en que la Comisión Europea estaba tratando (por aquel entonces) las denuncias sobre abuso de temporalidad pública española dado que la Comisión seguía teniendo  abierta un denuncia múltipe CHAP(2013)01917 con un procedimiento de infracción vinculado - el INFR(2014)4334 , de los que había  "informado  meses antes que estaba evaluando la nueva normativa española. 

 

lunes, 12 de enero de 2026

[Law&Trends] Josep Jover: la Comisión Europea hará efectiva la reducción de 626 millones de euros por no disponer España de una normativa válida ante la UE contra el abuso de temporalidad en el empleo público

Publica Law&Trends este 11/11/2025 la opinión del conocido abogado especialista en Derecho de la UE,  Josep Jover , sobre la situación de la suspensión de 626 millones de euros por la Comisión Europea, decidida el 7/7/2025 ante el incumplimiento del compromiso de España en el Plan de Recuperación de disponer de una ley válida en 2021 para reducir la temporalidad pública que contuviera medidas  de prevención y sanción del abuso de temporalidad, a la vista de  las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024 que afirmaron que las  medidas contra el abuso de temporalidad en la Ley 20/2021 no eran efectivas para sancionarlo.

Según este abogado, expirado el plazo  que la Comisión Europea daba de 6 meses para aprobar una normativa nueva que diera cumplimiento a la exigencia incumplida de medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad en el empleo público y ante la claridad de la comunicación oficial de la Comisión Europea, ésta hará efectiva la reducción definitiva de los 626 millones  de los fondos.

jueves, 8 de enero de 2026

Recordatorio. [Comisión Europea] 'La Comisión desembolsa casi 43 000 millones de euros a cinco Estados miembros en el marco de NextGenerationEU. España: desembolso de 23 100 millones €; se suspende 627 millones € debido a la reversión de un hito vinculado a la reforma del empleo temporal en la función pública'

 [Recordatorio de entrada publicada el 11 de Agosto de 2025 OJO hace 5 meses] 

'La Comisión Europea ha desembolsado un total de 42 800 millones de euros a cinco Estados miembros (Italia, Portugal, Chipre, Malta y España) en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), la pieza central de NextGenerationEU. Los desembolsos forman parte de los esfuerzos de la Comisión para apoyar el crecimiento económico y la resiliencia de los Estados miembros de la UE, y se basan en los pasos exitosos en la aplicación de las reformas e inversiones descritas en el plan de recuperación y resiliencia de cada país.

España: desembolso de 23 100 millones EUR

La Comisión ha desembolsado 23 100 millones de euros a España, lo que representa el quinto pago en el marco del MRR. Este pago incluye 7 000 millones de euros en préstamos y 16 000 millones de euros en subvenciones. El pago cubre 82 de los 84 hitos y objetivos, incluidos pasos importantes en la ejecución de 20 reformas y 49 inversiones. Las reformas e inversiones incluyen medidas para impulsar la adopción y la inversión en energías renovables, reducir la burocracia y garantizar que las fuentes de energía limpia estén mejor conectadas a la red eléctrica, crear un Consejo de Finanzas Sostenibles como foro para promover la colaboración público-privada en este ámbito y mejorar la eficiencia de la justicia. También incluyen inversiones en viajes ferroviarios de corta distancia, el refuerzo de la resiliencia de los ciudadanos y las pymes en materia de ciberseguridad mediante el impulso de la industria de la ciberseguridad y el apoyo a las empresas innovadoras.

Como parte de este desembolso, se están pagando aproximadamente 139 millones de euros en relación con un objetivo que se suspendió anteriormente en la cuarta solicitud de pago. Este objetivo tenía por objeto apoyar la digitalización de las pequeñas y medianas empresas (pymes). Desde entonces, España ha cumplido los requisitos, permitiendo la liberación de estos fondos.

Paralelamente, se suspende un importe de aproximadamente 500 millones EUR para dos hitos relacionados con el componente de subvención de la quinta solicitud de pago, relativos a una reforma fiscal y la digitalización de las entidades regionales y locales que se consideran no cumplidas en este momento. España dispone ahora de seis meses para cumplir satisfactoriamente estos dos hitos.

Se suspende un importe adicional de aproximadamente 627 millones de euros debido a la reversión de un hito vinculado a la reforma del empleo temporal en la función pública. Este importe se había desembolsado previamente como parte de la primera solicitud de pago de España. La Comisión ha deducido este importe de la quinta solicitud de pago, ya que el hito ya no puede considerarse cumplido satisfactoriamente. España dispone ahora de seis meses para adoptar medidas adicionales para cumplir satisfactoriamente este hito. 

miércoles, 7 de enero de 2026

Recordatorio. La Comisión Europea revisa el cumplimiento, que aprobó en Diciembre de 2021 tras el RDL 14/2021 del compromiso de España en el Plan de Recuperación de disponer de una ley para reducir la temporalidad pública con medidas de prevención y sanción del abuso de temporalidad: tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 2024 lo declara incumplido ahora por falta de medidas efectivas para sancionar el abuso incluso con la Ley 20/2021 y suspende 626 millones de los fondos europeos, que sólo podrán ser recibidos si España establece nueva normativa válida

 [Recordatorio de entrada publicada el 07/07/2025, OJO hace 6 meses] 

[07/07/2025] La Comisión Europea acaba de dar luz verde al 5º tramo de pagos de los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia [PRTR] de España, y , según un comunicado oficial, firmado por el propio Comisario de Economía y Productividad , Aplicación y Simplificación,  Valdis Dombrovskis -el comisario responsable de los fondos europeos tramo se ha incluido una suspensión de fondos directos de 626 millones de euros a cargo de este 5º tramo si bien por la revisión de un hito  cuya evaluación  incluido en el primer tramo de pagos y que era uno de los hitos comprometidos en la reforma 1 del Componente 11 sobre la AAPP  (C11.R1)  , el primero de los dos únicos hitos relacionados (nº 144 y 150)  del C11.R1 con la temporalidad pública: , en concreto:

  • [nº144] Hito "Entrada en vigor de acto legislativo para reducir la temporalidad en las administraciones públicas"
    • Fecha de cumplimiento  [comprometida]: Segundo cuatrimestre de 2021
    • Descripción:   "Entrada en vigor de un Acto Legislativo que estipule medidas para reducir la temporalidad en el empleo público y disposiciones efectivas para prevenir y sancionar  abusos, incluida la obligación de publicar todas las convocatorias de procedimientos de estabilización de  personal temporal a más tardar el 31 de diciembre de 2022. Este Acto Legislativo será aplicable al Estado, administraciones públicas regionales y locales.

 Y como ya informamos aquí en su momento, el hito 144 fue dado por cumplido preliminarmente en Diciembre de 2021 por la Comisión Europea ante la la aprobación del Gobierno español del Real Decreto Ley 14/2021 -el traslado del acuerdo firmado con el Gobierno con los sindicatos mayoritarios de la Mesa General de Empleados Públicos, meras ofertas pública de empleo sin límites de tasa de reposición para convocatorias con fase de oposición eliminatoria con las plazas temporales más de 3 años y la introducción de una compensación de 20 días por año trabajado con el tope de 1 año para quien fuera cesado por los nuevos procedimientos, mientras se mantenía todos los anteriores convocados- y cuando ya estaba avanzada su  modificación en el Congreso - la que sería días después, la Ley 20/2021 de 28 de Diciembre, (que pasaba a incluir un procedimiento excepcional por concurso de méritos, abierto, para plazas temporales no convocadas  de antes de 2016 y temporales de antes de 2016, notablemente con el rechazo de los citados sindicatos).

Ahora bien,  dicha evaluación del hito 144 de Diciembre de 2021, concluía con la "famosa" apostilla por parte de Economía de la Comisión Europea: "esta evaluación se entiende sin perjuicio del procedimiento de infracción INFR(2014)4334", es decir, el procedimiento de infracción sobre incumplimiento  de la cláusula 5ª  de la  directiva europea  1990/70 de medidas contra el abuso de temporalidad que Empleo de la Comisión Europea había elevado al ámbito del abuso de temporalidad en todo el empleo público español tras la "esperanzadora" sentencia del Tribunal de Justicia de la UE [TJUE] de 19/03/2020 del asunto Sánchez Ruiz, un informático nuestro del SERMAS (en un origen el proc. de infracción era sobre un grupo de trabajadores de Justicia). l procedimiento de infracción INFR(2014)4334 fue asociado por la Comisión Europea al procedimiento de denuncia  de empleados públicos españoles , CHAP(2013)01917, que había sido extendido en 2018 a procedimiento de denuncia múltiple en 2018 , precisamente durante el procedimiento del citado asunto "Sańchez Ruiz" en el TJUE, y a la vista de la Comisión Europea de que en el TJUE es estaba cursando un asunto cuyas cuestiones eran las denunciadas.


La ley 20/2021 había sido por entonces -y sigue siendo hasta ahora- la reacción del Gobierno y parlamento español  a esa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 (y a otra de 2021, el asunto IMIDRA) . En la sentencia de 19/03/2020 el TJUE ya estableció claramente que era indispensable una medida de sanción reparadora para todo el empleado público temporal de larga temporalidad -más de 3 años-en uno o varios nombramientos/contratos con la misma AAPP-, y que no podían valer como tal sanción reparadora la convocatoria de los puestos del personal en abuso de temporalidad a procesos selectivos de "futuro incierto" para el abusado y abiertos a personas ajenas a la situación de abuso en esa AAPP  - justo como eran los "procesos de estabilización" regulados tanto por el RDL 14/2021 como por la Ley 20/2021. Sí en cambio,  resultaría válida como sanción la fijeza directa o una indemnización que no fuera al  cese, ni topada y fuera suficientemente importante para ser disuasoria, habiendo dudas de si 33 días por año trabajado sería suficiente.


Ahora, en el comunicado hecho público ayer por Economía de la Unión Europea,  la "Comisión concluye que España no ha actuado con celeridad para adoptar nueva legislación que contenga medidas efectivas para sancionar el uso abusivo de contratos de duración determinada en el sector público, de conformidad con la interpretación dada por el Tribunal de Justicia de la cláusula 5" , la citada del abuso de temporalidad  de la Directiva 1990/70/CE.

lunes, 5 de enero de 2026

Publicados en la web del Tribunal de Justicia de la UE 6 asuntos correspondientes a recursos de casación presentados por empleados públicos temporales con CGT contra la decisión del Tribunal General de la UE de no admitir las 6 demandas denunciando la omisión de acción de la Comision Europea ante el abuso de temporalidad en el empleo público español

 Se han publicado en la web del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE]  los números de asunto y  páginas donde se seguirán los recursos de casación presentados por empleados públicos españoles contra la decisión del pasado 14/10/2025 del Tribunal General de la Unión Europea [TGUE] de no admitir sus recursos  denunciando la omisión de acción de la Comisión Europea ante el abuso de temporalidad en el empleo público español. 

En concreto se trata de los asuntos del TJUE:

  • C-833/25 P  "Pérez Moreno y otros/Comisión" , recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-453/25,
  • C-830/25 P "Manso Fuentes y otros/Comisión", recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-454/25
  • C-831/25 P "Carrasco González y otros/Comisión",  recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-455/25,
  • C-832/25 P "Sánchez Teruel y otros/Comisión" recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-456/25,
  • C-834/25 P "Piqueras y otros/Comisión", recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto  T-457/25
  • y C-835/25 P  "Llamazares Obles y otros/Comisión" , recurso de casación contra la decisión del TGUE en su asunto T-458/25

Recordemos que  las demandas se habían interpuesto por FETAP-CGT en nombre de más de 300 empleados públicos temporales de las administraciones local, autonómica y general del Estado, procedentes de Cataluña, Aragón, Comunidad Valenciana, Castilla y León y Madrid, denunciando que "la Comisión ha incumplido su obligación legal de garantizar la aplicación efectiva de la Directiva 1999/70/CE, tolerando durante años normas nacionales, como la Ley 20/2021 y el RDL 14/2021, que no prevén sanciones reales, proporcionales ni disuasorias". La propia FETAP de CGT ha celebrado una admisión a trámite de 6 recursos de casación, es de suponer que éstos,  con lo que "el conflicto de los interinos" sigue "en 2026 con la vía judicial europea abierta".

jueves, 11 de diciembre de 2025

[Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de diciembre: principales decisiones. La Comisión insta a España a que cumpla el Derecho de la Unión en materia de responsabilidad del Estado por los incumplimientos del Derecho de la Unión' [España no ha ejecutado la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 28/06/2022 y abre nuevo procedimiento de infracción ahora ya con el objetivo de solicitar al TJUE que imponga una multa contra España si España si sigue sin legislación válida]

'La Comisión Europea ha decidido enviar una carta de emplazamiento a España [INFR(2017)4004] por no ejecutar la sentencia del Tribunal de Justicia, de 28 de junio de 2022, en el asunto C-278/20, relativo a la responsabilidad del Estado por incumplimiento del Derecho de la Unión. 

La responsabilidad del Estado es un principio importante del Derecho de la Unión Europea que establece la indemnización por las pérdidas o daños causados a los particulares por el legislador mediante infracciones del Derecho de la Unión. En 2015, la Comisión recibió denuncias relativas a la incompatibilidad de determinados aspectos de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el Derecho de la Unión. 

Dado que España no había adoptado ninguna modificación tras el dictamen motivado de la Comisión, esta decidió en noviembre de 2019 remitir el asunto al Tribunal de Justicia. En su sentencia de 28 de junio de 2022 en el asunto C-278/20, el Tribunal de Justicia confirmó que España había infringido el Derecho de la Unión. Hasta la fecha, España no ha incorporado la sentencia del Tribunal de Justicia a su ordenamiento jurídico

miércoles, 19 de noviembre de 2025

Recordatorio [19/11/2024] La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 -y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y 13/06/2024 y ha enviado una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto

 [Recordatorio de entrada publicada en este blog el 19/11/2024 OJO HACE justo UN AÑO]

[19/11/2024] La Comisión Europea acaba de publicar en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un nuevo documento oficial , de fecha 13/11/2023, de "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CPLT (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", es decir, teniendo en cuenta que  "el prefijo de la referencia de denuncia múltiple se ha cambiado de CHAP a CPLT debido a cambios en  sistema interno de registro de denuncias",  la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 (¡no en 2013!) a partir de una de las denuncias de 2013 y el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles principalmente en torno a 2017 y 2018 contra la solución de 2017 y 2018 del Gobierno del Estado y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos sin ni indemnización al personal de larga temporalidad que fuera cesado que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL, la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, la del grupo de clientes del Abogado de Araúz de sus denuncias pioneras de 2016 solicitando cuestiones prejudiciales, y muchos otros . Desde entonces, la Comisión Europea acumula en esta denuncia múltiple cualquier denuncia sobre el tema recibida de un particular u organización.


La anterior información oficial de la Comisión Europea  en su página web sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de hace más de un año, indicando entonces  la Comisión Europea que aplazaba cualquier acción por su parte hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenciara en las cuestiones prejudiciales de los 5 asuntos pendientes de España sobre abuso de temporalidad en empleo público, en concreto los

  • los tres asuntos  de decisión prejudicial elevadas por la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid al Tribunal de Justicia Europeo, que ya tuvieron sentencia acumulada del TJUE el 22/02/2024
  • los asuntos C-331/22  y  o C-332/22 ,  acumulados como "Generalitat de Catalunya" , elevado por un juzgados de lo Contencioso de Barceona, y que ya tuvieron la sentencia del TJUE el 13/06/2024

 

Ahora la nueva actualización de información oficial sobre la denuncia múltiple CPLT o CHAP(2013)0916 , la Comisión Europea dice literalmente (traducción de Google  y nuestra, expandiendo las notas a pie de página y con resaltados en negrita cursiva nuestros):

viernes, 14 de noviembre de 2025

[Comisión Europea] 'La Comisión abre una investigación sobre una posible infracción de la Ley de Mercados Digitales por parte de Google al degradar el contenido de los editores de medios en los resultados de búsqueda'

 'La Comisión Europea ha iniciado hoy procedimientos formales para evaluar si Google aplica condiciones justas, razonables y no discriminatorias de acceso a los sitios web de los editores en la Búsqueda de Google, que es una obligación en virtud de la Ley de Mercados Digitales (DMA).

El trabajo de seguimiento de la Comisión ha mostrado indicios de que Google, sobre la base de su «política de abuso de reputación del sitio», está degradando los sitios web de los medios de comunicación y otros editores y el contenido de los resultados de búsqueda de Google cuando dichos sitios web incluyen contenido de socios comerciales. Según Google, esta política tiene como objetivo abordar las prácticas que supuestamente están destinadas a manipular la clasificación en los resultados de búsqueda.

miércoles, 12 de noviembre de 2025

La Comisión Europea informa sobre el seguimiento de la denuncia múltiple de los magistrados honorarios de Italia que ha decidido llevar a ITALIA ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea porque la última reforma legal de Mayo de 2025 para los magistrados honorarios todavía no se adapta a la normativa UE de forma suficiente para los contratados después de Agosto de 2017. También, tras la sentencia del TJUE Pelavi, ha abierto otro procedimiento de infracción por la renuncia de los jueces estabilizados a ciertos derechos

Acaba de publicarse en la página web de la Comisión Europea de seguimiento de los procedimientos de denuncias múltiples una nota informativa de 11/11/2025 de  la Comisión Europea sobre el seguimiento de la denuncia múltiple CPLT(2015)1071, sobre la "posible incompatibilidad de las condiciones laborales de los magistrados honorarios en Italia con diversas disposiciones del Derecho laboral de la Unión Europea", entre ellas la protección y sanciones ante su abuso de temporalidad.

Tal y como recuerda la propia Comisión en su nota,  hubo dos primeras sentencias del Tribunal de Justicia de la UE sobre estos jueces honorarios:

  1. La sentencia de 16/07/2020 en el asunto C‑658/18, donde el alto tribunal europeo ya dijo que estos magistrados son trabajadores de la UE, bajo el ámbito de todas las directivas  europeas sobre el trabajo, y como temporales , además bajo la protección de la Directiva Europea 1999//70/CE sobre empleo temporal  (y  además que eran jueces de la Unión Europea)
  2.  La sentencia de 7/04/2022, en el asunto C-236/20, donde  el Tribunal de Justicia de la UE , además de declarar derecho a la igualdad de trato en varias condiciones laborales cuestionadas por el caso (vacaciones anuales retribuidas y protección de la seguridad social),  sentenció que sus largas temporalidades son una situación de abuso de temporalidad que requiere de una sanción y la normativa italiana que prohíbe la fijeza  viola la normativa de la Unión Europea si no contempla otras sanciones disuasorias.

En paralelo, el 15 de julio de 2021, la Comisión decidió abrir un procedimiento de infracción contra Italia, el INFR(2016)4081, ya que entendió que su "legislación nacional aplicable a los magistrados honorarios no cumple plenamente con la legislación laboral de la UE", en concreto con la  Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada ("temporal"),  la Directiva 97/81/CE sobre trabajo a tiempo parcial, la  Directiva 2003/88/CE sobre el tiempo de trabajo y la Directiva 92/85/CE sobre trabajadoras embarazadas.  En cuanto a la Directiva 1999/70/CE , la Comisión Europea determinó que no "están suficientemente protegidos contra la abuso de sucesivos contratos de duración determinada, y no tienen la posibilidad de obtener la adecuada compensación por tal abuso"

En reacción a la sentencia de 16/07/2020 y ese  procedimiento de infracción, Italia adoptó una nueva legislación en diciembre de 2021, para ofrecer la posibilidad de regularización como trabajadores propios indefinidos del Ministerio de Justicia , con cambios de condiciones laborales, a  los 6 mil jueces honorarios italianos mediante unos  "procesos de evaluación " , restringidos a los jueces honorarios actuales con un mínimo de antigüedad. y con una indemnización - en función de la antigüedad y con tope de 50 mil euros- si elegían no presentarse o no acababan superando la citada evaluación.

viernes, 7 de noviembre de 2025

Recordatorio 7 de noviembre de 2024: [CEPPT] Portavoces de temporales de varias CCAA y de la CEEPT se reunieron con Economía de la Comisión Europea en Madrid . Se entrega informe de temporalidad en sector público e incumplimiento de compromisos y se pide que actúe ante incumplimiento de normativa UE establecido por las sentencias del TJUE

[ Recordatorio de entrada publicada aquí el 7/11/2024 OJO hace justo un año] 

'Portavoces de temporales de varias CCAA y de la CEEPT se reunieron con técnicos responsables de economía de la Comisión Europea en Madrid [el 05/11/2024]

Se les entregó informe con datos actualizados de temporalidad en el ssctor publico español sacados de cifras oficiales: 1millon temporales, 40% media, imposible reducir la temporalidad al 8%.

No vale tampoco reducir la temporalidad ilícita mediante ceses ilegales de EP, cosa que sucede en muchas administraciones públicas.

Estimación de miles de millones en indemnizaciones inasumibles tanto por el Reino de España como por Europa 

Por tanto, única sanción viable sin coste #FijezaYa

miércoles, 5 de noviembre de 2025

Recordatorio. El Tribunal General de la Unión Europea no admite las demandas de indemnización por responsabilidad extracontractual de la Comisión Europea planteadas por empleados públicos en abuso de temporalidad ante su abstención frente a la vulneración de las autoridades administrativas y judiciales españolas de la clásula 5ª de la Directiva Europea 1999/70/CE: : los particulares no tienen derecho a exigir la actuación de la Comisión en procedimiento de infracción y no hay relación directa de daño por esa omisión, el daño es de los órganos españoles

 [Recordatorio de entrada publicada el 31/10/2025]

El Tribunal General de la Unión Europea  ha recibido   varias decenas de  demandas  de empleados públicos temporales, asistidos por el conocido abogado Josep Jover, de "recursos por responsabilidad" por responsabilidad extracontractual de la Comisión Europea por "su abstención  frente a la vulneración por las autoridades españolas de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinad"a y en la que solicitaban se condenara a la Comisión a abonar al empleado una indemnización de varias decenas de miles de euros.

Se ha publicado el Auto del Tribunal General de la UE  de 06/10/2025 con la decisión de este tribunal en uno de estos asuntos, en concreto, el Asunto T-226/25, de una interina de educación infantil pública de Cataluña durante diecisiete años y que no ha obtenido plaza fija en el concurso de méritos de la Ley 20/2021 de su administración. El Tribunal General ha decidido no admitir la demanda.

En concreto, según el texto del auto, la demandante sostenía (como a buen seguro es el caso en el resto de decenas de demandas):

viernes, 31 de octubre de 2025

El Tribunal General de la Unión Europea no admite las demandas de indemnización por responsabilidad extracontractual de la Comisión Europea planteadas por empleados públicos en abuso de temporalidad ante su abstención frente a la vulneración de las autoridades administrativas y judiciales españolas de la clásula 5ª de la Directiva Europea 1999/70/CE: : los particulares no tienen derecho a exigir la actuación de la Comisión en procedimiento de infracción y no hay relación directa de daño por esa omisión, el daño es de los órganos españoles

El Tribunal General de la Unión Europea  ha recibido   varias decenas de  demandas  de empleados públicos temporales, asistidos por el conocido abogado Josep Jover, de "recursos por responsabilidad" por responsabilidad extracontractual de la Comisión Europea por "su abstención  frente a la vulneración por las autoridades españolas de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinad"a y en la que solicitaban se condenara a la Comisión a abonar al empleado una indemnización de varias decenas de miles de euros.

Se ha publicado el Auto del Tribunal General de la UE  de 06/10/2025 con la decisión de este tribunal en uno de estos asuntos, en concreto, el Asunto T-226/25, de una interina de educación infantil pública de Cataluña durante diecisiete años y que no ha obtenido plaza fija en el concurso de méritos de la Ley 20/2021 de su administración. El Tribunal General ha decidido no admitir la demanda.

En concreto, según el texto del auto, la demandante sostenía (como a buen seguro es el caso en el resto de decenas de demandas):

viernes, 24 de octubre de 2025

El Tribunal General de la Unión Europea no admite las demandas, presentadas por CGT, denunciando la omisión de acción de la Comision Europea ante el abuso de temporalidad en el empleo público español: las acciones de la CE ante infracción del derecho de la UE se dirigen contra un país y los particulares no están habilitados para interponer recursos de omisión de estas acciones

 El Tribunal General de la Unión Europea  había  recibido   seis  demandas de recursos de omisión interpuestos por la Federación Estatal de Trabajadoras de las Administraciones Publicas de la Confederación General del Trabajo (FETAP-CGT) contra la Comisión Europea, , que habia admitido para registro inicial como asuntos,  T-453/25, T-454/25, T-455/25, T-456/25, T-457/25 y T-458/25, todos bajo la denominación “FETAP-CGT y otros / Comisión”.

Las demandas se interpusieron por FETAP-CGT en nombre de más de 300 trabajadoras y trabajadores temporales de las administraciones local, autonómica y general del Estado, procedentes de Cataluña, Aragón, Comunidad Valenciana, Castilla y León y Madrid, denunciando que "la Comisión ha incumplido su obligación legal de garantizar la aplicación efectiva de la Directiva 1999/70/CE, tolerando durante años normas nacionales, como la Ley 20/2021 y el RDL 14/2021, que no prevén sanciones reales, proporcionales ni disuasorias".


jueves, 9 de octubre de 2025

[Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de Octubre de 2025: 'La Comisión insta a ITALIA a adaptar su legislación sobre las condiciones laborales de los jueces honorarios al Derecho de la UE' ['La Comisión decide llevar a ITALIA ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no adaptar sus normas sobre las condiciones laborales de los jueces honorarios']

[08/10/2025] ' Hoy, la Comisión ha decidido incoar un procedimiento de infracción contra Italia (INFR(2025)2159) mediante el envío de una carta de emplazamiento por no adaptar su legislación sobre jueces honorarios al Derecho laboral de la UE. La carta de emplazamiento se refiere a los jueces honorarios que ya estaban en servicio el 15 de agosto de 2017. Dado que la legislación italiana establece normas diferentes para los jueces según si fueron nombrados antes o después del 15 de agosto de 2017, la Comisión está llevando a cabo dos procedimientos de infracción separados. Para los jueces honorarios contratados después de esa fecha, la Comisión ha decidido, también hoy, llevar a Italia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 

Para esta categoría, la Comisión considera que la legislación italiana sigue incumpliendo las normas de la UE sobre trabajo de duración determinada, trabajo a tiempo parcial y tiempo de trabajo. La Comisión inició este procedimiento de infracción en julio de 2021 mediante el envío de una carta de emplazamiento a las autoridades italianas, seguida de una carta de emplazamiento adicional en julio de 2022, un dictamen motivado en julio de 2023 y un dictamen motivado adicional en octubre de 2024. La Comisión considera que los esfuerzos de las autoridades han sido insuficientes hasta la fecha y, por lo tanto, lleva a Italia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (INFR(2016)4081).

martes, 7 de octubre de 2025

[FETAP-CGT] 'FETAP-CGT anuncia la admisión a tramite de sus seis recursos en el Tribunal General de la UE contra el abuso de la temporalidad en el sector público y reafirma su participación en la concentración estatal del 7 de octubre'

 'El Tribunal General de la Unión Europea ha registrado oficialmente los seis recursos de omisión interpuestos por la Federación Estatal de Trabajadoras de las Administraciones Publicas de la Confederación General del Trabajo (FETAP-CGT) contra la Comisión Europea, asignándoles los números de asunto T-453/25, T-454/25, T-455/25, T-456/25, T-457/25 y T-458/25, todos bajo la denominación “FETAP-CGT y otros / Comisión”.

Esta publicación en el Registro Público de Curia confirma que el Tribunal ha admitido los escritos y ha abierto los expedientes correspondientes. Con ello se consolida una ofensiva judicial inédita en Europa contra la pasividad de la Comisión Europea frente al abuso de temporalidad en el empleo público español.

FETAP-CGT recuerda que estos recursos se basan en el artículo 265 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que permite exigir a las instituciones comunitarias que actúen cuando omiten hacerlo. En este caso, se reclama que la Comisión cumpla con su obligación de aplicar la Directiva 1999/70/CE y actúe ante el incumplimiento sistemático del Estado español.

La Federación subraya que esta admisión a trámite demuestra que la causa tiene recorrido jurídico y que la justicia europea examinara por primera vez la inacción de la Comisión ante un abuso masivo y prolongado que afecta a cientos de miles de trabajadoras y trabajadores públicos.

martes, 30 de septiembre de 2025

El Gobierno responde a las preguntas del Partido Popular sobre el cumplimiento de los procesos de estabilización y el nuevo plan para reducir la temporalidad que con todos los procesos se han "estabilizado 366 mil plazas" superando "holgadamente" el compromiso con la UE del Plan de Recuperación , ya no hay límite para poder reducir al 8% de temporalidad, existe procedimiento de infracción de la Comisión Europea y ya ha propuesto un plan a las CCAA y entidades locales

Se ha publicado en el  BOCG de  este 29/09/2025 la respuestas del Gobierno del Estado a las  preguntas  que presentó el Partido Popular en el Congreso  para respuesta escrita sobre el grado de cumplimiento de la Ley 20/2021 y del objetivo de reducir la temporalidad en el empleo público así como de plan que está preparando el Gobierno.

La respuesta del Gobierno del Estado, a buen seguro que confeccionada por la Secretaría de Estado de Función Pública,  ha sido para las preguntas 25629 , 25628 , 25627, 25626, 25625 , 25623 y 25622 esta respuesta común , literalmente [resaltados en negrita cursiva y enlaces en el texto nuestros]:

viernes, 26 de septiembre de 2025

[Comisión Europea] 'Decisiones de infracción. 'La Comisión insta a los Estados miembros a transponer plenamente la Directiva Ómnibus sobre el Punto Único de Acceso Europeo (PAES) para garantizar el acceso de los inversores a la información pública corporativa' [entre ellos, España]

 'La Comisión Europea decidió incoar procedimientos de infracción mediante el envío de una carta de emplazamiento a Bulgaria, Estonia, España, Francia, Croacia, Italia, Letonia, Lituania, Países Bajos, Austria, Portugal, Polonia, Rumanía, Eslovenia y Suecia por no haber transpuesto íntegramente la Directiva Ómnibus del Punto Único Europeo de Acceso (PAES) (Directiva UE 2023/2864) en relación con las modificaciones introducidas en la Directiva sobre Transparencia (Directiva 2004/109/CE).  

martes, 23 de septiembre de 2025

[Diario Sabemos] El Tribunal General de la UE admite a trámite las demandas de responsabilidad extrapatrimonial de la Uniónn Europea por no actuar ante el abuso de temporalidad público español

 Informaba Diario Sabemos el 18/09/2025 que el Tribuna General de la UE a admitido a traḿite todas - en torno a 30- demandas interpuestas ante este Tribunal de responsabilidad extrapatrimonial de la Unión Europea por no actuar adecuadamente  la Comisión Europea  en los procedimientos de infracción frente al abuso estructural y prolongado de la temporalidad en el sector público español y tras las reiteradas setencias de cuestiones prejudicales del Tribunal de Justicia de la UE.

lunes, 1 de septiembre de 2025

Recordatorio. [CGT FETAP] 'FETAP-CGT interpone seis demandas ante el Tribunal General de la UE frente al abuso de temporalidad en el sector público español'

 [Recordatorio  de entrada publicada el 15/07/2025]

 'El pasado 10 de julio, la Federación Estatal de Trabajadoras de las Administraciones Públicas de la CGT (FETAP-CGT) presentó seis demandas ante el Tribunal General de la Unión Europea, mediante recurso de omisión contra la Comisión Europea, por no actuar frente al abuso estructural y prolongado de la temporalidad en el sector público español.

Las demandas se interponen en nombre de más de 300 trabajadoras y trabajadores temporales de las administraciones local, autonómica y general del Estado, procedentes de Cataluña, Aragón, Comunidad Valenciana, Castilla y León y Madrid. FETAP-CGT denuncia que la Comisión ha incumplido su obligación legal de garantizar la aplicación efectiva de la Directiva 1999/70/CE, tolerando durante años normas nacionales, como la Ley 20/2021 y el RDL 14/2021, que no prevén sanciones reales, proporcionales ni disuasorias.

¿Qué implicaría una sentencia favorable?

Si el Tribunal General estima el recurso, la Comisión estará jurídicamente obligada a actuar para dar cumplimiento a la sentencia. En la práctica, debería activar de inmediato un procedimiento de infracción contra España, que culmine con sanciones reales por el incumplimiento del Derecho de la Unión en materia de temporalidad abusiva.

jueves, 28 de agosto de 2025

La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo comunica respuesta de la Comisión Europea en una nueva petición, la 1460/2024 de un particular, sobre la falta de medidas válidas ante el abuso de temporalidad público: "La Comisión ya está investigando el asunto en el marco de un procedimiento de infracción INFR(2014)4334"

 El Parlamento Europeo admitió a trámite este año 2025 una nueva  Petición (la nº 1460/2024 , presentada por un particular) sobre el abuso de temporalidad en el sector público español y la falta de medidas válidas ante la Directiva 1999/70/CE y su más reciente interpretación por el Tribunal de Jusicia de la UE para  esa situación que se da en cientos de miles de empleados públicos españoles. La petición se encuentra abierta a adhesiones de más particulares.

La argumentación de la petición incluye la falta de validez de las medidas de la Ley 20/2021, la reacción por ahora del gobierno de España tras las sentencias de 2020 en el asunto Sánchez Ruiz sobre casos de personal funcionario/estatutario y 2021 en el asunto IMIDRA sobre un caso de personal labora y el correspondiente procedimiento de infracción de la Comisión Europea, en el marco de un compromiso de reducción de temporalidad pública para poder recibir fondos europeos del Plan de Recuperación Español. También señala que, en 2024, el TJUE sentenció que ni las medidas a futuro ni los procesos de estabilización de la citada Ley o los anteriores son medidas válidas para preventir y , en su caso, sancionar el abuso.. Y , por último, informa que la jurispruencia del Tribunal Supremo español, que deja en la práctica sin compensación alguna al funcionario/estatutario en abuso y concede la figura insuficiente por ser también temporal del indefinido no fijo al laboral temporal en abuso,  tampoco es válida según el TJUE. Por lo que se pide que la UE actúe para hacer valer su normativa.

En conceto, según el propio resumen de la petición realizado por e Parlamento Europeo: