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martes, 18 de febrero de 2025

El Pleno del Tribunal Constitucional del 28 de Enero decidió inadmitir la cuestión de inconstitucionalidad del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre los concursos de méritos de la ley 20/2021 en cuanto a la valoración principal de la experiencia en el mismo cuerpo o una invasión de competencias autonómicas

Acaban de publicarse los resultados del orden del día del Pleno del Tribunal Constitucional de 28/01/2025, que abordaba ya en primera deliberación, para poder dictar incluso una sentencia, la importante  cuestión de inconstitucionalidad  admitida a trámite, (nº CI 2796/2024) sobre  las  disposiciones adicionales 6ª y 8ª en sí de la ley 20/2021 de concursos de méritos excepcionales de estabilización, promovida por la sección 2ª de Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (en el marco del recurso nº 491/2022),  en cuanto a que en el concurso de méritos  haya de "valorarse principalmente la experiencia en el cuerpo o escala de que se trate" (según el artículo 2.4 de la ley), con lo que "podría resultar contraria al derecho de acceso a las funciones públicas en condiciones de igualdad (art. 23.2 CE)" . También examinará si esas D.A. violan la distribución constitucional de competencias "por exceder del carácter de base del régimen estatutario de los funcionarios públicos (art. 149.1.18 CE), vulnerando las potestades de autoorganización de las CCAA".

 Y el resultado que figura para esta importante cuestión de inconstitucionalidad es "inadmitir la presente cuestión de inconstitucional".

lunes, 17 de febrero de 2025

[ABC] La EPA sobre datos de finales de 2024 sigue arrojando un nivel de temporalidad en el empleo públco del 28%, muy lejos del objetivo del 8% exigido por la UE: "fracaso del proceso de estabilización" de 2021 que además el Tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado insuficiente como medida ante el abuso de temporalidad instando en su lugar a la conversión en fijos

Informa ABC este 16/02/2025 que la última Encuesta de Población Activa (EPA) del  INE que se publicó recientemente arroja una cifra de nivel de temporaliad en el  empleo público del 28% a finales de 2024  calificando de "fracaso del proceso de estabilización" aprobado en 2021 por el Estado para rebajar la temporalidad en las AAPP de entonces  en algo más del 30% al 8% .  El medio recuerda el  anuncio antes del fin de año pasado del Ministro de  de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López de que se habían convertido en fijas 321.000 plazas de todas las AAPP por los procesos de estabilización [con lo que España cumple técnicamente con el hito concreto comprometido en el Plan de Recuperación ante la Comisión Europea] pero teniendo en cuenta las jubilaciones de personal fijo y las contrataciones temporales que siguen realizando las AAPP el número total de empleados públicos se ha reducido, según los datos de la EPA, sólo en 66 mil en ese período, quedando muy lejos del objetivo del 8% de temporalidad.

viernes, 14 de febrero de 2025

Recordatorio [24/01/2025]. El Pleno del Tribunal Constitucional aborda este martes 28 de Enero la cuestión de inconstitucionalidad que admitió del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre los concursos de méritos de la ley 20/2021 en cuanto a la valoración principal de la experiencia en el mismo cuerpo

[Recordatorio de entrada publicada el 24/01/2025 OJO HOY es 14/02/2025, por tanto 10 días después del orden del día referido en esta noticia nuestras de hace 3 semanas, y cuyos "resultados" seguían sin publicarse a 13/02/2025]

Según el orden del día , el Pleno del Tribunal Constitucional tiene previsto volver a abordar este martes 28/01/2024, para resolverla por sentencia  ,   la  cuestión de inconstitucionalidad  admitida a trámite, (nº CI 2796/2024) sobre  las  disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la ley 20/2021 de concursos de méritos excepcionales de estabilización, promovida por la sección 2ª de Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (en el marco del recurso nº 491/2022),  en primer lugar en cuanto a que en el concurso de méritos  haya de "valorarse principalmente la experiencia en el cuerpo o escala de que se trate" (según el artículo 2.4 de la ley), con lo que "podría resultar contraria al derecho de acceso a las funciones públicas en condiciones de igualdad (art. 23.2 de la Constitución Española [CE])". También examinará si esas D.A. violan la distribución constitucional de competencias "por exceder del carácter de base del régimen estatutario de los funcionarios públicos (art. 149.1.18 CE), vulnerando las potestades de autoorganización de las CCAA".

La Comisión respalda la integración del Código de Buenas Prácticas sobre Desinformación voluntaria en la Ley de Servicios Digitales

 'La Comisión y el Consejo Europeo de Servicios Digitales han refrendado hoy la integración del Código de Buenas Prácticas sobre Desinformación voluntario en el marco de la Ley de Servicios Digitales. Esta integración hará que el Código sea un punto de referencia para determinar el cumplimiento de las plataformas con la Ley de Servicios Digitales.

En enero de 2025, los signatarios del Código, incluidas las empresas designadas en virtud de la Ley de Servicios Digitales como plataformas en línea y motores de búsqueda de muy gran tamaño (VLOPE), como Google, Meta, Microsoft y TikTok, presentaron todos los documentos necesarios en apoyo de su solicitud de conversión en un código de conducta en virtud de la Ley de Servicios Digitales.

miércoles, 12 de febrero de 2025

[Ministerio de Sanidad] 'Preguntas y respuestas Estatuto Marco' [sobre el borrador en fase de negociación]

 'Nota: Estas preguntas se basan en el borrador de Estatuto Marco, actualmente en fase de negociación. 


¿Qué es un Estatuto Marco?

El Estatuto Marco es la ley básica que regula las relaciones laborales de los profesionales sanitarios y no sanitarios que trabajan en el Sistema Nacional de Salud (SNS). Los profesionales del SNS son funcionarios, pero con un régimen especial denominado régimen estatutario.

¿Se trata de un texto definitivo?

El Ministerio está en la fase de negociación previa con las organizaciones sindicales y con las Comunidades Autónomas, por lo que el texto que se ha difundido es un borrador que irá mejorando y cambiando a partir de las negociaciones y aportaciones de todas las partes. Una vez llevado al Consejo de Ministros el EM será debatido en el Congreso de los Diputados para su aprobación definitiva.

En el caso de no aprobarse un nuevo Estatuto Marco, seguiría vigente el del año 2003 con todas las rigideces y problemas que genera en el día a día.

martes, 11 de febrero de 2025

Recordatorio.[El Confidencial] La EPA sobre datos de finales de 2024 sigue arrojando más de un millón de empleados públicos temporales, el 28,3% lejos del objetivo del 8%: "Fracaso" del plan de estabilización de 2021 que además el Tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado insuficiente como medida ante el abuso de temporalidad

 [Recordatorio de entrada publicada el 30/01/2025Informa El Confidencial este 29/01/2025 que la última Encuesta de Población Activa (EPA) del  INE que acaba de publicarse arroja la cifra de más de un millón de empleados públicos temporales a finales de 2024 suponiendo el 28,3% de los empleados públicos, calificando de "fracaso" el plan de estabilización aprobado en 2021 por el Estado para rebajar la temporalidad en las AAPP al 8% , dado que entonces la temporalidad pública se situaba en el 31,2% y para acercarse a ese 8% el número de temporales tendría que ser bastante menos que la mitad del número actual.

El medio recuerda el  anuncio antes del fin de año pasado del Ministro de  de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López de que se habían convertido en fijas 321.000 plazas de todas las AAPP por los procesos de estabilización, con lo que España cumple técnicamente con el hito concreto comprometido en el Plan de Recuperación ante la Comisión Europea pero teniendo en cuenta las jubilaciones de personal fijo y las contrataciones temporales que siguen realizando las AAPP el número total de empleados públicos se ha reducido sólo en 66 mil en ese período, quedando muy lejos del objetivo del 8% de temporalidad.

[CSIT-UP] 'Los médicos rechazan el borrador de Estatuto Marco, en la concentración frente al Congreso de los Diputados'

'Médicos y Facultativos se han concentrado de forma simultánea, esta mañana, en ciudades de todo el país, para mostrar de forma unánime su rechazo al borrador de Estatuto Marco propuesto por el gobierno. En Madrid, SIME, Sindicato de Médicos y Facultativos federado en CSIT UNIÓN PROFESIONAL, ha rubricado el manifiesto que se ha leído frente al Congreso de los Diputados mostrando el sentir unánime del colectivo de este colectivo de profesionales sanitarios y que a continuación desglosamos.

  • Puedes descargarte el manifiesto conjunto de las Organizaciones: AMYTS, ICOMEM para Todos, MUD, MNFM, SIME/CSIT UNIÓN PROFESIONAL, AME, pronunciado frente al Congreso de los Diputados esta mañana, pinchando aquí.

lunes, 10 de febrero de 2025

[AMYTS] 'POR UN ESTATUTO MÉDICO! Nos concentramos este lunes 10 de febrero a las 10:00 frente al Congreso de los Diputados para que la voz médica y facultativa sea escuchada'

[07/02/2025] 'El borrador del Estatuto Marco planteado por el Ministerio de sanidad ha levantado a la profesión médica. ¡Es hora de que nuestra voz sea escuchada! Y la próxima semana arrancan dos concentraciones importantes para que el Gobierno sepa que necesitamos un estatuto propio para la profesión médica y facultativa. No queremos más parches. 

El próximo lunes 10 de febrero AMYTS, ICOMEM PARA TODOS, MUD, MNFM, SIME/CSIT UNIÓN PROFESIONAL y AME nos concentraremos a las 10:00 horas frente al Congreso de los Diputados para reclamar un estatuto médico propio que mejore las condiciones laborales de la profesión.

viernes, 7 de febrero de 2025

[Araúz] Propuesta de Araúz de Disposición Adicional/Decreto Ley para dar cumplimiento en el sector publico a la Directiva 1999/70/CE tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y de 13/06/2024

 'Disposición …….….. Estabilización del personal público víctima de un abuso en su contratación temporal


  1. Con carácter excepcional y por una sola vez, como medida para prevenir, evitar y reprimir el abuso producido en su contratación temporal sucesiva, en aplicación de la Directiva 1999/70/CE y su Acuerdo marco, interpretada a la luz de la última jurisprudencia del TJUE, se obliga a los órganos competentes de todas las Administraciones territoriales y entes institucionales públicos que, a la fecha de publicación en el BOE de esta disposición legal, mantengan a funcionarios interinos, empleados estatutarios temporales y trabajadores temporales nombrados o contratados con anterioridad a 1 de febrero de 2022, cualquier que sea la causa o naturaleza de su nombramiento, para que en el plazo máximo de tres meses, procedan a su estabilización de la manera siguiente:

Recordatorio. [Araúz] 'Reunión junto con el sindicato DJusticia en el Congreso de los Diputados con Enrique Santiago, de Sumar, tratando de buscar una solución legislativa de estabilización automática para el personal temporal del sector público'

 [Recordatorio de entrada publicada el 31/01/2025] 'El pasado martes, junto con el sindicato DJusticia, Araúz se reunió en el Congreso de los Diputados con Enrique Santiago, de Sumar, tratando de buscar una solución legislativa de estabilización automática para el personal temporal del sector público, así como su intervención ante la Comisión Europea, a fin de que la normativa española se ajuste de una vez a la Directiva  1999/70, ya que la Ley 20/2021 ha sido declarada  contraria a esta norma comunitaria por la sentencia del TJUE de 13 de junio de 2024.

Araúz entrego al Diputado  una propuesta de reforma legislativa para que se introduzca en la primera disposición legal que se tramite en el Congreso y un escrito presentado en el Ministerio interesando que se paralicen los ceses de los empleados públicos víctimas de un abuso hasta que se clarifique la situación de incumpliendo en nuestro país de la Directiva precitada.'

miércoles, 5 de febrero de 2025

Admitida a trámite otra cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra sobre el concurso de méritos de la ley 20/2021 para secretarios de entidades locales navarras ,

EL BOE de este 04/02/2024 ha publicado la admisión a trámite  en el Pleno del pasado 28/01/2025, una nueva cuestión de inconstitucionalidad del Tribunal Superior de Justicia de Navarra sobre los concursos de méritos de la ley 20/2021 de concursos de méritos de secretarios de entidades locales navarras , , presumiblemente, por primar la experiencia en Navarra en su baremo.

Recordemos que el Pleno del Tribunal Constitucional ya habia admitido a trámite varias cuestiones de inconstitucionalidad del Tribunal Superior de Justicia de Navarra sobre los concursos de méritos de la Administración de Navarra y de secretarios de entidades locales navarras , en ambos casos, por primar la experiencia en Navarra.  

martes, 4 de febrero de 2025

[Comisión Europea] 'Las primeras reglas de la Ley de Inteligencia Artificial ya son aplicables' ["Para ayudar a garantizar el cumplimiento de la Ley de IA, la Comisión publicará directrices sobre las prácticas de IA prohibidas"]

'El domingo 2 de febrero comenzaron a aplicarse las primeras normas de la Ley de Inteligencia Artificial (Ley de IA). Entre ellas se incluyen la definición del sistema de IA, la alfabetización en IA y un número muy limitado de casos de uso de IA prohibidos descritos en la Ley de IA que plantean riesgos inaceptables en la UE.

 Para facilitar la innovación en IA, la Comisión publicará directrices sobre la definición del sistema de IA. El objetivo es ayudar a la industria a determinar si un sistema de software constituye un sistema de IA. 

[CCOO Sanidad nacional] 'La reclasificación profesional, la jornada de 35 horas en el SNS o la jubilación parcial y anticipada son algunas de las exigencias irrenunciables de CCOO en el nuevo Estatuto Marco'

 'Tras la reapertura de las negociaciones del Estatuto Marco en el Ámbito de Negociación del Ministerio de Sanidad, y ante la desinformación y los bulos que se están alentando con una clara intención de boicotear un diálogo que es fundamental para mejorar las condiciones de trabajo de la plantilla del Sistema Nacional de Salud (SNS), CCOO quiere puntualiza que el Estatuto Marco es la norma que establece el régimen jurídico del personal que trabaja en los servicios de salud del SNS, y regula, para todas y cada una de las categorías profesionales que lo integran, cuestiones tan importantes como las condiciones de acceso, jornada, clasificación, derechos, carrera profesional y el régimen disciplinario de las y los profesionales sanitarios y no sanitarios que prestan sus servicios en los centros sanitarios públicos.

Desde el principio de la negociación, hace dos años, todas las organizaciones sindicales sin excepción nos marcamos el objetivo de modernizar una norma que data de 2003, para adaptarla a la realidad actual y a las necesidades del conjunto de profesionales de la Sanidad pública. Recientemente, el Ministerio de Sanidad presentó un nuevo borrador de Estatuto, con una configuración diferente de la estructura del documento, conservando buena parte del trabajo de negociación realizado durante los últimos dos años, pero introduciendo también elementos hasta ahora no abordados en la mesa de negociación.

Entre los objetivos de CCOO para el desarrollo de la actualización de la norma siempre han estado presentes una serie de reivindicaciones históricas e irrenunciables y que serán determinantes para decidir el posicionamiento final de este sindicato con respecto al nuevo texto. Entre ellas destacan:

lunes, 3 de febrero de 2025

[CESM/SMA/MC,(AMYTS/SME/SN/...] ',Los sindicatos médicos anuncian movilizaciones contra el borrador del Estatuto Marco' [a nivel autonómico el 10 de febrero a las 11:00 , manifestación frente al Ministerio de Sanidad el 13 de febrero a las 12:00]

'Las organizaciones de médicos y facultativos CESM, SMA, MC, AMYTS, SME, SEMCA, SMN, OMEGA, AM, AME, PMNF, MUD y SMP anunciamos dos movilizaciones contra el borrador de la reforma del Estatuto Marco planteada por el Ministerio de Sanidad.

Los médicos y facultativos nos movilizaremos a nivel autonómico el próximo 10 de febrero a las 11:00 horas (cada sindicato comunicará, en su caso, lugar de la protesta) como previa a una gran manifestación que realizaremos frente al Ministerio de Sanidad el 13 de febrero a las 12:00 horas.

Las organizaciones estamos decididas a coordinar las acciones necesarias para alcanzar una regulación específica para el médico y el facultativo enfocada a que el Sistema Nacional de Salud (SNS) mantenga su elevado nivel de calidad asistencial y un grado de satisfacción relevante por parte de la ciudadanía. 

viernes, 31 de enero de 2025

[Araúz] 'Reunión junto con el sindicato DJusticia en el Congreso de los Diputados con Enrique Santiago, de Sumar, tratando de buscar una solución legislativa de estabilización automática para el personal temporal del sector público'

'El pasado martes, junto con el sindicato DJusticia, Araúz se reunió en el Congreso de los Diputados con Enrique Santiago, de Sumar, tratando de buscar una solución legislativa de estabilización automática para el personal temporal del sector público, así como su intervención ante la Comisión Europea, a fin de que la normativa española se ajuste de una vez a la Directiva  1999/70, ya que la Ley 20/2021 ha sido declarada  contraria a esta norma comunitaria por la sentencia del TJUE de 13 de junio de 2024.

[AJFV] 'Alegaciones al Anteproyecto LOPJ: esta reforma supone un grave riesgo a la independencia judicial por cuanto crea una “puerta de atrás” para integrar a jueces sustitutos en la carrera judicial al margen de las oposiciones que garantizan la igualdad, el mérito y la capacidad de los aspirantes'

 'La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) considera “anacrónico” y “gravemente lesivo para la conciliación personal y familiar” que el Gobierno pretenda implantar el traslado forzoso de jueces y fiscales a los tres años de ascender a la categoría de magistrado o fiscal.

El concurso forzoso a los tres años de ascender a la categoría de magistrado o de fiscal no se aplica a ningún otro funcionario de España.  Fue eliminado en la Carrera Judicial en el año 2009, pero, sorpresivamente, ha sido introducido en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley que regula el Estatuto del Ministerio Fiscal que fue aprobado como anteproyecto de ley por el Consejo de Ministros del pasado 21 de enero.

El traslado forzoso es “una propuesta anacrónica y gravemente lesiva para la conciliación personal y familiar, que no se aplica a ningún otro funcionario público”, denuncia AJFV en la batería de alegaciones que ha presentado a esta reforma y que se encuentra ahora en trámite de audiencia e información pública abierta.

La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) ha decidido remitir una batería de alegaciones a esta reforma al nuevo Comisario de Justicia de la Unión Europea, el irlandés Michael McGrath, ya que supone un grave riesgo a la independencia judicial al crear una “puerta de atrás” para designar a jueces al margen del sistema de oposiciones que garantiza el acceso en condiciones de igualdad, mérito y capacidad.

Para AJFV, la reforma establece una vía de entrada en la carrera judicial para los jueces sustitutos “que no se corresponde en modo alguno con el nivel de exigencia y excelencia que ineludiblemente ha de ir anudado a quien pretenda ocupar una plaza en el escalafón judicial.  Se pretende, así, tratar de manera injustificadamente desigual a quienes van a ocupar puestos de idéntica responsabilidad”, expone.

jueves, 30 de enero de 2025

[El Confidencial] La EPA sobre datos de finales de 2024 sigue arrojando más de un millón de empleados públicos temporales, el 28,3% lejos del objetivo del 8%: "Fracaso" del plan de estabilización de 2021 que además el Tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado insuficiente como medida ante el abuso de temporalidad

Informa El Confidencial este 29/01/2025 que la última Encuesta de Población Activa (EPA) del  INE que acaba de publicarse arroja la cifra de más de un millón de empleados públicos temporales a finales de 2024 suponiendo el 28,3% de los empleados públicos, calificando de "fracaso" el plan de estabilización aprobado en 2021 por el Estado para rebajar la temporalidad en las AAPP al 8% , dado que entonces la temporalidad pública se situaba en el 31,2% y para acercarse a ese 8% el número de temporales tendría que ser bastante menos que la mitad del número actual.

El medio recuerda el  anuncio antes del fin de año pasado del Ministro de  de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López de que se habían convertido en fijas 321.000 plazas de todas las AAPP por los procesos de estabilización, con lo que España cumple técnicamente con el hito concreto comprometido en el Plan de Recuperación ante la Comisión Europea pero teniendo en cuenta las jubilaciones de personal fijo y las contrataciones temporales que siguen realizando las AAPP el número total de empleados públicos se ha reducido sólo en 66 mil en ese período, quedando muy lejos del objetivo del 8% de temporalidad.

Recordatorio. [Arauz] El Tribunal Supremo admite a trámite recurso de casación sobre cuándo debe entenderse que caduca una Oferta de Empleo

[Recordatorio de entrada publicada el 17/01/2025

 'El Tribunal Supremo por Auto del 15 de enero de 2025, nos admite un recurso de casación para pronunciarse sobre cuándo debe entenderse que caduca una Oferta de Empleo y, por tanto, si el plazo de 3 años previsto en el art. 70 del EBEP debe entenderse cumplido cuando se desarrolla íntegramente el proceso selectivo dentro del mismo, o, por el contrario, si es suficiente para reputarlo observado con que la Administración publique la convocatoria del proceso selectivo en este plazo.

 

La cuestión tiene importancia por cuanto que, por un lado, puede beneficiar a aquellos funcionarios interinos cesados en virtud de un procesos selectivos cuya ejecución supero el plazo de 3 años y, por otro lado, para los procesos selectivos en curso, hay que tener en cuenta que el Real Decreto Ley 6/2023, en su art. 108.2 establece que las convocatorias deberán publicarse el mismo año natural de la publicación de la OPE y deberán ejecutarse en el plazo máximo de 2 años desde la publicación y las respectivas fases de oposición en un año, salvo causa justificada.

 

[AMYTS] 'MC, AMYTS y SME se reúnen con la ministra de Sanidad para abordar los problemas del borrador del Estatuto Marco y reclamar una regulación propia para el colectivo médico'

'Metges de Catalunya (MC), la Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (AMYTS) y el Sindicato Médico de Euskadi (SME) se han reunido este miércoles con la ministra de Sanidad, Mónica García, para debatir la situación creada en torno a la modificación del Estatuto Marco y  plantear las medidas que debería incluir para que el colectivo médico “encuentre acomodo y se sienta valorado”, y, a su vez, para que el Sistema Nacional de Salud (SNS) mantenga su elevado nivel de calidad asistencial y un grado de satisfacción relevante por parte de la ciudadanía. A criterio de los sindicatos, el calado de la propuesta y su especificidad justifican la necesidad de que las condiciones laborales, profesionales y retributivas del personal facultativo se regulen en un espacio propio de negociación. 

La propuesta de MC, AMYTS y SME ya fue trasladada en junio del año pasado, por vía telemática, a representantes del Ministerio de Sanidad. En este sentido, era importante para las tres organizaciones conocer la postura del ministerio que dirige Monica García, ya que consideran que dicho documento, en el contexto actual, se ha convertido en una “propuesta de mínimos” a partir de la cual se deberían iniciar las conversaciones. 

miércoles, 29 de enero de 2025

Recordatorio [DG Función Pública/BODECO] Plazos procesos de estabilización Ley 20/2021 [ el "incumplimiento" del plazo de 31/12/2024 no implica que las plazas “decaigan o caduquen”, ya "no hay habilitación presupuestaria que dé cobertura a la convocatoria de nuevos procesos" derivados de la Ley 20/2021 ]

 [Recordatorio de entrada publicada el 10/01/2025]

'CONSULTA:

Se plantea consulta con respecto de la aplicación de los plazos legales previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en relación con los procesos de estabilización.

 La citada ley incluye una serie de plazos temporales para dar cumplimiento al compromiso de España con la Unión Europea, en el marco del Plan de Recuperación, Transformacióny Resiliencia.

RESPUESTA:

[...] 

'La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, tiene por objeto la reducción de la tasa de temporalidad en el conjunto de las Administraciones Públicas españolas, configurándose la habilitación de convocatoria de procesos de estabilización la medida inmediata “para remediar la elevada temporalidad existente” a que se refiere el preámbulo de la Ley.

En ese marco, el propio preámbulo establece que la exigencia de los plazos fijados tiene por objeto “evitar dilaciones en estos nuevos procesos”.

En ese sentido, si bien se parte de la vinculación de todas las Administraciones Públicas al cumplimiento de estos plazos, es necesario destacar que la no observancia de alguno de ellos no deja de habilitar para el cumplimiento del objetivo finalista contemplado en la norma.

De esta forma el plazo del 31 de diciembre, recogido en la ley, opera en una doble dimensión: en cuanto a la habilitación para convocar procesos selectivos de estabilización al amparo de esta, y en cuanto al mandato para resolverlos. Conviene distinguir, por sus efectos, tales dos supuestos:

En relación con la convocatoria de los procesos de estabilización, el plazo previsto legalmente contiene materialmente una habilitación presupuestaria, al habilitar una tasa de estabilización, tal y como recoge el primer inciso del artículo 2.1'

[...]

'En consecuencia, finalizado el plazo previsto para la resolución de los procesos selectivos, el 31 de diciembre de 2024, no hay habilitación presupuestaria que dé cobertura a la convocatoria de nuevos procesos que no hubieran sido convocados con anterioridad.