'CCOO propone al resto de organizaciones sindicales con representación en el Área Metropolitana de Barcelona unir fuerzas para encontrar una solución conjunta para el personal interino de la administración metropolitana que se encuentra en fraude de ley, después de años y años (en algunos casos, más de una década) de contratación temporal. Hace unos días ese abuso ha sido denunciado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ante el Estado español: sentencia del 14 de abril de 2026, sobre el asunto Obadal (C-418/24), en base a la Directiva 1999/70/CE del Consejo de 28 de junio de 1999 relativa al Acuerdo marco de la CES, UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, que exige a los Estados miembros medidas duras para combatir el abuso de temporalidad.
Ante esta situación, desde CCOO se plantea la necesidad de impulsar un proceso de funcionarización restringido o de fijeza directa (tal y como pide el TJUE) para el personal interino metropolitano en fraude de ley, con valoración preferente de los servicios prestados en el mismo sitio de trabajo.
Además, se insta a que se paralicen aquellos procesos selectivos que cuenten con plazas ocupadas en fraude de ley para que sean incorporadas en proceso de funcionarización propuesto.
Toda esta materia está regulada por la ley actual que data de 2004. La nueva realidad recomienda una adecuación normativa para actualizar los grupos y subgrupos recogidos en la norma actual, de forma que se adecúen a las nuevas titulaciones creadas y respondan mejor a las titulaciones y perfiles profesionales que requiere una Administración moderna. Esto redundaría en una mejora en la organización de los recursos humanos lo que, a su vez, permitiría una respuesta adecuada a las necesidades de la ciudadanía. Supondría, además, un avance en la racionalización de la selección del personal, en coherencia con las necesidades organizativas de cada momento.
La futura ley busca simplificar el actual número de grupos y subgrupos, de modo que habrá 2 cuerpos profesionales y, dentro de ambos, se incluirán 54 escalas:
- El Cuerpo general: que integrará a quienes realizan funciones vinculadas a la actividad administrativa. Este cuerpo tendrá 4 escalas profesionales: superior de la Administración, de gestión administrativa, administrativa y auxiliar administrativa.
- El Cuerpo especial: integrará a quienes realizan funciones que requieren un conocimiento específico propio de una profesión o de puestos determinados. Este cuerpo distinguirá 50 escalas profesionales, como, por ejemplo, farmacia, minas, jurídica, cartográfica, medicina, urbanismo, etc.
El proyecto de ley contiene dos disposiciones adicionales que posibilitarán la creación de turnos especiales de acceso en las OPE para los trabajadores interinos que acrediten un mínimo de ocho años de antigüedad en los cuerpos y escalas a los que pertenezcan las plazas convocadas. Este canal se habilitará en los casos en los que la interinidad supere un 40% de la plantilla. El proceso constará de una única prueba, de carácter práctico, relacionada con los procedimientos y funciones habituales de los puestos de cada convocatoria. Será una prueba eliminatoria dentro de los concursos-oposición.