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lunes, 18 de marzo de 2024

Coalición Canaria presenta una Proposición No de Ley para instar al Gobierno a que legisle cumpliendo con la reciente sentencia del Tribunal de justicia dela UE y , mientras tanto, se prorrogen los plazos de la Ley 20/2021

Coalición Canaria vía su diputada del  l Grupo Parlamentario Mixto, Cristina Valido García, ha presentado una Proposición no de Ley (nº expediente 162/165) sobre "la estabilización del personal laboral al servicio de las administraciones públicas en abuso de temporalidad", tras la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la UE del 22/02/2024.  Nótese que es una propuesta  presentada -por tanto, todavía no aprobada- y además de una PNL -que en caso de aprobarse no sería vinculante para el Gobierno del Estado-, y, ni muchos menos se trata de una publicación de una ley aprobada (como mucha gente ha podido pensar al ver el texto en un "boletín", el del congreso de los diputados).

Literalmente reza así:

viernes, 15 de marzo de 2024

Recordatorio. IMPORTANTE [Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo planteará cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE sobre el modo de aplicar la fijeza en el empleo público. La Sala Cuarta del Tribunal Supremo anuncia que va a iniciar los trámites para despejar algunas dudas suscitadas tras la importante sentencia del pasado 22 de febrero'

[Recordatorio de entrada publicada el 07/03/2024'El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en sesión no jurisdiccional, ha analizado el modo de aplicar la STJUE de 22 de febrero de 2024 (asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22) sobre personal indefinido no fijo, a los múltiples recursos pendientes de resolución. 

Con el deseo de llevar a cabo su correcta interpretación, y ante la existencia de importantes dudas acerca de su alcance en determinados aspectos, la Sala ha acordado iniciar las actuaciones a fin de formular una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En especial, para resolver las dudas acerca del modo en que compatibilizar la doctrina acuñada por la citada sentencia con las normas relativas al acceso al empleo público (incluyendo a los nacionales de los Estados miembros) así como con las reglas del ordenamiento jurídico nacional que garantizan el derecho de acceso al empleo público conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad.'

Publicadas en el BOCM las primeras declaraciones de proceso superado del concurso de méritos del SERMAS según la ley 20/2021:categorías de Maestro Industrial y Tapicero

Este 14/03/2024 se han publicado en el BOCM   y en la página web del SERMAS dedicada a los procesos selectivos las primeras declaraciones de personas que han superado el proceso de  convocatorias 2022 de procesos de estabilización de empleo temporal de la OPE 2022 del SERMAS  calificaciones definitivas del Concurso de Méritos según  Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad  en el caso del Servicio Madrileño de Salud, en concreto para las categorías de Maestro Industrial y de Tapicero, categorías que contaban sólo con 1 plaza y 2 plazas respectivamente, abriéndose ademñas el proceso de elección de plazas ofertadas, en ambos casos igual en número al de personas que han superado el proceso, y del tipo llamamiento directo dado el escaso número de plazas.

jueves, 14 de marzo de 2024

[UGT Sanidad Madrid] Próxima publicación del concurso de méritos de personal sanitario de la instituciones sanitarias de la Comunidad de Madrid de las OPEs 2022 y 2023

'Según nos informa la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud y en relación con la Oferta de Empleo Público del personal de Instituciones Sanitarias de la Comunidad de Madrid para el año 2022 y 2023.

 

El próximo lunes 18 de marzo del 2024, está prevista la publicación, en la página web de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), la resolución del 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca concurso de méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del Servicio Madrileño de Salud de:

[temporalesCyL] Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León paraliza procesos judiciales sobre ceses de personal en abuso tras la reciente sentencia del Tribunal de Justica de la UE

Informa en su cuenta de X (antes Twitter) este 13/03/2024  la Plataforma de empleados públicos CONTRA el fraude de ley y abuso de temporalidad este 13/03/2024 que la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León , tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE del 22/02/2024, paraliza procesos judiciales pendientes sobre ceses de empleados públicos [laborales, por tanto] en abuso de temporalidad.

 

lunes, 11 de marzo de 2024

Recordatorio. Resumen de la comparecencia del Dir. Gral de RRHH en Comisión de Sanidad sobre OPE 2021 del SERMAS: fue absorbida por OPE 2022 de estabilización por concurso de méritos, que está en fase de resolución de recursos de alzada de los resultados definitivos. Las convocatorias por concurso-oposición de facultativos especialistas de Diciembre 2021 tendrán sus exámenes después de la resolución del siguiente concurso de méritos de las OPEs 2022-23 ordinarias. Las publicaron "desconociendo" que días después el Estado publicaría la ley 20/2021

 [Recordatorio de entrada publicada el 05/03/2024] Este lunes 04/03/2024 tuvo lugar reunión de la Comisión de Sanidad de la Asamblea de Madrid  contando  en su orden del día , entre otros puntos, con la comparecencia (C 1191/23)  del Director General de RRHH y Relaciones Laborales del SERMAS,, a petición del Grupo VOX, al objeto de informar de las "sobre efecto que puede tener la tramitación de Ofertas Públicas de Empleo 2021"

 
Puede verse una retransmisión de la sesión en la web de la Asamblea de Madrid.
 
La peticionaria de la comparecencia, portavoz de Vox, mencionó en su intervención que su pregunta se refería a las convocatorias de procesos selectivos por concurso oposición en 2021 y en especial a las de médicos especialistas convocadas en Diciembre de 2021 poco antes de la publicación de la nueva ley de estabilización 20/2021, con las que tendrían que haber sido convocadas por concurso de méritos excepcional de estabilización.

El Director General de RRHH del SERMAS , en su turno inicial de la comparecencia, indicó  [audio íntegro]:

Ceses masivos, sin indemnización, de Auxiliares Administrativos tras la resolución final de los procesos por oposición de las OPEs ordinarias de 2017-2019 de Administración General de la Comunidad de Madrid , 760 plazas temporales ya todas más de 5 años

Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de este 01/03/2024, la "ORDEN de 1 de marzo de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombran 760 funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxiliares de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, dela Administración General y Servicios de la Comunidad de Madrid" por la resolución del proceso selectivo  convocado "por Orden 1916/2019, de 7 de junio (B.O.C.M. de 26 de junio), de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, y ampliándose plazas mediante la Orden 539/2021, de 9 de marzo (B.O.C.M. de 16 de abril), de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública".

 

Dichas convocatorias derivan de  OPEs ordinarias de la Administración General y Servicios de la Comunidad de Madrid de los años 2017 , 2018 y 2019, por tanto , de plazas de funcionarios vacantes de 2016 a parte de 2019 como mucho, con lo que todos los temporales que las sigan ocupando llevan en dichas  vacantes entre 5 y 8 años (y, en muchos casos, como funcionarios interinos de la misma categoría y AAPP muchos más. 

 

Recordatorio. INFORSALUD 2024. XXVII Congreso nacional de Informática de la Salud, de la SEIS, del 12 al 14 de Marzo en Madrid. Programa . Ponentes de la C. de Madrid

 [Recordatorio de entrada publicada el 06/03/2024]

Del 12 al 14 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXVII Congreso nacional de Informática de la Salud o INFORSALUD 2024 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] con el lema "La cooperación clave para el éxito de la transformación digital del SNS".

Ya está disponible  el programa  que contará con:

  • las habituales Mesas de Debate, este año: “La transformación digital en atención sanitaria: retos (medicina personalizada”, “Recursos humanos y la transformación digital”, “Como avanzar en gobernanza de la transformación digital en el SNS”, “Cooperación para el marco legal y regulador de la inteligencia artificial en salud”,“Securizando la infraestructura sanitaria: trabajo equipo”  ,“La cooperación del espacio de datos de salud de salud” y “Cooperación instituciones e industria para la personalización de la asistencia”
  •  una  mesa redonda especial de la Plataforma de Innovación,
  • las  presentaciones de  soluciones de la industria 
  • las presentaciones   de las  Comunicaciones, Pósteres y Proyectos de innovación aceptadas de entre las  recibidas en el plazo,
  • nuevamente INFORFARMA , o sección temática del congreso dedicada a la informática, con dos mesas redondas, 
  • y una sección con una mesa redonda para profesionales de enfermería,
  • finalizando con la tradicional entrega de premios a las comunicaciones, pósteres y proyectos de innovación.
 
 

Los ponentes de la Comunidad de Madrid serán (salvo omisiones involuntarias por nuestra parte):

  • Miércoles, 13 09.30 - 11.00 - Sala 1 - Sesión Debate 1:
    Ponente: Nuria Ruiz Hombrebueno, Directora General de Salud Digital de la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid

viernes, 8 de marzo de 2024

Publicadas exclusión, por renuncia expresa, de un aspirante al concurso de méritos de Ley 20/2021 del SERMAS para la categorías de Técnico Superior en Sistemas y.T.I.

Este 07/03/2024  se ha publicado la Resolución de 4 de marzo de 2024 de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud , por la que declara la exclusión de una aspirante en el proceso selectivo  del Concurso de Méritos  de la Ley 20/2021 del SERMAS para la categoría  de Técnico Superior en Sistemas y.T.I.    por renuncia personal expresa

Ya se habían publicado las calificaciones definitivas  del concurso de méritos de estabilización del SERMAS para dicha categoría, estando prevista la publicación de forma inminente del correspondiente boletín oficial con la declaración de los aspirantes que han superado el proceso selectivo, que, por tanto, tendrá en cuenta ya esta exclusión, y aparecerá en la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el turno libre la persona siguiente en el orden de las calificaciones definitivas.

 

Recordatorio [21/11/2018] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su 2ª sentencia sobre el caso de la laboral pública interina de sustitución prolongada De Diego Porras, tras las dudas del Supremo en rebajar o ni dar indemnización alguna, responde que no es contraria a la norma europea la ley española que no indemniza al laboral interino de sustitución cesado por la cobertura normal de su puesto, salvo que se constate abuso de temporalidad para lo que debe existir al menos una medida eficaz para sancionarlo, algo que deja dirimir al Supremo. Y responde con carácter orientativo que la indemnización ante el cese planteada no es una medida suficiente por sí sola para sancionar el abuso en duración de temporalidad, si bien también le incumbe apreciarlo al juzgador nacional, en este caso un Tribunal Supremo que sostuvo que el pago de 12 días por año contemplado para los ceses de laborales por obra y servicio o por tiempo determinado sí sería una medida adecuada

 [Recordatorio de entrada publicada el 21/11/2018 OJO hace más de 5 años] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] acaba de hacer pública su sentencia del asunto C-619/17 o 2º asunto Ana De Diego Porras , una "cuestión prejudicial" planteada por la sala de lo Social del propio Tribunal Supremo español  (durante el recurso de casación 3970/2016 )). La cuestión, tres cuestiones realmente,   versaban sobre el derecho a indemnización al personal laboral interino de sustitución ante el cese por cobertura normal de su plaza (la reincorporación del empleado sustituido) , con atención especial al caso de relación laboral de prolongada y abusiva temporalidad  , y en el caso de que correspondiera indemnización  y si correspondía indemnización si no debería ser de 12 días por año  en vez de la de 20 días por año  deducida por el tribunal inferior de la sentencia previa europea del mismo caso.


En efecto, recordemos que se trataba del mismo caso de la empleada del  Ministerio de Defensa que ya pasó por por el Tribunal de Justicia Europeo en otra cuestión prejudicial al TJUE, de número de asunto
C-596/14 , aquella vez de la instancia, inferior  al Tribunal Supremo, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, cuestión cuya sentencia fue una de las
3 famosas sentencias del Tribunal europeo de Septiembre de 2016 y por la que el Tribunal Superior de Justicia le concedió a la demandante una indemnización de 20 días por año trabajado por su cese como sustituta por cobertura de su puesto ante la vuelta del propietario fijo.  El Ministerio  de Defensa recurrió y el recurso  llegó a la Sala Social de un Tribunal Supremo que acabó planteando una serie de cuestiones que como, señalaba el profesor Eduardo Rojo,  parecían con el objetivo de  "obtener una resolución judicial que dé una respuesta distinta a la anterior sobre el mismo caso" , en concreto, una rectificación "a la baja " para el empleado  como se temía desde aquellas  declaraciones del presidente del Tribunal europeo  tras su cita con el Gobierno español -por otra parte muy interesado en que no haya que abonar indemnizaciones ante los miles de ceses previstos por las OPEs extraordinarias masivas- ,y como  ya se percibió -en parte- en la sentencia a principios de Junio  del mismo Tribunal de Justicia Europeo   del asunto C-677/16 Montero Mateos ante una cuestión similar pero esta vez para el  sobre el derecho al cobro de indemnizaciones a  laborales interinos de vacante si son cesados por la cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo), "reculando" entonces el alto Tribunal Europeo con respecto a sus sentencias de 2016 para responder a las preguntas realizadas que NO era contraria  a la normativa europea la normativa española existente de no conceder indemnización alguna al laboral interino de vacante cesado por cobertura normal de su puesto (como una Oferta Pública de Empleo).

jueves, 7 de marzo de 2024

[Redacción Médica] El Ministro José Luis Escrivá responde a las declaraciones de Yolanda Díaz que se remite al compromiso con la UE de reducir la temporalidad pública con los procesos de estabilización emprendidos según la ley ya aprobada al efecto, la ley 20/2021 [ El Tribunal de Justicia de la UE falló en esa sentencia que procesos selectivos con plazas ocupadas por personal en abuso de temporalidad VIOLAN la normativa UE si no tienen en consideración la situación de abuso de temporalidad de dicho personal]

Informa Redacción Médica este 06/03/2024 que el Ministro de Función Pública, José Luis Escrivá, preguntado por las declaraciones de la vicepresidenta 2ª del Gobierno, Yolanda Díaz,  tras la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 22 de febrero, e el “el debate tiene que ser de más calado", que habrá una  reforma de la Administración a futuro  como la anunciada en su reciente comparecencia en el Congreso, y , ya en concreto, en cuanto al personal temporal de larga duración existente de forma masiva, que  "se remite al compromiso" reflejado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ante la Comisión Europea  y en la Ley que aprobó el Gobierno anterior para cumplirlo, la Ley  20/2021, de 28 de diciembre, de reducción de la tasa de temporalidad estructural al 8 por ciento incluyendo procesos de  "estabilización de plazas" que persiguen estabilizar 300.000 trabajadores, asegurando que “llevamos 225.000 en este momento”.

IMPORTANTE [Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo planteará cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE sobre el modo de aplicar la fijeza en el empleo público. La Sala Cuarta del Tribunal Supremo anuncia que va a iniciar los trámites para despejar algunas dudas suscitadas tras la importante sentencia del pasado 22 de febrero'

'El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en sesión no jurisdiccional, ha analizado el modo de aplicar la STJUE de 22 de febrero de 2024 (asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22) sobre personal indefinido no fijo, a los múltiples recursos pendientes de resolución. 

Con el deseo de llevar a cabo su correcta interpretación, y ante la existencia de importantes dudas acerca de su alcance en determinados aspectos, la Sala ha acordado iniciar las actuaciones a fin de formular una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En especial, para resolver las dudas acerca del modo en que compatibilizar la doctrina acuñada por la citada sentencia con las normas relativas al acceso al empleo público (incluyendo a los nacionales de los Estados miembros) así como con las reglas del ordenamiento jurídico nacional que garantizan el derecho de acceso al empleo público conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad.'

[Europa Press] La vicepresidenta 2ª del Gobierno, Yolanda Díaz, celebra la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de febrero y afirma que "hay que hacer la misma reforma de estabilidad" para el abuso de la temporalidad en las AAPP que para las empresas privadas

Informa Europa Press este 06/03/2024 que la vicepresidenta 2ª del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha declarado en una entrevista a RNE [ver extracto del momento en Twitter] que "celebra" la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 22 de febrero sobre el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas españolas , afirmando que tras esta sentencia que "la misma reforma que hemos hecho de la estabilidad en la empresa privada, hay que hacerla en el trabajo público".

miércoles, 6 de marzo de 2024

[UGT Servicios Públicos nacional] Convocada reunión de la Comisión de Seguimiento de la Estabilización por el Ministerio de Función Pública este 06/03/2024: datos de establización en AAPP y sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 "en referencia al personal indefinido no fijo de las AAPP"

 'El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, ha convocado reunión de la Comisión de Seguimiento de la Estabilización para el próximo  miércoles 6 de marzo a las 13:00 horas.


Entre los asuntos a tratar en la reunión se encuentra, tanto los datos de  estabilización en las Administraciones y Empresas Públicas, como la última sentencia emitida por el TJUE en referencia al personal indefinido no fijo de las
Administraciones Públicas.'

 

INFORSALUD 2024. XXVII Congreso nacional de Informática de la Salud, de la SEIS, del 12 al 14 de Marzo en Madrid. Programa . Ponentes de la C. de Madrid

Del 12 al 14 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXVII Congreso nacional de Informática de la Salud o INFORSALUD 2024 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] con el lema "La cooperación clave para el éxito de la transformación digital del SNS".

Ya está disponible  el programa  que contará con:

Recordatorio. [22/02/2024] El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024 a asuntos acumulados Consejería de Presidencia C.M./UNED/AMAS, reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad , tumba tanto la figura del indefinido no fijo para abuso de temporalidad del laboral público como que , en general, puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021

 [Recordatorio de entrada publicada el 22/02/2024] Este mismo jueves 22/02/204 a las 09:30, como  estaba previsto ha tenido lugar la lectura y publicación de la importante sentencia del del Tribunal de Justicia de la UE  de los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22, C-159/22 o asuntos "Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid/UNED/AMAS de la Comunidad de Madrid" , todos por cuestiones prejudiciales de la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En concreto, se trata de los asuntos:


Recordemos que en los dos primeros asuntos, ambos sobre personal laboral ya declarado previamente como indefinido no fijo, esta sección de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid  cuestionaba en general la actual doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de conceder nada más que esa figura de indefinido no fijo al laboral empleado público como sanción al abuso de temporalidad y , preguntaba al Tribunal Europeo, refiriéndose en concreto ya a estos casos de personal ya indefinido no fijo:_
  •  si esa figura  del "indefinido no fijo" [INF] es un "contrato de duración determinada" de los de la cláusula 5ª en la Directiva 1999/70/CE [es decir, temporal], y si, en ese caso, no debería considerarse abuso de temporalidad según dicha cláusula 5ª de la Directiva permanecer a su vez  tiempo bajo esa figura de indefinido no fijo sin que se cumpliera con la obligación de cobertura inmediata del puesto con el proceso selectivo y cuál debería ser la consecuencia de este abuso, si en especial valdrían como sanción, considerando el tribunal remitente que no,:
    • la indemnización al cese de sólo 20 días por año trabajado con tope de 12 meses que ya tiene concedido al indefinido no fijo 
    • el ŕegimen de "responsabilidades" difuso e inconcreto establecido especialmente desde el Real Decreto-Ley 14/21  vigente cuando se emitieron los dos primeros Autos de los dos primeros asuntos, y que fue incorporado tal cual en la posterior nueva Ley 20/2021
    • los procesos selectivos denominados "de estabilización" pero que son de libre concurrencia y convencionales, por tanto de futuro incierto para la persona en abuso que puede acabar perdiendo el empleo, con oposición en general, tanto los derivados de las leyes estatales de 2017 y 2018 como los derivados del Real Decreto-Ley 14/2021 -los vigentes  cuando se emitieron los dos primeros Autos de los dos primeros asuntos-, estos últimos , los procesos derivados del RDL 14/2021, ya admeás  con una compensación de 20 días por año con tope 12 mensualidades en el caso de perder el empleo por dicho proceso selectivo,

  •  si se considera que no hay medidas válidas de sanción, es decir "en caso de considerar que no existen medidas suficientemente disuasorias en la legislación española", si la consecuencia deabuso de temporalidad en  un empleado público laboral indefinido no fijo mantenido años debe ser , en lugar del simple mantenimiento como indefinido no fijo hasta que la administración proceda con el proceso selectivo para la cobertura de su puesto o la amoritzación, pues "el reconocimiento  del trabajador como fijo plenamente, sin matizaciones", e  incluso aunque se esté interpretando por el Supremo  que el principio de igualdad en el acceso de la Constitución Española impide esa fijeza, preguntando entonces además, si dado que para esta Sala remitente no hay problema constitucional en dicha fijeza por abuso para los empleados públicos laborales, no sería válida esa "interpretación conforme" del derecho español al europeo que permite considerar que en estos casos de empleados laborales en abuso no se viola la Constitución con la conversión en fijo (siempre como única medida de sanción ya posible a falta de otras medidas de sanción contempladas en la ley , como sería el caso de cuando se pusieron las demandas si el tribunal no admite como válidas ni la permanencia en indefinidoo no fijo, ni su indemnización de 20 días al cese ni dichos procesos selectivos abiertos)

En el tercer asunto , el asunto AMAS, ya sobre una laboral temporal de contrato de interinidad prolongado en el tiempo, se realizan prácticamente las mismas cuestiones- ,  pero para el caso de un empleado público laboral que todavía no es indefinido no fijo y salvo las primeras preguntas de si ese tipo de contrato es temporal y si permanecer enese tipo de contrato es un abuso de temporalidad, cuestiones ya contestadas explícitamente de forma afirmativa para ese tipo de temporal en la sentencia previa del Tribunal Europeo del asunto IMIDRA y reconocidas por la propia doctrina de la Sala de lo Social en su reacción en Pleno de junio de 2021 a la sentencia IMIDRA.
 

Recordatorio [05/05/2023] El Tribunal Supremo reitera que las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 no vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidadal interpretar que no se sigue de las sentencias europeas que sea "ineludible" establecer una sanción si no está ya contemplada en la legislación española y servir esos procesos para la finalidad de aumentar la contratación indefinida en el empleo público

 [Recordatorio de entrada publicada el 05/05/2023 OJO hace casi 1 un año] Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 21/04/2023 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo al recurso de casación n•5972/2021 del Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración [SINTTA],  contra la OPE de estabilización de 2019 de la Administración de Asturias, uno de los 3 recursos de casación que habían sido admitidos a trámite de demandas de empleados públicos temporales con el abogado Raúl Bocanegra contra sendas Ofertas de Empleo Público de "estabilización" derivadas de las leyes anteriores estatales de procesos estabilización de 2017/2018 (en concreto, del artículo 19.Uno.9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 ) acordados con los sindicatos estatales. En especial, no se trata de una OPE de estabilización derivada de la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública.

Por el recurso de casación nº 3960/2021 de 10 empleados públicos  contra la OPE de estabilización de 2019 de personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, esta Sala del Supremo ya dictó sentencia el 24/01/2023 de la que informamos aquí:.el Tribunal Supremo sentenció que las leyes de estabilización anteriores no vulneran la normativa europea contra el abuso de temporalidad al interpretar que no se sigue de las sentencias europeas que sea "ineludible" establecer una sanción si no está ya contemplada en la legislación española y servir esos procesos para la finalidad de aumentar la contratación indefinida en el empleo público .

Recordemos que se demandaba la nulidad de esa OPE de estabilización en base, originalmente, a estos dos fundamentos sobre el artículo 19.Uno.9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 (es decir , en base a fundamentos sobre la ley estatal de la que deriva la OPE recurrida y no en base  a fundamentos sobre el Decreto de OPE en sí mismo):
  1. vulnera la cláusula 5ª sobre abuso de temporalidad del Acuerdo Marco contenido en  la Directiva Europea 1999/70/CE"  , según la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea 19/03/2020 - del asunto principal "Sánchez Ruiz", un informático nuestro- , al regular ese artículo de la Ley de Presupuestos de 2018 que se realice con las plazas ocupadas por temporales más de 3 años a 31/12/2017, y por tanto, con empleados en situación de temporalidad abusiva, una oferta de empleo público de convocatorias de libre concurrencia con la que se puede cesar al personal en abuso siendo sustituido por otros, solicitando que el órgano judicial, por primacía del derecho de la Unión, aplique la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al respecto,

martes, 5 de marzo de 2024

Recordatorio. Carta abierta al Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS [ Solicitud sobre procesos selectivos de categorías de S.T.I. del SERMAS: que no haya ceses por el de concurso de méritos y que los siguientes de OPEs ordinarias sean también por concurso de méritos]

 [Recordatorio de entrada publicada el 08/02/2024[NOTA DEL EDITOR PREVIA: CARTA ABIERTA DE APISCAM A L DIIR. GRAL DE RRHH Y RRLL DEL SERMAS , Miguel Ángel Rodríguez Roiloa, registrada este 08/02/2024]

 

Estimado Señor Director General: 

Me dirijo a Vd. como presidente de la Asociación de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de Madrid (APISCAM) -asociación que cuenta entre sus socios con la mayoría del personal informático propio de las instituciones sanitarias del SERMAS-, en primer lugar, dado que es nuestra primera cara dirigida a VD, para darle mi enhorabuena por su nombramiento en este nuevo cargo y desearle éxito en su desempeño, confiando que continúen los estrechos contactos e incluso la mano tendida hacia la problemática de este colectivo de su predecesora en la anterior legislatura.


Muy probablemente su predecesora le trasladara la problemática excepcional de este colectivo que se resumía en el hecho de que un 80% del personal que realiza las funciones de informática en las instituciones sanitarias del SERMAS no se encuentra fijo en las categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información [S.T.I.] del SERMAS creadas al efecto tras petición de esta asociación , siendo la temporalidad mayoritaria de más de 10 y 15 años.


A ese respecto, en 2021 se publicó la Ley 20/2021 de reducción urgente de la temporalidad pública que, como Vd sabe, obligaba a todas las AAPP a realizar procesos excepcionales por el sistema de concursos de méritos con las plazas estructurales cubiertas temporalmente desde antes 1/1/2016 así como las posibles adicionales de personal temporal con esa antigüedad o superior. 

 

Resumen de la comparecencia del Dir. Gral de RRHH en Comisión de Sanidad sobre OPE 2021 del SERMAS: fue absorbida por OPE 2022 de estabilización por concurso de méritos, que está en fase de resolución de recursos de alzada de los resultados definitivos. Las convocatorias por concurso-oposición de facultativos especialistas de Diciembre 2021 tendrán sus exámenes después de la resolución del siguiente concurso de méritos de las OPEs 2022-23 ordinarias. Las publicaron "desconociendo" que días después el Estado publicaría la ley 20/2021

Este lunes 04/03/2024 tuvo lugar reunión de la Comisión de Sanidad de la Asamblea de Madrid  contando  en su orden del día , entre otros puntos, con la comparecencia (C 1191/23)  del Director General de RRHH y Relaciones Laborales del SERMAS,, a petición del Grupo VOX, al objeto de informar de las "sobre efecto que puede tener la tramitación de Ofertas Públicas de Empleo 2021"

 
Puede verse una retransmisión de la sesión en la web de la Asamblea de Madrid.
 
La peticionaria de la comparecencia, portavoz de Vox, mencionó en su intervención que su pregunta se refería a las convocatorias de procesos selectivos por concurso oposición en 2021 y en especial a las de médicos especialistas convocadas en Diciembre de 2021 poco antes de la publicación de la nueva ley de estabilización 20/2021, con las que tendrían que haber sido convocadas por concurso de méritos excepcional de estabilización.

El Director General de RRHH del SERMAS , en su turno inicial de la comparecencia, indicó  [audio íntegro]:

lunes, 4 de marzo de 2024

Recordatorio. INFORSALUD 2024. XXVII Congreso nacional de Informática de la Salud, de la SEIS, del 12 al 14 de Marzo en Madrid. Programa preliminar

 [Recordatorio de entrada publicada el 21/02/2024]

Del 12 al 14 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXVII Congreso nacional de Informática de la Salud o INFORSALUD 2024 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] con el lema "La cooperación clave para el éxito de la transformación digital del SNS".

 

Ya está disponible un  programa preliminar que contará con: