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jueves, 11 de junio de 2026

[Bloque de plataformas, asociaciones y sindicatos] 'Cuenta atrás hacia el 29 de junio: el bloque unitario exige una respuesta inmediata ante el dictamen motivado de la Comisión Europea' [Llama al arco parlamentario a comprometerse con una ley conforme a la Directiva 1999/70/CE y la jurisrprudencia europea sobre abuso de temporalidad pública]

'El avance del procedimiento de infracción INFR(2014)4334 hasta la fase de dictamen motivado, junto con la pérdida ya materializada de 626 millones de euros, sitúan a España ante un momento límite.

La Comisión Europea ha fijado el 29 de junio de 2026 como fecha tope para adoptar medidas que garanticen el cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

No hay margen político. Solo hay una decisión pendiente.

En este contexto, el bloque formado por plataformas, sindicatos alternativos, asociaciones y colectivos —que crece y se refuerza cada día— destaca el paso dado por el Grupo Parlamentario de Podemos, que ha asumido como propias las líneas rojas innegociables como base para una solución conforme al Derecho europeo.

Este posicionamiento responde a una trayectoria sostenida y documentada:

[Poder Judicial] 'El TSJPV declara la fijeza de una empleada municipal que tras encadenar diversos contratos temporales superó un proceso selectivo pero no sacó plaza. La Sala considera que la superación de un proceso selectivo por el trabajador “es suficiente, si es en una convocatoria para puesto fijo y no temporal, para consolidar la fijeza, porque con tal acontecer se demuestra la superación de un procedimiento de acceso a la función pública con los requisitos del artículo 103.3 de la Constitución Española”'

'La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha reconocido la fijeza de una trabajadora de una escuela infantil municipal que, tras encadenar desde 1995 diversos contratos temporales, superó un proceso selectivo en 2022 pero no logró plaza.

El TSJPV recoge la sentencia dictada por el pleno del Tribunal Supremo (TS) el pasado 11 de mayo que fijó criterio contra el abuso en la contratación temporal laboral en las Administraciones públicas tras la sentencia del TJUE de 14 de abril de 2026.

El TS ha establecido que la contratación temporal de personal laboral por parte de las Administraciones públicas sin superar un procedimiento de acceso al empleo público no permite declarar la condición de fijeza de esos trabajadores como consecuencia directa del abuso de la temporalidad porque se vulneraría la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público.

Solamente cuando una persona haya participado en una prueba selectiva para la contratación de personal fijo y la haya superado pero no haya obtenido plaza porque el número de aspirante que ha demostrado su capacitación sea superior al número de plazas ofertadas, si posteriormente suscribe contratos de duración determinada y se produce un abuso en la temporalidad no resulta contra legem (contra ley) la conversión de ese contrato en una relación laboral fija, dice el TS.

miércoles, 10 de junio de 2026

Recordatorio. Publicada en el Boletín la OPE 2026 ordinaria de la Comunidad de Madrid con 8.143 plazas, entre ellas 3.321 de turno libre del SERMAS . 68 plazas de Madrid Digital y 1.719 de personal funcionario de administración general haciendo uso para 594 plazas de la tasa "específica" habilitada por el Estado para reducir la temporalidad a menos del 8% con procesos selectivos ordinarios. El índice de temporalidad en los empleados públicos de la C. de Madrid supera el 40% y decenas de miles de empleados públicos deben de seguir en abuso de temporalidad.

 [Recordatorio de entrada publicada el 29/05/2026 en este blog]  

Se ha publicado en el BOCM de ste 28/05/2026 el Decreto 54/2026, de 27 de mayo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2026, con un total de 8.143 plazas , 3.321de ellas del SERMAS de turno libre y que incluyen, además de plazas de personal laboral de investigación, personal laboral del H. Fundación Alcorcón,  personal funcionario y laboral  de la Administración General y de Madrid Digital y   personal docente de enseñanzas no universitarias .

 En concreto, la OPE 2026 ordinaria de la C. de Madrid incluye:

  •  7.117 plazas de turno libre computadas por la tasa ordinaria de reposición:
    • 3.321 plazas de personal estatutario del SERMAS como  se informó en su Mesa Sectorial , entre ellas
      • 7 de Técnicos Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información (A1)
      • 10 de  Técnicos de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información (A2)
      • 12 de Técnicos Especialistas de Sistemas y Tecnologías de la Información (C1)
    • 10 plazas de Personal laboral de investigación (Investigadores Biosanitarios Doctores)
    • 61 plazas de personal laboral del ente público Hospital Universitario Fundación Alcorcón 
    • 47 plazas de personal laboral de la empresa pública Hospital Universitario de Fuenlabrada
    • 1175 plazas de  personal de Administración y Servicios de la C. de Madrid
      • 619 plazas de  personal funcionario 
      • 556 de personal laboral 
    • 18 plazas de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid o "Madrid Digital" (antigua ICM)
    • 1 plaza para el Ente Público Canal de Isabel II
    • 2.484 plazas de persona docente no universitario de la C. de Madrid

  • 594 plazas de turno libre  computadas por la "tasa específica" , autorizada por el apartado dos.3 del artículo 20 de la ley de presupuestos generales del Estado para 2023 , la que "sea necesaria para dar cumplimiento del objetivo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de que la temporalidad en el empleo público no supere el 8%de las plazas de naturaleza estructural en cada uno de sus ámbitos" (apartado que NO habilita a utilizar sistemas selectivos extraorinarios)
    • 544 plazas del Cuerpo de Auxiliares del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid
    •  50  plazas de la Administración Digital de la Comunidad de Madrid o "Madrid Digital" (antigua ICM)
  • TOTAL de plazas de turno libre (para convocatorias ordinarias, sumando tasa reposición y "específica): , 7.711  plazas repartida así
    • 3.321 plazas de personal estatutario del SERMAS +10 plazas de Personal laboral de investigación+61 plazas de personal laboral del  H. Fundación Alcorcón+47 plazas de personal laboral del  H. de Fuenlabrada
    •  2.484 plazas de persona docente no universitario de la C. de Madrid
    •   1719 plazas de  personal de Administración y Servicios de la C. de Madrid
    • 68  plazas de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid 
    •  1 plaza para el Ente Público Canal de Isabel II


jueves, 4 de junio de 2026

Recordatorio. La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto las sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 14/04/2026 del asunto Obadal que confirma su posición de que España no tiene medidas válidas para sancionar el abuso de temporalidad en el empleo público español y ha emitido Dictamen Motivado en el procedimiento vinculado de infracción contra España

 [Recordatorio de entrada publicada el 28/05/2026 en este blog]

La Comisión Europea acaba de publicar en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un nuevo documento oficial , de fecha 27/05/2026, de "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CPLT (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", es decir, teniendo en cuenta que  "el prefijo de la referencia de denuncia múltiple se cambió de CHAP a CPLT debido a cambios en  sistema interno de registro de denuncias",  la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 (¡no en 2013!) a partir de una de las denuncias de 2013, el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles principalmente en torno a 2017 y 2018 contra la solución de entonces de 2017 y 2018  acordada por el Gobierno del Estado y sindicatos de realizar procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos del personal de larga temporalidad sin habilitar sistema especial alguno ni indemnización al empleado que fuera cesado . Estas denuncias habían llegado de las campañas como la del grupo de clientes del Abogado de Araúz de sus denuncias pioneras de 2015 y 2016 solicitando la aplicación de la directiva europea sobre temporalidad y cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la UE [TJUE], la del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL y, sobre todo la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi.

Desde entonces, la Comisión Europea acumula en esta denuncia múltiple cualquier denuncia sobre  recibida de un particular u organización de España y responde al denunciante informando de la acumulación de su denuncia a la denuncia múltipe.

La anterior información oficial de la Comisión Europea  en su página web sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de Noviembre de 2024, es decir, más de 1 año y medio, indicando entonces  la Comisión Europea que:

  • había visto las nuevas sentencias del TJUE de 22/02/2024 y de 13/06/2024 que indica que la reforma española tras la sentencias del TJUE Sánchez Ruiz de 2020 e IMIDRA de 2021, la ley 20/2021 , no contiene medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad
  • y, correspondientemente, había enviado en Octubre de 2025 una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto  por la Comisión Europea por abuso de temporalidad en el empleo público, el procedimiento INFR(2014) 4334],

 

Ahora la nueva actualización de información oficial sobre la denuncia múltiple CPLT(2013)0916 , la Comisión Europea dice literalmente (expandiendo las notas a pie de página y con resaltados en negrita cursiva nuestros):

 

martes, 2 de junio de 2026

Convocatoria de puesto de Jefe del Área de Gestión y Análisis de Información Sanitaria y de un puesto de Técnico de Apoyo en el mismo área, en la Dirección General de Salud Digital de la Comunidad de Madrid, abiertas a personal estatutario (incluido el informático)

 Se ha publicado en el BOCM de este 1/06/2026 la  convocatoria de provisión por el procedimiento de libre designación de dos puestos de trabajo  en la  Dirección General de Salud Digital  ,  bajo la  Consejería específica de Digitalización:

  • Puesto de Jefe del Área de Gestión y Análisis de Información Sanitaria en la Subdirección General de Planificación, Operaciones y Servicios , de nivel retributivo de complemento de destino 29 y  complemento específico de 42.716,04 euros, para Grupo A y perfil :
    • "conocimiento  de sistemas de información y operaciones en entornos sanitarios"
    • "experiencia en gestión y análisis de información sanitaria y estadística (observatorio de salud e indicadores)"
    • "conocimientos de bases de datos clínico-administrativas y manejo de aplicaciones sanitarias de gestión de citas"
    • "capacidad de liderazgo, gestión de equipos multidisciplinares y habilidades de comunicación"
  •  Técnico de apoyo en el Área de Gestión y Análisis de Información Sanitaria de la Subdirección General de Planificación, Operaciones y Servicios , de nivel de complemento de destino 28 ,  y complemento específico de 31.585,65 euros, para grupo "A" y el mismo  perfil exigido que el puesto de jefe salvo el último punto de la capacidad de liderazo ..

con la particularidad llamativa de que los dos puestos están abiertos  tanto a personal funcionario de carrera como a personal estatutario [fijo] de servicio de salud, sea de la Comunidad de Madrid, del Estado o de cualquier otra CCAA.

lunes, 1 de junio de 2026

Recordatorio. [29/04/2026] IMPORTANTE [Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de Abril - Dictámenes motivados: La Comisión insta a España a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Dictamina que el "derecho español no incluye medidas para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad pública. Da dos meses a España para nueva norma]

  [Recordatorio de entrada publicada el 29/04/2026 en este blog, es decir, hace un mes]

 [29/04/2026] 'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus respectivas legislaciones nacionales medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. 

El Derecho español no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Aunque España ha modificado sus normas nacionales tras la incoación del procedimiento de infracción en 2015 y la última carta de emplazamiento, enviada por la Comisión en octubre de 2024, las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. 

Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

viernes, 29 de mayo de 2026

Publicada en el Boletín la OPE 2026 ordinaria de la Comunidad de Madrid con 8.143 plazas, entre ellas 3.321 de turno libre del SERMAS . 68 plazas de Madrid Digital y 1.719 de personal funcionario de administración general haciendo uso para 594 plazas de la tasa "específica" habilitada por el Estado para reducir la temporalidad a menos del 8% con procesos selectivos ordinarios. El índice de temporalidad en los empleados públicos de la C. de Madrid supera el 40% y decenas de miles de empleados públicos deben de seguir en abuso de temporalidad.

Se ha publicado en el BOCM de ste 28/05/2026 el Decreto 54/2026, de 27 de mayo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2026, con un total de 8.143 plazas , 3.321de ellas del SERMAS de turno libre y que incluyen, además de plazas de personal laboral de investigación, personal laboral del H. Fundación Alcorcón,  personal funcionario y laboral  de la Administración General y de Madrid Digital y   personal docente de enseñanzas no universitarias .

 En concreto, la OPE 2026 ordinaria de la C. de Madrid incluye:

  •  7.117 plazas de turno libre computadas por la tasa ordinaria de reposición:
    • 3.321 plazas de personal estatutario del SERMAS como  se informó en su Mesa Sectorial , entre ellas
      • 7 de Técnicos Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información (A1)
      • 10 de  Técnicos de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información (A2)
      • 12 de Técnicos Especialistas de Sistemas y Tecnologías de la Información (C1)
    • 10 plazas de Personal laboral de investigación (Investigadores Biosanitarios Doctores)
    • 61 plazas de personal laboral del ente público Hospital Universitario Fundación Alcorcón 
    • 47 plazas de personal laboral de la empresa pública Hospital Universitario de Fuenlabrada
    • 1175 plazas de  personal de Administración y Servicios de la C. de Madrid
      • 619 plazas de  personal funcionario 
      • 556 de personal laboral 
    • 18 plazas de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid o "Madrid Digital" (antigua ICM)
    • 1 plaza para el Ente Público Canal de Isabel II
    • 2.484 plazas de persona docente no universitario de la C. de Madrid

  • 594 plazas de turno libre  computadas por la "tasa específica" , autorizada por el apartado dos.3 del artículo 20 de la ley de presupuestos generales del Estado para 2023 , la que "sea necesaria para dar cumplimiento del objetivo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de que la temporalidad en el empleo público no supere el 8%de las plazas de naturaleza estructural en cada uno de sus ámbitos" (apartado que NO habilita a utilizar sistemas selectivos extraorinarios)
    • 544 plazas del Cuerpo de Auxiliares del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid
    •  50  plazas de la Administración Digital de la Comunidad de Madrid o "Madrid Digital" (antigua ICM)
  • TOTAL de plazas de turno libre (para convocatorias ordinarias, sumando tasa reposición y "específica): , 7.711  plazas repartida así
    • 3.321 plazas de personal estatutario del SERMAS +10 plazas de Personal laboral de investigación+61 plazas de personal laboral del  H. Fundación Alcorcón+47 plazas de personal laboral del  H. de Fuenlabrada
    •  2.484 plazas de persona docente no universitario de la C. de Madrid
    •   1719 plazas de  personal de Administración y Servicios de la C. de Madrid
    • 68  plazas de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid 
    •  1 plaza para el Ente Público Canal de Isabel II


  • 432 plazas de PROMOCIÓN INTERNA
    • 182  de personal estatutario del SERMAS
    •  250 de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid.

 Por tanto, la OPE ordinaria 2026 del SERMAS tiene un total de 8143 plazas, 7.711 de ellas a turno libre para convocatorias ordinarias

 

Nótese que, según  reconoce la propia C. de Madrid en su Boletín Estadístico del Personal al servicio de la C. de Madrid , a 01/01/2026 más del 40% de sus empleados público son temporales, en concreto ¡tiene más de 80 mil temporales!, con lo que con mucha probabilidad gran parte o toda de las 594 plazas computadas por esa tasa específica para reducir al 8% corresponde con plazas de personal temporal de larga duración "en abuso de temporalidad"  y que con esta OPE 2026 total de 8 mil 500  plazas (sumando la promoción interna que también hace uso de plazas ocupadas por personal temporal) difícilmente va a quedar la temporalidad en menos del 8%.

jueves, 28 de mayo de 2026

La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto las sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 14/04/2026 del asunto Obadal que confirma su posición de que España no tiene medidas válidas para sancionar el abuso de temporalidad en el empleo público español y ha emitido Dictamen Motivado en el procedimiento vinculado de infracción contra España

La Comisión Europea acaba de publicar en su página web sobre procedimientos de denuncia múltiple un nuevo documento oficial , de fecha 27/05/2026, de "Información sobre el seguimiento de las denuncias registradas con la referencia CPLT (2013)01917 - Ausencia de medidas destinadas a evitar utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada en el sector público español", es decir, teniendo en cuenta que  "el prefijo de la referencia de denuncia múltiple se cambió de CHAP a CPLT debido a cambios en  sistema interno de registro de denuncias",  la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 (¡no en 2013!) a partir de una de las denuncias de 2013, el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles principalmente en torno a 2017 y 2018 contra la solución de entonces de 2017 y 2018  acordada por el Gobierno del Estado y sindicatos de realizar procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos del personal de larga temporalidad sin habilitar sistema especial alguno ni indemnización al empleado que fuera cesado . Estas denuncias habían llegado de las campañas como la del grupo de clientes del Abogado de Araúz de sus denuncias pioneras de 2015 y 2016 solicitando la aplicación de la directiva europea sobre temporalidad y cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la UE [TJUE], la del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL y, sobre todo la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi.

Desde entonces, la Comisión Europea acumula en esta denuncia múltiple cualquier denuncia sobre  recibida de un particular u organización de España y responde al denunciante informando de la acumulación de su denuncia a la denuncia múltipe.

La anterior información oficial de la Comisión Europea  en su página web sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de Noviembre de 2024, es decir, más de 1 año y medio, indicando entonces  la Comisión Europea que:

  • había visto las nuevas sentencias del TJUE de 22/02/2024 y de 13/06/2024 que indica que la reforma española tras la sentencias del TJUE Sánchez Ruiz de 2020 e IMIDRA de 2021, la ley 20/2021 , no contiene medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad
  • y, correspondientemente, había enviado en Octubre de 2025 una carta adicional a España en el procedimiento de infracción abierto  por la Comisión Europea por abuso de temporalidad en el empleo público, el procedimiento INFR(2014) 4334],

 

Ahora la nueva actualización de información oficial sobre la denuncia múltiple CPLT(2013)0916 , la Comisión Europea dice literalmente (expandiendo las notas a pie de página y con resaltados en negrita cursiva nuestros):

[PAFPM/CEPPT] Comunicado conjunto tras la reunión con la representación de la Comisión Europea en España sobre la necesidad de medidas válidas para el abuso de temporalidad en empleados públicos para cumplir con las sentencias del TJUE y evitar las multas y retiradas de fondos de la Comisión Europea

'Diversas plataformas, asociaciones y sindicatos integrantes del colectivo nacional de víctimas del abuso de temporalidad en el sector público nos hemos reunido con la representación de la Comisión Europea en España con un objetivo inequívoco: que la Comisión actúe con contundencia ante la inacción del Gobierno de España.

Le hemos exigido que, si el 29 de junio el Gobierno no ha actuado, lleve el incumplimiento del Reino de España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de forma inmediata y sin más dilación, instando la correspondiente sanción. A estas alturas, solo un real decreto puede llegar a tiempo: la tramitación de la Ley de Función Pública llegaría tarde.
 
El procedimiento de infracción avanza, los 626 millones de euros de fondos europeos siguen retenidos y, aun así, la respuesta del Gobierno es la inacción previsible de quien ha decidido no proteger a las víctimas. Y de la propia reunión nos llevamos algo revelador: ni siquiera la Comisión confía en que el Gobierno vaya a actuar por voluntad propia.
 
Hemos puesto en su conocimiento la realidad judicial tras la sentencia Obadal (C-418/24): la Sala de lo Social del Tribunal Supremo no ha acatado el Derecho de la Unión y ha reducido la afección directa al personal laboral a un supuesto tan restrictivo —haber superado procesos selectivos en condiciones equivalentes— que apenas alcanza a un puñado de personas, mientras la Sala de lo Contencioso-Administrativo mantiene su línea pre-Obadal.
 

lunes, 25 de mayo de 2026

Recordatorio. [PoderJudicial] 'El Tribunal Supremo fija criterio contra el abuso en la contratación temporal de personal laboral en las Administraciones públicas tras la sentencia de TJUE' del asunto Obadal. [Fijeza si superada fase de oposición de un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza, como la empleada del caso utilizado , y si no, nueva indemnización por abuso "con los parámetros del TJUE", que fija la Sala en hasta los 10 mil euros de la LISOS, adicional a la indemnización de extinción ya existente más una posible adicional sólo por daños demostrables. El número de empleados públicos laborales en abuso de temporalidad podría acercarse al cuarto de millón]

 [Recordatorio de entrada publicada el 12/05/2026 en este blog]

 'La sentencia del Pleno de la Sala Social del TS de fecha 11 de mayo de 2026, de conformidad con la sentencia del TJUE  de 14 de abril de 2026  (Obadal), argumenta que la contratación temporal de personal laboral por parte de las Administraciones públicas sin superar un procedimiento de acceso al empleo público sujeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad no permite que esos trabajadores adquieran la condición de fijos como consecuencia directa del abuso en la temporalidad porque se vulnerarían la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público y se impediría el acceso al empleo público de los restantes ciudadanos. 

Las medidas adecuadas para prevenir y reparar el abuso en la temporalidad y garantizar la eficacia de la Cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada son el abono de una indemnización calculada conforme a los criterios fijados en la citada sentencia del TJUE y la remisión del testimonio de la sentencia en la que se constate que se ha producido un abuso en la temporalidad a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para que inicie el correspondiente procedimiento sancionador. 

Solamente cuando una persona haya participado en una prueba selectiva para la contratación de personal fijo y la haya superado pero no haya obtenido plaza porque el número de aspirantes que ha demostrado su capacitación sea superior al número de plazas ofertadas, si posteriormente suscribe contratos de duración determinada y se produce un abuso en la temporalidad, no resulta contra legem (contra ley) la conversión de ese contrato en una relación laboral fija porque esa persona ha participado en una prueba de acceso al empleo público fijo conforme a los requisitos de igualdad, mérito y capacidad y la ulterior vulneración de la Cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, que evidencia una necesidad estructural de trabajadores, obliga a dicha conversión. 

jueves, 21 de mayo de 2026

[Gob. C. de Madrid/Consejo de Gobierno] Acuerdo de la prórroga por un año de 5 millones de contrato con Accenture el Centro de soporte a usuarios de las aplicaciones y sistemas de información de la Consejería de Sanidad de la C. de Madrid (CESUS),

 'Acuerdo por el que se aprueba un gasto plurianual de 4.997.735,13 euros (IVA incluido) para 2026 y 2027, derivado de la prórroga del contrato de servicios “Centro de soporte a usuarios de las aplicaciones y sistemas de información de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid” adjudicado a la empresa Accenture S.L.U. para el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2026 y el 31 de mayo de 2027.'

Fuente: Acuerdos de Consejo de Gobierno de la C. de Madrid de 20/05/2026

NOTA DEL EDITOR: se trata de la  única prórroga de 1 año permitida del  concurso público denominado "Centro de soporte a usuarios de las aplicaciones y sistemas de información de la Consejería de Sanidad", centro más conocido por sus siglas CESUS,  que fue adjudicado  hace ya 5 años por  más de 19 millones y medio de euros en 4 años,  del concurso a la  única empresa que se había presentado , Accenture , la única empresa adjudicataria que  lleva prestando  este Centro de soporte centralizado de la Dirección General de Salud Digital de la C. de Madrid.

miércoles, 20 de mayo de 2026

Recordatorio. [PensarElTrabajo] La Sala de lo Contencioso del Supremo no va a modificar su doctrina por la sentencia del TJUE del asunto Obadal

[Recordatorio de entrada publicada el 11/05/2026 en este blog] Informa PensarElTrabajo.es este 09/05/2026 que la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo [la que lleva los asuntos de lo empleados públicos funcionarios y estatutarios interinos] ha asegurado, en su resolución dr 29/04/2026 de un recurso de queja, que la sentencia de 14/04/2926 deel Tribunal de Justicia de la UE  en el asunto Obadal, la cuestion prejudicial del Supremo Social al TJUE sobre sanción al abuso de la temporalidad, no va a rectificar su doctrina actual para el abuso de temporalidad del funcionario/estatutarios interino (no se adopta ninguna medida efectiva de reparación, y el mero mantenimiento en el puesto hasta la cobertura reglamentaria de la plaza interina sin derecho a ninguna indemnización).

El recurso de queja había sido planteado por un funcionario interino contra la negativa de la Audiencia Nacional a tramitar un recurso de casación del empleado ante el Supremo contra la sentencia de la Audiencia, ante la existencia de una doctrina muy clara del Supremo. En el recurso de queja el interino pedía que sí se admitiera la posibilidad de preparar un recurso de casación teniendo en cuenta la novedad de la sentencia del asunto Obadal, que podría hacer reconsiderar a la Sala de lo Contencioso del Supremo su doctrina.



viernes, 15 de mayo de 2026

Recordatorio. [29/04/2026] IMPORTANTE [Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de Abril - Dictámenes motivados: La Comisión insta a España a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Dictamina que el "derecho español no incluye medidas para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad pública. Da dos meses a España para nueva norma]

 [Recordatorio de entrada publicada el 29/04/2026 en este blog]

'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus respectivas legislaciones nacionales medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. 

El Derecho español no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Aunque España ha modificado sus normas nacionales tras la incoación del procedimiento de infracción en 2015 y la última carta de emplazamiento, enviada por la Comisión en octubre de 2024, las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. 

Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

miércoles, 13 de mayo de 2026

Actualizado el Boletín Estadístico del Personal al servicio de la C. de Madrid con datos a 01/01/2026: más de 80 mil temporales , el 40,1% de sus empleados públicos, pese a los procesos de "estabilización" de plazas


La Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid ha publicado  una nueva edición de su  Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Autonómica con datos actualizados a 01/01/2026,La edición anterior era con datos a 01/07/2025 y nos hicimos eco en otra entrada.

Este Boletín incluye los entes institucionales y empresas públicas de la C. de Madrid, así como de las fundaciones de su sector público y consorcios adscritos a la Comunidad de Madrid.

Recordemos que según eso datos del Boletín Estadístico de Personal al servicio de  la Comunidad de Madrid de Julio de 2025 , el índice de temporalidad total de la Administración de la C. de Madrid era del 40,4% con un total de 81.667 temporales.

Ahora en esta edición de 1/01/2026 (o tras fin del año 2025)  el índice de temporalidad total es del 40,1%, es decir ha experimentado una ligera reducción con respecto a Julio de 2024, pero sigue situándose muy por encima del 8%, siendo el total de empleadospúblicos temporales temporales de 81.667.

En cuanto a las cifras totales  de empleados públicos temporales por tipo de relación de servicios a 1/01/2026 quedan así:

martes, 12 de mayo de 2026

[PoderJudicial] 'El Tribunal Supremo fija criterio contra el abuso en la contratación temporal de personal laboral en las Administraciones públicas tras la sentencia de TJUE' del asunto Obadal. [Fijeza si superada fase de oposición de un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza, como la empleada del caso utilizado , y si no, nueva indemnización por abuso "con los parámetros del TJUE", que fija la Sala en hasta los 10 mil euros de la LISOS, adicional a la indemnización de extinción ya existente más una posible adicional sólo por daños demostrables. El número de empleados públicos laborales en abuso de temporalidad podría acercarse al cuarto de millón]

 'La sentencia del Pleno de la Sala Social del TS de fecha 11 de mayo de 2026, de conformidad con la sentencia del TJUE  de 14 de abril de 2026  (Obadal), argumenta que la contratación temporal de personal laboral por parte de las Administraciones públicas sin superar un procedimiento de acceso al empleo público sujeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad no permite que esos trabajadores adquieran la condición de fijos como consecuencia directa del abuso en la temporalidad porque se vulnerarían la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público y se impediría el acceso al empleo público de los restantes ciudadanos. 

Las medidas adecuadas para prevenir y reparar el abuso en la temporalidad y garantizar la eficacia de la Cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada son el abono de una indemnización calculada conforme a los criterios fijados en la citada sentencia del TJUE y la remisión del testimonio de la sentencia en la que se constate que se ha producido un abuso en la temporalidad a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para que inicie el correspondiente procedimiento sancionador. 

Solamente cuando una persona haya participado en una prueba selectiva para la contratación de personal fijo y la haya superado pero no haya obtenido plaza porque el número de aspirantes que ha demostrado su capacitación sea superior al número de plazas ofertadas, si posteriormente suscribe contratos de duración determinada y se produce un abuso en la temporalidad, no resulta contra legem (contra ley) la conversión de ese contrato en una relación laboral fija porque esa persona ha participado en una prueba de acceso al empleo público fijo conforme a los requisitos de igualdad, mérito y capacidad y la ulterior vulneración de la Cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, que evidencia una necesidad estructural de trabajadores, obliga a dicha conversión. 

lunes, 11 de mayo de 2026

[PensarElTrabajo] La Sala de lo Contencioso del Supremo no va a modificar su doctrina por la sentencia del TJUE del asunto Obadal

 Informa PensarElTrabajo.es este 09/05/2026 que la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo [la que lleva los asuntos de lo empleados públicos funcionarios y estatutarios interinos] ha asegurado, en su resolución dr 29/04/2026 de un recurso de queja, que la sentencia de 14/04/2926 deel Tribunal de Justicia de la UE  en el asunto Obadal, la cuestion prejudicial del Supremo Social al TJUE sobre sanción al abuso de la temporalidad, no va a rectificar su doctrina actual para el abuso de temporalidad del funcionario/estatutarios interino (no se adopta ninguna medida efectiva de reparación, y el mero mantenimiento en el puesto hasta la cobertura reglamentaria de la plaza interina sin derecho a ninguna indemnización)

martes, 5 de mayo de 2026

Adjudicados a estatutarios de S.T.I.del SERMAS los puestos de Jefe del Área de Servicios de Administración Electrónica, Jefe del Área de Big Data e IA y Técnico de Apoyo en la Dirección General de Salud Digital de la Comunidad de Madrid

Se ha publicado en el BOCM de este 04/05/2026 la  reolución de la convocatoria de provisión por el procedimiento de libre designación de tres puestos de trabajo  en la  Dirección General de Salud Digital  ,  bajo la  Consejería específica de Digitalización, finalmente los 3 adjudicados a personal estatutario fijo de las categorías de Sistemas y Tecnologias de la Información del SERAMS:

  • Puesto de Jefe del Área de Servicios de Administración Electrónica en la Subdirección General de Innovación  y Soluciones Asistenciales , de nivel retributivo de complemento de destino 29 complemento específico de 42.716,04 euros, para Grupo A  : para Eduardo Cañada Madinazkoitia, el estatutario fijo de la categoría de TÉCNICO SUPERIOR DE S.T.I., del SERMAS y que era el Jefe de Servicio de informática del Hospital Infanta Sofía del SERMAS.


  • Puesto de Jefe del Área de Big Data e Inteligencia Artificial  , de nivel retributivo de complemento de destino 29 y   complemento específico de 42.716,04 euros, para Grupo A y perfil : para Santiago Borrás Natividad, estatutario fijo de la categoría  TÉCNICO SUPERIOR DE S.T.I. del SERMAS, y que era  el Jefe de Servicio de informática del Hospital del Henares del SERMAS

  •  Técnico de apoyo en el Área de Gestión y Análisis de Información Sanitaria Subdirección General de Planificación, Operaciones y Servicios , de nivel de complemento de destino 26 ,  y complemento específico de 27.359,88 euros, para grupos "A" o "B": para Francisco Javier Barril Molinea, estatutario fijo de la categoría de TÉCNICO DE GESTIÓN DE S.T.I. del SERMAS y que era el actual Jefe de Servicio de informática del Hospital del Tajo del SERMAS

Recordemos que estas convocatoria tenía a particularidad llamativa de que los tres puestos estaban abiertos  tanto a personal funcionario de carrera como a personal estatutario [fijo] de servicio de salud, sea de la Comunidad de Madrid, del Estado o de cualquier otra CCAA, y finalmente, han sido adjudicados , a personal estatutario fijo del SERMAS de sus categorías de "informática"


Recordatorio. [Comisión Europea] 'La Comisión propone un plan para que las normas de la UE sean más sencillas, más claras y se apliquen mejor' [ Se reducirán los plazos de los procedimientos de infracción entre cada paso]

 [Recordatorio de entrada publicada el 29/04/2026

[28/04/2026] 'La Comisión Europea ha presentado hoy su plan para modernizar la legislación de la UE y garantizar así que la legislación sea más clara, más sencilla, se aplique de manera más eficiente, se base en pruebas sólidas y se ajuste mejor a las necesidades de los ciudadanos y de las empresas.

En palabras de la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen: «Europa necesita una legislación clara y coherente que responda plenamente a las necesidades de nuestros ciudadanos y empresas. Hoy presentamos nuestro plan para que la legislación de la UE sea más eficiente, más eficaz y más transparente. Aplicaremos un enfoque de simplicidad desde su concepción y seguiremos velando por que cada norma se sustente en pruebas sólidas. Pero eso no es todo: también abordaremos el exceso de regulación, agilizaremos la aplicación y simplificaremos nuestro actual acervo legislativo. Se trata de una contribución decisiva para reforzar nuestra competitividad».

 La Comisión se centrará en cinco ámbitos:

lunes, 4 de mayo de 2026

[AMYTS/UGT Sanidad Madrid] Resumen de la Mesa Sectorial extraordinaria de Sanidad de la Comunidad de Madrid de 30/04/2026 con la propuesta de Oferta Pública de Empleo de 2026: 3.321 plazas a oferta libre en el SERMAS

Informan AMYTS este 30/04/2026 haciendo público su habitual resumen detallado, y UGT Sanidad Pública de la C. de Madrid este 30/04/2026, de la  reunión extraordinaria de 30/04/2025de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid  con único orden del punto del día "Oferta de Empleo Pública de 202", de los que  destacamos :

 

RRHH entrega una propuesta de OPE 2026 de la Consejería de Sanidad con

  • un total de 3.321 plazas a oferta libre y 182 a promoción interna del SERMAS, entre ellas
    • 9 plazas de Técnico Superior de S.T.I. (7 libres, 2 a promoción interna)
    • 10 plazas de Técnico de Gestión de S.T.I. (10 libres)
    • 19 plazas de Técnico  Especialista de Sistemas y Tecnologías de la Información ( 12 libres y 7 a promoción interna)
  •  5 de plazas de investigador biosanitario doctor en las Fundaciones biomédicas

[CGT FETAP] 'La justicia anula el cese de una interina tras casi veinte años de abuso y la reconoce indefinida por sentencia'

 'Una sentencia del orden contencioso-administrativo en Madrid ordena la readmisión de una funcionaria interina de la Comunidad de Madrid y aplica la doctrina europea frente al abuso de temporalidad en el empleo público.

Una reciente sentencia dictada por la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid puede marcar un punto de inflexión en la lucha contra el abuso de temporalidad en el empleo público. La resolución estima el recurso de una funcionaria interina de la Comunidad de Madrid, cesada en junio de 2024 tras casi veinte años de prestación continuada de servicios, anula su cese y reconoce su derecho a ser readmitida como trabajadora indefinida, sin adquirir la condición de funcionaria de carrera, bajo la fórmula de indefinida por sentencia. La dirección letrada ha sido asumida por Beatriz González González.