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jueves, 21 de mayo de 2026

[Gob. C. de Madrid/Consejo de Gobierno] Acuerdo de la prórroga por un año de 5 millones de contrato con Accenture el Centro de soporte a usuarios de las aplicaciones y sistemas de información de la Consejería de Sanidad de la C. de Madrid (CESUS),

 'Acuerdo por el que se aprueba un gasto plurianual de 4.997.735,13 euros (IVA incluido) para 2026 y 2027, derivado de la prórroga del contrato de servicios “Centro de soporte a usuarios de las aplicaciones y sistemas de información de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid” adjudicado a la empresa Accenture S.L.U. para el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2026 y el 31 de mayo de 2027.'

Fuente: Acuerdos de Consejo de Gobierno de la C. de Madrid de 20/05/2026

NOTA DEL EDITOR: se trata de la  única prórroga de 1 año permitida del  concurso público denominado "Centro de soporte a usuarios de las aplicaciones y sistemas de información de la Consejería de Sanidad", centro más conocido por sus siglas CESUS,  que fue adjudicado  hace ya 5 años por  más de 19 millones y medio de euros en 4 años,  del concurso a la  única empresa que se había presentado , Accenture , la única empresa adjudicataria que  lleva prestando  este Centro de soporte centralizado de la Dirección General de Salud Digital de la C. de Madrid.

miércoles, 20 de mayo de 2026

Recordatorio. [PensarElTrabajo] La Sala de lo Contencioso del Supremo no va a modificar su doctrina por la sentencia del TJUE del asunto Obadal

[Recordatorio de entrada publicada el 11/05/2026 en este blog] Informa PensarElTrabajo.es este 09/05/2026 que la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo [la que lleva los asuntos de lo empleados públicos funcionarios y estatutarios interinos] ha asegurado, en su resolución dr 29/04/2026 de un recurso de queja, que la sentencia de 14/04/2926 deel Tribunal de Justicia de la UE  en el asunto Obadal, la cuestion prejudicial del Supremo Social al TJUE sobre sanción al abuso de la temporalidad, no va a rectificar su doctrina actual para el abuso de temporalidad del funcionario/estatutarios interino (no se adopta ninguna medida efectiva de reparación, y el mero mantenimiento en el puesto hasta la cobertura reglamentaria de la plaza interina sin derecho a ninguna indemnización).

El recurso de queja había sido planteado por un funcionario interino contra la negativa de la Audiencia Nacional a tramitar un recurso de casación del empleado ante el Supremo contra la sentencia de la Audiencia, ante la existencia de una doctrina muy clara del Supremo. En el recurso de queja el interino pedía que sí se admitiera la posibilidad de preparar un recurso de casación teniendo en cuenta la novedad de la sentencia del asunto Obadal, que podría hacer reconsiderar a la Sala de lo Contencioso del Supremo su doctrina.



viernes, 15 de mayo de 2026

Recordatorio. [29/04/2026] IMPORTANTE [Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de Abril - Dictámenes motivados: La Comisión insta a España a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Dictamina que el "derecho español no incluye medidas para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad pública. Da dos meses a España para nueva norma]

 [Recordatorio de entrada publicada el 29/04/2026 en este blog]

'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus respectivas legislaciones nacionales medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. 

El Derecho español no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Aunque España ha modificado sus normas nacionales tras la incoación del procedimiento de infracción en 2015 y la última carta de emplazamiento, enviada por la Comisión en octubre de 2024, las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. 

Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

miércoles, 13 de mayo de 2026

Actualizado el Boletín Estadístico del Personal al servicio de la C. de Madrid con datos a 01/01/2026: más de 80 mil temporales , el 40,1% de sus empleados públicos, pese a los procesos de "estabilización" de plazas


La Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid ha publicado  una nueva edición de su  Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Autonómica con datos actualizados a 01/01/2026,La edición anterior era con datos a 01/07/2025 y nos hicimos eco en otra entrada.

Este Boletín incluye los entes institucionales y empresas públicas de la C. de Madrid, así como de las fundaciones de su sector público y consorcios adscritos a la Comunidad de Madrid.

Recordemos que según eso datos del Boletín Estadístico de Personal al servicio de  la Comunidad de Madrid de Julio de 2025 , el índice de temporalidad total de la Administración de la C. de Madrid era del 40,4% con un total de 81.667 temporales.

Ahora en esta edición de 1/01/2026 (o tras fin del año 2025)  el índice de temporalidad total es del 40,1%, es decir ha experimentado una ligera reducción con respecto a Julio de 2024, pero sigue situándose muy por encima del 8%, siendo el total de empleadospúblicos temporales temporales de 81.667.

En cuanto a las cifras totales  de empleados públicos temporales por tipo de relación de servicios a 1/01/2026 quedan así:

martes, 12 de mayo de 2026

[PoderJudicial] 'El Tribunal Supremo fija criterio contra el abuso en la contratación temporal de personal laboral en las Administraciones públicas tras la sentencia de TJUE' del asunto Obadal. [Fijeza si superada fase de oposición de un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza, como la empleada del caso utilizado , y si no, nueva indemnización por abuso "con los parámetros del TJUE", que fija la Sala en hasta los 10 mil euros de la LISOS, adicional a la indemnización de extinción ya existente más una posible adicional sólo por daños demostrables. El número de empleados públicos laborales en abuso de temporalidad podría acercarse al cuarto de millón]

 'La sentencia del Pleno de la Sala Social del TS de fecha 11 de mayo de 2026, de conformidad con la sentencia del TJUE  de 14 de abril de 2026  (Obadal), argumenta que la contratación temporal de personal laboral por parte de las Administraciones públicas sin superar un procedimiento de acceso al empleo público sujeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad no permite que esos trabajadores adquieran la condición de fijos como consecuencia directa del abuso en la temporalidad porque se vulnerarían la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público y se impediría el acceso al empleo público de los restantes ciudadanos. 

Las medidas adecuadas para prevenir y reparar el abuso en la temporalidad y garantizar la eficacia de la Cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada son el abono de una indemnización calculada conforme a los criterios fijados en la citada sentencia del TJUE y la remisión del testimonio de la sentencia en la que se constate que se ha producido un abuso en la temporalidad a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para que inicie el correspondiente procedimiento sancionador. 

Solamente cuando una persona haya participado en una prueba selectiva para la contratación de personal fijo y la haya superado pero no haya obtenido plaza porque el número de aspirantes que ha demostrado su capacitación sea superior al número de plazas ofertadas, si posteriormente suscribe contratos de duración determinada y se produce un abuso en la temporalidad, no resulta contra legem (contra ley) la conversión de ese contrato en una relación laboral fija porque esa persona ha participado en una prueba de acceso al empleo público fijo conforme a los requisitos de igualdad, mérito y capacidad y la ulterior vulneración de la Cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, que evidencia una necesidad estructural de trabajadores, obliga a dicha conversión. 

lunes, 11 de mayo de 2026

[PensarElTrabajo] La Sala de lo Contencioso del Supremo no va a modificar su doctrina por la sentencia del TJUE del asunto Obadal

 Informa PensarElTrabajo.es este 09/05/2026 que la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo [la que lleva los asuntos de lo empleados públicos funcionarios y estatutarios interinos] ha asegurado, en su resolución dr 29/04/2026 de un recurso de queja, que la sentencia de 14/04/2926 deel Tribunal de Justicia de la UE  en el asunto Obadal, la cuestion prejudicial del Supremo Social al TJUE sobre sanción al abuso de la temporalidad, no va a rectificar su doctrina actual para el abuso de temporalidad del funcionario/estatutarios interino (no se adopta ninguna medida efectiva de reparación, y el mero mantenimiento en el puesto hasta la cobertura reglamentaria de la plaza interina sin derecho a ninguna indemnización)

martes, 5 de mayo de 2026

Adjudicados a estatutarios de S.T.I.del SERMAS los puestos de Jefe del Área de Servicios de Administración Electrónica, Jefe del Área de Big Data e IA y Técnico de Apoyo en la Dirección General de Salud Digital de la Comunidad de Madrid

Se ha publicado en el BOCM de este 04/05/2026 la  reolución de la convocatoria de provisión por el procedimiento de libre designación de tres puestos de trabajo  en la  Dirección General de Salud Digital  ,  bajo la  Consejería específica de Digitalización, finalmente los 3 adjudicados a personal estatutario fijo de las categorías de Sistemas y Tecnologias de la Información del SERAMS:

  • Puesto de Jefe del Área de Servicios de Administración Electrónica en la Subdirección General de Innovación  y Soluciones Asistenciales , de nivel retributivo de complemento de destino 29 complemento específico de 42.716,04 euros, para Grupo A  : para Eduardo Cañada Madinazkoitia, el estatutario fijo de la categoría de TÉCNICO SUPERIOR DE S.T.I., del SERMAS y que era el Jefe de Servicio de informática del Hospital Infanta Sofía del SERMAS.


  • Puesto de Jefe del Área de Big Data e Inteligencia Artificial  , de nivel retributivo de complemento de destino 29 y   complemento específico de 42.716,04 euros, para Grupo A y perfil : para Santiago Borrás Natividad, estatutario fijo de la categoría  TÉCNICO SUPERIOR DE S.T.I. del SERMAS, y que era  el Jefe de Servicio de informática del Hospital del Henares del SERMAS

  •  Técnico de apoyo en el Área de Gestión y Análisis de Información Sanitaria Subdirección General de Planificación, Operaciones y Servicios , de nivel de complemento de destino 26 ,  y complemento específico de 27.359,88 euros, para grupos "A" o "B": para Francisco Javier Barril Molinea, estatutario fijo de la categoría de TÉCNICO DE GESTIÓN DE S.T.I. del SERMAS y que era el actual Jefe de Servicio de informática del Hospital del Tajo del SERMAS

Recordemos que estas convocatoria tenía a particularidad llamativa de que los tres puestos estaban abiertos  tanto a personal funcionario de carrera como a personal estatutario [fijo] de servicio de salud, sea de la Comunidad de Madrid, del Estado o de cualquier otra CCAA, y finalmente, han sido adjudicados , a personal estatutario fijo del SERMAS de sus categorías de "informática"


Recordatorio. [Comisión Europea] 'La Comisión propone un plan para que las normas de la UE sean más sencillas, más claras y se apliquen mejor' [ Se reducirán los plazos de los procedimientos de infracción entre cada paso]

 [Recordatorio de entrada publicada el 29/04/2026

[28/04/2026] 'La Comisión Europea ha presentado hoy su plan para modernizar la legislación de la UE y garantizar así que la legislación sea más clara, más sencilla, se aplique de manera más eficiente, se base en pruebas sólidas y se ajuste mejor a las necesidades de los ciudadanos y de las empresas.

En palabras de la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen: «Europa necesita una legislación clara y coherente que responda plenamente a las necesidades de nuestros ciudadanos y empresas. Hoy presentamos nuestro plan para que la legislación de la UE sea más eficiente, más eficaz y más transparente. Aplicaremos un enfoque de simplicidad desde su concepción y seguiremos velando por que cada norma se sustente en pruebas sólidas. Pero eso no es todo: también abordaremos el exceso de regulación, agilizaremos la aplicación y simplificaremos nuestro actual acervo legislativo. Se trata de una contribución decisiva para reforzar nuestra competitividad».

 La Comisión se centrará en cinco ámbitos:

lunes, 4 de mayo de 2026

[AMYTS/UGT Sanidad Madrid] Resumen de la Mesa Sectorial extraordinaria de Sanidad de la Comunidad de Madrid de 30/04/2026 con la propuesta de Oferta Pública de Empleo de 2026: 3.321 plazas a oferta libre en el SERMAS

Informan AMYTS este 30/04/2026 haciendo público su habitual resumen detallado, y UGT Sanidad Pública de la C. de Madrid este 30/04/2026, de la  reunión extraordinaria de 30/04/2025de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid  con único orden del punto del día "Oferta de Empleo Pública de 202", de los que  destacamos :

 

RRHH entrega una propuesta de OPE 2026 de la Consejería de Sanidad con

  • un total de 3.321 plazas a oferta libre y 182 a promoción interna del SERMAS, entre ellas
    • 9 plazas de Técnico Superior de S.T.I. (7 libres, 2 a promoción interna)
    • 10 plazas de Técnico de Gestión de S.T.I. (10 libres)
    • 19 plazas de Técnico  Especialista de Sistemas y Tecnologías de la Información ( 12 libres y 7 a promoción interna)
  •  5 de plazas de investigador biosanitario doctor en las Fundaciones biomédicas

miércoles, 29 de abril de 2026

IMPORTANTE [Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de Abril - Dictámenes motivados: La Comisión insta a España a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Dictamina que el "derecho español no incluye medidas para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad pública. Da dos meses a España para nueva norma]

'La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus respectivas legislaciones nacionales medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. 

El Derecho español no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Aunque España ha modificado sus normas nacionales tras la incoación del procedimiento de infracción en 2015 y la última carta de emplazamiento, enviada por la Comisión en octubre de 2024, las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. 

martes, 28 de abril de 2026

[C. de Madrid/H.U. Ramón y Cajal] 'El Hospital público Ramón y Cajal reúne a más de un centenar de profesionales especializados en tecnologías de la información' [VII Jornadas Técnicas de Informática Sanitaria de APISCAM]

 'El Hospital Universitario Ramón y Cajal, centro público de la Comunidad de Madrid, ha acogido recientemente en el Aula Joaquín Ortuño del centro las VII Jornadas Técnicas de Informática Sanitaria, organizadas por la Asociación de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de Madrid (APISCAM), reuniendo más de un centenar de profesionales. 

Se trata de las jornadas anuales que organiza esta asociación de empleados públicos de la Comunidad de Madrid que trabajan en las Tecnologías de la Información (TI) para la Consejería de Sanidad, así como desde la Dirección General de Salud Digital ahora ubicada en la Consejería de Digitalización. Esta VII edición ha contado con la asistencia de más de 110 de estos empleados.

En esta ocasión las jornadas se han celebrado con el lema "Hacia la salud digital personalizada y coordinada": personalizada en el sentido más amplio al incluir la medicina de precisión, la monitorización del paciente en el hospital o remota a domicilio, así como la predicción de la Inteligencia Artificial. En las jornadas se ha puesto de manifiesto cómo esa salud digital está coordinada entre los diferentes niveles de TI de la Administración Pública: el hospital, la Comunidad de Madrid, el Ministerio de Sanidad y, por último, la normativa europea.

Así, la mesa inaugural ha estado presidida por la propia directora general de Salud Digital de la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid, Nuria Ruiz, quien en su intervención ha agradecido el trabajo de la asociación organizando estos necesarios puntos de encuentros y ha asegurado que está trabajando para mejorar la coordinación entre los diferentes niveles.

 

lunes, 20 de abril de 2026

El Gobierno responde a Junts Per Cat su pregunta sobre el estado de la suspensión de fondos europeos por no disponer España de medidas válidas de sanción al abuso de temporalidad publica que ha recibido comunicación de valoración de la Comisión Europea [de la decisión de retirar definitivamente los fondos] a la que tienen dos meses para presentar alegaciones: con la ley 20/2021 se ha superado el hito de estabilizar 300 mil plazas y "es necesario avanzar" en "mecanismos que limiten el uso de la temporalidad", citando la propuesta que presentó a las CCA en Septiembre

 El Grupo Parlamentario de Junts Per Catalunya en el  Congreso había registrado una serie de preguntas de respuesta por escrito al Gobierno del Estado (nº de expediente 184/035616 )sobre el estado de la suspensión de 626 millones de fondos europeos para España que la Comisión Europea  decidió  el 07/07/2025 , tras las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la UE de 2024, por el incumplimiento del compromiso de España en el Plan de Recuperación contenido en el hito nº 144 del Plan de Recuperacio- de disponer de una ley (en 2021) para reducir la temporalidad pública con medidas de prevención y sanción del abuso de temporalidad, estableciendo que los fondos suspendidos sólo podrán ser recibidos si España establece normativa válida de sanción al abuso en un plazo inicial de 6 meses, plazo que habría concluido recientemente sin que , evidentemente, España haya aprobado norma correctora alguna.

 

Esa pregunta ha visto publicada hoy su contestación del Gobierno de 10/04/2026 en el BOCG. Congreso de los Diputados nºD-514 de 20/04/202.

 

En concreto la iniciativa parlamentaria de Junts rezaba literalmente del catlán (traducción del catalán de Google):

Análisis de juristas de la importante sentencia Tribunal de Justicia de la UE de 14/04/2026 al asunto Obadal, respondiendo la cuestión prejudicial planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo

Recabamos a continuación, enlaces a algunos análisis de juristas (profesores y magistrados) -algunos recopilados gracias a la labor del profesor Eduardo Rojo Torrecilla- en reacción a la sentencia del asunto Obadal del Tribunal de Justicia de la UE de este 14/04/2026,  sobre abuso de temporalidad en empleados públicos españoles, donde , a nuestro juicio, el alto tribunal europeo ha declarado que  no vale como sanción al abuso de temporalidad del empleado público la doctrina del indefinido no fijo de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ni las medidas que indicó el propio Tribunal Supremo, ni sueltas ni  en su conjunto: indemnizaciones topadas al cese ni elevadas a 33 días por año con tope de 24 mensualidades , el régimen de responsabilidad de las AAPP existente si es inconcreto (como lo es ni la convocatoria de procesos mientras sean abiertas a personal no en abuso y de futuro incierto para el personal en abuso (como lo son los procesos de estabilización de la ley 20/2021, y, por supuesto, todos los ordinarios), reiterando en el texto  de la sentencia que la prohibición de fijeza como sanción de una norma nacional o interpretada por su Supremo, no es conforme con la normativa UE si no existen medidas válidas de sanción al abuso (enlaces a sus análisis están sobre el nombre):

  • [profesor Ignasi Beltrán de Heredia] 'Comentario crítico de urgencia al asunto Obadal (STJUE 14/4/26)'
  •  [profesor Eduardo Rojo Torrecilla] '¿Cuánto durará el partido de tenis, perdón el conflicto jurídico, entre los tribunales españoles y el TJUE? Examen de la sentencia de 14 de abril de 2026 (asunto C-418/24), ya con abundantes aportaciones de la comunidad jurídica'
  • [profesor Andrés Boix] '¿Hacia el fin de la hipocresía en la temporalidad pública?: El TJUE critica de nuevo el modelo español en el asunto Obadal (C-418/24)'

viernes, 17 de abril de 2026

[El Democrata] El Ministerio de Función Pública convoca a los sindicatos de la mesa nacional de Función Pública a una reunión de la Comisión de Temporalidad y Empleo,

 Informa  El Demócrata este 16/04/2025 , trasladando información de varias agencias, que  el Ministerio de Función Pública ha convocado para esta mañana de 17 de Abril  a los sindicatos de la mesa nacional de Función Pública a una reunión de la Comisión de Temporalidad y Empleo.

El medio señala que la convocatoria tiene lugar justo tras sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 14/04/2026  en el asunto Obadal, que  ha establecido, según el medio, que "las herramientas previstas en España para sancionar el recurso abusivo a contratos temporales encadenados en el sector público no parecen adecuarse al Derecho comunitario".

jueves, 16 de abril de 2026

[Araúz] 'Nota sobre la sentencia de la Gran Sala del TJUE de 14 de abril de 2026, asunto C-418/24 Obadal'

 ' 1.- CONSIDERACIONES PRELIMINARES

 La Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE OBADAL, de 14 de abril de 2024, constituye una enmienda a la totalidad a la forma en las que la Directiva 1999/70 y su Acuerdo marco ha sido aplicado en nuestro país, tanto por el Legislador, como por las autoridades administrativas y jurisdiccionales, en el sector público nacional. 

Y si bien es cierto que la sentencia nos recuerda que “incumbe a los órganos jurisdiccionales nacionales determinar en qué medida los requisitos de aplicación y la aplicación efectiva de las disposiciones nacionales controvertidas en el litigio principal hacen que estas constituyan medidas adecuadas, es decir, medidas efectivas, disuasorias y proporcionadas, para sancionar debidamente la utilización abusiva de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada y para eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión”, también añade que “corresponde al Tribunal de Justicia, aportar, en su caso, precisiones destinadas a orientar a los órganos jurisdiccionales nacionales en su apreciación” (vid apartado 50 )

 

Recordatorio [Gob. C. de Madrid/Consejería de Digitalización] Documento del Plan Estratégico de Salud Digital de la Comunidad de Madrid 2026-28

 [Recordatorio de entrada publicada el 18/02/2026

Se ha publicado en la web de la Comunidad de Madrid el documento del Plan Estratégico de Salud Digital de la Comunidad de Madrid 2026-28 que fue presentado ayer.

Sus objetivos  son:

  • Potenciar la accesibilidad y la mejora de la experiencia del ciudadano
  • Facilitar el trabajo y mejorar la experiencia de los profesionales sanitario
  • Potenciar la innovación y la investigación
  • Proveer tecnologías e infraestructura de vanguardia
  • Garantizar una asistencia integrada
  • Posicionar el dato de salud como un activo estratégico
  • Impulsar la progresión de la telemedicina
  • Facilitar la adopción de las herramientas digitales por los ciudadanos y profesionales
  • Fortalecer la seguridad, la resiliencia y la continuidad de los servicios críticos

Para dar cumplimiento a los objetivos definidos, el Plan se articula en un marco estratégico estructurado en 8 ejes  con 21 líneas estratégicas:

miércoles, 15 de abril de 2026

[TJUE] Resumen de la sentencia del asunto C-418/24 - Obadal del Tribunal de Justicia de la UE sobre abuso de temporalidad en empleados públicos españoles

'Remitido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Tribunal Supremo, España) para una decisión prejudicial, el Tribunal confirma, en primer lugar, que la cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada (1) excluye la legislación nacional, según la interpretación de la jurisprudencia nacional, que penaliza el abuso de los sucesivos contratos de duración determinada transformándolos en una «relación laboral no permanente e indefinida», medida que mantiene al trabajador en una situación de precariedad. En segundo lugar, aclara que la indemnización a tanto alzado con límite máximo abonada al finalizar dicha relación, un sistema de responsabilidad administrativa ambiguo, abstracto e impredecible, y la organización de un procedimiento de selección no constituyen medidas suficientes para prevenir y penalizar dicho abuso.

 TJ trabaja como cuidadora infantil en un centro educativo público de la Comunidad de Madrid (España) con contrato temporal desde el 2 de marzo de 2016, mediante seis contratos de duración determinada sucesivos, el último de los cuales se firmó el 8 de septiembre de 2017. 

 

martes, 14 de abril de 2026

[Araúz] 'Varapalo del TJUE al Gobierno de España y a los Tribunales nacionales . El TJUE abre la puerta a convertir en fijos a cerca de un millón de empleados públicos temporales en España, ya que declara que todas las medidas aplicadas en España para acabar con la precariedad laboral en el Sector Público son contrarias a la Directiva 1999/70. La Sentencia aboca, por tanto, a las autoridades administrativas y judiciales españolas a transformar a los empleados públicos víctimas de un abuso en fijos, como única solución para cumplir la Directiva. La sentencia europea sobre la Directiva 1999/70 va a tener un fuerte impacto jurídico y económico para el Estado'

 'El abogado Javier Arauz de Robles, del despacho Arauz de Robles Abogados, junto a representantes de sindicatos y asociaciones de empleados públicos temporales, ha analizado esta mañana las posibles implicaciones de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), hecha pública hoy 14 de abril, sobre el abuso de la temporalidad en el sector público español.

 Según datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) de 2025, España cuenta con 999.738 empleados públicos temporales, lo que representa el 32,32% del total (3,1 millones) de las cuales el 75% son mujeres. La temporalidad alcanza niveles especialmente elevados en las administraciones generales de las comunidades autónomas (39%) y sectores clave como la sanidad (47%) o la educación no universitaria (31%).

 La resolución del TJUE es radical, ya que declara que hay que sancionar obligatoriamente a las Administraciones Públicas que abusan de sus trabajadores, y que esta sanción no puede consistir, ni en la aplicación de la figura del indefino no fijo, ni en una indemnización limitada o topada, aunque vaya acompañada de la posibilidad de sancionar a las personas responsables de estos abusos, ni en un proceso selectivo o de estabilización.

Fallo y texto íntegro de la sentencia del asunto Obadal del Tribunal de Justicia de la UE sobre abuso de temporalidad en empleados públicos españoles: no vale como sanción al abuso de temporalidad del empleado público la doctrina del indefinido no fijo de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ni las medidas que indicó, ni en su conjunto: indemnizaciones topadas al cese , el régimen de responsabilidad de las AAPP existente si es inconcreto ni la convocatoria de procesos mientras sean abiertas a personal no en abuso y de futuro incierto para el personal en abuso. Reitera en el texto que la prohibición de fijeza como sanción de una norma nacional o interpretada por su Supremo, no es conforme con la normativa UE si no existen medidas válidas de sanción al abuso

Como estaba previsto, este  14 de Abril  pasadas las 09:00 (en lugar de a las 09:30) ha tenido lugar lugar la lectura del fallo de la sentencia, por la Gran Sala del TJUE, del  asunto Obadal [C-418/24] ,  el asunto de cuestión prejudicial que fue elevado  por la propia Sala de lo Social del Tribunal Supremo español  sobre las sanciones al abuso de temporalidad del empleado público español (que sea competencia de esa Sala, en principio el laboral al menos). 

La lectura del fallo final (respuesta final a las preguntas) ha sido transmitida en directo en la web de streaming del TJUE, donde podrá volver a escucharse.

El fallo ha sido [audio íntegro], literalmente::

"la cláusula 5ª del Acuerdo Marco  que figura en el Anexo la Directiva 1999/70/CE debe interpretarse en el sentido de que

  • por una parte, se opone a una normativa nacional, en la forma en que es interpretada por la jurisprudencia nacional, que establece como medida para sancionar los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos de duración determinada, a los efectos de esta cláusula 5º, la transformación de esos contratos en una relación laboral indefinida no fija, habida cuenta de que esa medida, que supone mantener una relación laboral de naturaleza temporal y, por tanto, la situación de precariedad del trabajador afectado, no permite sancionar debidamente tal utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión, y
  • por otra parte, no constituyen medidas adecuadas para prevenir y sancionar tales abusos un conjunto de medidas que consisten, 
    •  primero, en el pago de indemnizaciones tasadas con un doble límite  máximo en el momento de la extinción de esa relación laboral
    •  segundo, en un régimen de responsabilidad de las Administraciones Públicas de carácter ambiguo, abstracto e imprevisible y, 
    •  tercero, en la convocatoria de procesos selectivos en los que si bien se valoran la experiencia previa del trabajador afectado y el tiempo de servicio dedicado por él al desarrollo de sus tareas, esta valoración no se limita a aquellos candidatos que hayan sido víctimas de tal abuso,
  •  cuando esas medidas no permiten sancionar debidamente tal utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión"

[TJUE] 'Contratos de duración determinada sucesivos: las medidas previstas en España para sancionar su utilización abusiva en el sector público no resultan conformes con el Derecho de la Unión'

 'En este asunto prejudicial, el Tribunal de Justicia proporciona al Tribunal Supremo aclaraciones sobre la conformidad con el Derecho de la Unión de las medidas previstas en España para poner remedio a los abusos derivados del uso, en el sector público, de contratos de duración determinada sucesivos. El Tribunal de Justicia considera que estas medidas (la transformación de estos contratos en una relación laboral indefinida no fija; el pago de indemnizaciones al trabajador en el momento de la extinción de la relación laboral; el régimen de responsabilidad de las Administraciones Públicas y la convocatoria de procesos selectivos que tienen en cuenta la experiencia anterior del trabajador y el tiempo de servicio dedicado por este al desarrollo de sus tareas) no parecen permitir sancionar debidamente esta utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión.