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viernes, 21 de marzo de 2025

[UGT] Resumen de la Mesa Sectorial extraordinaria de Sanidad de la Comunidad de Madrid de 21/03/2025 sobre la OPE 2025 del SERMAS [6757 plazas, de las tasas dereposición normal y adicional y de la tasa específica para bajar la temporaliidad al 8%]

 Nos informa el Sector de Salud y Servicios Sociosanitarios de UGT de Madrid este 21/03/2025 de la  reunión extraordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid  que tuvo lugar este mismo día, con único punto del orden del día la OFerta de empleo público 2025 del SERMAS: , aportando la sección sindical un resumen detallado del que destacamos  (con notas nuestras , en su caso, en cursiva entre corchetes):

  • RRHH informa que es de   6.757  plazas  entre todas las categorías , ( 8 de STI A1, 8 de STI A2 y 11 de STI C1 entre ellas):

Publicadas más "segundas vueltas" - relaciones complementarias de superados y elección de plazas desiertas- del concurso de méritos de estabilización del SERMAS por Ley 20/2021: categorías sanitarias de grupos C1 y C2

 El BOCM de este 20/03/2025 ha publicado más resoluciones de  "segundas vueltas"   o relaciones de declaración complementaria de superados y proceso de elección de plazas que quedaron desiertas en la primera vuelta de los concursos de méritos excepcinonales de la  OPE  2022 de estabilización del SERMAS  según la ley estatal 20/2021]:, esta vez, para 6 categorías sanitarias de grupos C1 y C2, en concreto:

miércoles, 19 de marzo de 2025

Recordatorio de hace 5 años. [19/03/2020] Sentencia demoledora y esperanzadora del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, pero no vale como sanción ni las convocatorias a oposiciones ni la figura del indefinido no fijo y las indemnizaciones como las del despido improcedente para valer tendrían que ser específicas contra el abuso y suficientemente disuasorias. Doble bofetada contra la tesis del Gobierno de Pedro Sánchez de que no hay abuso y contra los procesos selectivos libres acordados con los sindicatos a realizar con los puestos de los "abusados". Decepción al no incluir apartado recordando que la declaración de fijeza siempre es una opción. Procesos administrativos restringidos de fijeza por méritos podrían evitar el probable coste en indemnizaciones ante la avalancha prevista de demandas de los afectados

 [Recordatorio tal cual de la entrada publicada en este blog el 19/03/2020 OJO ¡hace cinco años , no ahora en 2025!]  

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de dictar [este 19 de Marzo de 2020] su esperada sentencia al asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álavrez y otros", sobre el abuso de temporalidad del personal público en España y sobre su derecho a estabilidad en el empleo como sanción en base a la cláusula 5ª de la Directiva Europea 1999/70/CE, a raíz de unas cuestiones planteadas por dos juzgados de Madrid por los  casos de un informático estatutario del Servicio Madrileño de Salud de la Comunidad de Madrid [SERMAS], "estatutario" [un tipo de funcionario de los Servicios de Salud] interino de vacante ya 20 años de nuestra Asociación - de hecho, es nuestro Presidente- y de 5 odontólogas también del SERMAS, todas interinas de vacante cuando presentaron la demanda, algunas de ellas tras decenas de nombramientos estatuarios "eventuales" (por obra y servicio o de fecha de fin) previo. 

La sentencia es por un lado demoledora contra la tesis propugnada por los Gobiernos del Estado (de la época del gobierno exclusivamente socialista de Pedro Sánchez) y de la Comunidad de Madrid de que no hay abuso en los casos de los demandantes -que es es de más de medio millón de empleados públicos en toda España-  así como contra los denominados procesos selectivos de "estabilización" decididos realizar por el gobierno anterior de Mariano Rajoy con los 3 principales sindicatos y que consisten en convocar los puestos del personal que sería el "abusado", los temporales de más de 3 años, a ofertas públicas de empleo de libre concurrencia ahora, muchos años después de cuando deberían haberse realizado, procesos que el actual gobierno del Estado decidió mantener y propugnar, aún a sabiendas, de que no conllevan ni indemnización alguna a los empleados públicos que acaben cesados por dichos procesos.

Y por otro, esperanzadora, para alcanzar la estabilidad del personal afectado bien en los tribunales bien tras alguna decisión gubernamental forzada al no poder afrontar indemnizaciones millonarias, si bien esto podría depender de que haya a raíz de esta sentencia una oleada masiva de demandas judiciales y, después de sentencias ganadas declarando a interinos de vacante de muchos años en situación de abuso y como sanción la exclusión de su puesto de procesos selectivos o indemnizaciones fuertes si son cesados. También no conviene olvidar que la Comisión Europea ha informado que mantiene abierta una investigación a España, suspendida a la espera del resultado de esta sentencia y que podría acabar con sanciones al estado español si el Gobierno no acomete medidas compatibles con la Directiva europea.

Y por último, decepcionante en no incluir un apartado que recuerde en positivo y claramente que la concesión de la fijeza por sentencia  siempre es una opción aunque la prohíba explícitamente una norma o la interpretación del derecho nacional como sí había estado haciendo el Tribunal Europeo hasta ahora en otras recientes sentencias de otros países. Por contra, el Tribunal se ha limitado a contestar en el apartado dedicado a la respuesta de esta pregunta, la  pregunta 6ª del asunto principal, que "un tribunal nacional no está obligado a dejar sin aplicación una disposición de su Derecho nacional", si bien matiza que "los órganos jurisdiccionales nacionales deben interpretarlo en la medida de lo posible a la luz de la letra y de la finalidad de la directiva para alcanzar el resultado que esta persigue". La prohibición nacional de conceder la fijeza a empleados públicos incluso judicialmente está establecida por la jurisprudencia actual en su interpretación de la Constitución y del Estatuto Básico del Empleado Público (aunque a este respecto, véase la "salida" impulsada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia de que lo que realmente requiere o debe requerir esa jurisprudencia es que el empleado haya accedido a su puesto interino por un proceso selectivo bajo los principios de libre concurrencia, publicidad, mérito, igualdad y capacidad, mientras su aplicación en el proceso selectivo fuera proporcionado a su objetivo inicial, el de proceso selectivo para puesto interino).


Hay que recordar, que los profesionales de los casos en su demanda en los juzgados nacionales, bajo el gabinete de Javier Arauz de Robles y tras una iniciativa del sindicato médico de Madrid AMYTS, solicitaban que se reconociera que la legislación y jurisprudencia española no reconoce el abuso ni concede sanción adecuada a su situación que exige la citada directiva y se plantearan cuestiones al Tribunal de Justicia europeo como las que se plantearon, demandando el reconocimiento del abuso de duración de temporalidad de dicha directiva y que la sanción fuera la declaración de fijeza en el puesto o equivalente.

martes, 18 de marzo de 2025

Actualizado el Boletín Estadístico del Personal al servicio de la C. de Madrid con datos a 01/01/2025: más de 80 mil temporales , casi el 42% de sus empleados públicos, pese a los procesos de "estabilización" de plazas

 La Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid acaba de publicar  una nueva edición de su  Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Autonómica con datos actualizados a 01/01/2025, l

Este Boletín incluye los entes institucionales y empresas públicas de la C. de Madrid, así como de las fundaciones de su sector público y consorcios adscritos a la Comunidad de Madrid.

Recordemos que según los datos del Boletín Estadístico de Personal al servicio de  la Comunidad de Madrid de Julio de 2024 , el índice de temporalidad total de la Administración de la C. de Madrid era del 44,5% (es decir, casi la mitad de sus empleados públicos eran temporales):

Ahora en esta edición de 1/01/2025 (o tras fin del año  2024=  el índice de temporalidad total es del 41,8%, es decir ha experimentado una ligera reducción con respecto a Julio de 2024, pero sigue situándose muy por encima del 8%.

En cuanto a las cifras totales  de empleados públicos temporales por tipo de relación de servicios tras el fin de 2024 quedan así:

lunes, 17 de marzo de 2025

Publicadas más "segundas vueltas" - relaciones complementarias de superados y elección de plazas desiertas- del concurso de méritos de estabilización del SERMAS por Ley 20/2021: categorías sanitarias de grupos A2

 El BOCM de este 14/03/2025 ha publicado más resoluciones de  "segundas vueltas"   o relaciones de declaración complementaria de superados y proceso de elección de plazas que quedaron desiertas en la primera vuelta de los concursos de méritos excepcinonales de la  OPE  2022 de estabilización del SERMAS  según la ley estatal 20/2021]:, en concreto, para 7 categorías sanitarias de grupos A2, en concreto:

 

Recordatorio. Publicada en el BOE la sentencia del Tribunal Constitucional de 29 de Enero de la inadmisión de la cuestión de inconstitucionalidad del TSJ de Castilla-La Mancha contra las D.A. de concursos de méritos de la ley 20/2021. El Pleno del TC afirma que para el cómputo de plazas a concurso de méritos de la D.A.8ª de la ley no se exigen los requisitos del art. 2.1 de la Ley: el número de plazas que siguieran convocadas en procesos de estabilización anteriores que estuvieran ocupadas por temporales desde antes de 2016 cuando la convocatoria del concurso de méritos de la Ley 20/2021, también se tenían que adicionar al número de plazas del concurso de méritos

 [Recordatorio de entrada publicada el 03/03/2025]

Este 28/02/2025 se ha publicado en el BOE la sentencia 27/2005 de 29/01/2025 del Tribunal Constitucional, deliberada en el Pleno del Tribunal Constitucional del 28 de Enero, con la inadmisión de  la cuestión de inconstitucionalidad del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre las Disposiciones Adicionales que obligan a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de la ley 20/2021, en cuanto a que implicarían una valoración principal de la experiencia en el mismo cuerpo o una invasión de competencias autonómicas, y de la que ha nos hicimos eco aquí en otra entrada.

 El Pleno decidió la inadmisión (sin entrar en el fondo de si son constitucionales o no las D.A.) al "ir la cuestión que plantea el TSJ de CLM más allá de la necesidad" para el proceso judicial en cuyo marco planteó la cuestión, siendo necesario para llegar a este punto que el propio Pleno del Tribunal Constitucional concluyera que para el cómputo de plazas a concurso de méritos de la D.A.8ª de la ley no se exigen los requisitos del art. 2.1. de la ley que sí exigen  para el cómputo de plaza según la D.A. 6ª_: así las plazas  convocadas en procesos de estabilización según las leyes estatales anteriores de 2017 y 2018 que estuvieran ocupadas por temporales desde antes de 2016 cuando la convocatoria del concurso de méritos, también se tenían que adicionar al número de plazas del concurso de méritos, aunque estuviera y siguieran convocadas.

viernes, 14 de marzo de 2025

El pleno del Congreso de ayer acordó a última hora que el debate y votación final del Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado sea en el Pleno del Congreso ( la "avocación a Pleno"). El proyecto de ley tiene enmiendas presentadas por Junts , Podemos y SUMAR para que se haga "fijos a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad por llevar más de 3 años para cumplir con las sentencias europeas y evitar las sanciones de la Comisión Europea

El Pleno del Congreso de este 13/03/2025, tras una modificación de última hora de su orden del día, debatió , a propuesta del Partido Popular, y acordó la "avocación a Pleno del  Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado (nº Expediente 121/31), tras la votación con resultado 326 síes, 1 noes y 16 abstenciones.

 De esta manera , el debate y votación final será por el Pleno del Congreso - es decir, deja de estar delegada a la Comisión de Función Pública la tramitación del Proyecto de esta Ley de función pública del Estado -que en principio es sólo para las AAPP del Estado, pero que tiene carácter de norma supletoria para muchas otras- siendo uno de los compromisos con la Comisión Europea en el Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia español de 2021. Y siendo un proyecto de ley del Estado puede aprovecharse para incluir modificaciones de otras leyes nacionales, como el Estatuto Básico del Empleado público mismo.

Recordemos que se ya se habían publicado las enmiendas parciales de los grupos del Congreso al proyecto de Ley de Función Pública de la AAPP del Estado, figurando entre ellas las de  Junts , Podemos y SUMAR que piden que se hagan "fijos a extinguir" a empleados públicos en abuso de temporalidad por llevar más de 3 años para cumplir con las sentencias europeas y evitar las sanciones de la Comisión Europea.

Precisamente ayer 13/03/2025 expiraba el primer plazo para la preparación del Informe de la Ponencia de la Comisión de Hacienda y Función Pública del Congreso, preparado por un panel  de 15 miembros  o "Ponencia" , nombrados provisionalmente por la Mesa de la Comisión, Comisión que no llegó ni a reunirse después del fin del plazo de presentación de enmiendas. Con la avocación a Pleno por tanto, el debate de la ley no finalizará en el siguiente paso al informe de la Ponencia, el Debate en Comisión,sino que contará además con una votación y debate final en el Pleno del Congreso (como sucede con las las leyes que, por su carácter básico,  no son constitucionalmente delegables a las Comisiones).  Y si el Senado aprueba enmienda o veto del proyecto de ley, será el Pleno del Congreso quien vote la ratificación o rechazo de la decisión del Senado.

jueves, 13 de marzo de 2025

[Recordatorio] 'La Comisaria europea de Empleo, Roxana Mînzatu, se reúne este jueves 13 con el Ministro español de Función Pública, Óscar López. Su dirección general de Empleo mantiene dos procedimiento de infracción contra España por los empleados públicos temporales'

 [Recordatorio de entrada publicada el 10/03/2025]

Según consta en la agenda de los comisarios de la Comisión Europea [ADDENDUM: y en la agenda del Gobierno español], este jueves 13 de Marzo [ADDENDUM: a las 11:30] Roxana Mînzatu, la nueva vicepresidenta y comisaria europea de Derechos Sociales, Capacidades, Trabajo de Calidad y Preparación recibirá en Bruselas al Ministro español de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López.

Nótese que  Mînzatu es la comisaria  responsable de los procedimientos de denuncia múltiple y de infracción abiertos contra España sobre abuso de temporalidad en empleo público así como del procedimiento de infracción abierto sobre discriminación del empleado público temporal, mientras que Óscar López es el ministro español responsable de la normativa sobre los empleados públicos, y por tanto, es el receptor de la carta de Emplazamiento adicional a ESPAÑA  que envío  la Comisión Europea el pasado 3 de Octubre, instándole a que impida el abuso de temporalidad en el empleo público , afirmando que las nuevas normas nacionales, incluida la última ley de procesos de estabilización 20/2021-  "siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras" y dando un plazo a España de dos meses para presentar alegaciones.

La Comisión europea también  envió el pasado verano otra carta de emplazamiento por la discriminación de las condiciones de empleo de ciertos empleados públicos temporales.

Es de imaginar que este tema formará parte de la reunión o al menos asomará.

 

miércoles, 12 de marzo de 2025

[Gob. del Estado] Óscar López, Ministro de Función Pública, se reúne este Jueves 13 a las 11:30 en Bruselas con la comisaria europea de Empleo de Calidad , Roxana Mînzatu [La Comisión Europea tiene dos proc. de infracción contra España por el empleo público temporal]

 Informala Agenda del Gobierno del Estado para este Jueves 13 de Marzo que a las 11:30, Óscar López, el Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, se reúne con la comisaria europea de Derechos Sociales y Capacidades, Empleo de Calidad y Preparación, Roxana Mînzatu, en Bruselas

 

Convocado nuevamente el puesto de Subdirector General de Innovación y Soluciones Asistenciales en la Dirección General de Salud Digital de la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid. Convocatoria abierta al personal estatutario del SERMAS

Acaba de publicarse en el BOCM de este 11/03/2025 la nueva convocatoria de provisión por el procedimiento de libre designación del puesto de Subdirector General de Innovación  y Soluciones Asistenciales  en la  Dirección General de Salud Digital de la Comunidad de Madrid, bajo la  Consejería específica de Digitalización, toda vez que la anterior convocatoria quedó desierta. Recordemos que la antigua Dirección General de SSII y Salud Digital del SERMAS de la Consejería de Sanidad fue integrada en esta Consejería específica de Digitalización. 

El puesto tiene nivel retributivo 30 , grupo A. con complemento específico de casi 46 mil euros, estando la convocatoria abierta tanto a personal funcionario de carrera como a personal estatutario de Servicio de Salud de cualquier categoría de grupo A (es decir, A1), sea de la Comunidad de Madrid, del Estado o de cualquier CCAA, y a diferencia de la convocatoria que se hizo para cubrir la otra Subdirección General de Planificación, Operaciones y ServiciosNótese que si bien no menciona "estatutario" en el articulado donde usa sólo el término "funcionario", sí se menciona explícitamente en el detalle de las condiciones de puesto y estos puestos pueden ser asignados a personal estatutario aunque sea de otra Consejería diferente a la de Sanidad (ver por ejemplo el caso que cubrimos en esta otra entrada).

Publicadas las primeras adjudicaciones informativas de plazas en segunda vuelta del concurso de méritos de estabilización del SERMAS: categorías de facultativos

Este 11/03/2025 se ha publicado en la página web del SERMAS dedicada a los procesos selectivos  en su apartado de las convocatorias 2022 de procesos de estabilización de empleo temporal de la OPE 2022 del SERMAS , las primera relaciones informativas de adjudicaciones de plazas en   "segunda vuelta" , es decir, declaración complementaria de superados y proceso de elección de plazas que quedaron desiertas en la primera vuelta, de los concursos de méritos excepcinonales de la  OPE  2022 de estabilización del SERMAS  según la ley estatal 20/2021]: en concreto, para 24 categorías de personal facultativo que vieron el 20/02/2025 publicada la respectiva lista de superados del proceso selectivo, en concreto:

 

martes, 11 de marzo de 2025

INFORSALUD 2025. XXVIII Congreso nacional de Informática de la Salud, de la SEIS, del 1 al 3 de Abril en Madrid. Programa preliminar

Del 1 al 3 de Abril tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de Madrid el XXVIII Congreso nacional de Informática de la Salud o INFORSALUD 2025 organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] con el lema "Salud Digital para impulsar un nuevo sistema asistencia".

Ya está disponible un programa preliminar de detalle . El congreso contará con
  • las habituales Mesas de Debate (este año “Avanzando en el ENDS”, “Gobierno en el uso de la IA aplicada a la salud digital”, “Imagen médica: modelo de referencia en la transformación digital”, “Gestión del cambio: Formación y Capacitación en competencias digitales para profesionales de la salud”,“Salud Digital y Sostenibilidad”  ,“Estrategias futuras en tecnología y farmacia en las CCAA”, "Provocando el cambio asistencial desde la salud digital" y “Medicina Preventiva y Predictiva: Anticipando el Futuro de la Salud”), u
  • una  mesa redonda especial sobre "Ciberseguridad: Estrategias SNS"  
  • e incluirá además nuevamente INFORFARMA  con una sesión debate específica sobre la informática de farmacia, 
  • y una sección temática del congreso dedicada para profesionales de enfermería, con dos sendas mesas redondas
  • así como las sesiones de presentación soluciones tecnológicas  y de las  comunicaciones , pósteres y proyectos innovadores que se hayan elegido entre las recibidas
 

lunes, 10 de marzo de 2025

La Comisaria europea de Empleo, Roxana Mînzatu, se reúne este jueves 13 con el Ministro español de Función Pública, Óscar López. Su dirección general de Empleo mantiene dos procedimiento de infracción contra España por los empleados públicos temporales

Según consta en la agenda de los comisarios de la Comisión Europea, este jueves 13 de Marzo, Roxana Mînzatu, la nueva vicepresidenta y comisaria europea de Derechos Sociales, Capacidades, Trabajo de Calidad y Preparación recibirá al Ministro español de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López.

Nótese que  Mînzatu es la comisaria  responsable de los procedimientos de denuncia múltiple y de infracción abiertos contra España sobre abuso de temporalidad en empleo público así como del procedimiento de infracción abierto sobre discriminación del empleado público temporal, mientras que Óscar López es el ministro español responsable de la normativa sobre los empleados públicos, y por tanto, es el receptor de la carta de Emplazamiento adicional a ESPAÑA  que envío  la Comisión Europea el pasado 3 de Octubre, instándole a que impida el abuso de temporalidad en el empleo público , afirmando que las nuevas normas nacionales, incluida la última ley de procesos de estabilización 20/2021-  "siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras" y dando un plazo a España de dos meses para presentar alegaciones.

jueves, 6 de marzo de 2025

Recordatorio. Fujitsu y T-Systems las empresas presentadas admitidas al concurso millonario, ya bajo la Consejería de Digitalización, para la unidad centralizada de administración de sistemas del SERMAS, CEDAS, que ya estaba 100% externalizada

 [Recordatorio de entrada publicada el 28/02/2025]

Se ha publicado el Acta de la Mesa de contratacion del 28/01/2025 en la web del concurso de contrato, de servicios, denominado "Gestión Integral de los Centros de Proceso de Datos del Servicio Madrileño de Salud” ( A-SER-028166-2024) ,   declarando las empresas admitidas a este importante concurso del que que ya nos hicimos eco en otra entrada de su convocatoria: la actual adjudicataria Fujitsu T-Systems.

 Recordemos que el contrato tendrá una duración de 3 años ,  con posibilidad de prórroga por 2 años más y cuenta con un apreciable presupuesto base de 20,4 millones de euros para los 3 años  , siendo el objeto del contrato  consiste en la "prestación de los servicios profesionales de administración y gestión operativa de las infraestructuras TIC de los Centros de Proceso de Datos donde reside la IT en uso por parte del SERMAS", es decir,  la gestión unificada de la unidad centralizada de administración de sistemas del SERMAS, CEDAS, que ya se encontraba externalizada de forma íntegra y única , siendo Fujitsu  la adjudicataria del concurso anterior, que ya había visto cumplidas la única prórroga prevista, estando su contrato prorrogado de forma extraordinaria  mes a mes por convalidación extraordinaria del Consejo de Gobierno de la C. de Madrid.

 

miércoles, 5 de marzo de 2025

Publicadas las enmiendas de los grupos del Congreso al proyecto de Ley de Función Pública de la AAPP del Estado. Junts , Podemos y SUMAR piden que se hagan "fijos a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad por llevar más de 3 años para cumplir con las sentencias europeas y evitar las sanciones de la Comisión Europea

El pasado 19/02/2025 finalizó el plazo de la última ampliación de enmiendas parciales,  tras una larga serie de ampliaciones, al Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado (nº Expediente 121/31), con lo que , tal y como avanzó el Ministro de Función Pública en sus recientes comparecencias en el Congreso y en el Senado, continúa la tramitación de esta ley -en principio sólo para las AAPP del Estado, pero que tiene carácter de norma supletoria para muchas otras- siendo uno de los compromisos con la Comisión Europea en el Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia español de 2021. Y siendo un proyecto de ley del Estado puede aprovecharse para incluir modificaciones de otras leyes nacionales, como el Estatuto Básico del Empleado público mismo.

Ya se han publicado en la página web de la iniciativa y en el BOCG Núm. A-31-2 de 04/03/2025 el texto íntegro de las  enmiendas presentadas por cada partido a este proyecto de ley. 

Recordemos que , como ya hemos avanzado en otras entradas previas :

  •  Junts Per Catalunya ha presentado enmiendas (nºs 131-134)a este al Proyecto de Ley de Función Pública para que, vía una modificación del EBEP en sí,  se declare "fijos a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad de la actualidad de todas las AAPP y a los ya cesados que presentaron reclamación contra el cese/despido

  • También Podemos en su  enmienda  presentada (nº 102) con menos detalle

  • El Grupo Parlamentario de SUMAR ha registrado enmiendas   (nºs 211,213 y 220) para la declaración de "personal funcionario, estatutario o laboral fijo a extinguir"  a los empleados públicos de la AAPP bajo el ámbito de esta Ley de Función Pública del Estado  que se encuentren en "situación objetiva de abuso en la temporalidad" por haber superado los plazos de temporalidad establecidos en la ley

  • ERC ha presentado una enmienda (nº 287) para que el EBEP incorpore la obligación de hacer procesos de estabilización con los puestos de los interinos de vacante futuros temporales más de 3 años y se les indemnice con 25 días por año trabajado si no lo superan

  •  el propio PSOE ha incluido una propuesta de modificaciones al Estatuto Básico del Empleado Público -para todas las AAPP- vía enmiendas a este Proyecto de Ley de Función Pública de la Administración del Estado, si bien sobre otros temas, demostrando que es posible incluir modificaciones del EBEP en este PL

 

Por otro lado:

lunes, 3 de marzo de 2025

Publicada en el BOE la sentencia del Tribunal Constitucional de 29 de Enero de la inadmisión de la cuestión de inconstitucionalidad del TSJ de Castilla-La Mancha contra las D.A. de concursos de méritos de la ley 20/2021. El Pleno del TC afirma que para el cómputo de plazas a concurso de méritos de la D.A.8ª de la ley no se exigen los requisitos del art. 2.1 de la Ley: el número de plazas que siguieran convocadas en procesos de estabilización anteriores que estuvieran ocupadas por temporales desde antes de 2016 cuando la convocatoria del concurso de méritos de la Ley 20/2021, también se tenían que adicionar al número de plazas del concurso de méritos

 Este 28/02/2025 se ha publicado en el BOE la sentencia 27/2005 de 29/01/2025 del Tribunal Constitucional, deliberada en el Pleno del Tribunal Constitucional del 28 de Enero, con la inadmisión de  la cuestión de inconstitucionalidad del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre las Disposiciones Adicionales que obligan a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de la ley 20/2021, en cuanto a que implicarían una valoración principal de la experiencia en el mismo cuerpo o una invasión de competencias autonómicas, y de la que ha nos hicimos eco aquí en otra entrada.

 El Pleno decidió la inadmisión (sin entrar en el fondo de si son constitucionales o no las D.A.) al "ir la cuestión que plantea el TSJ de CLM más allá de la necesidad" para el proceso judicial en cuyo marco planteó la cuestión, siendo necesario para llegar a este punto que el propio Pleno del Tribunal Constitucional concluyera que para el cómputo de plazas a concurso de méritos de la D.A.8ª de la ley no se exigen los requisitos del art. 2.1. de la ley que sí exigen  para el cómputo de plaza según la D.A. 6ª_: así las plazas  convocadas en procesos de estabilización según las leyes estatales anteriores de 2017 y 2018 que estuvieran ocupadas por temporales desde antes de 2016 cuando la convocatoria del concurso de méritos, también se tenían que adicionar al número de plazas del concurso de méritos, aunque estuviera y siguieran convocadas.

viernes, 28 de febrero de 2025

[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo declara que el ordenamiento jurídico español no permite convertir en funcionario fijo o equiparable a quien ha recibido nombramientos temporales abusivos sin que medien los procesos selectivos previstos por la ley Destaca que este criterio no se opone a la jurisprudencia del TJUE sobre la materia'

'La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dictado dos sentencias en las que reitera que el ordenamiento jurídico español no permite convertir al personal temporal de la Administración en funcionario de carrera o personal fijo o equiparable sin que medien los procesos selectivos previstos legalmente para acceder a esa condición.

La Sala mantiene la jurisprudencia sentada al respecto y considera que esta no es contraria a la interpretación del Acuerdo Marco que acompaña a la Directiva 1999/70/CE mantenida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En todo caso, añade que quien haya sido objeto de nombramientos temporales abusivos, si acredita haber sufrido perjuicios por esa causa, tendrá derecho a ser indemnizado.

En su sentencia, subraya que, “nuestro Derecho, como hemos venido diciendo de manera constante, no permite convertir al personal temporal de la Administración en funcionario de carrera o personal fijo de la misma equiparable sin que medien los procesos selectivos previstos legalmente para acceder a esa condición. O sea, sin que se sigan, no cualesquiera formas de selección, sino procedimientos fundamentados en los principios constitucionales de mérito y capacidad e igualdad, convocados al efecto y resueltos con todas las garantías por órganos caracterizados por la objetividad en el desempeño de su función”.

[UGT Sanidad Madrid] Información de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid de 27/02/2025 [cronograma de segundas vueltas del concurso de méritos de estabilización del SERMAS y otros procesos selectivos, concursos de traslados desde mayo con todas las plazas de interinos anteriores y de los nuevos interinos tras 2022 no vinculadas a las nuevas OPEs, ...]

Informa UGT este 27/02/2025 de la  reunión de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid  que ha tenido lugar  este mismo día. De su resumen detallado q destacamos  (con notas nuestras , en su caso, en cursiva entre corchetes):

  • Cronograma de procesos selectivos y concursos de traslados del SERMAS
    • Concursos de Traslado:Traslados:  
      • con todas las vacanes cubiertas de interinos de antes de [Julio de] 2022] no vinculadas a OPEs [las ordinarias de 2022, 2023 y 2024, que ya son con plazas idetnficadas, según la nueva normativa estatal de Julio de 2022] 
      • quieren convocar en Mayo de 2025

    • "Segunda vuelta" [de adjudicaciones a siguientes de listas definitivas y elección de plaza por plazas desiertas] de la  OPE  2022 del SERMAS por concurso de méritos [de estabilización según la ley estatal 20/2021]
      • primero A1 Sanitario , luego A2 sanitario y luego resto
      • en todas las categorías menos Facultativo digestivo, Farmacia hospitalaria y Neurofisiología

Fujitsu y T-Systems las empresas presentadas admitidas al concurso millonario, ya bajo la Consejería de Digitalización, para la unidad centralizada de administración de sistemas del SERMAS, CEDAS, que ya estaba 100% externalizada

Se ha publicado el Acta de la Mesa de contratacion del 28/01/2025 en la web del concurso de contrato, de servicios, denominado "Gestión Integral de los Centros de Proceso de Datos del Servicio Madrileño de Salud” ( A-SER-028166-2024) ,   declarando las empresas admitidas a este importante concurso del que que ya nos hicimos eco en otra entrada de su convocatoria: la actual adjudicataria Fujitsu T-Systems.

 Recordemos que el contrato tendrá una duración de 3 años ,  con posibilidad de prórroga por 2 años más y cuenta con un apreciable presupuesto base de 20,4 millones de euros para los 3 años  , siendo el objeto del contrato  consiste en la "prestación de los servicios profesionales de administración y gestión operativa de las infraestructuras TIC de los Centros de Proceso de Datos donde reside la IT en uso por parte del SERMAS", es decir,  la gestión unificada de la unidad centralizada de administración de sistemas del SERMAS, CEDAS, que ya se encontraba externalizada de forma íntegra y única , siendo Fujitsu  la adjudicataria del concurso anterior, que ya había visto cumplidas la única prórroga prevista, estando su contrato prorrogado de forma extraordinaria  mes a mes por convalidación extraordinaria del Consejo de Gobierno de la C. de Madrid.

 

jueves, 27 de febrero de 2025

[ElDiario.es/20 Minutos] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo mantiene que no puede conceder ningún tipo de fijeza como sanción al abuso de temporalidad porque iría contra la Constitución española y reitera su doctrina vigente desde 2018 sobre las consecuencias del abuso de temporalidad en el funcionario interino [Sentencias a dos de los recursos de casación del pasado 11 de Febrero]

Informa El Diario.es este 27/02/2025 que la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha reiterado en unas sentencias recientes que no puede conceder la condición de funcionario de carrera ni ningún tipo de fijeza como sanción al abuso de temporalidad

 El medio traslada de las sentencias esta afirmación del Supremo: “Nuestro derecho no permite convertir al personal temporal en funcionario de carrera o personal fijo sin que medien los procesos selectivos previstos legalmente ... "El impedimento de aplicar sin más las sentencias europeas" ... “no es de mera legalidad, sino de constitucionalidad”. 

 

Informa también 20 minutos igualmente, especificando que el Tribunal Supremo ha informado hoy [a los medios de prensa en nota interna, dado que no ha sacado nota pública] que ha publicado hoy dos sentencias del 11/02/2025 , en los los recursos de una funcionaria interina más de 13 años de   de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de un profesor de Enseñanza Secundaria , interino durante 29 años y trasladando que la Sala de lo Contencioso Supremo ha reiterado su doctrina actual [de Septiembre de 2018, reiterada en Noviembre y  Diciembre de 2021] que sólo admite como consecuencia del abuso en el funcionario/estatutario interino la posibilidad de la reclamación patrimonial de daños concretos acreditados [de imposible obtención en la práctica]

 

NOTA DEL EDITOR: la primera sentencia citada es la  sentencia de la Sección 4ª Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo de 25_02/2024, deliberada el 11/02/2024, al importantes recurso de casación n° 4436/2024 (admitido por el Auto del Tribunal Supremo 9797/2024  que fue abordado por esta sección el 11 de Febrero, tras la sentencia del Tribunal europeo de 13/06/2024  para determinar si revisaba su doctrina de la consecuencia ante el abuso de temporalidad del funcionario interino (incluye estatutario temporal de servicio de salud,siendo el ponente a  PABLO LUCAS MURILLO DE LA CUEVA

 Las respuestas a las cuestiones casacionales que ha determinado esta Secicón de la Sala del Supremo son: