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martes, 26 de diciembre de 2023

Publicada la OPE para Concurso de Méritos de Administración y Servicios de la CCAA de Baleares derivada del Real Decreto-Ley 5/2023 con 13 plazas por personal temporal desde antes de 2016 que no superó procesos de estabilización anteriores con oposición y sus plazas no fueron computadas al concurso de méritos

 Se ha publicado en el  B.O.I.B. del 23/12/2023  el "Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de diciembre de 2023, por el que se aprueba la oferta de ocupación pública para el año 2023 correspondiente al personal funcionario del ámbito de los servicios generales al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears" , en la que se han computado  13 plazas de Personal funcionario de Administración y Servicios para ser convocadas a concurso de méritos de la Ley estatal  20/2021, computadas por personal con una relación temporal anterior a 1 de enero de 2016 que no han superado los procesos selectivos de estabilización convocados con un sistema selectivo distinto" del concurso de méritos previsto por la disposición adicional 8ª de la Ley 20/2021", de acuerdo con el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023",aprobado este verano por el Gobierno del Estado , ratificado con la convalidación por el Congreso y de obligado cumplimiento para todas las AAPP. 

 

jueves, 21 de diciembre de 2023

[ATAP] El sindicato "Asociación de trabajadores del Ayuntamiento de Palma" denuncia el error en la aplicación de la Ley 20/2021 por parte del Ayuntamiento de Palma [y del posterior Real Decreto-Ley 5/2023: hay plazas que deben salir al Concurso de Méritos]

'La ley 20/2021 para la reducción de la temporalidad laboral en laadministración pública es de obligado cumplimiento por parte de todas las administraciones públicas. Su objeto es dar la oportunidad a todas las administraciones públicas a estabilizar, a través de concurso de méritos o concurso oposición extraordinario, todas las plazas que se encuentren en situación fraudulenta en su contratación culminando el proceso a final del 2024.

Esta ley establece que todas las plazas estructurales o programas, que comparten las mismas funciones recurrentes, que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016 serán convocadas por concurso de méritos, y, las plazas ocupadas por 3 años antes 1 de enero de 2021 por concurso oposición extraordinario.

lunes, 6 de noviembre de 2023

Recordatorio. [17/07/2019] El Tribunal Supremo sentencia justificado en un plan de estabilización, como el de Baleares de 2009, valorar mucho más la experiencia previa en la Administración convocante que en otra distinta

[Recordatorio de entrada publicada el 17/07/2019  OJO DE 2019] Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 24/06/2019  de la Salaa de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo del recurso de casación 1776/2016  en el caso de la demanda de una opositora contra la puntuación 4 veces superior de la antigüedad  en la Administración convocante con respecto a la antigüedad en otro puesto de igual o equivalente categoría pero en otra AAPP, en el caso de las convocatoria del concurso-oposición de  12/01/2009 para el ingreso como funcionario fijo en el Cuerpo Superior de la Administración General de la Comunidad dentro del Plan de Estabilidad, Laboral de la CAIB, argumentando la demandante que infringe el artículo 23 de la Constitución y su principio de igualdad.


Según resume la sentencia, el Gobierno Balear defendía la legalidad de esa puntuación superior porque  el Plan de Estabilidad Laboral de la convocatoria se aprobó en virtud de la disposición transitoria 8ª de la Ley balear 2/1989, que habilita para  en la fase de concurso "se valore la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria", como también habilita (pero no obliga) la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público, defendiendo que la " finalidad perseguida era constitucionalmente legítima y no es arbitraria o injustificada la diferente puntuación de los servicios previos según se prestaran en la misma Administración o en otras" al tratarse de un Plan de Estabilización [de puestos que no fueron convocados  en su debido momento]

El Tribunal Supremo da la razón al Gobierno Balear afirmando directamente que  no aprecia  "infracción del artículo 23 de la Constitución" ni "una diferencia de tratamiento injustificada" en esas bases. Así argumenta: " no parece arbitrario atribuir distinta puntuación a la experiencia previa en la Administración según se haya adquirido en la misma a la que pertenece la plaza convocada o a otra diferente. Aun pudiendo haber elementos comunes entre una y otra, no cabe duda de que no es el mismo el contexto organizativo y funcional correspondiente ni de que tampoco coinciden, en principio, las competencias y funciones ni la normativa a aplicar. Por lo tanto, mediando esas diferencias no es irrazonable que también difiera la puntuación"
 
Y concluye el Alto Tribunal, sin necesidad de mencionar las leyes habilitadoras que usaba el Gobierno Balear "que no es arbitrario valorar de distinto modo la experiencia adquirida en Administraciones diferentes y añadir que tampoco hay precepto alguno que imponga tratar de igual modo los servicios prestados en los ayuntamientos y los prestados en la Administración autonómica"



miércoles, 9 de agosto de 2023

[SINTTA CAIB] 'Sólo el 79% de funcionarios interinos de servicios generales de la CAIB [Administración de la CCAA de las Islas Baleares] ha conseguido plaza en el procedimiento de estabilización convocado a través de un concurso de méritos. SINTTA CAIB exige subsanar el «bajo porcentaje» de interinos estabilizados por el Ejecutivo balear'

 'Son los datos que ofreció la ex consellera de Presidencia, Función Pública e Igualdad el pasado 13 de junio, cuando se publicaron las listas provisionales del concurso de méritos convocado en la CAIB. De las 190 plazas convocadas de los cuerpos generales de la CAIB (Cuerpo superior, gestión, administrativo, auxiliar y subalterno), serán cubiertas por interinos de esta Administración 150, lo que supone sólo un 79% de las plazas ofertadas.

Tal como habían advertido hace un año los sindicatos SINTTA, ATAP y USO, en el momento de votar en contra de las bases generales aprobadas en la Mesa de negociación de las Administraciones Públicas de las Illes Balears para la reducción de la temporalidad, el proceso de estabilización se desvirtuaba al no garantizar la estabilización de los trabajadores temporales que se encontraran en una situación abusiva en su relación laboral, vulnerando el objetivo y el efecto útil de la cláusula 5 del Acuerdo Marco de la Directiva 1999/70/CE, sobre el trabajo de duración determinada. Los concursos de méritos convocados, ofertando plazas de interinos con una antigüedad superior a los 6 años, fueron autorizados por el gobierno central como una medida para sancionar el abuso de la temporalidad en las Administraciones Públicas, al no existir en nuestra legislación ninguna otra medida efectiva que sancione los abusos constatados respecto de los empleados del sector público.

Es por ello que, estabilizar a personas que no se encuentran en una situación laboral temporal abusiva en la administración convocante, desvirtúa e incumple el objetivo de la citada Directiva y de la Ley 20/2021, de reducción de la temporalidad en el empleo público. A sabiendas de las desigualdades e incumplimientos que se están produciendo en todo el territorio nacional en los procedimientos de estabilización convocados a través del concurso de méritos, donde unas Administraciones estabilizarán al 100% de interinos y otras se quedarán muy lejos, tanto por el hecho de no haber ofertado la totalidad de las plazas disponibles, como por la aplicación de unas bases no adecuadas.

 

viernes, 16 de junio de 2023

[SINTTA CAIB] 'Análisis de los resultados provisionales del concurso de méritos CAIB [Servicios Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears] (en especial, A1)'

 'Como ya sabéis, hoy se ha publicado la lista provisional de valoración de méritos del Concurso de Méritos del cuerpo general de la CAIB. El listado ha provocado alegrías y lamentos. Lamentos que ya advertimos que se producirían a los responsables de haber aprobado unas bases generales que no garantizaban la estabilidad de los abusados, pues estábamos ante una promoción interna encubierta, tal y como habían quedado finalmente esas bases.

Lo que se estabilizan son plazas, nos dijeron. Sí, pero ese NO era el objetivo de la Ley 20/2021. El objetivo era estabilizar personas, a interinos de larga duración en situación de abuso, porque de lo contrario, se hubieran convocado oposiciones libres o concurso oposición, y no un concurso de méritos. Para este viaje, no hacían falta  alforjas. 

miércoles, 14 de junio de 2023

[Gobierno de Baleares] 'El Govern reduce la temporalidad de los Servicios Generales en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en 1.810 plazas' [736 plazas de estabilización por Ley 20/2021; de 190 plazas a concurso de méritos de los cuerpos generales, 150 para interinos en activo, cesan 15 interinos de los que se presentaron] Consellera de Función Pública: "un 97% de las plazas las ocupará personal funcionario interino" [actual o del pasado]

 'El Govern de les Illes Balears ha reducido la temporalidad de los Servicios Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB) en 1.810 plazas. Concretamente, entre 2015 y 2018, ha convocado y resuelto 772 plazas (584 de turno libre y 188 de promoción interna) y, actualmente, están en proceso 736 plazas de estabilización y 302 de promoción interna. Esto representa que, entre las plazas con los procesos finalizados y las plazas de los procesos que están en marcha, el ejecutivo ha reducido su temporalidad en 1.810 plazas para conseguir un servicio público de calidad en el que sus empleados también vean reconocidos sus derechos.

Con todo, este martes, la Conselleria de Presidencia, Función Pública e Igualdad, mediante la Dirección General de Función Pública, ha publicado en el Portal del Opositor (https://oposicions.caib.es) las listas provisionales del proceso de estabilización de interinos de la CAIB, concretamente, de las 190 plazas correspondientes a los cuerpos generales.

Así lo detalló hoy en rueda de prensa la consellera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en funciones, Mercedes Garrido, en la que estuvo acompañada por la directora general de Función Pública, Carmen Palomino, y la directora gerente de la EBAP, María de Carmen Iglesias.

Garrido ha explicado que «de las 330 plazas de personal funcionario, ahora se dan los códigos de las plazas de los cuerpos generales y el orden de puntuación, una vez revisados ​​los méritos y comprobada la documentación, es decir, de 190 plazas». La consellera en funciones también ha anunciado que los exámenes del concurso oposición para estabilizar los puestos de trabajo de los cuerpos generales (225), de personal laboral (24 plazas) y de promoción interna (312 plazas) serán el próximo 18 de noviembre para la promoción interna y personal laboral, el 25 de noviembre para los cuerpos superior y de gestión, el 2 de diciembre para los cuerpos administrativo y subalterno, y el 16 de diciembre para el cuerpo auxiliar.

De estas 190 plazas, 150 las ocuparán interinos en activo; 21, interinos no activos con servicios prestados de más de cinco años con plaza de funcionario de carrera de otros cuerpos; 13 serán para interinos no activos con servicios prestados de más de cinco años; 5 para funcionarios de carrera de otros cuerpos, y 1 para un funcionario de carrera de otras administraciones.

lunes, 5 de diciembre de 2022

Publicado en el Boletín Oficial los criterios de los Concurso de Méritos de la ley 20/2021 que se convocarán para personal del Servicio Balear de Salud: peso del 70% de la experiencia puntuando 2,5 veces la antigüedad en la categoría en el propio servicio de salud con respecto a otro. Requisitos de no ser ya fijo en la categoría y de conocimientos de catalán

Se ha publicado en el BOIB este 03/12/2022 la  Resolución del Director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se aprueban las bases generales y el baremo de méritos que deben regir las convocatorias de las 1.619 plazas para concurso de méritos de la oferta de empleo público excepcional 2022 según la ley 20/2021   de personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares (publicada el 24/05/2022 tras dejar sin efecto las convocatorias de OPEs anteriores sin listas de admitidos publicadas y corregida posteriormente tras detectar "a raíz de distintas reclamaciones por parte de varios interesados" que 13 plazas computadas originalmente para concurso-oposición debían computarse para concurso de méritos y detectar la falta de 1 plaza sin computar, también a concurso de méritos). También se han publicado el mismo día las bases que regirán las convocatorias de las 2.496 plazas que se contabilizaron para la modalidad de concurso oposición en dicha OPE.

Las bases establecen como requisitos generales para poder obtener plaza fija por este proceso, además de las titulaciones respectivas y otros que tenga cada convocatoria específica:

  • no ostentar  un nombramiento como personal estatutario fijo en la categoría donde se concurra (ni en el momento de presentarse ni en el momento de la toma de posesión)
  • acreditar el nivel de conocimientos de catalán exigido según el grupo profesional de la categoría

Así en especial se avisa que "las personas adjudicatarias de una plaza que, en el momento del nombramiento, tengan formalizado otro en la misma categoría profesional o una de homóloga —o, en su caso, especialidad— en otro servicio de salud no podrán formalizar el nuevo nombramiento por el hecho de no cumplir el requisito de no ser personal estatutario fijo en la misma categoría profesional u homóloga (o, en su caso, especialidad)."

También se incluyen dos puntos que figuraban en el documento del Consejo Interterritorial de recomendaciones :

  • "las personas adjudicatarias de una plaza no podrán participar en los concursos de provisión de plazas ni en promociones internas temporales durante un plazo mínimo dos años a contar desde el día en que hayan tomado posesión de la plaza"
  • " Tampoco podrán participar durante el mismo periodo de dos años en convocatorias de comisión de servicios, excepto que en una primera convocatoria haya quedado desierta".

 


En cuanto al baremo  siempre para los concursos de méritos de personal estatutario del Servicio Balear de Salud , los 100 puntos máximos del concurso de méritos se valorarán así:

miércoles, 17 de agosto de 2022

Recordatorio. [17/07/2019] El Tribunal Supremo sentencia justificado en un plan de estabilización, como el de Baleares de 2009, valorar mucho más la experiencia previa en la Administración convocante que en otra distinta

[Recordatorio de entrada publicada el 17/07/2019  OJO DE 2019] Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 24/06/2019  de la Salaa de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo del recurso de casación 1776/2016  en el caso de la demanda de una opositora contra la puntuación 4 veces superior de la antigüedad  en la Administración convocante con respecto a la antigüedad en otro puesto de igual o equivalente categoría pero en otra AAPP, en el caso de las convocatoria del concurso-oposición de  12/01/2009 para el ingreso como funcionario fijo en el Cuerpo Superior de la Administración General de la Comunidad dentro del Plan de Estabilidad, Laboral de la CAIB, argumentando la demandante que infringe el artículo 23 de la Constitución y su principio de igualdad.

Según resume la sentencia, el Gobierno Balear defendía la legalidad de esa puntuación superior porque  el Plan de Estabilidad Laboral de la convocatoria se aprobó en virtud de la disposición transitoria 8ª de la Ley balear 2/1989, que habilita para  en la fase de concurso "se valore la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria", como también habilita (pero no obliga) la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público, defendiendo que la " finalidad perseguida era constitucionalmente legítima y no es arbitraria o injustificada la diferente puntuación de los servicios previos según se prestaran en la misma Administración o en otras" al tratarse de un Plan de Estabilización [de puestos que no fueron convocados  en su debido momento]

El Tribunal Supremo da la razón al Gobierno Balear afirmando directamente que  no aprecia  "infracción del artículo 23 de la Constitución" ni "una diferencia de tratamiento injustificada" en esas bases. Así argumenta: " no parece arbitrario atribuir distinta puntuación a la experiencia previa en la Administración según se haya adquirido en la misma a la que pertenece la plaza convocada o a otra diferente. Aun pudiendo haber elementos comunes entre una y otra, no cabe duda de que no es el mismo el contexto organizativo y funcional correspondiente ni de que tampoco coinciden, en principio, las competencias y funciones ni la normativa a aplicar. Por lo tanto, mediando esas diferencias no es irrazonable que también difiera la puntuación"
 
Y concluye el Alto Tribunal, sin necesidad de mencionar las leyes habilitadoras que usaba el Gobierno Balear "que no es arbitrario valorar de distinto modo la experiencia adquirida en Administraciones diferentes y añadir que tampoco hay precepto alguno que imponga tratar de igual modo los servicios prestados en los ayuntamientos y los prestados en la Administración autonómica"



martes, 21 de junio de 2022

Recordatorio. Publicadas las OPE extraordinarias de estabilización de la CCAA de Baleares , según la ley estatal 20/2021, de personal de Administración General, docente y del Servicio Balear de Salud , en este caso tras dejar sin efecto las convocatorias de OPEs anteriores sin listas de admitidos publicadas

  [Recordatorio de entrada publicada el 01/06/2022] En el Boletín Oficial de las Islas Baleares del pasado 24/05/2022 se publicaron  las ofertas de empleo público extraordinarias de plazas computadas según la nueva Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad pública , detallando cuáles deben convocarse por el sistema excepcional del concurso de méritos de las Disposiciones adicionlaes 6ª y 8ª de la citada ley y cuáles por concurso-oposición:

  • personal funcionario y laboral de la Administración general 550 plazas de personal funcionario, 327 para concurso de ḿerits y de 181 plazas de personal laboral,157 de ellas a concurso de méritos, indicando que se han reincluido  las plazas todavía no convocadas incluidas en las ofertas de empleo de los años 2019, 2020 y 2021, detallando cuáles por cuerpo/categoría

  •  personal funcionario de cuerpos docentes de enseñanza no universitaria: 2.646 plazas , 2.554 de ellas para concurso de méritos, indicando que se han incluido en esta oferta pública las 900 plazas correspondientes al proceso de estabilización de la OPE 2020 que no se habían convocado y las 322 plazas correspondientes a la tasa de estabilidad de la  OPE de 2017 que  habiendo sido convocadas habían quedado desiertas.

  • personal del Servicio Balear de Salud: 1.605 por concurso de méritos y 2.509 por concurso-oposición , indicándose que se han reincluido "plazas de diversas categorías profesionales, algunas de las cuales no han sido incluidas en ninguna convocatoria debidamente publicada o, habiendo sido convocadas, no se ha aprobado la lista provisional de admitidos y excluidos, por lo que no se ha generado derecho subjetivo en los eventuales aspirantes, tal como declaró el Tribunal Supremo en la Sentencia de 16 julio de 1982".

 

miércoles, 1 de junio de 2022

Publicadas las OPE extraordinarias de estabilización de la CCAA de Baleares , según la ley estatal 20/2021, de personal de Administración General, docente y del Servicio Balear de Salud , en este caso tras dejar sin efecto las convocatorias de OPEs anteriores sin listas de admitidos publicadas

En el Boletín Oficial de las Islas Baleares del pasado 24/05/2022 se publicaron  las ofertas de empleo público extraordinarias de plazas computadas según la nueva Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad pública , detallando cuáles deben convocarse por el sistema excepcional del concurso de méritos de las Disposiciones adicionlaes 6ª y 8ª de la citada ley y cuáles por concurso-oposición:

  • personal funcionario y laboral de la Administración general 550 plazas de personal funcionario, 327 para concurso de ḿerits y de 181 plazas de personal laboral,157 de ellas a concurso de méritos, indicando que se han reincluido  las plazas todavía no convocadas incluidas en las ofertas de empleo de los años 2019, 2020 y 2021, detallando cuáles por cuerpo/categoría

  •  personal funcionario de cuerpos docentes de enseñanza no universitaria: 2.646 plazas , 2.554 de ellas para concurso de méritos, indicando que se han incluido en esta oferta pública las 900 plazas correspondientes al proceso de estabilización de la OPE 2020 que no se habían convocado y las 322 plazas correspondientes a la tasa de estabilidad de la  OPE de 2017 que  habiendo sido convocadas habían quedado desiertas.

  • personal del Servicio Balear de Salud: 1.605 por concurso de méritos y 2.509 por concurso-oposición , indicándose que se han reincluido "plazas de diversas categorías profesionales, algunas de las cuales no han sido incluidas en ninguna convocatoria debidamente publicada o, habiendo sido convocadas, no se ha aprobado la lista provisional de admitidos y excluidos, por lo que no se ha generado derecho subjetivo en los eventuales aspirantes, tal como declaró el Tribunal Supremo en la Sentencia de 16 julio de 1982".

 

martes, 24 de mayo de 2022

[Gobierno de Baleares] 'La presidenta Armengol anuncia una oferta de ocupación pública histórica de más de 10.000 plazas en Salud, Educación y servicios generales de la Administración. '

[23/05/2022] 'La presidenta del Govern, Francina Armengol, ha anunciado hoy una oferta de ocupación pública de más de 10.000 puestos de trabajo de los servicios públicos de la Comunidad Autónoma. Se trata de un proceso de estabilización de personal histórico que reducirá la temporalidad hasta situarla por debajo del 8% en Educación y en el Servicio de Salud, y que la dejará al 0% en los servicios generales de la Comunidad Autónoma.

Armengol ha dicho que esta cifra de plazas “es muy elevada e histórica” y que se podrá lograr “porque no partimos de cero”. En este sentido, ha recordado que en los últimos siete años “hemos hecho realidad muchos procesos de oposición y estabilización de personal, siempre de manera dialogada con los sindicatos”, que han permitido bajar la interinidad tanto en los servicios generales, como en salud y en educación. Asimismo, la presidenta ha destacado que “con este acuerdo damos un paso definitivo en esta dirección” que se traduce “en una sanidad más fuerte, en una educación de la máxima calidad y en una administración ágil y accesible” en que sus trabajadores llevan a cabo su tarea “con unas mejores condiciones laborales”.

El Consell de Govern ha aprobado hoy la Propuesta de acuerdo por la cual se aprueba la oferta de ocupación pública de estabilización de personal interino para reducir la temporalidad en la Administración de la Comunidad Autónoma. De este modo, se cumple la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública. Esta Ley marca que todas las administraciones públicas tienen que reducir la temporalidad por debajo del 8% antes de que acabe el 2024.

Este acuerdo, negociado en las respectivas mesas de negociación con los sindicatos, supondrá la estabilización, en el marco de la Ley 20/2021, de 8.644 plazas. A estas, se tienen que sumar 776 plazas más que se estabilizarán correspondientes a ofertas de ocupación anteriores en servicios generales y más de 1.000 plazas más que está previsto que salgan a concurso oposición en Educación para cubrir las tasas de reposición de los años 2020, 2021 y 2022.

jueves, 24 de marzo de 2022

Recordatorio. [17/07/2019] El Tribunal Supremo sentencia justificado en un plan de estabilización, como el de Baleares de 2009, valorar mucho más la experiencia previa en la Administración convocante que en otra distinta

[Recordatorio de entrada publicada el 17/07/2019  OJO DE 2019] Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 24/06/2019  de la Salaa de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo del recurso de casación 1776/2016  en el caso de la demanda de una opositora contra la puntuación 4 veces superior de la antigüedad  en la Administración convocante con respecto a la antigüedad en otro puesto de igual o equivalente categoría pero en otra AAPP, en el caso de las convocatoria del concurso-oposición de  12/01/2009 para el ingreso como funcionario fijo en el Cuerpo Superior de la Administración General de la Comunidad dentro del Plan de Estabilidad, Laboral de la CAIB, argumentando la demandante que infringe el artículo 23 de la Constitución y su principio de igualdad.

Según resume la sentencia, el Gobierno Balear defendía la legalidad de esa puntuación superior porque  el Plan de Estabilidad Laboral de la convocatoria se aprobó en virtud de la disposición transitoria 8ª de la Ley balear 2/1989, que habilita para  en la fase de concurso "se valore la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria", como también habilita (pero no obliga) la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público, defendiendo que la " finalidad perseguida era constitucionalmente legítima y no es arbitraria o injustificada la diferente puntuación de los servicios previos según se prestaran en la misma Administración o en otras" al tratarse de un Plan de Estabilización [de puestos que no fueron convocados  en su debido momento]

El Tribunal Supremo da la razón al Gobierno Balear afirmando directamente que  no aprecia  "infracción del artículo 23 de la Constitución" ni "una diferencia de tratamiento injustificada" en esas bases. Así argumenta: " no parece arbitrario atribuir distinta puntuación a la experiencia previa en la Administración según se haya adquirido en la misma a la que pertenece la plaza convocada o a otra diferente. Aun pudiendo haber elementos comunes entre una y otra, no cabe duda de que no es el mismo el contexto organizativo y funcional correspondiente ni de que tampoco coinciden, en principio, las competencias y funciones ni la normativa a aplicar. Por lo tanto, mediando esas diferencias no es irrazonable que también difiera la puntuación"

lunes, 14 de febrero de 2022

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Baleares aplica la "nueva" doctrina del Supremo de que las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea obligan a reconocer una situación "objetivamente" de abuso en una interinidad de vacante prolongada pero no a conceder una sanción que no esté contemplada en la normativa, y rechaza la fijeza e indemnización a 3 interinas de vacante entre 5 y 12 años en la última vacante

Hace unas semanas nos hicimos eco aquí de la importante  sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de empleados públicos funcionarios de cualquier AAPP y estatutarios de los servicios de Salud) del Tribunal Supremo  de 30/11/2021 (rec. nº 6302/2018) por la que, tras incluir ya tanto la famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros"  como su "corroboración" o aclaración, la sentencia europea de 03/06/2021 en el asunto IMIDRApasaba a  reconocer de forma pionera en un empleado público funcionario/estatutario que ya es interino de vacante, la situación de abuso de temporalidad en el sentido de la Directiva europea pero no concedía la indemnización por abuso de temporalidad solicitada argumentando que no está contemplada en la legislación nacional, y realizando la afirmación más general  que de las sentencias del Tribunal de Justicia del Unión Europea sobre abuso de temporalidad en empleo público "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante este tipo de abuso si la sanción demandada no está explícitamente contemplada en la legislación nacional para el funcionario  o estatuario de servicio de salud, correspondiéndole a las autoridades legislativas regularla.

miércoles, 9 de febrero de 2022

[Ultima Hora] El Gobierno Balear estima en 5000 los temporales de más de 3 años que deben ir en su Administración general a convocatorias de estabilización según la nueva ley

 Informaba Última Hora este 07/02/2022 que el Gobierno balear ha aprobado un Decreto que crea una mesa de negociación específica para definir las convocatorias del nuevo proceso de estabilización en a Administración autonómica general (sin docentes de Educación y personal del servicio de Salud que va a parte ) acordes la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública, surgida, según el medio,l "tras una sentencia europea que obliga a solucionar el problema de los interinos", informando que el Gobierno Balear estima en 5000 plazas temporales más de 3 años las que habría que incluir en cuando a la Administración autonómica general (sin docentes de Educación y personal de Salud).

miércoles, 18 de agosto de 2021

[USO Islas Baleares - CAIB] 'Recurso de alzada contra la Instrucción de la directora general de Función Pública sobre los criterios que se deben aplicar para el cese del personal funcionario y laboral interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears '

 '[...] mediante el presente escrito, en tiempo y forma, presenta recurso de alzada contra la Instrucción 2/2021, de 20 de julio de 2021, de la directora general de Función Pública sobre los criterios que se deben aplicar para el cese del personal funcionario y laboral interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

El presente recurso de alzada se fundamenta en las siguientes

 

ALEGACIONES

 

  1. USO CAIB tiene legitimación activa para la interposición del presente recurso de alzada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.1.e) del vigente TREBEP, en tanto en cuento la aplicación de la instrucción impugnada tiene un efecto directo e inmediato sobre las “condiciones de trabajo” del personal afectado por la misma (no conocemos mayor afectación de las condiciones de trabajo que la propia pérdida del puesto de trabajo).

[...]


  1. [...] La Instrucción 2/2021 se encuentra incursa en vicio de nulidad de pleno derecho por los siguientes motivos (artículo 47.1.e) y 47.2 de la Ley 39/2015):

viernes, 4 de junio de 2021

[Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo anula el toque de queda y el límite máximo de personas en las reuniones familiares y sociales en Baleares La Sala considera que no se ha justificado que la adopción de unas medidas tan intensas y severas resulten indispensables'

'La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado el toque de queda y la limitación de reuniones familiares y sociales decretado por el gobierno balear en las Islas Baleares tras el cese del estado de alarma al considerar que no se ha justificado que la adopción de unas medidas tan intensas y severas resulten indispensables. 

El tribunal estima el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra el auto de 20 de mayo de 2021 del TSJ de las islas Baleares que ratificó las medidas adoptadas por el gobierno de dicha comunidad para combatir la pandemia del Covid-19 tras el cese del estado de alarma: toque de queda entre las 24 y las 6 horas con determinadas excepciones, controles para la entrada en el territorio balear de otras personas provenientes de otros lugares del territorio nacional, límite máximo de 6 personas en reuniones familiares y sociales en espacios interiores, y en ocho en espacios abiertos; y 50% aforo en lugares de culto cerrados. De esas cuatro medidas, ratificadas judicialmente, el fiscal recurrió únicamente el llamado toque de queda nocturno y el límite máximo de personas en reuniones familiares y sociales. La estimación supone la anulación del auto en la parte relativa a estas dos medidas recurridas. 

martes, 9 de marzo de 2021

Ciudadanos, El Pi y PP presentan iniciativas parlamentarias en Baleares sobre el abuso de temporalidad en el empleo público. En el debate hoy de la moción del PP, PSOE de Baleares dice que ya está en marcha una solucion de normativa desde el Estado que prohibirá a futuro contratos de más de 3 años pero también "regularizará el pasado con procesos de consolidación de plazas"

  • Ciudadanos, una PNL para inspección y sanción con la figura de "personal fijo a extinguir". 
  • El Pi, una PNL para un concurso de méritos con prioridad la antgüedad en los puestos, 
  • PP, una moción que insta al Gobierno del Estado y Balear a cambios normativos y mientras tanto la exclusión de OPEs de los puestos del personal en abuso y que se debatió este Martes 9 en el Pleno del Parlamento Balear, siendo rechazados esos puntos, salvo la realización de un informe, con los votos en contra del Gobierno Balear 
  • Podemos y PSOE dicen que ya está en marcha una resolución normativa efectiva desde el Estado, como aseguró el Ministro, detallando el PSOE que por un lado prohibirá a futuro contratos de más de 3 años pero también "regularizará el pasado  con procesos de consolidación de plazas"

 

 

Los 3 grupos parlamentarios de Ciudadanos, Partido Popular y El Pi-Proposta per les Illes Balears, tras reunirse y atender la petición de la Coordinadora de interinos y temporales de les Illes Balears, han presentado iniciativas en relación a la temporalidad abusiva en las Administraciones Públicas que se debatirán y votarán en próximos días en el Parlamento Balear.

 

Ciudadanos registró el pasado 19/02/2021 una Proposición No de Ley (nº expdte 10-2021/PRON-0074), que se debatirá en la "Comissió d'Assumptes Institucionals i Generals", para "el establecimiento de sistemas específicos de inspección y régimen sancionador para las Administraciones que realicen conductas abusivas en materia de contratación pública, específicamente en la contratación sucesiva de personal temporal en fraude de ley" cuyo texto dispositivo (publicado en el BOPIB nº 89 pàgina 5071, tras su admisión a trámite) reza, siempre motivado por la Directiva Europea 1999/70/CE y la reciente jurisprudencia europea en  torno al abuso de temporalidad en el empleo público:

lunes, 26 de octubre de 2020

Inauguración y sesión de lecciones aprendidas en cuatro Servicios de Salud autonómicos de la XVIII Reunión Salud Conectada de la Sociedad Española de Informática de la Salud

El pasado miércoles 21 de Octubre  tuvo lugar la primera jornada de la XVIII Reunión del Foro Salud Conectada (anteriormente denominado Foro de Telemedicina),  organizada por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] , que iban a tener lugar físicamente en Murcia, pero que finalmente tuvo lugar en formato virtual  ante las restricciones por la pandemia de COVID-19, manteniendo  el apoyo de la Consejería de Salud de Murcia y del Servicio Murciano de Salud.


En la Mesa de inauguración de la reunión, José Manuel Morales Pastora, Coordinador General de  la Reunión, recordó muy especialmente a los miembros de la SEIS fallecidos este año: Salvador Arribas y Julio Moreno.


Luciano Sáez , presidente de la SEIS, recordó a su vez que el objetivo de la reunión es "valorar y difundir las diferentes aplicaciones de las TIC como herramienta asistencial a distancia y  facilitar el conocimiento sobre herramientas y soluciones existentes". Reconoció que  "en estos meses se ha demostrado la carencia de SSII eficientes que permitieran tomar medidas COVID con información en tiempo real" y así, "la pandemia ha puesto de manifiesto la debilidad de los SSII, la falta de inversión en éstos así como la de RRHH dedicados a esta labor tan estratégica"aunque valoró que "sin embargo, la pandemia también ha provocado que se pusieran en funcionamiento extendido muy rápidamente muchas aplicaciones y SSII básicamente de Salud Conectada" que "han demostrado ser una buena herramienta"


lunes, 1 de junio de 2020

Recordatorio. Especial de la Revista de la SEIS sobre Ciberseguridad en las TI de la Salud, último nº bajo la dirección de Salvador Arribas, recientemente fallecido por coronavirus. ¡Gracias, Salvador!

[Recordatorio de entrada publicada el 21/05/2020]

El nº 139 de Abril de 2020 de la Revista de la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS]  y que acaba de ser publicado, es un especial titulado  "Ciberseguridad, clave para la transformación tecnológica en Salud" , dedicado especialmente en su portada y una sección de agradecimiento  a Salvador Arribas, el director de Comunicación de la SEIS y de esta Revista, recientemente fallecido por coronavirus, dándose la circunstancia que éste nº 139 es el último realizado bajo su dirección. Reiteramos lo ya expresado, la Junta Directiva de esta Asociación de informáticos de Sanidad de la Comunidad de Madrid , y en especial su Presidente, que mantenía un estrecho contacto con Salvador al realizar habitualmente colaboraciones para cubrir en esta revista congresos de la  SEIS, lamenta profundamente esta enorme pérdida, no sólo la de un profesional pionero de la informática sanitaria en España y de la necesidad de organización en una sociedad científica y profesional, sino también la de una persona con un carácter humano y humanista ejemplar; y se suma a ese ¡GRACIAS, SALVADOR! que abre este emotivo ejemplar de la revista. 
 
Como no podía ser menos, la revista incluye entradas "In memoriam" del  fallecimiento de Julio Moreno González, socio fundador y miembro de la Junta Directiva de la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS], coordinador general durante muchos años de sus Jornadas Nacionales en Andalucía así como del fallecimiento de Salvador.

Como número especial, este número de la revista una serie de artículos específicos sobre el tema de la Ciberseguridad en las TI de Salud -algunos de los cuales por su relevancia para la temática de este blog de la asociación de los informáticos de la Consejería de Sanidad cubriremos en otras entradas específicas-: