Ha publicado este 25/10/2022 el sindicato canario SEPCA en su informe de la Mesa Sectorial de la Sanidad canaria de ayer 24/10/2022 el documento titulado "Acuerdo de recomendaciones para la aplicación del proceso de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el ámbito de los servicios de salud" , documento entregado por entregado por el Servicio Canario de Salud en dicha mesa con el texto del acuerdo alcanzado "por
unanimidad" en la reunión de la Comisión de RRHH del SNS el 21/10/2022, "para establecer los criterios comunes de los procesos de
estabilización" derivados de la Ley 20/21 de reducción de temporalidad pública según citó la Ministra de Sanidad en su nota de prensa del pasado viernes, y
El Acuerdo finalmente es un acuerdo de "recomendaciones", es decir, sin ningún tipo de fuerza legal, pero habiendo sido supuestamente adoptado por unanimidad por todas las CCAA , presumiblemente cada una de ellas decidirá seguir las recomendaciones en los procesos de estabilización de sus servicios de Salud y acabará, en su caso, publicando unas bases de los procesos de estabilización de la citada ley, que incluyan lo recomendado por este acuerdo. Las reclamaciones y recursos judiciales deberán, por tanto, realizarse contra cada publicación de bases/convocatoria de cada CCAA.
Dicho esto, esta versión en principio final del acuerdo, supone una modificación del acuerdo previo o borrador de acuerdo que se divulgó , reduciéndose el peso de la diferenciación entre la antigüedad en la categoría si es en el servicio de salud convocante o en otro, si bien, también recomienda introducir medidas que dificultarían a las personas con mucha antigüedad plantearse presentarse en otros servicios de salud ajenos al suyo.
En concreto, en las convocatorias para el proceso excepcional por concursos de méritos, el documento recomienda a los servicios de salud:
- que la experiencia puntúe el 70%, con estos límites
- en la misma categoría/especialidaden el servicio de salud convocante : podrá alcanzar el 100% de puntuación de este apartado de experiencia
- en la misma categoría/especialidad en otro servicio de salud: hasta el 66% (en el borrador previo era el 55%)
- opciinal valorar experiencia en otras categorías, en ese caso
- en otra categoría del convocante: hasta el 20%
- en otra categoría en otro servicio de salud: hasta el 12%
- el 30% de otros méritos se negocie en cada ámbito
- no permitir participar al personal que ya es estatutario fijo en la misma categoría/especialidad en un servicio de salud
- que se incluya una disposición con este texto para impedir conseguir plaza fija en varios servicios de salud:"aquellas personas adjudicatarias de plaza que, en el momento de la formalización del nombramiento, tuvieran formalizado otro en la misma categoría profesional u homóloga, o en su caso especialidad en otro servicio de salud distinto a aquel en el que ahora se les ha adjudicado plaza, no podrán formalizar el nuevo nombramiento al no cumplir los requisitos previstos en la propia convocatoria, no ser personal estatutario fijo de la misma categoría profesional u homóloga o en su caso especialidad"
- que, una vez se haya tomado posesión de la plaza, no se concedan Comisiones de Servicio entre distintos servicios de salud hasta transcurridos al menos 2 años, salvo situaciones extraordinarias
Recordemos que se habían acordado en la Mesa Sectorial de Sanidad de la C de Madrid 9574 plazas al citado Concurso de Méritos según Ley estatal 20/2021 de reducción de temporalidad para el caso del Servicio Madrileño de Salud, aparte de las 23 mil de las OPEs de estabilización anteriores ya convocadas a concurso-oposición , que aún siendo de plazas anteriores a 2016, no se van a convocar al concurso de méritos de la nueva ley (por estar ya convocadas). En la Mesa General de Empleo de la Comunidad de Madried se ratificó esa misma propuesta de plazas aprobada en la Mesa Sectorial , propuesta en la que se detallaba no sólo cuántas plazas van a concurso-oposición sino cuáles de ellas eran plazas que estaban incluidas en OPEs anteriores del SERMAS (que no habían sido convocadas), y que por tanto, quedarían ahora absorbidas por esta nueva OPE extraordinaria 2022 que ya fue publicada en el BOCM de 30/05/2022 , si bien sin incluir la publicación ese desglose de plazas a concurso de méritos ni cuantas son de OPEs anteriores.
En la Mesa Sectorial de Sanidad de la C. de Madrid de 27/07/2022,sobre Baremos de los concurso de méritos de la ley 20/2021 en SERMAS, RRHH del SERMAS, dijo que, en caso de ser autónoma para fijar los criterios, propondría un baremo con 70% por experiencia puntúando 3 veces la antigüedad en SERMAS que en otros servicios de salud (es decir con un topo del 30% y no el 66% de ahora), criterios que se supone habrá defendido en la Comisión nacional de RRHH del SNS.
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3 comentarios:
Caudiiiiillos de los 17 mini reinos !!!!!!
Siiiiindicaliiiissssstooooos !!!!
Manejaaantes de las Administraciones!!!
Se puede ser malos, tan malos como sois vosotros y se puede ser tontos...
- Una indemnización Iceta (suel.base + compl. destino + trnos. + 14% pag. extra) x 80 / 100 x 24 meses para antigüedades de 15 años (médicos: de 80 a 100.00 euros Enfermería: de 50 a 70.000 euros Aux. Enfer: de 30 a 40.000 ...resto, entre 20 y 30.000 euros) así por todas y cada una de las personas que habéis tenido explotadas/engañadas/esclavizadas a vuestra conveniencia y antojo Y QUE YA SE HA ACABADO
.......pero malos y tontos a la vez... pues vosotros mismos.
Al de las 16:46, la indemnización Iceta tiene un tope de 12 meses
Pues nada 17:55 a tongarles las plazas y ponerlos en la calle, y a aflojar la pasta, que sigue siendo gansa pasta.....pero much@s no van a coger ni la de 24 ni la de 12 .....hasta Europa a por una indemnización digna y justa.
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