'El Juzgado de lo Social nº 35 de Madrid ha dictado sentencia de fecha 30 de diciembre de 2024, en la que, estimando nuestra demanda, declara fija a una empleada pública laboral temporal de la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid aplicando la Directiva 1999/70, en razón del abuso en su contratación temporal abusiva producida en cuanto que empleada laboral temporal que inicia su relación laboral con la CCAA de Madrid el 7 de septiembre de 2001, siendo su último contrato de 9 de noviembre de 2020'
Blog de APISCAM
viernes, 17 de enero de 2025
miércoles, 18 de diciembre de 2024
[Poder Judicial] 'La jueza ve fraude de ley en el caso de una médico del Servicio Canario de Salud contratada temporalmente durante 18 años. La sentencia declara una situación real de abuso en la contratación porque la facultativa estuvo 6.500 días encadenando contratos temporales en el HUNSC de Tenerife. “Ninguna temporalidad o coyuntura puede atribuirse a mantener el puesto de trabajo 18 años”, dice el fallo. El juzgado reconoce a la demandante la condición de personal fijo ' [ La sentencia de fijeza por abuso de temporalidad de juzgado de lo Contencioso a estatutaria del Servicio Canario de Salud tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 13/06/2024]]
'El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Santa Cruz de Tenerife ha reconocido la condición de personal estatutario fijo del Servicio Canario de Salud a una médico internista que estuvo 18 años trabajando en el Hospital Universitario Nuestra Señora de la Candelaria de Santa Cruz de Tenerife con contatos temporales, incluso tras aprobar la oposición a Facultativo Especialista de Área (FEA).
La autoridad judicial aprecia en el caso “una situación real de abuso en la contratación y por tanto de fraude de ley durante toda la concatenación de nombramientos, sin solución de continuidad, desde el 21 de diciembre de 2006 hasta la actualidad, y durante casi 18 años”.
La sentencia proclama que, dado que no existe norna sancionadora de ese abuso en el ordenamiento interno, “procede, conforme a la jurisprudencia más reciente del TJUE y al haber superado la actora un proceso selectivo bajo los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, esta “ha adquirido la condición de personal estatutaria fija en la administración demanda”.
[Asociación de Abogados Fiscales Sustitutos] Propuesta de consolidación ante la Ley Orgánica de medidas de Justicia y su mandato para que el gobierno articule una solución a la temporalidad también de Abogados Fiscales Sustitutos respetuosa con la normativa europea
'El Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público y de Justicia, que se va a debatir en el pleno del próximo jueves 19 de
diciembre, en el que se incluye en la disposición adicional decimonovena
nonies, que dispone que con el fin acabar con la temporalidad de nuestro
colectivo, Fiscales Sustitutos, así como el de Jueces sustitutos y Magistrados
suplentes, en el plazo de tres meses el Gobierno presentará un proyecto de ley
para su desarrollo y aprobación.
Dicha Disposición Adicional establece un mandato para que el gobierno
articule, la solución del problema que Abogados Fiscales Sustitutos, que
venimos arrastrando desde décadas, y que radica en que España no ha
traspuesto la Directiva 1999/70 sobre contratos temporales en el plazo
establecido, sin que se hayan tomado las medidas necesarias para su
aplicación correctamente.
Las cláusulas 4 y 5 del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración
Determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999 (en lo sucesivo, «Acuerdo
Marco»), que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28
de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP
sobre el Trabajo de Duración Determinada:
lunes, 16 de diciembre de 2024
[ FETAP-CGT/Youtube] 'Hambre de Justicia. Documental en primera persona sobre la huelga de hambre que cuantro trabajadoras del sector público realizaron contra este abuso de la temporalidad en la primavera de 2021.
'Hambre de Justicia’ es una pieza documental que relata, en primera persona, la huelga de hambre que cuantro trabajadoras del sector público realizaron contra este abuso de la temporalidad en la primavera de 2021.
Coro Alonso Fuentes, Irune Saiz Oro, María Jesús Casado Sanz y Raquel de la Riva Fernández son las protagonistas de una gesta, que rompiendo el bloqueo informativo, supuso un enorme revulsivo para un colectivo en el que reinaba la desesperanza.
Hasta más de sesenta días se llegó a extender esta solidaria y comprometida acción de protesta, que puso a prueba el aguante de sus cuerpos y sus mentes.
Reflejo en la prensa de la manifestación que tuvo lugar este 14 de diciembre en Barcelona frente a la sede de la representación de la Comisión Europea para reclamar la estabilidad de los trabajadores públicos que han sufrido años de abuso de temporalidad
Varios medios han publicado noticias sobre la o reflejado la manifestación
que tuvo lugar este 14 de diciembre en Barcelona frente a la sede de la
representación de la Comisión Europea para reclamar los derechos de los
trabajadores públicos que han sufrido años de abuso de temporalidad y su
estabilidad laboral, entre otros [traducciones del catalán de Google]:
- RTVE Noticies: Cientos de personas se manifiestan por el centro de Barcelona para reclamar una "estabilización justa" para los interinos. Aseguran que el Gobierno ha dejado a más de 6.000 trabajadores sin plaza de estabilización "desobedeciendo" las sentencias y requerimientos de instancias europeas
- Catalunya Press : 6.000 interinos exigen en Barcelona la regularización de su situación labora. El principal objetivo de la manifestación era solicitar la regularización de aquellos trabajadores interinos que llevan más de tres años desempeñando su labor en la administración pública catalana, a pesar de que la normativa establece un máximo de tres años en esta situación
viernes, 13 de diciembre de 2024
Recordatorio. Manifestación este 14 de diciembre en Barcelona frente a la sede de la representación de la Comisión Europea para reclamar los derechos de los trabajadores públicos que han sufrido años de abuso de temporalidad y su estabilidad laboral
[Recordatorio de entrada publicada el 09/12/2024]
'El próximo 14 de diciembre en Barcelona es el momento de alzarnos
juntos y reclamar nuestros derechos como trabajadores públicos que han
sufrido años de abuso de temporalidad. Esta manifestación no es solo
una protesta, es una declaración de justicia, de dignidad y de lucha
por lo que nos pertenece. Es el momento de unirnos y exigir que se haga
lo correcto.
¿Por qué es importante manifestarse?
• Porque nuestra estabilidad laboral sigue estando en juego. Hemos sido
trabajadores esenciales, desempeñando funciones públicas durante años,
incluso décadas, sin la seguridad de un futuro claro.
• Porque la
lucha no ha terminado. La ley 20/2021 permitió la estabilización de
muchos interinos tras años de reivindicaciones y denuncias, logrando
avances históricos. Pero hoy intentan confundirnos con el llamado
“licetazo”, que no reconoce el abuso que hemos sufrido ni garantiza que
nuestras plazas sean estabilizadas de forma justa.
• Porque la
administración y los políticos están jugando con los trabajadores
públicos. Pretenden desmantelar la administración pública y convertirla
en un sistema privado. Esto no solo pone en peligro nuestros derechos,
sino también el servicio público que debe proteger a la ciudadanía.
lunes, 9 de diciembre de 2024
Manifestación este 14 de diciembre en Barcelona frente a la sede de la representación de la Comisión Europea para reclamar los derechos de los trabajadores públicos que han sufrido años de abuso de temporalidad y su estabilidad laboral
'El próximo 14 de diciembre en Barcelona es el momento de alzarnos
juntos y reclamar nuestros derechos como trabajadores públicos que han
sufrido años de abuso de temporalidad. Esta manifestación no es solo
una protesta, es una declaración de justicia, de dignidad y de lucha
por lo que nos pertenece. Es el momento de unirnos y exigir que se haga
lo correcto.
¿Por qué es importante manifestarse?
• Porque nuestra estabilidad laboral sigue estando en juego. Hemos sido
trabajadores esenciales, desempeñando funciones públicas durante años,
incluso décadas, sin la seguridad de un futuro claro.
• Porque la
lucha no ha terminado. La ley 20/2021 permitió la estabilización de
muchos interinos tras años de reivindicaciones y denuncias, logrando
avances históricos. Pero hoy intentan confundirnos con el llamado
“licetazo”, que no reconoce el abuso que hemos sufrido ni garantiza que
nuestras plazas sean estabilizadas de forma justa.
• Porque la
administración y los políticos están jugando con los trabajadores
públicos. Pretenden desmantelar la administración pública y convertirla
en un sistema privado. Esto no solo pone en peligro nuestros derechos,
sino también el servicio público que debe proteger a la ciudadanía.
Recordatorio [Araúz] 'Reunión con la Comisión Europea' [ Traslada que la CE considera que España sigue sin cumplir la normativa UE y sentencias del TJUE sobre abuso de temporalidad en el empleo público, la carta de emplazamiento enviada a España es "insuficiente y excesivamente condescendiente", la fijeza es la única forma de garantizar el cumplimiento]
[Recordatorio de entrada publicada el 19/0/2024]
'Junto a los representantes de una asociación de funcionarios interinos de la Junta de Andalucía, ARAUZ la semana pasada se reunió con miembros de la Comisión Europea.
De dicha reunión podemos extraer algunas conclusiones:
- La Comisión Europea sigue considerando que las medidas contenidas en la Ley 20/2021, no garantizan el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo Marco, y esta ciertamente enfadada porque el Reino de España sigue sin cumplir con la Directiva 1999/70/CE y con las sentencias del TJUE, especialmente las de 2024.
- Fruto de este enfado es la reciente carta de emplazamiento que la Comisión Europea envío al Gobierno de España, respecto de la cual le manifestamos que era insuficiente y excesivamente condescendiente, pues el incumplimiento de la Directiva por parte del Reino de España es total y radical.
viernes, 6 de diciembre de 2024
Recordatorio. [Economist&Jurist] Primera sentencia del orden de lo Contencioso, a una estatutaria en Canarias, concediendo la fijeza por abuso de temporalidad en aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 13/06/2024
[Recordatorio de entrada publicada el 28/11/2024]
El medio traslada declaraciones del abogado quien señala que el juzgado ha aplicado las últimas sentencias
del Tribunal de Justicia de la Unión Europea , especialemnte la sentencia del 13 de Juniohaber superado la recurrente un proceso
selectivo bajo los principios de publicidad, igualdad, mérito y
capacidad en el año 2020,
jueves, 5 de diciembre de 2024
Recordatorio. La Sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid vuelve a sentenciar el 25/10/2024 fijeza a una empleada pública laboral como sanción al abuso de temporalidad aplicando la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y teniendo en cuenta que tiene aprobada la fase de oposición de un proceso selectivo para fijo
[Recordatorio de entrada publicada el 29/11/2024]
Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 25/10/2024 de la sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (nº rec. 426/2024) en el caso de una empleada pública laboral del Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Madrid desde hace 20 años con diferentes contratos temporales, desde 2021 ya bajo un contrato de interinad de vacante.
Esta sección del Tribunal Superior de Justicia de Madrid reitera su argumentación de sus sentencias previas de fijeza que lleva concediendo desde su sentencia de 10/05/2024 , que ha venido seguida por otras (como la sentencia de 14/06/2024) :
martes, 3 de diciembre de 2024
Recordatorio [Gerardo Pérez Sánchez] Sentencia de fijeza por abuso de temporalidad de juzgado de lo Contencioso a estatutaria del Servicio Canario de Salud tras la sentencia reciente del Tribunal de Justicia de la UE
[Recordatorio de entrada publicada el 22/11/2024] Informa el conocido Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna y Abogado, Gerardo Pérez Sánchez en su cuenta de X este 22/11/2024, que el juzgado de lo Contencioso Administrativo nº3 de Santa Cruz de Tenerife ha dictado sentencia de fijeza como sanción al abuso de temporalidad de una empleada pública estatutaria interina del Servicio Canario de Salud , conforme a la reciente jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, "al no existir norma sancionadora en el ordenamiento interno" y "haber superado un proceso selectivo bajo los principios de publicidad, igualdad,mérito y capacidad".
lunes, 2 de diciembre de 2024
[Araúz] Juzgado nº 11 de lo Social de Bilbao sentencia la fijeza y una indemnizacion adicional por daños y perjuicos a un empleado público laboral temporal del Gobierno Vasco
'El Juzgado de lo Social nº 11 de Bilbao, en sentencia de 27 de noviembre de 2024, nos da la razón, y transforma a un empleado público temporal del Gobierno Vasco en un trabajador fijo y además, obliga a la Administración vasca a abonarle una indemnización por los daños y perjuicios causados, por la falta de reconocimiento de tal condición.'
viernes, 29 de noviembre de 2024
La Sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid vuelve a sentenciar el 25/10/2024 fijeza a una empleada pública laboral como sanción al abuso de temporalidad aplicando la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 y teniendo en cuenta que tiene aprobada la fase de oposición de un proceso selectivo para fijo
Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de 25/10/2024 de la sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (nº rec. 426/2024) en el caso de una empleada pública laboral del Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Madrid desde hace 20 años con diferentes contratos temporales, desde 2021 ya bajo un contrato de interinad de vacante.
Esta sección del Tribunal Superior de Justicia de Madrid reitera su argumentación de sus sentencias previas de fijeza que lleva concediendo desde su sentencia de 10/05/2024 , que ha venido seguida por otras (como la sentencia de 14/06/2024) :
- el Tribunal de Justicia de la UE ha señalado en su sentencia de 22/02/2024 que no vale la indemnización al cese de 20 días por año que se concede al indefinido no fijo o por la ley 20/2021 a los cesados por sus procesos de establización , ni procesos selectivos abiertos a personas no en abuso como sanción al abuso de temporalidad “correspondiendo, en su caso, al tribunal nacional modificar la jurisprudencia nacional consolidada si esta se basa en una interpretación de las disposiciones nacionales, INCLUSO CONSTITUCIONALES, incompatible con los objetivos de la Directiva 1999/70 y, en particular, de dicha cláusula 5” y a, falta de medidas de sanción válidas en el ordenamiento jurídico nacional puede concederse la fijeza
- los "principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad pueden ser interpretados de una forma flexible, conciliable con la cláusula 5 del Acuerdo Marco, en aquellos casos en que se haya satisfecho mínimamente el principio de igualdad, así como los de mérito y capacidad," , por ejemplo, si como es el caso, se ha aprobado la fase de oposición de un proceso selectivo para ser fijo , que no fue superado como tal por la empleada por el número de plazas de aquél proceso y, considerando que no hay medidas de sanción válidas en el ordenamiento jurídico español aplicable a la empleada, se revoca en su caso la sentencia de indefinido no fijo del juzgado y sentencia la condición de fijo, o se confirma si era ya de fijeza
En estas sentencias, esta sección de jueces recuerda la doctrina vigente de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo - la doctrina "AENA matizada"- de no declarar la condición de fijo, sino la indefinido no fjio, ante el abuso de temporalidad en el empleado público laboral salvo que éste haya superado (como tal) un proceso selectivo para ser fijo sin alcanzar la condición de fijo (algo posible en algunas empresas públicas , como AENA, que pueden declarar más superados que plazas convocadas para así tener una bolsa de personal fijo futuro), no siendo suficiente haber aprobado una fase de oposición de un proceso selectivo para fijo ni haber superado un proceso selectivo para temporal (ni aunque tuviera una fase de oposición de preguntas y pruebas como la del proceso para fijo).
Pero, según afirman en el texto de la sentencia siempre exclusivamente de esta sección 1ª de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid: "no eludimos la doctrina del Tribunal Supremo que hemos expuesto ... al ser previa a la Sentencia del Tribunal Europeo de febrero de 2.024".
jueves, 28 de noviembre de 2024
[Economist&Jurist] Primera sentencia del orden de lo Contencioso, a una estatutaria en Canarias, concediendo la fijeza por abuso de temporalidad en aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 13/06/2024
Informaba Economist&Jurist el pasado 23/11/2024 de la sentencia de fijeza por abuso de temporalidad que ha dictado el juzgado
de lo Contencioso número 3 de Santa Cruz de Tenerife a una estatutaria del Servicio Canario de Salud, defendida por el conocido abogado y profesor de Derecho Constitucional Gerardo
Pérez Sánchez,.
El medio traslada declaraciones del abogado quien señala que el juzgado ha aplicado las últimas sentencias
del Tribunal de Justicia de la Unión Europea , especialemnte la sentencia del 13 de Juniohaber superado la recurrente un proceso
selectivo bajo los principios de publicidad, igualdad, mérito y
capacidad en el año 2020,
martes, 26 de noviembre de 2024
[Asociación de Abogados Fiscales Sustitutos] La Ley Orgánica aprobada por el Congreso establece un mandato para que el gobierno articule una solución a la temporalidad también de Abogados Fiscales Sustitutos respetuosa con la normativa europea. La sentencia del TJUE de 13 de junio de 2024 viene a resolver que ante la falta de eficacia de los métodos empleados procedería la consolidación directa de los empleados de las AAPP españolas en abuso de temporalidad
'La Asociación de Fiscales Sustitutos, asociación que es la única de este colectivo
de España, muestra su satisfacción, pero también su preocupación, ante el
Proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa, aprobada por el Congreso de los
Diputados, en el que se ha incluido en la disposición adicional decimonovena
nonies, que dispone que con el fin acabar con la temporalidad de nuestro
colectivo, así como el de Jueces sustitutos y Magistrados suplentes, el plazo de
tres meses el Gobierno presentará un proyecto de ley para su desarrollo y
aprobación.
Hasta ahora, el acceso a la Fiscalía de las personas que integran nuestro
colectivo se realiza a través de un concurso público de méritos y un riguroso
baremo, que entendemos que no se aleja de los principios de igualdad, mérito y
capacidad recogidos en el artículo 23 CE, y una vez que desempeñamos nuestra
función, se nos realizan los correspondientes controles periódicos a través de los
informes semestrales de las Jefaturas, que aseguran el desempeño de la función
fiscal en condiciones propias de la idónea capacitación profesional que el cargo
exige, debemos tener en cuenta que hablamos de un colectivo integrado por
profesionales que llevamos décadas desempeñando esta profesión con total
dedicación y entrega. De esta manera, la Fiscalía ha sido capaz de organizar el
servicio público que tiene encomendado, pudiendo cubrir las necesidades
existentes y permitiendo una respuesta razonable a las necesidades de la
sociedad. Esta organización hubiera quebrado sin los Abogados Fiscales
Sustitutos, colectivo que está altamente feminizado al estar integrado por una
plantilla de aproximadamente 77% de mujeres y ser más del 70% mayores
de 50 años.
La Disposición Adicional que, por vía de enmienda, se ha añadido en la futura
Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa de las Administraciones Públicas
establece, un mandato para que el gobierno articule, la solución del problema
que Abogados Fiscales Sustitutos, y Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes,
venimos arrastrando desde décadas, y que radica en que España no ha
traspuesto la Directiva 1999/70 sobre contratos temporales en el plazo
establecido, sin que se hayan tomado las medidas necesarias para su aplicación
correctamente. Regulación cuyo objeto es corregir dichas deficiencias, y que
deberá contar con el visto bueno de la Comisión Europea y respetar el marco
constitucional español.
[Confilegal] Resumen del debate en el ICAM del viernes 22 entre asociaciones judiciales y juristas sobre la regularización de los jueces sustitutos y magistrados suplentes comprometida por el Congreso tras sentencias del Tribunal de Justicia de la UE. Soluciones propuesta: concurso-oposición, indemnización o fijeza en figura especial o en la carrera judicial
Informaba Confilegal el pasado 24/11/2024 del encuentro que tuvo lugar en la sede del Colegio de la Abogacía de Madrid este viernes 22 de Noviembre "Justicia interina: reformas, perspectivas futuras y el aval europeo" en la sede del Colegio de la Abogacía de Madrid , organizado por la Asociación Pro Dignidad de jueces/as sustitutos/as y magistrados/as suplentes y la Asociación de Jueces "Concepción Arenal" al calor de la aprobación en el Congreso de una Ley Orgánica de "medidas de eficiencia del Servicio Público de Justicia" que incluye una Disposición Final con el compromiso de nueva normativa sobre jueces sustitutos y magistrados suplentes de cumplimento de la Directiva Europea 1999/70 y sentencias del Tribunal de Justicia de la UE sobre temporalidad -muy en especial la sentencia de 27/06/2024 el Tribunal de Justicia de la UE del asunto "Peigli" en una cuestión prejudicial del propio tribunal administrativo superior italiano sobre los equivalentes magistrados honorarios italianos- así cómo de una regulación de su régimen retributivo y de seguridad social.
El medio resume lo dicho con la afirmación del magistrado de la Audiencia Nacional y ex juez del Tribunal europeo Santiago Soldevila "La justicia interina ha muerto tal como la conocemos. No es posible seguir así", afirmando el medio que el Gobierno también lo "ve así" y urge una solución para los 1.010 jueces y magistrados sustitutos que dictan el 20 % del total de las sentencias de la justicia española.
[UGT Servicios públicos - País Vasco - Administración Autonómica] 'UGT consigue la PRIMERA SENTENCIA de FIJEZA en LANBIDE' [el Servicio Vasco de Empleo]
'El Juzgado de lo Social nº 9 de Bilbao acaba de emitir sentencia en primera instancia por la que declara que la relación laboral que une al grupo de AFILIAD@S de UGT , 24 trabajadoras y trabajadores laborales indefinidos de LANBIDE, que han presentado demanda contra el propio Organismo y contra Gobierno Vasco es DE CARÁCTER FIJO, con todas las consecuencias inherentes a tal condición, debiendo la parte demandada estar y pasar por esta declaración.
lunes, 25 de noviembre de 2024
[Economist&Jurist] Resumen del debate en el ICAM del viernes 22 entre asociaciones judiciales y juristas sobre la regularización de los jueces sustitutos y magistrados suplentes comprometida por el Congreso tras sentencias del Tribunal de Justicia de la UE
Informa ampliamente este 25/11/2024 Economist&Jurist del encuentro que tuvo lugar en la sede del Colegio de la Abogacía de Madrid este viernes 22 de Noviembre "Justicia interina: reformas, perspectivas futuras y el aval europeo" en la sede del Colegio de la Abogacía de Madrid , organizado por la Asociación Pro Dignidad de jueces/as sustitutos/as y magistrados/as suplentes y la Asociación de Jueces "Concepción Arenal" al calor de la aprobación en el Congreso de una Ley Orgánica de "medidas de eficiencia del Servicio Público de Justicia" que incluye una Disposición Final con el compromiso de nueva normativa sobre jueces sustitutos y magistrados suplentes de cumplimento de la Directiva Europea 1999/70 y sentencias del Tribunal de Justicia de la UE sobre temporalidad -muy en especial la sentencia de 27/06/2024 el Tribunal de Justicia de la UE del asunto "Peigli" en una cuestión prejudicial del propio tribunal administrativo superior italiano sobre los equivalentes magistrados honorarios italianos- así cómo de una regulación de su régimen retributivo y de seguridad social
[Confilegal] Sebastián Moralo, magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo opina que la indemnización al cese de 20 días por año con tope 12 mensualidades que ya se concede es una sanción que cumple con la jurisprudencia del Tribunal Europeo en el caso de los empleados públicos laborales,descartando la fijeza
Publica este 23/11/2024 Confilegal la opinión expresada en las II Jornadas de la Asociación de Letrados del Tribunal Supremo por Sebastián Moralo, magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo -la que lleva las demandas de los empleados públicos laborales-, en relación a las consecuencias judiciales de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el abuso de temporalidad de los empleados públicos: “el TJUE nunca ha dicho que haya que convertir automáticamente a fijo a un trabajador temporal en caso de abuso”. sin oque deben adoptarse "sanciones que sean efectivas, disuasorias y proporcionadas”, siéndolo a su juicio , la fijeza para los trabajadores de lass empresas privadas, la fijeza , y para los empleados públicos laborales -sujetos a los principios de acceso de igualdad,mérito y capacidad- una indemnización sólo si son cesados y de 20 días por año trabajado con tope de 12 mensualidades que ya establece la Sala de lo Social del Tribunal Supremo [por la figura del indefinido no fijo concedida judicialmente al laboral temporal más de 3 años]
viernes, 22 de noviembre de 2024
[Gerardo Pérez Sánchez] Sentencia de fijeza por abuso de temporalidad de juzgado de lo Contencioso a estatutaria del Servicio Canario de Salud tras la sentencia reciente del Tribunal de Justicia de la UE
Informa el conocido Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna y Abogado, Gerardo Pérez Sánchez en su cuenta de X este 22/11/2024, que el juzgado de lo Contencioso Administrativo nº3 de Santa Cruz de Tenerife ha dictado sentencia de fijeza como sanción al abuso de temporalidad de una empleada pública estatutaria interina del Servicio Canario de Salud , conforme a la reciente jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, "al no existir norma sancionadora en el ordenamiento interno" y "haber superado un proceso selectivo bajo los principios de publicidad, igualdad,mérito y capacidad".